Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Miércoles 29 de Julio de 2009 - Nº: 382 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número
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CCT 2009 Se homologó el aumento a los encargados [BPN-29/07/09] El 16 de julio, el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social homologó con el Nº 106 el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) que firmaron la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) y la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) el 16 de abril en la sede de la Federación <ver homologación>. El ministerio aclaró que las sumas no remunerativas que se otorgarán durante los meses de enero y febrero del año que viene serán consideradas como una gratificación extraordinaria y no serán tomadas en cuenta como integrantes de la base salarial de las futuras negociaciones que se llevaren a cabo. A la última reunión la CAPHyAI no fue En la homologación, informó que la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) se opuso al acuerdo pero resaltó que "cuando en el seno de la representación de una de las partes no hubiera unanimidad, prevalecerá la opinión de la mayoría de los integrantes". Por último, en el acta de acuerdo, las partes aseguraron que el consenso se alcanzó después de "arduas discusiones" que se hicieron el 23 de diciembre y el 4 de marzo en la sede de la FATERyH, el 5 de marzo en la sede del AIERH, el 26 de marzo en la sede de la CAPHyAI y el 6 de abril en la sede de la UADI. De acuerdo a lo que manifestaron, la CAPHyAI participó de todas las reuniones excepto en la que se firmó el convenio <ver acuerdo>. Ahora hay confusión con el punto 3º Cabe señalar, que si bien el ministerio homologó todo el acuerdo incluído entre las fojas 3 y 5 del expediente Nº 1.326.114/09, el AIERH en dos comunicados vía mail que envió a sus asociados les informó que no fue incluído el punto 3 de las cláusulas no salariales referido al plazo de desocupación de la vivienda en caso de despido del trabajador (proyecto Leguizamón). "Cumplimos en informarle que en el documento adjunto al e-mail que les enviamos, referido a las cláusulas que modifican el convenio colectivo 378/04, se incluyó un artículo (punto 3) que luego las partes dejaron sin efecto al momento de presentar el acta ante el Ministerio de Trabajo. Por lo tanto, sigue vigente el artículo 7º del decreto 11.296, reglamentario de la ley 12.981, que fija los 30 días para desocupar la vivienda", destacaron las autoridades del AIERH a sus asociados, vía e-mail, el mismo 16 de julio. El artículo 3º de las cláusulas no salariales homologado establece que "en los casos de despido sin justa causa, el empleador no podrá exigir al trabajador/a la entrega de la unidad inmueble que éste habitare, hasta tanto se le abone la totalidad de los rubros salariales e indemnizatorios que le correspondan percibir. El derecho a permanecer en la vivienda no se extenderá más allá de los 90 días, contados a partir del despido". De no existir una voz oficial que lo desmienta, el punto 3º estará vigente. |
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Porteros Eléctricos / Equipos Visores / Circuitos Cerrados TV / Electricidad General / Factor de Potencia Semáforos / Luz de Emergencia / Service Autorizado y Distribuidor Oficial Atomlux
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Efemérides consorciales: el 1/08/2005 el presidente de la Asociación por los Derechos Sociales del Consumidor presentó un proyecto de ley que apuntaba a que la relación entre administradores y propietarios se entienda como una relación de consumo. |
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Convenio Colectivo de Trabajo ¿Es un pago único o un aumento? [BPN-29/07/09] El Ministerio de Trabajo homologó el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) que firmaron la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI). Sin embargo, había una contradicción entre lo que dice el acta del convenio que especifica que se incorpora "un aumento salarial remunerativo de $ 380 sobre los haberes básicos" <ver acta del convenio> y la información que dio a conocer el SUTERH cuando definió estos 380 pesos como un "pago único y extraordinario" tanto por la WEB como en un volante impreso que distribuyó entre los encargados. Pequeñas Noticias le consultó a la Dra. Cristiana Carrera y al Dr. Jorge Resqui Pizarro si se trata de un pago único o de un aumento y los dos coincidieron en que lo que se firmó y homologó en el Ministerio de Trabajo fue un aumento salarial. A continuación se transcribe textualmente el análisis de los dos abogados especialistas en propiedad horizontal.
Dr. Resqui Pizarro Al parecer, dado que no contamos con el texto del acuerdo, surge que se adicionarán a los salarios básicos de convenio la suma de $ 380 para los trabajadores de jornada completa que se liquidará en cuatro cuotas mensuales, a saber: $100 en mayo del corriente año, $100 más en julio, otros $100 en agosto y finalmente en septiembre los restantes $ 80. Todo ello, por ende, tendrá carácter remunerativo, vale decir se incorporará a los salarios de convenio preexistentes y redundará en el aumento de los plus salariales y la antigüedad. Esto último, de acuerdo a la informado, será a partir de diciembre de 2009. Cabe destacar que, allende interpretaciones erróneas o intencionadas, los básicos de convenio han sido modificados y los consorcios se verán obligados a oblar mayores salarios tanto en los próximos meses como a partir de diciembre de este año así como también nuevamente sufragar otro emolumento fijo los dos primeros meses del año venidero. Párrafo aparte, ya de manera inveterada, merece la mención de la manifiesta ilegitimidad –pese a los denodados intentos del Ministerio de Trabajo de la Nación y las entidades suscriptoras por mantener el estado de cosas reinante- de la representación empleadora, que no sólo desde hace tiempo actúa dividida –quizá por razones de tensión política interna entre ellos o por presentación de las decisiones ante la sociedad- sino además alejada notoriamente del sentir y la concepción de los verdaderos representantes patronales –los consorcistas que integran los consorcios- quienes se encuentran suficientemente organizados como para poder participar de la mesa de negociaciones < ver texto completo>.
La Dra. Carrera La información contradictoria ocasionó gran confusión y trajo aparejadas múltiples consultas (a pesar de la feria pandémica y judicial) no sólo de los administradores sino de los propios trabajadores. La pregunta es: ¿este adicional tiene carácter remunerativo? No me cabe duda que de la simple lectura de las modificaciones introducidas al CCT 378/04 y que fuera homologado por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social mediante Res. Nº 106/09 de fecha 16/7/09 (Dirección Nacional de Relaciones Laborales), surge claramente que el aumento tiene carácter remunerativo [NR: O sea que modifica las escalas salariales]. Ante la insistencia de los consultantes por la contradictoria y confusa información del sitio sindical decidí entrar en la página del SUTERH y pese a mi intensiva búsqueda no encontré el adverso del volante, habían borrado la segunda pantalla, justamente la que afirmaba que ese era un adicional de pago único y extraordinario. Escapa a mi comprensión el objetivo de esta doble información emitida por la entidad sindical, que no sólo ha producido confusión sino que ha creado verdaderas situaciones de conflictos entre los encargados y los administradores y de éstos con los copropietarios. Mi pensamiento descree de la casualidad y encuentra su sustento en la causalidad. El carácter remunerativo del aumento ocasiona inquietud en los copropietarios ya que va tener incidencia en la ya grave situación económica de los consorcios. Asimismo, resulta importante destacar que en la propia homologación del acuerdo se hace mención a que la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias se opuso a su homologación. A mayor abundamiento, quiero aclarar que además de la recomposición salarial indicada se otorga a los trabajadores un incremento de $480, esta vez sí no remunerativa, que se abonará en dos cuotas durante los meses de enero y febrero de 2010 ($240 cada una). |
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Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
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Efemérides consorciales: el 11/08/2005 el Gobierno nacional anunció la construcción de 300 mil casas en todo el país. |
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Administración Aumentaron los honorarios sugeridos [BPN-29/07/09] El Grupo de los 5 (G5) decidió aumentar los honorarios y aranceles sugeridos para los administradores de consorcios. La suba será de un 11% en relación a los valores que estaban vigentes. De acuerdo a lo que informaron, estas modificaciones se decidieron en la reunión del viernes 26 de junio y de la que participaron representantes de las 5 entidades. El G5 está integrado por la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH, la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y Fundación Reunión de Administradores (FRA). Los nuevos importes sugeridos -no son obligatorios- que rigen desde el 1º de julio de 2009 son: Consorcios de Propietarios: Clase D Tipología: viviendas sociales construidas por intermedio de operatorias oficiales del tipo FONAVI, BHN, e Institutos provinciales de vivienda. Mínimo hasta 20 Unidades Funcionales $444 UF posteriores a 20 adicional de $22 a $28 Consorcios de Propietarios: Clase C Tipología: consorcios con servicios comunes Ejemplo de servicios comunes: servicios de portería, vigilancia, seguridad, ascensores, electro-bombas y porteros eléctricos. Mínimo hasta 20 unidades funcionales $555 UF posteriores a 20 adicional de $28 a $33 Consorcios de Propietarios: Clase B Tipología: consorcios con servicios comunes y centrales Ejemplo de servicios centrales: agua caliente, calefacción, compactador y/o incinerador de residuos. Mínimo hasta 20 unidades funcionales $666 UF posteriores a 20 adicional de $33 a $44 Consorcios de Propietarios: Clase A Tipología: consorcios con servicios comunes, centrales y de confort. Ejemplo de servicios de confort: salón de usos múltiples, solárium, lavandería y secarropas. Mínimo hasta 20 unidades funcionales $888 UF posteriores a 20 adicional de $44 a $56 Consorcios de popietarios: Clase A1 Tipología: consorcios con servicios comunes, centrales, confort y de súper confort Ejemplo de servicios de súper confort: natatorio, gimnasio, sauna, cancha de paddle, cancha tenis o squash. Mínimo hasta 20 unidades funcionales $1.110 UF posteriores a 20 adicional de $56 a $78. Por otra parte, hay que tener en cuenta que de acuerdo a lo que informaron en todos los casos las unidades complementarias serán tarifadas, a los fines de los cómputos de los honorarios profesionales del administrador, al 50% del valor de las unidades funcionales. Certificaciones :Deuda por expensas comunes $83 Actas de asambleas $56 Poderes para asistir a asambleas $33 Confección y firma de declaraciones juradas: laborales, previsionales, fiscales y judiciales. $111 RPA Ley 941 / Gobierno de Bs. As. DDJJ Anual $167 Contestaciones de oficios: Administrativos o judiciales $89 Reuniones o Asambleas A cargo del consorcio, por cada 30 minutos de asistencia del administrador y/o su representante, a reuniones o asambleas celebradas fuera del horario comercial. Lunes a viernes de 9 a 20 hs. $89Mediación Asistencia del administrador por cada audiencia en trámites de mediación (privada u oficial) $111 Fianzas y Garantías En juicio por expensas comunes $133 En convenios de pagos $133 Gestión de Negocios Porcentaje a cobrar por el administrador a las empresas que realizan negocios con los consorcios o requieren el cobro de facturas a través de las expensas comunes (locación de espacio para antenas, publicidad en medianeras, cobro de facturas globales por provisión de agua al edificio, televisión por cable, etc.): 5% PJ - Poder Judicial Depósito embargo de sueldos: sobre monto a depositar (mínimo $33): 10% AFIP - Administración Federal de Ingresos Públicos Alta / baja / Modificaciones Temprana: $39 Clave Fiscal RG 2239: $56 Semestral RG 2159 (por consorcio): $333 Retención Impuestos a las Ganancias de los encargados: $111 Mi Simplificación Empleadores: $111 ANSES - Administración Nacional de la Seguridad Social Decreto 670/07 (1345/07) Reintegro salario familiar: $111 PS 5.3 DDJJ grupo familiar y adheridos: $39 Certificación de Servicios y Remuneraciones y afectación haberes: $222 ART - Aseguradora Riesgo de Trabajo Liquidación de siniestros (por vez): $44 DNPDP - Dirección Nacional de Protección de Datos Personales Base de datos: $56 Otros Rendición de cuentas final y traspaso administración: $222 Registro de proveedores de consorcios (carpeta de inscripción) a cargo del proveedor: $222 Trámites vía Internet (no incluidos en esta lista): $33 Trámites normales: 72 hs. importes y porcentajes determinados en esta lista Trámites urgentes: 24 hs. recargo 100% Trámites semi urgentes: 48 hs. recargo 50% Por último, el G5 reiteró que semestralmente se reunirán para establecer los ajustes que correspondiesen a los valores sugeridos en esta clasificación. |
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CARRERA TERCIARIA ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS Y URBANIZACIONES MODERNAS TÍTULO OFICIAL - Res. Nro. 774/01 - DURACIÓN DOS AÑOS Única en el país "PRESENCIAL Y A DISTANCIA" Prepárese para enfrentar un mercado competitivo con mayores complejidades
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Perlitas: Sólo hay dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Y no estoy tan seguro de la primera. (Albert Einstein) |
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Elecciones CAPHyAI 2009 Ya hay cronograma para las elecciones [BPN-29/07/09] El miércoles 19 de agosto se realizarían las elecciones de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI). Así lo informó el Consejo Directivo en el cronograma electoral que dio a conocer en los últimos días. Recordemos que la Inspección General de Justicia (IGJ) anuló los últimos comicios de la CAPHyAI y ordenó realizar nuevas elecciones en 60 días debido a que hizo lugar a la denuncia de irregularidades que presentó la lista Renovación & Cambio. El Consejo Directivo señaló que preparó el padrón de socios activos actualizado al 30 de junio de 2009 e incluirá a aquellos socios que no se hallan al día en sus cuotas sociales, quienes no podrán votar a menos que paguen las cuotas atrasadas. Ese padrón se presentará a la IGJ y copia del mismo se dará a publicidad en las instalaciones de la Cámara. El tiempo máximo para poder impugnar el padrón venció ayer (28 de julio) y las autoridades podrán resolver las impugnaciones dentro de los tres días siguientes y actualizarán el padrón con todos los asociados en condiciones de votar. Listas de candidatos y avales. El 7 de agosto a las 17 horas se procederá a la recepción de las listas de candidatos y los respectivos avales que presenten las agrupaciones. En ese mismo acto, cada agrupación deberá designar a un apoderado con indicación de sus nombres y apellidos completos, documento de identidad y domicilio, al cual se cursarán las notificaciones que correspondan. Las agrupaciones podrán presentar (hasta el 11/08) por escrito al Consejo Directivo las observaciones que pudieren merecerle las listas presentadas. El Consejo Directivo, a través de la Comisión Electoral, notificará el 11/08 a las 17:00 hs. la oficialización de cada una de las listas presentadas o, en su caso, las observaciones que la presentación hubiere merecido. Durante los dos días siguientes al 11/08, se subsanarán las observaciones que se hubieren presentado. Si tales defectos subsistieren respecto de más de un quinto del número de candidatos, la lista se tendrá por no presentada; en caso contrario, será válida respecto de los nombres no observados por el Consejo Directivo. De acuerdo a lo informado, la lista de candidatos deberá contener los siguientes datos: - Nómina de los candidatos propuestos (nombre y apellido completos) para ocupar los cargos de Miembros Titulares y Suplentes para el Consejo Directivo y de Miembros Titulares y Suplentes para el Tribunal de Cuentas y su respectivo documento de identidad, de acuerdo a la convocatoria; - Indicación del número de socio de cada uno de los candidatos y, en su caso, el nombre completo de la empresa que representa. - Cada candidato deberá firmar al lado de su postulación. - Cada agrupación, para poder oficializar su lista de candidatos, deberá acompañar una solicitud con la firma de no menos de cuarenta socios con derecho a voto. Esta nómina -avales- deberá individualizar con claridad los datos personales o de la empresa que corresponda y será firmada por el apoderado de la lista. Las listas de candidatos y de avalistas sólo la podrán integrar los socios que al momento de presentar las mismas el 07/08 se hallen al día en el pago de sus cuotas La votación Para poder votar los socios deberán estar al día con todos sus pagos (julio de 2009 inclusive). Los socios podrán abonar las cuotas adeudadas hasta el mismo día de la asamblea en dinero en efectivo y sólo podrá abonarse con cheque al día hasta cinco días hábiles antes de la asamblea. Cada agrupación podrá designar un fiscal, el cual, juntamente con el presidente y el secretario de la asamblea fiscalizarán el acto electoral y el escrutinio correspondiente y la entrega de boletas. El Consejo Directivo designará a dos escribanos de registro quienes verificarán el registro de asistentes, labrarán el acta de la asamblea y tendrán a su cargo el escrutinio y la elaboración del informe que presentarán al presidente de la asamblea con el resultado electoral, para la proclamación de las nuevas autoridades. Informaron que todo el cronograma fue aprobado por el Consejo Directivo en las reuniones del 01/07 y 08/07 y ha sido informada a la Inspección General de Justicia y a los representantes de agrupaciones en las reuniones celebradas el 06/07 y 13/07. |
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Perlitas: Si nunca has tenido un gran éxito, no sabes lo que vales; el éxito es la piedra de toque de los caracteres. (Amado Nervo) |
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Renovación & Cambio [BPN-29/07/09] La lista Renovación & Cambio solicitó a la Inspección General de Justicia (IGJ) que se deje sin efecto la aplicación del artículo 24 del Estatuto Social que autoriza la representación por poder y que se disponga que el padrón a utilizar en dicha asamblea sea el del 16 de diciembre de 2008. n este sentido, pidió que hasta tanto se resuelva se suspendan todos los plazos establecidos en el acta de reunión de Consejo Directivo del 1 de julio de 2009, que convoca a Asamblea Extraordinaria. Gabriela Saldivia subrayó que su objetivo es que se garantice un proceso preelectoral y acto asambleario transparente, así como también se asegure una participación democrática de los asociados en la asamblea que se llevará a cabo el 19 de agosto en la sede social de la Cámara < ver nota>Los poderes en la picota En cuanto al uso o no de poderes, Saldivia subrayó que el artículo 24 del Estatuto Social de la CAPHyAI establece: "los socios podrán hacerse representar por carta con firma certificada por banco o notarialmente". Sin embargo, el artículo 409 de la Resolución Nº 7/2005 de la IGJ establece: "los asociados, salvo disposición contraria del estatuto podrán hacerse representar en las asambleas por otro asociado de idéntica categoría mediante carta poder especial otorgada a ese efecto, excepto para los actos de elección de autoridades". De lo expuesto, se desprende que la norma emanada por ese órgano de contralor es de rango superior al estatuto social, entendiendo en consecuencia que el artículo 409 de la Resolución (G) Nº 7/2005 de la IGJ es de plena aplicación. En este sentido, en forma coincidente se expide la IGJ en los considerandos de la Resolución IGJ 000426/2009 al sostener que: "la entidad deberá proceder a la reforma del artículo 24 de su estatuto social eliminando la permisión del voto por representación para los actos de elección de autoridades". El objetivo de Renovación y Cambio es que en las elecciones del 19 de agosto, los socios que participen de la elección de autoridades deban hacerlo por sí mismos y no por representación, es decir, por voto personal y directo. Señalaron que para el caso que la Inspectora General considere que no corresponde hacer lugar a este pedido le solicitaron que los poderes por los cuales se hagan representar los socios, sean especiales y otorgados a ese efecto, es decir, que la representación sea válida únicamente para esa asamblea y para ese orden del día, no admitiéndose poderes generales de representación para cualquier asamblea ni los anteriormente usados en otras. El padrón de los socios .Saldivia resaltó que resulta necesario recordar que la entidad ha sido dirigida y administrada por más de 50 años por el mismo grupo oficialista y que por el devenir de los años más la falta de oposición y de interés de los socios, ha hecho que los usos y costumbres reemplazasen a la norma, en este caso, el Estatuto Social. Por otra parte, entienden que si en la asamblea del 19 de agosto se van elegir las autoridades que debían haber sido electas el pasado 16 de diciembre de 2008, correspondería que se utilice el padrón confeccionado a los fines de dicha asamblea. Argumentaron este punto, advirtiendo que "al no exigir el Estatuto Social otro requisito que la cuota al día, sin exigir por ejemplo antigüedad alguna para poder participar de la asamblea, la entidad podría haber incorporado una cantidad de asociados suficiente que tuerza la voluntad social en la próxima elección de autoridades". A mayor abundamiento de datos, informaron que han podido comprobar el ingreso de 142 socios desde la fecha de asamblea que resultó cuestionada, tal como surge de la compulsa del padrón del 16 de diciembre de 2008 y el entregado por la Cámara para la asamblea del 19 de agosto de 2009. |
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Perlitas: Uno a uno, todos somos mortales. Juntos somos eternos. (Apuleyo) |
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Agrupación 20 de Diciembre [BPN-29/07/09] A semanas de las últimas elecciones del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH) en la que nuevamente ganó la lista Azul y Blanca encabezada por Víctor Santa María, Jorge "Nebbia" Miño, integrante de la Agrupación 20 de Diciembre, aseguró que el gremio no quiere que participen listas opositoras en las elecciones y que jamás consultan nada a los trabajadores. "Nosotros estuvimos charlando y debatiendo no solamente con los trabajadores de Capital sino con todos los compañeros que conforman el Frente Nacional de Trabajadores de Edificios. Entre todos definimos si participábamos o no de las elecciones", explicó. Señaló que en el caso de Rosario decidieron participar de la elección pero tuvieron que afrontar infinidad de "trabas burocráticas por parte del gremio y que evidentemente también contaban con el aval de Santa María". Nebbia denunció que les objetaron la cantidad de avales y el cupo femenino obligatorio. "Los compañeros cumplieron con todo pero ellos no quieren que en ninguna zona dentro del gremio existan listas opositoras. No quieren listas que no estén controladas por ellos o que no estén alineados a la política oficialista de Víctor Santa María", destacó. Tandil y Mar del Plata Nebbia aseguró que en Mar del Plata y en Tandil a muchos trabajadores les han coartado la posibilidad de tener obra social. "En el caso de Tandil abiertamente había ganado una lista opositora y les quitaron el control de la obra social para que no manejen dinero", subrayó. Por otra parte, informó que en Mar del Plata un grupo de trabajadores decidieron conformar una mutual para poder contar con los servicios que el gremio no les brinda. "Esa mutual les va a servir a los compañeros para tener farmacias adheridas. Además por el costo de dos pesos mensuales implementaron el traslado de una ambulancia, de su domicilio hasta alguna clínica". La representatividad de los delegados Nebbia consideró que tendrían que tener un sistema mucho más democrático donde los trabajadores puedan elegir quiénes quieren que los representen. "Los delegados deben ser elegidos por los propios trabajadores de la zona, no como rige en el estatuto actual, y en el que se fija que sean elegidos por la comisión directiva y sólo en aquellos lugares que consideren adecuado", destacó. El aumento a los encargados En cuanto a los aumentos a los encargados de edificios, consideró que -como para cualquier trabajador- es necesario un aumento: "lo que planteamos es un aumento de salario para todos los trabajadores -no solamente para los encargados- y que éste sea de acuerdo al aumento del costo de la canasta familiar". |
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AIPH [BPN-29/07/09] El nuevo presidente de la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH, Marcelo Ruiz, aseguró que las puertas de la institución están abiertas a todos los administradores que quieran participar y aportar ideas. Ruiz asumió como presidente el primero de enero del 2009. Explicó que Adrián Hilarza decidió pedir una licencia, esencialmente por un exceso de trabajo. "Dedicó muchas horas de su tiempo a AIPH y necesitaba descansar, quiso tomarse una licencia y me parece lógico y razonable", señaló. Durante el programa de radio "Hablemos de Consorcios" del 17 de julio que produce la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal (UMIPH), Ruiz debatió junto a Jorge Ferrera el lugar que ocupa la institución y cuáles eran sus objetivos e ideales al momento de su creación. Si bien Ferrera consideró que la institución –al día de hoy- no se diferencia de las otras entidades de administradores, Ruiz aseguró que sí porque ellos tratan de escuchar a todos y atender las problemáticas de la actividad.
Ferrera también fue uno de los socios fundadores de AIPH pero cuando quisieron darle un marco legal a la entidad decidió alejarse. "En ese momento, como estaban planteadas las cosas, yo no compartía lo que la mayoría terminó aceptando que era conformar una cámara de administradores. A mi entender AIPH terminó no siendo independiente y sólo fue una cámara más, por eso preferí no sumarme", reflexionó. Por su parte Ruiz señaló que el lema de AIPH continúa siendo jerarquizar la profesión del administrador: "veníamos en caída libre, la actividad no solo no se estaba jerarquizando sino que se la maltrataba. Yo siempre digo que no hay muchos que sean administradores por vocación, la mayoría es administrador porque viene adosado a sus padres que ya son administradores". Ferrera explicó que la idea original de AIPH era que estuviesen los mejores y que hubiese una renovación en la que se impulsaran cambios pero consideró que cuando se terminó de conformar AIPH se dio cuenta que terminó siendo "la misma gente que va rotando en los sillones". Ante esto, Ruiz señaló que no comparte la opinión de Jorge y aclaró que si bien realmente cuando hubo elecciones quedaron los mismos fue porque tampoco se encuentra la voluntad de trabajo por parte de los administradores: "los administradores no se acercan a trabajar, cada uno está en su oficina y se olvida del mundo y no nos damos cuenta que es necesario que trabajemos juntos". Ferrera recordó que en los primeros encuentros que hicieron llegaron a juntar mucha gente: "me parece que los administradores se sentían seducidos con un discurso diferente al que planteaban las tres o cuatro cámaras que habían en ese momento. Se empezaron a retirar cuando sintieron que las cámaras hacían oídos sordos. El asociado siente que en esas reuniones está siendo utilizado por las comisiones directivas que terminan resolviendo lo que charlaron entre ellos en el café de la esquina. Uno se siente un idiota útil que no es tenido en cuenta y ese es uno de los motivos por los cual el administrador se queda en la casa y no participa". Según él, AIPH hoy es una cámara más que no se diferencia del resto y agregó que "perdió cierta identidad" cuando se juntó con aquellos que criticaba, haciendo una clara alusión a la incorporación de AIPH al Grupo de los 5 (AIERH, UADI, CAPHyAI, FRA y AIPH). |
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Perlitas: El ejemplo es el único medio para lograr ejercer influencia. (Aschwitzer) |
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UADI informa Retomó la publicación de su revista [BPN-29/07/09] Después de un año de ausencia, la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) retomó la publicación "UADI informa". La revista bimestral y gratuita cuenta con 20 páginas –de las cuales 8 son a color- e información destinada a los administradores de consorcios. En cuanto a su contenido, tiene notas de opinión, institucionales, de interés general y algunas de servicios que le pueden ser útiles a los profesionales del sector. A pesar de que la UADI es miembro paritario representando a los consorcios en las discusiones salariales del sector, no publicó nada sobre el último CCT firmado. Tampoco informó a los administradores desde las páginas de su publicación sobre las reuniones que sostuvo el 23 de diciembre y el 4 de marzo en la sede de la FATERyH, el 5 de marzo en la sede del AIERH, el 26 de marzo en la sede de la CAPHyAI y el 6 de abril en su propia sede. Por último, desde "UADI informa" no se dedicó espacio para adelantar información o analizar las cláusulas salariales y no salariales que la entidad suscribió el 16 de abril junto al AIERH y la FATERyH. En este primer número (mayo-junio 2009) publicaron parte del articulado de su estatuto, un fallo judicial, información sobre las contrataciones obligatorias, una nota sobre el seguro colectivo de vida obligatorio, otra sobre el Registro Público de Administradores (RPA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una nota sobre el la campaña para ahorrar agua impulsada por el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH) y un informe sobre una investigación que revela que el 72% de los hogares argentinos no cumple al menos un requisito de seguridad eléctrica. |
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Perlitas: Quien no quiere pensar es un fanático, quien no puede pensar es un idiota, quien no osa pensar es un cobarde. (Bacon) |
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Resolución AFIP 2159/06 [BPN-29/07/09] Los administradores de consorcios tienen plazo hasta el 31 de julio para cumplir con la Declaración Jurada de la Resolución 2159/06 correspondiente al primer semestre del año. Recordemos que la resolución establece que brinden una serie de información cuando los montos de las expensas y otros conceptos análogos resulten iguales o superiores a 3.600 pesos durante cada semestre calendario y al mismo tiempo, la superficie de las unidades sea igual o superior a 100 m2 en los edificios en propiedad horizontal o el terreno sea igual o superior a 400 m2, en los countries, clubes de campo o similares. El administrador deberá informar sólo cuando se superen ambos parámetros a la vez. La información se confecciona mediante el aplicativo "Pago de Expensas" y se presenta mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio Web de este organismo ( www.afip.gov.ar).Por otra parte, en el caso de que en un período determinado no hubiera información a suministrar dentro de los parámetros establecidos deberán informar a través del sistema la novedad "sin movimiento". Cuando se verifiquen al menos tres presentaciones sucesivas "sin movimiento", los responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva información alcanzada por el presente régimen. Los datos relevantes a informar son: Administradores: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, domicilio fiscal, período a informar y tipo del complejo urbanístico administrado. Sobre los ocupantes, propietarios o sujetos obligados al pago de las expensas: carácter, CUIT o CUIL, domicilio del inmueble, superficie total y monto total de expensas abonados durante el período informado. La Corte Suprema aún no se expidió. Por su parte, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) informó que hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no se expida acerca de la inconstitucionalidad o no de la Resolución 2159/06, la misma continua vigente. Hace unos meses, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había resuelto hacer lugar a la apelación efectuada por la Cámara aunque el fallo de primera instancia le había dado la razón a la AFIP. En este sentido, ante la falta de certezas sobre qué postura adoptará la Corte Suprema y en qué fecha, recomendaron a los administradores ir recopilando la información necesaria como para poder efectuar la presentación en tiempo y forma, dado que el vencimiento opera el 31 de julio. |
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Perlitas: No mires nunca de donde vienes, sino adonde vas. (Beaumarchais) |
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CUCICBA [BPN-29/07/09] Por primera vez, nombraron autoridades en el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA). El acto de asunción se realizó el martes 15 de julio en el salón de actos "Gervasio Posadas" del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y contó con la presencia del subsecretario de Justicia de la Ciudad, Daniel Presti; el ex diputado porteño Jorge Enríquez y el presidente del Colegio Público de Escribanos, Víctor Di Capua. También estuvieron presentes autoridades y representantes del sector inmobiliario, de la construcción y de los corredores inmobiliarios de la provincia de Buenos Aires. Hugo Mennella juró como presidente del Consejo Directivo de CUCICBA, Roberto Ledo como vicepresidente 1º y Carlos Sotelo como vicepresidente 2º. Las elecciones para elegir a los integrantes de esta comisión fueron convocadas por la Comisión Normalizadora del CUCICBA y se realizaron el ocho de julio de 10 a 17 horas en calle Chacabuco 314, piso 11º. Ese día se eligieron representantes de la asamblea, miembros titulares y suplentes del Consejo Directivo, miembros titulares y suplentes del Tribunal de Ética y Disciplina y miembros titulares y suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas. "El colegio es un medio para lograr la jerarquización" Durante su discurso, el presidente aseguró: "entendemos que la creación del Colegio Único de Corredores inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye el medio indispensable para lograr la jerarquización de los profesionales inmobiliarios". Señaló que la Ciudad de Buenos Aires era una de las pocas del país que no contaba con un organismo que tuviera a su cargo el control de la matrícula y que a través de su accionar pudiera garantizar los derechos y obligaciones de los usuarios de los servicios inmobiliarios. "A partir de ahora, quien quiera ejercer el corretaje inmobiliario en el ámbito geográfico de la Ciudad de Bs. As., deberá estar matriculado en CUCICBA. A partir de hoy quien concurra a una inmobiliaria para contratar sus servicios va a saber que detrás de ella hay un colegio profesional que le brindará mayor seguridad jurídica en la comercialización de sus inmuebles a través del control de los matriculados", reflexionó Mennella. |
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Todos los viernes de 19 a 20 hs. por AM 1010 Onda Latina. También por Internet en: www.hablemosdeconsorcios.blogspot.com una producción de |
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Perlitas: El amor es el más poderoso hechizo para ser amado. (Baltasar Gracian) |
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Sueldos Julio/09 [BPN-29/07/09] El día 16 de julio de 2009 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social homologó el acuerdo bajo el registro Nº 780/90 y el número 106. El acuerdo al que llegaron los representantes de la parte sindical, los de la Asociación Inmobiliaria Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) y los de la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI) está formado por 9 cláusulas que modifican el convenio y 4 cláusulas salariales. (Ver nota "Un nuevo CCT" en el BPN Nº 381 del 17/07/09). Con respecto a las 4 cláusulas salariales, recién ahora y después de mucho trajinar, quedó claro cómo se debe liquidar. El punto 1 dice: "Incorporar un aumento salarial remunerativo de $380 sobre los haberes básicos, de la siguiente manera: a) $100 con los haberes del mes de mayo; b) $100 con los haberes de julio; c) $100 con los haberes de agosto; d) $ 80 con los haberes de septiembre" con lo cual una vez incorporados no se deben quitar. Con el mes de julio de 2009 y si el trabajador es de jornada completa, se deberán liquidar los $100 pesos correspondientes al mes de mayo, los $100 de junio, los $100 de julio y los nuevos $100 pesos que se incorporan en este mes. Habrá que tener en cuenta que posiblemente haya que liquidar una diferencia del 1º SAC si es que con estas modificaciones los mejores meses del semestre pasado fueron mayo o junio. El problema surgió con el texto de la primera cláusula –que en ese momeno todavía no se había homologado- y el texto que el Sindicato había distribuido entre sus afiliados. Mientras que en el acuerdo decía "Incorporar un aumento salarial..." el Sindicato decía "adicional de pago único y extraordinario...". Si bien el primer punto quedó bastante claro, no se indica con precisión cómo hay que exponerlo en el recibo de haberes: si modificar el básico de la escala salarial o agregar un ítem que contemple la condición de ser "remunerativo". Si se modifican los básicos también se modificará la antigüedad y el valor del Título Integral de Edifico pues ambos son un porcentual de distintos básicos y el punto 3 del acuerdo dice que "a partir del mes de diciembre, también se adecuarán los valores de los plus salariales de este convenio en proporción a los porcentuales otorgados en este convenio" por lo tanto –y para no contradecir este punto- se debería indicar en un ítem separado del básico de la escala salarial de Agosto de 2008. El punto 2 y 4 no presentan problemas: 2) "A partir del mes de diciembre, el incremento pautado se integrará con los correspondientes proporcionales para la apertura de las categorías y conforme escala salarial que las partes confeccionarán para agregar al acta" y 4) "En el mes de enero y febrero se abonará una suma fija de carácter no remunerativo, en dos cuotas, cuyo total será de $ 480. Esta suma fija será calculada en forma proporcional para los trabajadores/as que revistan las categorías previstas en el inciso d, e, h, n y p del artículo 8 y artículo 8". Julio 2009
¿Se publicará este acuerdo alguna vez en el Boletín Oficial? ¿Será mucho volver a pedir las cosas prolijas y claras, en tiempo y forma? |
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Perlitas: Los males que no tienen fuerza para acabar la vida, no han de tener para acabar la paciencia. (Cervantes) |
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Correo de Opinión No es un mero punteo de comprobantes por la Cra. Laura C. Jelen Sr. Claudio García Rivas: En esta oportunidad quisiera hacer una observación al correo de opinión que envió la Sra. Teresa Stolarski titulado “Destripando a los administradores”. No es mi intención en este correo referirme a la cuestión de fondo sobre la que la Sra. Stolarski emite su opinión sino hacer hincapié en su párrafo: “que nuestro modesto edificio tenga que pagar cerca de $ 2.500 a un auditor que venga por dos o tres horas a certificar las cuentas, que no son más que un punteo de comprobantes con sus respectivas imputaciones a las liquidaciones de expensas y el control final de la cobranza”. Circunscribir una auditoría a las actividades que la señora Stolarski define en su párrafo es no sólo desconocer lo que significa realizar una auditoría sino menospreciar una actividad que sólo puede ser realizada por un contador público debidamente matriculado en el Consejo Profesional respectivo. Realizar una auditoría no es un mero punteo de comprobantes con sus respectivas imputaciones como se refiere la señora sino aplicar procedimientos que permitan respaldar la información expuesta emitiendo un dictamen al respecto. Implica también, y sólo a mero título enunciativo, verificar si los saldos deudores -como pueden ser los créditos por cobro de expensas y acreedores, las deudas previsionales- son correctos, si se ha dado cumplimiento a todas las normas que establece la AFIP (régimen de facturación, regímenes de retención entre otros), a las normas establecidas por la Ley 13512, si se han liquidado correctamente los sueldos y contribuciones y aportes previsionales, si el consorcio posee los seguros obligatorios y si éstos están al día., etc.
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ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente. - Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos - |
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Perlitas: Recuerdo lo que no quisiera, y no puedo olvidar lo que quisiera. (Cicerón) |
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Correo de Opinión 1º Jornadas Nacionales de Derecho de la Propiedad Horizontal por el Sr. Miguel A. Fernández Estimado señor Garcia de Rivas: Referente
al tema del epígrafe, nuestra primera reacción fue de gran satisfacción
porque finalmente se iniciaban las tareas encaminadas al debate y la
exposición de expertos en A ese primer impacto, surgieron nuestras dudas y reservas sobre tales Jornadas ya que no se convoca a los medios gráficos, radiales y televisivos en general para su amplia difusión (nos enteramos por Pequeñas Noticias) y no se tiene en cuenta a personalidades de reconocida idoneidad y consulta nacional e internacional sobre propiedad horizontal que hay en Mar del Plata, como así también a las cámaras de administradores, sindicatos de encargados y asociaciones de propietarios del país entre las que está APROPHMAR (Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata) que bien o mal alzan su voz en defensa de los inalielables derechos de los mismos que no son tenidos en cuenta, esto si, como cabe suponer, estas Jornadas están en la reforma integral de la citada ley y no en un mero maquillaje para que las cosas sigan estando como están. Desde ya, nuestro especial agradecimiento.
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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 11 de agosto a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo. |
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Perlitas: La tontería es infinitamente más fascinante que la inteligencia. La inteligencia tiene sus límites, la tontería no. (Claude Chabol) |
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Correo de Opinión Carta abierta al SUTERH por el Dr. Ricardo Geler Resulta evidente que nuestro pueblo está ávido de cambios políticos. Así lo ha demostrado en las últimas elecciones. Sin embargo, no todos los dirigentes sindicales se dieron por enterados y Víctor Santa María, secretario general del SUTERH, es uno de ellos.- La iniquidad del armado de paritarias, pergeñadas por el gremio con la complicidad del Ministerio de Trabajo, está llegando a su fin. Durará lo que tarde el ciclo político en agotarse definitivamente. Y está a la vista que los dirigentes del presente ciclo agotaron su turno. No tardará mucho en sufrirlo el SUTERH. Cuando sus afiliados perciban que Santa María no puede mantener los privilegios que los beneficiaron comenzarán a pedir una rendición de cuentas de los fondos del sindicato, distraídos en proyectos personales, y no faltarán los pescadores dispuestos a agitar las aguas.- Los consorcistas no son los 80.000 afiliados que puede tener el SUTERH son más de 10.000.000 y están hartos. Hartos de actitudes con cortedad de mira y soberbia y de quienes se manejan pensando que permanentemente gozarán de los favores del Príncipe y de que serán por siempre. Está históricamente comprobado que no es así. Las sociedades oprimidas acumulan odio y en algún momento, cuando tienen la oportunidad y está llegando barren a sus opresores. Es para lamentar que el andamiaje democrático construído durante años y sobre el que se asienta la propiedad horizontal esté hoy malherido. Nuestras instituciones han sido maltratadas por una dirigencia sin grandeza moral. Se privilegian los personalismos y nuestros legisladores corren detrás de la sanción de leyes coyunturalmente urgentes para los intereses políticos, olvidándose de aquellas leyes importantes para la sociedad que deben ser dictadas, reemplazadas o reformadas. Muchos de nuestros jueces le dan la espalda a los consorcios cuando les piden su intervención en los casos que sus órganos no funcionan adecuadamente y deben ser encausados. Y los sindicalistas y el Poder Ejecutivo se empeñan en dañarlo aún más, exhibiendo un poder obsceno, artífice de un generalizado repudio. Soplan vientos de cambio. No dejemos pasar la oportunidad. Juntos empecemos a producir un país nuevo, con esperanza fundada en una participación que provea al bien común, con una dirigencia digna, elegida entre nuestros mejores hombres y mujeres, para el bien de nuestra existencia y ejemplo para nuestra posteridad.-
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Perlitas: Sólo los sabios más excelentes y los necios más acabados son incomprensibles. (Confucio) |
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Correo de Opinión Que alguien nos defienda de verdad por la Adm. Victoria Dominguez Sres. de Pequeñas Noticias: Quiero apoyar totalmente la nota escrita por la Sra. Teresa Stolarski del 3/07/2009, ¿Quién piensa en los consorcistas? Los deudores son cada vez más y no se pueden afrontar los arreglos de las unidades. ¿Hasta cuándo hay que soportar los continuos aumentos que reciben por decisión unilateral del Sr. Santa María y sus compañeros?. ¿Qué pasa si tanto los administradores como los consorcistas nos unimos y decidimos no abonar los aumentos? ¿Es difícil que eso pase no? ¿Pero es que no quieren entender estos Sres, que los consorcios no son empresas que dan ganancias? Mejor sería que alguien nos defendiese de verdad en lugar de tener tantas reuniones para ver de qué manera nos hunden más. Basta de imponer gastos y más gastos inútiles, basta de seguros y seguros a los encargados. La gente ya no da más.
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Co-conductoras del programa radial Dra Liliana M. Corzo y Dra. Diana C. Sevitz Co-conductoras del programa radial En su 8ª temporada en el aire se complacen en informar a sus oyentes que a partir del 1ero. de marzo de 2009 se emite el programa los días martes de 19 a 20 hs en vivo, por la emisora AM 1010 ONDA LATINA y se puede escuchar por internet |
de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
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Correo de Opinión ¿Gripe
porcina o pandemia de miedo o lucro? El mundo se debate en una de las crisis económicas más aguda provocada fundamentalmente por el excesivo afán de lucro de las grandes corporaciones y la irresponsabilidad social de los gobiernos por la falta de control adecuado. Los grandes capitales y la banca en particular, en su desmedida pretensión de maximizar sus ganancias, empujaron a la sociedad a un consumismo excesivo y superfluo cuya desmesura produjo un apalancamiento del crédito y una sensación de riqueza ficticia por la multiplicación del dinero plástico, varias veces superior al circulante real. Los mayores beneficios tienen una relación lineal con la propensión al riesgo. Al incrementar su voracidad fiscal, los gobiernos debilitaron el ejercicio del poder de policía con el peligro implícito de un cataclismo universal. Los bancos se engolosinaron con el otorgamiento de hipotecas por montos superiores al del bien hipotecado, situación que favoreció una espiral de los precios de mercado, pero los árboles nunca crecen hasta tocar el cielo y los mercados no se autorregulan. Cualquier alteración modifica la bonanza preexistente, explotan las hipotecas subprime, bajan los valores de los bienes, se paralizan las ventas y se frena la industria de la construcción. Acto seguido las automotrices siguen igual camino y la caída en las ventas llevan a la quiebra a empresas centenarias, prósperas hasta no hace mucho tiempo. La industria armamentista en descrédito por guerras continuas e interminables patrocinadas por los tutores de la democracia. La extracción de petróleo requiere enormes capitales de los países altamente desarrollados, en algunos otros conflictivos o situados en áreas conflictuadas y presenta grandes oscilaciones en el precio del barril del crudo. Sólo quedan como rentables la informática y la muy poderosa industria farmacéutica. Cuando el presupuesto de un país privilegia la inversión en áreas como salud y educación que actúan como factor indirecto de la distribución de la riqueza y favorecen la movilidad social muestra su perfil progresista. En un mundo y un continente profundamente desiguales como el que vivimos, no se puede distribuir dando a todos por igual pues aumenta la brecha social. Equidad significa dar más al que menos tiene. En el sector salud importa la diferencia en el acceso a la misma para lograr la prevención de la enfermedad. Un tema altamente sensible es la asignación de los recursos dentro del mismo sector salud porque los beneficios para la gente no son iguales, el monto de las inversiones tampoco y los inversionistas públicos o privados mucho menos. La inversión del Estado se potencia exponencialmente cuando se aplica a la promoción y protección de la salud y prevención de la enfermedad. Cuanto mayores recursos se apliquen a éstas, menos se necesitará para tratamientos de los enfermos, ambulatorios o internados y evitará posibles secuelas posteriores. Las acciones la educación sanitaria se visualizan recién en el mediano y largo plazo y eso en el mercado de la salud implica un bajo rendimiento económico. En cambio en el tratamiento de la enfermedad, cuanto más grave es, mayores son las ganancias. Si se prioriza la atención primaria cerca del lugar de trabajo o de residencia de la gente, mejora el rendimiento y la ecuación costo/beneficio. Capítulo aparte merece el análisis del gasto en medicamentos. Examinadas las tareas de mantenimiento de la salud que están principalmente a cargo del Estado, aquellas que se ocupan del tratamiento de la enfermedad tienen una amplia cobertura en nuestro país: por el hospital público en los niveles bajos y medios bajos económicamente, por las Obras Sociales en los asalariados en relación de dependencia y por los Prepagos en los niveles medios altos y altos. En cambio en el tema del medicamento aún con receta, el enfermo abona el 50% o más y el 100% cuando no se cuenta con la indicación médica o con la farmacia de la obra social o en los muchos casos de automedicación. Además, su precio es elevado y más aún cuanto más recientes es el fármaco, prescripto con bastante frecuencia. La indicación del genérico ha permitido abaratar costos pero a veces a pesar de contener iguales dosis que otros de marca, la respuesta terapéutica no es igual quizás por razones de biosíntesis o de biodisponibilidad. La medicalización como instrumento mágico de curación y los factores mencionados que potencian el consumo hacen que el gasto de bolsillo de los pacientes, en medicamentos, sea muy importante y desproporcionado. El análisis precedente nos permite suponer hacia donde pueden dirigirse algunos enormes intereses económicos, desvinculados de otras inversiones y carentes de responsabilidad social empresaria. Esta descripción cruda de la realidad no limita mi profundo convencimiento de la necesidad de invertir en investigación básica y aplicada y de brindar la medicina de la más alta calidad pero como los recursos económicos, físicos y humanos son finitos, debemos procurar el máximo de eficiencia, efectividad y eficacia para alcanzar la mejor calidad de vida psicofísica y social. En nuestro planeta viven seis mil millones de personas de las cuales más de la mitad padecen hambre y desnutrición, millones de marginados y de indigentes que ¿viven? con menos de un dólar diario. Todos los años mueren en el mundo dos millones de niños por enfermedades diarreicas que se podrían curar con hidratación oral por pocos centavos. En el orbe mueren dos millones de personas anuales víctimas del paludismo, fácil y económicamente evitable fumigando y usando mosquiteros. La enfermedad de Chagas mata millones de personas por falta de una vivienda adecuada. El sarampión, la tos convulsa, la rubéola y la bronquiolitis son enfermedades que matan millones de personas al año y son evitables con vacunas que cuestan centavos. La lista puede continuar pero todas tienen como causa la pobreza y por ser enfermedades de la pobreza y de los países pobres, la prensa no informa, los gobiernos no se preocupan, los laboratorios farmacéuticos no invierten y la sociedad no se entera. Todos los años mueren cuatro mil personas en nuestro país y quinientos mil en el mundo por la gripe común pero pocas son las campañas y sólo algunos los informados pues la noticia no aparece en los medios. Pero cuando hace unos años apareció la gripe aviar los noticieros alertaron a la población por una posible epidemia: la “gravísima” enfermedad de los pollos. Sin embargo, esta terrible pandemia sólo provocó la muerte de 250 personas en todo el mundo. Compartimos el criterio que una sola muerte es grave y más aún si puede evitarse y que todas las medidas sanitarias posibles para contener la propagación del mal deben tomarse pero es llamativo la tremenda difusión dada a la gripe aviar y no menos sorprendente la pronta aparición de la solución, gracias al poderoso laboratorio farmacéutico transnacional Roche que vendió millones de dosis de su producto. Ahora en el 2009, en plena crisis económica global, surge la gripe porcina. Antes fueron los pollos y ahora los cerdos. Crece rápidamente el número de enfermos, se propaga la enfermedad que empezó en Méjico y Estados Unidos y se multiplican las denuncias de mortalidad. Todo el mundo habla sólo de esto. El estímulo intelectual y los medios nos empujan a preocuparnos más por conseguir barbijos antes que por la pérdida de empleos. La prioridad por conservar la vida nubla la atención por la debacle que provoca la caída de toda actividad. Nada se dice de las guerras convencionales que continúan, los espectáculos deportivos con concurrencia masiva, los medios de transporte atestados de gente…sólo se habla de la gripe porcina. Antes la culpa fue de las aves, ahora es de los puercos pero en ambas el responsable es un animal. Un alto directivo de Laboratorios Roche manifestó su gran preocupación por esta pandemia pero “felizmente” para mitigar tamaña catástrofe se puede disponer del “milagroso” Tamiflú y a un precio de u$s 40 la caja. Realmente lo milagroso es el enriquecimiento de los accionistas de las dos grandes empresas farmacéuticas que venden los antivirales, Roche y Relenza, por las ventas millonarias de este medicamento de efecto dudoso. Gilead Sciences es la empresa estadounidense que patentó el Tamiflú y casualmente uno de sus principales accionistas es Donald Rumsfeld, ex Secretario de Defensa del ex presidente George Busch y artífice fundamental de la guerra contra Irak. (1)(Dr. Carlos A. Morales Paitán, Lima, Perú) El notable epidemiólogo argentino Daniel Stamboulian expresó su desacuerdo por el cierre de escuelas y recomendó evitar la psicosis por esta enfermedad de baja peligrosidad. Se deben tomar todas las medidas necesarias de precaución beneficiosas para evitar el contagio y las complicaciones pero alertamos que la verdadera pandemia es el miedo que se pretende instalar, eludiendo el tratamiento de otros temas que desde el poder se quieren negar o postergar y la multiplicación de las ganancias de los mercenarios de la salud, que se benefician con la desesperación y el dolor de la gente y los gobiernos. Si
se trata de un problema de salud pública que concita la preocupación de
las autoridades sanitarias de todos los países y asistimos al hecho
inusual que aún antes de salir la vacuna contra la gripe A H1N1 ya se
vendieron dosis por miles de millones de dólares, es dable pensar que
esta “gravísima” enfermedad debería
merecer la atención de los organismos rectores de Es posible que la divulgación de la información adecuada en tiempo y forma pueda actuar como una vacuna para combatir esta pandemia de miedo y lucro.
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Correo de Opinión El turismo social y la discapacidad por el Sr. Raúl Guinzburg Entre los años 1943 y 1950 se construyeron en nuestro país dos complejos turísticos destinados principalmente a los sectores de escasos recursos de todo el país y a los efectos de mejorar la calidad de vida de una porción de la población y siendo su objetivo brindarle la posibilidad de poder contar con un período de vacaciones. Estos complejos fueron construídos en la localidad de Chapadmalal (provincia de Buenos Aires) y en Embalse de Río Tercero (Córdoba), contando el primero con 9 hoteles y el segundo con 7. Dentro de los complejos existen hoteles categorías “A” y “B”, los primeros todos con habitaciones con baño privado y un diseño interno tipo alpino y otras comodidades y los segundos casi en su totalidad con habitaciones y los baños generales por planta. También existían en ambas unidades turísticas (como hoy se denominan) algunas casas “A” y “B” con cierta independencia en relación al resto. Hoy y desde hace muchos años en Chapadmalal no existen más ya que fueron privilegiadas para funcionarios, legisladores, etc. y pertenecen ahora (completamente alambrados) a la Presidencia de la Nación. Dado el carácter altruista y social, las tarifas eran muy económicas para permitir precisamente que esa población económicamente débil pudiera acceder a los mismos. Lo único que se olvidaron en principio fue el diseño de accesibilidad para las personas con discapacidad y/o movilidad reducida ya que casi todas las habitaciones de la categoría “B” se encontraban en el 1º y 2º piso, con algunas pocas excepciones. Los hoteles “A” si bien tienen habitaciones o departamentos en planta baja, éstas se encuentran a un nivel más bajo que la planta principal. Ello fue subsanado -teniendo em cuenta las leyes que amparan a las persona con discapacidad- con un pequeño montacargas que salva los aproximadamente ocho escalones que hay en la llamada planta baja. Hasta el momento no tengo conocimiento de que se haya subsanado esas barreras arquitectónicas. En todos estos hoteles propios que corresponden a la Secretaría de Turismo de la Nación los jubilados y pensionados y sus cónyuges, los mayores de 65 años y las personas con discapacidad y un acompañante, gozan de un período (ahora de seis noches con media pensión) sin cargo. Desde hace unos años, se incorporó al Programa de Turismo Social el llamado “Plan Federal” que incorporó otros destinos mediante convenios con hoteles de categoría que mediante el pago de la estadía por cinco noches con media pensión y subvencionando otra parte, pueden acceder las personas en actividad y también los jubilados, pensionados, mayores de 65 años y personas con discapacidad a los efectos de que todos puedan conocer otras regiones turísticas de nuestro país. Si bien es cierto que la erogación por parte de los usuarios es bastante económica en relación a los precios de plaza, he comprobado que en la actualidad se ha producido una especie de discriminación en relación a las personas con discapacidad. En efecto, en diciembre de 2007 y como ejemplo el “Plan Familiar”, la categoría de los más necesitados en los que se incluye al colectivo de la discapacidad abonaban un mínimo de $69 y los activos $115. En la Programación del 2008 al 11 de julio se abonaba $80 y $133, respectivamente pero a partir del 1º de mayo del corriente año, por Resolución del Ministerio de Producción Nº 935/08, se fijaron tarifas diferenciadas por destino que oscilan entre lo $310 y $390 según detalle: Región Litoral, Centro, Buenos Aires (costa Atlántica), Norte $310, Región Centro (Buenos Aires, San Pedro/Villa Arcadia/Sierra de la Ventana, $330), Región Patagónica, Litoral, Cuyo y Norte $350) y destinos emergentes $390. La novedad es que no existe más la diferenciación entre activos y pasivos o discapacitados, es decir, todos abonan lo mismo.- Aquí es donde se produce la inequidad y un retroceso en los beneficios que habían adquirido esas clases vulnerables.- Atento a mi consulta, la Dirección de Turismo con fecha 23 de abril/09 contesta: “Los precios han sido unificados porque la Secretaria está atravesando una crisis presupuestaria”. Es probable que un pequeño porcentaje de esa aseveración sea verídica pero no justifica con ello la unificación de esos valores ya que por otro lado, es seguro que sí haya presupuesto para otro tipo de gastos que no hacen a la acción social que deben prestarse.-
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Correo de Opinión Aumento de expensas por el Adm. Luis Zucchi Hola Claudio y amigos, les escribo en esta oportunidad ya que en el día de hoy (29-07-09) en el noticiero de canal trece informan que "aumentan un 30% las expensas" y reproducen una entrevista al Sr. Awad muy conocido por todos nosotros en donde dice que salió un aumento para los encargado de un 30% que se traslada a las expensas y que a muchos se les va a hacer difícil poder pagarlo. En la nota, se deja en claro lo terrible del aumento y sus consecuencias produciendo, en quién lo escucha, una psicosis típica de Hitchcock. Quisiera denostar el argumento expresado ya que no es real o por lo menos matemáticamente imposible en la forma que fue expuesto por nuestro conocido opinólogo de consorcios anteriormente citado. Tomemos por ej. que un consorcio gasta mensualmente diez mil pesos ($10.000) y el sueldo representa dos mil pesos ($2.000), si tomamos que el aumento de los encargado es del 30% eso sería seiscientos pesos y este importe en los gastos ($10.000) representa un 6% muy lejos del 30% mencionado. Al crear esta confusión, desde que vi la entrevista hasta estos momentos en que estoy escribiendo este mail, no dejan de llamar por teléfono propietarios de distintos consorcios en los cuales por sus ingresos ese 30% es imposible abonarlo. Yo debo explicar lo que acabo de escribir en el párrafo anterior y esto produce en mí una pérdida de tiempo a esta altura del mes tan crítica donde estamos cerrando expensas. Por lo expuesto, quisiera declarar al Sr. Awad y a todos aquellos que son "formadores de opinión" como personas no gratas para nuestro ámbito ya que no ayudan a nuestra gestión, nos complican y se dan el lujo de aparecer en medios masivos mal informando a la población.
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Rincón Solidario Nos es difícil determinar a quién le corresponde Tenemos una duda y seguramente ustedes podrán hacernos salir de ella. Se trata de un edificio nuevo. Sería la primer destapación de lavadero desde rejilla de acceso hacia columna de desagote central que se realiza, y queremos determinar bien si le corresponde al consorcio o es particular ya que luego puede sentar precedente en otros casos. Les
trancribo parte del articulo 8: "asimismo, será de cuenta y cargo de los
propietarios el mantenimiento y conservación de las instalaciones en la
parte que corresponda a la unidad y hasta la conservación de las cañerías
principales del edificio". En todos los edificios que administramos son por cuenta del consorcio, pero aquí los copropietarios nos plantean estas dudas difícil de explicar. ¿Nos podrán ayudar? Desde ya muchísimas gracias como siempre. Alejandro (19/6/2009) Estimado lector Alejandro: Debido a que su consulta tiene ribetes muy similares a la evacuada por nosotros en el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 380 a él nos remitimos en honor a la brevedad y economía de espacio. Asimismo, tanto quien suscribe como otros columnistas se han referido a la cuestión en reiteradas ocasiones por lo que le sugiero, además, rastrear el tema en respuestas anteriores. Esperando sea de su utilidad nuestra remisión. Lo saludamos cordialmente.- --- El Dr. Jorge Resqui Pizarro es socio fundador de ReDeCo, es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a jrpizarro@estudiolavoro.com.ar o llamarlo a su teléfono 4832-8483. |
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Rincón Solidario Aparecieron dos gastos que me llamaron la atención Gracias por permitirme este espacio. En el mes de junio, aparecieron en las expensas dos gastos que me llamaron la atención y quisiera saber si está bien aplicado. 1° Se aumentó al portero y a sus ayudantes un importante porcenataje del sueldo y creo que todavía sobre ese tema no hay nada resuelto, de no ser así por favor indicarme los porcentajes de aumento y fecha de aplicación. 2°
El administrador también para la misma fecha se aumentó más o menos un 30
% el sueldo, no sé si fue autorizado por el consejo (¿tiene facultades
para ello?) o este tema debería tratarse en reunión de asamblea ordinaria.
¿Cómo funciona esta regulación de honorarios? Los saludo muy atte. Norberto (19/7/2009) Estimado Norberto: Por la forma en que Ud. plantea la consulta no parece suficente recomendarle la lectura del boletín anterior de Pequeñas Noticias en el que se especificaron los aumentos acordados en el ámbito del Ministerio de Trabajo, mediante la modificación del Convenio Colectivo de Trabajo. Y le digo esto por la información que Ud. nos da sobre la forma en que su administrador está comunicando aumentos en el monto de las expensas. En lo que atañe al aumento de los honorarios de la administración, cabe señalar que es altamente improbable que el Reglamento de Copropiedad faculte al Concejo de Administración a conceder dichos incrementos. Ante la dificultad de no tener a la vista el Reglamento de Copropiedad y el acta o las actas de asamblea en las que se pudiera haber tratado el tema de los honorarios del administrador, suma esto a las dudas sobre el alcance y oportunidad de la aplicación de los aumentos salariales del personal del edificio, no cabe otro consejo que dirigirse personalmente en consulta a la administración, preferentemente por escrito. Según cual sea el resultado de esta gestión, y complulsada la opinión de otros propietarios del edificio, el paso siguiente sería reclamar por escrito la convocatoria a una asamblea extraordinaria para recibir la información pertinente, tratar y decidir estos temas. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
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Rincón Solidario En qué casos es obligatorio construir una portería Hola: Quería saber si me pueden orientar, dónde puedo consultar en qué casos es obligatorio construir un departamento de portería. En nuestro caso sería una obra de 15 departamentos, total 680 m2. en 6 pisos. Muchas Gracias Gustavo (16/7/2009) Estimado Gustavo: En respuesta a su consulta le informo que según lo dispone el Art.7 inc. f) del CCT 378/04, convenio colectivo de la actividad, los edificios que están obligados a tener un encargado permanente con vivienda (ver art. 23 del citado convenio) son aquellos que tienen a su cargo más de 25 de unidades. No conozco disposición alguna en la que el metraje de la construcción del edificio modifique esta categorización. Es así entonces que en el caso que plantea es obligatorio que tengan un encargado no permanente, quien realizará las tares propias del encargado, en edificios que tenga a su cargo hasta 25 unidades sin servicios centrales o con servicios centrales de calefacción y/o agua caliente. Este personal tendrá la obligación de cumplir un horario de permanencia de cuatro horas diarias. Esperando haber respondido a su inquietud la saluda cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Rincón Solidario Estimados les quería realizar la siguiente consulta: ¿Se puede mediante asamblea de por medio, decidir que la destapación de las cañerías de la cocina sean a cargo de cada propietario?. Atento lo arbitrario y sin sentido que yo considero esta medida, ¿no se puede cuestionar esta decisión tomada por una asamblea? Saludos y muchas gracias. Miguel (12/7/2009) Estimado Miguel: Antes de poder brindarte una respuesta a tu consulta, habría que leer el reglamento de copropiedad y administración del edificio y analizar qué dice al respecto. No te olvides que el reglamento es la ley del consorcio. Por lo general , a excepción que el reglamento especifique lo contrario, las cañerías de agua son a cargo del consorcio pero la limpieza y mantenimiento de los desagues son a cargo del propietario de cada unidad funcional. No así las columnas generales de bajada. Evidentemente, en tu consorcio se manejaban de esta forma y en asamblea resolvieron que dicho mantenimiento sea por consorcio. Ante cualquier duda estamos a tu disposicición --- El Adm. León R. Estrugo es el Director Nacional de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4469-0782 en Capital Federal. |
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Rincón Solidario El moroso se niega a renunciar Agradeceré a Uds. me informen si un propietario moroso puede continuar formando parte del Consejo de Administración. En este caso se le ha indicado que debe renunciar ya que está causandole un daño al consorcio pero se niega a hacerlo. Además, si es posible, me indiquen qué ley o artículo lo señala por sí o por no y si hay jurisprudencia al respecto. Quedo al aguardo de su atenta respuesta. César (19/7/2009) Estimado César: La situación de formar parte de un consejo de administración y ser consorcista moroso debiera resolverse, como Ud. bien expresa, con la renuncia de la persona en cuestión. Ahora bien, el moroso no ha renunciado y salvo el caso en que el Reglamento del consorcio en cuestión establezca otra cosa; el Consejo de Administración deberá solicitarle al administrador que, en el orden del día del siguiente llamado a asamblea extraordinaria, se ponga a votación la remoción o ratificación de esa persona en el cargo de consejero. La ley de propiedad horizontal no previó la existencia del consejo de administración y reitero, salvo que vuestro reglamento prescriba algo diferente, si la persona no renuncia, no es posible removerla sin que ello sea decidido y votado en una asamblea.- Un saludo cordial --- El Dr. Eduardo Awad es abogado especialista en Propiedad Horizontal y director del Instituto de la Propiedad Horizontal del Colegio de Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para cualquier consulta se le puede escribir a consorcio@todoconsorcios.com.ar |
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Correo de Lectores ¿Una única vez o para siempre? El encargado de uno de los edificios que administro me trajo un panfleto que le entregaron en el Sindicato y que dice que los $380 son por única vez. ¿Esto es así? Carlos (24/07/2009) Estimado Carlos, creo que todos nos hicimos esa pregunta durante la semana pasada y hasta que efectivamente se dio publicidad a la homologación del acuerdo con fecha 16 de julio. Te adelanto que esos $380 se deben incorporar a los haberes y no se pueden quitar por lo tanto no es por única vez. Te invito a leer en este mismo boletín Nº 381 la nota llamada "Aumentos: todo o nada" para que te quites las dudas. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores Quisiera saber si los adicionales que se liquidan todos los meses con los haberes se deben modificar y cuánto. Ana (25/07/2009) Estimada Ana, la tercera cláusula salarial del acuerdo homologado dice textualmente: "A partir del mes de diciembre, también se adecuarán los valores de los plus salariales de este convenio, en proporción a los porcentuales otorgados en este convenio", por lo tanto no deberás modificar nada. Al menos eso es lo que nosotros entendemos. Un saludo grandote |
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Número de Edición: 382 (1º edición) Fecha de publicación: 29 de Julio de 2009 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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