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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Contribución Solidaria del SUTERH

En agosto los consorcios habrán aportado más de u$s 3 millones

El área gris de 2023 es el proyectado hasta fin de año [Fotoilustración Pequeñas Noticias]

El área gris de 2023 es el proyectado hasta fin de año [Fotoilustración Pequeñas Noticias]


[BPN-15/05/23] Desde enero hasta agosto de este año los consorcios de propietarios habrán contribuido "voluntariamente" a la Obra Social del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) un estimado de 3,2 millones de dólares [1]. En pesos la recaudación será de casi 728 millones de pesos.

Desde su creación en 2014 hasta agosto, ese concepto llevará acumulados más de 31,4 millones de dólares o más de 2 mil millones de pesos.

PROMEDIOS ANUALES

Año

Puestos de Trabajo

Recaudación u$s

Recaudación $

2014

48.830

1.534.239

12.817.913

2015

50.316

2.460.037

22.642.313

2016

52.870

1.860.194

27.871.650

2017

55.538

4.519.263

74.976.300

2018

55.385

2.969.493

78.828.750

2019

56.003

2.683.394

126.005.625

2020

56.831

2.155.580

157.317.525

2021

57.143

5.027.061

488.572.650

2022

56.279

5.000.867

672.425.234

2023

53.908

3.203.879

727.935.896

Total

 

31.414.008

2.389.393.855

¿De dónde surgió?

A modo de antecedente es de recordar que el 1º de febrero del 2022 las tres entidades de administradores que representan a los consorcios [2] y la FATERyH [3] establecieron que la contribución solidaria a la obra social de los encargados de edificios "se incrementará en el mismo porcentaje que el incremento establecido para los salarios de la actividad". Hasta este mes ese monto estaba establecido en 950 pesos mensuales.

Ese acuerdo fue homologado el 7 de ese mes por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante la Resolución Nº 243.

Sobre esta base el SUTERH publicó en el SiCayC (Sistema de Control de Aportes y Contribuciones de la Propiedad Horizontal) los valores de la Contribución Solidaria que relacionados con los aumentos a las escalas salariales recientemente otorgados: 20% en abril, 6% en mayo, 6% en julio y 6% en agosto [4].

Los cálculos

Teniendo en cuanta que ni el SUTERH ni la FATERyH proporcionan datos estadísticos sobre la cantidad de trabajadores del sector ni las características de sus tareas, para realizar estos cálculos se tomó el valor de la contribución de cada mes y se multiplicó por la cantidad de puestos de trabajo de ese período informados por el Ministerio de Trabajo, promediando cada puesto de trabajo entre un trabajador de jornada completa y uno de media jornada. O sea que a los efectos de este cálculo se asumió que por cada trabajador de jornada completa hay uno de media jornada.

Por otra parte, el valor del dólar se calculó promediando las cotizaciones oficiales de tipo comprador y vendedor de cada período excepto desde junio [1] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para calcular el incremento del valor del dólar de los meses de junio, julio y agosto se tomó el valor promedio de su valor en mayo y se le fue sumando el porcentaje de inflación prevista para cada mes por el Banco Central (REM).

[2] Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[3] Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH)

[4] BPN Nº 751 del 24/04/23: "Nuevo acuerdo salarial para encargados de edificios".


    

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