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Correo de Opinión

Sobre "Solicitada AIERH" por el Adm. Rubén Alberto Rivero

[BPN-27/04/16] Entiendo que el editorial debe publicar lo propuesto por todos los actores del mundo consorcial. Deberíamos entonces exponer la realidad de cada entidad y actor que compone la comunidad.

De una breve lectura de la ley, se ve a simple vista el objetivo. También se ve claramente a quién se propone para dirigir la orquesta. Cada vez, los propietarios, los dueños de la cosa, tienen menos poder sobre sus bienes. Esta ley que se ha aprobado sobre tablas es la frutilla del postre. El SUTERH, con su innegable poder económico, domina la escena.

Se proponen dentro de la comisión once miembros:

A) 1 representante de una asociación de propietarios;

B) 1 representante de asociaciones y organizaciones que tengan por objeto la defensa de los derechos de los usuarios y consumidores de la CABA;

C) 1 de la Defensoría del Pueblo;

D) 1 de Defensa y Protección del Consumidor;

E) 3 por el SUTERH ¿¿¿…???

F) 1 por el sindicato de "empleados de administradoras de consorcios" (en formación);

g) 1 por cada cámara de administradores de consorcios: CAPHyAI, AIERH y UADI.

De estas últimas ¿conocemos la historia de cada una?

La CAPHyAI es la cámara que por excelencia defendió los intereses de los consorcios, contando con el 50% de los votos en la discusión de los convenios colectivos, enfrentándose al SUTERH.

AIERH apareció en el ámbito consorcial y casi de inmediato fue propuesta para entregar -en aquel entonces- las boletas de depósito por las contribuciones de empleados al sindicato ¿Esto nos indica algo?

Luego de una escisión de la CAPHyAI, aparece en escena una pequeña cámara, UADI, sin envergadura financiera para autoabastecerse.

En la era kirchnerista, cuando empezó "la redistribución de la riqueza en forma más equitativa", los gremios, entre ellos -por supuesto- el SUTERH, proponían porcentuales de aumento de salarios que la CAPHyAI pretendía discutir defendiendo los intereses de los consorcistas.

Al asistir a la reunión se encontraban con que su negativa era solamente enunciativa ya que con su firma, los directivos de las otras dos cámaras habían acordado el aumento propuesto por el SUTERH obteniendo de esa manera más del 50% de los votos necesarios.

Aquel que quiera tomarse el trabajo de consultar los periódicos de la época podrá ver sentados en la mesa de firma del convenio a los directivos del SUTERH, de las otras dos cámaras y hasta el mismísimo expresidente Néstor Kirchner y la ausencia de las autoridades de la CAPHyAI.

Sin duda alguna, en esta enunciación tenemos votos cantados en las discusiones: SUTERH (3), sindicato -en formación- (1), AIERH (1) y UADI (1). O sea, simple mayoría, siempre.

¿Qué autoridad moral tiene la Comisión Directiva de AIERH para publicar esta nota? Y sobre todas las cosas... ¿A quién pretende defender? Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Rubén Alberto Rivero

(25/04/2016)

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