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Correo de Lectores


¿Es obligatorio u opcional?

Buenas tardes, quería consultar si es obligatorio pagar la boleta del SERACARH que se liquida mensualmente desde el año 2011 con la de FATERyH. 

¿Es obligatorio u opcional pagarla en Buenos Aires? 

¿Saben si es obligatorio para el resto del país? 

Por razones obvias, el interior del país no puede acceder al servicio que se presta, por lo tanto no sabemos si es obligatorio pagarla. Espero su respuesta.

Muchas gracias.

Julia

(30/10/2013)

Estimada Julia , al ingresar a la página de FATERYH se generan tres boletas para abonar distintas obligaciones:

1) Una encabezada por el nombre de FATERYH con la que se pagan los aportes y contribuciones del FMVDD (Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad). Estos ítems son obligatorios si el trabajador está afiliado al sindicato. Si no lo está puede optar por abonar el fondo o no (Artículo 27º CCT 589/10).

2) Otra, también encabezada por FATERYH con la que se abona la contribución del SERACARH que también es obligatoria para todos (Artículo 29º CCT 589/10). Este artículo dice: "[...] a efectos de poner en marcha el Servicio, las partes acuerdan incrementar en un 0,5% el aporte empleador previsto en el artículo 27º de este convenio ..." y el artículo 27º deja claro cómo se efectúan los aportes y las contribuciones: "[...] las partes acuerdan que la totalidad de los empleadores de la actividad efectuarán un aporte mensual del 2,5% (dos y medio por ciento) sobre la remuneración bruta total de cada trabajador y/o trabajadora comprendido en el ámbito de aplicación del presente convenio colectivo de trabajo, se encuentren afiliados o no a la entidad sindical de base nucleada en la FATERYH y una retención de 1% (uno por ciento) sobre la remuneración bruta total de los trabajadores y/o trabajadoras afiliados a la entidad sindical base adherida a la FATERYH, y de aquellos trabajadores que sin ser afiliados hayan manifestado en forma expresa su conformidad para acceder a los beneficios".

3) La última boleta la encabeza SUTERH y con ella se abonan la Caja de Protección a la Familia que es obligatorio para todos (Artículo 19º del CCT 589/10) y el Aporte sindical que corresponde hacerle al trabajador en caso de ser afiliado.

Espero haberte ayudado a responder tu consulta.

Un saludo grande.

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