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Paritarias encargados de edificios 2022

El último acuerdo introdujo otras dos novedades importantes

[BPN-15/02/22] El acuerdo salarial de los encargados de edificios del 1º de febrero -aparte de los aumentos salariales [ver nota] y la indexación de la "contribución solidaria a la obra social" [ver nota]- trajo otras dos novedades a destacar: otorga una licencia de 10 hábiles a aquellas personas que sufrieran violencia de género y obliga a los administradores a constituir domicilio electrónico en el Sistema de Control de Aportes y Contribuciones de la FATERyH.

Licencia por violencia de género

Lo que llamó la atención en este punto fue que son beneficiarios de la licencia "las personas" que sufren violencia de género sin mencionar si éstas son hombres o mujeres.

Textualmente el acuerdo ya homologado ordena: "Incorporar al artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10 una licencia de 10 días hábiles por año aniversario para aquellas personas víctimas de violencia de género. Para hacer uso de la licencia el trabajador/a, deberá acreditar haber realizado previamente denuncia policial/judicial".

En el preámbulo del acuerdo explicó: "Asimismo es necesario partir de un dato de la realidad en torno al crecimiento de situaciones de violencia de género en el ámbito doméstico que necesariamente repercute en el presentismo en el ámbito laboral, siendo un imperativo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos atender la problemática evitando un agravamiento de la situación de vulnerabilidad de quien la padece".

El domicilio electrónico

Sobre este punto se destaca que las notificaciones realizadas al domicilio electrónico que debe constituir el administrador conservarán su validez hasta 60 días luego de su renuncia a ese consorcio. O sea que luego de renunciar a un edificio y de recibir una notificación de la FATERyH el administrador deberá contactarse con el administrador que lo sustituyó para reenviarle la notificación recibida.

Textualmente el punto cuarto ordena: "Los consorcios de propietarios, edificios de renta y/o quien ejerza su representación legal deberán constituir con carácter obligatorio el domicilio electrónico de conformidad a las formas, requisitos y condiciones que se establecen en el ANEXO 1 que forma parte del presente, con el fin de generar las correspondientes boletas de pago de aportes y contribuciones mensuales y recepcionar las notificaciones que la entidad sindical les remitan. Las notificaciones así practicadas surtirán los efectos legales del domicilio electrónico constituido siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen".

En el preámbulo argumentaron: "Considerando el actual paradigma de uso masivo de la modalidad electrónica para realizar las notificaciones o intercambio de documentación en forma virtual, se impone como garantía de una comunicación flexible y segura incorporar a la norma convencional el uso obligatorio del sistema de notificación electrónica para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza".

El acta acuerdo signado por el AIERH [1], la CAPHyAI [2] y la UADI [3] con la FATERyH [4] lleva fecha del 1º de febrero y fue homologado el 7 de ese mes por el Secretario de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo Claudio Bellotti, mediante la Resolución 243 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[3] Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH)

[4] Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).

[5] Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[6] Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal (FATERyH).


    

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