Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Miércoles 13 de Agosto de 2008 - Nº: 355 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número
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Adm. Adrián Hilarza "No somos uno de los tres Reyes Magos" [BPN-13/08/08] El presidente de la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH), Adm. Adrián Hilarza, aseguró que siguen manteniendo reuniones periódicas con Fundación Reunión de Administradores (FRA), Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), Unión Administradores de Inmuebles (UADI) y la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI). Recordemos que en abril de este año, Hilarza y el presidente de FRA, Adm. Jorge Hernández, informaron a este medio que no avanzaron en temas comunes y que hacía varios meses que no dialogaban. Durante el programa de radio "Hablemos de Consorcios" de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal (UMIPH), Hilarza advirtió que, si bien retomaron las encuentros, para poder trabajar verdaderamente es necesario que las instituciones dejen de lado el personalismo: "acá hay que entender que cuando uno representa a una institución está representando a un conjunto de personas. Hay que dejar de lado las miserias personales". Subrayó que el principal problema es que frente a los micrófonos tienen una actitud y fuera de los micrófonos otra: "desde AIPH sentimos el desprecio permanente porque no somos uno de los tres Reyes Magos que en abril se sienta a negociar los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT)".
Según él, muchos anteponen el personalismo a la idea, "se quedan peleando en lo que ocurrió hace 20 ó 30 años y [eso] no me sirve para nada, lo único que hacemos es ir para atrás y seguir peleándonos entre nosotros en lugar de mejorarlo". Pese a las diferencias, señaló que están tratando de acercar puntos en común, "las conversaciones siguen, no se van a terminar nunca. Yo nunca cierro la puerta en ningún aspecto de mi vida así que tampoco lo voy a hacer mientras presida AIPH, salvo que la comisión directiva me diga lo contrario", subrayó Hilarza. Los consorcistas en los CCT Cuando Hablemos de Consorcios le preguntó qué opinaba sobre la posibilidad de que alguna entidad de administradores permita a los consorcistas participar de las negociaciones de los CCT, subrayó: "voy a ser poco político pero hay un tema demagógico en el medio. Yo creo que no es lo que sienten porque sino ya lo hubieran hecho, está claro que no es un interés". Según él, los consorcistas deberían participar de las negociaciones, "las instituciones de propietarios tienen que estar como corresponde conforme a derecho. No estoy pidiendo que se siente cualquiera". "Seguimos siendo independientes" Cuando AIPH se inscribió en la Inspección General de Justicia (IGJ), dejó de llamarse Administradores Independientes de Propiedad Horizontal para ser Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH). Hilarza explicó que ese cambio fue por una cuestión formal: "nunca dejamos de ser independientes, siempre lo mantuvimos, lo que sucede es que cuando estuvimos en la IGJ no nos quisieron tomar la palabra independiente". Recordó que AIPH nació como un desprendimiento de otras instituciones y que la sanción de la Ley 941 fue un punto clave: "fue un golpe psicológico porque en realidad era necesario y es necesario que el Estado lleve un control. El Estado tiene que tener una pata en todo esto porque acá hay mucho dinero alrededor y hay muchos intereses en juego, muchos sinvergüenzas y oportunistas dando vuelta. Tiene que regular esta actividad que está llena de lagunas, es más, hay más lagunas y océanos que letras". Si bien AIPH apoyó la sanción de la Ley 941, consideró que hoy "se ha desvirtuado y es una ley muy laxa, tiene que evolucionar. Creo que es muy liviana". Propuestas para la Ley 941 Consideró que una de las modificaciones que le haría a la Ley 941 hace referencia a las asambleas ordinarias debido a que son "un elemento muy fuerte. Un administrador enaltece su gestión cuando rinde sus cuentas. No se puedo obviar la asamblea ordinaria. Es altamente sospechoso que un administrador no rinda sus cuentas". Al mismo tiempo, explicó que la rendición de cuentas debería ser obligatoria porque cuando uno rinde cuentas está probando una gestión y le da formalidad al trabajo. Señaló que está cansado de tomar consorcios en los que se han llevado mal las cosas y aseguró que para él el secreto de toda buena gestión es que haya un control: "el control lo tiene que ejercer, por un lado, el consorcio y el consejo de administración y por otro lado, la ley". |
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Porteros Eléctricos / Equipos Visores / Circuitos Cerrados TV / Electricidad General / Factor de Potencia Semáforos / Luz de Emergencia / Service Autorizado y Distribuidor Oficial Atomlux
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Efemérides
consorciales:
el
16/08/2006 el Gobierno nacional anunció un plan de viviendas para
dinamizar y facilitar el crédito hipotecario a los inquilinos. |
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Proyecto de modificación a la Ley 941 Una rendición de cuentas anual obligatoria [BPN-13/08/08] En los próximos días, el legislador porteño Roberto Destéfano (PRO) presentará un proyecto para modificar la Ley 941 que creó un Registro Público de Administradores (RPA). La iniciativa cuenta con el aval del Consejo Profesional de Ciencias Económicas <ver anteproyecto> y apunta a que sea obligatorio que los administradores presenten anualmente una auditoría en el que se detalle un balance del consorcio emitido por un profesional en Ciencias Económicas. Los únicos consorcios que estarían exentos –para no sumar un costo significativo en las expensas- serían aquellos de menor magnitud que no tienen personal en relación de dependencia o que son solamente de un piso. "De prosperar esta iniciativa, los administradores de consorcios van a tener que emitir un informe en forma anual. De esta forma, los consorcistas van a tener garantías de que las cosas se están haciendo de acuerdo a las normas. El administrador no debería sentirse mal porque no pierde ni su trabajo ni sus ingresos, lo único que garantizamos con esto es que aquel que hace bien el trabajo va a tener un informe que así lo acredite y el que no, va a tener un informe que le pida correcciones a su labor", explicó Destéfano. Según el legislador, si bien la Ley 941 enmarcó o dio algún grado de reglamentación y control a la actividad, "todavía le está faltando alguna vuelta más de tuerca". Por otra parte, consideró que es muy importante que se difunda esta discusión para que intervengan la mayor cantidad de actores y "podamos tener una modificación interesante a la ley, aprovechando la experiencia mal o buena que se pudo haber tenido estos años".
"Creo que un proyecto presentado en la Legislatura es el inicio de un debate, el inicio de una discusión constructiva para lograr un objetivo que sea del bien común", reflexionó. Subrayó que el único agravante que tiene esto, desde el punto de vista racional, es que se puede decir que es un costo más para el consorcio pero advirtió que hay que mirar los beneficios que se tienen a futuro. Los informes no son entendibles El legislador del PRO aseguró que gran parte de los informes que emiten los administradores no son entendibles para los consorcistas, "la Ley 13.512 prevé la rendición de cuentas pero no especifica claramente cómo tiene que ser, si bien hay conceptos generales hay una profesión que es la de las Ciencias Económicas que está preparada y especializada para hacer esta tarea". Destéfano había presentado un proyecto similar hacia fines de 2006 en el que proponía que los copropietarios a través de una asamblea podían obligar al administrador a que contrate a un estudio de auditoría para que controle los gastos del consorcio. Explicó que ese proyecto no prosperó porque en la discusión parlamentaria dijeron que era dar por ley al copropietario una posibilidad o un derecho que ya tiene debido a que a través de la asamblea puede solicitar una auditoría y un control sobre sus cuentas. Los costos de la auditoría Subrayó que el costo de la rendición de cuentas estaría a cargo del consorcio y éste no representará una suma significativa para los consorcistas. "El costo depende de la magnitud del trabajo y del consorcio pero yo pienso que esto no debería impactar en más de 100 pesos por mes, por consorcio, sabiendo que es una vez por año y que el costo del trabajo ronda aproximadamente entre los 1.000 y 2.000 pesos". Consideró que éste es "un gasto ínfimo y da una garantía anual para que el consorcio tenga un balance avalado por un profesional". El proyecto de Abrevaya En los próximos días el legislador porteño Sergio Abrevaya también va a presentar un proyecto para modificar la Ley 941. Recordemos que durante varios meses, el legislador discutió juntos a diversas entidades de consorcistas punto por punto las modificaciones a la ley. Teniendo en cuenta esto, el legislador Destéfano señaló que si bien no conoce en detalle la iniciativa de Abrevaya, "en la labor parlamentaria buscamos la complementariedad y sería grato para mí que tanto en el proyecto de él se incorpore lo que yo estoy planteando o -si consensuamos- que en el mío se agregue lo que él desea". |
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Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
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Efemérides: El 13 de agosto de 1989 murió en Buenos Aires el cantor popular y director cinematográfico Hugo Del Carril, seudónimo de Hugo Piero Fontana. |
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Consorcistas Rechazo a la nueva disposición de matafuegos [BPN-13/08/08] La Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ACCABA), la Federación Argentina de Consorcios (FAC), la Federación de Asociaciones de Consorcios (FEDECO) y el Dr. Eduardo Awad manifestaron su rechazo a la nueva disposición de matafuegos que no permite la instalación, recarga y/o reparación de extintores cuya vida útil supere los 20 años < ver norma>.Consideraron que el cumplimiento de esta norma significará un alto costo para los consorcios y que no hay ningún estudio técnico o científico que demuestre la necesidad y urgencia de la sanción de esta medida.
FEDECO A través de un comunicado, FEDECO advirtió que dada la gran cantidad de normas que deben cumplirse en materia edilicia para proteger los inmuebles, la enorme cantidad de gente afectada, las gravísimas dificultades económicas que atraviesa la sociedad y sobre todo la duda de un beneficio efectivo para mejorar la seguridad, el órgano de aplicación debería derogar o suspender la disposición hasta que se concreten las siguientes cuatro medidas: - Que el área del GCBA responsable de velar por la seguridad respecto a la efectividad y tiempo útil de los matafuegos, los controle y efectúe las consultas y estudios profesionales para que las normas a dictarse tengan un total y absoluto respaldo técnico/científico. - Que si fuera necesario, se establezca un orden de prioridad y un tiempo amplio para hacer posible su cumplimiento, teniendo presente las graves dificultades económicas que atravesamos. - Que las medidas sean discutidas en la Legislatura de la Ciudad con los representantes del pueblo y no tomadas por una decisión de un funcionario municipal, cualquiera sea su rango. - Que se participe a la población a través de las asociaciones de copropietarios con personería jurídica o de la federación que las agrupa, dado el importante incremento que traería en las expensas. Reflexionaron que en un Estado democrático el dictado de normas debe efectuarse con suficientes fundamentos técnico-científicos y de cara a la sociedad: "cuando se basan en verdades a medias y se toman entre gallos y medianoche, permiten suponer intereses extraños y un negocio para pocos producto del desconocimiento de la vida republicana".
FAC Las autoridades de la FAC subrayaron que nuevamente los consorcios de propiedad horizontal se encuentran frente a una disposición que "contiene números y consideraciones - que para interpretarlos- los consorcistas deberán contratar un técnico de la NASA". Según ellos, "cada día se despierta algún funcionario y se le ocurre otra brillante idea que, desde luego, deberán pagar los consorcistas a través de las expensas". Explicaron que si bien la recomendación se encuentra originada en normativas técnicas internacionales de países como España y México, no se han tenido en cuenta las experiencias de países como Rusia, USA, Bolivia, Corea del Norte y Tanzania. En este sentido, aconsejaron a todos los consorcios "no prestar atención a esta disposición, basados en que no es factible determinar fehacientemente la fecha de nacimiento de este auxiliar de nuestra seguridad. Y a los administradores, como auxiliares de los mismos, bajo ningún concepto incorporar costos sin autorización expresa de sus asambleas, único órgano con facultades para autorizarlos".
Dr. Awad El Dr. Eduardo Awad consideró que la nueva disposición es un abuso de parte de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que están estudiando la presentación de un recurso de amparo. "Le están generando un gasto no menor al consorcio y si la expensa sube 5 pesos muchos consorcistas ya no la pueden pagar. Todo lo que implique un aumento es un golpe duro al bolsillo de la gente y lo siente mucho, más el inquilino que generalmente tiene un nivel económico menor", señaló y estimó que si un consorcio tiene que cambiar 7 u 8 matafuegos deberán invertir alrededor de 1.500 pesos, "esa es una cifra que justificaría un reclamo, porque 1500 pesos para un consorcio pequeño implica un promedio de 50 pesos por unidad". Al mismo tiempo, advirtió que no sabe hasta que punto es constitucional obligar a los consorcios a destruir todos los matafuegos que tengan más de 20 años, "no sé en virtud de qué normativa de fondo se podría obligar a un particular a destruir y recambiar los extintores".
Por otra parte, explicó que en los próximos meses los consorcios también tendrían aumentos en los servicios de luz y de gas, "estos aumentos nos van a llevar a un alto nivel de morosidad de expensas. Esto va a suceder durante este año y en el 2009 seguramente vamos a tener un montón de juicios ejecutivos en trámite". ACCABA Por su parte, la presidenta de ACCABA, Teresa Villanueva, señaló que la norma es un disparate. "Nuestra entidad la rechaza. Es una medida apresurada inconsulta y que viene a perjudicar y a deteriorar la economía de los consorcios", subrayó. Reflexionó que alguna vez los funcionarios que pretenden ser eficientes tendrían que pensar más en los contribuyentes y consultar antes con las asociaciones que están en este tema "de forma de poder implementar este tipo de medidas pero con el consenso de la gente que es la que se va a perjudicar". Según ella, no solo hay que tener en cuenta que muchos consorcios no van a poder pagar los costos que implican cambiar todos los matafuegos sino que aparentemente el mercado no cuenta con la capacidad para reponerlos. Al mismo tiempo, subrayó que las normas IRAM tampoco dicen nada sobre la vida útil de los matafuegos. "Se deja lugar a las suspicacias, por qué uno se pregunta por qué el apuro, sería bueno que nos dejen respirar un poco y no nos presionen más. Esta es otra gotita más para que rebalse el vaso, los consorcios están atravesando problemas", reflexionó. |
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Efemérides: El 14 de agosto de 1974 murió en Buenos Aires el poeta Raúl González Tuñón, autor de "Miércoles de ceniza", "El violín del diablo", "La calle del agujero en la media", "La rosa blindada" y "Poemas de Juancito Caminador", entre otras obras. Integró la redacción del diario popular "Crítica". |
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Matafuegos [BPN-13/08/08] Una de las entidades que –según la norma- recomendó a Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecer una vida útil para los matafuegos fue la Cámara Argentina de Lucha contra el Fuego (CALCEF). En la nueva norma que no permite la instalación, recarga y/o reparación de extintores cuya vida útil supere los 20 años < ver norma> se hace mención que la recomendación de CALCEF se basó en fundamentos técnicos respaldados en experiencias e investigaciones científicas de seguridad en metalúrgica.Argumentaron que recibieron un informe remitido por la Consultora en Ingeniería, Salud, Seguridad Ocupacional, Medio Ambiente & Calidad en el que advirtieron que la recomendación se fundamentaba en normativas técnicas internacionales, vigentes en países como España y México. Según ellos, determinar un tiempo de vida útil para los extintores implicaba una pronta e imperiosa exigencia que debería incluir la normativa vigente en la materia, a fin de garantizar el grado de seguridad de los usuarios en la utilización de los mismos. CALCEF La Cámara Argentina de Lucha Contra el Fuego nació en julio de 1985 con sede social en la Unión Industrial de Avellaneda. Según información publicada en su sitio WEB, su objetivo es atender los intereses de las empresas vinculadas al sector de la recarga de matafuegos que consideran que tiende a ser monopolizada, además de recibir los reclamos de los usuarios de matafuegos. Una de las finalidades centrales de la Cámara es la "jerarquización y desarrollo de nuestra actividad, para lo cual agrupa a los diferentes sectores, respetando sus estructuras y metas propias". De acuerdo a sus palabras, sus propósitos son: - Ser portavoz de las coincidencias de todos los sectores que lo integran. - Atender los intereses de los usuarios de matafuegos. - Estudiar la problemática del sector en el país y emitir opiniones sobre las propuestas de solución. - Promover la más estrecha colaboración entre todos los sectores que integran la actividad y entre ésta y los organismos oficiales. - Gestionar la sanción de las leyes, decretos y resoluciones que se refieran a diversos aspectos vinculados a la actividad. - Neutralizar políticas elitistas de los "Lobbies" de turno, que mediante campañas publicitarias falaces confunden a la opinión pública de acuerdo a sus mezquinos intereses. |
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Efemérides: El 15 de agosto se celebra la Asunción de la Santísima Virgen María. |
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Matafuegos "Un negocio de 50 millones de dólares" [BPN-13/08/08] El presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), Adm. Jorge Hernández, aseguró que la nueva disposición que no permite la instalación, recarga y/o reparación de extintores cuya vida útil supere los 20 años < ver norma> más que una medida de prevención de riesgos es un negocio de 50 millones de dólares.En una entrevista concedida a Pequeñas Noticias, Hernández advirtió que la medida que dispuso Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no ha tenido el consenso ni las consultas previas que debería haber tenido. Al mismo tiempo, explicó que contradice todo lo que se ha hecho en matafuegos en cuanto al mantenimiento riguroso que se venía realizando. "Me da la sensación de que esta medida es un formidable negocio... La norma atenta contra el bolsillo de la gente y va a ser un gasto que generará un aumento en las expensas", subrayó Hernández. Recordemos que la norma establece que la vida útil de los extintores deberá estar especificada por el fabricante sobre la base de su utilización de acuerdo a las condiciones de servicio establecidas. Una vez alcanzada la vida útil máxima, los extintores deberán ser inutilizados.
En diálogo con el medio, el presidente de FRA aseguró que los matafuegos no tienen problemas si se les realiza un adecuado mantenimiento. "Esto es un buen negocio comercial para alguien que lo habrá impulsado y para los que fabrican las autopartes del matafuego. Lo que más me preocupa es que [la norma] no se focalice en la protección real de las personas que viven en los consorcios", señaló. Hernández informó que habla de un negocio de 50 millones de dólares porque esa cifra se la comentó gente especializada en el tema que averiguó qué cantidad de matafuegos hay que reemplazar y el costo que tienen dentro del mercado. Un matafuego por unidad funcional Según él, faltarían tres cosas antes de dedicarse a "estas delicadezas" de renovarlos a los 20 años. Explicó que habría que obligar a que todos los consorcios tengan la dotación de matafuegos completa, que la gente los sepa usar y que todos tengan un matafuego dentro de su unidad funcional que es donde se generan los incendios. Advirtió que en nuestro país la normativa empezó al revés, "comenzó a obligar a los consorcios a ponerlos en las partes comunes cuando en realidad tendría que haber empezado en cada unidad funcional". Por otra parte, el presidente de FRA señaló que la gente no se atreve a usar los matafuegos en el momento del incendio porque no sabe cómo usarlos: "falta instrucción para que sepan cómo usarlo. En el momento que te agarra el susto por el principio de incendio no haces un curso de lectura veloz para ver qué hacer y esto debería ser un acto reflejo de la persona". |
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Efemérides: El 17 de agosto de 1850 falleció el General José de San Martín. |
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Tarifas Aumenta la luz en los consorcios [BPN-13/08/08] Hace unos días, el Gobierno nacional anunció aumentos de entre el 10 y el 30% para usuarios de Edenor, Edesur, Edelap y Transener que consuman más de 650 kw por bimestre. Las subas serán de un 20 por ciento promedio para los medianos y grandes usuarios residenciales y de un 10 por ciento para las industrias y los comercios. El nuevo esquema de tarifas es retroactivo al 1º de julio pasado porque los aumentos comenzarán a aparecer en las próximas facturas. Específicamente, los ajustes en las tarifas de luz para clientes residenciales serán escalonados entre el 10 y 30 por ciento, desde un consumo de 651 a más de 1.200 kilowatts bimestrales. Según informaron las autoridades, el 76 por ciento de los consumidores no se verá afectado debido a que las alzas regirán sólo para aquellos que se excedan de los 650 kilowatts bimestrales. Para los consumos entre 651 y 800 kilowatts el aumento será del 10 por ciento y para los de 801 a 900, del 15 por ciento. En tanto, para los consumos de entre 901 y 1.000, el ajuste será de 20 por ciento; entre 1.001 y 1.200, 25 por ciento y cuando se superen los 1.200 kilowatts, será del 30 por ciento. Otra de los cambios importantes que anunció el ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, fue que se eliminarán los premios, mas no los castigos, para quienes consuman más de 1.000 kilowatts bimestrales. A través de la Resolución 797/08, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno formalizó la baja de las ventajas que se otorgaban a los grandes usuarios residenciales, comerciales e industriales. La Secretaría de Energía limitó la bonificación por menor consumo de energía eléctrica a los usuarios que no superen los 1000 kWh/bimestre. "No se estima conveniente premiar a aquellos consumidores que, se entiende, cuentan con recursos suficientes para sobrellevar las exigencias de reducción de demanda de energía eléctrica requerida, aún cuando hubieren disminuido su consumo", señala la norma en sus considerandos. |
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Efemérides: El 21 de agosto de 1946 el Senado de la Nación aprobó el proyecto de ley sobre Derechos Políticos de la Mujer, que establece luego la Ley N° 13.010. |
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Administración de consorcios Análisis del Artículo 5º de la Ley 13.512 [BPN-13/08/08] El presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba, Dr. Mario Francisco Robledo, realizó un trabajo exhaustivo de la Ley 13.512 para la revista Condominio de Córdoba. En este número Pequeñas Noticias publica el análisis del artículo 5º. El artículo 5º de esta ley establece que: "Cada propietario atenderá los gastos de conservación y reparación de su propio piso o departamento, estando prohibida toda innovación o modificación que pueda afectar la seguridad del edificio o los servicios comunes. Está prohibido cambiar la forma externa del frente o decorar las paredes o recuadros exteriores con tonalidades distintas a las del conjunto. Cada propietario puede, sin necesidad de consentimiento de los demás, enajenar el piso o departamento que le pertenece, o constituir derechos reales o personales sobre el mismo". Principales obligaciones de los copropietarios de las unidades funcionales - Conservar y reparar cada unidad (Art. 5º). - No realizar modificaciones que atenten contra la seguridad del edificio (Art. 5º). - No alterar la forma externa del frente del edificio (Art. 5º). - No destinarlo a usos contrarios a la moral y a las buenas costumbres (Art. 6º). - No alterar el destino previsto en el reglamento de copropiedad y administración (Art. 6º). - No perturbar con ruidos o de cualquier manera la tranquilidad de los vecinos (Art. 6º). - No ejercer actividades que comprometan la seguridad del inmueble (Art. 6º). - No depositar mercaderías peligrosas o perjudiciales para el edificio (Art. 6º). Cuadro de principales obligaciones de los copropietarios de unidades funcionales (fuera de los artículos específicos relativos a normas de convivencia): - No perjudicar o restringir el derecho de los demás al uso de los bienes comunes (Art. 3º, primera parte). - Pagar los impuestos, tasas o contribuciones de la propia unidad funcional (Art. 13º). - Pagar las expensas comunes (Art. 8º). - No realizar elevaciones (propietario del último piso) ni excavaciones (propietario de la planta baja o sótanos). - No realizar obras nuevas que afecten al inmueble común sin autorización de todos los propietarios (Art. 7º). |
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Curso a distancia en el campus virtual de la CAPHyAI "HERRAMIENTAS DE LA WEB 2.0 En
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Efemérides: El 22 de agosto se celebra el Día Mundial del Folklore y Día del Folklore Argentino. |
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CABA WALL-E se suma a la campaña de limpieza [BPN-13/08/08] El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri, firmó un acuerdo promocional con The Walt Disney Company Argentina que le permitirá a la Comuna emplear la imagen de WALL-E, el robot protagonista de la nueva película de Disney Pixar, para realizar la campaña de limpieza 'Concientización y Consenso' dirigida a los niños. El acuerdo se firmó en el Palacio Comunal y participaron Macri, el jefe de Gabinete porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y los ministros de Ambiente y Espacio Público, Juan Pablo Piccardo -a cargo de la campaña de limpieza- y de Educación, Mariano Narodowski, responsable de las escuelas donde se llevarán a cabo las acciones. WALL-E fue especialmente elegido por tratarse de unos de los estrenos de cine más esperados para las vacaciones de invierno. La nueva película de Disney cuenta la historia de un robot llamado WALL-E quien, tras cientos de solitarios años haciendo aquello para lo que fue construido: limpiar el planeta, descubre una nueva misión en su vida cuando se encuentra con un novedoso robot explorador llamado EVA. Ambos viajan a través de la galaxia y desencadenan una de las más excitantes e imaginativas comedias de aventuras que hayan sido llevadas al cine. Esta iniciativa surgió como puntapié inicial del Gobierno porteño para incentivar a los vecinos a cuidar la Ciudad. "Ojalá que podamos hacer más limpia a nuestra querida Buenos Aires", destacó el jefe de Gobierno. En tanto, Rodríguez Larreta explicó que se eligió a los niños para iniciar esta campaña porque "ellos están siempre abiertos a aprender y además son grandes comunicadores dentro del ámbito familiar". Para estimular la participación de los chicos se hará un concurso para alumnos de 1° a 5° grados en más de 950 escuelas públicas y privadas de la ciudad. Se entregará a cada participante una lámina en la cual deberá pintar bajo la consigna "Juguemos Limpio" el mejor diseño que represente este concepto. El objetivo es que haya un ganador por escuela, se calcula la participación de un total de 200.000 alumnos. La selección final se hará entre los mejores representantes de cada escuela y los ganadores obtendrán, por parte del Gobierno de la Ciudad, premios de la película. |
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Servicio Integral para consorcios Plomeria - Electricidad - Pintura Albañilería general - Hormigón armado
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Efemérides: El 23 de agosto de 1903 falleció el escritor costumbrista José S. Álvarez (más conocido como Fray Mocho) autor, entre otras obras, de "Memorias de un vigilante", "Un viaje al país de los matreros" y "Salero criollo". Fundó la revista "Caras y Caretas". |
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Provincia de Buenos Aires Vacunación gratuita contra la rabia a mascotas [BPN-13/08/08] En los próximos días, comenzará una campaña de vacunación gratuita contra la rabia a perros y gatos. La vacunación será en las veterinarias de la provincia de Buenos Aires y se debe a un convenio que firmaron el Ministerio de Salud con el Colegio de Veterinarios bonaerense. El objetivo es que las clínicas veterinarias se inscriban voluntariamente en un registro y luego la Provincia les dará tanto las dosis como las jeringas para que los propietarios de mascotas puedan llevarlas a que les den la vacuna. "El Colegio está armando la lista de veterinarias adheridas. Una vez que nos la pase, les enviaremos las dosis. Calculo que para el 15 de agosto, aproximadamente, el programa estará operativo", destacó el subsecretario de Control Sanitario de la Provincia, Alberto Costa. Al mismo tiempo, aclaró que continúa vigente la posibilidad de llevar a los perros y gatos a vacunar a los centros antirrábicos de cada municipio que aplican las dosis en forma gratuita. La medida llega después de que se hayan detectado dos casos de rabia en Capital y la localidad de Llavallol. ¿Qué es la rabia? La rabia es una enfermedad aguda infecciosa viral -ocasionada por el virus Rhabdovirus- que ataca el sistema nervioso central. El virus de la rabia se encuentra difundido en todo el planeta y ataca a los mamíferos domésticos y salvajes, incluyendo al hombre. Se encuentra en la saliva y en las secreciones de los animales infectados y se inocula al hombre cuando éstos lo atacan y provocan en él alguna lesión por mordedura, además puede ser contagiado cuando un individuo que tiene un corte en la piel (vía de entrada del virus) tiene contacto con las deyecciones o micciones de un animal infectado. Los animales susceptibles de sufrir de esta enfermedad son: perros, gatos, murciélagos, mangostas, zorros, mapaches y lobos. Este virus, si no se trata con la máxima urgencia, acaba provocando la muerte del enfermo. Cuando una persona se contagia, los síntomas de la enfermedad pueden tardar entre 30 y 180 días en manifestarse. |
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Efemérides: El 24 de agosto de 1899 nació en Buenos Aires el poeta, cuentista y ensayista Jorge Luis Borges. |
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INDEC [BPN-13/08/08] El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó que la actividad de la construcción cayó 6,6% en junio, con respecto al mismo mes del año anterior, y bajó un 8,8% frente a mayo. La baja de junio fue la primera que se registró en los últimos 15 meses. Para encontrar un descenso tan importante como la del mes pasado hay que retrotraerse hasta noviembre de 2002.A su vez, en junio se observaron variaciones dispares en cuanto a las ventas al sector de los insumos considerados para la elaboración del indicador. Ese mes subió 38,6% la entrega de ladrillos huecos y 5% de pisos y revestimientos cerámicos, además bajaron 34,1% las colocaciones de asfalto, 13,9% las de pinturas, 10,9% las de cemento y 9,3% las de hierro redondo para hormigón. El INDEC también registró una baja del 25,5%, con respecto a mayo, y del 12% interanual, en la superficie a construir registrada por los permisos de edificación para obras privadas, en una nómina representativa de 42 municipios. De todos modos, el valor acumulado de esos permisos durante el primer semestre fue superior en 0,2% al de la primera mitad del año pasado. En cuanto a los puestos de trabajo en la construcción, aumentaron en el primer trimestre 6,3% con respecto a igual período del año anterior pero bajaron 1% frente al cuarto trimestre de 2007. Entre quienes se dedican principalmente a realizar obras públicas, 44,5% cree que el nivel de actividad se mantendrá sin cambios este mes, 44% sostiene que disminuirá y 11,4% prevé una suba. |
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Efemérides: El 26 de agosto de 1914 nació en Bruselas (Bélgica) el escritor Julio Cortázar, autor, entre otros libros, de "Bestiario", "Final de juego", "Los premios" y "Rayuela". Falleció en París (Francia) el 12 de febrero de 1984. |
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AFIP / ANSES Certificaciones de Servicios por Internet [BPN-13/08/07] A partir del mes de agosto, los empleadores deberán confeccionar y emitir las Certificaciones de Servicios y Remuneraciones en forma obligatoria a través de de Internet. Así lo dispusieron la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con las resoluciones 642 y 2312 respectivamente. Para confeccionar la certificación en cuestión se puede ingresar por el sitio de ANSES, www.anses.gov.ar o por el de la AFIP, www.afip.gov.ar.Por el de ANSES Desde este sitio, hay que ingresar a la sección Autopista de Servicios y en la solapa Servicios Corporativos seleccionar la opción Certificación de Servicios. Aquí solicitará el número de CUIT, la clave y un código que aparece en la misma página. Si todavía no cuenta con la clave, ésta se puede obtener haciendo un clic en "Crear usuario" al final de la página. Las indicaciones que aparecen a continuación dicen:
P or el de AFIPDesde aquí, hay que ingresar como siempre a Clave fiscal. Luego de introducir el CUIT y la clave, se debe dar de alta del aplicativo necesario desde Administrador de Relaciones de Clave Fiscal. Una vez seleccionado el consorcio para el cual se actuará y después de presionar Nueva relación, el servicio que hay que dar de alta se llama "Mi Certificación – ANSeS". A continuación, se debe elegir el CUIT de la persona autorizada a utilizarlo y finalizar. Después de aceptar la asignación, se debe salir del sitio y volver a ingresar para que se actualice la información. Requisitos para confeccionar el Certificado de Servicios y Remuneraciones
No podrá confeccionar dicha certificación si:
Por otra parte, los que no están obligados a confeccionar la certificación en forma computarizada y pueden continuar haciéndola en forma manual son:
El Certificado en sí En el sitio de la AFIP, una vez ingresado el CUIT y la Clave fiscal, se puede acceder por dos lugares distintos: por el aplicativo "Mi Certificación – ANSES" o por "Mi Simplificación – Empleadores" solapa "Otros Servicios" y luego Certificación de Servicios – ANSES. Si se ingresa por "Mi Certificación – ANSES", aparecerá una página donde se debe seleccionar al empleador que desea solicitar la certificación. A continuación hay que esperar unos segundos mientras aparece una leyenda que indica "procesando..." hasta que aparece otra ventana con todos los requisitos para poder confeccionar el trámite. Después de aceptarlo, aparece una ventana con tres grandes divisiones: la primera sobre un fondo verde con los datos del empleador, otra con fondo blanco con las opciones Solicitudes y Consultas y una tercera bajo el título "Información" donde se irá mostrando el curso de la certificación. Para pedir una certificación, hay que ingresar a "Solicitudes" y completar el número de CUIT del trabajador, el documentos de identidad que corresponda y el motivo de la solicitud. Para terminar se debe hacer clic en Finalizar y esperar. La espera se refiere a que en las siguientes horas –en nuestra experiencia el trámite pasó a la siguiente etapa en unas 72 horas hábiles- la solicitud irá recorriendo los distintos estados (solicitud pendiente, disponible, caducada, rechazada, abierta o confirmada). Una vez en disponible se podrá imprimir o confirmar y aparentemente aquí terminaría la solicitud en cuestión. |
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Efemérides: El 26 de agosto se celebra el Día Nacional de la Solidaridad |
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AFIP - ANSES ¿Se jubilará el CUIT y el CUIL? [BPN-13/08/08] En la página de apertura del sitio de ANSES, www.anses.gov.ar consultada el día lunes 11 de agosto del corriente, apareció con la misma fecha una nota de prensa titulada "Creación de un Código Único de Identificación de Personas (CUIP)".En la misma el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Amado Boudou, anunció la creación de este nuevo CUIP que se utilizará para todas las gestiones relacionadas con la seguridad social, los sistemas impositivos, laborales y para cualquier tipo de vinculación de las personas, físicas o jurídicas, con el Estado. La misma adelanta que la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, firmaría en los próximos días el decreto mediante el cual el CUIP reemplazará tanto al CUIL como al CUIT. Boudou destacó que se trata de un paso muy importante para todos los cuidadanos y que el objetivo es simplificarle la tarea a la gente, evitar pedirles papeles de sus trámites de un organismo a otro cuando la administración pública es una sola y, además, evitar fraudes, como los que se producen cuando acceden a prestaciones de ayuda social quienes no tienen esa necesidad. La nueva medida también incluye la sincronización de las bases de datos de ANSES y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), de tal manera que la información remitida a un organismo llegará automáticamente al otro. Habrá que esperar el decreto y su posterior publicación en el Boletín Oficial para ver en detalle cómo será el pasaje de un número a otro. |
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Sueldos Agosto/08Último escalón del aumento y nuevo SMVM [BPN-16/07/08] La Resolución 339/2008 publicada en el Boletín Oficial el día 3 de abril de 2008 decía en el punto c: "c) Incorporar como aumento salarial un 4,5% de incremento a partir de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2008 para la cuarta categoría, con los correspondientes incrementos proporcionales a la tercera, segunda y primera categoría del 10%, 15% y 20% respectivamente, conforme escala salarial que se adjunta a la presente". Por este motivo aumentan todos los valores básicos de todas las funciones y categorías además de la hora del Personal Jornalizado no más de 18 horas y la antigüedad. Con respecto al tema de la antigüedad, el mismo decreto 339/08 modificó la forma de su cálculo en el punto e): "Asimismo, en uso de las facultades legales y convencionales que le asisten a la presente paritaria, de común acuerdo resuelven la modificación del art. 11 del CCT 378/04, conforme las pautas que se detallan a continuación: Bonificación por antigüedad - Artículo 11: Independientemente de los sueldos básicos fijados en el artículo 15 de esta convención, para las diversas categorías y escalas salariales, los/as trabajadores/as percibirán una bonificación por antigüedad por cada año de servicio equivalente al 2% del sueldo básico de un ayudante permanente sin vivienda de cuarta categoría. Se considerará tiempo de servicio efectivamente trabajado desde el comienzo de la vinculación al que corresponda a los sucesivos contratos entre las mismas partes y el tiempo de servicio anterior, cuando el trabajador/a cesado en el trabajo por cualquier causa y reingrese a las ordenes del mismo empleador". A partir del mes de Agosto de 2008 y hasta nuevo aviso, el valor de un año de antigüedad equivaldrá a $31,26 (el 2% de $1563) y la hora del Personal Jornalizado no más de 18 horas se eleva a $15,63. Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) El pasado 31 de julio de 2008 se publicó en el Boletín Oficial Nº 31.458 la Resolución 3/2008 que aumentó en dos etapas el valor del SMVM. El inciso a) del artículo 1º dice: "A partir del 1° de agosto de 2008, en pesos un mil doscientos ($ 1.200) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo, conforme al artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de la situación prevista en el artículo 92 ter del mismo cuerpo legal que lo percibirán en su debida proporción, y de pesos seis ($ 6) por hora, para los trabajadores jornalizados". El inciso b) del mismo artículo 1º dice: "A partir del 1° de diciembre de 2008, en pesos un mil doscientos cuarenta ($ 1.240) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo, conforme al artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de la situación prevista en el artículo 92 ter del mismo cuerpo legal que lo percibirán en su debida proporción, y de pesos seis con veinte ($ 6,20) por hora, para los trabajadores jornalizados. Agosto 2008
No se debe olvidar chequear si el consorcio fue incorporado al SUAF. Si se lo incorporó en un mes determinado, por ejemplo el período 08/2008, a partir de ese mismo mes no se deberán liquidar las asignaciones familiares con el recibo de haberes mensuales sino presentar ante ANSES la información solicitada para que esta entidad las abone en forma directa. En el boletín número 350 del 4 de junio en la nota llamada "Una autopista cada vez más ancha" se pueden consultar los pasos a seguir. |
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Pequeñas Noticias [BPN-13/08/08] La redacción de Pequeñas Noticias consideró que la noticia más importante de julio fue que a partir de una disposición de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que establece una vida útil de 20 años para los extintores, se tendrían que renovar medio millón de matafuegos. Así lo manifestó Roberto Neyret, integrante de la Cámara Argentina de Seguridad, durante un encuentro que organizó la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH) para tratar este tema. Advirtió que esta nueva norma generará gravísimos problemas en los consorcios debido a que los consorcistas deberán afrontar un gasto importante para poder recambiar los equipos. Y lo que es más grave, resaltó que según sus cálculos el mercado no tendrá capacidad para reponerlos (BPN Nº 353 del 16/7/2008 "Consorcios en llamas"). "Vengo a decirles que esta disposición está mal. Queremos que nos ayuden a parar esta vergüenza... ¿Quiénes van a poder fabricar 510 mil matafuegos para poder hacer el recambio? Nadie. La fábrica más grande de matafuegos en Buenos Aires tiene capacidad para fabricar 8 mil unidades mensuales. Entre las demás podrían llegar a fabricar, como mucho, 20 mil", sostuvo. Los números de Pequeñas Noticias Del 1º al 31 de julio, el sitio de Pequeñas Noticias –según estadísticas del Google Analytics- tuvo 30.996 visitas. Durante cada visita se consultaron unas 58.214 páginas. En promedio, el sitio de Pequeñas Noticias tuvo poco más de mil visitas diarias. El promedio de tiempo en el sitio fue de 1 minuto 33 segundos y el promedio de página consultada subió un 2.97% en relación al mes anterior, siendo de 1.88 páginas. Por otra parte, las fuentes de tráfico nacionales más importantes fueron: Vicente López con 13.847 visitas, Buenos Aires con 5.104, Córdoba con 597, Mar del Plata con 456, La Plata con 341, Neuquén con 301 y Rosario con 300. Durante el mes de julio, Pequeñas Noticias realizó la producción de 11 videos que fueron vistos 318 veces. Encabeza el ranking con 133 reproducciones la explosión en el consorcio de Lambaré y Corrientes (BPN Nº 353 "Fue muy parecido a lo que pasó en la AMIA"), le siguen el de Hebe Mudric, 35 (BPN Nº 353 "No es fácil diseñar un seguro de caución"); el de Atilio Alimena, 24 (BPN Nº 352 "Andamios más seguros"); Juan Erasmo Picone, 20 (BPN Nº 354 "Algunos cambios de la Ley 941 son positivos" ); Miguel Fortuna, 16 (BPN Nº 353 "Balance de Atilio Alimena y Miguel Fortuna"); Jorge Alfredo Cutuli, 16 (BPN Nº 352 "En seguridad no existe un protagonista único"); Néstor Pirosanto, 13 (BPN Nº 353 "Hay bastante morosidad en los consorcios"); Teresa Villanueva, 10 (BPN Nº 354 "En pocos días se presentará el proyecto de Abrevaya"), Gustavo Desplats, 9 (BPN Nº 353 "El veto de Macri estaba mal hecho") y el de Atilio Alimena sobre el funcionamiento de la Ley 941, 4 (BPN Nº 353 "Balance de Atilio Alimena y Miguel Fortuna"). |
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ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente. - Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos - |
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Correo de Opinión Matafuegos: respuesta a Roberto Neyret y Adrián Hilarza por el Cr. Oscar Nakasato Señor redactor del Boletín de Pequeñas Noticias: Me es grato dirigirme a usted con mis consideraciones sobre los comentarios de los Señores Neyret e Hilarza que pienso que alarmaron injustificadamente a los consorcistas de la ciudad de Buenos Aires ya que en el 100% de los casos resultará más económico que otras erogaciones que deben realizar periódicamente los mismos, por ejemplo, por renovación de ascensores, cañerías, calderas, pinturas de medianeras, etc., debiendo a mi humilde criterio los señores administradores realizar una previsión de dicho gasto que redundaría en una inversión mensual de pequeñas sumas a los consorcistas. Le solicito que de acuerdo a su criterio, publique este comentario en su próximo boletín, a fin de morigerar la alarma generalizada que provocará en los consorcios las notas de referencia. Atentamente.
PD: Cabe aclarar que soy consorcista y mi actividad laboral hace 18 años es la de contador de una de las más importantes fábricas de extintores de nuestro país.
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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 26 de agosto a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo. |
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Correo de Opinón 10 años no es nada por el Sr. Guido Abbondanza Concuerdo totalmente con el Sr. Ruiz. Agrego una experiencia en un edificio que administro. Llevo más de 10 años (sí, leyeron bien 10 años) tratando de que el Gobierno de turno solucione un problema con las raíces de dos árboles que levantaron toda la vereda. El consorcio no puede tocar los árboles ya que sería multado pero es responsable si alguien se accidenta.
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Rincón Solidario El propietario de un local que forma parte del consorcio que administro ha solicitado la reparación (reemplazo de cuatro varillas) de la cortina metálica de su unidad por tener alto grado de corrosión. Como consideré que el pedido era atendible debido a que dicha cortina hace a la fachada del edificio -siendo parte común del mismo- ordené la ejecución del trabajo. Al enviar la liquidación de expensas, dos copropietarios han llamado para objetar dicho gasto. Si bien creo no estar equivocado con la imputación de dicho gasto, requiero de vuestra opinión al respecto. Desde ya muy agradecido. Hugo. (4/8/2008) Estimado Hugo: Si bien tu apreciación en principio sería correcta, hay que tener en cuenta algunas variables que pueden modificar tu opinión. En primer lugar, si bien como usted dice, la cortina es parte de la fachada del edificio, tendríamos que saber si esa cortina metálica fue entregada con el edificio o si el propietario del local la agregó después. Este punto es el que define la situación. Si la cortina vino con el edificio es parte del consorcio y corresponde al mismo su reparación. Si la cortina fue un agregado que se hizo después, le corresponde al propietario del local. Ante cualquier duda estamos a tu disposicición. --- El Adm. León R. Estrugo es el Director Nacional de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466 en Capital Federal. |
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En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes al mes de Agosto/2008, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal |
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Rincón Solidario Estimados: Tengo una consulta a colación del artículo "Reglamento Original" del rincón solidario. El tema es el siguiente, no tengo el reglamento en cuestión ni del departamento de mi madre ni del mío. Ella lo compró en el 2001, es un edificio de PH chico (solo tres unidades funcionales y ninguno de los dueños posee el reglamento, ni datos del mismo). ¿Cómo consigo los datos para buscarlo? ¿es viable ir hasta lo de la escribana actuante ya pasado tanto tiempo debido a que al vendedor no lo he encontrado ya que se mudó de donde yo tenía datos?. Y yo, en un edificio sin administrador externo, una de las dueñas que se encarga de los menesteres de administración me facilitó la fotocopia de una reforma del reglamento, al que obviamente le faltan los artículos que no se modificaron. El edificio es de Capital pero aparecen los datos de esta modificación y el original se ha hecho en La Plata. En este caso ¿A dónde debo dirigirme? Gracias desde ya por esta consulta y por todas las que uno se ahorra de hacer leyendo la información de los boletines. Verónica (23/7/2008) En lo que respecta al departamento de su madre, situado y escriturado en Capital, con los datos que surjan del Testimonio de la escritura de compraventa respecto del Reglamento de Copropiedad se puede concurrir al Archivo de Protocolos del Colegio de Escribanos de la Capital Federal y solicitar una fotocopia certificada de dicho Reglamento. Los datos necesarios son el nombre y apellido del Escribano, y tomo, folio y fecha de la escritura. Si estos datos no surgen del Título de Propiedad de su madre, con los datos del inmueble (básicamente el número de matrícula) deberá recabar información en forma previa ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal; obtenidos los datos de la escritura de Reglamento, deberá entonces concurrir al mencionado Archivo de Protocolos. En cuanto al departamento ubicado en la Capital pero con escrituración en jurisdicción en Provincia de Buenos Aires, le sugiero que con los datos que surjan de esa copia de la escritura de modificación del Reglamento haga la consulta ante el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires para poder finalmente acceder a los datos de la escritura matriz original del Reglamento y así obtener una fotocopia certificada. En ambos casos, distinto sería el caso en que el Testimonio original del Reglamento que faltase fuera el que debe estar en poder del administrador. En este caso, éste debería tramitar la obtención de un Segundo Testimonio de la Escritura por vía judicial. En su caso y en el de su madre considero que les bastará con una fotocopia certificada por el Colegio de Escribanos. En la medida que no se anime a encarar las tramitaciones personalmente, puede encargárselas un profesional (abogado, escribano) o a alguna de las pocas empresas que prestan este servicio y que tienen sus oficinas en la zona de los Tribunales de la Capital. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
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Dra Liliana M. Corzo y Dra. Diana C. Sevitz Co-conductoras del programa radial CONSORCIOS HOY En su 6ta. temporada en el aire se complacen en informar a sus oyentes que además de poder escuchar el programa los días miércoles de 18 a 19 hs en vivo, el programa se repetirá por la misma emisora los días domingos de 19 a 20 hs.- FM Urbana 88,3 www.fmurbana.com.ar |
de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
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Rincón Solidario La OSPERYHRA se niega a afiliar a una trabajadora que se desempeña como Personal Jornalizado trabajando dos días a la semana durante 3 horas, siendo su ingreso mensual entre $ 320 y $ 360.- en ambos casos superando los 3 MOPRES que exige la legislación. Le han dicho que es muy poco lo que aporta y que le pida al administrador que le asigne mayores jornales en ese u otro consorcio o de lo contrario que se afilie a otra Obra Social. Pregunto, ¿cómo debería proceder la trabajadora en este caso (que tengo entendido que no es el único)? ¿dicha Obra Social puede elegir a sus afiliados de acuerdo a si les conviene económicamente o no lo que aporta, máxime tratándose de trabajadores de su propio gremio? Atentamente Hugo (4/8/2008) Estimado Hugo: En respuesta a su consulta en relación al personal jornalizado, debo aclararle que dicha categoría se encuentra específicamente determinada en el art. 7 inc.p) del convenio colectivo de la actividad CCT 378/04. Es razón de ello es que goza de los mismos derechos y obligaciones que los empleados de las demás categorías. La circunstancia de trabajar menos horas no exime al consorcio de hacer los aportes que correspondan tanto a la obra social como a la entidad sindical que los nuclea. Es así entonces que la Obra Social no puede negarse a la afiliación del trabajador, siempre y cuando este tenga un mínimo de dos meses de antigüedad en el trabajo. Para la circunstancia de que así fuere y que el trabajador hubiere entendido bien en cuanto a la negativa de la Obra Social, resulta conveniente que haga su solicitud por escrito con copia firmada de la recepción o por telegrama obrero (que es gratuito) si es que el correo lo admite para este tipo de reclamo y/o en su caso por carta docmento. De la respuesta, que deberá estar fundada en derecho y en el caso de ser negativa, podrá el trabajador tomar el camino para reclamar su derecho por la vía legal correspondiente. Un saludo cordial --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Correo de Lectores ¡Hola de nuevo! En un consorcio que se inició a fines del año pasado y que no está ocupado en su totalidad, el encargado reclama que se le pague el plus por retiro de residuos por la totalidad de los departamentos (ocupados y no ocupados). ¿No le corresponde cobrar solo por la cantidad de unidades ocupadas?. Desde ya, muchas gracias y espero me puedan dar una mano. Cecilia (08/08/2008) Estimada Cecilia, en el CCT 378/08, el artículo 18 dice: "Condiciones para el retiro de residuos. En los edificios en que el/la trabajador/a retira los residuos de la unidad, tendrá derecho a percibir las escalas fijadas en el art. 15° por tal concepto, en proporción a la tarea asignada. Los residuos deberán estar embolsados en forma en que se garantice su higiene. Asimismo la seguridad del/la trabajador/a en el desarrollo de esta tarea deberá salvaguardarse entregándosele guantes de cuero de descarne reforzado, siendo obligatorio su uso. Esos guantes serán suministrados por el empleador quien procederá a su reposición cada vez que los mismos se deterioren, obligándose el/la trabajador/a al aviso de tal situación devolviendo los inutilizados. Déjase constancia que esta norma no podrá ser utilizada en forma alguna para reducir la retribución por ese concepto". Fijate que el artículo habla de "edificios" y no de "unidades" pero también habla de aquellos en los que "retira" y no de aquellos en los que no lo hace. Con esto quiero decirte que es una cuestión de interpretación pero considero que lo correcto sería abonarle por las unidades funcionales por las que retira los residuos y se le irá incrementando a medida que son ocupadas. De todos modos y para que no queden dudas, no te quedes con solo esta opinión. Un saludo grande. |
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Gacetilla de Prensa
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Correo de Lectores Me es grato
poder consultarlos sobre cómo se calculan los días de vacaciones para un
suplente que trabaja solamente los fines de semana y tiene una antigüedad
de 20 años haciendo esta misma tarea. Es decir que contando 4 fines de
semana a 2 días cada uno son 8 días por mes. Al año son 96 días, no
cumple con la mitad de un año normal. Pregunto, por favor: (06/08/2008) Estimado Nito, paso a responderte en el orden que has elegido y te aclaro que fue una respuesta que nos dio el mismo sindicato: 1) Le corresponden 1 por cada 20 días trabajados pero por su antigüedad deberías multiplicarlo por tres. 2) Si los fuera a gozar, se deben contar solo los fines de semana. Eso es lo que opina el mismo sindicato. 3) Si los goza, deberías abonarle lo mismo que si los trabajara. Como en este caso, por la antigüedad, serían muchos los fines de semana sin trabajar, el mismo CCT contempla la posibilidad de que los trabaje pero abonándoselo –en este caso- multiplicado por tres. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores Buenos días. Mi pregunta es la siguiente, ¿cómo se calcula el básico de un encargado permanente sin vivienda que trabaja de lunes a viernes? ¿Se debe proporcionar de alguna manera el básico del convenio, ya que no trabaja los sábados? Desde ya muchas gracias. Cecilia (31/07/2008) Estimada Cecilia, antes de responderte debería preguntarte si es una relación laboral antigua o es una nueva. Si ya tiene antigüedad no podrás hacer mucho ya que esas fueron las condiciones en la que se pactó el acuerdo y la Ley 11.544 en su primer artículo dice: "La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro. [...] La limitación establecida por esta ley es máxima y no impide una duración del trabajo menor de 8 horas diarias o 48 semanales para las explotaciones señaladas. (Párrafo incorporado por art. 1° del Decreto Ley N° 10.375 B.O. 25/6/1956). Si es una relación nueva, buscaría la manera de que las horas correspondientes a los sábados las pueda cumplir de alguna manera durante la semana de forma tal que ni el empleado ni el empleador se vean perjudicados. Un saludo grandote. |
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Número de Edición: 355 (1º edición) Fecha de publicación: 13 de agosto de 2008 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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