|
|
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Salario Mínimo Vital y Móvil El SMVM sigue perdiendo contra la inflación interanual
[BPN-15/09/26] El pasado 2 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial la resolución que dispone el incremento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) desde este mes y hasta abril de 2027. La cifra pasará de 376.600 pesos a 437.000 pesos mensuales, lo que representa un ajuste total de 60.400 pesos (16,04%) distribuido en ocho meses. Se estima que este nuevo piso salarial impactará en unos 400 mil trabajadores no encuadrados en convenios colectivos. Mes a mes Al cotejar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC con las proyecciones del Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central, se observa que en la variación mensual hasta noviembre el SMVM superará levemente la inflación estimada.
Acumulado anual La pérdida de capacidad de compra resulta evidente en el acumulado anual. Para noviembre de este año, el SMVM sumará un alza del 19,12%, frente a una inflación estimada por el REM de 27,9%, lo que deja un saldo desfavorable de 10,04 puntos porcentuales. Medición interanual El rezago del haber mínimo también se manifiesta al comparar la escala con la inflación interanual proyectada.
La Resolución 4/2026 fue firmada el 1 de septiembre y publicada al día siguiente en el Boletín Oficial. Lleva la firma de Claudia Silvana Testa, presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, y subsecretaria de Trabajo del Ministerio de Capital Humano.
El SMVM y la propiedad horizontal Debido a que ninguna escala salarial de los encargados de edificios se sitúa por debajo del haber mínimo, este valor incide en el sector de la propiedad horizontal principalmente para determinar las franjas inembargables de las remuneraciones. Así lo dispone el Decreto 484/87 del 26 de marzo de 1987, reglamentario de los artículos 120 y 147 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744:
Cabe destacar que la norma fija una excepción: ante deudas por alimentos o litisexpensas, el juez interviniente cuenta con la facultad de establecer un porcentaje de embargo superior para atender las necesidades de los beneficiarios.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '