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Sede del Registro Público de Administradores porteño en Parque Centenario.

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Registro Público de Administradores porteño

Habría prórroga para el 2º paso de las DDJJ 2013

[BPN-25/02/15] El Registro Público de Administradores (RPA) porteño habría establecido una prórroga - aunque todavía no trascendió su fecha de vencimiento- para el cumplimiento del segundo paso de las Declaraciones Juradas (DDJJ) 2013. Así lo informó el pasado miércoles 18 de febrero, AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) mediante una circular vía correo electrónico que distribuyó entre sus asociados. Esta nueva medida no se difundió mediante una circular oficial –como sucedió en otros casos- ni se publicó en el Boletín Oficial una disposición sobre el tema. Por otra parte AIERH fue la única entidad que difundió esta novedad.

La entidad de administradores detalló que el RPA le informó que la prórroga será para aquellos que hayan cumplido con el paso uno: "hay prórroga para el 2º paso, siempre y cuando el usuario se haya registrado previamente". Este primer paso venció el pasado viernes 20 de febrero.

Según AIERH, el RPA todavía no le comunicó hasta qué fecha se extenderá la prórroga. Cabe destacar que esta sería la cuarta vez que el Gobierno porteño extiende el plazo para presentar las declaraciones juradas, aunque en este caso se trataría de una prórroga parcial.

Es de recordar que el pasado 15 de enero, el RPA porteño anunció a los administradores de consorcios que "extendió" el plazo para presentar sus DDJJ anuales hasta el viernes 20 de febrero inclusive, aunque –también en ese caso- todavía no se publicó ninguna disposición en el Boletín Oficial que haya respaldado esta decisión. En aquel momento, el registro había argumentado que "dicha extensión se realiza al sólo efecto de facilitar que todos los administradores puedan ajustarse a la normativa vigente y ejercer sus funciones sin inconvenientes".

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 540 de 16/01/15: "Por tercera vez se prorrogaron las DDJJ".

BPN Nº 540 de 16/01/15: "Ese mismo día la CAPHyAI había pedido prórroga".

BPN Nº 537 de 15/12/14: "Se podrá renovar la matrícula en forma personal".

BPN Nº 536 de 10/12/14: "Sólo un 36% de los administradores renovaron".

BPN Nº 536 de 10/12/14: "El Gobierno porteño confirmó que el aplicativo fue tercerizado".

BPN Nº 536 de 10/12/14: "Finalmente este año no habrá un Libro de Datos Digital".

BPN Nº 535 de 26/11/14: "Ocho administradores exigen cumplir con la Ley 941".

BPN Nº 535 de 26/11/14: "Es inminente otro amparo de AIPH por el aplicativo".

BPN Nº 534 de 14/11/14: "Hernández le pidió a Aoun que deje sin efecto las DDJJ 2013".

BPN Nº 532 de 24/10/14: "El aplicativo habría sido tercerizado".

BPN Nº 530 de 02/10/14: "Por segunda vez se prorrogan las DDJJ".

BPN Nº 529 de 25/09/14: "Karcher volvió a pedir a Aoun que ‘suspenda el aplicativo’".

BPN Nº 527 de 25/08/14: "AIPH iniciará acciones por el mal funcionamiento del aplicativo".

1° prórroga

La primera prórroga, por un término de 45 días, había sido establecida mediante la Disposición 1.434 el 10 de julio del año pasado (BO 14/07/14). El anuncio lo había anticipado tres días antes la Dra. Paula Scauzillo en la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI). En esa oportunidad, la funcionaria se presentó como colaboradora de Gabriela Pilar Saldivia, actual coordinadora del RPA porteño.

2° prórroga

El 26 de septiembre de 2014, el Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun, director general de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA, prorrogó por 60 días corridos el vencimiento de las DDJJ anuales que debían presentar aquellos administradores cuya matrícula se encontraba vencida antes del 18 de noviembre inclusive. Dicha prórroga hubiera vencido el 17 de enero de 2015.

Según explicó el funcionario, los errores del aplicativo online que motivaron esta medida "no se pudieron revertir en su totalidad" y además "persisten los inconvenientes técnicos" que dificultan la presentación de las DDJJ anuales previstas por el Art. 12º de la Ley N° 941 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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