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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Lunes 24 de Agosto de 2015 - Nº: 556

El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles.

La diputada Valeria Amendolara (Izq. al fondo) recibe de Ariel Coppari y Cecilia Nájera (Der.) el proyecto de colegiatura.Cámara de Administradores de Consorcios de La Plata

Se presentó un proyecto de colegiación para administradores

En mayo, la Cámara de Administradores de Consorcios de La Plata presentó a la diputada provincial Valeria Amendolara un proyecto de colegiatura para el sector Los aranceles mínimos serían obligatorios Los autoadministradores quedarán excluidos de la inscripción Podrán colegiarse otros profesionales en actividad.

Dr. Fernando Rizzi,Dr. Fernando Rizzi

El Defensor del Pueblo marplatense apoya la colegiatura

El defensor del pueblo de Mar del Plata, Dr. Fernando Rizzi, declaró a Pequeñas Noticias que apoya la creación de un Colegio de Administradores de Consorcios bonaerense Aseguró también que la Ley 14.701 que creó un Registro de Administradores en la provincia de Buenos Aires "no es buena".

Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun.Registro Público de Administradores porteño

El promedio de multas del RPA bajó un 28%

Hasta mayo de 2015, el promedio de multas que aplicó el RPA porteño bajó un 28% Defensa y Protección del Consumidor de la CABA aplicó multas por 180 mil pesos a seis administradores La menor fue de 7,5 mil pesos y la mayor de 68 mil pesos aproximadamente Hubo una administradora sobreseída.

En las próximas elecciones se termina de definir si Víctor Santa María queda como parlamentario del ParlaSur.Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal

Víctor Santa María se perfila como fija para el ParlaSur

Si las elecciones de octubre arrojan los mismos resultados que las PASO, Víctor Santa María será legislador del ParlaSur Asumiría a mediados de diciembre, cobraría 70 mil pesos mensuales y gozaría de inmunidad parlamentaria.

Marcos Bergenfeld.Asociación de Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

Convocatoria abierta a consorcistas voluntarios

Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH, convocó a los consorcistas a participar en forma voluntaria de algunas de las cinco comisiones que se crearán en la entidad Estas serán "Prensa y Difusión", "Legales", "Congreso Nacional", "Economía" y "Gobierno de la Ciudad y Legislatura".


El lunes 31  de agosto el acto se realizará en el Colegio y el martes 1º  de septiembre en la Legislatura porteña.Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación será tratado por la Segunda Jornada Institucional de Propiedad Horizontal organizada por el Instituto de Derecho de Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Comenzará el próximo 31 de agosto y durará dos días.


La reunión fue organizada por la Comisión de Consorcios dependiente del Consejo Consultivo de la Comuna 2 dirigida por la Sra. Villanueva, presidenta de ACCABA.Multas a los administradores porteños

'No sabemos qué se hace con esos fondos'

La Dra. Valeria Pasini propuso que las multas a los administradores porteños se destinen a campañas de difusión de los derechos de los consorcistas Así lo afirmó en el marco de una charla realizada el jueves 20, en la Comuna 2, y organizada por la Sra. Teresa Villanueva.


Fernando Muñoz: "Las internas de CUCICBA no son nuestro problema [...] gane quien gane lo sufren los inquilinos".CUCICBA

Las denuncias contra inmobiliarios serán gratuitas

El legislador Fernando Muñoz informó que ahora las denuncias contra los inmobiliarios se podrán tramitar en forma gratuita en el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA Un arancel de 360 pesos había sido impuesto desde junio de 2014.


La lista Renovación está presidida por Héctor Menéndez..Elecciones en CUCICBA

La lista 'Renovación' presentó sus propuestas

De cara a las elecciones de septiembre, el Dr. Lucas Andereggen, apoderado de la lista Renovación, adelantó que, de ser electos, los matriculados deberán autorizar –mediante un cédula obligatoria- todas las operaciones inmobiliarias en la ciudad Lucharán para eximir de ingresos brutos al sector y crearán un portal gratuito para publicar propiedades.


María Fabiana Lizarralde.Sueldos Agosto/15

Agosto = Julio = Junio

Las escalas salariales de los sueldos de agosto no presentaron novedades El mes que viene se conocerá el nuevo escalón del aumento de este año que debería ser del 7%.


Correo de Opinión

Sobre "Una vivienda en comodato para los jubilados"

Dr. Rodrigo Martín Cabanellas


www.radiozonica.com.arMarcos Bergenfeld

El programa "SOS Consorcista" entró en receso

Desde el 1º de julio entró en receso "SOS Consorcista" Si bien estaba previsto que reanudara el 5 de agosto, el programa no volvió a salir al aire El miércoles 6 de mayo había comenzado su segunda temporada.


Dra. Ana María Vila.CAPHyAI: Siete abogados analizaron el nuevo Código Civil

Dra. Ana María Vila

Esta cuarta entrega sobre las novedades que introdujo el nuevo Código Civil y Comercial a la propiedad horizontal está dedicada a la disertación de la abogada Ana María Vila Su extensa exposición se centró en las expensas y las deudas por ese concepto a partir del nuevo cuerpo normativo.


Escudo de Bahía Blanca.Bahía Blanca

Media sanción para la renovación de la red de gas de consorcios

El plan piloto para edificios de más de 30 años de antigüedad para Bahía Blanca recibió media sanción de Senadores el 8 de julio La iniciativa entró a Diputados el 5 de agosto para su tratamiento.


Fernando Muñoz.Legislatura porteña

Fernando Muñoz abandonó el Frente Progresista Popular

Es conocido por defender a los inquilinos Este bloque lo compartía con Aníbal Ibarra Aún no se sabe si se sumará al Frente para la Victoria o conformará un nuevo monobloque.


Correo de Opinión

Sobre un par de temas

Sra. Lydia Voltan


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Rincón Solidario

Que no haya consejo de propietarios

Dr. Juan Antonio Costantino


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Rincón Solidario

Permanecer en el edificio

Dr. Cristóbal Orlando Ruano


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Rincón Solidario

Información anterior a la fecha de la rúbrica

Dr. Cristóbal Orlando Ruano


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Rincón Solidario

Cada unidad tiene terraza propia

Dr. Alberto Anibal Gabás


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Avisos Clasificados

Pedidos/Ofrecidos

¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes

Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número

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CAPHyAI: Libro de Datos 2015

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Desalojos Express

La diputada Valeria Amendolara (Izq. al fondo) recibe de Ariel Coppari y Cecilia Nájera (Der.) el proyecto de colegiatura.

La diputada Valeria Amendolara (Izq. al fondo) recibe de Ariel Coppari y Cecilia Nájera (Der.) el proyecto de colegiatura.

Cámara de Administradores de Consorcios de La Plata

Se presentó un proyecto de colegiación para administradores

[BPN-24/08/15] El pasado miércoles 6 de mayo, la Cámara de Administradores de Consorcios de La Plata (CAC) le presentó a la diputada bonaerense Valeria Amendolara (Frente para la Victoria) un proyecto de ley para crear un Colegio de Administradores en la Provincia de Buenos Aires (CAPBA) y sus departamentos judiciales. La iniciativa fue redactada por el Dr. Alberto Aníbal Gabás, uno de los asesores legales de esa entidad de mandatarios.

Según el borrador de proyecto que trascendió a la fecha, quedarán excluidos de ser colegiados quienes administren su propio edificio sea a título oneroso o no (autoadministrados). Si bien la iniciativa no lo menciona, los honorarios de los administradores serían obligatorios y su incumplimiento castigado. Otro punto que surge es que podrán colegiarse otros profesionales en actividad y por lo tanto estarían habilitados para administrar. La sede del Colegio estaría en la ciudad de Mar del Plata.

En diálogo con este medio, el Adm. Ariel Coppari, vicepresidente de la CAC, explicó que el proyecto todavía no tiene estado parlamentario ya que está siendo analizado por la diputada. Es de aclarar que antes de ser presentado formalmente por Mesa de Entrada en la Cámara de Diputados los asesores de la legisladora lo depurarán. Una vez ingresado recorrerá las diferentes comisiones que le correspondan hasta que finalmente sea votado en el recinto de sesiones. Si es aprobado pasará al Senado donde también será discutido en las comisiones que le correspondan. Si al proyecto de diputados no se le realizan modificaciones y en el recinto es votado por la mayoría, se convertirá en ley. Finalmente el gobernador de la provincia tendrá que promulgar la norma y publicarla en el Boletín Oficial.

Según informaron el pasado 12 de agosto desde CAC La Plata, la Adm. Cecilia Nájera, presidenta de la entidad, y Coppari se reunieron con la diputada y una de sus asesoras para debatir sobre el tema.

El proyecto

Entrando más en detalle Pequeñas Noticias resumió los aspectos más relevantes del proyecto que recibió la diputada por el Frente para la Victoria.

Los obligados

De acuerdo a la iniciativa, en el Colegio se deberá registrar "toda persona física o jurídica que haga profesión habitual a título oneroso de la administración de consorcios de edificios o emprendimientos inmobiliarios sometidos a propiedad horizontal. Quedan excluidos expresamente los propietarios o conjunto de ellos, que administren sus propios edificios o emprendimientos de los que son cotitulares, ya sea a título oneroso o gratuito".

La inscripción

Los requisitos para inscribirse en el CAPBA son los siguientes: ser mayor de edad, haber aprobado la carrera de Técnico Universitario (o similar universitaria) en Administración de Propiedades, y -en el caso de personas jurídicas- hallarse legalmente constituida de acuerdo a la Ley 19.551.

Conforme al proyecto, "no podrán ser administradores de consorcios […] los quebrados, los condenados por ilícitos previstos en el Libro II, Título VI, XI y XII del Código Penal [delitos contra la propiedad, delitos contra la administración pública y delitos contra la fe púbica]; los inhibidos para disponer de sus bienes; los magistrados y funcionarios de la Justicia de cualquier fuero, instancia o jurisdicción, y los miembros de las Fuerzas Armadas o de Seguridad en actividad".

La jurisdicción

De acuerdo a la iniciativa, en cada Departamento judicial se podrá constituir un Colegio siempre y cuando haya más de 50 profesionales en actividad. De no arribarse a ese número, los administradores deberán matricularse en el Colegio que se halle a menor distancia de sus domicilios.

Cabe aclarar que la matriculación en uno de esos colegios va a autorizar al administrador a ejercer su profesión en toda la provincia de Buenos Aires y que cuando un mandatario ejerza en más de un departamento, sus actos serán juzgados por el Colegio donde esté inscripto.

Sus funciones

Conforme al proyecto, los colegios departamentales tendrán como principales funciones y atribuciones: el registro y gobierno de la matrícula de los administradores y el poder disciplinario sobre todos los colegiados del departamento; decidir sobre lo referente a inscripciones en las matrículas; recibir el juramento profesional; otorgar las credenciales y certificados a sus afiliados; ejercer la defensa y ser parte en juicio en todo lo concerniente a la defensa de los colegiados; determinar el importe de la cuota anual obligatoria; adquirir y administrar bienes de cualquier naturaleza, aceptar donaciones, contraer obligaciones, legados o herencias; administrar su patrimonio y ejercer actos de disposición con la aprobación previa de la asamblea general; fijar el presupuesto anual de gastos y recursos debiendo rendir cuentas documentadas a la asamblea ordinaria anual; y confeccionar el listado de peritos administradores de propiedad habilitados para desempeñarse como peritos judiciales.

Las infracciones

Según la iniciativa, constituyen una infracción:

a) El incumplimiento de cualquiera de los deberes u obligaciones establecidos en la ley creadora del Colegio, en la ley que regula la propiedad horizontal, en el reglamento de copropiedad de los edificios que son administrados y el reglamento interno, si lo hubiere.

b) La condena criminal por delitos de naturaleza patrimonial.

c) Violar las normas de ética que dicte cada uno de los Colegios.

d) Violar las reglas para inscribirse en el Colegio

e) No llevar los libros obligatorios de actas, de administración, de sueldos y de órdenes en debida forma.

f) Cambar el domicilio sin aviso al Colegio y a sus administrados.

g) No pagar la cuota anual.

h) Ejercer actividad en contra de los intereses de sus administrados.

i) Otorgar préstamos o financiar deudas de los consorcios que administra, sin autorización previa de éstos, con excepción de los adelantos de fondos necesarios para abonar deudas cuando a la fecha de vencimiento no los haya en cantidad suficiente para su cancelación, en el sentido y con los alcances de los artículos 1.949° y 1.950° del Código Civil.

j) Efectuar publicaciones ofreciendo los servicios profesionales que induzcan a error o engaño o violando normas sobre aranceles.

k) Inasistencia de tres reuniones consecutivas o cinco alternadas en el curso de un año, a las sesiones ordinarias del Consejo Directivo o Tribunal de Disciplina, sin causa justificada.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 551 de 19/06/15: “La CAPHPBA accionó contra la ley del RPA bonaerense".

BPN Nº 547 de 22/04/15: “Administradores presentarán recurso contra el RPA bonaerense”.

BPN Nº 545 de 19/03/15: "Nájera y Coppari respondieron a Huertas y Costantino".

BPN Nº 521 de 22/05/14: "Proyecto para la protección de los inquilinos bonaerenses".

BPN Nº 403 de 05/05/10: "Punta de lanza".

BPN Nº 200 de 03/02/04: "Un largo camino al colegio".

Las sanciones

De acuerdo al proyecto del Dr. Gabás, las sanciones disciplinarias que podrá aplicar el Colegio son las siguientes: apercibimiento por escrito, amonestación y advertencia en presencia del Consejo Directivo, multa equivalente a honorarios del administrador correspondientes a un edificio de 100 unidades de departamentos, suspensión del ejercicio de la profesión, cancelación del registro de la matrícula por plazo determinado o exclusión del ejercicio de la profesión.

En el caso de la exclusión, ésta deberá decidirse por una mayoría mínima del 75% de los miembros del Consejo Directivo. Por su parte, el excluido podrá solicitar la reincorporación al Colegio recién 5 años después de la fecha de la sanción.

Las demás acciones disciplinarias prescribirán transcurrido un año del hecho generador de las mismas.

Las denuncias

Según la iniciativa, las denuncias podrán ser efectuadas por los particulares afectados, los colegiados, el Consejo Directivo o reparticiones públicas por intermedio de su representante legal o por comunicación de magistrados intervinientes en causas penales.

Efectuada la denuncia -con la prueba correspondiente- en diez días el Consejo Directivo deberá expedirse respecto a si hay razón suficiente para dar intervención al Tribunal de Disciplina. En el caso que decida el rechazo, la decisión será inapelable.

Sus órganos

Conforme al proyecto, el Colegio va a estar constituido por tres órganos: una asamblea de colegiados, el Consejo Directivo y el Tribunal de Disciplina

Los miembros del Consejo Directivo y del Tribunal de Disciplina se designarán por asamblea y durarán en sus funciones 4 años, renovándose por mitades cada bienio. Para ocupar cargos en esos dos órganos, los mandatarios tendrán que estar al día en el pago de la cuota anual y no deberán estar cumpliendo ninguna sanción ni estar inhabilitados por cualquier motivo.

La asamblea

Anualmente se llevará a cabo una asamblea general ordinaria y también podrán realizarse asambleas extraordinarias. Ambas sesionarán -en primera convocatoria- con el 51% de los colegiados en condición de votar. En caso de no obtenerse tal quórum, se constituirá válidamente media hora después cualquiera sea el número de presentes. Las decisiones de las asambleas se tomarán por simple mayoría de presentes y cualquier colegiado podrá hacerse representar por un tercero.

Valeria Amendolara

Desde 2013 Valeria Amendolara es diputada de la provincia de Buenos Aires por la ciudad de La Plata. En 2017 finalizará su mandato. Actualmente se desempeña como vicepresidenta de la comisión de "Obras públicas" y como vocal de las comisiones de "Presupuesto e Impuesto", "Seguridad y servicios penitenciarios", "Trabajo" y "Tierras y organización territorial".

Hace más de 20 años se afilió al Partido Justicialista y hoy en día comparte proyecto con el intendente de La Plata y presidente del PJ de esa ciudad, Pablo Bruera.

Es de recordar que el 13 de mayo de 2014, la diputada Amendolara se hizo conocida entre los inquilinos cuando presentó un proyecto de ley para crear un Organismo de Control de Viviendas en Locación de alcance provincial Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: El 1 de septiembre de 2009, la Adm. Gabriela Pilar Saldivia renunció al cargo de presidenta de Administración Onetto Sociedad Anónima para poder hacerse cargo de la Coordinación General del Registro Público de Administradores (RPA).


Dr. Fernando Rizzi,

Dr. Fernando Rizzi,

Dr. Fernando Rizzi

El Defensor del Pueblo marplatense apoya la colegiatura

[BPN-24/08/15] El pasado viernes 7 de agosto, el Dr. Fernando Rizzi, Defensor del Pueblo de Mar del Plata, afirmó a Pequeñas Noticias que apoya la creación de un Colegio de Administradores de Consorcios en la provincia de Buenos Aires y aseguró que la Ley 14.701 que creó un Registro Público de Administradores (RPA) bonaerense "no es buena".

A fines de julio el Dr. Rizzi y Sonia Rawicki, directora de Defensa del Consumidor de Mar del Plata, habían mantenido un encuentro con representantes de la Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires (CAPHPBA).

Si bien Rizzi le aseguró a este medio que "hace algún tiempo" también se reunió con consorcistas, la Sra. Ana María Huertas, presidenta de la Asociación Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal de Mar del Plata (ACoPH), lo desmintió y explicó que sólo fue recibida una vez durante 5 minutos.

Colegio de Administradores

En diálogo con Pequeñas Noticias, el Dr. Rizzi aseveró: "mi posición es que la profesión de administradores de consorcio debe ser colegiada como sucede por ejemplo con los abogados o los martilleros, es decir que el Estado controle el ejercicio profesional delegando en un colegio profesional".

Señaló también que en el caso de que se presente a nivel provincial un proyecto para crear un Colegio desde la Defensoría "podrían apoyarlo" porque los derechos de los consorcistas y de los administradores van a estar más defendidos.

RPA bonaerense

Respecto al RPA provincial, expresó: "se sancionó una ley que no es buena porque fue una sumatoria, un ‘recorte y pege’ de distintas situaciones, es decir, se intentó copiar algo de Capital".

Asimismo, explicó que "hasta que no se reglamente esa ley no vamos a tener mucha noción al respecto. Nosotros lo que planteamos también es la posibilidad de incluir la vía de mediación ante los conflictos que se vayan presentando".

Según el Dr. Rizzi, "la nueva ley le da incumbencia a las oficinas de Defensa al Consumidor pero todavía no está reglamentada. Sin embargo, le están llegando algunos reclamos pero ellos todavía no deberían intervenir. El registro no está creado".

La reunión con los administradores

A modo de antecedente, a fines de julio el defensor del pueblo marplatense, la directora de Defensa del Consumidor de esa ciudad balnearia y representantes de CAPHPBA se reunieron para "avanzar en un esquema de trabajo en común para difundir los derechos y deberes de los miembros del consorcio y administradores, modos de prevención de conflictos, sistemas de mediación, etc. que generen un ámbito de cooperación para una convivencia armónica". Así lo informaron diversos medios locales los primeros días de agosto.

"El acuerdo fue trabajar en lo que es concientización de los consorcistas porque hay una serie de derechos y deberes que se desconocen. Es como que la gente espera que el Estado intervenga con el administrador cuando tienen problemas pero éste es un mandatario del consorcio", señaló Rizzi.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 553 de 10/07/15: "La ley del RPA bonaerense es inaplicable y no se puede exigir".

BPN Nº 551 de 19/06/15: “La CAPHPBA accionó contra la ley del RPA bonaerense".

BPN Nº 551 de 19/06/15: “La ley que creó el RPA bonaerense está vigente".

BPN Nº 547 de 22/04/15: “Administradores presentarán recurso contra el RPA bonaerense”.

BPN Nº 545 de 19/03/15: "Se promulgó el RPA bonaerense y hay sorpresas".

BPN Nº 545 de 19/03/15: "’Nosotros no sabemos cuándo se produjeron estos cambios’".

BPN Nº 545 de 19/03/15: "Nájera y Coppari respondieron a Huertas y Costantino".

BPN Nº 542 de 12/02/15: "Mayor participación de los propietarios y debilitamiento de la figura del administrador".

BPN Nº 539 de 07/01/15: "Se creó un Registro Público de Administradores bonaerense".

BPN Nº 403 de 05/05/10: "Punta de lanza".

BPN Nº 200 de 03/02/04: "Un largo camino al colegio".

La palabra de los consorcistas

Por su parte, la Sra. Ana María Huertas desmintió los dichos de Rizzi y afirmó que solo la recibió una vez durante 5 minutos. De acuerdo a la titular de ACoPH, "le hemos pedido una reunión pero él dice que no tienen que ver con los consorcios. Incluso me he enojado porque defiende un poco a los administradores".

Asimismo, recriminó: "lo hemos invitado a las charlas de la asociación y no va nunca. Sería bueno que asistiera y que escuche al pueblo que es a quien él está defendiendo".

En otro orden de cosas, Huertas explicó que tanto la Defensoría del Pueblo marplatense y la de la Provincia de Buenos Aires como Defensa del Consumidor le derivan a su asociación aquellos consorcistas que se presentan con reclamos.

Huertas indicó que el Dr. Marcelo Honores, secretario general de la Defensoría provincial, "no tiene la misma postura que Rizzi" porque "está a favor de los consorcistas y hasta colaboró en el seguimiento del proyecto del RPA".

Fernando Rizzi

De acuerdo al sitio Web de la Defensoría del Pueblo de Mar del Plata, Fernando Rizzi nació en esa ciudad e ingresó a la municipalidad a los 14 años como cadete en la Secretaría de Turismo. En 1995 se recibió de abogado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata y luego se desempeñó como docente de Derecho Administrativo y de Derecho Político en esa casa de altos estudios.

Referente de la colectividad italiana local, fue nombrado Caballero de la Orden de la Estrella de la Solidaridad Italiana (Cavaliere) por el presidente de la república en 2010.

Según el sitio de la entidad, entre el año 2000 y 2002 fue delegado de Mar del Plata de la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior. Entre 2007 y 2011 fue concejal por la Unión Cívica Radical y desde el 2013 es el Defensor del Pueblo de la ciudad elegido por los colegios y consejos Profesionales. Su mandato finalizará en 2018 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: El 5 de septiembre de 2006, Pequeñas Noticias dio a conocer una investigación del Ministerio de Economía de la Nación que reveló que antes de la creación del RPA porteño sólo un 18% de los edificios se autoadministraban y más del 67% de los consorcistas consideraban que el desempeño de su administrador era entre bueno o muy bueno.


Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun.

Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun.

Registro Público de Administradores porteño

El promedio de multas del RPA bajó un 28%

[BPN-24/08/15] Hasta el momento y en promedio, durante 2015 las multas a los administradores de consorcios porteños disminuyeron un 28% respecto al 2014. En lo que va de este año, el Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun, director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, multó por más de 180 mil pesos a seis administradores que incumplieron la Ley 941 que creó y regula el Registro Público de Administradores (RPA) porteño.

Desde febrero a mayo de 2015, los montos de las multas oscilaron entre los 7.585 y los 68.265 pesos, promediando un valor de 31.604 pesos por administrador. Es de recordar que durante el año pasado el Gobierno local sancionó a 23 mandatarios por un total de 1.014.921 pesos, promediando 44.127 pesos de multa por cada uno.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 555 de 07/08/14: "Las multas durante el 2014 superaron el millón de pesos".

BPN Nº 538 de 24/12/14: "Aoun multó a 14 administradores por 700 mil pesos".

BPN Nº 534 de 14/11/14: “La CAPHyAI inició un recurso administrativo contra las multas”.

BPN Nº 529 de 25/09/14: “’Las multas a los administradores son un disparate’".

BPN Nº 513 de 23/01/14: “Aoun derogó las multas de Gallo”.

BPN Nº 498 de 15/07/13: “No presentar las DDJJ’s puede costar más de $72 mil”.

BPN Nº 489 de 13/03/13: “Ni crimen ni castigo”.

BPN Nº 450 de 23/11/11: “Las multas del RPA podrán superar los 50 mil pesos”.

BPN Nº 417 de 20/10/10: “Este año fueron multados menos administradores”.

Teniendo en cuenta que los valores se fijan de acuerdo al sueldo básico de los encargados de edificio de 4° categoría sin vivienda, en las multas de este año se contabilizaron desde 1 a 9 sueldos, dependiendo el caso.

Estos datos surgieron de la publicación en el Boletín Oficial el pasado lunes 18 de agosto de siete disposiciones ordenando multas a seis administradores por un monto total de 189.625 pesos. Una séptima administradora, Graciela Josefina Martínez, fue sobreseída mediante la Disposición 493.

Ya no llama la atención que estas disposiciones hayan sido firmadas entre febrero y mayo de 2015 y recién este mes se publiquen en el Boletín Oficial porque lo mismo sucedió con las multas del año pasado. Las sanciones de todo el 2014 se publicaron en cuatro boletines oficiales: el 17 y 18 de diciembre de 2014 y el 4 y 5 de agosto de 2015.

Los sancionados 2015

El Adm. Julio Mario Scarinci fue multado por 7.585 pesos según la Disposición 174. La Adm. Beatriz Liliana Calabria fue sancionada con 22.755 pesos de acuerdo a la Disposición 257. El Adm. Edgardo Carlos Bermejo fue multado por 68.265 pesos conforme a las disposiciones 440 y 538. La Adm. Claudia Noemí Ziliotto fue sancionada con 45.510 pesos según la Disposición 492. El Adm. Albino del Pozzo fue multado por 15.170 pesos de acuerdo a la Disposición 536. El Adm. Eduardo Alberto Schumukler fue sancionado con 30.340 pesos conforme a la Disposición 539 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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ENCARGADA DE EDIFICIO: Busco trabajo de encargada de edificio si es posible por la tarde - Trabajo en un edificio lunes, miércoles y viernes de 9 a 12 - Tengo buenas recomendaciones - Tengo 45 años - Me siento bien y con ganas de trabajar y lo necesito - Nombre: Sandra Dominguez - Teléfono: (15)5144-6355 - E-mail: isabelsandradominguez@hotmail.com

RECEPCIONISTA / ATENCIÓN AL PÚBLICO: Me llamo Silvina, tengo 50 años y soy divorciada, estoy en la búsqueda de trabajo para el puesto de recepción y atención al publico - Nombre: Silvina Bersano - Teléfono: (15)6805-4603 - E-mail: silvina_bersano@hotmail.com

TRABAJADOR DE EDIFICIO DE MEDIA JORNADA: Soy trabajador de edificio de media jornada hace 5 años. Busco otro trabajo de media jornada o bien uno de jornada completa. Tengo muy buenas referencias - Nombre: Nélida Graciela Caballero - Teléfono: (15)6425-2917 - Correo: gracegrace70@hotmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO: 15 años de experiencia, poseo título de Trabajador Integral de Edificio. Buenas referencias - Nombre: Roberto Nicolás Forte - Teléfono: (15)3319-2945 - Correo: forterobertonicolas@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE: Me ofrezco como encargado permanente de edificio con vivienda - Con referencias - Edad 57 años - Sin hijos - Nombre: Carlos Espina - Teléfono: (11)3368-5508 - Localidad: CABA - Email: carlosespina213@gmail.com

TAREAS DE LIMPIEZA/SUPLENCIA/TRÁMITES VARIOS: Tengo 60 años, soy jubilada, me ofresco para tareas de limpieza de edificios de 3° y 4° categoría. No tengo problemas de horarios - Nombre: Susana Molina - Teléfono: (15)5693-2127 - Localidad: CABA

LIMPIEZA: Tengo experiencia en consorcios donde siempre realice trabajos de suplencias en edificios de 3ª y 4ª categoria. En este momento tengo disponibilidad completa - Puedo trabajar jornada menos de 18 hs., media jornada o completa - Trabajo fijo acepto también con vivienda - Soy una persona sola de 37 años sin hijos - Nombre: Liliana P. Rosenberg - Movil: (011)5035-7232 (SMS WhatsApp) - Email: lilianap.rosenberg@gmail.com


Efemérides consorciales: El 5 de septiembre de 2007, el presidente del AIERH, Dr. Juan Manuel Acosta y Lara, confesó que le daba miedo que de crearse un colegio de administradores éste se termine convirtiendo en un gran negocio.


En las próximas elecciones se termina de definir si Víctor Santa María queda como parlamentario del ParlaSur.

En las próximas elecciones se termina de definir si Víctor Santa María queda como parlamentario del ParlaSur.

Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal

Víctor Santa María se perfila como fija para el ParlaSur

[BPN-24/08/15] Si en las elecciones de octubre se mantienen los resultados obtenidos por el Frente para la Victoria en las PASO [1], Víctor Santa María, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH), iría al Parlamento del MerCoSur [2] (ParlaSur). De ser electo, asumirá el próximo 14 de diciembre, ganaría 70 mil pesos mensuales más viáticos y tendrá la misma inmunidad que los diputados nacionales.

Por otra parte, de alcanzar sus aspiraciones, el titular del gremio que nuclea a los encargados de edificio, se consagraría, el 6 de diciembre, como presidente del club Boca Juniors.

Actualmente Santa María preside el Partido Justicialista porteño, el Congreso Metropolitano del PJ Capital, el club Sportivo Barracas y la Confederación Argentina de Deportes (CAD). Además, se desempeña como secretario general de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH), como vicepresidente segundo del Consejo Económico y Social de la CABA, como director del Grupo Octubre, como editor general de Caras y Caretas y como representante de la Fundación Octubre ante el Consejo Superior de la UMET (Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo).

Por último, aspira postularse, dentro de cuatro años, para jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

ParlaSur

De acuerdo a su estatuto, este cuerpo que sesiona en Montevideo debe estar integrado por 188 representantes de los distintos países que conforman el MerCoSur: a Brasil le corresponden 76 parlamentarios, a Argentina 43, a Venezuela 33, a Paraguay 18 y a Uruguay también 18. De los 43 representantes argentinos 19 se definen en elecciones nacionales, los 24 restantes se eligen a razón de una por provincia.

Como en las PASO los candidatos del FpV ingresaron 8 candidatos estando Santa María en el puesto número 7, los resultados de las elecciones de octubre deberían ser bastante diferentes para que el dirigente sindical no salga electo. Una posible segunda vuelta –aun cuando el ganador de la primera pierda- sólo podrá definir los cargos de presidente y vicepresidente de la Nación y no el resto de los cargos ya electos en octubre.

Especulando que los comicios de ese mes arrojen el mismo resultado que los anteriores, los parlamentarios elegidos por la Argentina serían: Jorge Taiana, Agustín Rossi, Teresa Parodi, Daniel Filmus, Milagro Sala, Eduardo Valdez, Víctor Santa María y Julia Perié (todos del FpV).

Le siguen Mariana Zuvic (CC [3]), Fabián Rodríguez Simón (PRO [4]), Lilia Puig de Stubrin (UCR [5]), Walter Nostrala (juecista), Osvaldo Mércuri (Cambiemos), María Luisa Storani (UCR) y Daniel Ramundo, Jorge Vanossi, Sandra López, Alberto Asseff y Hernán Olivero (todos por UNA [6]).

El salario

Mediante la Ley 27.120 se modificó el Código Electoral Nacional y se incorporó a los comicios presidenciales de este año la elección de los legisladores. Éstos asumirán el próximo 14 de diciembre como lo decidió el Parlamento del MerCoSur el pasado lunes 17 de agosto.

Según el programa Periodismo para Todos del domingo 26 de julio, los parlamentarios del MerCoSur cobrarán el mismo salario que un diputado nacional, el cual sería hoy de 70 mil pesos mensuales bruto.

De acuerdo a ese programa de televisión, Paraguay es el único país que eligió a sus representantes. Lo hizo en 2008 y desde entonces –por ese concepto- lleva gastados más de 9 millones de dólares. Algunos reconocieron no tener demasiado trabajo.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN N° 554 de 24/07/15: "Primero Boca y después... la CABA”.

BPN N° 547 de 22/04/15: "Víctor Santa María bajo la lupa”.

BPN N° 516 de 10/03/14: "Santa María competiría en las elecciones de Boca de 2015”.

BPN N° 498 de 15/07/13: "Víctor Santa María presidente”.

BPN N° 473 de 26/09/12: "El sueño de la universidad propia”.

BPN Nº 473 de 26/09/12: “Santa María es presidente de Sportivo Barracas”.

BPN N° 468 de 25/07/12: “Víctor Santa María fue nombrado vicepresidente 2° de Abrevaya”.

BPN N° 343 de 12/03/08: "Santa María a la cabeza”.

Los fueros

El estatuto del Parlamento del MerCoSur en su artículo 16° establece que "los parlamentarios […] no podrán ser juzgados, civil o penalmente, en el territorio de los estados parte del MerCoSur, en ningún momento, ni durante, ni después de su mandato, por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones".

Sumado a esto, la Ley nacional 27.120 -sancionada el 29 de diciembre de 2014 e impulsada por el oficialismo- equipara los fueros de los parlamentarios con los de los diputados nacionales. En su artículo 16° la norma dispone: "…los parlamentarios del MerCoSur en representación de la ciudadanía argentina, serán asimilados en el derecho interno a los diputados nacionales. Serán aplicables a su respecto, siempre que no hubiere disposición específica, las disposiciones que regulan la condición de aquéllos en cuanto a inmunidades parlamentarias, regímenes remuneratorios, laborales, previsionales y protocolares".

Específicamente, en sus artículos 68° y 69° la Constitución Nacional se refiere a la "inmunidad parlamentaria". El artículo 68° establece que "ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador".

Asimismo, el Art. 69° determina que "ningún senador o diputado, desde el día de su elección, hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho".

Voto en blanco

Según algunos medios, a fines de julio, a partir de la sanción de la Ley 27.120, Carlos TraboulsiOscar Dufour habían comenzado un campaña para que no se vote en octubre a estos legisladores argumentando que recién el 31 de diciembre de 2020 deberá estar constituido el ParlaSur.

La campaña constaba de dos etapas: una por Twitter, por intermedio de la cuenta @ParlasurNo, que promovió el hashtag #novotamosparlasur que de prosperar hubiera servido para argumentar que esa votación no era legítima. En una segunda etapa habrían presentado un recurso de amparo para derogar el decreto de convocatoria a las elecciones del Parlamento del MerCoSur con la intención de que éstas no se realicen en octubre próximo. Hubieran buscado que la Justicia declare inconstitucional parte de la Ley 27.120.

Sin embargo la cuenta realizó sólo dos tweets y el hashtag fue repicado menos de 15 veces en total Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] PASO: Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias.

[2] MerCoSur: Mercado Común del Sur.

[3] CC: Coalición Cívica.

[4] PRO: Propuesta Republicana.

[5] UCR: Unión Cívica Radical.

[6] UNA: Unidos por una Nueva Argentina.


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Efemérides consorciales: El 6 de septiembre de 2005, Susana Etchegoyen, presidenta de la Comisión de Defensa del Usuario y del Consumidor de la Legislatura Porteña, declaró que "la única garantía de transparencia en los consorcios es la autoadministración".


Marcos Bergenfeld.

Marcos Bergenfeld.

Asociación de Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

Convocatoria abierta a consorcistas voluntarios

[BPN-24/08/15] El pasado martes 11 de agosto, el Sr. Marcos Bergenfeld, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH), convocó a los consorcistas a integrarse a alguna de las cinco comisiones que se crearán en la entidad: "Prensa y Difusión", "Legales", "Congreso Nacional", "Economía" y "Gobierno de la Ciudad y Legislatura". El trabajo será voluntario y la convocatoria abierta. Así lo informó mediante un comunicado que llevó también la firma de Pablo Terzano, el vicepresidente de APIPH y la de Félix Beltrán Pazo, su secretario.

Las comisiones

Ya en detalle:

1.- Para la comisión de "Legales" convocó abogados jubilados en ejercicio de la profesión.

2.- Para "Congreso Nacional" se solicitó consorcistas que estén dispuestos a seguir el trayecto de los proyectos y leyes relativas a la propiedad horizontal y que mantengan contacto con los diputados y senadores de la Nación.

3.- Para la comisión de "Economía" buscan personas que puedan "organizar el método para que la entidad pueda funcionar económicamente", teniendo en cuenta que la asociación no tiene fines de lucro.

4.- Por último, el presidente de APIPH informó que los integrantes de la comisión "Gobierno de la Ciudad y Legislatura" deberán representar a la entidad frente a esos dos organismos.

De acuerdo al comunicado, "aquellas personas a las que esté a su alcance integrar alguna de estas comisiones o colaborar de alguna otra manera, les solicitamos nos lo hagan llegar a través de nuestros correos electrónicos: apiph@fedac.org.ar, consorcios@fedac.org.ar, infoapiph@speedy.com.ar o asocprop@fibertel.com.ar".

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 551 de 19/06/15: "Bergenfeld pedirá la intervención del RPA porteño”.

BPN Nº 532 de 24/10/14: "Los propietarios deberían estar al frente del RPA".

BPN Nº 508 de 06/11/13: "Bergenfeld convocó a los consorcistas".

BPN Nº 474 de 10/10/12: "Bergenfeld llamó a los consorcistas a salir a la calle".

BPN Nº 268 de 23/08/05: "Rebelión en la granja".

Asimismo, Bergenfeld señaló que espera la recepción de esta convocatoria "para organizar de inmediato una reunión y escuchar a los consorcistas". En este sentido, anunció: "una consorcista ha puesto a nuestra disposición, sin cargo alguno, un hermoso lugar para que podamos llevar adelante nuestras reuniones".

Los argumentos

En su comunicado, el presidente de la entidad explicó que "el crecimiento de APIPH se ve reflejado en la cantidad de llamados, e-mails, adhesiones individuales y apoyo de los propietarios consorcistas que son exclusivamente a quienes estamos ayudando desde hace más de 12 años", y agregó: "esto sumado a la constante inscripción de nuevos adherentes y a la cantidad de edificios de propiedad horizontal que nos están designando para que los representemos en paritarias, nos obliga a replantear nuestro crecimiento".

Por último, afirmó: "no queremos ver nuestros edificios que tanto esfuerzo, ilusiones y dinero costaron, convertidos en ‘escombros’. Para ello, debemos prepararnos para actuar en todos los ámbitos, difundiendo a través de las redes sociales, en los medios de radiodifusión y televisivos, y en el Congreso de la Nación; además de todo lo que tengamos que hacer para que nos respeten ya que el 50% de la población argentina vive, trabaja o guarda su coche dentro de un bien sometido al régimen de propiedad horizontal" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides: El 24 de agosto de 1899, nació Jorge Luis Borges, poeta, cuentista y ensayista.


El lunes 31  de agosto el acto se realizará en el Colegio y el martes 1º  de septiembre en la Legislatura porteña.

El lunes 31  de agosto el acto se realizará en el Colegio y el martes 1º  de septiembre en la Legislatura porteña.

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

[BPN-24/08/15] Durante el lunes 31 de agosto y el martes primero de septiembre se llevará a cabo la Segunda Jornada Institucional de Propiedad Horizontal organizada por el Instituto de Derecho de Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) y la Legislatura porteña. El evento se desarrollará bajo el lema "Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación" y estará abierto a la comunidad, o sea será público y gratuito.

El primer día, la jornada se desarrollará en el Salón Auditorio ubicado en el 1° piso del CPACF, sito en Av. Corrientes 1441. Al día siguiente, el evento continuará en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, situada en Perú 130

Los interesados en inscribirse pueden hacerlo desde el 18 de agosto en Av. Corrientes 1455, 1° piso "Personal: actividades académicas" de 9:30 a 17:30 hs, o por correo electrónico mandando un mail a infoacademicas@cpacf.org.ar. Para más informes se pueden comunicar al 4379-8700, internos 452/453/454.

Primer día: lunes 31/08

El lunes 31 de agosto a las 9 de la mañana se habilitarán las acreditaciones. Media hora después el Dr. Eduardo Daniel Awad, presidente del CPACF y director de su Instituto de Derecho de Propiedad Horizontal, hará la apertura.

A las 10 de la mañana disertará el Dr. Gustavo Griffith sobre "ejecución de expensas, certificado de deuda, título ejecutivo, acreditación de personería, intimación de pago, notificación, domicilio constituido, personas físicas y jurídicas, expensas ordinarias y extraordinarias, intereses, sentencia de trance y remate, ampliación de demanda, trámites previos a la subasta Art. 576° CPCCN[1], subasta, créditos privilegiados, fallo plenario: ‘Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/ Ejecución Hipotecaria’, juicios conexos, sucesión, ejecución hipotecaria y herencia vacante".

A las 11 horas el Dr. Daniel Martini expondrá sobre "el consejo de administración, diferencias entre el régimen anterior y el actual, ámbito de actuación conforme la reforma, responsabilidad de sus miembros, reparaciones, régimen de las reparaciones a cargo del consorcio (o de los propietarios), espacios comunes o propios y espacios comunes de uso exclusivo".

A las 12:30 habrá un receso de dos horas. A las 14:30 el Dr. Daniel Braccaloni hará su ponencia sobre "la renovación del mandato y la remoción del administrador: legislación nacional (Código Civil y Comercial), legislación en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires y los reglamentos de propiedad horizontal".

Una hora después, el Dr. Jorge Resqui Pizarro disertará sobre la "responsabilidad del consorcio de propietarios, nuevo Código Civil y Comercial, responsabilidad contractual y extracontractual, responsabilidad frente a los consorcistas, responsabilidad conjunta, responsabilidad subsidiaria, responsabilidad por el hecho de sus dependientes, responsabilidad por el hecho de los consorcistas y/u ocupantes, responsabilidad por el hecho de su administrador, responsabilidad como guardián de las cosas comunes, insolvencia del consorcio, factibilidad del concurso o quiebra del ente consorcial y análisis jurisprudencial".

La Dra. María Carmen Grois y el Dr. Marcelo Gómez expondrán a las 16:30 sobre "el poder de policía del GCBA en el ámbito de la propiedad horizontal: Ley 257. Dirección General de Empleo, incendio, seguridad, Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Sanciones. Ley 451. (Código de Faltas). Soluciones para la Convivencia en Propiedad Horizontal: Legislación Nacional: Código Civil y Comercial. Legislación de la Ciudad de Buenos Aires".

Los moderadores de estas ponencias serán la Dra. Nelly Díaz y el Dr. Awad. El cierre estará a cargo de éste último a las 18:30 horas.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 555 de 07/08/15: "Eduardo Awad es el nuevo presidente del CPACF". 

BPN Nº 535 de 26/11/14: "Primera Jornada Institucional de Propiedad Horizontal". 

Segundo día: martes 1/09

El segundo día de la jornada, el martes primero de septiembre, las actividades iniciarán a las 17 horas en la Legislatura de la CABA. Las palabras de apertura estarán a cargo del Dr. Awad. A las 17:30 disertará la Dra. Paula Scauzillo, coordinadora del Registro Público de Administradores (RPA) porteño. Media hora después, la Asamblea de Consorcistas de la Ciudad hará un simulacro de "asamblea con resolución de problemas consorciales". Los moderadores serán la Dra. María Gracia Nenci y el Dr. Daniel Rodríguez Masdeu.

A las 19:30 horas se llevará a cabo la conclusión y el cierre del acto. Para finalizar, a las 20 se realizará un brindis por gentileza de la Legislatura porteña.

Específicamente, el evento fue organizado por la Coordinación de Actividades Académicas del Colegio, a cargo del Dr. Leandro R. Romero; el Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal del CPACF y la Legislatura porteña Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] CPCCN: Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.


Efemérides: El 25 de agosto de 1594, se fundó la ciudad de San Luis.


www.radiozonica.com.ar

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Marcos Bergenfeld

El programa "SOS Consorcista" entró en receso

[BPN-24/08/15] Desde el miércoles 1° de julio dejó de transmitirse el ciclo radial "SOS Consorcista" conducido por el Sr. Marcos Bergenfeld, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH). Hasta el momento no se saben los motivos de la suspensión. Lo acompañaba la locutora Irene Savariano.

Dicho programa que se transmitía todos los miércoles de 12 a 13 horas por www.radiozonica.com.ar, había comenzado su segunda temporada el pasado miércoles 6 de mayo. En esa oportunidad, Bergenfeld informó que durante esa nueva etapa del ciclo iba a pelear por cumplir dos objetivos: que los propietarios de los consorcios estén representados en paritarias y que el Gobierno porteño le retire a los consorcios todos los gravámenes que le impuso en los últimos años.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 548 de 07/05/1: “Bergenfeld retomó su programa de radio”.

BPN Nº 536 de 10/12/14: “SOS Consorcista entró en receso de verano”.

BPN Nº 532 de 24/10/14: “Los propietarios deberían estar al frente del RPA”.

BPN Nº 523 de 25/06/14: “Bergenfeld suma voluntades para el proyecto de Carrió”. 

BPN Nº 522 de 06/06/14: “SOS Consorcista”. 

Es de recordar que SOS Consorcista se emitió por primera vez el miércoles 4 de junio de 2014, de 12 a 13 horas por Radio Zónica. Según su creador, se trataba del "primer programa radial creado y hecho por y para consorcistas en el país". Durante la primera temporada, Bergenfeld entrevistó a 19 personalidades, entre ellas a tres diputados, a un senador nacional y a ocho legisladores porteños.

Radio Zónica

De acuerdo a su sitio Web, Radio Zónica nació en el 2006 con el objetivo de crear una nueva manera de hacer radio utilizando Internet como medio de difusión. Sus creadores la definen como un medio independiente capaz de contener pluralidad de voces. En 2008 fue la primera radio online en ganar el 'Premio Éter' a la creatividad, galardón que -hasta ese momento- estaba destinado a las radios convencionales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 26 de agosto de 1914, nació en Bruselas el escritor Julio Cortázar, autor de "Bestiario", "Final de juego", "Los premios" y "Rayuela”, entre otros libros.


La reunión fue organizada por la Comisión de Consorcios dependiente del Consejo Consultivo de la Comuna 2 dirigida por la Sra. Villanueva, presidenta de ACCABA.

La reunión fue organizada por la Comisión de Consorcios dependiente del Consejo Consultivo de la Comuna 2 dirigida por la Sra. Villanueva, presidenta de ACCABA.

Multas a los administradores porteños

'No sabemos qué se hace con esos fondos'

[BPN-24/08/15] El pasado jueves 20 de agosto, la Dra. Valeria Pasini propuso que las multas que el Gobierno porteño les cobra a los administradores se destinen a programas de difusión de los derechos y obligaciones de los consorcistas, tal como lo establece el proyecto de ley impulsado por la fallecida Dra. Susana Echazarreta. Esta iniciativa procura que los consorcistas elijan cada dos años –en forma obligatoria- una entidad que los represente en la defensa y protección de sus intereses.

La Dra. Pasini realizó esta propuesta en el marco de una charla organizada por la Sra. Teresa Villanueva en la que dialogó con consorcistas sobre la iniciativa de Echazarreta.

Formalmente la reunión se desarrolló ese día a partir de las 18 horas y fue organizada por la Comisión de Consorcios dependiente del Consejo Consultivo de la Comuna 2Recoleta- dirigida por la Sra. Villanueva, presidenta de la Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ACCABA). Acompañó a Pasini la Dra. Gabriela Bicchi.

Es de recordar que el 29 de agosto de 2014 Pasini, Bicchi y el Dr. Jorge Resqui Pizarro titular de ReDeCo[1], acompañaron a la Dra. Echazarreta a presentar su proyecto ante el legislador porteño Edgardo Form (Nuevo Encuentro). La iniciativa contó con el apoyo de la titular de ACCABA. Diez meses después Form ingresó el proyecto en la Legislatura porteña.

Un fondo solidario

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN N° 555 de 07/08/15: "Las multas durante el 2014 superaron el millón de pesos".

BPN N° 553 de 10/07/15: "El sueño de Echazarreta ya es un proyecto de ley".

BPN N° 545 de 19/03/15: "Falleció la Dra. Susana Echazarreta".

BPN Nº 528 de 10/09/14: "Echazarreta le presentó su proyecto a Edgardo Form".

BPN Nº 517 de 27/03/14: "Consorcistas se reunieron para tratar el proyecto Echazarreta".

BPN Nº 515 de 21/02/14: "Registro de Asociaciones de Consorcistas".

En su artículo séptimo, la iniciativa establece -entre otros puntos- que la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA deberá crear un fondo solidario conformado por las multas cobradas a los administradores con el fin de solventar "un programa de difusión e información de los derechos y las obligaciones, como así también a la defensa y protección de los intereses generales de los consorcistas de edificios de propiedad horizontal".

En el marco de su disertación, la Dra. Pasini expresó al respecto: "a mí me pareció interesante porque no sabemos a dónde van los fondos. Sería bueno que los montos que les cobran a los administradores por su mala administración vuelvan a nosotros de alguna manera".

Según explicó, "este artículo establece que todas las multas -que el año pasado fueron de más de un millón de pesos- se apliquen a programas de difusión de los derechos y obligaciones de los consorcistas y sus formas de asociaciones".

"La idea es que si un consorcista está interesado y no sabe a dónde ir o a qué asociación recurrir, que haya un papelito que le puedan tirar cuando llega el ABL [Alumbrado, Barrido y Limpieza] o las expensas, que le explique cómo tener que hacer o dónde ir", señaló.

Por su parte, la Sra. Teresa Villanueva agregó: "nunca nos rindieron cuentas de esa plata. Nosotros ignoramos todo porque somos tan buenos que dejamos pasar todo y que hagan todo lo que quieran. Así estamos quedando: los edificios no se pueden arreglar porque no hay ingresos, la plata no alcanza" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.


Efemérides: El 27 de agosto de 1920, la Sociedad Radio Argentina, por boca de Enrique Telémaco Susini, efectuó en Buenos Aires la primera transmisión radiofónica realizada en el país, con la difusión de la opera Parsifal de Ricardo Wagner.


Dra. Ana María Vila.

Dra. Ana María Vila.

CAPHyAI: Siete abogados analizaron el nuevo Código Civil

Dra. Ana María Vila

[BPN-24/08/15] El pasado jueves 18 de junio, siete abogados disertaron en la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) sobre el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y su incidencia en la propiedad horizontal. En esta cuarta entrega se desarrolló la disertación de la abogada Ana María Vila quien expuso sobre las expensas y las deudas por ese concepto a partir del nuevo cuerpo normativo.

En ediciones posteriores se publicarán las ponencias del Dr. Bartolomé Orfila, la Dra. Diana Sevitz y el Dr. Cristóbal Orlando Ruano. En el boletín anterior se publicó la exposición del Dr. Jorge Villar, en el Boletín N° 554 la disertación de la Arq. y Dra. Valeria Nerpiti y en el Boletín Nº 553 el análisis del Dr. Jorge Martín Irigoyen.

Ana María Vila

En el tema expensas no hay dentro del Código modificaciones demasiado sustanciales respecto a lo previsto en la Ley 13.512.

Sin embargo, hay dos modificaciones que anticipo. Una es la elaboración del certificado de deuda líquida y exigible para iniciar el cobro compulsivo o ejecutivo de expensas. La otra es el plazo de prescripción de las expensas que se acortó sensiblemente.

El artículo 2.046° [1] establece -entre las obligaciones de los copropietarios- el pago de las expensas comunes ordinarias y extraordinarias de acuerdo a su porción indivisa. En principio parecía que la proporción en la que se iban a abonar las expensas iba a ser la de las porcentuales del dominio. Sin embargo, más adelante en el articulado se establece que en el reglamento de copropiedad se pueden establecer porcentuales de contribución modificados, que son aquellos que resultan de la liberación de la carga por servicios no prestados a determinadas unidades.

Expensas ordinarias y extraordinarias

El artículo 2.048° [2] ya entra de lleno en el tema y define dos especies dentro del género expensas comunes: expensas comunes ordinarias y expensas comunes extraordinarias. Las expensas comunes ordinarias -según el nuevo Código- son aquellas necesarias para gastos de administración y para la reparación o sustitución de bienes comunes con miras a mantener en buen estado los bienes comunes.

Este concepto de sustitución es nuevo. Es un aporte interesante porque es algo que se discutía mucho en materia de propiedad horizontal. En cuanto a la reparación, no había ninguna duda que el administrador podía encararla y que no era necesaria la convocatoria a asamblea. Sin embargo, la sustitución de bienes obsoletos muchas veces se pensaba que como era una incorporación de un bien nuevo, en realidad era una expensa extraordinaria. No lo es porque esa sustitución muchas veces es necesaria para asegurar la prestación del servicio central o para que se cumpla la función que el bien común obsoleto ya no cumple y debe ser reemplazado.

El nuevo Código también incorpora las obligaciones impuestas al administrador por la ley o por el reglamento. Este concepto ya había sido redondeado por la jurisprudencia. Se consideraban siempre expensas ordinarias no sólo a aquellas necesarias para mantener en buen estado los bienes comunes sino aquellas que derivaban del cumplimiento de obligaciones legales impuestas al consorcio y al administrador. Sin embargo, es importante que esto figure en la ley porque en realidad le va a dar seguridad a los administradores frente a determinadas normativas locales que imponen ciertas obligaciones

Las expensas extraordinarias están definidas por exclusión también por el artículo 2.048°. Son aquellas dispuestas por asamblea y se ha suprimido la frase que antes establecía "con miras a obtener un goce más cómodo o una mayor renta". Ahora simplemente son aquellas dispuestas en asamblea y que no son las ordinarias. Se definen las extraordinarias por exclusión y se comprenden los gastos de embellecimiento. Obviamente no son destinados a obtener un uso y goce más cómodo -que muchas veces es opinable- pero si son decididas por los copropietarios en mayoría, son expensas ordinarias cuyo pago resulta obligatorio.

También se menciona en el artículo 2.048° dentro de las ordinarias los gastos necesarios para asegurar la instalación de instalaciones fijas y móviles para el acceso y circulación de discapacitados.

Juicio por cobro de expensas y certificado de deuda

Por último, en ese mismo artículo se establece que será a título ejecutivo para el cobro de expensas el certificado de deuda libre y exigible expedido por el administrador con la aprobación del consejo de propietarios. Esto es nuevo. Podemos pensar juntos ventajas y desventajas de esta norma. ¿Cuál ha sido el fin del legislador? Yo creo que el fin del legislador es más que razonable. Lo que ha querido evitar son excesos o abusos. En la medida que en el proceso ejecutivo por cobro de expensas hay escasísimas defensas que puedan oponerse, es un proceso de conocimiento muy limitado. En realidad el título es en plena fe y en principio no va a poder ser repelido. Es bueno que dos órganos del consorcio lo verifiquen. El administrador que lo elabore y que después sea controlado por el consejo de propietarios para que lo apruebe. Sin embargo, se abren ventanas sobre su posible aplicación y conveniencia.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN N° 555 de 07/08/15: "Dr. Jorge Villar".

BPN N° 554 de 24/07/15: "Arq. y Dra. Valeria Nerpiti".

BPN N° 553 de 10/07/15: "Dr. Jorge Martín Irigoyen".

BPN N° 553 de 10/07/15: "Siete abogados analizaron el nuevo Código Civil".

BPN Nº 538 de 24/12/14: "El nuevo Código Civil entrará en vigencia el 1º de agosto".

BPN Nº 531 de 14/10/14: "La propiedad horizontal se mudó al Código".

Ustedes saben mucho mejor que yo que la elaboración de un certificado de deuda depende del punteo contable que hace el administrador de la cuenta corriente de cada propietario, en el que se verifican entradas y salidas y después se discrimina la deuda mes a mes. Pareciera que por más consciente y concienzudo que sea el esfuerzo del consejo de administración, ese rol meramente contable es como un poco demasiado pedir. Sin embargo, la norma está y los consejeros llamados a aprobar los certificados de deuda van a tener que controlar la certeza medianamente. Digo medianamente porque seguramente se van a escapar, como a los administradores se les escapan algunos pagos a cuentas hechos en instituciones bancarias de los cuales no se ha dado aviso. Pero en líneas generales van a tener que tener un control mucho más serio que el que tenían hasta ahora.

¿Cómo van a aplicar los tribunales este tema de la aprobación por parte del consejo de propietarios? Sin duda alguna, en este momento cuando se ejecutan expensas se acompaña el certificado de deuda expedido por el administrador y también se acompaña el acta de designación del administrador que prueba que es la autoridad certificante quien ha sido designada. En este caso, como va a tener que haber una aprobación por parte del consejo, tendrá que acompañarse también el acta donde tales consejeros fueron designados.

La jurisprudencia es pacífica en señalar que no se puede cuestionar la valides o nulidad de la designación del administrador en juicio ejecutivo de cobro de expensas. El mismo criterio se va a aplicar respecto a los consejeros. El consejo de administración es un órgano facultativo porque puede ser designado según la nueva normativa. El Código determina que "puede designarse un consejo". O sea que puede ser que la asamblea decida no designarlo. En el caso de que se inicie un juicio ejecutivo por cobro de expensas lo que se va a necesitar obviamente si no hay consejo, es acompañar el acta de asamblea en la cual se dio la posibilidad a los copropietarios de designar un consejo y ellos decidieron no hacerlo.

En el certificado de deuda expedido por el administrador se deberá dejar constancia que a este certificado no se le adjunta la aprobación del consejo de propietarios porque -según surge del acta de asamblea que se adjunta- se ha decidido no integrar tal órgano en el consorcio.

En el artículo 2.049° [3] se recoge el artículo 17° [4] de la Ley 13.512 que establecía que la obligación del pago de expensas sigue siempre al dominio de los pisos o departamentos. Con una técnica legislativa un poco más acabada, en este momento el Código determina que ningún copropietario se podrá reusar al pago de expensas alegando que no usará los servicios comunes y que tampoco podrá dejar de pagar expensas por abandono del piso o departamento.

Por último se establece que la deuda de expensas sigue siempre al dominio de la unidad, ya sea la enajenación forzosa o voluntaria. Con este concepto de enajenación forzosa o voluntaria se está comprendiendo la subasta judicial. Es una cuestión que en la ciudad de Buenos Aires está plenamente admitida pero esto tiene una gran ventaja: se va a aplicar a todos los fueros, no solo el civil. Además, se establece en una ley por lo tanto para modificarlo se va a necesitar otra ley. No es como el fallo plenario que después de cierto tiempo caduca y es más, en este momento ha caducado por la reforma judicial. Por lo tanto, las ventajas de introducir esto dentro de la normativa son francamente importantes.

Lo que sí preveía el artículo 17° de la Ley 13.512 -que era el privilegio de la deuda de expensas- no está contenido dentro del capítulo de propiedad horizontal pero con una mejor técnica legislativa está expresamente previsto junto con a los gastos del conservador. Este primer privilegio de la deuda de expensas que sólo cede ante el hipotecario es otra parte del Código.

Prescripción de la deuda

La otra cosa que es novedosa es el plazo de prescripción de la deuda de expensas. Hasta el 1° de agosto la obligación del pago de expensas prescribía a los 5 años porque el Código de Vélez Sarsfield dice que las obligaciones que vencen en plazos o en cuotas periódicas tenían un plazo de prescripción de 5 años. El nuevo Código dice que las obligaciones de cuotas periódicas vencen a los dos años. Quedémonos tranquilos porque hay otra norma dentro del articulado que dice que las obligaciones que empiezan a prescribir, o sea, las obligaciones ya devengadas con anterioridad a la vigencia de este Código regirán su plazo de prescripción por la ley anterior con una salvedad: si el plazo de prescripción es menor que el que se establece en este Código. En ese caso vencerán -a lo sumo- a los dos años de la vigencia del Código.

Gastos y contribuciones

Por último, el artículo 2.048° recoge un concepto que había sido muy trabajado por la jurisprudencia y es la posibilidad que tienen los reglamentos de liberar cargas por servicios no prestados a determinadas unidades y da lugar a los porcentuales modificados.

Lo que dice la nueva norma es que los reglamentos de copropiedad podrán liberar parcialmente del pago de expensas a ciertas unidades en razón de la imposibilidad de acceder a ciertos bienes comunes o determinados servicios comunes. Esto me parece importante que lo tengamos claro porque pareciera que la liberación sólo puede ser parcial.

Nosotros sabemos en materia de propiedad horizontal que la regla es la contribución y la no contribución es la excepción que debe surgir necesariamente del reglamento. Sin embargo, hemos visto en reglamentos de copropiedad que el promotor se ha reservado la posibilidad por vía de una cláusula reglamentaria que determinadas unidades no contribuyan en absoluto.

Según como está redactado el nuevo Código, pareciera que esta limitación al pago de las expensas emergente del reglamento sólo podrá ser parcial porque en realidad lo que se recoge es un concepto jurisprudencial que parte de las expensas. Está derivado del uso efectivo de los bienes comunes pero parte de las expensas están ineludiblemente vinculadas con la copropiedad Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Código Civil y Comercial / Artículo 2.046°: Obligaciones. El propietario está obligado a: 

a) cumplir con las disposiciones del reglamento de propiedad horizontal, y del reglamento interno, si lo hay;

b) conservar en buen estado su unidad funcional;

c) pagar expensas comunes ordinarias y extraordinarias en la proporción de su parte indivisa;

d) contribuir a la integración del fondo de reserva, si lo hay;

e) permitir el acceso a su unidad funcional para realizar reparaciones de cosas y partes comunes y de bienes del consorcio, como asimismo para verificar el funcionamiento de cocinas, calefones, estufas y otras cosas riesgosas o para controlar los trabajos de su instalación;

f) notificar fehacientemente al administrador su domicilio especial si opta por constituir uno diferente del de la unidad funcional.

[2] Código Civil y Comercial / Artículo 2.048°: Gastos y contribuciones. Cada propietario debe atender los gastos de conservación y reparación de su propia unidad funcional.

Asimismo, debe pagar las expensas comunes ordinarias de administración y reparación o sustitución de las cosas y partes comunes o bienes del consorcio, necesarias para mantener en buen estado las condiciones de seguridad, comodidad y decoro del inmueble y las resultantes de las obligaciones impuestas al administrador por la ley, por el reglamento o por la asamblea.

Igualmente son expensas comunes ordinarias las requeridas por las instalaciones necesarias para el acceso o circulación de personas con discapacidad, fijas o móviles, y para las vías de evacuación alternativas para casos de siniestros.

Debe también pagar las expensas comunes extraordinarias dispuestas por resolución de la asamblea.

El certificado de deuda expedido por el administrador y aprobado por el consejo de propietarios, si éste existe, es título ejecutivo para el cobro a los propietarios de las expensas y demás contribuciones.

[3] Código Civil y Comercial / Artículo 2.049°: Defensas. Los propietarios no pueden liberarse del pago de ninguna expensa o contribución a su cargo aun con respecto a las devengadas antes de su adquisición, por renuncia al uso y goce de los bienes o servicios comunes, por enajenación voluntaria o forzosa, ni por abandono de su unidad funcional.

Tampoco pueden rehusar el pago de expensas o contribuciones ni oponer defensas por cualquier causa, fundadas en derechos que ellos invoquen contra el consorcio, excepto compensación, sin perjuicio de su articulación por la vía correspondiente.

El reglamento de propiedad horizontal puede eximir parcialmente de las contribuciones por expensas a las unidades funcionales que no tienen acceso a determinados servicios o sectores del edificio que generan dichas erogaciones.

[4]  Ley 13.512 / Artículo 17°: La obligación que tienen los propietarios de contribuir al pago de las expensas y primas de seguro total del edificio, sigue siempre al dominio de sus respectivos pisos o departamentos en la extensión del Art. 3-266 del Código Civil, aun con respecto a las devengadas antes de su adquisición; y el crédito respectivo goza del privilegio y derechos previstos en los arts. 3901 y 2686 del Código Civil.


Efemérides: El 28 de agosto de 1945, Roberto J. Noble fundó en Buenos Aires el diario "Clarín".


Fernando Muñoz: "Las internas de CUCICBA no son nuestro problema [...] gane quien gane lo sufren los inquilinos".

Fernando Muñoz: "Las internas de CUCICBA no son nuestro problema [...] gane quien gane lo sufren los inquilinos".

CUCICBA

Las denuncias contra inmobiliarios serán gratuitas

[BPN-24/08/15] Los inquilinos que quieran tramitar una denuncia contra los matriculados en el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) ya no tendrán que pagar un arancel de 360 pesos. Así lo informó esa entidad al legislador Fernando Muñoz (Frente Progresista Popular) el pasado jueves 23 de julio.

Según anunció Muñoz en su cuenta de Facebook "se terminó el cepo inmobiliario: hoy nos informó CUCICBA que los inquilinos ya no tendrán que pagar 360 pesos como peaje para denunciar la estafa de algunas inmobiliarias. Se lo habíamos sugerido muchas veces".

En ese sentido, el legislador -que estaría por abandonar el Frente Progresista Popular <ver nota>- consideró que "es auspicioso, un avance de verdad, un reconocimiento de que no hacía falta ese cepo de la cámara que los agrupa [NR: se refiere a CUCICBA] para evitar que alguien denuncie que no cumplen la ley".

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 550 de 04/06/15: "Fernando Muñoz llevaría a CUCICBA a la Justicia".

En otro orden de cosas, en esa misma publicación Muñoz expresó: "parece que hay sectores más duros que la actual conducción. Las internas de CUCICBA no son nuestro problema, son como esas internas de partidos políticos que no sirven porque ya está todo cocinado de antemano. Gane quien gane lo sufren los inquilinos".

Es de recordar que el 1° de abril el Leg. Muñoz había hecho un pedido formal a ese Colegio profesional para que explique los motivos por los cuales a partir de junio de 2014 se exigía el abono de un arancel de 360 pesos para tramitar denuncias contra los matriculados en esa entidad Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 29 de agosto de 1958, se estableció el Día del Abogado.


Escudo de Bahía Blanca.

Escudo de Bahía Blanca.

Bahía Blanca

Media sanción para la renovación de la red de gas de consorcios

[BPN-24/08/15] El pasado miércoles 8 de julio, la Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires le dio media sanción a un proyecto de ley que pretende renovar la red de gas en los edificios de la ciudad de Bahía Blanca que tengan más de 30 años de antigüedad y sus instalaciones se encuentren obsoletas. Casi un mes después, el miércoles 5 de agosto, la iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados bonaerense para su tratamiento.

El proyecto impulsado por el senador de la localidad de Puan, Horacio López (UCR [1]), propone crear un "Plan Piloto de Gas Natural Domiciliario". En ese marco, se creará un Registro de Profesionales Gasistas y un Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento que relevará las instalaciones de los edificios, determinará un plan de reparación pertinente y propondrá instrumentos financieros para que los consorcios puedan acceder a créditos que les permitan afrontar los gastos.

La iniciativa, que se presentó bajo el número de expediente E/212/2014–2015, consta de 11 artículos, de los cuales uno es de forma. El 3 de septiembre de 2014 ingresó a la comisión de "Obras y Servicios Públicos" y el 18 de noviembre de ese año giró a la comisión de "Legislación General".

Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento

Este comité estará integrado por un titular y un suplente en representación de cada una de las siguientes entidades: la Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca (CAPHBB), la Cámara de Instaladores de Gas y Afines de Bahía Blanca, el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios y Rentas de Bahía Blanca (SUTERH), la Asociación de Productores de Seguros de Argentina Delegación Bahía Blanca, el Colegio de Ingenieros, Distrito I de Bahía Blanca, el Colegio de Arquitectos, Distrito X de Bahía Blanca, el Colegio de Técnicos de Bahía Blanca, el Honorable Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo de esa ciudad.

El Comité oficiará de árbitro, contribuirá con propuestas y servirá de nexo con los administradores de los consorcios afectados. Según aclaró López, "sus integrantes no tendrán responsabilidad civil, profesional o penal por los distintos incumplimientos de la legislación vigente o por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar por parte de los consorcios de edificios, los administradores, la licenciataria del servicio de gas, el ente regulador (ENERGAS) y los profesionales gasistas matriculados que realicen las obras que les fueran encomendadas".

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 531 de 14/10/14: "Proyecto de renovación de la red de gas en consorcios”.

El comité tendrá a su cargo el relevamiento de los edificios de la ciudad para determinar cuáles necesitan adecuaciones y qué plan de trabajo se llevará a cabo. Cada consorcio tendrá 180 días corridos para verificar y llevar a cabo los trabajos a realizar. A ese fin, se deberá contratar a un gasista matriculado de primera o de segunda categoría colegiado, inscripto en un registro.

Cabe destacar que las obras en los edificios se deberán realizar, preferentemente, entre el 1° de septiembre y el 1° de marzo de cada año. Al finalizar esta tarea, el consorcio deberá entregarle al Comité de Control una copia del relevamiento y comunicarle si utilizará alguna de las herramientas financieras disponibles que serán establecidas por el ente.

Registro de Profesionales Gasistas

Por otro lado, el proyecto propone crear un Registro de Profesionales Gasistas de primera y segunda categoría colegiados. En ese listado deberán figurar todos los datos personales, los antecedentes técnicos de capacitación y toda aquella información que acredite la idoneidad del profesional Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] UCR: Unión Cívica Radical.


Efemérides: El 30 de agosto de 1617, murió a los 31 años Santa Rosa de Lima (en la vida civil Isabel Flores), patrona de América y patrona de la independencia argentina.


La lista Renovación está presidida por Héctor Menéndez..

La lista Renovación está presidida por Héctor Menéndez..

Elecciones en CUCICBA

La lista 'Renovación' presentó sus propuestas

[BPN-24/08/15] El 30 de septiembre habrá elecciones de autoridades en el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA). La lista opositora "Renovación" –en diálogo con Pequeñas Noticias- presentó sus propuestas: la creación de una cédula obligatoria para que los matriculados deban autorizar todas las operaciones inmobiliarias que se realicen en la ciudad, luchar para conseguir la exención de Ingresos Brutos en la actividad y crear un portal gratuito para que los colegiados publiciten sus propiedades. Además brindarán atención jurídica, contable y notarial online, reforzarán la fiscalización del sector y aumentarán la democratización dentro de la entidad.

Así lo informó el pasado viernes 14 de agosto el Dr. Lucas Andereggen, uno de los apoderados de la lista ‘Renovación’ y actual miembro del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio por la minoría.

En los comicios que se llevarán a cabo el último miércoles de septiembre, Héctor Menéndez le disputará su cargo a Héctor D´Odorico, integrante de la Lista Celeste y Blanca y presidente de CUCICBA desde octubre de 2013.

Cédula inmobiliaria

En diálogo con Pequeñas Noticias, el Dr. Andereggen anunció que su espacio presentó un proyecto de "cédula inmobiliaria" ante las autoridades y ante los legisladores de la ciudad de Buenos Aires. Al respecto detalló: "esto significa que toda operación inmobiliaria va a tener que contar con un matriculado. No que el dueño no pueda vender por sus propios medios. Así como cuando uno vende por sus propios medios hay un escribano, que el matriculado tenga que hacer esta cédula inmobiliaria".

Por último aclaró: "obviamente va a tener un valor si hizo la operación y otro valor si no la hizo. Si no la hizo, el monto será menor porque el trabajo es firmar o autorizar la operación".

Exención de Ingresos Brutos

En otro orden de cosas, el Dr. Andereggen explicó que van a "tratar de conseguir la exención de Ingresos Brutos porque hoy es una locura los ingresos que paga la actividad". Según indicó, "el problema es que el Colegio una vez ya lo gestionó. En nuestra visión, se presentó y se defendió mal porque contrataron a un abogado constitucionalista de gran nivel pero no tributarista".

Un portal gratuito

Por otro lado, señaló: "en el proceso electoral anterior nosotros proponíamos que CUCICBA tuviese un portal corto y gratuito para poder publicar las propiedades de cada colegiado y no estar dependiendo de los grandes portales como ZonaProp o ArgenProp".

En este sentido, denunció: "cuando en la campaña pasada lanzamos esta propuesta, las autoridades anteriores salieron a firmar un contrato con un portal que al principio fue gratuito por seis meses pero después se le empezó a cobrar al matriculado" y agregó: "cuando nosotros les enviamos en su momento varias cartas documento diciéndoles que a la altura que estaban del mandato se abstuvieran de firmar contratos que comprometieran al Colegio para adelante, eso no se hizo tampoco".

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 551 de 19/06/15: “En forma sorpresiva renunció Roberto Arévalo”.

BPN Nº 529 de 25/09/14: “Walenten denunció una campaña de desprestigio en su contra”.

BPN Nº 508 de 06/11/13: “Héctor D’Odorico es el nuevo presidente de CUCICBA”.

BPN Nº 382 de 29/07/09: “Las primeras autoridades”.

BPN Nº 372 de 11/03/09: “Las entidades de inmobiliarios deberán asumir nuevos roles”.

BPN Nº 322 de 05/06/07: “Esta vez llegó para quedarse”.

BPN Nº 310 de 15/01/07: “El padre de la criatura”.

Atención jurídica, contable y notarial

Asimismo, el representante de la Lista Renovación expresó: "proponemos que dentro del Colegio haya una atención jurídica, contable y notarial pero que sea prácticamente online. La idea es que haya gente que pueda evacuar dudas al instante. Hoy hay asistencia pero a veces tardan 10 días en contestar y uno necesita las respuestas ya".

Fiscalización del sector

En otro orden de cosas, propuso trabajar "fuertemente con los recursos económicos que tiene el Colegio y que vayan para la fiscalización. No puede ser que con 6 mil matriculados, la entidad cuente con tres inspectores para toda la ciudad".

Además, calculó que en la ciudad de Buenos Aires debe haber 1.500 personas trabajando de modo ilegal en la actividad. Conforme al Dr. Andereggen "hubo fallos del Tribunal de Disciplina anterior y se le aplicó una sanción a algún matriculado pero sigue trabajando porque no hay control".

"Si bien todos tenemos que trabajar como corresponde y cumplir la ley, yo no quiero que el inspector esté pescando en la pecera, yo quiero que el inspector vaya contra el que no puede trabajar. No puede ser que otros colegios lo logren y nosotros no", sentenció.

En ese sentido, desde la Lista Renovación pretenden lograr "que el Colegio tenga la facultad de clausura y sanción para los que no están matriculados".

Más democracia

Por otro lado, el Dr. Andereggen también propuso que "el Colegio sea más democrático de lo que es hasta ahora". Según explicó, "pasa muchas veces por el hecho de que los órganos estén en un pie de igualdad. Si el Tribunal de Ética o cualquier órgano del Colegio le hace una propuesta al Consejo Directivo, que sea escuchada y sea recepcionada".

"En las reuniones de Consejo Directivo lo más sencillo es decir ‘votemos’ porque van a ser siempre seis contra tres. Yo entiendo que la mayoría tiene que ser respetada pero si siempre vamos a terminar votando y nunca consensuando me parece que es un error", aseguró Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 1 de septiembre de 1865, nació Enrique Tornú, notable médico cirujano e higienista que propició la cura de la tuberculosis mediante un tratamiento climático en las sierras de Córdoba.


Fernando Muñoz.

Fernando Muñoz.

Legislatura porteña

Fernando Muñoz abandonó el Frente Progresista Popular

[BPN-24/08/15] El legislador porteño Fernando Muñoz, conocido por defender los derechos de los inquilinos, abandonará el Frente Progresista Popular. Este bloque lo compartía con Aníbal Ibarra. Todavía no se sabe si pasará a formar parte del Frente para la Victoria o conformará un nuevo monobloque. Así lo informaron diversos medios los primeros días de agosto.

Según esas fuentes, meses atrás Muñoz había renunciado a la vicepresidencia del Frente Progresista Popular y el "distanciamiento" con el exjefe de gobierno se debería a que el legislador considera que el partido está "anclado en una memoria de gestión" del gobierno de Ibarra.

Además, de acuerdo a los medios, la relación se habría agudizado luego del balotaje porteño, en el que el exjefe de gobierno llamó a votar por Martín Lousteau (ECO), mientras que Muñoz acompañó la postura del kirchnerismo de no apoyar a ninguno de los dos candidatos.

En diciembre de este año Ibarra culminará su segundo mandato como legislador. Por su parte, Muñoz finalizará el primero, pero no tiene posibilidades de renovar su banca ya que formó parte del FpV, en las primarias porteñas de abril. Es de recordar que asumió su cargo el 23 de octubre de 2014 en reemplazo de Susana Rinaldi y ante la renuncia de Eduardo Epszteyn, quien estaba segundo en esa lista.

Organizaciones sociales

De acuerdo a diversas fuentes periodísticas, a través de un comunicado, Muñoz dio a conocer su nuevo armado político basado fundamentalmente en el apoyo de organizaciones sociales tales como el Movimiento de Fábricas Recuperadas,el Movimiento de Interferias de la Ciudad de Buenos Aires y organizaciones de inquilinos, entre otras.

Muñoz y los inquilinos

Es de recordar que el 25 de julio de 2014, en el marco de una escrache a una inmobiliaria porteña, antes de que asuma como legislador, Muñoz ya había expresado: "me parece muy bueno empezar a hacer visible una problemática que abarca a casi el 30% de la población de la ciudad y que prácticamente es invisible en la agenda pública porque es un tema del que no se habla".

Tiempo después, en el del Día del Inquilino, el 6 de octubre de 2014, militantes del Frente Progresista Popular, entre los que se encontraba Muñoz, se concentraron en el barrio porteño de Boedo para repartir volantes y difundir la "problemática" del sector.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 553 de 10/07/15: "Piden informes sobre atención a inquilinos".

BPN Nº 551 de 19/06/15: "El primer lunes de octubre Día del Inquilino".

BPN Nº 550 de 04/06/15: "Fernando Muñoz llevaría a CUCICBA a la Justicia".

BPN Nº 550 de 04/06/15: "Pedido de informes sobre el programa 'Alquilar se puede'".

BPN Nº 550 de 04/06/15: "Se deberán exhibir dos leyes relacionadas con los derechos de los inquilinos".

BPN Nº 548 de 07/05/15: "Ibarra y Muñoz crearon una aplicación para inquilinos".

BPN Nº 547 de 22/04/15: “Se creó el Frente de Inquilinos Nacional”.

BPN Nº 545 de 19/03/15: “Amor crearía una Oficina de Atención Pública de Inquilinos”.

BPN Nº 543 de 25/02/15: “Se impulsa la creación de una oficina de atención a inquilinos".

BPN Nº 543 de 25/02/15: “El 64% destina más del 40% de su sueldo al alquiler".

BPN Nº 531 de 14/10/14: “Ni casa sin gente, ni gente sin casa".

BPN Nº 526 de 06/08/14: “Escrache a inmobiliaria en Villa Crespo".

Un mes después, el 10 de noviembre, el legislador llevó a cabo una encuesta dirigida a inquilinos vía Internet. Basándose en los datos obtenidos, el pasado 9 de febrero presentó un proyecto de ley para crear bajo la órbita de la Defensoría del Pueblo porteña una Oficina de Atención de Inquilinos en la CABA que tendría a su cargo un registro voluntario de arrendatarios y propietarios de inmuebles.

Como equipo, Muñoz e Ibarra estuvieron presentes durante el anuncio de la conformación del Frente de Inquilinos Nacional (FIN) el 10 de abril pasado. Once días después ambos dirigentes crearon "Inquilinos App", una aplicación gratuita para teléfonos móviles inteligentes.

El 12 de marzo, junto a Alejandro Bodart (MST [2]) y Gabriel Fucks (FpV) presentaron un proyecto de ley para obligar a los corredores inmobiliarios que se dediquen a los alquileres a que incluyan en los accesos de sus locales el texto de la Ley de Locaciones Urbanas y el artículo 57° de la ley que creó al Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA).

Al mes siguiente, junto a Edgardo Form (Nuevo Encuentro) ingresaron una iniciativa para que el Ejecutivo de la CABA informe sobre el programa "Alquilar se Puede" del Instituto de la Vivienda y sobre el sistema de garantías bancarias para inquilinos ofrecidas por el Banco Ciudad.

El 7 de mayo Muñoz advirtió que iba a presentar una acción de amparo contra CUCICBA porque no respondió un pedido formal para que explique los motivos por los cuales los montos de las comisiones que cobran los inmobiliarios superan el valor establecido en la Ley 2.340.

Un mes después ingresó dos proyectos: uno para que el primer lunes de octubre de cada año se celebre el "Día del Inquilino" y otro para que el Ejecutivo porteño informe sobre la atención que reciben los inquilinos en la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de esta ciudad.

Finalmente, el 23 de julio anunció que los inquilinos que quieran tramitar una denuncia contra los matriculados en CUCICBA ya no tendrán que pagar un arancel de 360 pesos <ver nota> Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] MST: Movimiento Socialista de los Trabajadores.


Efemérides: El 2 de septiembre de 1805, nació el escritor Esteban Echeverría, autor de "Rimas", "La cautiva" y "El matadero".


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Agosto/15

Agosto = Julio = Junio

[BPN-24/08/15] Los recibos de haberes del mes de agosto no presentaran novedades desde el punto de vista de la escala salarial. Junio, julio y agosto comparten la misma escala hasta que en septiembre deberá aparecer la nueva con el segundo escalón del aumento.

El acuerdo homologado el pasado 29 de junio estableció que el incremento salarial del 27% se repartiría en dos etapas: un 20% a partir del 1° de julio y el otro 7% a partir del 1° de septiembre de 2015.

Textualmente, el acuerdo dice con respecto a los aumentos:

"[…] 1.- A partir del 1º de junio de 2015 se incrementan un 20% los salarios básicos de convenio correspondientes al mes de marzo de 2015, lo que significa que el 20% se aplica sobre la escala salarial que estaba vigente desde el mes de octubre del año 2014.

2.- A partir del 1º de septiembre de 2015 se incrementarán un 7% los salarios básicos sobre las remuneraciones del mes de junio de 2015, por lo tanto sobre la última escala salarial…".

Es importante destacar que el Acta acuerdo anteriormente citado se publicó en el Boletín Oficial del día 21 de agosto de 2015 pero no incluyó el detalle de la escala salarial de agosto ni tampoco la que se deberá utilizar a partir del mes de septiembre, como sí se hizo en oportunidades anteriores.

Esperemos que esta vez, la escala de septiembre no se haga esperar tanto.

Agosto 2015: Varios

1)

Escala salarial vigente
(Res 854/2015 BO 21/08/2015)

Junio 2015 (Disp. DNRT 854 29/6/15)

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 3/2015 BO 20/07/2015)

* A partir del 1/08/15 $5588 por mes

* A partir del 1/01/16 $6060 por mes

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de agosto (1)

Lunes 17 por la conmemoración de la muerte del General José de San Martín

5)

Doble indemnización
(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

6)

Formulario 931
(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS.

Agosto 2015: Sueldos

1)

Aporte Jubilatorio:
(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

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Efemérides: El 3 de septiembre de 1932, se inauguró en Buenos Aires, en la ex plaza 11 de Septiembre (hoy Plaza de Miserere), el Mausoleo de Bernardino Rivadavia, obra del escultor Rogelio Yrurtia.


Correo de Opinión

Sobre "Una vivienda en comodato para los jubilados" por el Dr. Rodrigo Martín Cabanellas.

Por más que el Defensor diga, hable y elabore dictámenes, las autoridades hacen oídos sordos o directamente los tienen.

¿No será que los funcionarios, al igual que en otras áreas, piensan que nunca pasarán por esa situación?

En esta sociedad falta visión de previsibilidad y solidaridad. Al igual que en la realidad de personas con discapacidad, no se piensa más que en la propia realidad o la que se tiene a dos metros a la redonda. 

Si el criterio para la toma de decisiones sigue siendo el de las mayorías o lo redituable en cantidad de votos, estas realidades minoritarias continuarán siendo invisibilizadas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Rodrigo Martín Cabanellas

(12/08/2015)


Efemérides: El 4 de septiembre de 1949, se instauró el Día del Inmigrante por decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 21.430.


Correo de Opinión

Sobre un par de temas por la Sra. Lydia Voltan

Sobre "Una vivienda en comodato para los jubilados"

Apoyo de forma ferviente el proyecto del Sr. Marcos Wolman, Secretario Gral. de la Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados. Hay muchos jubilados que están padeciendo esta actualidad injusta, después de haber trabajado por 30 años haciendo sus aportes y viendo cómo despilfarran los fondos del ANSES para cualquier otro caso fuera de su ámbito.

Sobre "Bacigalupo confirmó que en septiembre se modifica el CCT"

Sr. Bacigalupo, ninguna de estas entidades me representa como propietaria y empleadora de los encargados de edificio.

AIERH, UADI y CAPHyAI, dejen de decir mentiras Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Lydia Voltan
(12/08/2015)


Efemérides: El 5 de septiembre de 1867, murió en Corrientes Santiago Derqui, presidente argentino, cargo al que renunció.


Rincón Solidario

Dr. Juan Antonio CostantinoContesta el Dr. Juan Antonio Costantino

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Que no haya consejo de propietarios

¡Buenos días!

¿Puede una asamblea decidir que no haya consejo de propietarios aunque éste se encuentre en el reglamento de copropiedad y tengan todos la posibilidad de resolver lo relacionado al consorcio en asambleas?

Siempre fue muy difícil conseguir armar un consejo y con el nuevo Código Civil y Comercial será mucho más por sus alcances e implicancias.

Gracias.

Susana [Monserrat/CABA]

(2/08/15)

Estimada lectora:

Tal como lo tratamos en nuestro libro de reciente edición "La Propiedad Horizontal en el Nuevo Código Civil y Comercial", editorial Hammurabi, el legislador ha incorporado como órgano del consorcio al consejo de propietarios.

Ahora bien, como la asamblea en este sentido es soberana, podría decidir no contar con este importante órgano de control, lo cual sería perjudicial para los propietarios, ya que de acuerdo al Art. 2.064º del nuevo Código las funciones del consejo se potencian con estas nuevas facultades legales.

a) Convocar a la asamblea y redactar el orden del día si por cualquier causa el administrador omite hacerlo;

b) controlar los aspectos económicos y financieros del consorcio;

c) autorizar al administrador para disponer del fondo de reserva ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios;

d) ejercer la administración del consorcio en caso de vacancia o ausencia del administrador, y convocar a la asamblea si el cargo está vacante dentro de los treinta días de producida la vacancia;

(Excepto los casos indicados en este artículo, el consejo de propietarios no sustituye al administrador, ni puede cumplir sus obligaciones);

e) aprobar los certificados de deuda de expensas que expida la administración.

Saluda a Ud. muy Atte.

Dr. Juan Antonio Costantino Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnetbiz.com.ar.


Efemérides: El 6 de septiembre de 1822, comenzó a operar el Banco de Buenos Aires, luego llamado Banco de la Provincia de Buenos Aires.


Rincón Solidario

Dr. Cristóbal Orlando RuanoContesta el Dr. Cristóbal Orlando Ruano

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Permanecer en el edificio

Estimados, mi pregunta es concreta: 

¿Es obligación de un encargado con vivienda permanecer en el edificio fuera del horario de trabajo?

Muchas gracias.

Mirta [CABA]

(7/88/2015)

Sra. Mirta:

La jornada de trabajo se fija al inicio de la relación laboral. El encargado del edificio (con vivienda) debe permanecer durante su jornada, cumpliendo sus tareas en: paliers, terraza, sótano y hall de entrada; esto es en los lugares de propiedad común del edificio. Asimismo, dentro de ese horario no debe permanecer en su departamento porque está a disposición del consorcio.

Finalizado su horario, no tiene obligación de permanecer en su puesto ni en el departamento facilitado por el consorcio. 

Tiene obligación de pernoctar en el edificio y en caso de emergencia debe brindar apoyo y colaboración.

Saluda a usted atentamente.

Cristóbal Orlando Ruano Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Cristóbal Orlando Ruano es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Fue administrador de consorcios y directivo de la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).Actualmente es asesor legal de la Delegación Zona Note de la CAPGHyAI. Por cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a cristbalruano@yahoo.com.ar.


Efemérides: El 7 de septiembre de 1784, nació el sacerdote franciscano Fray Luis Beltrán, en la proximidad de la ciudad de Mendoza.


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Dr. Cristóbal Orlando RuanoContesta el Dr. Cristóbal Orlando Ruano

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Información anterior a la fecha de la rúbrica

Estimados, quisiera hacer una consulta: 

¿En el libro de administración o de sueldos se puede volcar información anterior a la fecha de la rúbrica?

Saludos cordiales.

Sergio.

(23/07/2015)

Sr. Sergio:

En los libros de administración y/o sueldos y jornales no debe volcarse información anterior a la fecha de registración y rúbrica. 

No tendría sentido la registración si fuera posible incorporar datos anteriores a ella. La Ley de Contrato de Trabajo (Art. 52º) establece una serie de prohibiciones:

"Alterar los registros correspondientes a cada persona empleada... deja blancos o espacios... hacer interlíneas, raspaduras o enmiendas... tachar anotaciones, suprimir fojas o alterar su foliatura o registro. Tratándose de registro de hojas móviles, su habilitación se hará por la autoridad administrativa, debiendo estar precedido cada conjunto de hojas, por una constancia extendida por dicha autoridad, de la que resulte su número y fecha de habilitación...".

Saluda a usted atentamente.

Cristóbal Orlando Ruano Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Cristóbal Orlando Ruano es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Fue administrador de consorcios y directivo de la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).Actualmente es asesor legal de la Delegación Zona Note de la CAPGHyAI. Por cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a cristbalruano@yahoo.com.ar.


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Dr. Alberto Anibal GabásContesta el Dr. Alberto Anibal Gabás

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Cada unidad tiene terraza propia

Hola amigos.

En el caso de un PH de tres unidades, las cuales tienen terraza propia:

1) ¿Se requiere la aprobación de los tres propietarios para poder construir sobre cada una de esas terrazas?

2) ¿Dicha aprobación debe instrumentarse ante escribano?

3) ¿Se debe inscribir en las escrituras o en el reglamento de copropiedad?

Muchas gracias.

Fernando [Martínez / Pcia. Buenos Aires].

(18/08/2015)

Fernando:

Sí, se requiere aprobación de todos los propietarios pero no se necesita escritura: basta un instrumento privado o la copia del acta de la asamblea.

Se requiere modificar planos, porcentuales y el reglamento para incorporar lo construido.

Desconocemos qué requisitos de derecho municipal o administrativo exige el municipio, pues varía en cada ciudad o jurisdicción.

Saludos.

Alberto Anibal Gabás Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Alberto Anibal Gabás, abogado especialista en Propiedad Horizontal y autor de numerosos libros sobre el tema es Conjuez de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. Ha obtenido en el 2004 y 2005 el segundo y primer premio sobre los ensayos "Derecho sobre Construcción en el Régimen de Dominio Horizontal" y "Condominio y Propiedad Horizontal. Suma y Producto de la Voluntad Colectiva" respectivamente. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a albertogabas22@hotmail.com.


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata)

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 556 [ DLVI ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 24 de Agosto de 2015

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: Claudio García de Rivas y M Fabiana Lizarralde

Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Redes sociales: Facebook, Grupo Facebook, Twitter, Google+

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