Curso/taller de Sueldos para Propiedad Horizontal

Correo de Lectores


Desde Córdoba sobre el SERACARH

Buenas tardes, la consulta es referida al SERACARH

¿En este caso puntual –Córdoba- lo debemos abonar?

Muchas gracias y saludos.

Francisco

(30/09/2012)

Hola Francisco, la respuesta a tu consulta surge del artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajo 589/2010 y es "Sí". Te lo transcribo: "En virtud de lo acordado en fecha 16 de abril de 2009, los representantes de la parte sindical, Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal, (FATERYH), los de la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), los de la Unión de Administradores de Inmuebles, (UADI) y los de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), resuelven crear el Servicio de Facilitación Optativa para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal. Es un servicio de facilitación y negociación laboral optativa, que funcionará en el marco de este convenio y del convenio vigente para los trabajadores/as de edificios de renta. Tiene por misión brindar a los trabajadores y empleadores un espacio imparcial, que posibilite la negociación de sus respectivos intereses. El Consejo Directivo estará conformado por seis integrantes titulares, tres por la parte sindical, de los cuales uno será del SUTERH Ciudad de Bs.As. y GBA y los otros dos de la FATERYH, los otros tres por la parte patronal que será, uno por la AIERH, otro por la UADI y otro por la CAPHyAI. Asimismo habrá dos integrantes suplentes, uno por la parte sindical y otro por la patronal. El Consejo Directivo aprobara el diseño y desarrollo del Servicio para su funcionamiento y homologación. Asimismo, a efectos de poner en marcha el Servicio, las partes acuerdan incrementar en un 0,5% el aporte empleador previsto en el artículo 27º de este convenio. A tal fin, la FATERYH destinara una cuenta especial para dicha recaudación, asignando los fondos necesarios para el funcionamiento del Servicio. Las partes estiman que este Servicio se implementará en un plazo de 180 días".

Por lo tanto y con respecto a esta contribución del 0,5% es para todos los trabajadores. Ahora –y si venís siguiendo las notas de Pequeñas Noticias- habrás leído sobre un curso obligatorio para encargados y encargadas sobre temas de Seguridad e Higiene que deben abonarlo y hacerlo en el SERACARH. Esta obligación en particular surge de una normativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por lo tanto solo lo deben cumplir en esta ciudad.

Un saludo grande.

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