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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

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Miércoles 31 de Julio de 2013 - Nº: 500

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Eduardo Macchiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana de la CABA.Expensas Claras

Macchiavelli derogó definitivamente la 408

El pasado lunes, Eduardo Macchiavelli derogó la Resolución 408 que había impuesto la primera versión del proyecto Expensas Claras Lo hizo para que Defensa del Consumidor porteño pueda ordenar una nueva disposición en este sentido Juan Manuel Gallo adelantó que la semana que viene firmaría una segunda versión aunque con modificaciones.

[BPN-31/07/13] El pasado lunes, Eduardo Macchiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana (SECGCyAC) de la CABA, derogó formalmente la Resolución 408 que impuso en su momento el proyecto Expensas Claras en los consorcios.

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Eduardo Macchiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana de la CABA.

Eduardo Macchiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana de la CABA.

Expensas Claras

Macchiavelli derogó definitivamente la 408

[BPN-31/07/13] El pasado lunes, Eduardo Macchiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana (SECGCyAC) de la CABA, derogó formalmente la Resolución 408 que impuso en su momento el proyecto Expensas Claras en los consorcios.

Este fue un primer paso indispensable para que la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) pueda disponer una nueva norma y así reflotar -aunque con ciertas modificaciones- Expensas Claras. En este sentido el Dr. Juan Manuel Gallo, titular de esa repartición porteña, adelantó a este medio que la semana próxima relanzará formalmente el proyecto en una segunda versión.

De esta forma, tal cual adelantó Pequeñas Noticias en su último boletín, la nueva norma de Gallo se ajustaría en varios aspectos. Uno de ellos será el relacionado con el fallo judicial que suspendió la Resolución 408 en diciembre del año pasado por considerar, entre otras cuestiones, que es Defensa del Consumidor la autoridad competente para regular la relación entre los administradores y los consorcios.

Si bien no trascendieron más detalles sobre la futura versión de Expensas Claras, la nueva disposición –al igual que la anterior- establecería la obligación de realizar las liquidaciones de expensas según un modelo único, de enviarlas junto a toda la documentación respaldatoria por email a cada uno de los consorcistas y la de bancarizar las cuentas de los consorcios. Ahora, sin embargo, una asamblea de copropietarios podría eximir a sus administradores de estas obligaciones [BPN Nº 499 del 24/07/13: "Volvería Expensas Claras"].

Aunque la nueva resolución de Macchiavelli, firmada el 29 de julio, lleva el número 436/13 todavía no fue publicada en el Boletín Oficial local.

Un paso ineludible

En los considerando de la resolución que derogó la primera versión de Expensas Claras, Macchiavelli explicó que "el correcto y acabado cumplimiento de las obligaciones de los administradores de consorcio es una preocupación constante de esta repartición" y por esa razón "resulta pertinente continuar con la dinámica y evaluación de la implementación del referido sistema de liquidación de expensas de los consorcios de propiedad horizontal a efectos de lograr una eficaz y eficiente protección de los derechos de los copropietarios".

Por esta razón consideró que "corresponde dejar sin efecto la citada resolución e impartir instrucciones a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor para que en el ámbito de su competencia regule y establezca pautas precisas y detalladas que optimicen y transparenten la relación existente entre los administradores de consorcios de propiedad horizontal, los consejos de administración y/o los consorcistas".

Las objeciones de la jueza

Es de recordar que el 11 de diciembre del año pasado, la jueza Dra. Andrea Danas había dictado una medida cautelar que suspendió la Resolución 408 al considerar que "el órgano emisor de la norma cuestionada, es decir la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, no es la autoridad de aplicación del régimen normativo que marca las relaciones entre administradores y consorcios, a saber, la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor".

Otra cuestión que la jueza analizó a la hora de dictar sentencia fue si la Resolución 408 debía ser considerada una norma interpretativa de la Ley 941 modificada por la Ley 3.254 o era una norma nueva que excedía sus facultades legales: "en principio es posible afirmar que no se podría –mediante una norma interpretativa- sumar nuevas y distintas obligaciones a las impuestas en el régimen aplicable. De lo contrario, la Administración local, y en concreto la autoridad de aplicación de la Ley 941, estaría excediendo sus facultades legales, como pareciera haber ocurrido en el caso".

A continuación argumentó que "podría sostenerse que la norma cuestionada controvierte ciertos principios fijados en la Ley 941 porque en el caso de la liquidación de expensas junto con la digitalización de todos los comprobantes respaldatorios y su correspondiente envío por correo electrónico, impone un modo específico de acción que no está prescripta en el artículo 10º de la Ley 941.

La demanda fue presentada el 13 de noviembre del año pasado por el Dr. Jorge Martín Irigoyen, abogado patrocinante de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) [BPN Nº 482 del 12/12/12: "¡¡¡ Se cayó la 408 !!!"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


 

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¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata)

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

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AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

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APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 500 [1ª Edición]

Fecha de publicación: 31 de Julio de 2013

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: Claudio García de Rivas y M Fabiana Lizarralde

Colaboradores: Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


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Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

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