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Paritarias Encargados de Edificios 2024

Se acordó un 4,4% para junio

[BPN-15/07/24] El pasado 26 de junio la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social homologó a los encargados de edificios un aumento de un 4,4% para junio. La novedad la difundió el programa de radio Consorcios 360 el viernes 28 [1].

El acta acuerdo que se firmó el 12 de junio entre la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), el AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles) –representando a la patronal- con la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal) textualmente ordenó:

...las partes convienen [...] pactar un incremento salarial consistente en un porcentaje del:

4,4% (cuatro con cuatro por ciento) a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes de mayo de 2024 para la cuarta categoría establecida en el Art. 6º del CCT 589/10 aplicándose a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo; en concepto de remuneración del mes de junio de 2024.

Adelantaron también:

Las partes se comprometen a reunirse durante el mes de junio o julio de 2024 con el objeto de establecer una recomposición y/o incremento salarial por los periodos siguientes.

Se señala que en esta oportunidad no sólo adjuntaron para homologar la escala salarial del mes de junio sino también la de mayo que es copia exacta de la última homologada en abril.

Para acordar este aumento los miembros paritarios argumentaron:

...considerando el contexto económico actual y con el objeto de mantener el poder adquisitivo del salario de los trabajadores de la actividad vemos necesario establecer un incremento salarial que contemple el costo de vida y la necesidad de mantener en valores actuales la remuneración de los trabajadores.

Escalas salariales vs. Inflación

Es de destacar que durante la primera mitad del año las escalas salariales aumentaron un 60,19% mientras que la inflación fue de un 79,8%. Por otra parte, el aumento interanual de las escalas salariales fue del 217,6% mientras que la inflación fue del 271,5%

Ítem

Escalas Salariales

INDEC

Diferencia...

Incremento mensual de JUNIO/2024

4,40 %

4,6 %

-0,2 pp

Acumulado anual

60,19 %

79,8 %

-19,61 pp

Incremento interanual

217,6 %

271,5 %

-53,9 pp

O sea que, si bien en junio tuvo un ligero desfasaje negativo, en el acumulado anual perdió -19,61 puntos porcentuales y en la medición anual -53,9 puntos porcentuales.

Día a día

El 5 de junio se firma el acta acuerdo entre el AIERH y la FATERyH para los trabajadores de edificios de renta (CCT 590/10). Como es usual, su texto –salvo en los firmantes- es exactamente igual al del CCT 589/10 (Propiedad Horizontal).

El 12 de junio las tres entidades de administradores en nombre de los consorcios firman con la FATERyH el acta acuerdo que otorgó un 4,4% para junio.

El 18 de junio todos los miembros paritarios ratifican el acuerdo del 12 de junio.

El 26 de junio la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo produce un informe técnico (Dictamen 6385/24) en el que detalla todos los pasos cumplidos y destaca que "de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente".

Ese mismo día Mara Agata Mentoro, directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social homologó los dos acuerdos mediante la Resolución 1.532.

Curiosidades

En el acta acuerdo los signatarios del acuerdo expresaron:

...las partes manifiestan que someten el presente acuerdo al acto de homologación de la autoridad administrativa. Asimismo, si al vencimiento del plazo de pago de las remuneraciones del mes de junio aún no se dicta el acto de homologación, convienen que el pago de la remuneración se deberá realizar bajo el concepto "a cuenta del acuerdo paritario" y según las escalas salariales a publicarse en la página web de la Asociación Sindical.

Es por demás curioso este párrafo porque si el acuerdo no hubiera sido homologado no hubiera sido de cumplimiento obligatorio en su totalidad incluido lo subrayado por la redacción de este medio.

Es de recordar que el concepto de negociaciones paritarias tiene su base en tres patas con intereses diferentes y perfectamente definidos.

Por un lado, los trabajadores y por otro los empleadores. Por último, -como el fiel de la balanza- el Estado que garantiza la legalidad de lo acordado y lo convierte en ley obligatoria para el universo de empleadores y trabajadores representado por los miembros paritarios.

Si el Estado no garantiza que lo acordado es legal nada de lo acordado es obligatorio, incluidos aquellos párrafos que se redactaron para el caso que no sea homologado Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Consorcios 360 del 28/06/24.

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