Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Miércoles 27 de Febrero de 2008 - Nº: 342 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número |
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Convenio Colectivo de Trabajo El SUTERH pide un 27% de aumento El secretario general del SUTERH, Víctor Santa María, adelantó que van a pedir un aumento cercano al 27% Las declaraciones las hizo después de que Hugo Moyano acordara un incremento para los camioneros del 19,5% El Gobierno apunta a que ningún Convenio Colectivo de Trabajo supere el 20%. [BPN-27/02/08] El secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH), Víctor Santa María, subrayó que en las negaciones del próximo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) pedirán un 27% de aumento a pesar de que Hugo Moyano ya haya firmado para los camioneros un acuerdo del 19.5% y que de alguna manera el Gobierno apunte a que esa sea una pauta para los demás gremios. "Todavía tenemos una posición que es cercana al 27% [...] El mejor acuerdo es el acuerdo donde realmente conforma a las partes", resaltó Santa María en declaraciones a medios nacionales, al analizar las negociaciones paritarias luego de que Moyano firmara en Casa de Gobierno el aumento para los salarios de los camioneros. Según él, "no todos los sectores tienen la misma necesidad y la misma urgencia". En este sentido, en cuanto al acuerdo de los camioneros, sostuvo que "el mejor acuerdo es el acuerdo donde realmente conforma a las partes. En este caso si conformó tanto a los trabajadores como a los empresarios del sector me parece que es un buen fin".
Explicó que "si se acuerda un 20%, las expensas tendrían que estar subiendo un 4% porque el costo del salario dentro de las expensas es alrededor del 28 ó 30%". Por otra parte, en relación a la reorganización del Partido Justicialista, indicó que "venimos trabajando en el marco de la reorganización del PJ a nivel nacional [...] En eso tenemos una posición muy clara que es llevar el apoyo para el 6 de marzo -cuando se realice el congreso del peronismo a nivel nacional- a la candidatura de Néstor Kirchner". Un 19,5% para los camioneros El convenio con los camioneros se firmó cuatro meses antes de su paritaria y uno de los principales objetivos pareció ser el establecimiento de un tope para las futuras discusiones. El acuerdo fijó un incremento escalonado del 19,5% por el plazo de un año, desde el 1 de julio hasta el 30 de junio de 2009. El esquema de cuotas prevé una suba de 10% en julio, 5% en octubre y el 4,5% restante en diciembre, con lo que todo el aumento se pagará en los primeros seis meses del acuerdo. A su vez, las empresas otorgarán un pago no remunerativo de $ 260 por única vez, que se cancelará entre abril y junio, elevarán el monto del adicional por hijo discapacitado y desde enero próximo convertirán en remunerativo un suplemento de $ 120 que este sector cobra en la actualidad. Muchos aseguran que el acuerdo, en el que tuvieron un rol central las gestiones del ex presidente Néstor Kirchner y los ministros Julio de Vido y Carlos Tomada, fue acelerado por el Gobierno para darle una señal a los gremios que reclaman aumentos superiores. La presidenta Cristina Fernández durante la reunión en Casa Rosada destacó que la pauta salarial fijada para los camioneros "hace bien a la economía" del país. |
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Efemérides consorciales: el 12/03/2003 el presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, en la primera sesión del Subcomité de Propiedad Horizontal de IRAM, presentó por escrito objeciones jurídicas a las normas que trataban sobre los derechos y deberes de los administradores. |
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Convenio Colectivo de Trabajo Consultas, quejas y conciliación laboral En la reunión que se acordó otorgar a los encargados un adicional de 300 pesos, las entidades de administradores y el SUTERH también fijaron crear un centro de conciliación y negociación especial y exclusiva para la propiedad horizontal Esto se suma al sistema de consultas y quejas no vinculantes para propietarios que fijaron en el último Convenio Colectivo de Trabajo de abril del año pasado. [BPN-27/02/08] En el último Convenio Colectivo de Trabajo del 2007, la Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal (FATERYH), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) la Asociación Inmobiliaria de Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) acordaron abrir un sistema de consultas no vinculantes a los fines de que sea utilizado por los propietarios. La novedad es que a fines de diciembre, cuando decidieron otorgar a los encargados un adicional especial no remunerativo de 300 pesos ampliaron este punto fijando que se comprometían a abrir también un centro de conciliación laboral. Esta tarea hasta ahora la venía realizando el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) que funciona bajo la órbita del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social. "Esas dos partes van a conformar lo que –por ahora- llamamos "SECLITO", un organismo único que va a asesorar en forma gratuita. Si intervienen los miembros paritarios va a ser gratuito si tienen que intervenir las autoridades del Ministerio de Trabajo tendrá los costos normales y actuales de cualquier mediación", explicó a Pequeñas Noticias el administrador Alfredo Iglesias, representante de la CAPHyAI en las negociaciones paritarias. El agregado sobre la conciliación laboral se publicó en el Boletín Oficial el 18 de febrero, las partes acordaron que iniciarán las negociaciones tendientes a implementar "un centro de conciliación y negociación especial y exclusiva para la propiedad horizontal que comprenderá a aquellos trabajadores comprendidos en el convenio colectivo de la actividad…".
El antecedente En el CCT de abril de 2007, el acuerdo fue que en el plazo de 6 meses negociarían un sistema de consultas no vinculantes a los fines de que sea utilizado por propietarios en forma directa, en donde se evacuarán todas las consultas y dudas que estén a su alcance y que sea de su competencia. Iglesias adelantó que "eso es lo que quedó plasmado en el acuerdo del año pasado. Nos debíamos reunir dentro de los próximos seis meses pero eso no se hizo. Ahora, el próximo jueves, nos reunimos las tres entidades y a partir del día 12 de marzo empezaremos con el diálogo del articulado. El tema salarial es en la última reunión". Teniendo en cuenta el agregado que se fijó cuando se le otorgó a los encargados un adicional de 300 pesos, Iglesias subrayó: "las dos son parte de un entero. Y los abogados que van a trabajar en eso son los mismos que están de mediadores en el Ministerio ". El "SECLITO" En los últimos días, a través de una circular, la CAPHyAI informó que se cristalizará un acuerdo de un sistema de consultas no vinculantes a los fines de que sea utilizado por propietarios en forma directa, en donde se evacuarán todas las consultas y dudas que esté a su alcance y que sea de su competencia. Explicaron que esto será posible gracias al "Servicio de Conciliación Laboral Optativo para el régimen de la Propiedad Horizontal, en adelante denominada "SE.CO.PR.HOR". Subrayaron que como fijaron actualizar y analizar posibles reformas al convenio vigente, "deseamos de su parte colaboración proponiéndonos todo lo que considere de su interés relacionado a los articulados del actual convenio colectivo de trabajo que merezcan correcciones, modificaciones; como asimismo temas vinculantes al mismo que en el ejercicio de su profesión y actividad les hubieran causado inconvenientes". Por otra parte, también informaron que quienes componen la comisión paritaria ya poseen elaborado un sin numero importante de correcciones a ser tratadas, las cuales, oportunamente darán a conocer. Adelantaron que las mismas "están referidas a jornadas, categorías profesionales, capacitación, etc… y dejar muy en claro que en esta actividad no existe competitividad ni productividad laboral que pueda incidir en las fórmulas, que por separado, de estas negociaciones, implicará considerar oportunamente las expectativas salariales". Por último, subrayaron que solo resta esperar que "todos los que participan en estas negociaciones paritarias actúen con responsabilidad considerando no sólo los beneficios inmediatos que pueda proporcionar una negociación, sino los intereses de más largo plazo de sus representados". |
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Efemérides: El 27 de febrero de 1812 el general Manuel Belgrano enarboló por primera vez la bandera nacional en las barrancas del río Paraná, en Rosario (provincia de Santa Fe). Inspira sus colores celeste y blanco en la escarapela nacional. La bandera originaria se ha perdido y se ignora si estaba formada por tres franjas o por dos, así como también la disposición de las mismas. |
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Encargados Plenario de agrupaciones opositoras al SUTERH Agrupaciones de encargados opositoras al SUTERH están organizando un plenario para mayo La idea es convocar a todos los encargados que no coinciden con la actual conducción del gremio El objetivo es buscar puntos de coincidencia y armar un programa de trabajo conjunto. [BPN-27/02/08] Agrupaciones de encargados opositoras al Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH) están organizando un plenario para el mes de mayo. En una entrevista concedida a Pequeñas Noticias, integrantes de la agrupación 20 de Diciembre aseguraron que junto con las entidades "2 de Marzo" de Rosario y "1º de Mayo" de la Plata están trabajando en este tema para hacer un encuentro que se haga extensivo a nivel nacional. Jorge "Nebbia" Miño –miembro de 20 de Diciembre- subrayó que "todavía no está determinado el lugar en que se hará el plenario pero no sería solamente con Rosario, La Plata y Ciudad de Buenos Aires sino que se está empezando a trabajar lentamente para que se sumen compañeros de otras provincias". En diálogo con el medio, Miños, Félix Herrera, Jorge Gavilán, Carlos Martínez y Horacio Vivas -integrantes de la Agrupación 20 de Diciembre- manifestaron que la idea es que todos los encargados de edificios que no coinciden con los postulados de la actual comisión directiva del gremio se unan para debatir y consensuar un programa de trabajo común. Los objetivos del encuentro El objetivo del plenario es que los trabajadores empiecen a conocerse y a ver que "padecemos los mismos problemas. Los compañeros están afectados por esta no democracia sindical. Tenemos que buscar la unidad en algunos puntos. Probablemente, no vamos a acordar absolutamente en todo pero sí en los temas más centrales".
Según ellos, dentro del SUTERH no hay democracia en la medida en que la elección de los delegados la realiza la misma comisión directiva, "si avanzamos en esas pequeñas cosas yo creo que se puede hacer algo a nivel nacional muy importante e interesante que puede ayudar a crecer a cada una de estas agrupaciones". Por su parte, Vivas explicó que durante el plenario van a plantear y consensuar un programa de trabajo común que se haga extensivo a todo el país: "el sindicato debe defender los derechos de los trabajadores, nosotros luchamos por recuperarlo". "Cuando hay elecciones no vota más del 14 por ciento del padrón porque para ellos es suficiente. Ellos tienen un techo piso de 9 mil afiliados que los votan y con eso se conforman pero nosotros somos más de 70 mil afiliados. O sea que hay un 85 por ciento del padrón que no vota y no les importa", resaltó. Herrera advirtió que tienen un proyecto y buscan "recuperar el sindicato, tenemos la utopía de poder hacerlo. Para eso nosotros tenemos que ser capaces de poder magnificar nuestro proyecto que es lo fundamental. Si no logramos que los encargados hagan suyo este proyecto vamos a estar muchos años peleando". Y agregó que la propuesta lleva una doble misión porque no quieren abarcar solamente lo social, sino también lo político y lo cultural. Un trabajo individualista Herrera reflexionó que la situación del encargado es compleja por ser un trabajo muy individualista. "Es una persona muy sola, no es como el trabajador que está en una fábrica y realiza todo en forma conjunta, el encargado es muy especial. Te soy sincero, hace 15 años atrás el trabajo del encargado era -con el perdón de la palabra- la última chupada del mate, con toda la crisis económica que pasó este país, pasó a ser uno de los sindicatos más importantes. Eso también ha ido modificando la capacidad del encargado", explicó. Al mismo tiempo, consideró que hay encargados que tienen más preparación y educación, pero todo es complicado si nosotros "no somos capaces de lograr que el encargado haga suyo nuestro proyecto. Yo creo que podemos tener muy buenas intenciones pero si no logramos eso va a ser muy difícil". La elección de los delegados La agrupación 20 de Diciembre quiere que se modifique la forma en que se eligen los delegados. Félix indicó que actualmente a los delegados los elige Santa María y que lo que ellos proponen es que se hagan elecciones entre los compañeros. "Ellos juegan un papel muy importante, son los compañeros que van a levantar la mano cuando Santa María quiera aprobar su balance anual", afirmó. Quieren que "el sindicato esté al servicio de la mayoría de los trabajadores y no que los trabajadores estén al servicio del sindicato. Nos importa las cuestiones sociales, queremos que el dirigente realmente se preocupe". |
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Efemérides: El 1 de marzo de 1802 se inauguró en Buenos Aires la Escuela de Medicina bajo la dirección del doctor Cosme Argerich. |
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Consorcios de propietarios ¿Puede el administrador tener vacaciones ? Un grupo de administradores coincidió en que les es imposible desconectarse del consorcio durante las vacaciones debido a que muchos de los problemas que surgen necesitan de su respuesta Algunos no apagan su celular, dejan a un responsable a cargo o prefieren tomarse su merecido descanso en otra época del año. [BPN-27/02/08] Vacaciones. Quién no espera ansioso que llegue el verano para poder tomarse las tan ansiadas vacaciones después de todo un año de labor. Ahora bien, ¿qué sucede en los consorcios cuándo el administrador se toma vacaciones?, ¿puede desenchufarse por completo y disfrutar del sol, la playa y el mar?. Pequeñas Noticias dialogó con un grupo de administradores y todos coincidieron en que la actividad que realiza el administrador es una de las pocas profesiones que no les permite desconectarse del consorcio por una semana, diez o quince días debido a que muchas veces surgen problemas que exigen únicamente de su parte una respuesta e inmediata solución. El Adm. Néstor Pirosanto –vicepresidente de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI)- reflexionó que de alguna manera los administradores nunca se desenchufan por completo: "en esta profesión es imposible, en el verano siempre surgen problemas […] Uno se puede ir de vacaciones pero no es como un empleado que dice 'cierro'. La administración tiene que seguir funcionando los 365 días. Tenemos que estar al servicio del propietario".
En diálogo con el medio, Pirosanto destacó que por ser su empresa de tipo familiar siempre dejan un responsable a cargo de la administración. En el verano optan por cambiar el sistema de trabajo y atienden en horario de corrido de 8.30 a 16.30 hs. y al mismo tiempo, los consorcistas siempre cuentan con teléfonos de emergencias para contactar a plomeros, electricistas o a cualquier especialista que puedan llegar a necesitar frente a una urgencia. Por otra parte, advirtió que durante las vacaciones decaen los pagos en las expensas y recién se reactiva a mediados de febrero. "Los propietarios se van de vacaciones y se olvidan de pagar. Después en marzo empiezan las clases por lo que muchos tienen más gastos y recién en abril todo se va normalizando", explicó. En las vacaciones hay más trabajo "En realidad, estuve una semana de vacaciones en el mes de noviembre pero en épocas de veraneo no me he tomado vacaciones y no tengo pensado tomarme", subrayó el Adm. Jorge Ferrera, que cuenta con una columna sobre administración de propiedades en el programa de televisión "Reflexiones nacionales". Argumentó que en enero y febrero casi todos los encargados de edificios se toman las vacaciones por lo que el trabajo se incrementa mucho por la organización de las suplencias, las altas tempranas y las notas a las ART: "es necesaria la presencia del administrador".
Al mismo tiempo, si bien reconoció que descansar es un derecho que tienen todos los seres humanos -sobretodo en una profesión "donde permanentemente estamos trabajando desde un lugar del conflicto"-, a una gran cantidad de administradores les cuesta mucho tomarse vacaciones en esta época. Consideró que no en todos los casos se pueden poner suplentes, es una tarea muy específica y requiere de conocimientos y gente de mucha confianza: "no es fácil poner suplentes, además hay administradores que son muy personalistas, esto significa que los que concentran todas las decisiones se van a ver obligados a que la gente, sí o sí, quiera hablar con ellos". Un reemplazante La administradora María Elena Fernández subrayó que cuando se toma vacaciones siempre deja a una persona calificada para las emergencias: "no es lo mismos porque la gente siempre quiere hablar conmigo, no quieren tratar con otra persona. Yo ahora no tengo ayuda diaria pero cuando la tenía no querían hablar con ella a pesar de que la otra persona les decía que trabajaba conmigo". Señaló que cuando está de vacaciones algunos la llaman directamente al celular: "lo tengo siempre prendido -esté de vacaciones o no- porque si hay una urgencia y si la persona que yo pongo no está al tanto de cómo solucionarlo le pido que me llame y le doy las instrucciones. No me quiero encontrar con problemas cuando vuelvo".
María Elena ya se tomó sus días de descanso y recordó que un día recibió un llamado de un propietario para decirle que el plomero no le había dejado el piso como el quería: "yo estaba en Mendoza, llamé al plomero le pregunté qué era lo qué pasaba y el plomero se enojó conmigo porque el propietario tenía su celular y sin embargo me había llamado a mí y no a él". Temas que maneja solo el administrador "Este año todavía ni yo ni mis socios nos hemos tomado vacaciones porque se sumaron varios edificios, se repitió lo mismo que el año pasado y tuvimos altas en diciembre, enero, y ahora dos para febrero", sostuvo el administrador Luis Sinagra. Explicó que siempre queda alguien a cargo de la administración: "estar en la playa y hablar por teléfono no es grato pero no queda alternativa, yo creo que en las estructuras más grandes están preparados y hay gente como para sacar las papas del fuego y alguna información de relevancia la manejarán directamente con el administrador". Por otra parte, señaló que en algunos casos puntuales si, por ejemplo, su socio está de vacaciones y hay algún problema que maneja él no le queda más remedio que llamarlo y preguntarle. Por otro lado, afirmó: "tenemos la filosofía de que lo que quiere el consorcista es una solución. Mientras esté la solución el consorcista no tiene problema en hablarlo con alguien que designe el administrador, sin embargo los consejos de administración están más acostumbrados a tratar con nosotros directamente". |
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del Consorcista Asesoramiento sin Cargo DefensoriaDelConsorcista@hotmail.com
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Efemérides: El 4 de marzo de 1811 murió en alta mar el estadista, político y escritor Mariano Moreno. Fue activo secretario de la Primera Junta de Gobierno. Dirigió la Gazeta de Buenos Ayres y fundó la Biblioteca Pública (hoy Biblioteca Nacional). |
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Gacetilla de Prensa
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Medios El presidente de FRA, Adm. Jorge Hernández (Diario Crítica), se enfrenta a Jorge Lanata (Crítica de la Argentina) por el uso del nombre Crítica Hernández sacó su primera edición mensual en enero mientras que Lanata edita su primer ejemplar el próximo 2 de marzo. [BPN 27/02/08] El presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), Adm. Jorge Hernández, se enfrentó al periodista Jorge Lanata por el nombre del emblemático diario que hace 45 años dirigió Natalio Botana. Hernández comenzó a publicar el diario Crítica en enero mientras que Lanata tiene previsto el lanzamiento de su diario Crítica de la Argentina el próximo 2 de marzo. Crítica, dirigida por Hernández, será una publicación mensual hasta marzo y promete que desde abril será un diario matutino para luego, en mayo, tener dos ediciones: una matutina y otra vespertina. "Somos un grupo de empresarios y periodistas que desde hace dos años trabajamos en este proyecto junto a la Unión de Recorridos de Diarios y Revistas", destacó a un diario matutino Alberto Toro, propietario del periódico. A su vez, reconoció que salieron en enero "para anticiparnos a Lanata. Hubo un principio de acuerdo por el uso de la marca que nos pertenece pero se rompió en noviembre". Según informaron, la aparición de Crítica se da en el marco de una callada guerra por el control de la marca que registró Botana. El periódico, propiedad de Editorial Crítica SA, sale a la calle luego de la ruptura de negociaciones con el grupo empresario Papel 2.0 SA que dirige Lanata. Por su parte, desde las oficinas de Lanata afirmaron que "las negociaciones se frustraron al tomar conocimiento de la existencia de un expediente caratulado "Toro Alberto Domingo s/quiebra". Como se decretó la quiebra de Toro, la marca Crítica ya no le pertenecería, dijeron en Papel 2.0 SA. Su director ejecutivo, el ex juez Gabriel Cavallo, afirmó que su empresa es propietaria de la marca "Crítica de la Argentina". Crítica llegó a los quioscos el jueves 10 de enero con un tiraje de 6.000 ejemplares, que alcanzará los 30.000 en febrero, de acuerdo con la empresa editora. El periódico cuesta 2 pesos y tiene 16 páginas en color y blanco y negro en formato tabloide.
Crítica de la Argentina La aparición de Crítica (dirigida por Hernández) no detuvo a Lanata quien ya lanzó el sitio WEB de lo que será su diario ahora denominado "Crítica de la Argentina". Su primer número saldrá a la calle el próximo 2 de marzo. Así, en www.criticadigital.com ya se pueden ver algunos contenidos. Entre ellos, videos de algunos de los periodistas que cuentan sus expectativas y cómo decidieron sumarse al proyecto del fundador de Página/12.Jorge Lanata nació en Mar del Plata en 1960. Inició su carrera periodística a los 14 años redactando informativos en Radio Nacional. En ese mismo año ganó el Segundo Premio Municipal de Ensayo por un trabajo sobre "El tema social en el cine argentino". Colaboró en distintos medios gráficos de la Argentina como Clarín, Siete Días, Diario Popular, El Periodista, Perfil, y del exterior como The Miami Herald y The Washington Times (Estados Unidos); El Espectador, de Bogotá (Colombia); y el Diario de Caracas (Venezuela). En mayo de 1987, a los 26 años, fundó Página 12 y fue su director periodístico durante los siete años siguientes. En televisión por aire hizo ciclos como Día D, Detrás de las noticias, Viaje al fin de la noche y La Luna. En 1998, creó la revista Veintiuno, que continuó como Veintidós y Veintitrés. Como escritor publicó los libros Argentinos I y II de los que vendió más de 340 mil ejemplares. En el 2004, dirigió el documental Deuda y desde el 2005, hasta el año pasado, condujo Lanata AM y Lanata PM en Radio del Plata Diario Crítica El por ahora mensuario tiene su sede en el segundo piso de la calle Uruguay 459 –la sede de FRA-, es editado por la Empresa Editorial Crítica SA y entre sus colaboradores se encuentra el Dr. Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina (CAPRA). El periódico destinó una página a noticias de propiedad horizontal en la cual se destaca la publicidad de la revista Reunión de Administradores (FRA). Su sitio WEB es www.diariocritica.com.ar.Un poco de historia El Diario Crítica fue un periódico argentino publicado en Buenos Aires fundado por el periodista uruguayo Natalio Félix Botana el 15 de septiembre de 1913. El diario, que dejó de editarse en 1962, tenía un tono sensacionalista y llegó a ser uno de los más vendidos del país.
La primera edición del diario fue de 5.000 ejemplares y Botana lo financió gracias a un préstamo realizado por Marcelino Ugarte, político perteneciente al Partido Autonomista Nacional que ejerció en reiteradas ocasiones el cargo de gobernador de la Provincia de Buenos Aires. Debido a la cercanía de su director con los políticos conservadores, el diario fue opositor al gobierno del presidente Hipólito Yrigoyen, titulando "Dios salve a la República" el día de su asunción. El éxito del diario sufrió un aumento muy importante en los años siguientes, consolidándose en 1922 cuando saca su quinta edición y comienza a vender 75 mil ejemplares diarios. Desde ese momento, el diario comienza a ampliar su espectro, y en 1923 comienza a realizar producción periodística deportiva. El 26 de febrero de 1926 el diario alcanzaría su cifra récord de ventas, al alcanzar los 900 mil ejemplares diarios, y el 5 de noviembre de ese año se lanza Crítica Magazine, un suplemento cultural en el que escribieron figuras como Roberto Arlt, Raúl González Tuñón, Alfonsina Storni y Ulyses Petit de Murat. Continuando con la línea clásica, el diario Crítica apoyó el golpe de estado que derrocó a Yrigoyen en 1930. Sin embargo, a partir de 1931 comenzó a distanciarse de los sectores militares y permaneció clausurado durante los dos años siguientes. El 17 de marzo de 1932 se lanza el noticiero cinematográfico que convertiría a Crítica en el primer grupo multimedio del país. El diario retomó su funcionamiento y el 12 de agosto de 1933 se creó un suplemento cultural llamado Revista Multicolor, que duraría hasta octubre de 1934. Esta revista era un suplemento de aproximadamente ocho páginas que se encontraba impreso a color, y cuya dirección se encontraba a cargo de Jorge Luis Borges y Ulyses Petit de Murat. En agosto de 1941 Natalio Botana muere en un accidente automovilístico, dejando el diario a su familia. Al igual que con el gobierno de Yrigoyen, el diario también fue muy crítico con el gobierno del presidente Juan Domingo Perón, convirtiéndose en uno de sus principales opositores. Debido a los problemas económicos del diario, en 1951 la familia Botana se ve obligada a venderlo, siendo comprado por el gobierno de Perón. Finalmente, alejado del esplendor que lo caracterizó durante las décadas de 1920 y 1930, el diario dejó de circular el 30 de marzo de 1962. |
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Efemérides: El 5 de marzo de 1865 la Catedral de Buenos Aires es elevada al rango de Iglesia Metropolitana. |
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CAPHyAI La CAPHyAI firmó un acuerdo con Edesur para la promoción y fomento del uso seguro de la energía Los consorcios que lo soliciten podrán pedir que personal especializado realice un análisis del estado de sus instalaciones eléctricas Las obras de eficiencia pueden financiarse en la factura de Edesur S.A., en cuotas de hasta un año. [BPN-27/02/08] El 5 de febrero, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) firmó un acuerdo con Edesur para la promoción y fomento del uso seguro, racional y eficiente de la energía. El objetivo es "desarrollar actividades conjuntas para la difusión, promoción y facilitación del uso racional, eficiente y seguro de la energía eléctrica y, en particular, contar con adecuadas instalaciones en los edificios". En este sentido, informaron que dispondrán de un equipo compuesto por personal idóneo en materia comercial y técnica para atender y asesorar a aquellos interesados que deseen lograr una mayor eficiencia en sus instalaciones eléctricas.
"Edesur asesorará y brindará un presupuesto sin cargo a todo socio de la CAPHyAI que habiendo detectado alguna anomalía u oportunidad de mejora en sus instalaciones, tenga intenciones de adecuar las mismas amparado por el presente acuerdo", destacaron en una circular las autoridades de la CAPHyAI. Ahorro de energía Explicaron que dado el mal estado de la mayoría de las instalaciones eléctricas en los consorcios, "producto de la ausencia de puesta a tierra, cables gastados y líneas recargadas, con todo lo que esto implica en cuanto a riesgo de accidentes, ponemos a su alcance hoy, una oportunidad inédita para su mejoramiento y el ahorro en los consumos". El acuerdo con Edesur S.A., enmarcado en el Programa de Eficiencia Energética que la empresa desarrolla, contempla una serie de beneficios exclusivos para los socios de la CAPHyAI. A partir de un relevamiento exhaustivo en el edificio, efectuado por personal especializado, se presenta un proyecto de iluminación eficiente (colocación de lámparas de bajo consumo, sensores de presencia, luces de emergencia y grupos electrógenos, entre otras medidas) y de adecuación de las instalaciones, acorde a las necesidades específicas de cada consorcio. El compromiso de Edesur S.A., una vez efectuado el trabajo, "garantiza el óptimo funcionamiento de las instalaciones eléctricas, iluminación, provisión de agua y ascensores en todo momento y circunstancia, eliminando el riesgo eléctrico, ajustándose a las normas de la Asociación Electrotécnica Argentina". Adelantaron que las obras de eficiencia pueden financiarse en la factura de Edesur S.A., en cuotas de hasta un año. Las mismas tendrán en cuenta los valores promedio de facturación de cada usuario a fin de que la inversión no implique grandes desviaciones respecto al historial de pagos. Por otra parte, aseguraron que en la medida en que "la eficiencia energética lograda sea mayor, se favorecerá la amortización con el ahorro energético obtenido por la obra". |
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Teresa Villanueva Retomaron las actividades en el CGPC 2 Norte La Asociación Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires retomó sus actividades en el CGPC 2 Norte Su presidenta, Teresa Villanueva, subrayó que el problema del sector es la indiferencia de los consorcistas Sus objetivos para este año son luchar contra la creación de un colegio de administradores y la participación de los consorcistas en las negociaciones salariales. [BPN-27/02/07] La Asociación Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ACCABA) retomó las charlas y el asesoramiento gratuito que realiza en el Centro de Participación y Gestión Comunal (CGPC) 2 Norte (Recoleta) todos los miércoles a las 18.30 hs. Durante el primer encuentro, la presidenta Teresa Villanueva subrayó que los consorcistas se tienen que involucrar más y entrevistar a los legisladores para buscar una definición jurídica para los consorcistas. "Tienen que definir la parte legal, qué somos los consorcistas, si somos consumidores, empresarios, cómo nos definimos jurídicamente y cómo nos considerará la ley", reflexionó. Según ella es difícil determinarlo: "creo que justamente por esta razón estamos a la deriva. Primero tenemos que saber qué somos para empezar una lucha y confirmar nuestros derechos". Uno de los principales objetivos de ACCABA es luchar contra la creación de un Colegio de Administradores y lograr una legítima representación de los consorcistas en los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) La indiferencia de los consorcistas La Sra. Villanueva subrayó que uno de los principales problemas de los consorcistas es que los vecinos no participan. "La desgracia que padecemos es la indiferencia. En nuestros propios edificios la gente no baja a las asambleas, no le interesa", resaltó. Según ella es esencial que la gente participe y se interiorice en las cuestiones del consorcio: "no se si les sobra la plata o realmente viven en otra galaxia". Consideró que deben conseguir más apoyo, "juntar firmas y empezar a hacer otro tipo de ataque al tema. Tenemos que ir a la Legislatura, al Congreso y prepararnos para lo que va a ser el tratamiento al proyecto de colegiatura de los administradores, de ser aprobado eso sería otro golpe tremendo para nuestra economía". Señaló que actualmente "no tenemos leyes, las dos únicas leyes son la 13.512 y la 941 pero nunca alcanzaron ni defendieron al consorcista o al propietario". Explicó que han sido leyes a las que le han querido hacer diversas reformas pero que las iniciativas "están encajonadas en el Congreso y no salen de ahí. La fuerza siempre viene por parte nuestra, de los interesados. Necesitamos que se nos defienda". Reuniones en todos los CGPC El objetivo de Villanueva es que todos los CGPC cuenten con una comisión o un grupo de personas que se ocupen de este tema. "Sería importante que los que vienen de otro CGPC se acerquen a hablar con las autoridades de su zona, pidan una entrevista y le den la idea de tener un grupo y abrir un espacio que se reúna para tratar estos temas. Sería una forma de colaborar, de estar haciendo algo y de que todos nos interesemos", aseguró a los presentes. |
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Efemérides: El 6 de marzo de 1863 nació en Nonogasta (provincia de La Rioja) el jurisconsulto, legislador, político y escritor Joaquín V. González, autor de "La tradición nacional", "Mis montañas", "Fábulas nativas", "Educación y gobierno", "Política espiritual", etc. Falleció en Buenos Aires el 21 de diciembre de 1923. Se conserva su casa de descanso riojana, a la que llamó "Samay Huasi". |
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires Más datos a la hora de informar mejoras Se exige a los contribuyentes presentar más documentación en el momento de declarar mejoras realizadas en las viviendas Estas declaraciones juradas servirán de base para la liquidación de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza Así surge de una nueva resolución de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires. [BPN-27/02/08] A partir de una resolución de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP), los contribuyentes deberán presentar más documentación al momento de declarar mejoras realizadas en las viviendas. Exigen la presentación de los planos correspondientes a las obras con el objetivo de establecer el tipo de construcción y la superficie que fue edificada Esta nueva obligación se fijó con la resolución (AGIP) 3/2008: "toda variación que se produce en un inmueble y que da lugar a la revisión del avalúo existente, debe ser declarada por el responsable dentro de los dos meses de producida, ante la Dirección General, la que asentará su cumplimiento efectuando las comunicaciones pertinentes con el objeto de que tal hecho se incorpore al padrón inmobiliario para la liquidación del tributo". En los considerandos de la nueva norma -firmada por el director general de la Dirección General de Rentas, Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Lic. Carlos G. Walter- también se expresa que estas declaraciones juradas obligatorias "sirven de base para la liquidación de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL)". ¿Qué deben presentar? Los vecinos porteños al momento de presentar la declaración deberán adjuntar: planos, croquis o cualquier tipo de elementos gráficos que permitan establecer la tipología constructiva y la superficie edificada del inmueble, adjuntando además el respectivo soporte magnético. En cuanto a la silueta de la superficie, deberán estar graficadas la totalidad de las plantas que conforman el edificio, y asimismo acotada la silueta consignando las dimensiones en metros lineales para cada uno de los lados que la integran. En el caso de los natatorios, se exige especificar gráficamente la silueta de su superficie y en qué planta se encuentran los mismos, consignando los datos de la profundidad promedio o, en su defecto, el volumen del natatorio. Promover una rápida tramitación En el documento destacan que dada la demanda por parte de los contribuyentes con relación a dichas tramitaciones, "hace necesario promover por parte de la Administración diversas acciones con el objetivo de responder con mayor celeridad y eficacia para su diligenciamiento". En este sentido, aconsejaron agilizar los circuitos administrativos internos de la Administración en lo atinente "para la prosecución y conclusión de trámites relacionados a las modificaciones constructivas que declaran los responsables ante esta Dirección General, que originan las actualizaciones en la Base Registral de Empadronamiento de los inmuebles, y la consecuente determinación de la Base Imponible y las liquidaciones de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras, y el adicional fijado por la Ley Nacional Nº 23.514". |
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Dra Liliana M. Corzo y Dra. Diana C. Sevitz Co-conductoras del programa radial CONSORCIOS HOY En su 6ta. temporada en el aire se complacen en informar a sus oyentes que además de poder escuchar el programa los días miércoles de 18 a 19 hs en vivo, el programa se repetirá por la misma emisora los días domingos de 19 a 20 hs.- FM Urbana 88,3 www.fmurbana.com.ar |
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Efemérides: El 8 de marzo de 1813 nació en Buenos Aires Carlos Morel, considerado cronológicamente "el primer pintor argentino". Entre otros cuadros, realizó el "Retrato de Macedonia Escardó" y son notables sus temas de carretas, pulperías y combates de la época de Rosas, lo que retrató con fidelidad documental y gracia poética. |
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Mar del Plata Edificio con generador de energía eólica En Mar del Plata se construye el primer edificio en América Latina que contará con un generador de energía eólica Aprovechando la persistencia del viento, abastecerá el servicio eléctrico de los espacios comunes El proyecto fue declarado de interés municipal. [BPN-27/02/08] En Mar del Plata, comenzó la construcción del primer edificio con generador de energía eólica de América Latina. Ubicado en el barrio de Playa Grande en Matheu 131 –entre Alem y Aristóbulo del Valle- posee un generador que aprovecha la persistencia del viento que suele abatirse sobre ese sector de la costa. En homenaje a Céfiro, Dios de los vientos, la torre ha sido bautizada como Céfira y tiene la capacidad de transformar la brisa marina en energía. Los dos responsables de la empresa que desarrolla este emprendimiento, Franco Tocagni y Francisco Moreno, subrayaron que "se trata de un edificio basado en la eficiencia energética y el ahorro de electricidad". El proyecto fue declarado de interés municipal. El generador permite el abastecimiento eléctrico de espacios comunes como ascensores, pasillos, cocheras, salón de usos múltiples pero no del consumo privado de los 16 semi-pisos con los que cuenta. El generador El abastecimiento de energía es posible gracias a un aerogenerador IVS 4500, desarrollado por Invap, que ha sido instalado en su azotea. Tiene una capacidad de generación de 4,5 kilovatios, con lo que puede superar la cantidad de energía eléctrica necesaria para los espacios comunes. Además de generar energía eólica, la torre Céfira optimiza la utilización de la luz solar ya que más del 80% de su fachada es vidriada. Por otra parte, cuenta con luces inteligentes de apagado automático y un doble vidrio hermético que permite mayor eficiencia energética para aclimatar las viviendas. El ingeniero mecánico Juan Castro –miembro de la empresa que entregó el equipo- explicó que "arranca con un viento de 15 kilómetros, la potencia máxima se alcanza cuando llega a soplar con una intensidad de 38 kilómetros por hora y a partir de allí el generador mantiene constante la potencia". |
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Efemérides:
El 10 de marzo de 1912 se sancionó |
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Investigación especial ¡Arriba Su Declaración, abajo el SIJyP! La AFIP implementó un nuevo sistema para presentar el F.931 Será obligatorio para los empleadores con un empleado a partir de este mes, Febrero/2008 y para los que tengan entre 2 y 5 en marzo La confección del formulario propiamente dicho se hace directamente sobre el sitio de la AFIP y funciona de manera parecida a otros aplicativos como MiSimplificación Empleadores. [BPN-27/02/07] Y siguen las novedades. El 5 de febrero se publicó en el Boletín Oficial (BO) la Resolución 2407/08 por medio de la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo aplicativo para confeccionar el Formulario 931 (F.931) llamado SuDeclaración. Si bien esta modalidad ya había sido creada la verdadera novedad es que empieza a ser obligatoria. El artículo 1, entre otras cosas, indica quiénes estarán obligados a utilizar este aplicativos y quienes no. Dice textualmente: "...El uso de dicho sistema informático resultará obligatorio para los empleadores que registren hasta cinco (5) empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. En el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de DIEZ (10) trabajadores, inclusive, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema. La utilización del sistema "Su Declaración" será optativa para los empleadores que registren entre seis (6) y diez (10) empleados, ambas cantidades inclusive, en el período mensual que se declara, excepto que se trate del supuesto de incremento de personal indicado en el párrafo anterior. Si con posterioridad su nómina disminuye a cinco (5) trabajadores o menos, el uso de este sistema será obligatorio"... El artículo 2, si bien ya quedó claro quiénes son los obligados, da un cronograma con el mes en que se debe empezar a utilizar el aplicativo:
Para poder utilizar el aplicativo hay que tener en cuenta: 1) Que el consorcio de propietarios al que se le deba confeccionar el F.931 esté asociado al Nº de CUIT y clave fiscal del administrador. 2) Que el administrador genere una nueva Relación desde "Administración de Relaciones de Clave Fiscal" para poder utilizar él mismo el aplicativo "Su Declaración" o que autorice a un tercero para su utilización. Generar una nueva Relación 1) Ingresar al sitio de la AFIP, www.afip.gov.ar y luego al menú "Clave Fiscal" desde donde se debe completar con el número de CUIT y Clave Fiscal del administrador. 2) Una vez allí, ir al menú "Administración de Relaciones de Clave Fiscal" y eligir el consorcio en el cual debo usar este aplicativo (si son varios, habrá que generar una nueva relación por cada uno) 3) Luego hacer clic en "Nueva Relación" y luego en "Buscar" del menú Servicio. Seleccionar el aplicativo "SuDeclaración". 4) Luego hay que ingresar el CUIT de la persona a la que se autorizará en nombre del consorcio que puede ser el CUIT del mismo administrador o de un tercero que, en este caso y por el nivel de acceso necesario, puede ser cualquier persona que confeccione el F.931 por el administrador. 5) Un vez confirmada la nueva relación, el administrador terminó el trámite que conviene imprimir. El autorizado deberá ingresar con su CUIT y su clave fiscal al menú "Aceptación de Designación" y aceptar la designación recibida si es que corresponde e imprimir el comprobante. Con esto el autorizado podrá comenzar a utilizar el aplicativo "SuDeclaració" para realizar cada F.931. Su Declaración, paso a paso 1) El autorizado, deberá ingresar al sitio de la AFIP, www.afip.gov.ar y luego al menú "Clave Fiscal" desde donde deberá ingresar su CUIT y clave fiscal. 2) En el listado de aplicativos aparecerá "Su Declaración On line". Al hacer clic sobre ella muestra un pequeño menú que permite generar una nueva declaración jurada (DDJJ) o hacer consultas. 3) Al elegir hacer una nueva DDJJ, aparece una ventana donde se debe ingresar el mes que se desea confeccionar y de ahí en adelante, a decir verdad, los datos que se deben ingresar o modificar son exactamente igual a los que se hacían en al aplicativo SIJyP. Hay que acostumbrarse y ubicar los distintos botones que permiten imprimir diversos listados, tener muy en cuenta dónde se apunta con el Mouse, cuál es el botón para Enviar la DDJJ a la AFIP y tenerle paciencia a Internet. Como aconseja la Contadora Viviana Grinberg en su nota de este mismo Boletín Nº 342, cuando se siente en la computadora a confeccionar el F.931 hay que tratar de concentrarse y no dispersarse pues después de un tiempo –bastante corto- la sesión de Internet puede interrumpirse por cuestiones de seguridad y habrá que volver a empezar. |
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de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
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Efemérides:
El 10 de marzo de 1952 murió en Buenos Aires el escritor, poeta y
autor de textos humorístico-filosóficos Macedonio
Fernández, autor de "No toda es vigilia la de los ojos
abiertos" y "Papeles de recienvenido", entre otras obras.
Su magisterio verbal tuvo influencia en Jorge
Luis Borges y otros escritores. Nació en Buenos Aires el 1º de
junio de 1874, fecha que el propio autor rectifica o desmiente en textos
diversos. |
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Sueldos Febrero/08 El sueldo igual a Enero, pero... Para confeccionar los sueldos del mes de febrero no hay modificaciones en los valores básicos ni en los adicionales. Hay que tener en cuenta el pago de la Ayuda Escolar que se puede hacer en este mes o un poco más adelante El "pero" viene por el lado de la AFIP. [BPN-27/02/08] Durante febrero y marzo de 2008 no habrá modificaciones en las escalas salariales que, casi con seguridad, se verán diferentes a partir del mes de abril. Este mes habrá que empezar a pensar y en solicitar los comprobantes correspondientes para luego poder abonar los $130 de la Ayuda Escolar que se abona una única vez en el año. También cabe recordar que todo el sistema de asignaciones familiares está muy próximo a cambiar y que a partir del mes de abril, si no se vuelve a prorrogar, todas las asignaciones serán abonadas directamente por ANSES. Con respecto a la fecha de pago de esta asignación, el sitio de ANSES, www.anses.gov.ar informa que puede pagarse con los haberes del mes inmediato anterior al del inicio del ciclo lectivo, siempre que se haya acreditado ante el Empleador la asistencia al ciclo lectivo del año anterior sin perjuicio de la posterior presentación del certificado de inicio dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo. También puede ser percibida dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo contra la presentación del certificado de inicio respectivo dentro del plazo antes citado. En los casos de Educación Diferencial o de asistencia a tratamientos de rehabilitación, la solicitud de liquidación de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual puede formularse en cualquier época del año, pero siempre que se presente el certificado respectivo dentro de los 120 días de comenzada la asistencia a los cursos o a los tratamientos respectivos. La documentación a presentar, en el caso del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), el original del Formulario PS.2.51 "DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual; además del original y copia del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo correspondiente al año que se liquida expedido por la Escuela, o Establecimiento Educacional, o Maestro Particular, o Centro o Instituto de Rehabilitación, del que debe surgir: la identificación de la Escuela, Instituto o Establecimiento Educacional; nombre y apellido del alumno; fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado, con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento; nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado; fecha de emisión; sello del Establecimiento con los datos institucionales y la firma de la Autoridad competente. Febrero 2008
Con respecto a la confección del Formulario 931 que se realiza mensualmente para poder cumplir con el pago de los aportes de los trabajadores y las contribuciones del empleador, la AFIP ha implementado un nuevo sistema obligatorio llamado "Su Declaración" para todos aquellos empleadores con hasta 5 empleados. En este mismo boletín, el Nº342, la nota llamada ¡Arriba SuDeclaración, abajo SIJyP! habla más en detalle sobre esta novedad. |
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Gestión Profesional AFIP - RG 2407: Las piedras del camino por la Cra. Viviana Grinberg Hace un año atrás, la AFIP publicó la RG 2192 a partir de la cual empleadores que ocuparan hasta cinco trabajadores registrados podían confeccionar la declaración jurada de obligaciones de seguridad social (formulario F.931) mediante la página web de la institución. Esta iniciativa fue ampliamente difundida en la vía pública a través de un cartel que decía algo así como "si ud. es una pyme, la AFIP le saca piedras del camino". Tras el dictado de la RG 2407, a partir de febrero 2008 si tiene un solo empleado y a partir de marzo si tiene hasta cinco, la "ayudita" es obligatoria. El empleador deberá ingresar a la página web del organismo (www.afip.gov.ar), al servicio "Su Declaración", que previamente deberá ser habilitado utilizando clave fiscal, y prestar conformidad a una declaración jurada ya realizada por la AFIP. La declaración jurada se generará en forma automática y conforme la información registrada en la presentación del mes anterior, más las altas o bajas de los trabajadores del mes que hayan sido informadas mediante el servicio "Mi Simplificación". Una vez conformada deberá enviarse la declaración jurada a través del sistema por transferencia electrónica de datos y opcionalmente, el sistema lo conducirá al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", para generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) si es que el pago electrónico es el medio utilizado para la cancelación del saldo. El sistema permite la modificación de los datos de los trabajadores (situación, actividad, sueldo, adicionales, SAC, horas extras entre otros) pero no se admite la modificación del CUIL ni de su apellido y nombres. Los empleadores que registren entre seis y diez empleados podrán optar por este sistema o generar el formulario F.931 a través del aplicativo SIJP, como se venía haciendo hasta ahora. Si tienen más de diez su situación actual no se modifica. Si usted utiliza un sistema de liquidación de sueldos que le generaba un archivo exportable al SIJP, preparaba todo y presentaba todo junto para hacer la tarea más eficiente, olvídese de ello ya que ahora tendrá que cargar manualmente los datos, empleado por empleado y consorcio por consorcio, en "su declaración". Un consejito: concéntrese cuando esté haciendo la tarea, no es infrecuente que cuando uno no utiliza la página web de la AFIP por un rato (por ejemplo, porque alguien lo llamó por teléfono y usted amablemente lo atendió), le aparezca un cartel informándole que su sesión ha caducado. Eso significa que tiene que salir y volver a entrar. Como vemos, AFIP ahora no saca las piedras del camino sino que las cambia de lugar. |
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Correo de Opinión ¿Servicio de conciliación laboral exclusivo para los empleados de los consorcios? por la Dra. María Cristina carrera[BPN-27/2/08] En el Boletín Oficial de fecha 18–2-2008 se publicó la homologación del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Resolución Nº 1540/2007 Nº Registro 1625/2007 mediante la que se acordó entre la Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal (FATERYH), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) la Asociación Inmobiliaria de Edificios renta y Horizontal (AIERH) y la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) para la remuneración del mes de diciembre 2007 un adicional especial para los trabajadores comprendidos en el CCT 374/06. Este convenio, una vez más inconsulto por nuestra ausencia de representatividad, hace mención a futuras negociaciones sobre un tema que, como todos los que se refieren a los consorcios, son de nuestra absoluta incumbencia. Dice textualmente: "...una vez homologada por la Autoridad de Aplicación la presente acta acuerdo, las partes iniciarán las negociaciones tendientes a implementar un centro de conciliación y negociación especial y exclusiva para la propiedad horizontal que comprenderá a aquellos trabajadores comprendidos en el convenio colectivo de la actividad..." El Ministerio de Trabajo ha implementado el SECLO (Sistema de Conciliación Laboral), un sistema que opera por sorteo de los conciliadores inscriptos ante ese Ministerio. El antecedente a este proyecto del SUTERH es el implantado por la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), entidad que núclea a las empresas de comercio. Este instituto denominado Servicio de Conciliación Laboral para Comercio y Servicios (SECOSE) es voluntario, lo que significa que un trabajador puede optar entre pedir una audiencia de conciliación ante el SECLO o ante el SECOSE. Cabe aclarar que ambas partes firmantes tuvieron legítima representatividad por lo que se instauró un sistema que respetó los intereses de ambas partes. Ahora bien, en el caso de los consorcios, ante la debilidad que significa que los copropietarios no seamos consultados por los que dicen ser nuestros representantes, quienes olvidan en cada acuerdo que si bien el consorcio es empleador no es una empresa (no tiene fines de lucro) y por ende la mayoría de ellos está en rojo, abre una serie de interrogantes que ameritan que exijamos ser informados Es así entonces que preguntamos quién o quiénes van a solventar los gastos de la implementación del proyecto, oficinas, computadoras, personal administrativo, etc. ¿Serán los copropietarios mediante el incremento de las expensas los que deberán hacerse cargo en forma total o parcial del mismo? ¿Quién o quiénes van a confeccionar la lista de los conciliadores? Este punto merece un exhaustivo análisis. El conciliador laboral debe de ser un conocedor del derecho del trabajo y fundamentalmente un especialista en los llamados métodos de resolución de conflictos, lo que le permite actuar con idoneidad e imparcialidad. Su función es evitar que el conflicto que lleva a las partes a su presencia no entre en escalada. Los conflictos entre los empleados y los consorcios comienzan en general porque el encargado entiende ser objeto del incumplimiento de alguna de las cláusulas del CCT 378/04. En estos casos el objetivo de la conciliación debe ser mantener la fuente de trabajo, mejorando la comunicación entre las partes y evitando que se produzca el despido ya sea directo (por el consorcio) o indirecto (por el trabajador injuriado). Cuando se evalúan este tipo de conflicto se debe tener en cuenta que como excepción a los principios del derecho del trabajo no existe un marcado desequilibrio de poder entre las partes ya que, repito, el consorcio no es una empresa. El consorcio necesita un empleado que cumpla con sus obligaciones y responda a la confianza que por su labor le es otorgada y el trabajador por la soledad que le es impuesta dadas las características de su labor pueda establecer vínculos de buena convivencia con los copropietarios. Su referente para comunicar sus quejas es el administrador quien debe cumplir con su deber de escuchar y no inducirlo con su indiferencia a que remita una carta documento o intimación que por sí sola crea una situación de tensión Queda abierto el debate.
--- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y resolución pacífica de conflictos en ese área. Para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921 |
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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 11 de marzo a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo. |
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Correo de Opinión Ampliación de la vivienda de los encargados por Fernando Caeiro Estimados amigos: He visto la nota sobre la ampliación de las viviendas para encargados en la cual hacen referencia a mi participación como diputado y quiero aclararles lo siguiente: Del resultado de mi intervención se logró una modificación del despacho de comisión en el sentido de que las viviendas serán más amplias solo en los edificios que se construyan a partir de la nueva norma. Anteriormente, como estaba en el despacho, las ampliaciones afectaban a todos los edificios de la ciudad, lo cual era un verdadero disparate. Al aceptar la presidenta de la comisión que solo sea para las nuevas unidades voté a favor. Muchas gracias por la caricatura.
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Correo de Opinión Hay que esperar por el Sr. Héctor Roma La noticia es bastante amplia y entendible (BPN Nº 338 del 9/1/08: "Comenzó a funcionar la Comisión Normalizadora") , lo que no dice ninguno de los directivos de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), la CAPHyAI y la Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios – Mutual y la Asociación de Balanceadores, Corredores y Martilleros Públicos -que según parece son los encargados de anotar a los interesados- es dónde, cuándo, cómo y cuánto va a costar para poder ser anotado para ser colegiado y no quedar afuera, como se dice en la Ley. Llamé a todos y todos ponen una excusa: "hay que esperar", "no está la persona para consultar", "aún no hay nada", "llámenos en 30 días" y otras más.
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Correo de Opinión Mi agradecimiento por el Sr. Norberto Á. Quatela. Estimado señor director: Ruego a Ud. que a través de su publicación, le brinde al Sr. D´Aquino mi agradecimiento por su orientación.
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En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes al mes de Marzo/2008, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal |
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Correo de Opinión Todos sentados discutiendo por el Adm. Osvaldo Rostagno Estimado Claudio: Se dice por radio que el aumento del sueldo de los porteros será motivo del aumento de las expensas. Te comento que en los consorcios que administro no tengo porteros, solo tengo trabajadores de edificios de propiedad horizontal, como ser encargados, ayudantes, y suplentes. Otra cosa que se dice es que en la mesa de negociaciones se sienta el sindicato y del otro lado nadie, ¿te imaginás todos sentados sobre una mesa discutiendo? Te aclaro que las tres entidades de administradores tienen personería gremial (las entidades de propietarios, ninguna).
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Correo de Opinión Debemos cuidar nuestro trabajo por la Sra. Susana Gonzalez Un cordial saludo a Pequeñas Noticias: La comunidad consorcial está muy molesta con el sindicato por los aumentos salariales. La idea de los aires acodicionados cayó como un chiste de mal gusto y por lo tanto, no se ha dado información alguna. EDESUR o EDENOR tiene información de cuánto gasta cada cliente. Es más hay un cuadro comparativo en las facturas con esa base de datos. Pueden saber los gastos individuales, globales, por zona, etc. Administradores y encargados debemos cuidar nuestro trabajo.
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Correo de Opinión Simples hogares argentinos por la Sra. Yolanda Delgado Estimado señor director: Es difícil encontrar una agrupación que defienda verdaderamente los intereses de los propietarios. Todas deberían abocarse y dirigirese con la fuerza de la unidad al gobierno para que nos saquen el título de Empresa que nos endilgaron y que nos hace diferentes al resto de los ciudadanos, discriminándonos con exigencias monetarias y reglamentarias que a veces son imposibles de cumplir y nos hacen gastar dinero que es necesario para el verdadero mantenimiento de los departamentos. En los grandes edificios los propietarios ni se conocen, como ocurre en muchos barrios de la ciudad. ¿Pueden formar una empresa socios que no se conocen? Y como puse en una carta de lectores ¿Una manzana es una empresa? ¿Un barrio es una empresa? ¿Una cuadra de casas es un empresa? En todos los casos, las casas colindan lateralmente; nosotros colindamos por el techo y la base. ¿No es lo mismo? Sólo somos hogares argentinos y nos deberían tratar como tales. Tenemos los mismos deberes y derechos que cada una de las familias que tiene su vivienda individual porque cada departamento lo es. Antes de tomar decisiones sería muy respetuoso que cada consorcio sea consultado porque cada uno de ellos vive una realidad diferente. Esperemos que el Gobierno se sensibilice y actúe con la justicia y equidad que merecemos cada uno de estos simples hogares argentinos.
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Rincón Solidario Tras solicitarle la documentación respaldatoria de las liquidaciones -a causa de la cantidad de errores de suma en las mismas- el administrador ha renunciado. Le solicito el libro de actas para asentar la asamblea en que he sido nombrada la nueva administradora y no me contesta los llamados ni me lo hace llegar. ¿Cuáles serían los pasos a seguir? Irene (11/12/2007) Estimada Irene: La nueva administración debería, en representación de los copropietarios, intimar a la administración saliente para que presente la Rendición de Cuentas hasta el último día de su gestión y poner en consideración del consorcio mediante asamblea la aprobación de la misma. El Reglamento de Copropiedad y Administración del consorcio seguramente indica los plazos que un administrador tiene para entregar la documentación del consorcio en su poder (entre 60 y 90 días, no más). No obstante hay documentación de suma importancia para el día a día del consorcio que debería entregarla ni bien deja de ser el mandatario legal, como ser los libros obligatorios y entre ellos el libro de actas. Sugiero consultar a un abogado por la redacción de la Carta Documento y los pasos siguientes. Les deseo éxitos con su nueva gestión. Cordialmente --- El Contador Hutler Sebastián Wolkowicz es Auditor y Administrador de Consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail administracion@estudioshw.com.ar |
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Rincón Solidario ¿Puede el depósito del inodoro empotrado en la pared del baño del vecino (portería) estar separado solo por el yeso (o como se llame lo que se pone sobre los ladrillos, que en este caso no hay, para pintar) en mi departamento? ¿No está invadiendo MI lado de la pared ? ¿No debe haber una separación con ladrillos entre mi lado de la pared y el depósito del agua del inodoro del vecino (portería)?. Ej: no puedo clavar un clavo porque pincha el depósito (ya ocurrio hace años) y el ruido es infernal porque da al dormitorio y hace un año y medio que me quejo porque no me deja dormir, me despierta en la descarga y la carga, la administradora dice que es "imposible" cambiar de depósito empotrado a externo pero yo no acepto esa respuesta. ¿A quién debo dirigirme para solucionar este problema? Gracias por la ayuda que me pueda brindar. Atte Patricia (7/1/2008) Estimada Patricia, El problema que Ud tiene aparentemente se debería a una falencia en la construcción del edificio. En dicho caso debería requerir a un profesional arquitecto o ingeniero que verifique dicha circunstancia y realice un informe indicando si la falencia constructiva existe y cuáles son los recursos técnicos para solucionarla. Sería conveniente que incorpore al informe un presupuesto de los trabajos a realizar. Considerando que el problema se encuentra en la portería del edificio, sería de propiedad común, por lo que luego de ello debería Usted intimar fehacientemente al consorcio, notificando el problema y requeriendo se solucione en los términos del informe técnico realizado por el perito. En caso de persistir la negativa, eventualmente debería iniciar Mediación Prejudicial Obligatoria (asumiendo que el edificio está localizado en la Ciudad de Buenos Aires). De no arribar a acuerdo alguno, debería proceder judicialmente. Cordialmente, --- La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C" |
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Rincón Solidario Nos piden que liquidemos como dice el reglamento En el edificio existen varios morosos.Hace tiempo se venía cobrando el 3% mensual de intereses sobre el saldo deudor, pero ahora que nos hemos puesto duros en la solicitud de cancelación de deudas nos piden que liquidemos como dice el reglamento de hace 30 años, al 2% mensual. Vamos a reliquidar, la cuenta sería así: Ejemplo: si debo $ 100 hace 2 meses + intereses $ 4 y $ 100 hace un mes más interés $2 y pago $ 96 los $ 10 de la 1º expensa siguen generando el 4%? Gabriela (29/12/2008) Estimada Gabriela, El reclamo que les hacen respecto a los intereses es correcto. El interés que se puede cobrar por pagos fuera de término es el que fija los tribunales que corresponden a su jurisdicción. También hay que tener presente que no se puede cobrar interés sobre interés. La forma correcta de liquidar las expensas atrasadas es calcular período por período y adicionar el resultante de la cantidad de meses por el interés correspondientes. Es decir, si deben los últimos 4 meses de expensas a una tasa mensual del 2%, hay que calcular 4 meses x 2 %, nos da 8%, que hay que adicionar a la expensa, luego calculamos 3 meses x 2 %, nos da 6% y así sucesivamente. Ante cualquier duda estamos a tu disposicicion --- El Adm. León R. Estrugo es el Director Nacional de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466 en Capital Federal. |
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Rincón Solidario Sin ninguna información a los propietarios Por la presente, le agradecería me informara si el fondo de reserva del edificio puede usarlo el admimistrador junto con el Consejo de administración,sin ninguna información a los propietarios a través de una asamblea. Desde ya muy agradecida. María (8/2/2008) Sra María: En diversos reglamentos de copropiedad se establece la creación de un fondo de reserva por medio del cual cada uno de los propietarios deberá hacer un aporte conforme el porcentual que detente. Este fondo, se ha entendido, que se constituye para cubrir cualquier evento o situación excepcional, que con las expensas mensuales ordinarias no se pudiere solucionar. Generalmente existe una errónea comprensión acerca de este supuesto "fondo de reserva". Cuando en un edificio se deba recaudar dinero para realizar algún gasto extra, arreglos de hall de entradas, pinturas de palliers , filtraciones, que excedan el normal mantenimiento del edificio etc, se deberá convocar a una asamblea extraordinaria a fin de decidir el monto del fondo, forma de recaudación, cuotas y destino del mismo. Y el administrador debe cumplir con lo ordenado en la asamblea y aplicar el fondo para el trabajo que se ha decidido. Indudablemente, también por asamblea puede tomarse la decisión que, con los recursos obtenidos , (entiéndase fondo), puedan destinarse para otro uso. De su pregunta, que me resulta incompleta, ya que me faltan algunos datos que ud. no los expresó: le daré algunas posibles contestaciones a su inquietud: 1.-) El fondo de reserva se encuentra establecido en el reglamento y existe: el administrador ante un evento muy gravoso para el edificio, en el cual necesite dinero para abonar una destapación, por ejemplo, un cambio de caño, enfrentar una inundación, problemas con metrogas, etc. y si no cuenta en su caja chica del dinero para solventar el gasto, puede utilizar el dinero del fondo, luego informar, llamar a una asamblea y que los propietarios decidan si van a reintegrar el faltante del mismo.- 2.-) Si el mal llamado "fondo de reserva" tenía un destino específico ejemplo reformar el hall de entradas, no puede ser utilizado para otro fin, salvo decisión asamblearia.- Si nos encontraríamos en alguno de los dos casos descriptos, siempre el administrador debe informar si hubo alguna alteración sobre el dinero que posee en custodia, y en ningún caso puede disponer de ese fondo sin que los copropietarios den su consentimiento.- Con referencia al consejo de administración, éste no representa al consorcio, no puede disponer del dinero del fondo de reserva, ni hacer pagos que solo corresponden efectuar al administrador, salvo que por reglamento o por alguna decisión asamblearia el consorcio haya depositado en el consejo alguna facultad más amplia, pero igualmente toda la responsabilidad del manejo de los fondos siempre recae en el administrador.- Espero le haya quedado claro la forma en que se pueden disponer de los fondos y que en caso de dudas acerca de cómo fueron dispuestos , en forma escrita, solicite explicación a su administrador.- De requerir alguna explicación adicional a su órdenes.- Atte --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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Rincón Solidario Estoy suscripta a "Pequeñas Noticias" y les agradecería evacuen la siguiente pregunta: El administrador de nuestro edificio es "Monotributista", pero a breve plazo pasara a ser "Responsable Inscripto" en IVA (Impuesto al Valor Agregado). La pregunta es: ¿los honorarios que cobra en este momento $ 400.- tienen contenido el IVA?, Cuando pase a ser Responsable Inscripto ¿deberemos pagar la suma de $ 400.00 + el 21% de incremento por el IVA? En síntesis, ¿a quién le corresponde hacerse cargo de este cambio de categorización?. Desde ya muchísimas gracias y... ¡¡¡felicitaciones!!! por el contenido de cada entrega. Graciela (8/2/08) Estimada Sra Graciela, El honorario pactado con el administrador de $ 400,00 no incluye el IVA, si existe un cambio de categoría por su crecimiento y le corresponde tributar el impuesto se debe adicionar a la factura y deben abonarlo todos sus clientes, en este caso los consorcios como consumidores finales. El honorario del administrador no aumenta, continuará siendo de $ 400,00 ya que el adicional de $ 84.00 cuando lo cobra al consorcio lo deposita directamente a la AFIP. Saludos --- El Dr. Daniel Elizondo es abogado especializado en propiedad horizontal, administrador de consorcios y socio fundador de la Asociación Civil Administradores Independientes de la Propiedad Horizontal (AIPH). Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a doe@orgelizondo.com. |
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Rincón Solidario La comodidad los puede a todos En el edificio donde vivo, Rivadavia al 8300, tenemos algunos problemas con un integrante del consorcio, creemos firmemente que está enfermo pero la comodidad los puede a todos. El tiene las lámparas, los tubos, las llaves, quiere poner llave a la salida de emergencia de terraza, ha sacado de funcionamiento los extractores de las cocheras diciendo que se robaron los motores y sin haber hecho ninguna denuncia policial. No entrega las llaves de la entrada principal a todos los propietarios, se le dio la gana de no poner los spots en las oficinas del 1º piso. Pretende que se lleve exaustivo registro de las bolsas de residuos que se utilizan. Persigue a los empleados haciendo falsas acusaciones, repitiendo a quien lo escuche que el personal se roba esto o aquello o que tal propietario se ocupa de romper tal o cual cosa. Creemos que él es quien roba. No podemos expulsarlo del consejo pero quisiéramos diluirlo y quitarle el poder de firmar cheques. ¿Cómo hacemos?. Soy
copropietaria nueva pero no soy nueva en el edificio, el mismo se viene
desvencijando y estropeando desde hace años y a la gente parece no
importarle. Estimada Julia: Permítame en primer lugar agradecer su consulta: nos permite enseñar cada vez más sobre el sistema legal que rige para la propiedad horizontal del cual son muchos lo que saben muy poco y eso lo complica todo. Ahora sí, pasemos a lo que narra Ud. En principio, no entiendo si Ud. es la administradora; y si no lo es, no aclara si existe en su consorcio un administrador que esté actuando, que esté cumpliendo su función, es decir, administrando. Ni tampoco me aclara mucho respecto si el propietario "ese", que se está entrometiendo en la administración del consorcio, es el administrador. Recuerde que el administrador debe designarse mediante asamblea de copropietarios con las mayorías que reglamenta el reglamento de copropiedad y administración del consorcio y debe plasmarse en un acta de asamblea que debería escribirse en el libro de actas consorcial, que es un libro rubricado por el Registro de la Propiedad Inmueble. En base a ello, si un propietario se inmiscuye en asuntos de la administración, sin ser el administrador, éste último podrá incluso accionar por sí o en nombre del consorcio para que ese propietario sea excluido por un juez en los asuntos que solo competen a la administración. En suma, el administrador debería "ponerse los pantalones" y administrar como prescribe el reglamento de copropiedad, excluyendo a todos aquellos que le impidan administrar dentro de los límites de su mandato. Ahora, si no hay administrador, bueno, lo primero sería designarlo. Aún designar uno que sea propietario. Y como si todo lo dicho hasta aquí fuese poco, recuerde que el consejo de propietarios no tiene la función de administrar absolutamente nada. El consejo de propietarios solo fiscaliza la marcha de la administración y las cuentas consorciales. Casi diría que las "audita", sin ser auditores. Y fíjese que lo afirmado está bien: porque mal podría administrar el conosorcio la misma persona o personas que tienen a su cargo auditar las cuentas y manejos consorciales. Vale el viejo refrán latino que dice: "no se puede ser juez y parte". Así que, mi estimada Julia, haciendo estas disquisiciones sobre las normas consorciales ya también le he sugerido las soluciones que Ud. o el consorcio podrían tomar. Pero claro, el consorcio, son todos los copropietarios y la única forma de expresión del consorcio son las decisiones tomadas en asamblea general de los co-propietarios. Y si a nadie interesa que alguien se entrometa en los asuntos de la administración, si al administrador le viene cómodo, si todos están contentos con esta persona que comenta y solo Ud. vé problemas actuales y hasta futuros, entonces recuerde que la mayoría manda, aún cuando la mayoría busque la propia ruina. En tal caso, y como Ud. sería "la minoría", podría: a) tratar de convencer a sus co-propietarios de la razón de sus dichos para luego celebrar asamblea y resolver en consecuencia. b) vender su vivienda y mudarse a otro consorcio donde los copropietarios compartan sus ideas. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente. --- El Dr. Eduardo Brailovsky es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a ejb@ejb.com.ar, llamarlo a su teléfono 4862-5390/4867-0712 o escribirle a Perón 4243 - Buenos Aires (1199) Argentina. |
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Rincón Solidario Estimado señor García de Rivas: Días pasados fueron convocados por su Administración, los propietarios de un edificio de Mar del Plata. Para prevenir lo que ya anteriormente le había sucedido, uno de los propietarios, al que llamaremos señor X requirió los servicios de un escribano-abogado para que redactara el Acta de la Asamblea y a una abogada de una asociación de propietarios. Este señor X le entregó dos poderes de otros dueños para que pudiera intervenir en la asamblea. Como previamente el propitario señor X le había enviado un cuestionario al administrador por carta-documento donde le solicitaba informes sobre diversas irregularidades que, a su entender no correspondían y que las aclarará en la asamblea, el administrador hizo lo de siempre; un gran escándalo secundado activamente por una señora que ocupa una unidad en el edificio y nadie sabe a título de qué. Fue tan bochornosa, humillante y denigrante la situación, que la abogada tuvo que refugiarse en un baño y al escribano, un hijo del administrador -que es abogado- le empujó violentamente el escritorio donde intentaba escribir el acta, haciéndolo trastabillar. Mientras la señora citada, le pegaba patadas y cachetadas, le tiraba los papeles al suelo y se los pisoteaba. Demás esta decir que el administrador cuestionó la intervención en la asamblea del escribano con argumentos sin sustento legal alguno, rechazó de plano los poderes que exibió la abogada y al señor X, propietario, no le permitió firmar el Libro de Actas y lo hechó del lugar. Todo esto mientras la referida señora le pegaba cachetas y patadas en las piernas al señor X, como así también hacía lo mismo otro hombre canoso que no pudo ser identificado. Estimado
García de Rivas, parece un sainete de Vacareza pero sucedió entre
profesionales del Derecho. Miguel (30/1/2008) Estimado Miguel: Coincido en que puede parecer a un sainete, o a una obra de ficción de teatro, cine o televisión en la que se exageran los conflictos que se generan en el ámbito de la propiedad horizontal. Sin embargo, y recordando un viejo y sabio dicho popular, la relidad supera siempre a la ficción. Estas cosas suceden, y con mayor frecuencia que lo que la gente supone. De lo sucedido en esa asamblea de consorcio, cabe extraer tres conclusiones: a) deben analizarse las evidentes consecuencias penales de los hechos que se relatan, donde cabrá denunciar a los responsables por los delitos de daños y lesiones, entre otros; b) habría que examinar la validez de los "poderes" (tal vez meras autorizaciones) que el "señor X" entregó a los dos profesionales; una elemental prudencia indicaba, conociendo a los protagonistas y en particular al administrador, evitar todo tipo de impugnación por parte de las autoridades de la asamblea, presentando dos poderes notariales o, en su defecto y para abaratar costos, hacer concurrir (de ser posible) a los dos propietarios para que en presencia de la asamblea otorguen las autorizaciones para ser representados y retirarse inmediatamente; c) reunir todos los elementos de prueba (testigos, acta de la asamblea, etc) y examinar la validez de esa asamblea, tanto en su faz de convocatoria como en la deliberativa, para luego proceder a interponer la pertinente impugnación por vía judicial. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
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Correo de Lectores Hola!! De nuevo
buscando que me ayuden... (06/02/2007) Estimada María Celia, la primera opción no es viable salvo que la factura sea de una empresa que brinda servicio de limpieza. En el caso de contratar a este tipo de empresas deberás tener en cuenta si están abonados los aportes y contribuciones correspondientes (F.931) y –sobre todo- no olvidar de que aunque este trabajo el consorcio lo terceriza, es solidariamente responsable por cualquier inconveniente que se pueda presentar con ese personal enviado por la empresa de limpieza. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores ¿Desde cuándo existe Pequeñas Noticias? Desearía saber desde qué año está este boletín. R.B. (06/02/2008) Estimado B., la publicación electrónica del Boletín de Pequeñas Noticias comenzó el 2 de diciembre de 1999 con el número Cero y éste es el Nº 342, con lo cual ha pasado mucho por debajo del puente. Si deseas mirar todos los boletines publicados, incluyendo aquel lejano Nº 0, podés ingresar a nuestro sitio, www.pequenasnoticias.com.ar y luego hacer un clic en el ícono que tiene por dibujo un diario, ubicado arriba y en el centro de la ventana principal. Así podrás tener todos los boletines ordenados por número y por fecha. Cualquier inconveniente no dudes en volvernos a escribir. Un saludo cordial |
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Correo de Lectores Hola. Quisiera saber cuál es la manera correcta de liquidarle a un suplente de días domingos. Él trabajará de 8 a 13 hs, y de 17 a 21 hs.,con retiro de residuos de 21 unidades y limpieza cocheras (dentro de ese horario). No estoy segura si al ser domingo los plus se liquidan o están incluídos en el valor suplencia. El valor hora por domingo, ¿es el doble del de convenio? (58.30 / 8 * 2)?? Desde ya muchas gracias. C. (06/02/2007) Estimada C., el valor de un día de suplencia de 8 horas (lunes a viernes y sábados por la mañana) es de $58.30. Si esas horas las hace el domingo son dobles. El valor que vos calculás de la hora extra es correcto: 58.30/8*2, lo que da un valor de $ 14,57. Un saludo grandote. |
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Correo de Lectores Estimados de Pequeñas Noticias: mi consulta es referente a que los propietarios de un edificio quieren contratar a un suplente en la portería, persona que es de su entera confianza, pero este señor es jubilado. Administrativamente ¿cómo se le liquida el sueldo? ¿a dónde van los aportes? No creo que sea correcto contratar a alguien en esas condiciones ¿verdad? Aún así los propietarios quieren a esta persona. ¿Esta situación tiene alguna sanción? Desde ya muchas gracias. Silvia Y. (02/02/2008) Hola Silvia, no hay ningún inconveniente en contratar a un trabajador jubilado siempre y cuando no se haya jubilado por algún tipo de invalidez. Si se jubiló por la vía normal, solo hay que declarar a la AFIP que este trabajador reingresa a la actividad y liquidarle el sueldo normalmente. Lo que cambiará son los descuentos, que serán menores a los de un trabajador no jubilado: 11% correspondiente a Jubilación sin importar el tipo de régimen por el cual se haya jubilado o aportado, el 1% de la Caja de protección a la familia, y en caso de corresponder el 2% de la Cuota sindical, el 1% de Fateryh que corresponde al Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad. En cuanto a las contribuciones, el mismo aplicativo de la AFIP te va a indicar cuáles son tus obligaciones, pero no deberás olvidar de indicar que el empleado es "jubilado". Además no deberás olvidarte de sumar al costo del trabajador, la Ley de Riesgo de Trabajo (L.R.T.) ya que el importe a pagar por parte del empleador sobre este concepto, depende de la empresa aseguradora elegida. Generalmente consta de una alícuota fija y otra variable que se calcula siempre sobre el sueldo bruto. Hay empresas que sólo cobran una alícuota fija, pero esto depende de cada una y son ellas las que lo informan mediante una carta. Un saludo grandote. |
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Correo de Lectores Un curso de administración vía Internet Me recomendaron su página y me fue muy útil. Pero deseo saber si así como esta el "curso práctico de liquidación de sueldos" tienen un curso "vía Internet" para estudiar administración de consorcios. Preguntita extra: ¿Fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es necesario el registro de administradores? Gracias. Roxana. (31/01/2008) Estimada Roxana, por ahora no tenemos un curso de administración con las características que vos buscás. En cuanto a tu consulta, no sé a qué lugar te referís "fuera da la Ciudad Autónoma" pero no conozco ningún otro registro parecido al que funciona aquí. Un saludo grandote. |
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Correo de Lectores ¡¡¡Por favor. ayudaaaaaa!!! Por favor!!!
Ayuda!!! No entiendo cómo tengo que hacer la DDJJ de febrero con el nuevo
sistema de la AFIP. Enrique. (12/02/2008) ¡Hola Enrique, a no desesperar que podría ser mucho peor! En este mismo boletín Nº 342 hay dos notas, una hecha por la Contadora Viviana Grinberg llamada "AFIP - RG 2407: Las piedras del camino" y otra llamada "¡Arriba Su Declaración, abajo SIJyP!" que hablan en detalle de esta nueva modalidad. Leelas con calma y si hay algo que te quedó colgado, volvenos a escribir. Un saludo gradote y ¡paciencia! |
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Número de Edición: 342 (1º edición) Fecha de publicación: 27 de febrero de 2008 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera y Dr. Juan Iglesias - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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