Pequeñas Noticias
Año I - Número: 11 - Febrero del 2000

Indice:

¿Cómo Liquidar un concepto que no sea Sueldos, Aguinaldos o Vacaciones?
Nuevamente, como dijéramos en otras oportunidades, liquidar cualquier concepto que no sea un sueldo, aguinaldo o vacaciones es sencillo por la similitud que tiene con los mismos.
Debemos entonces elegir el Consorcio en el cual vamos a efectuar una liquidación especial. Luego, presionando la tecla <Enter> en el ítem 9041\Elección de un Consorcio\Sueldos\Liquidaciones\Liquidaciones Varias, accedemos a una pantalla de visualización del archivo Liquidaciones Varias (fondo blanco, bordes rojos, letras azules) con el detalle de todos las liquidaciones especiales que se hayan efectuado para el consorcio elegido. Al igual que en los sueldos, aguinaldos y vacaciones, el color azul del texto, indica que la liquidación no ha sido incluida en ningún prorrateo o en ningún estado financiero. Por el contrario, el color negro del texto indica su inclusión en alguno de los dos conceptos.
A excepción de la primer liquidación de conceptos varios donde la primer pantalla aparece en forma automática, debemos pulsar a continuación la tecla <Insert> para poder ingresar una nueva liquidación. Nos encontramos entonces con la ventana de ingreso de información, titulada "Liquidaciones Varias" donde al igual que en la primer pantalla de liquidación de sueldos, aguinaldos y vacaciones, se debe completar con los datos requeridos, recordando que:
Período de liquidación: Corresponde al mes en que se efectúa la liquidación
Imputación: Se deberá detallar el período de la liquidación que se desea que se incluya en el correspondiente prorrateo.
Fecha de pago: Se deberá detallar la fecha de efectivo pago. Se debe tener en cuenta que esta fecha determina en qué período se incluirá en el estado financiero.
Tipo: Este concepto es el único agregado que posee esta pantalla. Las posibilidades de ingreso de información son "LO" por Liquidaciones Varias, y "AF" por asignaciones familiares. Es de suma importancia completar correctamente este ítem ya que será el indicador para que posteriormente el concepto liquidado se considere para el cálculo del promedio semestral, que se toma en cuenta para el pago de asignaciones familiares, pues lo abonado por dicho concepto no debe tomarse en cuenta.
Lugar de Pago: Detallar el lugar de efectivo pago.
Empleado: Se debe ingresar el número de legajo correspondiente al empleado del cual se está realizando la liquidación. Con la tecla de función <F1> se obtendrá un detalle de los empleados del consorcio seleccionado (Conforme al ingreso realizado en fichas de sueldos).
A continuación se detallan los datos del último aporte, fecha, período y Banco. Solicita también se consigne si el Consorcio paga en término sus aportes. Este dato es de suma importancia, dado que en función a lo informado se aplicará o no el descuento vigente a los aportes patronales.
El neto a cobrar es informado por el sistema. La forma de pago (Efectivo o cheque) permite obtener un listado del cambio necesario para abonar aquellos que se realicen en efectivo.
El porcentual de distribución se consignará conforme a lo establecido en el Reglamento de Copropiedad.
Nota: Una vez ingresado el número de legajo, automáticamente el sistema informará los datos ingresados en la última liquidación (ya sea sueldo, aguinaldo, vacaciones o varios) correspondiente al Banco donde se abonaron los aportes, si fueron realizados en término o no, si el pago fue efectuado en efectivo o cheque y el porcentual de aplicación del mismo.
A continuación ingresamos en la pantalla titulada "Haberes", donde previo a consultarnos si queremos modificar la liquidación, el sistema nos da información sobre el promedio del primer semestre del año anterior al período que estoy liquidando, ya que es el que debo tener en cuenta para saber si corresponde el pago de la ayuda escolar anual y del semestre calendario que corresponde tener en cuenta para el pago de las asignaciones familiares comunes. Si no hemos liquidado por el sistema la cantidad de sueldos necesarios para establecer el promedio correcto, saldrá un mensaje advirtiendo dicha situación, debiendo entonces el operador modificar en forma manual el resultado obtenido con los valores que correspondan. Tengan presente que si se trata de un empleado nuevo, el valor a tomar en cuenta hasta tanto tenga un semestre completo trabajado, es el bruto del primer sueldo completo abonado. Recordemos que desde el mes de septiembre a febrero del año siguiente, se debe tener en cuenta el promedio del primer semestre del año y desde marzo a octubre de cada año se debe tomar el promedio calendario del segundo semestre del año anterior. Cabe destacar que la información brindada es solo informativa.
Detallamos a continuación un concepto (Gratificación extraordinaria, ayuda escolar anual, etc) coincidente con el concepto que queremos liquidar. Pulsando la tecla de ayuda <F1> obtendremos algunos conceptos comunes. El ítem Aporta, es de suma importancia ya que en función a lo informado, realizará o no los descuentos de ley. Cabe recordar que las asignaciones pagadas, sea cual fuere el motivo, no llevan descuentos. La cantidad, corresponde a la cantidad de conceptos que se desea liquidar, por ejemplo si estamos liquidando la ayuda escolar anual, se deberá consignar dos (2) si le corresponde el pago por dos hijos. La cantidad, multiplicada por el valor unitario que se detalle, dará en forma automáticamente el bruto a pagar. Contamos con la posibilidad de liquidar cuatro conceptos más que revistan las mismas características.
Pasamos luego, al igual que en las liquidaciones de sueldos, aguinaldos y vacaciones, a la ventana denominada "Deducciones". En esta oportunidad solo debemos ingresar las deducciones extras que pueda registrar el empleado, ya que los descuentos son calculados en función de los datos ingresados en Fichas de Sueldos. De esta manera se obtiene el total de las deducciones del empleado. Recordemos que si consignáramos que los conceptos liquidados son sin aportes, esta ventana informará los porcentuales que le corresponden al encargado con valor cero.
Por lo general, al efectuar una liquidación de esta naturaleza sin haber liquidado un sueldo u otro concepto para el mismo empleado, como el importe normalmente no supera el mínimo de tres módulos previsionales ($240) sobre el que hay que efectuar los aportes de la Obra social, Sindicato y Caja Protección Familia, el sistema consultará si aporta sobre el mínimo o no. Se deberá responder que si, únicamente si la liquidación actual va a ser el único concepto a liquidar. Si sabemos que con posterioridad se va a liquidar un sueldo, y entre ambos supera el mínimo establecido, se debe responder que no. Recordemos que el aporte sobre el mínimo es exigido siempre que el empleado por todos los trabajos que realice perciba una suma inferior a tres módulos previsionales. El sistema considera entonces todos los conceptos liquidados para ese mes, para ese empleado pero en todos los consorcios que haya trabajado. Es decir que si un encargado realiza suplencias en otro edificio, no se preocupen si no aparece la consulta al liquidar un sueldo por ejemplo, que no supere el mínimo establecido, ya que consideró lo liquidado en el otro consorcio. Lo mismo, si aparece la consulta al efectuar una liquidación, antes de responder, deben evaluar si el empleado no va a recibir el pago de ningún otro concepto en el transcurso del mes, sea para el consorcio donde se está efectuando la liquidación o para otro.
Por último pasamos a la ventana "Resumen de la Liquidación" donde se detalla el total de remuneraciones y las deducciones aplicadas. Asimismo, nos permite en dos instancias distintas aplicar dos nuevos descuentos, ya sea por porcentual o por importe fijo.
A continuación se deberá pulsar la tecla <Esc> tantas veces como sea necesario para realizar el cierre de las ventanas abiertas, con la salvedad que al cerrar la primer ventana de "Liquidaciones Varias", al igual que al liquidar un sueldo, un aguinaldo o vacaciones, se abrirá la correspondiente a las "Contribuciones del Empleador", donde se deberá consignar el período de imputación, fecha de pago y si registra algún descuento adicional, realizando el resto de los cálculos el sistema en forma automática. Cabe destacar que tanto el período de imputación, como la fecha de pago, se tendrá en cuenta para el prorrateo o la inclusión en el estado financiero en forma conjunta de las Contribuciones del Empleador y de los Aportes (Deducciones) del empleado. Si el concepto liquidado no lleva aportes, el sistema informará los porcentuales que correspondería retener con valor cero.
Finalizamos a continuación con la impresión del recibo respectivo, contestando que Sí ante el requerimiento del sistema.
Como habrán visto en estos últimos números de Pequeñas Noticias, la liquidación de sueldos, vacaciones, aguinaldos o cualquier otro concepto, gracias al Sistema 9041, ha dejado de ser una tarea casi exclusiva de personas capacitadas especialmente.
En el próximo número hablaremos del control de saldos del Consorcio y la información que la interpretación de los mismos nos brindan, como por ejemplo, podemos saber que una factura pagada no fue liquidada al Consorcio, situación que sabemos muchas veces puede suceder y que significa pérdida de dinero para la administración. Nos vemos entonces en el próximo número de Pequeñas Noticias.

ART: Alta de los trabajadores, se suspendió por 120 días.
En el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 1 publicamos la resolución Nº 320 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo que establecía que en caso de que los empleadores no declararan el alta de los trabajadores ante su ART con antelación al inicio de la relación laboral podrían tener que hacerse cargo del costo de las prestaciones por accidentes, enfermedades profesionales o por incapacidades preexistentes.
La misma Superintendencia a través de la Resolución Nº 489/99 dispuso suspender la aplicación de la Resolución Nº 320 por el término de ciento veinte días corridos a contar desde su publicación en el Boletin Oficial el 16/12/99.
 
La Resolución Nº 489/99:
 
"El SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE:
Artículo 1º - Suspender la aplicación de la Resolución S.R.T. Nº 320/99 por el término de CIENTO VEINTE (120) días corridos, contados desde la publicación de la presente.
Artículo 2º - Requerir a las entidades representativas de los trabajadores y de los empleadores que participan del Comité Consultivo Permanente, que, dentro del plazo de los NOVENTA (90) días corridos de publicada la presente, eleven sus propuestas de modificación a la Resolución S.R.T. Nº 320/99.
Artículo 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Jorge H. Lorenzo

Pequeñas historias: Barrio de Balvanera.
Un barrio diferente, activo, pujante, de gran densidad de habitantes, de mucho tránsito vehicular y de características no comunes en toda su extensión.
Esencialmente judío, donde la colectividad hebrea desarrolla toda su actividad comercial ya desde los principios del siglo XX, últimamente compartido por una importante comunidad de coreanos.
Es el barrio que se caracteriza por sus comercios de mayoristas y ocasiones; por su gentío principalmente en horas pico; terminales de cientos de colectivos y medios de transportes, principalmente en la Plaza Misserere y por gran cantidad de puestos callejeros que hace de Balvanera un barrio muy diferente al resto, pareciendo un mercado persa o una típica ciudad latinoamericana.
En España, existe un valle de la provincia de Logroño, que se llama Valvanera, lugar de conversión de un ex bandido llamado Nuño Oñez, el cual lo hizo ante la aparición de la Virgen María en dicho valle. A fines de siglo pasado, ante la devoción que existía en el Río de La Plata a Nuestra Sra. De Balvanera, se construye una capilla que luego se convertiría en parroquia dándole el nombre al barrio.
En lo que respecta a la Misserere, algunas versiones sostienen que significa "ten compasión" en relación a la matanza de animales que se sacrificaban en la zona en la época del Matadero del Oeste, y otras coinciden en que así era llamado el que fuera dueño de las tierras ocupadas hoy por plaza Once. Por último, "Once" corresponde a la fecha de la Batalla de Pavón, el 11 de septiembre de 1852.
Limitado por las calles y avenidas Córdoba, Díaz Velez, Gallo, Sánchez de Bustamante, Loria, Independencia, Entre Ríos y Callao, contiene avenidas repletas de negocios de todo tipo, prevaleciendo los textiles. Así, solamente la avenida corrientes cuenta con más de 20.000 comercios. Posee pasajes característicos como el Pasaje Discépolo, donde estaba el Teatro Picadero y luego Teatro Abierto y el pasaje Sarmiento, que revestido con mayólicas españolas lo convierten en un rincón andaluz. La Plaza Once, ubicada entre las calles Rivadavia, Ecuador, Bartolomé Mitre y Ecuador, posee 17.000 metros cuadrados de superficie. En el centro esta el Mausoleo de Bernardino Rivadavia, obra de Rogelio Yrurtia, declarado Monumento Histórico Nacional. Posee edificios llamativos como el de Obras Sanitarias de la Nación, hoy Aguas Argentinas. Dentro de sus límites alberga a la Facultad de Ciencias Económicas sobre la avenida Córdoba, la Universidad Privada del Salvador sobre Callao, una parte de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires sobre la calle Independencia, el Museo Municipal de Cine Pablo C. Ducrós Hicken en Sarmiento 2573. Recordemos que en Pasteur 633 se encontraba el edificio de la Asociación Mutual Israelita Argentina, (AMIA), destruido en 1994 por un atentado terrorista. En la Iglesia de Nuestra Señora de Balvanera, ubicada en Rivadavia y Matheu, fueron bautizados Leandro N. Alem y Leopoldo Marechal. Como anécdota podemos decir que en este barrio funcionó durante 50 años el Mercado de Abasto, hoy convertido en un moderno centro comercial. En 1987, Luciano Pavarotti grabó para la RAI un programa especial desde ese lugar, cantando y bailando el tango con Beba Bidart. También se dice que en abasto, nació la primera quiniela clandestina, en una cigarrería de la calle Corrientes cuyo dueño era Don José Betronila.
El Morocho del Abasto, el Zorzal Criollo, El Jilguero de Balvanera o simplemente Carlitos Gardel, vivió con su madre en una casa ubicada en Rincón 137. Cantaba junto a Razzano en el café O'Rondeman en Agüero al 500. La Casa de Carlos Gardel, está en Jean Jaurés 735, donde hoy funciona una tanguería. Otras personalidades frecuentaban el barrio, como Jorge Luis Borges, Macedonio Fernández, Villoldo, Enrique Cadícamo, Osvaldo Fresedo, Pepe Arias, Lucas Demare y el poeta lunfardo Carlos Muñoz. Salomé Loredo y Otaola, que vivía en la calle Rioja 771, conocida como la "Madre María", era una curandera y vidente que hasta hoy es venerada por mucha gente. Por último, en la Avda. Corrientes y Pueyrredón se encuentra la casa de departamentos donde Baldomero Fernández Moreno se inspirara para escribir su poema "...70 balcones y ninguna flor".

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