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Boletín de Pequeñas Noticias La comunidad consorcial como espejo de la sociedad Jueves 21 de Julio de 2016 - Nº: 581 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
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Efemérides consorciales: El 1 de agosto de 2007, UCRA dejó de tener su filial de Mar del Plata, que era presidida por Ana María Huertas. Ésta, tiempo después, creó ACoPH. |
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Ley Muñoz [BPN-21/07/16] Veintisiete legisladores que votaron la sanción de la Ley Muñoz ahora la derogaron. El pasado jueves 7 de julio, 55 legisladores porteños votaron la derogación de la Ley 5.464 que creó un Consejo de la Propiedad Horizontal en esta ciudad. De ese total, 27 de ellos habían votado su sanción hace un poco más de siete meses: el 3 de diciembre del año pasado. De esos 27, quince pertenecen al PRO, tres al Frente para la Victoria y dos a la Coalición Cívica. También votaron por la sanción y luego por la derogación: Graciela Ocaña de Confianza Pública, Javier Alberto Gentilini del Frente Renovador, José Cruz Campagnoli de Nuevo Encuentro, Patricio del Corro del Partido de los Trabajadores Socialistas, Claudio Palmeyro de la Sindical Peronista, Adrián Camps del Partido Socialista Auténtico y Hernán Abel Rossi de SUMA. De este grupo, sólo cinco participaron activamente del debate que se produjo en el recinto legislativo a la hora de derogar la ley. Pequeñas Noticias acerca a sus lectores lo más destacado de sus argumentos. Javier Alberto Gentilini (Frente Renovador)El legislador del Frente Renovador comenzó ofreciendo una tibia autocrítica luego de adelantar que votaría por la derogación: "quizás se votó sin la debida atención en la sesión de fin del año pasado", expresó. La matrícula A continuación, intentó aclarar que el valor de la "matrícula" anual que le hubiera cobrado el Consejo de la Propiedad Horizontal a los administradores no se hubiera trasladado a las expensas: "a partir de la difusión no competente -diría yo- de esta normativa, comenzó a editorializarse que ella iba a ser la causa del incremento mayúsculo de las expensas, más allá de cómo se vienen incrementando en los últimos años. ¿Por qué razón?, porque se supone que la cuota de asociación a este registro, a este consejo -que para mí viene a ser una continuidad sustancial del registro creado por la Ley 941-, se iba a trasladar directamente al consorcista. Y esto es probable, porque algunos administradores se las iban a ingeniar para trasladar a los consorcistas el costo de su asociación al consejo cuando no se debería, porque la norma no lo obliga. La norma no obligaba al consorcio a pagar la cuota de asociación. La norma obligaba al administrador a pagarlo para que él fuera parte del consejo o estuviese debidamente inscripto. ¡Cuidado con esto!". El salario Señaló que el incremento de expensas es una consecuencia de los incrementos en el salario de los encargados: "creo que el mayor impacto que registran hoy las expensas o el incremento en los últimos años obviamente tiene que ver con el costo del salario y los aportes del personal encargado de los edificios. Todos sabemos que el rango de incidencia de ese costo dentro de los rubros del consorcio es muy importante, ya que dependiendo del edificio, de sus características y su categoría, va del 15 al 50 por ciento". La colegiatura Sugirió también que tanto la Ley 941 (Registro Público de Administradores porteño) como la 5.464 surgen como intentos incompletos de un colegio de administradores: "Como no hay colegiatura que regule esta actividad, se intentan generar organismos que, de alguna manera, lo hagan, pero la regulación siempre se queda corta. El Registro Público de Administradores, creado por la Ley 941, operaba solamente como mero registro y no era autoridad de aplicación en la materia para resolver conflictos derivados de los consorcios que no se podían resolver internamente". ¿La Ley 13.512? Como dato curioso, Gentilini propuso reformar la derogada Ley 13.512 para que revea la mayoría especial que se necesita para remover a un administrador: "Hace falta una autoridad de aplicación en la materia. Para que tengamos una autoridad de aplicación hace falta modificar la Ley Nacional 13.512. En ese sentido, llamo a todos los bloques de esta Legislatura que tengan diputados en el Congreso Nacional a que traten de convencer a sus diputados para que procedan rápidamente a la modificación de la Ley 13.512, para que le dé mayor poder a los consorcistas y los deje de sujetar a mayorías especiales que hoy son la mayor trinchera de administradores aviesos y retorcidos que usan eso justamente para eternizarse en el cargo". Es de recordar que desde el 1º de agosto de 2015, la Ley 13.512 fue subsumida y modificada por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Alejandro García (PRO) Ante la insinuación de Gustavo Vera (Bien Común) de que al votar la Ley Muñoz se habría cometido un "delito doloso" porque "esta ley implica más expensas, más burocracia y ninguna garantía de efectividad", García reaccionó y expresó: "no sé si quedarme con lo que dijo en primera instancia respecto de la actitud cuasi dolosa de los cincuenta y pico de diputados que votamos esa ley, aun cuando todos los bloques han aclarado cuál fue su posición al momento de votarla en primera instancia y dieron argumentos sobrados del cambio de ese voto". Es de subrayar que en la última sesión legislativa de 2015 la ley se había votado sobre tablas y no hubo debate. En ese momento, sólo Arce y Vera expresaron su abstención. María Graciela Ocaña (Confianza Pública) Ocaña propuso que en la Ciudad se debe trabajar para lograr en las discusiones paritarias "una verdadera representación" de los consorcistas y resumió los problemas de los consorcios en dos puntos: "una dirigencia sindical/empresaria, y por otra parte, los agujeros legales". En este sentido agregó: "creo que falta una representación real de los consorcistas en las discusiones de los convenios colectivos porque a veces no sabemos quiénes están representándonos en ellas. Hay que trabajar desde la Ciudad para lograr esa verdadera representación. No deben ser representaciones amañadas que, en definitiva, siempre terminan representando al mismo sector: el sindical empresarial". Gabriel Marcelo Fuks (FpV) Entre otros temas, Fuks desmintió que existiera un acuerdo entre el PRO y el Frente para la Victoria para votar la ley que creó la Agencia de Bienes y la del Consejo de la Propiedad Horizontal[1]. "El tercer punto sobre el que quiero llamar la atención es la idea ominosa y espuria que se quiere arrojar sobre pactos que no existen sobre este tema. Yo voté a conciencia", subrayó el legislador del Frente para la Victoria. Finalmente acusó a "consorcistas" de utilizar mecanismos extorsivos y –aunque no lo dijo expresamente- es de suponer que se refirió a aquellos que lucharon por derogar la Ley Muñoz, algunos de los cuales se encontraban presentes en el recinto. "En muchos casos, claramente existe la participación de consorcistas con mecanismos extorsivos, que no pueden ser cristalinizados porque no hay una estructura que permita hacerlo", expresó Fucks. María Rosa Muiños (PpV) La legisladora del Frente para la Victoria solicitó que se lea por secretaría una nota de Víctor Santa María, secretario general del SUTERH[2], que había presentada el 30 de junio en la Legislatura < texto original>.A continuación solicitó que se incorpore al tratamiento de la derogación el proyecto de ley de Silvia Gottero (FpV) que estaba registrado bajo el número de expediente 1.422 y así se hizo. La votación final Por último, Carmen Polledo (PRO), en su carácter de presidenta de la sesión, solicitó al Secretario Parlamentario que se lea el texto que se pasó a votar: "Despacho 191, texto consensuado. Artículo 1°.- Derógase la Ley 5.464. Artículo 2°.- De forma". Votaron afirmativamente, en forma unánime, los 55 legisladores presentes: Abboud, Acevedo, Andrade, Arce, Arenaza, Bauab, Calciano, Calderon, Campagnoli, Camps, Conde, Cortina, de la Torre, de las Casas, del Corro, del Sol, Depierro, Estebarena, Ferraro, Fidel, Forchieri, Fuks, García de Aurteneche, García de García Vilas, García, Gentilini, Gottero, Guouman, Heredia, Muiños, Niño, Ocaña, Oliveto Lago, Palmeyro, Penacca, Penayo, Persini, Petrini, Polledo, Presti, Quattromano, Quintana, Ramal, Raposo Varela, Roldán Méndez, Rossi, Rueda, Sahonero, Tiesso, Tomada, Vera, Vilardo, Villalba, Vischi y Yuan --- [1] Letra P del 9/06/2016: "Cómo fue la extensa negociación por la Agencia de Bienes". [2] SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal |
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Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
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Efemérides consorciales: El 25 de julio de 2006, el fallecido Adm. León Estrugo presentó un proyecto de ley para crear un registro de consorcios, de administradores y de proveedores en el partido de la Costa. |
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Sindicato de Empleados de Administradoras Gabriela Pilar Saldivia inauguró un local para SEARA [BPN-21/07/16] El pasado 14 de julio, el Sindicato de Empleados de Administradoras (SEARA) inauguró su local en la calle Río de Janeiro 1.040, a sólo tres cuadras de la anterior sede del Registro Público de Administradores (RPA) porteño. Según fuentes que prefirieron mantenerse en el anonimato, a la reunión asistieron entre 40 y 50 personas entre las que se encontraron en diferentes momentos representantes de las entidades que firman los CCT de los encargados de edificios representando a los administradores (AIERH[1], CAPHyAI[2] y UADI[3]) y Osvaldo Bacigalupo, secretario gremial del SUTERH[4]. Por el AIERH estuvieron presentes el Dr. Juan Manuel Acosta y Lara y la Dra. Patricia Fernández, presidente y secretaria respectivamente; por la UADI asistió el Adm. Osvaldo Primavesi, su presidente. La CAPHyAI estuvo representada por el Adm. Miguel Ángel Summa, vicepresidente 1°; la Adm. Silvia De Filippo, prosecretaria y la Adm. Silvia Rodríguez Maceira, vocal del Consejo Directivo. Los únicos oradores de la reunión fueron el Dr. Eduardo Awad, director del Instituto de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y vicepresidente de la Asamblea de Delegados de dicha entidad y Gabriela Pilar Saldivia, secretaria general de SEARA y actual coordinadora del Registro Público de Administradores porteño. En la inauguración se presentó también lo que sería la Comisión Directiva del flamante Sindicato de Empleados de Administradoras: entre ellos se destacó Hernán Danieli con el cargo de secretario general adjunto y Luis De Filippo –quien sería hijo de la vocal de la CAPHyAI- como secretario gremial. La recientemente derogada Ley Muñoz (Nº 5.464) le había asegurado a SEARA una representación en la conducción del Consejo de la Propiedad Horizontal que había creado. Eduardo Awad Pequeñas Noticias : ¿Qué opina de la creación de este nuevo sindicato?Eduardo Awad: "me parece excelente que se cree un sindicato y que los empleados de las administraciones puedan agremiarse y de esa manera defender mejor su derecho al trabajo. Además me parece excelente que, aparte de defender el derecho al trabajo, el sindicato les proporcione beneficios culturales y obra social porque supongo que en algún momento le van a dar todo eso como hace cualquier otro sindicato. Me parece bien porque esto eleva la dignidad del trabajador. PN: ¿la creación de este nuevo gremio terminará impactando en las expensas? EA: "Si se conforma como tiene que conformarse y empiezan a pelear los aumentos de salario, se verá en cuánto puede llegar a impactar en las expensas. Si pelean por el aumento porque los salarios son bajos, bueno, bienvenido sea. Mientras se ocupen del tema gremial está todo perfecto. Cuando éste, o cualquier otro sindicato, se quiera meter donde no le corresponde ahí va a encontrar resistencia como pasó últimamente con el SUTERH y me refiero puntualmente a la Ley Muñoz". SEARA El objetivo central de SEARA, según lo puntualiza en su sitio Web institucional será "la firma de un convenio colectivo de trabajo a medida, en beneficio de los trabajadores que resulte provechoso y que cuente con el apoyo incondicional de los empleadores otorgando garantía de cumplimiento" --- [1] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal [2] CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [3] UADI: Unión Administradores de Inmuebles [4] SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal |
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Efemérides consorciales: El 28 de julio de 2003 comenzó a funcionar el Registro Público de Administradores (RPA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
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Los consorcistas y las paritarias Hernández le pidió la renuncia a Rodríguez Larreta [BPN-21/07/16] El pasado 27 de junio, el Adm. Jorge Hernández, presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), le pidió la renuncia a Horacio Rodríguez Larreta de su cargo de Jefe de Gobierno porteño. Hernández realizó este pedido luego que Rodríguez Larreta manifestara en un programa de televisión que en las negociaciones paritarias del sector intervienen los consorcistas y los encargados de edificios. Hernández resaltó que "por lo expuesto y en atención a los múltiples reclamos y quejas de los consorcistas/propietarios y sus administraciones, es que nos vemos en la desagradable obligación de formalmente peticionar su renuncia al cargo de Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires". "Resulta evidente la falsedad de sus manifestaciones sobre el particular, concordante con su extraño e incondicional soporte gubernamental a las acciones perjudiciales desarrolladas por el gremio de los encargados de edificios, en contra de los intereses de los consorcistas/propietarios que viven o desarrollan sus actividades dentro de los consorcios de propietarios que actualmente representan no menos del 80% de la población de la ciudad", expresó Hernández. Es de aclarar que el presidente de FRA se refería al "extraño e incondicional soporte gubernamental a las acciones perjudiciales desarrolladas por el gremio", apuntando a su "negación a vetar la Ley 5.464 (Ley Muñoz) repudiada por toda la comunidad consorcial". Finalmente, esa ley fue derogada el pasado jueves 7 de julio. Al pie de la copia de la carta distribuida por Jorge Hernández se puede distinguir un sello con la fecha 27/06/2016 y la leyenda DGTA (Dirección General Técnica Administrativa). A mano sobre el sello consta la inscripción "Derivada al despacho del Jefe de Gobierno". Rodríguez Larreta en "El Diario de Mariana" A modo de antecedente, es de recordar que el pasado 1° de junio, el Jefe de Gobierno porteño brindó una entrevista al programa de Mariana Fabbiani, "El Diario de Mariana", que se emite por Canal 13. En esa ocasión, fue consultado por el aumento de las expensas, a lo que respondió que éste "surge del acuerdo salarial entre los encargados y las asociaciones de consorcistas". Sin embargo, los consorcistas no participan de las paritarias de los encargados de edificios aunque hace varios años exigen tener participación en las negociaciones salariales. Rodríguez Larreta repitió este error tres veces más a lo largo del reportaje. Quienes firman los Convenios Colectivos de Trabajo en nombre de los empleadores son tres entidades de administradores: la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) |
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CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS. Perú 570 - Ciudad Autónoma de Bs.As. - Tel: 4331-9968 / 4345-0010 / 4342-2232 |
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Efemérides consorciales: El 30 de julio de 2009, Víctor Santa María, titular del SUTERH, aseguró durante una entrevista en Radio Continental que la entidad que él representa negocia los CCT con dos entidades de propietarios y una de administradores. |
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Fundación Liga del Consorcista Osvaldo Loisi retomó la causa ‘Paritarias por Consorcio’ [BPN-21/07/16] El pasado 10 de julio, el Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista, solicitó al ministro de trabajo Jorge Triaca "dejar sin efecto el actual sistema de negociación colectiva salarial del personal de encargados" y reemplazarlo por el de "Paritarias por Consorcio". El pedido lo realizó a través de una carta abierta en la que definió el sistema actual de paritarias como "viciado de ilegitimidad" porque en la negociación no están representados los auténticos empleadores. "Por carecer de contraparte negociadora legítima, el gremio de los encargados ha conseguido todas las mejoras salariales y privilegios que ha deseado, sin límite alguno", criticó. Actualmente las entidades de administradores que representan a los consorcios en paritarias son el AIERH[1], la CAPHyAI[2] y la UADI[3]. Para Loisi, los propietarios, al no tener una agrupación legítima que los represente, tienen que responder por obligaciones que les generan terceros "en condiciones de total indefensión, situación abusiva que es fuente de un constante y progresivo malestar social". Por esta razón, propuso que las paritarias se realicen por consorcio, teniendo en cuenta las particularidades que impone cada edificio. En tal sentido, argumentó que el inciso f) del Art. 2.067 del nuevo Código Civil y Comercial establece que el administrador "debe nombrar y despedir al personal del consorcio, con acuerdo de la asamblea convocada al efecto". Sostuvo que, a través de este artículo, "se reconoce legalmente que quien contrata es el consorcio y no el administrador. Es decir que el Código Civil reconoce que los empleadores genuinos son los propietarios". El presidente de la Liga del Consorcista adelantó que su propuesta no iba a ser de agrado para el gremio de trabajadores de edificios pero aclaró que existe la necesidad de buscar un remedio para el nivel tan elevado de las expensas porque si no "la enorme cantidad de propietarios jubilados, asalariados con haberes mínimos e inquilinos que habitan esas unidades funcionales se verán seriamente afectados por no hablar de la actividad inmobiliaria y los propios trabajadores de edificios, cuyo número merma día a día". Paritarias por consorcio El Dr. Loisi le propuso al Ministro de Trabajo que no sólo abra a los consorcistas la negociación de las paritarias de los encargados de edificios, sino que éstas se realicen por consorcio y no a nivel nacional. "Confiamos señor Ministro, quiera tener a bien adoptar prontamente los recaudos necesarios para desmontar el perverso régimen actual de paritarias, reconociéndosele a cada consorcio el derecho a negociar las condiciones de trabajo con su personal en forma individual, de acuerdo a las particularidades que impone cada edificio y a las posibilidades económicas reales de cada vecindario", concluyó. Entidades de administradores El abogado sostuvo que el único argumento que podría explicar la presencia de las tres entidades de administradores en las mesas negociadoras es el Decreto 11.296 del año 1949. El inciso b) del punto 5º del artículo 2° de esta ley define como empleador a las empresas dedicadas a la administración de propiedades. Aunque continuó diciendo que "ese decreto resulta aplicable exclusivamente a las casas de renta, pero inaplicable legalmente a la propiedad horizontal, porque los consorcios de propietarios no son casas destinadas a producir renta, ni a desarrollar ninguna actividad" --- [1] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal [2] CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [3] UADI: Unión Administradores de Inmuebles |
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Efemérides: El 21 de julio 1938, se firma en Argentina un tratado de paz entre Bolivia y Paraguay que pone fin a la guerra del Chaco. |
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Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteño El Boletín Oficial publicó multas que se impusieron en 2014 y 2015 [BPN-07/07/16] El Boletín Oficial de la CABA publicó dos disposiciones en las que se multó a un administrador por infracciones a la Ley 941 que se ordenaron hace dos años y un año. El Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun, ex director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC), multó en dos ocasiones al Adm. Enrique Beraldo por una suma total de $55.403, por infracciones a la Ley 941 que en su oportunidad creó un Registro Público de Administradores (RPA) en esta ciudad. Las disposiciones se publicaron en el Boletín Oficial del 24 y 27 de junio pasado, sin embargo la primera disposición que estableció una multa de $17.478 está fechada el 4 de julio de 2014 y la segunda por $37.925 el 17 de junio de 2015. Disposición 1.412 El 4 de julio de 2014, Aoun ordenó dos cosas: por una parte condenar al Adm. Enrique Beraldo por no cumplir con un artículo de la Ley 941 y, por otra, sobreseerlo de la denuncia de incumplimiento de otro. En principio, mediante la Disposición 1.412 (BO:24/06/16)- lo multó con una suma de $17.478 por "no expedir una liquidación de expensas con los requisitos exigidos en el Artículo 10º de la Ley 941". Desde el punto de vista del monto la multa se aplicó correctamente ya que para su cálculo se tomó el salario mínimo que percibe un "encargado permanente sin vivienda" de 4ª categoría de la escala de marzo de 2014, vigente a la fecha de la disposición ($5.826). O sea que la multa aplicada fue de de 3 salarios mínimos (3 x $5.826 = $17.478). A continuación, lo sobreseyó de la denuncia que lo acusaba de ser infractor al inciso a) del artículo 15 de la Ley 941, el cual establece que está prohibido "el ejercicio de la actividad de administrador de consorcios de propiedad horizontal sin estar inscripto en el Registro creado por la presente ley". Aoun consideró que "en atención a lo informado por el Registro de Administradores de Consorcios […] no sería posible tener certeza sobre la condición registral del imputado, por lo que es dable entender que el señor Beraldo tenía una convicción razonable para suponer que podía ejercer la actividad de administrador de consorcios". Disposición 680 Casi un año después, el 17 de junio de 2015, el mismo administrador fue sancionado con una multa de $37.925 por dos infracciones diferentes: En la primera consideró que se violó el inciso h) del artículo 9º de la Ley 941 que establece que el mandatario de los edificios debe "depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del consorcio de propietarios, salvo disposición contraria de la asamblea de propietarios". En la segunda el inciso e) del artículo 10º de la misma ley que indica que en las liquidaciones de expensas tiene que haber un "detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando nombre de la empresa, dirección, N° de CUIT o CUIL, Nº de matrícula, trabajo realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y número de cuota que se abona". En este caso el cálculo del monto de la multa fue mal aplicado porque utilizó la escala salarial de octubre de 2014 en lugar de la de junio de 2015. Con esa salvedad, la multa que recibió el administrador fue de 5 salarios de un "encargado permanente sin vivienda" (5 x $7.585 = $37.925) |
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ADMINISTRATIVA ATENCIÓN AL PÚBLICO: Mi experiencia abarca desde vendedora hasta liquidación de sueldos y jornales, facturacion canal minorista, mayorista, conciliación Ministerio de Trabajo con el personal despedido, contratación personal, control ausencias y balances - 30 años de experiencia - Nombre: Rita Rana - Teléfono: (15) 4935-4218 - E-mail: ritarana@hotmail.com |
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Efemérides: El 22 de julio de 2003, Néstor Kirchner se reunió por primera vez con el presidente norteamericano George Bush. |
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Federación Nacional de Administradores de Consorcios Pani seguirá en la presidencia de FAPHRA hasta 2018 [BPN-21/07/16] El Adm. Alejandro Pani fue reelecto presidente de FAPHRA[1] hasta 2018. Se desempeña en el cargo desde diciembre del 2013. Durante la asamblea en la que se realizaron las elecciones se incorporó como socio activo y miembro del Consejo Directivo a la Cámara de Administradores de Consorcios y Propiedades de Tucumán (CACyPROP) y se dejó sin participación de la Mesa Directiva a la UADI[2]. Estos cambios surgieron el 30 de junio, en el marco de las primeras elecciones formales que realizó la entidad luego que el 30 de septiembre del año pasado la Inspección General de Justicia (IGJ) le otorgara su personería jurídica. La Asamblea Ordinaria se llevó a cabo en la sede de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) sita en Perú 570 de esta ciudad. La nueva Comisión Directiva
Quiénes subieron Dentro de las personas que ascendieron de puesto en estas elecciones se encuentran: el Adm. Ariel Adelmo Coppari como vicepresidente 2°, anteriormente se desempeñaba como protesorero; el Adm. Adolfo Jager pasó de ser un vocal titular 2° a ocupar el cargo de vicepresidente 3° y el Adm. Martín Alejo Valiente que se convirtió en tesorero, antes era vocal titular 3°. Quiénes bajaron Las elecciones les otorgaron un cargo menor del que tenían anteriormente a los siguientes administradores: al Adm. Arcángel Ibáñez Díaz, que dejó de ser el vicepresidente 2° para ser revisor de cuentas titular 1°; el Adm. Guillermo Isla Vieyra se desempeña actualmente como vocal titular 2°, dejando atrás su cargo de vicepresidente 3°, y la Adm. Gabriella Calavita no es más tesorera sino que ahora ocupa el puesto de protesorera. FAPHRA en el país De las 23 provincias de nuestro país y la CABA, sólo 6 están representadas en FAPHRA. O sea que la entidad representa el 25% del total de la Argentina. La Mesa Directiva está compuesta por 5 (31,25%) representantes de provincia de Buenos Aires, 4 (25%) de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires y 7 (43,75%) de Santa Fe, Córdoba, Mendoza, y – a partir de ahora- Tucumán --- [1] FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina. [2] UADI: Unión Administradores de Inmuebles |
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Efemérides: El 23 de julio de 1881, se firmó el tratado entre la República Argentina y la República de Chile que establece y fija la frontera de los territorios limítrofes entre ambos países. |
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Mar del Plata ACoPH tiene su propio sitio Web [BPN-21/07/16] A mediados de mayo, la Asociación Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (ACoPH) de Mar del Plata inauguró su sitio web institucional. "Nuestro objetivo es que la gente pueda conocer más sobre todo lo que venimos haciendo", comentó Ana María Huertas, presidenta de ACoPH.Según informó a Pequeñas Noticias: "el sitio fue un regalo de Alicia Rocamora, socia de la entidad. El dominio se adquirió en abril pero comenzó a funcionar a mediados de mayo. Es de recordar que esta asociación marplatense fue impulsora de la Ley 14.701, que ordenó la creación del Registro Público de Administradores en la Provincia de Buenos Aires aunque aún no está reglamentada. El sitio Las secciones que componen el sitio Web de acoph.org.ar son: Inicio Este espacio se reseña una breve historia de la entidad desde marzo de 2005 hasta la actualidad y los momentos más destacados de su trayectoria. Finalidades En esta segunda sección se desarrollan en once puntos las finalidades y objetivos de ACoPH según su estatuto. Se destaca el primero que textualmente expresa: "promover, fomentar, mejorar y desarrollar la defensa y reconocimiento de los derechos de los consorcistas de casas de renta y propiedad horizontal del Partido de General Pueyrredón". Integrantes Los integrantes de la Comisión Directiva se detallan bajo una leyenda que destaca: "que estas personas trabajan desinteresadamente en la Asociación, y no reciben ningún estipendio por su función". Acciones La cuarta sección se divide en dos partes. En la primera se detalla el tipo de actividades que desarrolla la entidad: "conferencias, charlas, debates; asesoramiento particular; donaciones y entrevistas a los medios". En la segunda se testimonia lo más relevante que aconteció en cada una de ellas. Legislación Aquí figura el texto de algunos de los proyectos y leyes más importantes que rigen la propiedad horizontal y trabajos de especialistas sobre temas legales. Contacto En la última sección figura la dirección y los horarios en que atiende la entidad, su email y su página en Facebook |
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Efemérides: El 24 de julio de 1935, murió el cantor Carlos Gardel en un accidente de aviación en Medellín (Colombia). |
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Mar del Plata Falleció el padre de Alejandro Pani [BPN-21/07/16] El 17 de junio falleció en Mar del Plata, a los 91 años, el Adm. Luciano Pani, padre de Alejandro, actual presidente de la CAPHBA (Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires). El velorio se extendió desde el viernes 17 a las 23 hs. hasta el domingo a las 10 hs. Sus restos fueron inhumados en un cementerio privado de esa ciudad. Luciano Pani, comenzó su carrera como administrador en 1962, fue uno de los fundadores de la CAPHBA, entidad que presidió desde 1976 hasta el ’92, sumando un total de 16 años en el cargo. Según explicó su hijo a Pequeñas Noticias, difundió y luchó por la observancia de la Ley de Propiedad Horizontal. "Cuando se formó la cámara, él defendió y trabajó con la Ley 13.512, luchó por su observancia y porque esa ley se cumpliera", explicó el Adm. Alejandro Pani. A mediados de los años ‘70, Luciano fue convocado para participar en las paritarias, en representación de los consorcios. Por aquellos años, junto a su amigo, el Adm. Jorge Levis, viajaba cada vez que era necesario a Buenos Aires, al Ministerio de Trabajo, para defender su posición en las paritarias. "En ese momento, no se discutía el salario, sino que él defendía la calidad del trabajo y la vivienda. La calidad de prestación que se le daba al encargado", aclaró su hijo. Desde 1973 hasta 1976 fue concejal del Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón, por el bloque FREJULI (Frente Justicialista de Liberación). Junto a la Cámara de la Construcción, el Centro de los Constructores y la CAPHBA, se ocuparon de hacer llegar a los ediles las preocupaciones del sector, entre ellas la seguridad en los ascensores y el mantenimiento de fachadas. En este sentido trabajó activamente junto a la Municipalidad local en la redacción de las dos ordenanzas municipales que regularon estos temas: La Ordenanza Municipal 16.589 [ahora 22.663] (ascensores) y la 12.562 (mantenimiento de frentes y fachadas) |
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Efemérides: El 25 de julio de 1553, Francisco de Aguirre fundó la ciudad de Santiago del Estero. |
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Ley de Defensa del Consumidor Los proveedores deberán brindar información en papel [BPN-21/07/16] El 8 de junio, quedó establecido que los proveedores deban enviar a sus clientes la información de sus servicios únicamente en soporte físico. Se podrá utilizar un medio alternativo en el caso que el consumidor o usuario optase por ello de forma expresa. Este cambio surgió a partir de un reclamo del Sindicato de Choferes de Camiones a principio de este año, ante la decisión del Banco Central de la República Argentina (BCRA) de permitir que los bancos puedan enviar los resúmenes de cuenta o de tarjetas de crédito a través de medios electrónicos, dado que esta medida afectaría a los trabajadores del correo. Esta nueva obligación surgió de la modificación del Art. 4° de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) que textualmente establece: "Información. El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición". Este cambio a la Ley 24.240 lo estableció la Ley 27.250 que fue sancionada el 18 de mayo de 2016, promulgada de hecho el 8 de junio y publicada en el Boletín Oficial el 14 de junio. Consta de dos artículos de los cuales uno es de forma. La lucha de Moyano El 5 de febrero, el gremio camioneros protestó frente a la sede del Banco Central en repudio a la resolución de esta entidad que estipulaba que los bancos dejaran de emitir los resúmenes de cuenta de los clientes en formato papel. Hugo Moyano, titular del sindicato, expresó en el canal América 24 que este cambio perjudicaría a los trabajadores del correo: "Nadie está en contra de la modernización, pero no a costillas de 4 mil trabajadores que hoy, a través del correo postal, reparten los resúmenes bancarios". Diez días después, el 15 de febrero, el BCRA manifestó mediante un comunicado que, en virtud del pedido realizado por el Sindicato de Choferes de Camiones, la implementación de esta nueva modalidad se iba a realizar gradualmente a partir del 1ª de enero del próximo año. Defensa del Consumidor La Ley 24.240 fue un proyecto presentado en 1986 por el senador de la provincia de Chaco, el Dr. Luis León (UCR). El proyecto sufrió sucesivas modificaciones en ambas Cámaras hasta que se llegó al texto definitivo que fue sancionado por el Congreso de la Nación el 22 de septiembre de 1993. Al año siguiente, el 13 de octubre de 1994, el Decreto 1798/94 aprobó la reglamentación. "Cuando esta ley sale a la luz es muy resistida por el sector económico y fundamentalmente por la figura del entonces ministro de economía Domingo Cavallo, que vetó prácticamente entre el 30 y el 35% de sus normas", explicó el Dr. Marcelo López Alfonsín, en el marco de una conferencia sobre el balance de las modificaciones de la Ley 24.240 en el Colegio de Abogados de la Capital Federal que se llevó a cabo en noviembre de 2008. Actualmente son 66 los artículos que componen esta ley, los cuales se encuentran divididos en 17 capítulos. La modificación del artículo 4° fue sancionada el 18 de mayo de 2016, promulgada el 8 de junio del mismo año y publicada en el Boletín Oficial el 14 de junio como la Ley 27.250 |
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Efemérides: El 26 de julio de 1952, murió a los 33 años María Eva Duarte de Perón, popularmente llamada "Evita", quien practicó una intensa acción social, propició y logró la ley del voto femenino y la provincialización de territorios nacionales. |
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Sueldos Julio/16 Julio con frío pero sin novedades [BPN-21/07/16] Para confeccionar los recibos de haberes del mes de julio, no hay novedades que reflejar. Sigue vigente la escala salarial del mes pasado, junio 2016, que se mantendrá sin modificaciones hasta el mes de noviembre inclusive. El pasado 16 de junio se publicó en el Boletín Oficial (BO) la Resolución 334/2016 que homologó el acuerdo firmado por el sector de la propiedad horizontal junto con la nueva escala. El incremento de los valores de la escala fue del 25% en relación a la escala anterior que estuvo vigente desde septiembre de 2015. En los meses de marzo y abril pasado se abonó una suma fija y remunerativa de $1.800 mientras que para mayo la cuota ascendió a $2.000.
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Efemérides: El 27 de julio de 1972, se fundó el Colegio de Graduados en Antropología. |
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Correo de Opinión Sobre ‘Para Larreta son los consorcistas quienes negocian paritarias’ I por la Dra. Diana Sevitz[BPN-21/07/16] Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires antes de hablar sobre un tema tan urticante como son las paritarias de los encargados de edificios, con todo respeto, asesorate por tu bien y el nuestro. A veces siento que a fuerza de querer hacerse el simpático y demostrar que aquí no pasa nada, ni pasó nada, nos toma de tontos, por no decir una palabra más fuerte y muy poco académica. Después de haber leído en Pequeñas Noticias (BPN Nº 579 del 23/06/16) la transcripción del diálogo de nuestro Jefe de Gobierno con la conductora Mariana Fabbiani, no solamente me queda claro que nos insulta sino que, lo que es peor, es ignorante y ello conlleva a una mala información a muchas personas incautas que se hacen eco de las estupideces que repite sin el menor filtro. Che, Larreta, no sos el presidente de una cooperadora de escuela, con todo respeto, digo por las responsabilidades, sos el jefe de una inmensa Ciudad en la cual vive más del 80% de su población en propiedad horizontal. Para tu gobierno, digo, el de la sabiduría, ninguna de las asociaciones de consorcistas jamás obtuvieron la habilitación gremial para poder sentarse a la mesa de negociaciones para discutir las partidarias con los encargados. ¿Tus asesores, especialistas en propiedad horizontal, no te contaron ese chisme?, que los propietarios no intervenimos. No, seguro que no te contaron. Te dejaron que abrieras la bocaza y dijeras para justificar lo injustificable, tratando de ocultar el pacto espúreo que tejiste a nuestras espaldas con el SUTERH. No nos tomes más de tarados, cómo podés decir, en un medio donde te ven miles de personas, semejante estupidez, que los consorcistas, con una asociación que no recordás el nombre, firmaron el acuerdo paritario. No lo podés recordar, Sr Jefe de Gobierno, con todo respeto, porque no existe esa asociación, como dicen en el campo, te mandaste un ‘bolazo’ y de los grandes. Es muy saludable que discutas quién tiene la representación de los consorcistas en paritaria, porque nosotros no la tenemos. Es una mendacidad lo que dejaste plasmado en tu charla con la entrevistadora, que el Gobierno no puede hacer nada para morigerar las expensas, sí puede, de hecho no quiere, y tu gobierno no quiere. ¿Sabés cómo puede ayudarnos a bajar las expensas? Dejando de dictar cataratas de normativas, libros rubricados, obleas, presentaciones anuales con tasas onerosas vía Internet, obligando al administrador a cumplirlas bajo estrictas normas que si no se cumple conllevan sanciones pecuniarias, que luego se traducen en mayores costos en expensas, y que después son derogadas por otras que se superponen. Como frutilla de la torta, el súmmum de la elevación de las expensas, es la creación del Consejo de la Propiedad Horizontal (Ley 5.464) denostada, vapuleada, resistida por todos los sectores, sean consorcistas, asociaciones de administradores, abogados, contadores, universidades, legisladores y todos los sectores que en algo están relacionados con la propiedad horizontal. Es decir, casi todos los que vivimos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, porque pocos son los privilegiados que pueden habitar al margen del régimen de propiedad horizontal. Todavía estás a tiempo para dar un paso atrás en esta carrera alocada de insistir en una ley que desnuda toda la ignorancia que se tiene sobre el tema. Ya que conquistaste a muchos, antes de la elección, vociferando que ibas a hacer una gestión limpia, transparente, a favor de los vecinos, a escasos meses de tu asunción, la derogación de la Ley 5.464 es un excelente comienzo. Los propietarios no estamos representados, como los encargados, debajo de un sindicato verticalista como el SUTERH, pero no somos tontos, y nos hemos organizado de alguna manera, y la única herramienta que tenemos como ciudadanos, cuando quién nos gobierna, lo hace a nuestras espaldas, perjudicándonos en nuestros derechos, es el voto, para ejercerlo nuevamente no falta tanto
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Efemérides: El 28 de julio de 2011, se instauró el Día Mundial contra la Hepatitis. |
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Correo de Opinión Sobre 'Para Larreta son los consorcistas quienes negocian paritarias' II por la Sra. Susana Pérez García[BPN-21/07/16] Este diálogo es incomprensible para nosotros, los copropietarios que sufrimos la situación. Obviamente, no les afecta de la misma forma a quienes tienen departamentos que les generan rentas. Todos sabemos de la lucha para ser representados en las paritarias como debe ser, y no lo es. Las asociaciones de administradores no constituyen ninguna representación de los copropietarios. Esta increíble afirmación del Sr. Larreta me hizo sentir "insultada en mi inteligencia". Habría que explicarle lo que aparece en los medios y experimentamos desde hace años. No estamos representados en las paritarias. Si así fuera, no nos estaríamos ahogando con expensas cada vez más altas, porque los fondos disminuyen con aumentos permanentes y ya no podemos cubrir, en muchos casos graves, los gastos de mantenimiento, como frentes dañados, etc… Ser encargado de un edificio es una ocupación que, en un porcentaje altísimo, no requiere especializaciones, estudios permanentes, y que tiene tantas ventajas económicas que ningún gremio tiene. No gastan en alquiler, ni viáticos, ni transporte (en la actualidad un ahorro más que importante). Nadie los controla y se ha llegado a un punto tal que así no cumplan con sus obligaciones, salgan en horarios de trabajo, o limpien cuando se les da la gana el resto del edificio (además de baldear la vereda). Muchos administradores, que son los únicos que pueden darles órdenes a los encargados, se refugian en que "el gremio es un riesgo" para no intervenir. Como visitan esporádicamente los edificios (cada vez se hace todo más "virtual" y además es imposible que puedan visitar con frecuencia a todos los consorcios que administran), aún enterados por denuncias, no actúan "porque el gremio no reconocerá esta situación". Además, los copropietarios temen represalias. Infinidad de veces, he escuchado en reuniones de copropietarios de distintos edificios "no denuncio porque temo represalias del encargado", y de hecho ha sucedido señores, lo crean o no. Y aún menos se atreven a escribir la denuncia, algunos la verbalizan pero sabemos que no sirve como prueba. Y aun haciéndolo, muchos administradores no registran la denuncia en el Libro de Órdenes, por la misma razón. Tienen 5 horas libres (y quienes tienen alguna habilidad manual, obtienen otros ingresos) y así y todo se los puede ver en los supermercados, o negocios del barrio dentro del horario laboral comprando. Se los puede ver a las 10 de la mañana en la puerta de los edificios conversando tranquilamente con sus colegas, o chateando con su celular, o simplemente mirando pasar la gente. Y de 17 a 20 hs., a menos que surja algún problema grave, pueden "estar simplemente" sin hacer nada porque si no hay un escritorio pueden quedarse en su casa. El funcionario que no se entera de esta realidad es porque no quiere ver, ni oír. Y como bien dicen los sabios refranes: "no hay peor ciego que quien no quiere ver". Cuando hay vínculos políticos es aún más difícil que quieran ponerse de parte de quienes los necesitamos. Por otra parte, es improbable que ellos vivan en carne propia estas realidades. No me cabe duda que en el lugar en que viven las cosas funcionan de otra forma, por la autoridad que su función política les proporciona dentro del consorcio con su presencia. También se olvidan que un consorcio no es una empresa, en la que hay un cierto equilibro: entran ganancias y salen gastos. Es una institución social (y ahora jurídica lo que no cambia la situación) y como tal debería funcionar. Y dejo muy claro que, habiendo luchado para salir adelante económicamente, soy defensora permanente de quienes trabajan, y además sé que hay muchos trabajadores de edificios responsables y meritorios. Pero es evidente, y se puede observar en los últimos tiempos, un desgaste muy grande en el cumplimiento de sus funciones por lo expuesto y un deterioro en la calidad de vida de propietarios, inquilinos, pensionados y jubilados en general, que ya no pueden pagar las expensas. Y se tienen que ir o las pagan renunciando a otros "derechos adquiridos" a través de la vida y de su esfuerzo. Por favor, aún hay posibilidades de cambiar esta situación. Y por favor: ¡¡deroguen la Ley Muñoz!! Que no nos beneficia a quienes sufrimos lo expuesto, para mejorar la vida de tantos seres humanos que compartimos los consorcios. Estaríamos muy, muy agradecidos
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Efemérides: El 29 de julio de 2000, murió Rene Favaloro, médico cirujano que realizó el primer bypass cardíaco en el mundo. |
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Rincón Solidario El administrador se las liquida como horas extras El
encargado está realizando tareas como pintura, arreglos, etc. en el edificio
y el administrador se las está liquidando como horas extras ya que las realiza
fuera de su horario de trabajo normal. ¿Eso es correcto? Estimado Alberto: Con relación a su pregunta le respondo que ningún accidente que sufra el encargado por realizar tareas que no estén contempladas en el Art. 23º del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10 está cubierta por la ART. Infiero que Ud. es un copropietario por lo que le asiste el derecho de hacer cesar esta doble anomalía, ya que no sólo hay una transgresión a la Ley de Contrato de Trabajo y al CCT en cuanto a las tareas que debe desarrollar el encargado, privándolo así de su horario de descanso, sino la ilegal forma de liquidarle como horas extras trabajos que no hacen a su categoría laboral. Asimismo, es dable aclarar que tanto el administrador como el consejo de administración son los responsables de esta anomalía que puede llegar a extenderse en caso de juicio al resto de los copropietarios. Le saludo cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Efemérides: El 30 de julio de 1772, nació el fraile dominico Fray Justo Santa María de Oro. Fue amigo del general San Martín y en el Congreso de Tucumán de 1816, se pronunció por la forma republicana de gobierno. |
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Rincón Solidario El extracto no sale de su oficina Estimados amigos: Como siempre, vuestro Boletín sigue siendo mi lectura de cabecera… bueno… no tanto. Creo haber hecho una consulta hace poco tiempo y no recuerdo haber recibido la respuesta: Le solicité a la administradora del edificio en que vivo que me escanee el resumen de cuenta del banco en el que tenemos la cuenta corriente de un determinado mes, y se ha negado, diciendo que no puede “sacar” de su oficina la documentación del consorcio, que me acerque a su oficina. ¿Es correcto? ¿Por qué? El extracto no saldría de su oficina, me lo escanearía. Gracias. Mario
[CABA] Estimado Mario: Es un derecho del propietario solicitar que se le exhiba la documentación o copia de la misma. Tanto la exhibición como la entrega de la copia se realiza en la sede de la administración, el tema del scaneo de la documentación no equivale a sacar la documentación de la sede de la administración, ahora bien muchos administradores no poseen scanner o no quieren realizar ese trabajo, no pudiendo obligarlos. Lo que concretamente Ud. debería hacer en orden a lo normado por el inc f) Art. 9º (Decreto Reglamentario 550/10 de la Ley 941/02) es requerir fehacientemente la exhibición de la documentación que quire ver y el administrador otorgar la vista de la misma en un plazo de 5 dáis hábiles posteriores al pedido. Esperando haber contestado su pregunta lo saludo muy Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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Efemérides: El 31 de julio de 1914, nació José Ignacio "Chango" Rodríguez, cantautor cordobés y poeta del folklore argentino. |
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Rincón Solidario Buenos días: Administro un consorcio situado en el Gran Buenos Aires y desearía saber cómo se calculan los intereses punitorios por mora en el pago de expensas. ¿Qué porcentual se aplica? ¿Es posible un ejemplo del cálculo?. Muchas gracias María del Carmen (2/06/2016) Estimada María del Carmen: Los intereses por mora deben calcularse siempre sobre el capital adeudado, no sobre capital más intereses porque de otro modo se caería en la figura del anatocismo, regulado por el Art. 770º del Código Civil y Comercial. En general, la tasa de interés se fija en el reglamento de copropiedad y en su defecto la fijan los copropietarios en asamblea, con las mayorías necesarias, y acorde al mercado bancario. Sin embargo, tené en cuenta que en caso de reclamo judicial, los tribunales tienen dicho que la tasa de interés resarcitorio y punitorio no puede superar el 24% anual. Espero haberte ayudado. --- La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692. |
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Efemérides: El 1 de agosto de 1907, apareció en Buenos Aires el primer número de la revista literaria "Nosotros", dirigida por Roberto F. Giusti y Alfredo A. Bianchi. |
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Rincón Solidario En el consorcio existía un pequeño jardín En un consorcio existía un pequeño jardín y el encargado cobraba el plus correspondiente. Ya no existe el jardín. ¿Corresponde seguir pagándole el plus al encargado? ¿Por qué? Gracias Daniel (05/07/2016) Estimado Daniel: En respuesta a su consulta le informo que si el jardín ha sido anulado y el encargado ya no realiza esa tarea no corresponde abonarle un plus. Entender lo contrario significa reconocer un derecho adquirido con lo que percibiría una suma dineraria por no efectuar labor alguna. He sido consultada en repetidas oportunidades por haberse anulado algún servicio en el edificio y que a "posteriori" ha dejado de funcionar, entiendo que toda remuneración es producto de un trabajo efectivamente realizado. No obstante, muchos consorcios siguen pagando esas sumas por temor a recibir reclamos judiciales o bien por no ser significativa en las expensas y evitar conflictos con el personal. El administrador tiene el deber de asesorar y actuar de acuerdo a derecho a excepción que en la Asamblea se decida continuar con ese pago. Espero haber respondido a su inquietud. Cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Efemérides: El 2 de agosto de 1889, murió el folletinista Eduardo Gutiérrez, autor de "Juan Moreira", "Santos Vega", "Hormiga negra" y "Croquis y siluetas militares". |
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Correo de Lectores ¡Hola! Quería preguntar acerca de los conceptos que se deben considerar para la liquidación del aguinaldo del encargado. Esto por cuanto se le paga por retiro de residuos, horas extras y vivienda, además del sueldo. Gracias Antonio [Mendoza] (05/07/2016) Hola Antonio: tu consulta tiene respuesta en el Artículo 122º de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 que dice: "Épocas de pago. El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 27.073 B.O. 20/1/2015)". Por lo tanto, el aguinaldo es la mitad del mejor sueldo del semestre y para el cálculo deberás tener en cuenta todos los importes que se abonan: antigüedad, adicionales, horas extras, cuotas remunerativos, horas extras, etc. En este primer aguinaldo de 2016 se debe determinar el mejor mes entre el 1/2016 y el 6/2016: ese será la base para el cálculo. Un saludo grandote |
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Efemérides: El 4 de agosto de 1841, nació Guillermo Enrique Hudson, ornitólogo y escritor de obras como "Allá lejos y hace tiempo" y "Días de ocio en la Patagonia". |
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Número de Edición: 581 [ DLXXXI ] [1ª Edición] Fecha de publicación: 21 de Julio de 2016 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: Claudio García de Rivas y M Fabiana Lizarralde Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Redes sociales: Facebook, Grupo Facebook, Twitter, Google+ Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar - Horario: 10 a 17 hs. Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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