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Contribución Solidaria del SUTERH Este 1ª semestre esta obligación económica subió al doble
En junio, la contribución solidaria aumentó un 61,55% con respecto a mayo, un 72,7% en lo que va del año y un 99,57% en la medición interanual. En contraste, la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC se estimó en un 2% mensual, acumuló un 16,98% en el año y registró un 31,48% interanual. ¿A qué se debió el aumento de junio? En junio, cada consorcio aportó $ 72.636 por cada empleado de jornada completa, mientras que en el mismo mes del año pasado abonó $ 36.396. Para llegar a ese valor, se aplicó un incremento salarial del 7,7% correspondiente a junio sobre la contribución de mayo ($44.962), lo que resultó en $ 48.424. A este importe se le sumó el medio aguinaldo correspondiente ($ 24.212). Cabe destacar que este aumento salarial aplicado por el sindicato aún no fue homologado por la Secretaría de Trabajo. Debido a que en mayo se recaudaron $ 44.962 por este concepto, la cifra de junio -al incluir el sueldo anual complementario- representó una suba del 61,55%. Consideraciones metodológicas Ante la falta de datos oficiales sobre la cantidad de puestos de trabajo durante el primer semestre, el cálculo asume provisoriamente los mismos valores registrados durante 2025. Asimismo, cabe señalar que entre enero y junio el dólar oficial promedio pasó de $ 1.446,54 a $ 1.485,88, una devaluación que incidió directamente en la recaudación expresada en moneda estadounidense.
[*] El total de 2026 corresponde únicamente al primer semestre. Antecedentes Como antecedente, el 1º de febrero de 2022, las tres entidades de administradores que representan a los consorcios y la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) acordaron que la contribución destinada a la obra social se incrementaría en el mismo porcentaje que los salarios de la actividad. Hasta ese momento, el monto estaba fijado en $ 950 mensuales. Dicho acuerdo fue homologado el 7 de febrero de ese año por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante la Resolución Nº 243. Los cálculos Dado que ni el SUTERH ni la FATERyH brindan estadísticas sobre la cantidad de trabajadores del sector o sus condiciones contractuales, las estimaciones se realizaron multiplicando el valor de la contribución mensual por la cantidad de puestos de trabajo informados por el Ministerio de Trabajo. Para dicho desglose, se promedió cada puesto entre un trabajador de jornada completa y uno de media jornada, asumiendo una relación de paridad (uno a uno) entre ambas modalidades. |
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