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Paritarias encargados de edificios 2026 Festival de homologaciones. El acuerdo del 27 de julio
[BPN-15/10/26] El pasado 31 de agosto, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo del Ministerio de Capital Humano homologó, mediante la Disposición 1266, el acuerdo salarial de los encargados de edificios firmado el 27 de julio de este año. Dicho acuerdo otorgó a los trabajadores un aumento del 2 % en los haberes de julio y del 1,9 % en los de agosto. Asimismo, estableció tres sumas fijas remunerativas y proporcionales a las horas trabajadas: 55 mil pesos en julio, 80 mil pesos en agosto y 105 mil pesos en septiembre. Desde la firma del pacto hasta su homologación transcurrieron dos meses y seis días. A pesar de que el 6 de octubre la autoridad laboral notificó a las partes el dictado de la disposición homologatoria (DI-2026-1266-APN-DNRYRT#MCH) y su registro bajo el número 1687/26, ninguna de las entidades informó públicamente la novedad a sus representados. En representación de los consorcios de propietarios, firmaron este acuerdo la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI). Por el sector de los trabajadores, rubricó la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH). Cronología 27 de julio : Se firma el acta acuerdo.29 de julio: Se presenta el acuerdo para su homologación y se deriva a la Coordinación de Gestión Documental de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. 4 de agosto: Se gira a la Asesoría Técnico Legal para que emita opinión. 11 de agosto: Un informe técnico señala que los convenios deberán ser ratificados por las partes y consignar expresamente el número de registro correspondiente, de acuerdo con el Dictamen 6070. 14 de agosto: Ratifican la CAPHyAI, la UADI y la AIERH. 18 de agosto: Ratifica la FATERyH. 25 de agosto: Se deriva a la Asesoría Técnico Legal para que indique cómo debe proseguir el trámite. 31 de agosto: Un informe técnico (Dictamen 6625) advierte que la cláusula en la que las partes ratifican la vigencia del convenio colectivo de trabajo no suple el procedimiento ordenado por el artículo 137 de la Ley 27.802, por lo que resulta inoponible para la autoridad de aplicación. En consecuencia, dicho apartado se considera inexistente a los efectos legales. Asimismo, se solicita que la FATERyH ratifique expresamente el acuerdo. 8 de septiembre: Ratifica la FATERyH. 23 de septiembre: Se gira a la Asesoría Técnico Legal para la prosecución del trámite. 25 de septiembre: Se elevan las actuaciones a consideración de la superioridad para proceder a la homologación (Dictamen 7340). 2 de octubre: Se homologa mediante la Disposición 1266. 6 de octubre: Se notifica a los signatarios el dictado de la disposición y el registro oficial de la medida bajo el número 1687/26. |
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