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Sueldos Abril de 2022

Nueva escala y dos feriados

Fabiana Lizarralde

[BPN-22/04/22] Los recibos de haberes de abril tendrán un aumento del 15% calculado sobre las escalas salariales del mes de marzo. Así lo estipuló el nuevo acuerdo del sector homologado el pasado 7 de febrero por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante la Resolución 243/2022.

Un Encargado permanente con vivienda de 4° categoría tenía en marzo pasado un básico de $65539. El 15% es $9830,85 con lo cual en el mes de abril su básico pasó a $75369,85 que al ser redondeado quedó en $75370.

Este acuerdo contempló la integración de los $8000 a las escalas en el mes de marzo pasado, un 15% de incremento para abril y 12% de aumento en junio calculado sobre la escala de este mes.

Feriados de abril

Con respecto a los feriados del mes de abril, para el sector de la propiedad horizontal hubo dos: el sábado 2 de abril en el que se recuerda a los veteranos y caídos en la guerra de las Islas Malvinas y el día 15 correspondiente al Viernes Santo. El Jueves Santo es un día no laborable por lo cual el empleador decide si se trabaja o no y en ambos casos se paga como día normal.

La Ley de Contrato Laboral estipula el tratamiento de estos días desde el artículo 165 al 171 y trascribimos algunos de ellos para tenerlos en cuenta:

Artículo 165: "Serán feriados nacionales y días no laborables los establecidos en el régimen legal que los regule".

Artículo 166: "Aplicación de las normas sobre descanso semanal. Salario. Suplementación. En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual".

Artículo 167: "Días no laborables. Opción. En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador".

Escala salarial de abril 2022 (Resolución 243/2022)

FUNCION

1° Categoría

2° Categoría

3° Categoría

4° Categoría

Encargado Permanente con vivienda

90.443

86.675

82.906

75.370

Encargado Permanente sin vivienda

106.307

101.878

97.448

88.589

Ayudante Permanente con vivienda

90.443

86.675

82.906

75.370

Ayudante Permanente sin vivienda

106.307

101.878

97.448

88.589

Ayudante Media jornada

53.154

50.939

48.724

44.295

Personal Asimilado Con vivienda

90.443

86.675

82.906

75.370

Personal Asimilado Sin vivienda

106.307

101.878

97.448

88.589

Mayordomo Con vivienda

93.800

89.892

85.983

78.167

Mayordomo Sin vivienda

110.650

106.040

101.429

92.208

Intendente

135.434

135.434

135.434

135.434

Personal con más 1 función con vivienda

90.443

86.675

82.906

75.370

Personal con más 1 función sin vivienda

106.307

101.878

97.448

88.589

Encargado Guardacoches con vivienda

79.745

79.745

79.745

79.745

Encargado Guardacoches sin vivienda

86.597

86.597

86.597

86.597

Personal Vigilancia Nocturna

95.774

95.774

95.774

95.774

Personal Vigilancia Diurna

89.169

89.169

89.169

89.169

Personal Vigilancia Media Jornada

44.585

44.585

44.585

44.585

Encargado No Permanente Con vivienda

42.909

42.909

42.909

42.909

Encargado No Permanente Sin vivienda

46.636

46.636

46.636

46.636

Ayudante Temporario

87.349

87.349

87.349

87.349

Ayudante Temporario Media Jornada

43.674

43.674

43.674

43.674

Adicionales

Para Cualquiera de las Categorías

Personal Jornalizado no más 18 horas (Según ART. 7 INC. P HORA)

903,20

Suplente con horario por día

3.944,00

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

161,60

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

2.783,60

Valor vivienda

593,70

Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

885,90

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

1.771,80

Plus limpieza de cocheras

2.205,50

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

3.265,50

Plus Jardín

2.205,50

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

3.710,20

Revisar y controlar

Abril 2022: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 178/2021, homologada el 9 de marzo de 2021 y Res. 779/2021)

Abril de 2022 

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 04/2022)

* A partir del 1° de abril de 2022: $ 38.940 por mes y $194,70 por hora.

* A partir del 1° de junio de 2022: $42.240 y $ 211,20 por hora.

* A partir del 1° de agosto de 2022: $ 45.540 por mes y $ 227,70 por hora.

* A partir del 1° de diciembre de 2022: $ 47.850 por mes y $239,30 por hora.

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de abril: 2

(Fuente: https://bit.ly/38evTl3)

 

2. Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas

14. Jueves Santo

Feriados inamoviblesFeriados trasladables

Calendario Abril

5)

Días no laborables de abril: 6

(Fuente: https://bit.ly/38evTl3)

15. Viernes Santo

16, 17. Primeros dos días de la Pascua Judía (b)

22, 23. Últimos dos días de la Pascua Judía (b)

24. Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos(b)

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Abril 2022: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2.55% + ANSSAL 0.45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0.75%

Y ahora, a cargo del empleador

Abril 2022: Sueldos (Contribuciones) – Contribuciones Seguridad Social = 18%

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10

(Según Boletas sindicato marzo/2022)

$950,00

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,5%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0.75

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