Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


Suplente: sábados y domingos

Les quiero consultar la forma de calcular la cantidad de días que le corresponden a un suplente que trabaja los sábados por la tarde y los domingos como horario habitual. Los días feriados se le liquidan al 100%. 

Sé que es un día cada 20 días efectivamente trabajados pero en el sindicato le dijeron que los feriados también cuentan. 

Yo entiendo que no porque se pagaron al 100%. 

¿Me podrían ayudar?

Gracias

Patricia

(14/03/2012)

Hola Patricia, sí en este caso coincido con lo que dice el Sindicato. No hay que mezclar el valor que se abona por un día feriado trabajado con el cálculo de los días de vacaciones. Los días que se tienen en cuenta para calcular los días de vacaciones son los "efectivamente trabajados" y en este caso los feriados suman porque se trabajan.

Lo que queda exceptuado del cálculo de los días de vacaciones son las horas extras y así se especifica en el artículo 12 inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10: "f) Las horas extras realizadas, en cualquier fecha y circunstancia, no generarán más plazo de vacaciones".

Un saludo grande.

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