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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Rincón Solidario

Dra. Diana SevitzContesta la Dra. Diana Sevitz

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

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Las gotas que caen del 8º piso

Tengo instalado un aire acondicionado frío/calor en un 8º piso contrafrente hace 3 años.

Ahora resulta que he recibido quejas de un departamento que recibe las gotas que caen del 8º. Además, la administración me "intima" a que adopte de inmediato las providencias necesarias a fin de evitar la caída de líquido y realizar lo necesario para que el equipo cuente con una manguera de desagote en el interior de su unidad o en un recipiente adecuado. Asimismo, me requieren que los cables del equipo cuenten con la debida protección pues -según dicen- los mismos se encuentran sin embutir significando un riesgo para todos.

Me resulta gracioso, por no decir ridículo, que me pida el desagote con una mangera que conduzca el agua al interior de mi unidad. ¿Voy a poner en el living un bidón con la manguera y me sugiere que sea con un recipiente adecuado?

Me gustaría que me informe qué solución ve usted. 

Le comento que en el 6º piso hay un techo de chapa al que también lo intimó a que ponga una canaleta porque no cuenta con ella.

Yo digo, ¿no puede ir una manguera del 8º hacia el 6º donde estaría la canaleta?

Quedo atenta a su respuesta que será de gran ayuda.

Saludos.

Lucía [CABA]
(9/5/2015)

Estimada Lucía: 

No se prohibe que los propietarios gocen de aparatos de aire acondicionado pero se debe encontrar una solución armoniosa para que cada propietario pueda gozar de su unidad funcional de la manera más plena, sin menoscabar el derecho a los demás y poder encontrar un lugar para ubicar al equipo de aire acondicionado y que no produzca daños sobre las cosas comunes. 

La intimación efectuada por el administrador y el propietario es correcta. El aparato es suyo y el desagote debe estar dentro de su unidad funcional a los fines que no perjudique la fachada del edificio (también se entiende como ésta los pozo de aire luz) y no perjudique bienes de terceros. 

Con todo respeto, no es una petición ni graciosa ni ridícula, tal como ya lo expresara, si el desagote perjudica a otros, usted debe hacer las readecuaciones a los fines de hacer cesar esta situación. Caso contrario se expone a posibles reclamos judiciales por daños y perjuicios por parte del consorcio y del propietario afectado. 

Por lo que usted describe, la manguera de desagote se encuentra adherida sobre una pared común. 

Respecto al resto de la pregunta, si usted considera que también las demás unidades incumplen y desagotan sobre los mismo lugar, podrá efectuar las intimaciones que considere pertinentes al administrador. 

Respecto a las adecuaciones que usted menciona, nada debo opinar porque son cuestiones internas que deberán solucionar en un asamblea convocada al efecto.

Sin otro particular la saludo Atte.

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.

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