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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General

Con la vigencia (18/12/2000) de la Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos Nº 943 es obligatorio al momento de solicitar la clave de alta temprana informar los siguientes datos:
  1.  Clave Unica de Identificación Tributaria.
  2.  Código Unico de Identificación Laboral de cada trabajador por el que se solicita el alta.
  3.  Fecha de inicio de la relación laboral de cada trabajador.
  4.  Código de modalidad de contratación de cada trabajador.
  5.  Código de Obra Social de cada trabajador.
  6.  Código de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo contratada.
La Ley Nº 25.323, aumenta en un cincuenta por ciento (50 %) las indemnizaciones por preaviso y despido previstas en las Leyes Nros. 20.744 y 25.013, en los casos que existiendo obligación de pago por parte del empleador intimado fehacientemente, no las abonare, obligando al trabajador a iniciar acciones administrativas o judiciales para percibirlas. Los jueces podrán reducir el incremento indemnizatorio o eximir de su pago, cuando el empleador demuestre la existencia de causas que justifiquen su conducta.
    

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