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Novedades Laborales


Sandra Bergenfeld, autora de la Ley 4.428 que reguló la construcción de una vivienda para el encargado.

Sandra Bergenfeld, autora de la Ley 4.428 que reguló la construcción de una vivienda para el encargado.

14 puntos para bajar las expensas

Santa María no habló de la vivienda del encargado

[BPN-08/02/18] Víctor Santa María, titular del SUTERH (Sindicato Único de Encargados de Edificios de Renta y Horizontal) todavía no realizó manifestaciones públicas sobre el proyecto de Horacio Rodríguez Larreta, jefe de Gobierno porteño, de eliminar la obligatoriedad de construir una vivienda para el encargado en edificios que cumplan con cualquiera de tres condiciones: tengan más de 14 unidades, superen los ochocientos metros cuadrados o tengan más de tres pisos.

Ese mismo 29 de enero, en la señal de radio "La Red" (AM 910), Luis Novaresio entrevistó a Santa María y le preguntó su opinión sobre las medidas que impulsa el Gobierno porteño para bajar las expensas. El titular del SUTERH puntualizó que sólo conocía lo que informaron los medios periodísticos y de acuerdo a eso evaluó -en una primera impresión- las medidas comunicadas como positivas: "En realidad son medidas positivas, creo que todo lo que tienda a reducir trámites y a reducir costos es bueno", puntualizó. De la misma forma se expresó en otros medios que lo consultaron. En ninguna de las entrevistas o publicaciones oficiales del titular del Sindicato de Encargados opinó puntualmente sobre ese tema aunque ya fue ampliamente difundido.

El Gobierno fue claro

El pasado lunes 29 de enero, luego de recorrer las obras de remodelación y puesta en valor de la Plaza de Mayo, el jefe de Gobierno adelantó que busca eliminar "una cantidad de trabas burocráticas que lo único que hacían era encarecer las expensas a la gente", como la exigencia de disponer de una vivienda para el encargado en edificios de menos de 15 unidades funcionales. Explicó que "había una cantidad de regulaciones, de trabas burocráticas que encarecen las expensas, y con esto apuntamos a reducirlas, por supuesto respetando y valorando mucho el rol del portero", y preguntó: ¿Quién no tiene relación, cariño con el portero de su casa?".

Por su parte, ese mismo día, Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana, reafirmó que esa será una de las 14 medidas que se van a imponer para -en sus palabras- bajar las expensas. Sobre el tema se explayó: "Con respecto al Código de Edificación hoy existe la obligatoriedad –en los edificios de más de 15 unidades ‘fijas’ <sic>- de que se construya una vivienda para el encargado. A partir de ahora –cuando salga este nuevo proyecto- y en los edificios nuevos que se construyan va a ser opcional construirla o no construirla: los que están, están –por supuesto- y seguirán pero de aquí en adelante va a ser optativo para el constructor considerar una vivienda para el encargado o no".

La vivienda del encargado

La Ley 2428 fue sancionada el 30 de agosto de 2007 y había sido presentado por Sandra Bergenfeld (Frente para la Victoria) en la Legislatura porteña en 2005 [1]. Fue una ley de doble lectura y antes de su aprobación definitiva pasó por una audiencia pública.

La legisladora, en su momento argumentó que "la mayoría de los encargados tiene familias con hijos, lo que significa que comparten los espacios comunes con los de dormir, provocando hacinamiento, atentando contra la dignidad de los trabajadores y lesionando su rendimiento laboral".

La Dra. Bergenfeld, durante dos años fue presidenta de la Comisión de Vivienda y en el 2005 hizo un relevamiento del hacinamiento que existe en conventillos, hoteles contratados por el Gobierno de la Ciudad, villas miserias, pensiones e inquilinatos. En ese estudio, observaron las malas condiciones en las que viven algunos encargados de edificios: "viven en departamentos de un ambiente. A veces están en subsuelos o en el último piso del edificio, al lado de la sala de máquina ", destacó indignada.

Durante la audiencia pública del 14 de marzo de 2007 expuso Víctor Santa María: "hoy es un día importante, ya que podemos expresar en la Legislatura nuestro pensamiento y apoyar la reforma de este artículo del Código de Edificación tan importante para la vida diaria de los trabajadores de edificios". Subrayó que quieren "tener la posibilidad de contar con una vivienda digna, con servicios centrales dignos, como tiene cualquier persona que realmente pretende vivir en un país en serio, en una Argentina en la que no solamente los salarios sean dignos, sino también las condiciones de trabajo [2]".

El frío texto de la ley

Con la aprobación de la Ley 2428 se modificó el artículo 4.8.8. del Código de la Edificación y se estableció que "todo edificio que conste de quince o más unidades, o supere los ochocientos metros cuadrados (de superficie computable según parámetro FOT) o tenga cuatro o más pisos, deberá poseer una vivienda destinada al encargado del edificio que cuente como mínimo de una sala común (o comedor), dos dormitorios, baño y cocina con dimensiones de acuerdo al art. 4.6.3.0. La vivienda del encargado deberá contar con los mismos servicios centrales, de confort y necesidad que las restantes unidades sin perjuicio de la obligatoriedad que se establece en el art. 4.8.2.1., y en ningún caso podrá tener más ambientes que la unidad funcional de mayor tamaño" (Artículo 1º) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 303 del 31/10/06: "Condiciones dignas...".

[2] BPN Nº 318 del 10/04/2007: "Audiencia privada".

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