Próximos
Vencimientos con el 9041...
¿Cómo hacer para recordar los compromisos
y obligaciones de los consorcios y no morir en el intento?. Muchas veces los
Administradores se han hecho esta pregunta y cuando parecía resuelto el
control de los distintos vencimientos para cada consorcio, aparecía una
factura vencida que no se había tenido en cuenta, la cual se debía pagar
con el recargo correspondiente.
Es cierto que es muy complejo controlar cada uno de los
vencimientos de impuestos, servicios, cuotas de seguros, recarga de
matafuegos, etc., de cada uno de los consorcios administrados, multiplicándose
las dificultades cuantos más consorcios se administran.
El sistema 9041, tiene la solución al problema: Una "agenda de
vencimientos" que nos permite saber qué es lo próximo a vencer, si
recibimos las facturas correspondientes, si se pagó, cuánto y cuándo se
pagó y todas las características propias del pago.
Lo primero a tener en cuenta es que al ingresar un proveedor
(9041\Proveedores) debemos evaluar si del mismo nos interesa registrar
vencimientos de pagos posteriores. En caso afirmativo, se debe completar con
"Si" el campo respectivo (Próximo vencimiento). Esto nos permitirá
al ingresar una factura de dicha empresa y registrar el vencimiento de la próxima
factura.
No obstante, como práctica generalizada, es conveniente ingresar los
futuros vencimientos al recibir las facturas correspondientes o tomar
conocimiento del compromiso respectivo. A tal fin, existen dos posibilidades
de ingreso de la información: En forma generalizada, que incluye la
totalidad de los Consorcios, en el ítem Próximos vencimientos en
9041\Proveedores\Próximos vencimientos o en su defecto en forma específica,
previa elección de un Consorcio (9041\Elección de un Consorcio ó pulsando
la combinación de teclas <Alt> + E), en el ítem
9041\Gastos\Facturas\Ingreso de Facturas\Próximos Vencimientos).
En ambos casos, los datos a consignar son los mismos, siendo la única
diferencia que al seleccionar el ítem específico, el consorcio no debe ser
ingresado, ya que toma por defecto el Consorcio Activo, es decir el elegido
previamente.
Cabe destacar que para el ingreso de la información es indistinto que se
realice por uno u otro concepto, ya que ambos se actualizan entre sí. Es
decir que en forma dinámica tendremos la misma información en forma global
o de un consorcio determinado.
Cualquiera sea el ítem que se seleccione, lo primero que observamos es el
detalle de todos los vencimientos registrados (para la totalidad de los
consorcios o para el elegido) a través de una "pantalla de visualización"
(Bordes rojos, fondo blanco). El color del texto en ambos casos cumple
un papel protagónico: Si el color es negro, significa que
independientemente de la fecha de vencimiento, el servicio o compromiso, se
encuentra cancelado.
Si el color es azul, indica que no se ha pagado, pero que se encuentra
dentro del plazo del vencimiento.
Por último, si el color es rojo, significa que el impuesto, servicio o
compromiso ha vencido y no se ha pagado. Cabe destacar que los controles se
efectúan con relación a la fecha propia del sistema, por lo que
recomendamos controlar que la misma sea la correcta, de lo contrario se
puede obtener una información errónea.
A continuación, si lo que se desea ingresar es un nuevo vencimiento,
pulsando la tecla <Insert> se accede a la pantalla en la cual se debe
volcar la información requerida: Fecha de vencimiento, el Proveedor, el
consorcio (si se ingresó por la forma global) y de conocerlo, el importe.
Si el vencimiento de la factura recibida se encuentra registrado, se debe
localizar la misma en la pantalla de visualización (bordes rojos, fondo
blanco) y tildar el registro correspondiente, es decir, ubicado sobre el
mismo se pulsa la barra espaciadora, observándose que aparece al lado del
Proveedor un tilde. El mismo indica en pantalla y en los listados
respectivos, que el comprobante correspondiente a ese vencimiento ha sido
recibido, registrándose de corresponder el próximo vencimiento.
Al momento de efectuar el pago, se debe localizar nuevamente el comprobante
registrado, y pulsando la tecla <Enter> se accede a la pantalla que
nos permitirá registrar la fecha de pago y si no fue consignado aún, el
importe del mismo.
Los listados que se pueden obtener, nos darán la información necesaria
para saber los vencimientos a pagar, los pagados, los recibidos y los
recibidos a pagar, con distintos ordenamientos, para la totalidad de los
Consorcios o para alguno específico.
Y para finalizar, al ingresar un vencimiento por el ítem
9041\Proveedores\Próximos Vencimientos, no se efectúa control alguno sobre
la exactitud del Consorcio ingresado, permitiendo de esta manera registrar
los vencimientos personales del administrador, de sus empleados y los
propios de la Administración. No obstante, se recomienda que si corresponde
a un Consorcio, el mismo se ingrese con la ayuda de la tecla de función
<F1>, para tener la seguridad que se efectuará la actualización dinámica
en el archivo propio del Consorcio.
Consideramos que ahora sí, con el sistema 9041 se puede efectuar un control
exacto de los compromisos a pagar y ahorrarnos grandes dolores de cabeza o
de bolsillo, al no tener que pagar con recargo por conocer con la suficiente
antelación cada uno de los vencimientos.
¡¡ Bendito lunes !!
por Gabriel
Campanini (Prof. Nacional de Educación Física)
¿Cuántas
veces nos propusimos empezar una dieta, el gimnasio, dejar de fumar, y otras
tantas cosas más?. Pero llega el día citado y abundan las excusas, las
vueltas, la inseguridad; ¡¡¿No me hará mal?!!, ¡¡La verdad que tuve un
fin de semana agotador, mejor empiezo el próximo lunes!!.
Y así pasan las semanas, los meses, los años, entre los problemas de los
propietarios, los proveedores y los encargados ¡¡Ah, pero eso sí, año
nuevo vida nueva; después del 1º empiezo!!, y ya nos imaginamos trotando
por un camino arbolado, con ese aire tan puro mezclándose con el aroma de
las flores, los cálidos rayos solares calentándonos el cuerpo que,
transpirando, nos ayuda a eliminar toxinas; quemar esas calorías extras
para modelar la silueta y tener ese cuerpo atlético tan soñado....
¡¡DESPERTEMOS!! Dejemos de lamentar cuántas cosas hubiésemos hecho
pero no hicimos, cuántos kilos hubiésemos podido adelgazar y no los
bajamos, cuántos kilómetros hubiésemos corrido y no corrimos. ¡¡PENSEMOS
EN POSITIVO!!
El lunes lo detestamos porque lo relacionamos con todos los intentos
frustrados; por eso no esperemos hasta el próximo lunes, sorprendámonos
a nosotros mismos y con decisión hagamos una escapadita al parque más
cercano y sintamos que somos parte de esa multitud a la que siempre quisimos
pertenecer, caminando, trotando, andando en bicicleta, sea la hora que sea,
así tengamos muy poco tiempo, no interesa, lo importante es aprovechar ese
momento...
(En este Instante me
viene a la memoria un párrafo del poema que se atribuye al escritor Jorge
Luis Borges, que me gustaría dejarlo como mensaje:
..."Yo fui una
de esas personas que vivió sensata y prolíficamente cada minuto
de mi vida;
claro que tuve momentos de alegría.
Pero si pudiera volver atrás trataría de tener solamente buenos
momentos.
Por si no lo saben, de eso está hecha la vida, sólo de momentos; no
te pierdas el ahora."...)
Bueno, ahora sí, aprovechando que estamos con el termómetro de la
auto-estima al máximo, les voy a dar unos consejos para organizar la
actividad:
-
Ponerse un calzado cómodo,
en lo posible con suela de goma alta para amortiguar las presiones de
las articulaciones de tobillos, rodillas y caderas. La ropa indicada es
la de algodón ya que absorbe la transpiración y mantiene la
temperatura corporal.
-
Realizar un
calentamiento previo a la actividad principal que es un paso muy
importante para ir adaptando el funcionamiento interno del cuerpo para
el esfuerzo. Puede consistir en recorrer el trayecto hasta el lugar
elegido para la actividad ó 5 minutos de caminata a paso rápido.
-
Elongar ó
"estirar" los grandes grupos musculares de las piernas,
brazos y tronco. No realizar movimientos de rebote sino mantener, entre
10 y 15 segundos, la posición de estiramiento del grupo muscular y
repetirlo de 2 a 3 veces. Recordar que en este caso el dolor puede ser síntoma
de lesión, entonces no elongar al límite.
-
Ahora llegó la
parte de la actividad principal. Es importante el trayecto que se elija
para poder almacenar datos de vueltas, distancias, idas y vueltas que se
recorran para tener una referencia fehaciente del esfuerzo
realizado, como así también el tiempo que dura ese recorrido. Es
importante no parar de golpe la actividad, sino seguir caminando unos
minutos para bajar progresivamente las pulsaciones.
-
La velocidad debe
ser acorde con el ritmo cardíaco, que debe estar entre 150 y 170
pulsaciones por minuto. Se lo puede controlar colocando el dedo índice,
sobre el costado del cuello; muy suavemente porque puede cortar el
fluido de sangre, provocando mareos y hasta desmayos.
-
Hay que tomar agua
antes, durante y después del ejercicio.
-
Hay que volver a
elongar para evitar los trastornos producidos
por la retención del ácido láctico.(entumecimientos, calambres
musculares)
-
Tener un anotador
para asentar los datos necesarios que permitan controlar la
periodicidad, el tiempo empleado en la actividad completa (desde que
salimos de casa hasta que volvemos), la distancia recorrida y el tiempo
empleado en la actividad principal (correr, trotar, andar en bicicleta,
etc...). ¿Para qué? Para tener una referencia del último esfuerzo y
tratar de superarlo de a poco.
Amigos lectores, quiero
agradecerles por su tiempo, y no los retengo más así pueden cambiarse y
empezar ¡¡YA!!.
¿Dónde
está escrito?
El artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo,
establece que los empleadores deberán llevar un libro especial, registrado
y rubricado, en las mismas condiciones que se exigen para los libros de
comercio, en el que se consignará:
a. Individualización íntegra y actualizada del empleador.
b. Nombre del trabajador.
c. Estado civil.
d. Fecha de ingreso y egreso.
e. Remuneraciones asignadas y percibidas
f. Individualización de personas que generen derecho a la percepción
de asignaciones familiares.
g. Demás datos que permitan una exacta evaluación de las obligaciones
a su cargo.
Además se prohibe:
1. Alterar los registros correspondientes a cada persona empleada.
2. Dejar blancos o espacios.
3. Hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas, las que deberán ser
salvadas en el cuadro o espacio respectivo, con firma del trabajador a que
se refiere el asiento y control de la autoridad administrativa.
4. Tachar anotaciones, suprimir fojas o alterar su foliatura o registro.
Tratándose de registro de hojas móviles, su habilitación se hará
por la autoridad administrativa, debiendo estar precedido cada conjunto de
hojas, por una constancia extendida por dicha autoridad de la que resulte su
número y fecha de habilitación.
La Ley Nacional de Empleo nº 24013, en su artículo 87, establece una
reducción del 50% durante el primer año, en las contribuciones patronales
a la seguridad social para los empleadores que contraten por tiempo
indeterminado trabajadores discapacitados.
La Ley nº 22431, en su artículo 23 dispone que se podrá deducir de la
determinación del impuesto a las ganancias, hasta un 70% de la retribución
abonada a cada trabajador discapacitado.
La Ley de Contrato de Trabajo, establece en su artículo 99 la utilización
de la modalidad de contrato eventual, en los siguientes supuestos:
1. Para satisfacer resultados concretos, en relación a servicios
extraordinarios determinados de antemano o exigencias extraordinarias y
transitorias del empleador.
2. Toda vez que no pueda preverse un plazo cierto para la finalización del
contrato.
3. Cuando el vínculo comienza y termina con la realización de la obra, la
ejecución del acto o la prestación de servicio para el que fue contratado
el trabajador.
El contrato se debe realizar por escrito, se hará constar con precisión la
causa que lo justifique, y la duración del contrato no podrá exceder los
seis meses por año y hasta un máximo de un año en un período de tres años
según lo dispone el artículo 69 de Ley nº 24013.
El empleador no tiene obligación de preavisar la finalización del contrato
y no procede indemnización alguna a la extinción de la relación laboral
según los artículos 73 y 74 de la Ley nº 24.013.
¿Sabía
que...
Al visitar un edificio, se
aconseja efectuar las siguientes verificaciones en el ascensor, dado que las
mismas permiten detectar anomalías en el funcionamiento o el mantenimiento
del mismo?
-
Movimiento de la
cabina: Controlar que no registre excesivo movimiento, ya sea al
ingresar o durante el recorrido;
-
La existencia de
ruidos o golpes extraños durante el viaje;
-
Puertas: Controlar
que no estén flojas o que se salgan de las guías inferiores. Si se ve
una puerta de piso que no esté totalmente cerrada y el ascensor
funciona, dar aviso de inmediato al conservador;
-
Indicadores de
funcionamiento: Verificar su correcto encendido;
-
Alarma del coche:
Controlar su correcto funcionamiento;
-
Encendido de la luz
de emergencia de la cabina;
-
Funcionamiento del
botón o llave de parada por emergencia;
-
Parada del ascensor:
Verificar que no existan desniveles pronunciados al detenerse la cabina
en los pisos;
-
Verificar la
existencia de la planilla indicando que se realizaron las revisiones
mensuales con la correspondiente firma del ingeniero responsable.
Vencimientos del 5 de
junio del 2000 al 12 de junio del 2000.
(La tabla figura en el
archivo Pequeñas Noticias Nº 3 (Año II).xls
adjunto, en la hoja denominada VENCIMIENTOS)
Proveedores
de bienes y servicios.
María Isabel Brath
Productor asesor de seguros
Seguros generales. Seguros de vida.
Ahorro y capitalización.
Becas estudiantiles. Enfermedades
graves. Renta familiar.
Carlos Villate 1655 PB "F".
(1636) Olivos. Buenos Aires
Tel/Fax: 4795-7792 - Móvil:
(15)4403-9162
Gabriel Campanini
(Profesional matriculado)
Masaje corporal, descontracturante y
relax.
Servicio a domicilio - Concertar
entrevista al 4594-4978
Si quiere suscribir, en forma gratuita, a un
amigo a Pequeñas Noticias
sólo tiene que mandarnos un e-mail a: pewen@movi.com.ar con
la parabra SUSCRIBIR en el
asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si
existiera), su nombre, su dirección, su teléfono y por supuesto su e-mail.
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Número: 3 Año: II
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