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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sueldos Enero de 2023

Este año nuevo se estrena escala y vuelve el bono

Fabiana Lizarralde

[BPN-23/01/23] Los recibos de enero reflejarán el último 16% de aumento homologado por la Resolución 1.999/2022. Este incremento se aplica sobre la escala salarial vigente desde el mes de noviembre de 2022.

En el mes de noviembre y diciembre un Encargado permanente sin vivienda de 4° categoría tenía un bruto de $13.3510. Al aplicarle el 16% ($21361,6) se convirtió en enero de 2023 en $154.872 redondos.

Por otra parte, los recibos volverán a tener el ítem correspondiente al bono que homologó la Resolución 1.365 por $24.000. Recordamos que en el mes de diciembre este bono no se pagó porque la Resolución 2.167/2022 lo prorrogó por 30 días. Solo quedan pendientes tres importes a abonar en los siguientes meses:

Período

Bono $

enero/2023

24.000

febrero/2023

24.000

marzo/2023

26.000

Estos bonos son remunerativos motivo por el cual impacta en las horas extras y las vacaciones.

Los valores de la nueva escala a aplicar en los recibos de este mes son:

Enero 2023

FUNCION

1° Categoría

2° Categoría

3° Categoría

4° Categoría

Encargado Permanente con vivienda

158.113

151.525

144.937

131.761

Encargado Permanente sin vivienda

185.846

178.103

170.359

154.872

Ayudante Permanente con vivienda

158.113

151.525

144.937

131.761

Ayudante Permanente sin vivienda

185.846

178.103

170.359

154.872

Ayudante Media jornada

92.923

89.051

85.180

77.436

Personal Asimilado Con vivienda

158.113

151.525

144.937

131.761

Personal Asimilado Sin vivienda

185.846

178.103

170.359

154.872

Mayordomo Con vivienda

163.981

157.149

150.316

136.651

Mayordomo Sin vivienda

193.439

185.379

177.319

161.199

Intendente

236.767

236.767

236.767

236.767

Personal con más 1 función con vivienda

158.113

151.525

144.937

131.761

Personal con más 1 función sin vivienda

185.846

178.103

170.359

154.872

Encargado Guardacoches con vivienda

139.411

139.411

139.411

139.411

Encargado Guardacoches sin vivienda

151.389

151.389

151.389

151.389

Personal Vigilancia Nocturna

167.432

167.432

167.432

167.432

Personal Vigilancia Diurna

155.886

155.886

155.886

155.886

Personal Vigilancia Media Jornada

77.943

77.943

77.943

77.943

Encargado No Permanente Con vivienda

75.014

75.014

75.014

75.014

Encargado No Permanente Sin vivienda

81.529

81.529

81.529

81.529

Ayudante Temporario

152.704

152.704

152.704

152.704

Ayudante Temporario Media Jornada

76.352

76.352

76.352

76.352

Adicionales

Para Cualquiera de las Categorías

Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA)

1.579,00

Suplente con horario por día

6.895,00

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

282,50

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

4.866,40

Valor vivienda

1.038,00

Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

1.548,70

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

3.097,40

Plus limpieza de cocheras

3.855,60

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

5.708,70

Plus Jardín

3.855,60

Plus Zona Desfavorable

50%

Título de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

6.486,20

Revisar y controlar

Enero 2023: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 1.999/2022, homologada el 21 de octubre de 2022 y Resolución 1.365/2022 homologada el 7 de julio de 2022)

Enero 2023 + BONO

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 15/2022)

* A partir del 1° de diciembre de 2022: $61.953 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $309,77 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de enero de 2023: $65.427 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $327,14 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de febrero de 2023: $67.743 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $338,72 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de marzo 2023: $69.500 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $347,50 por hora para los trabajadores jornalizados.

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de enero: 1

(Fuente: https://bit.ly/38evTl3)

 

Domingo 1: Año nuevo

Feriados inamovibles

Feriados trasladables 

Feriados Turisticos

5)

Días no laborables de enero: no hay

(Fuente: https://bit.ly/38evTl3)

Días no laborables

 

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Enero 2023: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

Y ahora, a cargo del empleador

Diciembre 2022: Sueldos (Contribuciones) – Contribuciones Seguridad Social = 18%

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día. (Según Boletas sindicato diciembre/2022)

$2472

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 01/2023 (Disposición SRT 5/2022).

$183

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