|
|
|
|
|||
|
Fondo de Asistencia Laboral de la Ley de Modernización Laboral Se prorrogó el FAL hasta el 1º de diciembre
[BPN-22/10/26] El pasado 19 de octubre, el presidente de la Nación, Javier Milei, prorrogó hasta el 1 de diciembre de este año la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) dispuesto por la Ley 27.802. Asimismo, amplió el período de carencia previsto en el artículo 65 de dicha normativa, el cual se computará a partir de la integración de la primera contribución del empleador al fondo y concluirá tras el pago de doce meses consecutivos. Cabe destacar que, durante el período de carencia, las entidades financieras administradoras acumularán capital sin necesidad de desembolsar fondos para el pago de indemnizaciones. En consecuencia, los empleadores recién podrán disponer de lo invertido a partir de enero de 2028. Por otra parte, hasta la entrada en vigencia del FAL no operará la reducción de contribuciones prevista por la Ley 27.802 -del 2,5% para las pymes y del 1% para las grandes empresas-, por lo que se mantendrán las alícuotas plenas. Para cumplir con este objetivo, el decreto reemplazó dos artículos del Decreto N° 408 del 29 de mayo de 2026. El primero es el artículo 15, que regula el período de carencia mínimo:
El segundo es el artículo 27, que dispone la prórroga:
El Decreto 1228 fue publicado en el Boletín Oficial el 20 de octubre y lleva la firma de Javier Milei, Diego Santilli, Sandra Pettovello y Luis Caputo.Los motivos El Poder Ejecutivo fundamentó la medida al señalar que la instrumentación de los citados fondos mediante los vehículos del mercado de capitales requiere el desarrollo e implementación de nuevos procedimientos, herramientas y procesos operativos, así como la adecuación de los sistemas informáticos indispensables para su funcionamiento. Asimismo, indicó que el marco normativo y operativo se ha desarrollado de manera progresiva y en fechas recientes, por lo que ciertos procedimientos y herramientas todavía se encuentran en proceso de adaptación. Por otra parte, señaló que la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI), la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP) y la Cámara de Agentes de Bolsa (CADAB) -entidades que nuclean a los principales actores encargados de instrumentar los fondos- solicitaron, a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que se aplazara la entrada en vigencia y se ampliara el período de carencia. En cuanto a esto último, el Ejecutivo explicó que la ampliación responde a la necesidad de que el sistema cuente con una etapa inicial de acumulación de recursos para alcanzar un nivel patrimonial suficiente que permita atender las obligaciones de forma gradual y sostenible. Al tratarse de un régimen de alcance general y aplicación progresiva, la relación entre las contribuciones integradas y las obligaciones eventuales resulta clave para preservar la solvencia, la liquidez y la estabilidad financiera de los fondos. Por esta razón, se consideró indispensable otorgar dicho plazo para la formación de una base inicial de recursos que garantice una adecuada correspondencia entre el capital acumulado y las obligaciones potenciales a cubrir. |
|||
|
|
|||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '