Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


Seguro de caución

Estimado Claudio:

¿Es necesario que saque una póliza de seguro de caución por la responsabilidad del administrador?

¿O la disposición ya fue suspendida o dada de baja?

Como siempre agradezco tu respuesta. 

Muchas gracias.

Bibiana

(16/07/13)

Estimada Bibiana.

El artículo 3º de la Disposición Nº 6.013 que obligaba a los administradores de consorcios a contratar un seguro de caución a favor del consorcio ya fue derogado por el Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor, el pasado 16 de abril mediante la disposición Nº 777.

Sin embargo, el Dr. Gallo en ella reiteró que los administradores deberán cumplir con el artículo 12 Inc. e) de la Ley 941 que establece que los administradores deberán tener aprobada por el consorcio la declaración jurada patrimonial o contratar un seguro de responsabilidad profesional con una compañía de seguros.

Vas a encontrar más información acerca de este tema en la nota de tapa del boletín Nº 492 del pasado 24 de abril que se tituló "Gallo derogó definitivamente el seguro de caución".

Un saludo cordial.

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