Ascensores VERTIROD  

Pequeñas Noticias en la WEB

Buenos Ayres Digital

Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Viernes 25 de Abril de 2014 - Nº: 519

El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles.

Adm. Marcelo Ruiz, presidente de AIPH [foto de archivo].Mis Expensas

AIPH evalúa medidas contra Expensas Claras III

La Asociación de Administradores Independientes de Propiedad Horizontal estudia con sus asesores letrados iniciar acciones legales contra Expensas Claras III Consideran que hay artículos inconstitucionales y otros con errores conceptuales.

[BPN-25/04/14] El 16 de abril las autoridades de la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH), anunciaron que están estudiando, junto al Dr. Ezequiel Nino, iniciar acciones legales contra el programa Expensas Claras III, rebautizado por el Gobierno porteño como Mis Expensas.

Evalúan si –luego de presentar un recurso administrativo, de corresponder- presentarán su demanda en la justicia...

La página de Víctor Santa María en Facebook, una de las dos fuentes relevadas.Paritarias 2014

En Facebook, un 19% le reclamó al SUTERH por aumentos

Según un relevamiento realizado por Pequeñas Noticias, sólo un 19% de los encargados le reclamó a Víctor Santa María por Facebook aumentos en paritarias La mayor parte de los comentarios fueron sobre temas relacionados con actividades sindicales.

A pesar a que su "sistema" Mis Expensas afectará a un tercio de la población porteña, Larreta no hizo mención al mismo ni en su Web, ni en las redes sociales.Redes Sociales

Sólo Santa María difundió Mis Expensas

Horacio Rodríguez Larreta no difundió ni por Facebook ni por Twitter ni en su sitio Web oficial la presentación del programa Mis Expensas Santa María lo hizo en el sitio Web del SUTERH, por Twitter en cuatro oportunidades y una por Facebook.

Sede de la AFIP frente a Plaza de Mayo.Régimen Informativo de Pago de Expensas

Masiva cantidad de intimaciones

Ante la gran cantidad de Fiscalizaciones Electrónicas que la AFIP envió a consorcios y administradores, la CAPHyAI recordó que es obligatorio cumplir con la Resolución 3.369 que impuso un Régimen Informativo de Pago de Expensas Sus recomendaciones: qué verificar, qué hacer y cómo hacerlo.


Congreso de la Nación Argentina.Congreso de la Nación

Proyecto de modificación de la ley de Locaciones Urbanas

Tres diputados del Frente para la Victoria propusieron modificar la Ley de Locaciones Urbanas con el objetivo de prohibir anticipos y garantías superiores a un mes y eliminar el "valor llave" Permitirá que se acepten garantías inmobiliarias de todo el territorio nacional.


María Fabiana Lizarralde.Sueldos Abril/14

Sin novedades para abril

Para el mes de abril, no hay modificaciones que registrar en los recibos de haberes Las paritarias del sector de la propiedad horizontal para este año 2014 todavía no arrojó novedades a pesar de que muchos otros sectores ya iniciaron sus negociaciones.


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

Tiene deteriorado todo el techo de tejas

Dra. Diana Sevitz


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

El seguro de responsabilidad profesional

Adm. Adrián Hilarza


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

¿Quién debe abonar el cambio de cañería dentro de mi departamento?

Dr. Alberto Anibal Gabás


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

Viene liquidado como Disposición 415

Adm. Gustavo Karcher


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

Según el encargado hay nuevas leyes

Dra. María Cristina Carrera

www.mercadolibre.com.arExpansión del mercado inmobiliario online

Mercado Libre compró dos sitios inmobiliarios

Mercado Libre compró dos sitios Web inmobiliarios: uno en Chile y otro en México Se afirma así la tendencia creciente de conectar en forma directa la oferta y la demanda inmobiliaria por Internet.


Francisco de Narváez, diputado nacional del bloque Unión Celeste y Blanco por la provincia de Buenos Aires.Reglamentos con fecha de vencimiento

De Narváez vuelve a presentar su proyecto

Francisco de Narváez volvió a presentar su proyecto de ley nacional para que los reglamentos de copropiedad caduquen a los 30 años Su iniciativa costaría a los consorcistas porteños más de 300 millones de pesos.


Correo de Opinión

No se a dónde quieren llegar

por el Adm. Alfredo R. Ruiz


Correo de Opinión

Popurrí consorcial

por el Sr. Raúl Guinzburg


Correo de Opinión

Sobre "Dejen de lado su ego y creen una verdadera defensa..."

por la Sra. Susana Pérez García


Correo de Lectores

Me olvidé de imprimir la boleta del curso del SERACARH

(15/04/2014)


Correo de Lectores

"¡Auxilio! No puedo imprimir la boleta"

(18/04/2014)


Correo de Lectores

"No generé las boletas"

(20/04/2014)


Acceda desde aquí a la sección completa

Avisos Clasificados

Ofrecidos


Acceda desde aquí a la sección completa

Pequeñas Noticias

Nosotros

¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes

Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número

Ascensores VERTIROD

Foto Club Buenos Aires

Grupo Instalaciones Fijas contra Incendios

Siro, Servicio Integral de Recaudación Banco Roela

Administración Global

Administración Bernetti

Cra. Viviana B. Grinberg PREVIND: líderes en seguridad, prevención y protección contra incendios Pequeñas Noticias: La herramienta exacta
Matafuegos Dicar SRL Administración Molina AIPH
CAPHyAI: Los beneficios de ser socio EdiSeg - Edificio Seguro Consultora Administración Staino SA

CAPHyAI: Nuevo Libro de Datos 2014

Pequeñas Noticias: Curso/Taller actualización Ley 941

Adm. Gustavo Karcher


Adm. Marcelo Ruiz, presidente de AIPH [foto de archivo].

Adm. Marcelo Ruiz, presidente de AIPH [foto de archivo].

Mis Expensas

AIPH evalúa medidas contra Expensas Claras III

[BPN-25/04/14] El 16 de abril las autoridades de la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH), anunciaron que están estudiando, junto al Dr. Ezequiel Nino, iniciar acciones legales contra el programa Expensas Claras III, rebautizado por el Gobierno porteño como Mis Expensas.

Evalúan si –luego de presentar un recurso administrativo, de corresponder- presentarán su demanda en la justicia local o nacional: en el primer caso sería en el Fuero Contencioso, Administrativo y Tributario (CAyT) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el segundo en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Adelantaron que estudian también la presentación de un recurso de amparo "para evitar que se profundice el daño que se producirá a la comunidad consorcial" hasta que la justicia resuelva el tema de fondo.

Según AIPH, las acciones irán contra varios artículos de la Disposición 856. Adelantaron que por lo menos uno de ellos es "claramente inconstitucional" y que otros adolecen de "errores conceptuales" que de ser modificados y adecuados, podrían ser aceptados por la entidad de administradores. Sin embargo, sus voceros no especificaron de qué artículos se trataría.

Informaron que durante el transcurso de las próximas dos semanas se definirán los pasos a seguir y con posterioridad serán anunciados a la comunidad consorcial.

Un poco de historia

El 3 de abril, fue firmada la Disposición 856/DGDyPC/14 que estableció la tercera versión de "Expensas Claras" ("Mis Expensas"). La diferencia más importante es que esta nueva normativa no estableció la obligación a los consorcios de "bancarizarse".

Sin embargo mantuvo el uso obligatorio de un modelo único –aunque modificado- que denominó "Modelo Único Liquidación de Expensas" y "Modelo Único de Recibo de Pago de Expensas" tanto para su impresión en papel como su envío en formato digital.

Conservó también la obligación de enviar por correo electrónico las liquidaciones de expensas, los recibos de pago y la documentación respaldatoria de la liquidación del período.

Es de destacar que -igual que lo había establecido Expensas Claras II- los propietarios de los consorcios en forma individual o reunidos en asamblea pueden decidir recibir la documentación en formato papel, aunque la información contenida de las liquidaciones y los recibos se deben ajustar a los modelos únicos que estableció la disposición.

Finalmente, la nueva norma fue publicada en el Boletín Oficial el 4 de abril, el mismo día que Víctor Santa María, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), y Horacio Rodríguez Larreta, jefe de Gabinete del Gobierno porteño, realizaron su lanzamiento en el SERACARH. [BPN Nº 518 del 11/02/14: " La Disposición 856"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


 

Administración Bernetti

RPA CABA Nº 1188

Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo.

Operaciones inmobiliarias

Cabildo 2040 8º "E"

(C1428AAP) CABA

Tel/Fax: 4780-5959

E-mail: info@admbernetti.com.ar

Contadora Pública (UBA)

 AUDITORÍA DE EXPENSAS 

Seguimientos anuales

Control de gestión

  

Av. de los Incas 3295 - 3º "21"

C1426ELC - CABA

Tel/Fax: 4553-6094

4552-9692

E-mail: vivianagrin@gmail.com

Efemérides consorciales: El 29 de abril de 2009, el Honorable Consejo Deliberante del Partido de Gral. Pueyrredón le otorgó a la por entonces Unión de Consorcistas de la República Argentina Mar del Plata (UCRAMDP) la distinción al "Servicio Solidario" por el compromiso, perseverancia en la consecución de los objetivos de la institución, dedicación y esfuerzo puestos al servicio de la comunidad. 


La página de Víctor Santa María en Facebook, una de las dos fuentes relevadas.

La página de Víctor Santa María en Facebook, una de las dos fuentes relevadas.

Paritarias 2014

En Facebook, sólo en 19% le reclamó al SUTERH por aumentos

[BPN-25/04/14] En los últimos días -en el marco de las negociaciones paritarias nacionales- sólo un 19% de los trabajadores de edificios le reclamaron a Víctor Santa María, titular del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), un aumento de salarios por Facebook mediante su cuenta personal y la institucional del gremio. La mayoría -poco más del 28% de los comentarios que volcaron en sus cuentas de la red social- fue sobre sus cursos, sus eventos culturales o la ayuda escolar.

Pequeñas Noticias hizo un relevamiento de ambas cuentas desde el 11 al 17 de abril, inclusive. Por un lado, este medio revisó la de Santa María [vínculo] y por otro la del SUTERH [vínculo], donde los seguidores expresaron sus reclamos, deseos, observaciones y felicitaciones.

Teniendo en cuenta ambas cuentas, de los 221 comentarios plasmados por distintitos seguidores en los días analizados, un 28,51% corresponde a actividades sindicales[1], un 25,79% a consultas respecto a los días laborales en Semana Santa, un 19,46% a reclamos paritarios, un 7,24% presentó quejas respecto a la obra social del gremio, un 6,79% consistió en halagos, felicitaciones y demostraciones de apoyo hacia el titular del sindicato, y un 12,22% correspondió a temas no relacionados con la actividad gremial.

Es de destacar que si se suman los comentarios relativos a las actividades gremiales incluidas las felicitaciones se llega a un 61,09% mientras que los reclamos por paritarias y la obra social llega al 26,7% del total estudiado. En estos últimos subtotales no se tomó en cuenta el porcentaje de comentarios que tratan sobre temas no específicos a la actividad gremial o política.

Si se retiran las preguntas o comentarios sobre el feriado de Semana Santa del total relevado el porcentaje de reclamos por el tema de paritarias llega a un 26,22%.

Reclamos salariales

Respecto a las paritarias, el 11 de abril Carlos pidió: "pónganse las pilas y arreglen un buen aumento ¡¡¡y en pocas cuotas!!! ¡¡Estamos cansados!!", y ese mismo día Leonardo expresó: "señor Víctor Santa María, lo felicito por llegar donde usted quería, a la presidencia del PJ Capital. Bueno, ¿puede ser que ahora se ocupe de nuestras paritaria? ya que nosotros lo votamos para que cumpla la función de representarnos en una lucha justa".

En esta línea, al día siguiente Damián comentó: "Santa María: cuando sean las paritarias de información a los afiliados al sindicato, no las manejes en silencio sin nuestra opinión, para eso aportamos al sindicato y somos quienes trabajamos. Que este año no sea como el anterior que no supimos nada y firmó por 18 meses sin consultarnos".

El 16 de abril, mientras que por una parte Froilan Antonio publicó: "los encargados no queremos menos que los demás. Nosotros no queremos tanto, solo para vivir bien. Esperamos que no sea menos del 30%. Un abrazo.", por otra, Mariana opinó: "estamos a mitad de abril y de las paritarias no se sabe nada", y Walter reclamó: "todos los gremios cerraron menos el nuestro...".

Ese mismo día, Elsa manifestó: "Sr. Santa María: estamos esperando el aumento de los salarios que según Ud. estaba peleando por nosotros porque ya estamos cerca de fin de mes y no hay novedades. Haga algo por favor. Ya no nos alcanza la plata para llegar a fin de mes. Espero que el porcentaje este acorde a los demás gremios que ya han firmado. ¡Juéguese alguna vez por sus afiliados! ¡¡¡Muchas gracias y felices pascuas!!!".

Felicitaciones

Asimismo, en el ámbito de las felicitaciones y agradecimientos,  el 11 de abril Miguel comentó: "estoy orgulloso de haber podido realizar 14 cursos con 3 matriculaciones y Título de Trabajador Integral de Edificios desde el 2001. Gracias Pepe, Gracias Víctor, Gracias SUTERH" y Pedro expresó que "estimado compañero lo saludo y le deseo éxitos en su nuevo cargo al frente del PJ ciudad".

En este contexto, el 17 de abril María Stella comentó: "estimado Víctor, me acerco por este medio a Ud., infatigable luchador por los derechos de los compañeros encargados, ayudantes, etc., de consorcios, para desearle a Ud. y a su familia ¡Felices Pascuas! De una administradora que lo admira, lo respeta y además está agradecida por sus intervenciones a favor de los más necesitados"Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] Comentarios sobre los cursos, eventos culturales o ayuda escolar que brinda la entidad.


 INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIOS

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

DISPOSICIÓN 415/DGDYPC/2011 - Nº DE REGISTRO 2439

Mantenimiento de extintores con Certificación IRAM 3517


instalaciones@prevind.com.ar

www.prevind.com.ar

Línea Gratuita: 0810-666-8908


Efemérides consorciales: El 29 de abril de 2011, el Dr. Eduardo Awad aseguró que "el 95% de los administradores son malos" y cuestionó duramente al Poder Ejecutivo porteño por las últimas disposiciones sobre el tema consorcios y lo responsabilizó del aumento en las expensas. 


A pesar a que su "sistema" Mis Expensas afectará a un tercio de la población porteña, Larreta no hizo mención al mismo ni en su Web, ni en las redes sociales.

A pesar a que su "sistema" Mis Expensas afectará a un tercio de la población porteña, Larreta no hizo mención al mismo ni en su Web, ni en las redes sociales.

Redes Sociales

Sólo Santa María difundió Mis Expensas

[BPN-25/04/14] Horacio Rodríguez Larreta, jefe de Gabinete del Gobierno de la CABA, no difundió ni en su sitio Web oficial, ni por Facebook ni por Twitter la presentación de su tercera versión de Expensas Claras al que rebautizó "Mis Expensas". Víctor Santa María, titular del SUTERH[1], lo hizo 3 días después, en el sitio Web oficial de la entidad gremial que preside, en cuatro oportunidades por su cuenta en Twitter y en una por la oficial del SUTERH en Facebook.

Es de recordar que el viernes 4 de abril, ambos dirigentes anunciaron en el SERACARH[2] "Mis Expensas" [BPN Nº 518 del 11/04/14: "Bajo el nombre ‘Mis Expensas’ se presentó ‘Expensas Claras III’"].

Horacio Larreta

Pequeñas Noticias relevó el Twitter [vínculo], la página oficial de Facebook [vínculo] y el sitio Web oficial [vínculo] de Horacio Rodríguez Larreta, desde el 2 de abril, dos día antes de la presentación del programa, hasta el 20 de abril y no encontró ninguna mención por parte del funcionario respecto a la presentación.

Twitter: Sin embargo, entre otras cuestiones, en su Twitter el 2 de abril a las 8:06 hs Larreta hizo referencia a la Guerra de Malvinas, al día siguiente, al mediodía, repudió el ataque al expresidente de Racing, Juan Destéfano, y el 4 de abril a las 14:19 hs. hizo alusión a unas palabras del Papa Francisco quien había dicho que "los jóvenes políticos hablan con una nueva música".

Durante el fin de semana se llamó al silencio y el lunes 7 a las 7:00 hs dio algunos consejos frente a las lluvias, comentó que en la semana iba a visitar los barrios de Monserrat, Recoleta y Villa Riachuelo para charlar con los vecinos y al día siguiente, a las 11:58 hs manifestó su admiración hacia Susana Trimarco. Sin embargo, durante esos días y hasta el 20 de abril no hizo referencia al nuevo modelo de liquidación de expensas.

Web: Por otra parte, en la sección "Noticias" de su sitio Web oficial Larreta informó que, por ejemplo, el 4 de abril el gobierno porteño sumó nuevos agentes al Cuerpo de Control de Tránsito, el 7 de abril publicó que celebró el Día Mundial de la Salud en las Estaciones Saludables junto a María Eugenia Vidal, vicejefa de Gobierno de la CABA y el 14 anunció que inauguró un nuevo Destacamento de la Policía Metropolitana, entre otras noticias. Sin embargo, tampoco hizo referencia a "Mis Expensas" en esta red social.

Facebook: Las noticias nombradas también fueron replicadas en su cuenta de Facebook donde además el funcionario del PRO el 2 de abril homenajeó a los héroes de Malvinas, el 6 de abril anunció la instalación de 91 mil lámparas LED, y el 9 de abril hizo una reflexión respecto al paro de Moyano. En concordancia con su Twitter y su Sitio Web, el Jefe de Gabinete pasó por alto tanto el nuevo modelo de liquidación de expensas como el acto de presentación del mismo en el SERACARH.

SUTERH

Web: El 7 de abril a las 10:21 el SUTERH publicó una nota en su sitio Web titulada "Nuevo modelo de expensas en la Ciudad" [vínculo] en la cual se hizo eco de la presentación de "Mis Expensas". La nota fue compartida ese mismo día en la cuenta de Twitter [vínculo] y de Facebook [vínculo] del sindicato.

Víctor Santa María

Twitter: Por su parte, Víctor Santa María, en su cuenta de Twitter [vinculo] el 7 de abril retwiteó –es decir, que compartió para sus seguidores- una publicación del SUTERH que hacía pública una nota alusiva al tema. Ese mismo día a las 10:50 hs el dirigente gremial, twiteó: "El nuevo modelo de expensas, lo que busca es ayudar a los propietarios e inquilinos", y "arrobó" a 3 seguidores. Posteriormente publicó dos twits, también mencionando a estas 3 cuentas, que detallaban: "La idea es que tengan una herramienta más de control de los gastos del edificio, por lo tanto, no paguen ni un peso de más".

Finalmente, al día siguiente, a las 9:44 hs. Santa María compartió el enlace de la nota del SUTERH junto con la frase "un nuevo modelo de expensas que va a ayudar a generar cuentas y liquidaciones más claras"Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal.

[2] Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal.


LA HERRAMIENTA EXACTA

Para difundir sus productos o servicios, Ud. necesita utilizar el medio que le garantice la mayor amplitud y profundidad.

Pequeñas Noticias es la herramienta exacta para hacer llegar su mensaje a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad consorcial.


Anunciantes: (11) 3526-1806 de 10 a 17 hs.

Asesoramiento y equipamiento para la seguridad

MATAFUEGOS

DICAR SRL

AL SERVICIO DE LA SEGURIDAD

Precios especiales a consorcios y empresas

Sello IRAM propio y Certificación D.P.S.

Líneas Rotativas/Fax: 4639-4942

matafuegosdicar@infovia.com.ar

www.matafuegosdicar.com.ar


Efemérides consorciales: El 29 de abril de 2008, dos asesores de diputados nacionales de la Coalición Cívica se reunieron con entidades de consorcistas para tratar la modificación de la Ley 13.512 y conocer cuáles son sus propuestas. 


Sede de la AFIP frente a Plaza de Mayo.

Sede de la AFIP frente a Plaza de Mayo.

Régimen Informativo de Pago de Expensas

Masiva cantidad de intimaciones

[BPN-25/04/14] El 25 de abril, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) alertó a sus asociados que es obligatorio cumplir con la Resolución 3.369 de la AFIP que impuso el Régimen Informativo de Pago de Expensas.

La comunicación fue motivada por la masiva cantidad de "fiscalizaciones electrónicas" que la AFIP ha estado enviando en los últimos días a gran cantidad de consorcios y administradores, referidas a verificar el correcto cumplimiento de dicho régimen.

La circular llevó el número 37 y fue firmada por el Cr. Pablo A. Schwarz, asesor contable impositivo de la entidad.

Recomendaciones

Schwarz sugirió:

1.- Verificar en cada uno de los consorcios que se recibió la fiscalización si desde julio de 2012 a agosto de 2013 (período investigado por el fisco) concurrieron simultáneamente las condiciones indicadas en el punto B (más de 100 m2 y más de $ 2.000).

2.- En caso de NO haberse verificado la concurrencia de ambas condiciones simultáneamente, el consorcio no se encontró obligado a cumplir con el Régimen, por lo que se deberá responder la fiscalización electrónica indicando esta situación. Se deberán adjuntar además las liquidaciones de expensas de los últimos seis meses a los efectos de que AFIP pueda validar que realmente el consorcio no estaba obligado a cumplir con el mismo.

3.- En caso de haberse verificado tal concurrencia y haber cumplimentado en tiempo y forma con el Régimen, deberá contestar la fiscalización electrónica informando que se han presentado las Declaraciones Juradas correspondientes. Se deberán adjuntar copia de las mismas como así también de los acuses de recibo de cada una.

4.- En caso de haberse verificado tal concurrencia y NO haber cumplimentado en tiempo y forma, sugerimos primero realizar las presentaciones mensuales del Régimen para cada uno de los meses y recién luego responder la fiscalización electrónica. En el caso de no poder recopilar todos los datos para la fecha de vencimiento de la fiscalización, existe la posibilidad de pedir una prórroga.

5.- Si bien esta tanda de fiscalizaciones indaga el cumplimiento hasta agosto de 2013, sugerimos verificar si hasta a la fecha de hoy existió o no obligación de cumplir.

Qué se debe hacer

La Cámara informó el procedimiento para cumplimentar con la fiscalización: "se deberá ingresar con CUIT y Clave Fiscal del administrador a la página de la AFIP y seleccionar la opción "fiscalización electrónica". (En caso de nunca haber utilizado esta aplicación, se la deberá descargar previamente desde la aplicación "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal"). Una vez dentro habrá que indicar el número de la fiscalización. Este figura en la notificación escrita que cada consorcio o administrador recibió. Una vez dentro del sistema, se podrá visualizar el cuestionario. Allí estarán disponibles las opciones para contestarlo, adjuntar documentación y pedir prórroga. También se podrá visualizar la fecha de vencimiento para contestar el cuestionario".

Quién está comprendido

El Régimen Informativo de Pago Expensas obliga a brindar ciertos datos respecto de aquellas unidades cuya superficie supere los 100 m2 y el monto de expensas mensual supere los $2.000 en el caso de propiedad horizontal; en tanto que para el caso de countries, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados o barrios privados se deberá verificar una superficie mayor a 400 m2, y que a su vez abone más de $ 2.000 mensuales de expensas.

La CAPHyAI recordó que "en la circular Nº 62 del año 2012, se informó a los asociados sobre la obligatoriedad de cumplir con tal resolución a partir de julio de 2012, considerando que la responsabilidad del informante pasa a ser el consorcio el responsable sobre los edificios de propiedad horizontal y en el caso de countries, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados o barrios privados y todo tipo de complejo urbanístico se mantiene la responsabilidad del administrador de cumplir con la información".


Administración Molina

Atención de urgencias las 24 hs.

Viamonte 1.355 3º "D"

CABA

Teléfono: 5354-0647/4503-3684

administracion@consorciosmolina.com.ar

Asociación Civil de Administradores de Consorcios de P.H. – AIPH

"En la búsqueda de la jerarquización de la profesión"

Necesitamos su apoyo y lo invitamos a sumarse a nuestro proyecto. Participando es la manera de comenzar a gestar un cambio. 


Nuestros contactos: info@aiph.com.ar o info.aiph09@gmail.com / 4781-5585/ 8234
www.aiph.com.ar


Efemérides consorciales: El 3 de mayo de 2006, la Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata (APROPHMAR) recibió una amenaza de bomba mientras realizaba una charla con consorcistas en la biblioteca municipal de esa ciudad. 


www.mercadolibre.com.ar

www.mercadolibre.com.ar

Expansión del mercado inmobiliario online

Mercado Libre compró dos sitios inmobiliarios

[BPN-25/04/14] El 10 de abril, Mercado Libre, la empresa argentina de comercio online más grande de Latinoamérica, anunció la compra de Portalinmobliario.com [vínculo] en Chile y su filial mexicana Guiadinmuebles.com [vínculo]; dos sitios Web que permiten buscar y publicar avisos de venta y alquiler de propiedades. Con esta nueva adquisición, Mercado Libre intenta crecer estratégicamente en el mercado inmobiliario de la región.

"Tanto Chile como México son mercados estratégicos para el crecimiento de la región y con esta operación reforzamos nuestro interés en evolucionar y desarrollarnos más dentro del negocio de clasificados", explicó mediante un comunicado el vicepresidente de clasificados de la firma, Martín Lawson. "Estamos muy entusiasmados en integrar estos portales líderes a nuestro portfolio. La sinergia con Mercado Libre permitirá ofrecer un producto de alta calidad tecnológica para todos los usuarios chilenos y mexicanos", agregó.

El diálogo entre las empresas inició cuando Portalinmobiliario.com buscaba socios para financiar su plan de expansión por América Latina, el cual lo llevó a posicionarse en México con Guiadinmuebles.com. Las conversaciones para la compra comenzaron hace más de un año, aunque las negociaciones se hicieron más intensas estas últimas tres semanas. Finalmente Mercado Libre compró la totalidad de VMK SA, la empresa dueña de los sitios.

Por su parte, el gerente general de Portalinmobiliario.com y Guiadinmuebles.com, Cristián Maturana, sostuvo: "nos entusiasma continuar el crecimiento de la mano de una empresa líder como Mercado Libre. Sabemos que integrarnos a ellos nos sumará aún más profesionalismo y regionalización en el negocio".

Ambos sitios adquiridos permiten buscar y publicar avisos de venta o alquiler de inmuebles de todo tipo -como casas, departamentos, oficinas, bodegas, parcelas, terrenos en construcción, etc- que pueden ser gratuitos o pagos. La oferta incluye a inmuebles y usuarios de Argentina, Chile, México, Uruguay, Perú, Colombia, Ecuador y Panamá.

A pesar del cambio de dueño, los sitios mantendrán la identidad visual, seguirán bajo la responsabilidad de conducción de sus fundadores y operaran de manera habitual para satisfacer las necesidades de su más de millón de usuarios.

Actualmente, Portalinmobiario.com, que tiene 14 años de vida, es el sitio más importante de búsqueda de propiedades nuevas y usadas en Chile. Hoy en día, en el portal están presentes 2.126 empresas, 5 mil proyectos inmobiliarios y 81.264 propiedades usadas. A modo de ejemplo, sólo en los últimos 30 días se realizaron 212.259 cotizaciones en línea y por mes, el sitio recibe 1,6 millones de visitas.

Por su parte, Mercado Libre –según informó- cuenta con 100 millones de usuarios registrados y tiene más de 21 millones de productos publicados vigentes. En 2013, la empresa registró 83 millones de transacciones por un valor superior a 7.300 millones de dólares. Además, es el octavo sitio de retail con más tráfico del mundo según COMScore y tiene presencia en Estados Unidos, Portugal y en 12 países latinoamericanosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Más de 60 años al servicio de los administradores de propiedad horizontal

Los beneficios de ser socio

Asesórese con los que saben

La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias presta asesoramiento personalizado para un mejor desempeño en la administración de propiedad horizontal.

* Servicios de asesoramiento: Legal, contable e impositivo, notarial y técnico municipal. Entrevistas gratuitas para socios.

* Registro de Administradores Profesionales de Propiedad Horizontal: Creado con el fin de asegurar a los consorcios un desempeño profesional, idóneo y transparente en el ejercicio de la administración.

* Auditorias contables: A bajos costos para consorcios y administradores.

* Actividades: Conferencias, paneles, workshops y desayunos de trabajo sobre temas relacionados al sector.

* Capacitación y desarrollo: Cursos de capacitación y formación.

* Tribunal arbitral para asuntos inmobiliarios: Procedimiento breve, sencillo y económico para cuestiones de propiedad horizontal, contratos de locación y asuntos inmobiliarios en general.

* Alquiler de salones: Para asambleas de propietarios y reuniones de trabajo, entre otras. 

* Biblioteca: La más completa selección de libros, informes y archivo relacionado a la administración y actividades inmobiliarias.

* Comunicación: La revista Propiedad Horizontal es una publicación bimestral en la que encontrará información útil, novedades, noticias del área y entrevistas.

Circulares: Un medio ágil para mantener actualizado a los socios sobre novedades y temas de interés.

Newsletter: Comunicación digital mensual con todas las novedades.

Programa de radio Hablando con Propiedad: Todos los martes de 20 a 21 , se transmite por radio Cultura – FM 97.9 donde se abordan temas relacionados con la propiedad horizontal, que son de interés tanto para administradores como consorcistas.

Perú 570 - Ciudad de Buenos Aires
4331-9968/4342-5128/2232/4345-0010
cámara@caphai.com.ar - www.caphai.com.ar

Filial Zona Norte
Acassusso 267- 1er piso of.9 (San Isidro)
4747-7267

Filial La Plata
Esquina 8, 6to piso of.63
0221-4232723
delegacionlaplata@caphai.com.ar

 

Efemérides: El 25 de abril de 2000, se instauró el Día Mundial de la Propiedad Intelectual.


Congreso de la Nación Argentina.

Congreso de la Nación Argentina.

Congreso de la Nación

Proyecto de modificación de la ley de Locaciones Urbanas

[BPN-25/04/14] El 31 de marzo, los diputados Ana Carolina Gaillard, Lautaro Gervasoni y Jorge Rúben Barreto (FPV) presentaron ante la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para modificar tres artículos de la Ley 23.091 de Locaciones Urbanas con el fin de imponerle algunas restricciones a los contratos entre propietarios e inquilinos. De ser aprobado, prohibirá el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes, los depósitos en concepto de garantía por un importe mayor a un mes de alquiler, el abono del "valor llave" y la solicitud de más de un bien inmueble en garantía, el cual podrá pertenecer a cualquier jurisdicción del país.

El proyecto de ley ya se giró a la comisión Legislación General Vivienda y Ordenamiento Urbano y su número de expediente es 1702-D-2014. Además consta de 4 artículos: el primero modifica al artículo 2º de la Ley 23.091, el segundo modifica su artículo 4º, el tercero modifica al artículo 7º y el cuarto es de forma.

Los anticipos

El proyecto expresa que "no podrá requerirse del locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores de un mes; depósitos de garantía o exigencias asimilables, por cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler del lapso que dure el contrato; el pago del valor llave o equivalente; más de un bien inmueble en garantía por contrato de locación, en los casos en que éstos establezcan como exigencia la constitución de una garantía inmobiliaria. El locador deberá aceptar como garantía inmuebles de cualquier jurisdicción del país."

Asimismo, establece que "la violación de estas disposiciones facultará al locatario a solicitar el reintegro de las sumas anticipadas en exceso, debidamente actualizadas. De requerirse actuaciones judiciales por tal motivo, las costas serán soportadas por el locador".

De acuerdo a los fundamentos planteados por los firmantes "el límite de un mes de alquiler como depósito exigible al locatario, así como la obligatoriedad a cargo de la contraparte de aceptar como garantía inmobiliaria un bien de cualquier parte del país, importan modificaciones que en nada afectan a propietarios o agentes inmobiliarios y representan un acto tanto de justicia como de razonabilidad largamente anhelado por ciudadanos que no pueden ejercer los más elementales derechos".

Los depósitos en garantía

Según la iniciativa "las cantidades entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, deberán serlo en moneda de curso legal. Dichas cantidades serán devueltas al finalizar la locación reajustadas por los mismos índices utilizados durante el transcurso del contrato, de lo contrario el locatario tiene derecho a solicitar la suma debidamente actualizada y si se ve obligado a requerir actuaciones judiciales por tal motivo, las costas serán soportadas por el locador".

"Se ha naturalizado que mientras más vulnerable o inexperto sea el locatario saliente menores posibilidades tenga de recuperar las sumas depositadas al formalizar el contrato", explicaron los legisladores.

Plazos mínimos

De acuerdo a los diputados "el plazo mínimo de las locaciones con destino a vivienda, con o sin muebles, será de dos años. Dicho plazo mínimo será de tres años para los restantes destinos. Los contratos que se celebren por términos menores serán considerados como formulados por los plazos mínimos precedentemente fijados". Además agregaron que "es obligación del locador informar la voluntad de renovación del contrato y el monto del mismo en forma fehaciente y con una antelación de 60 días previo a la fecha de finalización del contrato"

La renovación

Según expresan los fundamentos del proyecto "se incluye la obligación del locador de informar la voluntad de renovación del contrato y el monto del mismo con una antelación no menor a los 60 días, fortaleciendo la previsibilidad de ambas partes y ampliando el margen de acción para procurarse un nuevo inquilino o un nuevo destino".

Las excepciones

Según la iniciativa quedan exceptuadas de cumplir el plazo mínimo legal para las contrataciones a que se refiere el proyecto:

a) Las contrataciones para sedes de embajadas, consulados y organismos internacionales, así como también las destinadas a personal diplomático y consular o pertenecientes a dichos organismos internacionales;

b) Las locaciones de viviendas con muebles que se arrienden, con fines de turismo, en zonas aptas para ese destino. Cuando el plazo del alquiler supere los seis meses, se presumirá que el contrato no es con fines de turismo.

c) Las ocupaciones de espacios o lugares destinados a la guarda de animales, vehículos u otros objetos y los garajes y los espacios que formen parte de un inmueble destinado a vivienda u otros fines que hubieran sido locados, por separado, a los efectos de guarda de animales, vehículos u otros objetos.

d) Las locaciones de puestos en mercados y ferias;

e) Las locaciones en que los Estados nacional o provincial, los municipios o entes autárquicos sean parte como inquilinosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


ASESORAMIENTO Y SERVICIOS PROFESIONALES

Disp.Nº 411/DGDYPC/11 EDIFICIO SEGURO

Disp Nº 415/DGDYPC/11 INST. FIJAS CONTRA INCENDIO

Ley 257 - CONSERVACIÓN DE FACHADAS

Licenciados en Seguridad e Higiene, Ingenieros, Arquitectos, Técnicos graduados en el Gobierno de la Ciudad.

MENORES COSTOS - FINANCIACIÓN TOTAL - CONSULTE

Laprida 1242 - Te: 4827 - 9610/5460 - Ciudad Autónoma de Bs. As.

e-mail:edificioseguroconsultora@gmail.com


Efemérides: El 27 de abril de 1857, se inauguró el Teatro Colón en la intersección de las actuales calles Rivadavia y Reconquista. 


Francisco de Narváez, diputado nacional del bloque Unión Celeste y Blanco por la provincia de Buenos Aires.

Francisco de Narváez, diputado nacional del bloque Unión Celeste y Blanco por la provincia de Buenos Aires.

Reglamentos con fecha de vencimiento

De Narváez vuelve a presentar su proyecto

[BPN-25/04/14] El 3 de abril, el diputado Francisco de Narváez (Unión Celeste y Blanco) volvió a presentar en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para que el reglamento de copropiedad y administración de los consorcios tenga una vigencia máxima de 30 años renovables por otros 30. Según su iniciativa, tras el vencimiento del primer período se debe ratificar o modificar el reglamento de copropiedad del edificio. Su modificación podrá ser posible a pedido de uno solo de los propietarios.

Para lograr este objetivo, su iniciativa propone modificar el artículo 9° de la Ley 13.512. Es de destacar que, al día de hoy, el cumplimiento de esta obligación les costaría a los consorcistas porteños más de 300 millones de pesos.

Este proyecto ya había sido presentado el 26 de abril de 2012 y perdido estado parlamentario [BPN Nº 462 del 23/05/12: "¡¡¡ Santas escrituras, Batman !!!"].

El proyecto

En el artículo 1º de su proyecto de ley, de Narváez propuso que "cumplidos 30 años y a solicitud de al menos uno de los propietarios, el consorcio deberá acordar y redactar un nuevo reglamento de copropiedad y administración de acuerdo a la realidad del edificio y a la zona donde se encuentre emplazado". Además estableció que "todo nuevo reglamento, modificación o ratificación del original, deberá consignarse en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad". 

Por último, este artículo le agrega un quinto requerimiento a los cuatro obligatorios que ya preveía la Ley 13.512 para los reglamentos de copropiedad y establece que en ellos se deberá estipular su "período de vigencia".

De no cumplirse con la normativa, la autoridad municipal podrá aplicar multas y ésta o cualquier propietario podrá solicitar la intervención de la justicia para regularizar la situación.

Si bien este proyecto de ley en su primer presentación había sido firmado por los diputados nacionales por el Frente Peronista, Francisco de Narváez, Alfredo Néstor Atanasof, Natalia Gambaro y Gustavo Alfredo Horacio Ferrari; ahora la representación fue firmada solamente por de Narváez.

El proyecto que tiene 3 artículos, de los cuales uno es de forma, recibió el Nº de expediente 1800-D-2014 y ya fue girado a las comisiones de Legislación General y Vivienda y Ordenamiento Urbano.

¿Cuánto costaría?

Al día de hoy, la modificación del reglamento de copropiedad le costaría 367.838.410 pesos a los consorcistas porteños. Este número surge a partir de la actualización de un cálculo realizado por Pequeñas Noticias en mayo de 2012. Por ese entonces se había estimado que su costo a los consorcistas de la CABA rondaba los 203.665.836 pesos.

En aquel momento, 23 de mayo de 2012, el valor del dólar oficial promediaba los $4,435 y al momento de redactar esta nota, 22 de abril de 2014, el valor promedio del dólar oficial estaba en $8,01. La diferencia del valor del dólar entre las dos fechas (23 meses) arrojó un incremento del 81% para ese período. Aplicando ese incremento al valor anterior arrojó como resultado que al día de hoy el proyecto del diputado por Unión Celeste y Blanco costaría a los propietarios porteños poco más de 300 millones de pesos [BPN Nº 462 del 23/05/12: "El proyecto De Narváez costaría a los consorcistas porteños más de 200 millones"].

Por último, cabe destacar que si bien el proyecto rige a nivel nacional, a causa de la falta de datos oficiales, este medio circunscribió sus cálculos sólo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los fundamentos

Lo único nuevo que aclaró en los fundamentos de esta nueva versión de su proyecto fue que "es una representación de aquel de autoría de la diputada Natalia Gambaro que, tramitó por Expte. 2560-D-2012" y mencionó a los firmantes de la primera presentaciónEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Seguridad en administración

Administración Staino SA

Trabajamos basándonos en antiguas experiencias y modernas técnicas para satisfacer a nuestros clientes.

Av. Callao 194, 3º Of. 8 | CABA - TEL/FAX: (11) 4372-1372 y ROTATIVAS | FERNANDO@ADMSTAINO.COM.AR | WWW.ADMSTAINO.COM.AR


Efemérides: El 28 de abril de 2003, se instauró el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo.


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Abril/14

Sin novedades para abril

[BPN-25/04/14] Los recibos de haberes del mes de abril no tendrán ninguna modificación ni agregado en relación a los del mes anterior. La escala salarial vigente es la de Marzo/2014 que surgió de la Resolución 637/2013, publicada el 6 de junio pasado en el Boletín Oficial (BO), y que refleja el último escalón de los aumentos logrados por el sector: un 7% con respecto a la escala anterior de Diciembre de 2013.

Con respecto a las paritarias, todavía no hay novedades firmes y habrá que esperar el curso de las negociaciones entre los intereses del sindicato y las cámaras que hasta ahora discuten tanto las cláusulas salariales como las relaciones con el convenio.

Si bien el feriado del 1º de Mayo, Día del Trabajador, corresponde al siguiente mes, está muy próximo en el tiempo y tiene la particularidad de estar acompañado por otro, el del 2 de mayo que fue sancionado como Puente Turístico por el Decreto 1768/2013, publicado el 7 de noviembre de 2013 en el Boletín Oficial.

Abril 2014

1)

Escala salarial vigente

(Res 637/2013 BO 06/06/2013)

Marzo 2014

3)

FATERYH

(Res 637/2013 BO 06/06/2013 - CCT 589/10 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

3% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 3/2013 BO 29/07/13)

A partir del 1/08/13 $ 3300 por mes y $ 16,50 por hora

A partir del 1/01/14 $ 3600 por mes y $ 18,00 por hora

6)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de abril (2)

Miércoles 2 por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas y Viernes 18 por el Viernes Santo.

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

10)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS.

11)

Curso SERACARH 2014

A partir del mes de marzo de 2014 se puede imprimir la boleta para el curso de los encargados cuando se confeccionan las boletas de Suterh y Fateryh con el aplicativo Si. Ca. y C. (Sistema de control de Aportes y Contribuciones en la propiedad horizontal)

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


AVISOS CLASIFICADOS

EMPLEO - OFRECIDO

ASISTENTE DE ADMINISTRADOR DE CONSORCIOS: Me postulo para trabajo administrativo preferentemente zona sur. Busco adquirir experiencia en administración de consorcios ya que estoy recibida del curso. Tengo experiencia en el rubro inmobiliario, dentro y fuera de la oficina - Nombre: Erica Schluter - Teléfono: (02224) 42-0262 - E-mail: erica.schluter@yahoo.com

ADMINISTRATIVO PARA ADMINISTRACIÓN: Me postulo para trabajo administrativo part- time por la mañana. Tengo experiencia en el rubro, dentro y fuera de la oficina. Soltero, estudiante de Derecho - Nombre: Pablo Adrián Isasmendi - Teléfono: (15) 5823-5200 - E-mail: pablo_bht@yahoo.com.ar  

ENCARGADO / SUPLENTE: Tengo experiencia en portería y buenas referencias – Nombre: Guillermo Enrique Suhurt - Teléfono: 3526-1806 - E-mail: empleos.ofrecidos@pequenasnoticas.com.ar

AYUDANTE MEDIA JORNADA: Quiero trabajar como ayudante media jornada. Preferentemente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Poseo experiencia como trabajador de edificios. Actualmente soy suplente los fines de semana y feriados y realizo suplencias para varias administraciones - Nombre: Rafael Alberto Baldovino - Celular: (15) 6032-7056 - E-mail: trabajadoredificios@gmail.com

ADMINISTRATIVA PARA ADMINISTRACIÓN: Jubilada reciente, 61 años. Con experiencia en facturación, gestión de cobranzas, manejo de agenda, correspondencia, archivo, pago proveedores, atención teléfonos, conciliaciones bancarias, tareas generales. Estudios terciarios en sistemas y de administración de consorcios (GCBA, duración 1 año), Inglés nivel medio y buen manejo de paquete Office. Proactiva y capacidad organizativa. Disponibilidad inmediata part-time (5 ó 6 horas) preferentemente por la mañana – Nombre: Patricia Gaffuri - Teléfono: 4371-6801 - Email: abuelainterneti@gmail.com

ADMINISTRATIVA/RECEPCIONISTA: Me postulo para un puesto como administrativa part time, soy perito mercantil, idioma ingles intermedio, estudiante en primer año de abogacía. Tengo experiencia comprobable en estudio contable como administrativa y administración de consorcios realizando tareas administrativas en general y cadetería - Nombre: Aldana Lazzaro - Móvil: (15) 3112-3019 - Email: lglazzaro@hotmail.com


Efemérides: El 29 de abril de 1926, se instauró el Día del Animal.


Correo de Opinión

No se a dónde quieren llegar por el Adm. Alfredo R. Ruiz

Todo esto de Mis Expensas es muy “loable” aunque la gente no lee los papeles que se le entregan mes a mes (prueba de ello es que muchos me llaman durante el mes para preguntarme cuánto es lo que deben abonar).

Todo ya está muy claro. No hay un misterio en esto. Se informa los gastos mensuales con su proveedor, su razón social, Nº de factura, CUIT y el concepto del gasto. 

En cuanto al costo, sí, se incrementa ya que hasta el momento las liquidaciones las confecciono yo en mi oficina y si el GCBA no me puede proveer de un programa para hacerlo -según sus nuevos formatos obligatorios- me veré en la imperativa necesidad de contratar un proveedor que lo haga, lo que tiene un costo que no es menor. 

En cuanto al envío por formato digital es una utopía. Demás está decir que la mayoría de los propietarios no posee email y mucho menos están interesados en este tipo de comunicaciones.

Sinceramente no se a dónde quieren llegar con estas modificaciones.

Cordiales saludosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Adm. Alfredo R. Ruiz

(15/04/2014)


Sr. Administrador


Nuevo "LIBRO DE DATOS 2014 - DGDyPC - GCBA


- Adquiera los libros con su respectiva oblea del GCABA y rubricados por el RPA, en forma ágil.
Precios especiales para Socios.
Contáctese con nosotros.

Dada la proximidad de publicarse la Disposición y para agilizar la obtención de los mismos, les recomendamos efectuar la reserva correspondiente enviando un mail con los datos de la administración, número de RPA y nombre de los consorcios afectados a eleonorarosso@caphai.com.ar.


Tenemos también el LIBRO DE REGISTRO DE FIRMAS DE COPROPIETARIOS

CAJAS METÁLICAS Y DE MADERA para guardar los libros en los Consorcios

Adquiéralos en nuestras oficinas, enviando previamente un mail con todos sus datos incluyendo los edificios y las cantidades de unidades funcionales. a camara@caphai.com.ar

  

CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS.

Perú 570 - Ciudad Autónoma de Bs.As. - Tel: 4331-9968 / 4345-0010 / 4342-2232

www.caphai.com.ar


Efemérides: El 30 de abril de 2011, falleció el ensayista y novelista Ernesto Sábato.


Raúl Enrique Guinzburg.

Raúl Enrique Guinzburg.

Correo de Opinión

Popurrí consorcial por el Sr. Raúl Guinzburg

En el último Boletín de Pequeñas Noticias nos encontramos con distintas informaciones sobre la sociedad consorcial que hacen al diario trajín de los consorcistas y tienen carácter de “misceláneas”.

1.- En efecto, una de ellas trata de la asignación de un nuevo monto fijo de hasta $2.000 en las paritarias de este año para todos los encargados de edificios de renta y propiedad horizontal, sugerido por Victor Santa María. titular del SUTERH.

Esta es una nueva, agraviante y maliciosa medida que –una vez más- atenta contra la economía y aún autonomía de la sociedad consorcial, máxime que la misma se trataría con las entidades de administradores que -como lo hemos repetido hasta el cansancio- no representan a nuestro colectivo. Y esta medida representaría aparentemente un 34% de aumento de lo pactado en marzo del corriente año.

2.- Seguimos siendo la “caja” del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. A la perversa Disposición 1698/12 de la Direcciòn General de Defensa y Protección al Consumidor en el que se imponía la obligación de que los encargados de edificios realizaran un curso de capacitación "sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios", en forma anual y que coercitivamente el Registro Público de Administradores exige a los mismos para seguir registrados, mediante el recibo de pago por cada empleado. No sólo eso sino que ello afecta las exprensas y reiteradamente la economía de los consorcios. Si agregamos que se aumenta de $500 a $700 por trabajador, saquen sus conclusiones.

3.- La Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio por Resoluciòn N.° 595/SSTR/14 en la que “establécese que la carga de contenido de la información requerida por el Registro de Empleadores Online correspondiente al ejercicio fiscal 2013, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de Marzo y el 31 de Mayo de 2014. Artículo 2º. Establécese que, a fin de la inscripción en el Registro de Empleadores, los consorcios de propietarios deberán contar con una dirección de correo propia”.

Realmente y como propietario no puedo entender esta medida que la considero completamente banal y fascista ¿Cuál es el problema que el Registro de Empleadores, cuya información debe ser a cargo de los administradores ya que son los que manejan a todos los servicios y afines, lo hagan con su propio correo electrónico?

4.- Mi beneplácito por el proyecto de la Dra. Susana Echazarreta, el Dr. Jorge Resqui Pizarro, coordinador de ReDeCo y el Sr. Luis García Conde en relación a una ley que impondría a los consorcios en forma anual (tal como se hace para la reelección o remoción de los administradores), una entidad que los represente en la defensa y protección de sus intereses generales por medio de la creación de un Registro de Asociaciones de Consorcistas (RAC) -igual al Registro de Administradores- lo que pondría en igualdad de oportunidades a nuestro colectivo. Lo que quizás no me satisface mucho es el hecho de que este registro esté bajo la órbita de Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteño, que hasta ahora ha demostrado estar en contra de la sociedad consorcial con sus resoluciones y por supuesto, no ser imparcial.

5.- Es también loable otro proyecto que propone el Dr. Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH (Asociación Propietarios Inmuebles en Propiedad Horizontal) en el sentido de votar una entidad de consorcistas que los represente y el reconocimiento expreso por el poder ejecutivo no solo porteño sino nacional –por lo menos así lo deseo yo- (a través del Ministerio de Trabajo de la Nación si correpondiere) y el poder legislativo de la CABA. ,a la hora de tomar decisiones sobre los consorcios. Ello acabaría, según sus dichos “terminar con la usurpación - que a través de los años- han venido realizando las corporaciones de administradores y sindicatos, que han llevado a nuestros edificios a una degradación y condiciones inaceptables de mantenimiento, al pago de expensas desmesuradas ya inalcanzables para una gran mayoría".

Esperemos que muchas de esas manifestaciones a favor de nuestra sociedad puedan prosperar para evitar la constante imposiciones, no sólo financieras o económicas sino administrativas que no hacen más que crear caos y atentan, en muchísimos casos, contra la calidad de vida de los ciudadanos de la Ciudad de Buenos AiresEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Raúl E. Guinzburg

(14/04/2014)


¡¡¡ IMPORTANTES BENEFICIOS PARA ALUMNOS... CONSULTE !!!


Curso/taller de

Administración de Consorcios


Actualización Ley 941

(Renovación anual - Modalidad virtual)


Autorizado por la Disposición 2145 (BO: 21/11/2012)

Para más información mandar un e-mail a cursoley941@pequenasnoticias.com.ar


ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL

RPA 6807/CABA • CUIT: 20-12277274-9

CABA y Provincia de Buenos Aires.

ZONA NORTE: San Martín y Vicente López (Florida, Olivos, Villa Martelli, Munro).

www.administracion.milnueve84.com.ar | Socio AIPH A045


Efemérides: El 1 de mayo de 1889, se instauró el Día Internacional del Trabajador. 


Correo de Opinión

Sobre "Dejen de lado su ego y creen una verdadera defensa..." por la Sra. Susana Pérez García

Estoy de acuerdo con el Sr. Vera en su opinión sobre propuestas que no funcionan. Por otra parte, parecen ignorar que hay consorcios donde no se convocan asambleas y la anual, si la concretan, no responde en absoluto a lo que exige la ley y el reglamento de copropiedad y tengo prueba de más de un caso. También tengo pruebas de decisiones tomadas en asamblea que no se han cumplido, o casos en que se exige para convocar una asamblea extraordinaria un número imposible de lograr, según el reglamento de copropiedad. La solución propuesta ha sido siempre "denuncie". Pero quienes lo hicieron y presentaron sus pruebas que fueron aceptadas ante la autoridad, que en su momento fue el Registro Público de Administradores, no obtuvieron resultados, lo que generó impunidad.

Este comentario viene al caso porque entonces, si hay tantos casos en los que no se cumplen las leyes "básicas" que rigen la copropiedad horizontal y ni siquiera la autoridad competente ha podido actuar para que suceda, pretender que se convoque a una asamblea para decidir qué institución nos puede representar en las paritarias es absolutamente utópico porque además, puedo afirmar que la mayoría las desconoce. Y estas instituciones, que actúan cada una por su lado, no funcionan y como bien se menciona, quienes las dirigen son quienes deberían reunirse en una sola institución para lograr la "unión que hace la fuerza", tan necesaria para lograr el objetivo buscado. Pero no... pasa el tiempo y sigue todo igual, cada institución por su lado y si alguno tiene la buena intención de proponerlo, no es aceptado por los demás.

Lo lamentable es que estas personas que dirigen estas instituciones y que cuentan con el conocimiento, la voluntad y real vocación, tienen el mismo objetivo y todas coinciden en un tema fundamental: "tenemos derecho a participar en las paritarias y no podemos seguir siendo representados por quienes nada tienen que ver con la defensa de nuestros bastardeados derechos". Pero también es lamentable que en algunos casos -no en todos- la inclinación en ejercer cierto poder les impide "renunciar" uniéndose a los demás.

Hay varias entidades (he participado ya en dos) que nuclea a un reducido grupo de copropietarios que generalmente asisten para averigüar sobre un problema puntual que los aqueja y creer que van a asistir o que algún copropietario asista para decidir qué institución los puede representar es desconocer esta realidad. Doy fe, hay una indiferencia casi patética en los habitantes de consorcios que tampoco conocen ni se preocupan en conocer cuáles son sus derechos pero protestan cuando algo los afecta personalmente.

Es la experiencia constante que he tenido desde que vivo en Buenos Aires en edificios de propiedad horizontal, por lo que me atrevo a afirmar que la única forma es que quienes representan estas instituciones se unan de una vez por todas y nos representen ellos mismos, por lo menos al comienzo de este cambio tan necesario. Porque esperar convocatoria a asambleas, elección de quien represente a cada consorcio es casi una misión imposible ¿Será también mi propuesta una utopía? Yo al menos, elegiría a cada uno de ellos para que nos representen en las paritariasEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Susana Pérez García

(18/04/2014)


Efemerides: El 2 de mayo de 1956, comenzó a funcionar la Universidad del Salvador.


Rincón Solidario

Dra. Diana SevitzContesta la Dra. Diana Sevitz

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Tiene deteriorado todo el techo de tejas

Soy el propietario de un local comercial.

El consorcio está formado por 3 unidades 2 locales en planta baja y un solo departamento en la planta alta que es la unidad funcional Nº 3, la cual tiene deteriorado todo el techo de tejas.

La consulta es: en el reglamento se expresa que el propietario de la unidad funcional Nº 3 tendrá derecho a su exclusivo costo, a construir un segundo piso sobre la unidad Nº 3 en el total del polígono 01-01 (unidad funcional Nº 3) corriendo por su cuenta todos los gastos de modificación de planos y reglamento.

El segundo piso nunca se hizo y en la actualidad quiere que los 3 propietarios paguemos el arreglo del techo de la unidad funcional Nº 3 ¿nos corresponde o no por haberse reservado el derecho de construir un segundo piso usando el espacio común?

Agradezco su colaboración para aclarar el tema.

Ricardo

(14/04/2014)

Estimado Ricardo:

En materia de propiedad horizontal debe distinguirse la azotea o terraza del techo: este último es la parte superior de un edificio que lo cubre, mientras que la primera es la cubierta llana de un edificio dispuesta para andar por ella.

Al respecto y a los fines de aclarar un poco más lo referido precedentemente adjunto jurisprudencia aplicable al caso en análisis.

PROPIEDAD HORIZONTAL. Daños en las unidades.

Debe distinguirse la azotea o terraza del techo. Este último es la parte superior de un edificio que lo cubre, mientras que la primera es la cubierta llana de un edificio dispuesta para andar por ella. O sea, que se trata de una superficie sobre el techo, accesible al uso. Es así, que esta parte, como unidad independiente en caso excepcional, o como complementaria de algún departamento, puede ser privativa. En estos casos, la conservación del techo, es decir, la estructura del subsuelo de la terraza, estará a cargo de la comunidad, no así la conservación y reparaciones superficiales, que serán por cuenta del propietario (conf. "Derechos Reales", vol. 4: "Propiedad horizontal y Prehorizontalidad", pág. 82 nro. 102).

Indudablemente es el consorcio quién debe hacer todas las reparaciones que fueren menester para conservar esa terraza, patio, balcón o techo etc., ya que todos los planos horizontales o verticales que cierran el edificio son cosas comunes.

A continuación lo que opina la jurisprudencia con referencia al tema consultado:

"Todos los planos horizontales y verticales que forman el edificio en sí mismo y que dividen pisos y departamentos son comunes;tales las estructuras, los muros, los techos, la losas, el terreno, etc.Lo propio es sólo un cubo de aire delimitado por estos planos horizontales y verticales comunes, y todo lo que está adentro de ese espacio (Cám Nac Civil sala L 17/7/1992 Consorcio Carlos Calvo 2251 c/sebastiani francisco.(Régimen de la Propiedad Horizontal Ley 13.512 y su reglamentación Ed. Lexis Nexis)"

En este caso es particular, tal como usted lo relata y sin haber leído el reglamento, o sea, que desconozco si el mismo ha consignado que todos los daños derivados del techo en cuestión, los abone la unidad funcional Nro. 3, el principio general es que siendo una cosa común el techo, su gastos los debe abonar la comunidad ya que no se han variado los planos originales del mismo.

Esperando haber respondido a su consulta lo saludo muy atte.

Dra. Diana SevitzEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


Efemérides: El 3 de mayo de 1991, se instauró el Día Mundial de la Libertad de Prensa. 


Rincón Solidario

Adm. Adrián HilarzaContesta el Adm. Adrián Hilarza

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El seguro de responsabilidad profesional

Estimado Claudio:

¡Buenas tardes!

Quería saber qué tengo que hacer con el tema del seguro de responsabilidad profesional ya que -al momento- en CABA tengo sólo dos edificios y en uno no tengo ni firma ni manejo la cta.cte.. Sólo pido que me emitan los cheques y se los entrego al proveedor, por lo que ellos me "eximieron" por asamblea de presentar cualquier declaración de bienes y de sacar ese seguro porque no lo consideran necesario. En el otro edificio tampoco quieren que lo saque y me eximieron por asamblea puesto que yo pago las cosas adelantadas y ellos luego me reintegran el dinero, ya que son pocos propietarios (5), pagan tardíamente y hay un moroso por lo que -al momento- consideran también prescindible ese trámite ya que, en todo caso, consideran que ellos -entonces- tendrían que asegurarme que me van a reintegrar el dinero.

La verdad que encima que adelanto los fondos y les cubro los baches, gastar en presentarles declaraciones juradas o sacar el seguro a mi costo cuando el riesgo lo tengo yo en cuanto a faltante es como medio traído de los pelos aunque entiendo que son circunstancias excepcionales.

Quisiera saber si puedo adjuntar el acta de la eximición de cumplir con tal responsabilidad o si tengo que, no obstante, sacar el seguro -como yo entiendo que igual tendré que hacerlo- en este caso, quisiera me asesores qué compañías. lo están brindando y estén empapadas en particular en este seguro para que no tenga que empezar a averiguar y dar vueltas.

Desde ya y como siempre, gracias Clau por tu asesoramiento!

Cariños.

Gabriela
(22/04/2014)

Estimada Gabriela:

En principio, recordemos que el artículo 12º de la Ley 3.257 dice: “declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por este, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de responsabilidad profesional emitido por una compañía de seguros. Se exceptúa de las obligaciones impuestas en este artículo a los/as administradores/as voluntarios/as gratuitos/as”.

Si una asamblea legalmente constituida y con el temario a tratar que sea concecuente a este tema que consulta, resuelve aprobar la DDJJ patrimonial presentada por la administración en “cero” y/o eximirlo de la contratación de un seguro de responsabilidad civil profesional, no debería tener inconvenientes.

Pero considero que su inquietudes un tema conceptual. Porque cuando uno es designado a administrar un edificio, como mandatario, les caben todas las responsabilidades establecidas en el Código Civil y Penal al respecto, con o sin atenuantes mediante que pudiere esgrimir. Dejando de lado -de acuerdo a sus comentarios- entrar en un juicio de valoración con relación a la disposición de la cuenta corriente o de los fondos del consorcio por parte del representante legal.

En consecuencia, como administrador profesional, que cobra honorarios, es de buena praxis e imprescindible contratar un seguro de Responsabilidad Civil Profesional, ya que nadie está exento de cometer errores u omisiones. Errores u omisiones, que pueden generar consecuencias con cargo a sus clientes y que Ud. no debería eludir como profesional bien habido.

Si Ud. “googlea” el tema podrá acceder a información detallada referente al tema y consultar las Cías. más convenientes y que se ajusten a sus necesidades.

Atentamente,

Adm. Adrián HilarzaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

El Adm. Adrián Hilarza es secretario de la Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) y para cualquier consulta se le puede mandarle un e-mail a info@aiph.com.ar


Efemérides: El 4 de mayo de 1967, falleció el destacado dramaturgo entrerriano Samuel Eichelbaum.


Rincón Solidario

Dr. Alberto Anibal GabásContesta el Dr. Alberto Anibal Gabás

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

¿Quién debe abonar el cambio de cañería dentro de mi departamento?

Señores de Pequeñas Noticias: 

En el edificio que habito se produjo una pérdida de gas en los conductos que transportan el fluido desde la cabina de planta baja hasta mi departamento en el 3º y último piso.

Se cambió la cañería e inclusive se cambió el tramo que alimenta la cocina y el calefón de mi departamento (estos no presentaban problema alguno).

Este tramo está empotrado en la pared medianera del edificio.

Transcribo a continuación, lo que dice el artículo 4º del reglamento de copropiedad.

Art. 4º.- De acuerdo con lo estipulado en el artículo segundo de la ley y conforme al plano citado son lugares comunes y cosas comunes:

a) El terreno donde se encuentra construido el edificio

b) Los cimientos, muros maestros y techos.

c) Los tabiques, muros divisorios de las distintas unidades entre sí o entre estos y las partes comunes y los predios vecinos.

d) Las instalaciones de agua corriente, desagües, electricidad, gas, etcétera.

En tanto, el Art. séptimo dice: "sin perjuicio de la copropiedad establecida, cada propietario debe atender de su peculio el mantenimiento de su departamento, cieloraso , superficie de las paredes, y tabiques divisorios, puertas, ventanas, vidrios, revoques, pintura y demás obras que sean de carácter interno de su respectiva unidad".
Mi consulta es: ¿quién debe abonar el cambio de cañería dentro de mi departamento, que se realizó porque cambiaron el tramo que va desde la casilla en plata baja hasta el 3º piso porque tenía una perdida?
Además, por estar empotrada en la pared medianera, no se trata de un lugar común?

A la espera de su amable respuesta, los saludo atentamente.

César

(30/03/2014)

Estimado César:

La reparación y/o el costo de la misma de la cañería, aún dentro de su departamento, corresponde al consorcio. 

Al ser el muro común, es común lo comprendido en el volumen del mismo. 

Saluda 

Alberto Anibal GabásEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

El Dr. Alberto Anibal Gabás, abogado especialista en Propiedad Horizontal y autor de numerosos libros sobre el tema es Conjuez de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. Ha obtenido en el 2004 y 2005 el segundo y primer premio sobre los ensayos "Derecho sobre Construcción en el Régimen de Dominio Horizontal" y "Condominio y Propiedad Horizontal. Suma y Producto de la Voluntad Colectiva" respectivamente. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a albertogabas22@hotmail.com.


Efemerides: El 5 de mayo de 1813, la Asamblea General Constituyente de 1813 declaró al 25 de mayo como Fiesta Cívica.


Rincón Solidario

Adm. Gustavo KarcherContesta el Adm. Gustavo Karcher

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Viene liquidado como Disposición 415

Necesito información respecto a si hay alguna disposición para que en cada liquidación se recaude un dinero por eventuales.

Viene liquidado como Disposición 415.

¿El importe tiene un valor especial? Quiero decir, ¿algún porcentaje sobre gastos?

Por ahora solo esto y gracias.

Flora

(01/04/2014)

Estimada Flora:

Primero que nada debo aclarar un error que ya es común a muchos sujetos, incluyendo letrados, periodistas y legisladores (entre otros); puesto que es un yerro de permanente reincidencia que hace a nuestra cultura cada vez más empobrecida: no se dice "Disposición y/o Resolución Nº tal" a secas. Las Disposiciones y/o Resoluciones tienen diferentes órganos de aplicación y/o emisión como así también "años" en los cuales cobran cuerpo normativo.

Por ejemplo, puede ocurrir que la AGC (Agencia Gubernamental de Control) saque la Disposición 415 tanto como puede que la saque la APBRA y así ad infinitum.

Las disposiciones y/o resoluciones siguen un formato que podríamos denominar pseudo-ISO o pseudo-IRAM; en donde el primer elemento es el tipo de norma (Disposición, Resolución, Decreto, Ordenanza, Ley, etc.) separado por una barra inclinada ("/") que determina que a continuación viene el órgano emisor de dicha norma (AGC, DGFYCO, APRA, DGDYPC, etc.) que a su vez lleva otra barra inclinada en referencia al año de su emisión. De este modo tenemos que puede darse el caso que sigue el ejemplo:

[] Disposición Nº 415/SMAYPU/14

[] Disposición Nº 415/AGC/14

[] Disposición Nº 415/DGFYCO/14

[] Disposición Nº 415/DGDYPC/14

Lo cual implica normativas diferentes. ¿Se entiende? Que sea una Disposición, Resolución, Ordenanza o Ley dependerá de la jerarquía del órgano emisor de dicha norma y el ámbito normativo.

Ahora bien; como en Windows las barras inclinadas sólo son para indicar cambio de directorios, el sistema no los acepta como parte del texto en un nombre de archivo ("mi artículo/14.doc"), debiéndose reemplazar por guiones simples ("-"). Quedando de este modo: "mi artículo-14.doc", que en el caso de las normas quedaría así:

[] Disposición Nº 415-SMAYPU-14

[] Disposición Nº 415-AGC-14

[] Disposición Nº 415-DGFYCO-14

[] Disposición Nº 415-DGDYPC-14

Lo cual nos permitirá alojar (sin problemas) la norma correspondiente en el disco duro de la PC bajo Windows (Apple no tiene ese absurdo problema y otros sistemas operativos tampoco).

Aclarado este punto, cabe interpretar que tu referencia a la Disposición 415 apunta a la Disposición Nº 415/DGDYPC/11 del ex director de Defensa del Consumidor de la CABA, Dr. Juan Manuel Gallo, quien creara el "Registro de Mantenedores, Reparadores, Fabricantes, e Instaladores de instalaciones fijas contra incendio".

Al pan "pan", y al vino "vino"

Es correcto que el consorcio determine "ahorrar" el dinero suficiente para afrontar las obligaciones que impone tal "disposición", ya que el mantenimiento de toda la red de instalaciones fijas es altamente oneroso, aunque no por ello innecesario. Ya sea en la forma de expensas extraordinarias o como fondo "reservado" (no confundir con fondo de reserva) para ese -y sólo ese- fin.

Por otro lado, todo consorcio "DEBE" recaudar dinero para eventualidades (y de suyo que la gran mayoría de los reglamentos así lo contemple, aún cuando los negligentes obligados hagan la vista gorda al respecto y conviertan al administrador en un cómplice necesario); sea en la aprobación ordinaria del estimativo de gastos presentada por el administrador al rendir cuentas y renovar su mandato, o sea en cualquier momento del año por medio de una extraordinaria para cubrirse ante eventuales imponderables.

El mantenimiento, cualquiera sea su forma, no necesita de obligaciones legales; forma parte de las obligaciones "morales" de los propios beneficiarios por razones de sentido común, responsabilidad civil y revalorización patrimonial. De lo contrario caemos en la siguiente paradoja: "que uno se vea obligado a vivir, bajo amenaza de muerte". Que es lo que hasta ahora ha venido sucediendo, dándole razones a los caranchos para que hagan su oportunista rapiña.
En cuanto a su parte respecto al tema de referencia, deberá pagarla conforme al porcentual que fija el reglamento.

Atte.

Gustavo KarcherEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice
---

El Sr. Gustavo Karcher es administrador, titular de www.losconsorcistas.com.ar y coordinador del foro "Los Consorcistas" de Yahoo: https://ar.groups.yahoo.com/group/losconsorcistas/.


Efemerides: El 6 de mayo de 1809, nació en Buenos Aires Juan María Gutiérrez, jurisconsulto, historiador, agrimensor y poeta.


Rincón Solidario

Dra. María Cristina CarreraContesta la Dra. María Cristina Carrera

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Según el encargado hay nuevas leyes

No sé en realidad a quién dirigirme con mis preguntas. Si no es a Uds., ¿me podrían orientar a dónde me debo dirigir?

Soy una consorcista de un edificio simple en Almagro con 22 unidades, incluida la del encargado.

Vivo allí hace 46 años y nunca tuvimos problemas. Si se apagaba una lamparita del pasillo el encargado la arreglaba, si alguien quedaba en el ascensor se ocupaba de ver cómo sacar a la persona, prendía el gas general y nunca pasó nada.

Pero según el encargado hay nuevas leyes y ahora no toca una lamparita del pasillo, no baja a encender la calefacción y si alguien queda en el ascensor no se ocupa ni preocupa.

Aquí vivimos gente mayor que, según él, para sacar a alguien del ascensor tienen que llamar a los bomberos, a una ambulancia o no sé a quién más nombró. Mientras tanto el miedo provoca -o puede provocar- que una persona encerrada por un determinado tiempo tenga un ataque cardíaco.

Quisiera saber a quién se le ocurrió que un encargado que ocupa con su familia un lindo departamento esté sólo para limpiar y no ayude a un vecino en caso de que quede encerrado en el ascensor que es lo que más me preocupa.

Están poniendo nuevas leyes para beneficio de los encargados. En aumentos de sueldo me parece bien pero también tienen que pensar que hay consorcistas viejos que no se pueden ocupar de ciertas cosas y que el encargado tendría que ayudar.

Uno aprecia al encargado que tiene tantos años y quizás no todos piensan igual.

Hay que tener en cuenta que podrían dejar a una familia sin vivienda ya que si no hace esto, ni lo otro, ni aquello y solo se necesita alguien que limpie podrían pedirle el departamento. ¿Eso les parece bien?.

A mí no, quiero al encargado en su lugar y que pueda ayudar cuando algún vecino lo necesite y más cuando quedan adentro del ascensor.

Los saluda Atte.

Betty

(20/04/2014)

Estimada Betty me alegra que se haya dirigido a este Rincón en el que lo Solidario no es sólo una palabra sino una realidad.

Leí atentamente su consulta y voy a responderle de modo que tenga Ud. herramientas para poder hablar con el administrador, quien deberá en cumplimiento de su mandato informar al encargado de cuales son sus obligaciones e intimarlo para que se abstenga de tergiversar las leyes en cuanto a sus obligaciones se refieren.

El Art. 23º del Convenio Colectivo 589/10 que rige la actividad establece en su inc 12) que el encargado debe: "poner en funcionamiento y asegurar la protección de los servicios generales del edificio, en las oportunidades que fije el administrador dentro del horario habitual de tareas, debiendo además cambiar lámparas y tubos fluorescentes de las partes comunes de edificio".

Es así entonces que es su obligación hacer los cambios tanto de lámparas como de tubos fluorescentes y ello en virtud que dicha tarea no le puede ocasionar daño alguno a su salud.

Con relación a los ascensores la situación es distinta ya que el mantenimiento de los mismos debe ser efectuada por un profesional matriculado en la materia, así lo dispone la ley y el sentido común. 

No obstante el citado convenio colectivo establece en el inc .8) del mismo articulo "que el encargado debe controlar el funcionamiento de las máquinas e instalaciones del edificio y está obligado, según el inc 4) del citado articulo, a avisar al administrador de inmediato toda novedad que se produjere en el edificio".

Como se desprende del Convenio Colectivo, el copropietario no está desprotegido ante la lamentable situación de quedar encerrado en el ascensor o sufrir alguna otra situación de emergencia.

Es obligación de un buen administrador, aunque no haya norma escrita que lo determine, habilitar la permanente comunicación con los edificios que tiene a su cargo.

De ahí deviene que ante una situación extraordinaria, el encargado y/o cualquiera de los habitantes del edificio puedan comunicarse con èl ante una situación que así lo amerite.

Asimismo el encargado tiene obligación (inc. 20 del citado artículo) de "prestar colaboración en el consorcio aunque se encuentra fuera de su horario de servicio, cuando se produzcan emergencias, situaciones de urgencia o cuando se ponga en peligro la seguridad de los bienes y de las personas que habitan el consorcio. El desconocimiento de esta obligación es considerado falta grave".

Es así entonces que no ha habido cambio alguno en la ley que deje a los vecinos en un estado de desprotección.

Por ello le sugiero que hable con el administrador y le comunique que la conducta del encargado, en cuanto a sus dichos de "desatenderse de sus obligaciones", está produciendo en los copropietarios una sensación de miedo.

Para el caso de no ser debidamente atendido su reclamo, deberá notificarlo fehacientemente, mediante una nota con copia que firmará el administrador con fecha de recepción y en la que le relatará las inquietudes personales y de los demás copropietarios en el caso que sufran como Ud. esta desatención.

A la espera de haber contestado su consulta la saludo afectuosamente.

María Cristina CarreraEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921.


Efemérides: El 7 de mayo de 1919, nació Eva Perón en Los Toldos.


Correo de Lectores

Me olvidé de imprimir la boleta del curso del SERACARH

¡Hola! El mes pasado me olvidé de imprimir la boleta para que el encargado haga el curso del SERACARH ¿Cómo hago para imprimirla?

Muchas Gracias.

Andrea

(15/04/2014)

Hola Andrea, no me queda claro de tus palabras si lo que te olvidaste fue de imprimirla o de generarla. Me inclino a pensar que te olvidaste de generarla porque si te olvidaste de imprimirla, solo tenés que ingresar al sitio desde donde se imprime y listo.

Pero vayamos por parte. La boleta que hay que pagar para luego poder gestionar la asistencia al curso del encargado se genera desde el sitio llamado "Sistema de Control de Aportes y Contribuciones en la propiedad horizontal" cuya dirección es https://cc.fateryh.org.ar/usuarios/login.asp?accion=1 .

Desde allí, generás las boletas mensuales para abonar todas las obligaciones de FATERYH y de SUTERH. A partir del mes de marzo apareció la posibilidad de generar la boleta para abonar el curso haciendo un clic sobre el ícono del SERACARH. Esta opción aparece si en los datos del empleado indicaste que corresponde que haga el curso. Al hacer el clic en el ícono correspondiente se genera la boleta pero hay que ir a imprimirla a otro sitio.

La página desde donde imprimís la boleta es extranet.seracarh.org.ar. Luego tenés que hacer clic en "Inicio de sesión" e ingresar el mismo número y clave que en el sitio anterior, luego ir a "Boletas" y allí imprimirla. Hay que mirar con cuidado porque también aparecen las anteriores. Hasta el mes pasado la fecha de vencimiento del pago era el 12 de mayo.

Por lo tanto si lo que te olvidaste es de generarla, cuando hagas la DDJJ de abril, ingresá los datos como siempre, chequeá que esté indicado que el trabajador tiene que hacer el curso y generá la boleta. Si lo que te olvidaste es de imprimirla, entrá a la última dirección y simplemente imprimila.

Un saludo grande.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 8 de mayo de 1887, se estableció el Día de Nuestra Señora de Luján. 


Correo de Lectores

"¡Auxilio! No puedo imprimir la boleta"

¡Auxilio! No puedo imprimir la boleta del curso y ya no sé qué más hacer.

¿Me pueden ayudar?

¡¡¡Gracias!!!

Mario

(18/04/2014)

Estimado Mario, no sos el único que se encuentra con este problema. Descuento que la boleta ya la generaste y no podés imprimirla. Aparentemente el problema es el navegador con el que estás intentando hacer la impresión. Prestá atención que el sistema te muestra un listado de requisistos y detalles de cuáles son los navegadores (y sus versiones) indicados para que el sistema funcione correctamente. Luego chequeá cuál es el que estás usando vos.

Otro detalle puede ser que el navegador que uses sea uno de los indicados pero por cuestiones de seguridad no te esté dejando abrir ciertas ventanas por lo cual deberás indicarle que te deje hacerlo en todas las ventanas que surjan de este sitio.

Espero te sean de utilidad estas líneas y puedas imprimir finalmente la "famosa boleta".

Un saludo grande.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 9 de mayo de 1943, murió el cuentista y periodista Enrique González Tuñón, autor de una colección de glosas titulada "Tangos".


Correo de Lectores

"No generé las boletas"

El mes pasado no hice las boletas para pagar el curso que tienen que hacer los encargados en el SERACARH ¿Puedo imprimirlas este mes?

Gracias.

María Clara

(20/04/2014)

Hola María Clara, hice una DDJJ correspondiente al mes de Abril/2014 y el sistema permite generar la boleta pero la fecha del vencimiento, hasta ahora es la misma: 12 de mayo de 2014. Habrá que ver qué pasará en el próximo mes de mayo con respecto a la posibilidad de seguir generandola con otra fecha de vencimiento o no.

Un saludo grande.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata)

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 519 [ DXIX ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 25 de Abril de 2014

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: Claudio García de Rivas y M Fabiana Lizarralde

Colaboradores: Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


Datos personales del suscripto:

Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*!

E-mail: !*EMAIL*!


Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos)


Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción con las palabras CANCELAR SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje.


Tanto las notas firmadas como los avisos publicitarios pagos y las gacetillas de prensa son responsabilidad de sus autores y no necesariamente representan la opinión del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

Las notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no necesariamente las de Pequeñas Noticias - La presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o servicios que puedan ofrecer - Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización fehaciente de Pequeñas Noticias