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La comunidad consorcial como espejo de la sociedad...

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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Miércoles 23 de Agosto de 2006 - Nº: 297

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Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal.Convenios Colectivos de Trabajo

Participarían dos entidades de propietarios

El presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, aseguró que el jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo le adelantó que dos entidades de propietarios participarían de las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo La intención sería transparentar la representación de los consorcistas en las paritarias El Dr. Loisi estimó que estas asociaciones podrían ser UCRA y APIPH.

[BPN-23/08/06] Dos entidades de propietarios podrían participar de las negociaciones de los Convenios Colectivos Trabajo (CCT). Así se lo manifestó el jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo, Dr. Norberto José Ciaravino, al presidente de la Fundación Liga del Consorcistas, Dr. Osvaldo Loisi...

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Sra. Alicia Giménez, presidente de UCRA.Consorcistas

Elecciones en UCRA

El lunes 7 de agosto, la Unión de Consorcistas de la República Argentina eligió a la nueva comisión directiva que conducirá la entidad durante dos años Habrían votado 30 personas, alrededor de la mitad del padrón habilitado La Sra. Alicia Giménez fue reelegida como presidenta y se designó como vicepresidente al Sr. Carlos Puente.


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Honorarios

¿Cuánto debe cobrar un administrador?

Los honorarios más altos son los que sugiere la CAPHyAI, los de AIERH son los más bajos mientras que los de FRA se ubican en el medio Entre los aconsejados por CAPHyAI y por AIERH hay una diferencia del 58%, entre los de FRA y AIERH la brecha es del 43% y entre FRA y CAPHyAI es casi de un 10.5% FRA es la única entidad que aconseja el cobro de algunas tareas en forma independiente de los honorarios.


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Sra. Teresa Villanueva, Coordinadora de la Comisión de Consorcios del CGP 2 Norte.Consorcistas

"Hay política buena y política mala..."

La coordinadora de la Comisión de Consorcios del CGP Nº 2, Teresa Villanueva, presentó un proyecto de modificación de la Ley 941 A pesar de eso, consideró que habría que derogarla y crear una nueva Aseguró que algunos administradores actúan en forma inescrupulosa y que ni siquiera le dan explicaciones a los consorcistas Reconoció que los propietarios están desinformados y no tienen interés en participar.


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El Martillero Eduardo Saravia diserta en el Aula Magna de la UTN en el III Encuntro de Profesionales de PHProfesionales de PH

Tercer encuentro

El Dr. Enrique Luis Abatti aseguró que la Argentina tiene un enorme déficit habitacional debido a las leyes de intervención en el mercado locativo Así lo manifestó en el III Encuentro de Profesionales de Propiedad Horizontal que se realizó en la Universidad Tecnológica Nacional Además, explicó diversos métodos para lograr un alquiler escalonado progresivo.


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Gestión Profesional

Simplificación no tan simple 

por la Cra. Viviana B. Grinberg


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Gestión Profesional

Seguridad en los ascensores 

por el Sr. Alejandro Rodrigues


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Rincón Solidario

Qué cañerías son comunes y cuáles no

Dr. Eduardo Brailovsky


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Rincón Solidario

Perros vagabundos

Adm. León Estrugo


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Rincón Solidario

Puertas de ascensor bajo llave

Dr. Jorge Resqui Pizarro


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Rincón Solidario

¿Responsabilida civil o penal?

Dr. Jorge Maldonado


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Correo de Lectores

Intimaciones para el encargado (11/08)


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Correo de Lectores

¿Cómo abonar un feriado de 4 horas? (10/08)


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Esta semana los afortunados fueron....

Todos quisieron participar en el fabuloso sorteo de los dos premios de la semana: cenas, almuerzos, espectáculos, mini-turismo, shows, clases de baile árabe.... ¿Ud. habrá tenido suerte....?

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Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal.Colegio Público de Administradores

No debería ser obligatorio

El presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, destacó que para administrar un edificio no puede ser obligatorio haber cursado una carrera universitaria Argumentó que el propietario tiene el poder de decidir quién quiere que sea su administrador Consideró que de crearse un colegio de administradores tampoco debería ser obligatorio.


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La ministra de Economía, Felisa Miceli, presenta el nuevo Plan de Vivienda.Plan de vivienda

De inquilino a propietario

El Gobierno anunció un nuevo plan de vivienda para dinamizar y facilitar el crédito hipotecario a los inquilinos Los Bancos financiarán créditos de hasta el 100% del valor de una propiedad de 200 mil pesos Fomentarán la construcción a partir de la devolución anticipada del IVA a los inversores.


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El Dr. Alejandro Aníbal Segura, presidente del Centro de Estudios para la Democracia Sindical,Encargados de edificios

"Amor u odio... jamás indiferencia"

El Dr. Alejandro Aníbal Segura destacó que no se puede responsabilizar a los encargados de los aumentos en las expensas En el programa de radio Consorcios Hoy, consideró que habría que reformar el sistema que rige las negociaciones Colectivas de Trabajo porque los consorcistas se sienten ajenos a las decisiones Además, afirmó que los administradores representan intereses contrapuestos.


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Pequeñas Noticias en una Palm LiveDrive 4 Giga con conección a Internet mediante Wi-Fi.Pequeñas Noticias

En la palma de su mano

Desde el número pasado, los lectores de Pequeñas Noticias pueden leer desde su agenda electrónica de bolsillo con acceso Internet un adelanto de todas las noticias publicadas en el boletín Los PDA surgieron en 1996 y su uso se ha hecho extensivo en todo el mundo.


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Fabiana LizarraldeSueldos Agosto/06

¡Cuidado con agosto!

Los importes básicos de los salarios y adicionales no sufren cambios pero a partir del 1º de agosto el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil cambió Lo hará en tres etapas hasta llegar en noviembre a los 800 pesos.


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Correo de Opinión
Triple control II 

por la Adm. Mirta Beatriz Szwarc


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Correo de Opinión
Respuesta a la Adm. Mirta Szwarc 

por el Adm. León Estrugo


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Correo de Opinión
Tribunales de Justicia Vecinal en la CABA 

por Lic. Evangelina Perri


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Correo de Lectores

Boletines anteriores (14/08)


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Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal.

Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal.

Convenios Colectivos de Trabajo

Participarían dos entidades de propietarios

El presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, aseguró que el jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo le adelantó que dos entidades de propietarios participarían de las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo La intención sería transparentar la representación de los consorcistas en las paritarias El Dr. Loisi estimó que estas asociaciones podrían ser UCRA y APIPH.

[BPN-23/08/06] Dos entidades de propietarios podrían participar de las negociaciones de los Convenios Colectivos Trabajo (CCT). Así se lo manifestó el jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo, Dr. Norberto José Ciaravino, al presidente de la Fundación Liga del Consorcistas, Dr. Osvaldo Loisi.

Durante el encuentro, que se realizó el martes 6 de junio, el Dr. Loisi se acercó al Dr. Ciaravino para explicarle que uno de los principales problemas de los propietarios son los altos costos de las expensas y la incidencia que tiene el sueldo del encargado. Loisi subrayó que el jefe de gabinete le contestó que "por ahora, lo único que van a hacer es transparentar la representación de los consorcistas en la mesa de negociación. Directamente, me manifestó que hay dos asociaciones de propietarios a las cuales les van a permitir participar".

Sin embargo, en ningún momento Ciaravino le dio los nombres de estas dos entidades: "no me dijo cuáles serían pero yo supongo que deben ser la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA) y la Asociación de Propietarios de Inmuebles de Propiedad Horizontal (APIPH)".

El Dr. Loisi le expresó al jefe de gabinete las preocupaciones de los consorcistas y lo participó del contenido de parte de las cartas y correos electrónicos con reclamos que la gente les hizo llegar a la fundación. En ellas, los propietarios adjuntaban una copia de la liquidación de expensas y otra con la de su recibo de sueldo. "Era muy elocuente lo que debía pagar de expensas una persona que ganaba 400 o 500 pesos", señaló Loisi.

El Dr. Marcos Bergenfeld y la Sra. Alicia Giménez, presidente y vicepresidenta de la FAC respectivamente.

El Dr. Marcos Bergenfeld y la Sra. Alicia Giménez, presidente y vicepresidenta de la FAC respectivamente.

UCRA y APIPH

Federación Argentina de Consorcios

La Unión de Consorcista de la República Argentina (UCRA) y la Asociación Propietarios Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH) decidieron fundar la Federación Argentina de Consorcios (FAC) ante la imposibilidad de los propietarios de participar en las últimas paritarias.

El 26 de junio por decisión de una asamblea, UCRA y APIPH decidieron conformar la FAC, según ellos, "para asumir la representación de los consorcios ante los organismos nacionales, provinciales y municipales, el Congreso de la Nación y la Justicia".

El presidente de la flamante FAC es el Dr. Marcos Bergenfeld –presidente de APIPH-, la vicepresidenta es la Sra. Alicia Giménez –presidenta de UCRA- y el secretario es el Dr. Félix Pazo –también miembro de APIPH-.

El principal objetivo que se proponen es "reemplazar a las organizaciones de administradores en las próximas paritarias que se deberán convocar con urgencia, considerando que la representación de casi 10 millones de propietarios es de exclusiva responsabilidad de los mismos y no de los administradores".

Al mismo tiempo, advirtieron que otro de los fines será colaborar "en aliviar la penosa situación de los inquilinos".

Aunque informaron que "en esta etapa fundacional están atendiendo consultas y recibiendo pedidos de afiliación de organizaciones de propietarios –con personería jurídica- especialmente del interior del país", no dieron precisiones sobre la cantidad de asociados que sumarían ambas entidades.

El presidente de la Liga del Consorcista sostuvo que lo recibieron "muy amablemente. Me dijo que le preocupaba este tema. Yo le explique que son muchos los jubilados y pensionados que no pueden pagar las expensas por este sistema que hace que todos los años haya que ajustarle los salarios a los encargados".

Además, le informó que a través de una encuesta que hizo la fundación descubrieron que de los gastos totales del consorcio más del 50 o 60 por ciento corresponden a los pagos del personal y sus cargas sociales.

Si bien aclaró que él había pedido la reunión antes de que se firmara el último CCT -que otorgó más de un 18% de aumento a los encargados de edificios- se fue del encuentro con una sensación positiva: "por lo menos nos conocen y me dio la impresión de que es un hombre que tiene muy buena voluntad".

¿Con o sin administradores?

Durante la reunión -que duró poco más de 30 minutos-, el Dr. Loisi le preguntó al jefe de gabinete si las entidades de administradores iban a seguir participando de las negociaciones de los CCT, pero puntualizó que el Dr. Ciaravino no le contestó.

Según el Dr. Loisi, es fundamental saber si los administradores seguirán sentándose en la mesa de negociación "porque si están las entidades de administradores -la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) y la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH)-, los consorcistas van a ser uno más. Ellos van a hacer lo que quieren y sólo van a aparecer como que están convalidando".

El Dr. Osvaldo Loisi y el Dr. Norberto José Ciaravino, jefe de gabinete del Ministerio de Trabajo

El Dr. Osvaldo Loisi y el Dr. Norberto José Ciaravino, jefe de gabinete del Ministerio de Trabajo

En diálogo con Pequeñas Noticias, Loisi argumentó que el Derecho Colectivo del Trabajo instituyó las convenciones colectivas "para equiparar la ganancia de los empresarios con lo que cobraban los obreros. Llegó un momento en que el Estado tuvo que decir a los empleadores: señores siéntense a negociar porque Uds. están ganando bastante y los pobres empleados tienen sueldos miserables".

En este sentido, resaltó que "acá es al revés [...] los débiles son los consorcistas que habitan en los departamentos". Según Loisi, los consorcistas son los más débiles porque "no tienen quién los representen. No son una entidad. Ellos son vecinos, son vecindades como dice el Chavo".

No representamos, defendemos.

El Dr. Loisi aclaró que en la fundación "defendemos a los consorcistas pero no los representamos". Explicó que ellos no representan los intereses de un grupo sino que la entidad fue creada "para estudiar problemas y para ofrecer soluciones, nada más. No cobramos cuota, no adherimos gente, ni somos ni funcionamos como una asociación".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemerides consorciales: El 1/09/2005 en sesión especial, la Legislatura Porteña sancionó la Ley de Comunas que dividió a la ciudad autónoma de Buenos Aires en 15 unidades administrativas independientes.


Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal.

Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal.

Colegio Público de Administradores

No debería ser obligatorio

El presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, destacó que para administrar un edificio no puede ser obligatorio haber cursado una carrera universitaria Argumentó que el propietario tiene el poder de decidir quién quiere que sea su administrador Consideró que de crearse un colegio de administradores tampoco debería ser obligatorio.

[BPN-23/08/06] "Si yo como propietario quiero que maneje mi edificio Doña Rosa, listo, ¿con qué derecho el Estado va decirle a una persona que antes de administrar un edificio primero tiene que hacer la carrera universitaria? Este es un tema muy delicado, es una limitación y toca directamente al derecho de propiedad", reflexionó el presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi.

En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, explicó que cuando se debate sobre la profesionalización de los administradores y la obligación de que éstos tengan una carrera universitaria, muchas veces se olvida que son los propios consorcistas quienes, a partir de una asamblea, tiene el poder de elegir quién quieren que administre su edificio.

"Si yo tengo mi propiedad, yo puedo elegir quién quiero que maneje mi dinero, el Estado no me puede decir que primero tiene que hacer una carrera", subrayó Loisi advirtiendo que de ser obligatorio se estaría violando el derecho de propiedad.

Colegio de administradores

Ante la pregunta de Pequeñas Noticias sobre la apertura democrática dentro de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) a partir de que se presenten, después de muchos años, más de una lista en las elecciones de octubre, subrayó que "la renovación dentro de un régimen republicano siempre es buena. Es positivo que no esté siempre la misma persona, que se renueven y que se alternen en el uso del poder".

Respecto a los tres puntos principales que propone el Dr. Ruano como base de su campaña –depuración ética, carrera universitaria y colegio de administradores- subrayó que la idea de llevar adelante una depuración ética de los malos administrador "como objetivo me parece bárbaro".

Sin embargo, sobre la creación de un colegio de administradores advirtió que si bien no le parece mala la propuesta, éste -al igual que la carrera de administración de consorcios- no puede ser obligatoria.

Por otra parte, señaló que lo que sí tiene que continuar siendo obligatorio es que las personas que administren un edificio tengan que estar inscriptas en el Registro Público de Administradores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los alquileres

La semana pasada el secretario de Comercio Interior, Lic. Guillermo Moreno, se reunió con diferentes entidades de propietarios, inquilinos y empresarios para buscar soluciones a la suba en los alquileres y evitar la indexación en los valores del contrato <ver nota>.

Como el Dr. Loisi no pudo participar de esos encuentros se reunió con el Lic. Moreno el lunes 14 de agosto y le presentó el proyecto que elaboró Fundación Liga del Consorcista para hacer frente a este problema.

"El tema es que todos los planes de vivienda en la Argentina fueron hechos de tal manera, que desde que tenemos historia, todos han dejado pérdidas al Estado", reflexionó el Dr. Loisi.

Por otra parte, advirtió que "no podemos ir contra las leyes de la oferta y la demanda. No se puede hacer como en la época de Perón y decir que están prohibidos los aumentos". Argumentó que hay mucha gente que trabajó toda su vida para tener un departamento, alquilarlo y poder vivir de la renta durante su vejez: "¿por qué el Estado le va a decir usted que no puede aumentar los precios? Acá hemos sufrido mucho".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: El 05/09/2005 la agrupación Vecinos del Encuentro y la asociación cívica no partidaria Conciencia convocó a un amplio arco político institucional para disertar sobre diversos proyectos de ley que proponen la creación de Tribunales de Justicia Vecinal


Sra. Alicia Giménez, presidente de UCRA.

Sra. Alicia Giménez, presidente de UCRA.

Consorcistas

Elecciones en UCRA

El lunes 7 de agosto, la Unión de Consorcistas de la República Argentina eligió a la nueva comisión directiva que conducirá la entidad durante dos años Habrían votado 30 personas, alrededor de la mitad del padrón habilitado La Sra. Alicia Giménez fue reelegida como presidenta y se designó como vicepresidente al Sr. Carlos Puente.

[BPN-23/08/06] Los socios de la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA) eligieron a la nueva comisión directiva que conducirá a la entidad hasta junio de 2008. La Sra. Alicia Giménez fue reelegida como presidenta y se votó como vicepresidente al Sr. Carlos Puente en lugar del saliente Dr. Jorge Resqui Pizarro.

UCRA y APIPH

Hasta la Suprema Corte

Según hicieron saber mediante una gacetilla de prensa distribuida por Internet, la Asociación de Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH) y la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA), se reunieron con el Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Eugenio Zaffaroni.

Durante el encuentro, ambas entidades le hicieron conocer al ministro la problemática de cerca de 10 millones de propietarios y 2 millones de inquilinos y le manifestaron su interés en participar de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) debido a ser "los únicos legítimos interesados en las mismas".

Según UCRA y APIPH, "el ministro demostró un perfecto conocimiento del tema, recordando su anterior gestión en la Legislatura Porteña".

La elección se realizó el lunes 7 de agosto en Lavalle al 1300 y –según un miembro de la nueva Comisión Directiva- se hicieron presentes para votar unas 30 personas, alrededor de la mitad del padrón habilitado. El nuevo secretario de UCRA es el Ing. Norberto Luis Villar; el prosecretario, la Dra. Margarita Buenader de Latorre; el tesorero, la Sra. Elvira Ventura de Diehl y el protesorero, el Sr. Julio Osvaldo Glizt. Al mismo tiempo, los vocales titulares serán: la Sra. Griselda Bernasconi de Vicario, la Sra. María de la Cruz Ginard, la Sra. Ana María Canestrari y la Sra. Delia Goitía.

La comisión revisora de cuentas titulares quedó integrada por el Sr. Héctor Welsh, la Sra. Nechama Goldberg y la Sra. Ana María Muñoz.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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La ministra de Economía, Felisa Miceli, presenta el nuevo Plan de Vivienda.

La ministra de Economía, Felisa Miceli, presenta el nuevo Plan de Vivienda.

Plan de vivienda

De inquilino a propietario

El Gobierno anunció un nuevo plan de vivienda para dinamizar y facilitar el crédito hipotecario a los inquilinos Los Bancos financiarán créditos de hasta el 100% del valor de una propiedad de 200 mil pesos Fomentarán la construcción a partir de la devolución anticipada del IVA a los inversores.

[BPN-23/08/06] En las últimas semanas, el aumento en los alquileres y los contratos con cláusulas indexatorias habían sido una de las principales preocupaciones del Gobierno Nacional. Con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda, el presidente Néstor Kirchner decidió implementar un plan destinado a que miles de familias puedan convertirse en propietarias.

El anuncio lo hizo la ministra de Economía, Felisa Miceli, y el secretario de Comercio Interior, Lic. Guillermo Moreno, el miércoles 16 de agosto en el Salón Sur de la Casa de Gobierno. En ese acto, junto al presidente de la Nación, estuvieron presentes la primera dama senadora, Cristina Fernández; el vicepresidente, Daniel Scioli; el titular del Banco Central de la República Argentina, Martín Redrado; el ministro de Planificación, Julio De Vido; el ministro del Interior, Aníbal Fernández; intendentes de la Provincia de Buenos Aires y gran parte del gabinete.

El Sr. Hugo Menella, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina.

El Sr. Hugo Menella, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina.

Acto de lanzamiento

Presentes y ausentes

El Salón Sur de la Casa Rosada dispone de lugar para unas 90 personas sentadas. En el acto del pasado miércoles 16 de agosto su capacidad se vio colmada con el ingreso de una gran cantidad de asistentes que debieron permanecer de pie tanto en las últimas filas como a lo largo de un corredor lateral.

Bancos, empresarios y sindicalistas

El acto contó con la presencia del titular de ABA -la entidad que agrupa a los bancos extranjeros- Mario Vincens; Jorge Brito, en representación del Grupo Macro; la Sra. Gabriela Gianotto, por el Banco Nación Argentina; Julio Macchi, por el Banco Ciudad y por el Banco Credicoop, el Sr. Carlos Heller quien también es presidente de la Asociación de Bancos Públicos y Privados.

Además, participó el Ing. Fernando Esquerro en representación de la Asociación Empresarios de la Vivienda, el Sr. Aldo Roggio, titular de un grupo empresario que ha desarrollado actividades en la construcción, el transporte y desarrollos inmobiliarios, el presidente de la Cámara de la Construcción, Carlos Wagner, el secretario Gregorio Chodos y los sindicalistas y actores sociales Hugo Moyano, José Luis Lingeri, Gerardo Martínez y Luis Ángel D´Elia. Para el final del acto se hizo presente el Sr. Hugo Menella titular de la Cámara Inmobiliaria Argentina.

Propiedad Horizontal

Durante el acto no se observó en el salón la presencia de la mayor parte de los actores relacionados con la propiedad horizontal y las actividades inmobiliarias, como por ejemplo: el Dr. Radamés Marini, titular de la Unión de Inquilinos, el Dr. Enrique Abatti, vicepresidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina, el Dr. Samuel Knopoff, presidente de la Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y  Consorcistas (CACCyC), ningún miembro de la comisión directiva de la CAPHyAI, ni el Dr. Marcos Bergenfeld y la Sra. Alicia Giménez por la Federación Argentina de Consorcios, entre otros. Algunos de estos actores le manifestaron a este medio que si bien fueron oficialmente invitados al acto, luego de cumplir con los trámites requeridos por la seguridad de la Casa Rosada, al momento de quedar habilitados para ingresar, éste ya había finalizado.

Medios de prensa

Estuvieron acreditados, presentes y cubrieron el evento: Clarín, La Nación, La Prensa, El Cronista, Infobae, Diario Popular, Crónica, Ámbito Financiero, Página 12, TELAM, María Rosa Farcy, Telefé, TN, América, Canal 7, Canal 9, Canal 13 y Pequeñas Noticias.

A partir del 1º de septiembre, entre las principales medidas que se adoptarán, el Banco Central permitirá que los Bancos financien hasta el 90% ciento del valor de una vivienda de hasta 300 mil pesos y el 100% de una vivienda de hasta 200 mil pesos.

"Un inquilino a partir de ahora, teniendo el contrato de alquiler debidamente confeccionado y los recibos cancelatorios correspondientes a los 8 o 12 últimos meses -como prueba palpable de su capacidad de pago- va a ser sujeto de crédito en nuestro sistema financiero" destacó el secretario de Comercio Interior.

Según Moreno, este plan apunta a que "los inquilinos se puedan transformar en propietarios y que se pueda incentivar la contraoferta y la construcción de nuevas viviendas en el país".

Dinamizar el crédito

"Hoy nos convocamos en este acto para anunciar medidas tendientes a dinamizar el crédito hipotecario con el objetivo de hacerlo más accesible para distintos sectores de la población", destacó la ministra de Economía.

Para la Dra. Miceli esto va a dar respuesta a una necesidad importante debido a que "resultaba muy difícil para muchas familias argentinas estar pagando un alquiler y al mismo tiempo ahorrar para juntar el anticipo necesario que debían afrontar para poder acceder a un crédito hipotecario".

Desde el Gobierno aseguran que este plan permitirá dinamizar el crédito no solo para quienes hoy son inquilinos sino también para las parejas jóvenes que quieran acceder a su primer vivienda.

Otra de las medidas que se adoptarán es que el Banco Central incorporará como parte de la evaluación crediticia la conducta de pago de aquellos que hoy alquilan y cuentan con un contrato. Esto servirá como antecedente a la hora de determinar las condiciones y tiempo de crédito.

Incentivar la construcción

Debido a que este plan de viviendas, según evalúa el Gobierno Nacional, va a generar un crecimiento de la demanda decidieron que "las personas físicas o jurídicas que decidan invertir en estos nuevos emprendimientos [...] tendrán la devolución anticipada del IVA".

Para la ministra de Economía, de esta manera no solo se está facilitando el acceso a los créditos para la vivienda sino que también "incentivamos la construcción para aumentar la oferta disponible".

Al mismo tiempo, aseguró que desde el Gobierno "sabemos que esta medida aportará mayor dinamismo a la construcción. El sector viene creciendo a tasas muy importantes, superiores al 20 por ciento anual".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Otra vez cambiaron la forma

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Honorarios

¿Cuánto debe cobrar un administrador?

Los honorarios más altos son los que sugiere la CAPHyAI, los de AIERH son los más bajos mientras que los de FRA se ubican en el medio Entre los aconsejados por CAPHyAI y por AIERH hay una diferencia del 58%, entre los de FRA y AIERH la brecha es del 43% y entre FRA y CAPHyAI es de casi un 10.5% FRA es la única entidad que aconseja el cobro de algunas tareas en forma independiente de los honorarios.

[BPN-23/08/06] Los honorarios de los administradores siempre son polémicos sea cual sea el lugar desde donde se los analice, desde la vereda del administrador o desde la del administrado.

Para aclarar este tema, la redacción de Pequeñas Noticias realizó una investigación sobre los valores que aconsejan tres entidades representativas del sector: la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) y Fundación Reunión de Administradores (FRA).

Aunque todas las entidades representan al mismo tipo de administrador –teniendo en cuenta las tareas que debe realizar en cada caso- no utilizan los mismos criterios para clasificar los honorarios de sus socios. De todas maneras, se puede ubicar un edificio dentro de las distintas categorías que ofrecen y así poder obtener el honorario que cada una sugiere.

La comparación

Para poder analizar los honorarios sugeridos por cada una de las entidades, se tomaron 6 ejemplos de edificios representativos de distintos lugares y se confeccionó una tabla para poder comparar los distintos importes a cobrar aconsejados en cada caso. Se tuvo en cuenta la cantidad de encargados, ascensores, servicios centrales y la zona. De a cuerdo a cada entidad, se los ubicó dentro de las clasificaciones que cada una definió para poder conocer el honorario sugerido.

El resultado se puede apreciar en la siguiente tabla:

Ej.

UF

Encargados

Ascensor

Servicios Centrales

Zona

CAPHyAI

FRA

AIERH

1)

30

1

1

-

Cap. Fed.

$ 742,00

$ 630,00

$ 414,00

2)

10

-

-

-

Cap. Fed.

$ 396,00

$ 294,00

$ 300,00

3)

30

1

1

1

Costa Atl.

$ 742,00

$ 630,00

$ 498,00

4)

90

3

2

-

Costa Atl.

$ 1.642,00

$ 1.708,00

$ 960,00

5)

60

2

2

-

Gran BA

$1.232,00

$ 1.138,00

$ 720,00

6)

19

-

-

-

Santa Fe

$ 396,00

$ 263,00

$ 360,00

Al analizar esta tabla, son varias las conclusiones que se pueden obtener. En color rojo se muestran los honorarios más altos y en verde los más bajos. En general, los más caros son los aconsejados por CAPHyAI y los más económicos por AIERH. Los de FRA se encuentran en el medio pero mucho más cerca de los sugeridos por la cámara y se debe aclarar que la fundación agrega importes –además de los honorarios- para tareas como certificaciones, poderes, contestación de oficios, mediaciones, supervisiones de obra, entre otras.

Cuando el edificio es pequeño –menos de 20 UF (Unidades Funcionales)-, no tiene encargado ni ascensor ni servicios centrales (Ej. 2 y 6), los honorarios más altos son los sugeridos por la CAPHyAI (34.7% más) y los más económicos por FRA. En el ejemplo 4) del edificio más grande -90 UF-, tres encargados y dos ascensores ubicado en la Costa Atlántica, el presupuesto más caro fue el sugerido por FRA (casi un 78% más que AIERH), y le sigue el de CAPHyAI (71% más que AIERH).

En el ejemplo 1), uno de los edificios más comunes, con 30 unidades, un encargado y un ascensor sin servicios centrales, el presupuesto de CAPHyAI asciende a $742 (79,2% más que AIERH), el de FRA sería de $630 (52,1% más que AIERH) y el de AIERH sería de $414. En este caso el de FRA resulta más económico que el de CAHyAI en un 17,8%.

CAPHyAI

Para trabajar en este informe se tomaron los datos que aparecieron en la revista bimensual de esta entidad llamada Propiedad Horizontal, de Julio-Agosto de 2006, Nº 284, página 16.

La cámara hace una primer gran división entre los edificios de hasta 20 unidades funcionales (UF) con personal permanente y sin personal permanente. Sugiere en cada caso un importe mínimo al que luego le adiciona un importe por UF extra. El valor de la UF cambia según la cantidad. También hace una diferencia en el caso de que las unidades sean cocheras o espacios guardacoches <ver tabla>.

AIERH

En este caso, la ventana principal de la página web de la entidad, www.aierh.com del día 22 de agosto de 2006, permitió acceder a una tabla sugerida de honorarios que lleva la fecha del viernes 7 de abril de 2006. En ésta eligieron la cantidad de UF y la categoría del edificio para sugerir los honorarios a cobrar por parte del administrador. Los consorcios se clasifican de la 1º a la 4º categoría y las unidades en múltiplos de 10 y hasta 80. No dice nada cuando un edificio tiene más de 80 UF <ver tabla>.

FRA

La publicación con la que se trabajó para elaborar este informe fue Reunión de Administradores Nº 183 del mes de julio de 2006. Para aconsejar los honorarios a cobrar, primero clasifica a los edificios en 5 clases y luego en 10 regiones geográficas de la República Argentina. En la clase "A1" ubica a los edificios con mayoría de UF superiores a 150 m2; en "A" a aquellos con servicio central (calefacción, agua caliente, refrigeración o compactador de residuos), ascensor y personal de portería; en "B" a los que tienen ascensor y personal de portería; en "C" a los que solo tienen personal de portería y en "D" a los edificios que no tienen ni servicio central, ni ascensor ni personal de portería. Además, según su ubicación en el país, crea las regiones AMBA, Centro, Cuyo, Litoral, Noreste, Patagonia, Costa Atlántica, Fonavi, NOA y Pcia. de Buenos Aires <ver tabla>.

Como se puede apreciar, después de analizar las tablas de honorarios, no existen ni valores ni criterios únicos de clasificación. Por lo tanto será otra ardua tarea para el administrador poder determinar un valor justo para sus honorarios.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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El Dr. Alejandro Aníbal Segura, presidente del Centro de Estudios para la Democracia Sindical,

El Dr. Alejandro Aníbal Segura, presidente del Centro de Estudios para la Democracia Sindical,

Encargados de edificios

"Amor u odio... jamás indiferencia"

El Dr. Alejandro Aníbal Segura destacó que no se puede responsabilizar a los encargados de los aumentos en las expensas En el programa de radio Consorcios Hoy, consideró que habría que reformar el sistema que rige las negociaciones Colectivas de Trabajo porque los consorcistas se sienten ajenos a las decisiones Además, afirmó que los administradores representan intereses contrapuestos.

[BPN-23/08/06] "Atribuir el aumento en las expensas a las pequeñas alzas salariales para los encargados que hubo en este último tiempo me parece un análisis unidireccional. Así solamente se trata de responsabilizar de este costo a los trabajadores", aseguró el presidente del Centro de Estudios para la Democracia Sindical, Dr. Alejandro Aníbal Segura, haciendo referencia a un artículo que publicó el diario Infobae titulado "La suba de las expensas triplica la inflación".

En la nota de tapa del martes 8 de agosto ese diario analizó que en lo que va del año las expensas aumentaron un 14.3% "empujadas por la mejora salarial de encargados y personal de vigilancia, además de la suba de honorarios y materiales para la reparación en los edificios". Y agregaba que "mientras en el Gobierno se desvelan por la suba del 8.4% en el precio de los alquileres, las expensas ya triplican el alza de la inflación en lo que va del año".

En el programa de radio Consorcio Hoy –que se trasmite los miércoles a las 18 hs. por FM Urbana (88.3 MHz)- del pasado 9 de agosto, el Dr. Segura – quien durante mucho años fue asesor legal de los trabajadores del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal)- destacó que si bien no se puede culpar a los encargados del aumento en las expensas hay un pequeño matiz que sí habría que considerar: la diferencia que existe entre el consorcista y el resto de los empleadores que están en el mercado económico y social.

Es decir, al otorgarse aumentos a los encargados, los consorcistas no pueden trasladar esta suba a ningún lado "si hay un aumento en una empresa de producción seguramente éste se va a trasladar al valor del producto pero en el caso de las expensas no hay un producto. Se trata de un servicio que no tiene repercusión sino en el bolsillo de los que viven en el edificio".

Una relación simbiótica

"Se da una situación muy particular porque hay una especie de simbiosis entre el trabajador con vivienda y los consorcistas [...] Existe un conflicto social, una lucha entre clases. Hay un comportamiento psicológico y una simbiosis", destacó el Dr. Segura.

Reflexionó que en una comunidad siempre van a haber infinidad de conflictos pero aclaró que cuando los encargados se acercan a él para recibir asesoramiento es porque ya agotaron todas las instancias de solución que estaban a su alcance.

"Llega un momento en que los consorcistas o los quieren mucho o los odian. Es amor u odio, jamás indiferencia", señaló. El Dr. Segura consideró que analizar este fenómeno desde la patología "no sirve... Hay 60.000 edificios y nosotros atendemos 20 o 30 encargados por día, esto significa que estamos analizando la patología. Por lo general, las relaciones se desarrollan con normalidad o se autocomponen sin que nadie intervenga".

Según él, "hay una suerte de resentimiento social y muchas veces se deslizan comportamientos discriminatorios; esto de pensar cómo puede ser que el encargado de edificio gane más que yo", resaltó.

Las paritarias y la crisis del modelo sindical

"Yo no asesoré a la parte institucional del sindicato. Mi labor ha sido la de asesorar a los trabajadores", aclaró el Dr. Segura. Como especialista en Derecho del Trabajo y la parte sindical destacó que "la negociación colectiva en la Argentina es atípica porque trata de ser centralizada y extensiva a todos los trabajadores".

Explicó que en nuestro país el modelo de personería gremial está en crisis desde los últimos 15 o 20 años: "se viene apreciando una crisis en el modelo sindical y por primera vez éste se cuestiona desde los propios trabajadores".

El presidente del Centro de Estudios para la Democracia Sindical señaló que la negociación colectiva enfrenta globalmente a dos universos representativos: el de los trabajadores y el de los empleadores. "Es el modelo teórico que proviene de la concepción del peronismo de comunidad organizada donde no hay lucha de clases sino alianzas y coaliciones y de última el Estado es el que dirime los conflictos", sostuvo.

Por otra parte, respecto a la participación que tienen las cámaras de administradores dentro de los CCT consideró que "en la representación de los administradores puede haber intereses contrapuestos con los del consorcista [...] habría que reformar todo el sistema de negociación colectiva".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Estimado Colega:

AIPH lo invita a participar de los Ciclos “Los Terceros Jueves de Cada Mes”


Jueves 21 de setiembre de 2006 de 19 a 21hs


En la Asociación Española de Socorros Mutuos de Belgrano sito en Ciudad de La Paz 1760 Capital Federal

"Mala Praxis del Administrador. Responsabilidad Penal. Coberturas"

Informes e Inscripción: info@aiph.com.ar / 4373-2813 (de lunes a viernes de 14 a 18hs)


Sra. Teresa Villanueva, Coordinadora de la Comisión de Consorcios del CGP 2 Norte.

Sra. Teresa Villanueva, Coordinadora de la Comisión de Consorcios del CGP 2 Norte.

Consorcistas

"Hay política buena y política mala..."

La coordinadora de la Comisión de Consorcios del CGP Nº 2, Teresa Villanueva, presentó un proyecto de modificación de la Ley 941 A pesar de eso, consideró que habría que derogarla y crear una nueva Aseguró que algunos administradores actúan en forma inescrupulosa y que ni siquiera le dan explicaciones a los consorcistas Reconoció que los propietarios están desinformados y no tienen interés en participar.

[BPN-23/08/06] Cada vez son más los proyectos para modificar la Ley 941 que creó el Registro Público de Administradores (RPA). En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, la coordinadora de la Comisión de Consorcios del Centro de Gestión y Participación (CGP) Nº 2 Norte, Sra. Teresa Villanueva, explicó los principales puntos de modificación que le acercó al legislador Lic. Jorge San Martino.

Sin embargo, a pesar de haber presentado un proyecto para modificarla, la Sra. Villanueva consideró que habría que derogarla y crear una nueva: "la Ley 941 es totalmente insuficiente, más aún creo que algunos legisladores consideran que hay que derogarla" pero aclaró que "al registro de administradores habría que mantenerlo, aunque debería funcionar de otra manera. Con este registro al que no cumple no le pasa nada [...] Los que van a denunciar a Esmeralda no tienen ninguna respuesta".

Argumentó que con esta ley solamente se sabe si el administrador tiene alguna causa penal y consideró que las sanciones que se estipulan son las correctas: "el problema es que son pocos los items por los que se sanciona".

Por otra parte, explicó que en la comisión no coinciden con todos los puntos del proyecto que presentó el legislador San Martino y que por este motivo los están debatiendo uno por uno.

Los tres puntos del proyecto

La propuesta que le acercaron a San Martino consta de tres puntos. El primero es la obligatoriedad para todos los administradores de presentar ante el consorcio un seguro de caución. Este seguro sería para cubrir al consorcio en caso de que "el administrador no cumpla con las ordenanzas municipales y se tengan que pagar multas por su descuido o enfrentar casos de estafa en que el administrador desaparece llevándose los fondos del consorcio".

El segundo punto busca establecer reglas claras y sancionar al administrador que no conteste en tiempo y forma los requerimientos de los consorcistas. Aquí, ellos citan como ejemplo la obligatoriedad de contestar con caracter de urgente –dentro de las 48 hs.- una carta documento y cumplir en tiempo con la realización de obras anunciadas y aprobadas en una asamblea ordinaria.

Y el último punto, propone establecer una norma jurídica para la liquidación de expensas. La idea es que exista un modelo único para todos los edificios de propiedad horizontal. Según esta comisión de consorcistas, de esta forma se evitaría la diversidad en la presentación de las liquidaciones de expensas y la falta de claridad. A partir de esto, se facilitaría el control de los gastos.

"No tenemos un ley para la liquidación de las expensas y tendría que ser en forma uniforme y clara para que el propietario o el inquilino pueda entenderla y cuando la lea no tenga que rebanarse los sesos", subrayó.

Los hijos de la pavota

Según la Sra. Villanueva, "algunos administradores actúan de forma inescrupulosa aunque no son todos. Cuando la gente les pide explicaciones ellos directamente no le contestan. No se dan por enterados ni aunque les manden una carta documento. Nadie los sanciona".

Y no solo eso, advirtió que algunos se están aumentando sus honorarios sin hacer una asamblea previa: "Estamos como los hijos de la pavota, para el cachetazo. El SUTERH no nos consulta y el administrador tampoco. Existe una indefensión total", argumentó Teresa.

"Hace falta una decisión política porque todo se mueve por política, pero hay política buena y política mala...", resaltó.

Los propietarios no se preocupan

La coordinadora de la Comisión de Consorcios del CGP 2 reconoció que "hay mucha desinformación en los propietarios y mucha despreocupación". Para ella no se puede culpar solamente a otros cuando los propietarios y los inquilinos "no tomamos las medidas correctas ni nos informamos. Lo básico es saber, por lo menos, la ley 13.512 y conocer nuestros derechos y obligaciones".

Y fue más crítica aún: "sinceramente, el ciudadano empieza a involucrarse e interesarse cuando le duele el bolsillo, sino siempre estábamos más o menos las mismas personas".

Patrocinio jurídico gratuito

La Sra. Villanueva explicó que otro de los proyectos en los que están trabajando es el de patrocinio jurídico gratuito. Según ella, esto ayudaría mucho a los propietarios debido a que en estos momentos mucha gente no entra en juicio porque no puede pagarle los honorarios a los abogados.

En este sentido, explicó que su aspiración es que a partir de la división de la ciudad de Buenos Aires en comunas pueda haber en cada una de ellas "patrocinio gratuito para los consorcistas".

De aprobarse esta iniciativa, "la gente podría ir y denunciar qué es lo que está pasando. En algunos casos son delitos muy graves, estafas millonarias que se están haciendo, sobre todo, en ciertos barrios".

Explicó que en los grandes edificios "es impresionante la cantidad de plata que están sacando, pero como saben que no pasa nada, que no hay ninguna ley que los moleste para seguir haciendo lo que hacen, están tranquilos".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Pequeñas Noticias

En la palma de su mano

Desde el número pasado, los lectores de Pequeñas Noticias pueden leer desde su PDA con acceso Internet un adelanto de todas las noticias publicadas en el boletín Los Agenda Electrónica de Bolsillo surgieron en 1996 y su uso se ha hecho extensivo en todo el mundo.

[BPN-23/08/06] Desde hace dos semanas, los lectores que lo desean y que cuentan con una PDA (Personal Digital Assistant) con acceso a Internet pueden leer un adelanto del boletín de Pequeñas Noticias en su agenda electrónica en www.pequenasnoticias.com.ar/pda. De todos modos, para leer la nota completa deberán hacerlo ingresando desde una computadora convencional al sitio www.pequenasnoticias.com.ar o bien desde su propia casilla de correo electrónico si están suscriptos al boletín.

La tecnología no deja de sorprendernos y sus cambios no solo implican que debamos adaptarnos a ellos sino que además busquemos las formas de utilizarlos como una herramienta más dentro de nuestras actividades tanto en el ámbito de trabajo como en la vida cotidiana.

Un bebé con historia

La informática define a un PDA como un "Personal Digital Assistant" es decir, en buen romance, un asistente personal digital. Su uso se ha extendido a todo el mundo y cada vez son más las personas que lo utilizan como una herramienta indispensable de trabajo.

En un primero momento, se pensó que los PDA serían como una especie de agenda electrónica para mantener contactos, calendarios de tareas y notas. Sin embargo, pronto se amplió su capacidad a aspectos muy diversos, como la informática móvil y las aplicaciones multimedia. Cada día que pasa se amplían aún más sus prestaciones con aplicaciones como editores de texto, hojas de cálculo, reproductores de música y hasta cámaras fotográficas.

Normalmente, estos PDA disponen de un pequeño teclado en pantalla y un puntero que permite, por ejemplo, escribir en ella, apuntar y ejecutar aplicaciones o realizar selecciones.

Los PDA más populares son los Palm, los PocketPC y los Psion. Los Palm representan el sistema más extendido. Aparecieron dentro del mercado en 1996 y actualmente existen diversas versiones con pantallas monocromáticas y color.

En 2003, fue presentado el Palm Tungsten que dispone de grabador de voz, reproductor multimedia, conexión inalámbrica Bluetooth y zócalos de expansión para ampliaciones diversas y módulos de memoria flash; en algunos de sus modelos se incluye un pequeño teclado integrado.

Los PocketPC se basan en el sistema operativo Windows CE, lo mismo que los denominados HandledPC, una versión de PocketPC que dispone de teclado integrado. Con el sistema operativo se pueden instalar aplicaciones de gestión personal, como tareas, contactos o notas, y aplicaciones ofimáticas, como Word y Excel, compatibles con los respectivos productos que trabajan en los ordenadores personales basados en Windows.

Avances inimaginables

Los alcances de la tecnología llegan a límites inimaginables. Actualmente, estos PDA son capaces, entre otras cosas, de ejecutar música digitalizada, navegar por Internet a través de una conexión vía módem o red y, con una versión especial de Internet Explorer, grabar anotaciones de voz, entre otras tareas.

Recientemente, han aparecido otros sistemas PDA que operan como máquinas virtuales JAVA y con sistema operativo Linux. En todos los casos, la evolución incluye el soporte para periféricos -como teclados externos-, cámaras digitales, mejores capacidades de almacenamiento y multimedia y la integración entre los PDA y la telefonía móvil, optándose por dos posibilidades: la conexión entre uno y otro dispositivo mediante sistemas inalámbricos, como Bluetooth, o integrados en un mismo sistema.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Gacetilla de Prensa

CACCyC

Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

Asociación Civil sin Fines de Lucro

Personería Jurídica Nº 0152


Agosto de 2006

CRISIS HABITACIONAL Y CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA INQUILINOS

CACCyC fue invitada y concurrió al acto realizado en la Casa Rosada con motivo del anunció, que realizó el Gobierno Nacional, del nuevo plan de créditos hipotecarios para el acceso a la vivienda propia. 

Creemos que la solución que puedan aportar estos créditos a la actual crisis habitacional depende de su accesibilidad en un corto plazo a la mayoría de la población. Ya CACCyC había planteado en la reunión que su Presidente Dr. Samuel Knopoff mantuvo, el pasado 3 de agosto, con el Secretario de Comercio de la Nación, Lic. Guillermo Moreno, la incidencia de las expensas en los valores de los alquileres de unidades de P.H. y la situación de miles de copropietarios que no pueden afrontar su pago mensual y están en riesgo de perder su propiedad. El alto costo de las expensas es el producto de los aumentos a los encargados de edificios convalidados en una paritaria atípica donde no existe una representación legítima de la patronal, las permanentes y nuevas exigencias de seguridad (algunas de dudosa eficacia) impuestas por los Gobiernos Municipales, las tarifas de luz y gas para consorcios y el abuso del poder que ejercen gran número de administradores. Esta problemática requiere la urgente atención por parte del Estado y la activa participación de los consorcistas para revertir la actual desprotección que afecta significativamente a los sectores asalariados de la sociedad y a jubilados y pensionados.

Dr. Samuel Knopoff 
Presidente de CACCyC

El Martillero Eduardo Saravia diserta en el Aula Magna de la UTN en el III Encuntro de Profesionales de PH

El Martillero Eduardo Saravia diserta en el Aula Magna de la UTN en el III Encuntro de Profesionales de PH

Profesionales de PH

Tercer encuentro

El Dr. Enrique Luis Abatti aseguró que la Argentina tiene un enorme déficit habitacional debido a las leyes de intervención en el mercado locativo Así lo manifestó en el III Encuentro de Profesionales de Propiedad Horizontal que se realizó en la Universidad Tecnológica Nacional Además, explicó diversos métodos para lograr un alquiler escalonado progresivo.

[BPN-23/08/06] Ante la presencia de más de doscientas personas, el lunes 14 de agosto en la Facultad Regional Buenos Aires de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) se realizó a las 17 hs. el tercer encuentro de los "Profesionales de la Propiedad Horizontal" dirigido a inmobiliarios, administradores, arquitectos e ingenieros.

La jornada contó con la disertación del presidente de la Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios, martillero Eduardo Saravia, quien disertó sobre la subasta por expensas, la problemática de la actividad y la jurisprudencia vigente; del Dr. Daniel Enrique Butlow quien expuso sobre la responsabilidad profesional en el siglo XXI, el Dr. Enrique Luis Abatti quien se explayó sobre el estado actual de la locación urbana, cláusulas, contratos, desalojos y leasing inmobiliario y por último, sobre el tema de los seguros en la propiedad horizontal, disertó el Sr. José Montenegro.

Dr. Enrique Luis Abatti, presidente del Centro Argentino de Derecho Inmobiliario y Propiedad Horizontal.

Dr. Enrique Luis Abatti, presidente del Centro Argentino de Derecho Inmobiliario y Propiedad Horizontal

Prohibido prohibir

"Seguir negando la posibilidad de indexar los contratos de alquiler es como querer esconder la basura debajo de la alfombra. En algún momento, va a haber una montaña y ahí va a explotar todo como lo que pasó en el 2001", destacó el Dr. Abatti.

Según él, los propietarios que hoy quieren firmar un contrato de alquiler por dos años tienen que estimar una inflación del 12 por ciento. Y no solo eso, advirtió que "nunca se puede saber qué es lo que puede pasar dentro de dos años, hay que tener facultades adivinatorias".

Durante su disertación, reflexionó que "el enorme déficit habitacional en la argentina es producto de las leyes de intervención en el mercado locativo".

Por otra parte, señaló que "hay varias fórmulas para tratar de arribar a lo que se denomina el equilibrio contractual y que al mismo tiempo, no exista enriquecimiento sin causa".

El primer método que explicó fue el del alquiler escalonado progresivo. Es decir, que el alquiler "se va a escalonar progresivamente en forma ascendente y descendente a medida que transcurre el tiempo".

Argumentó que este se da, por ejemplo, cuando se pacta el alquiler de una vivienda en 1000 pesos durante el primer año y -previendo una inflación del 12%- de 1120 pesos para el segundo año. Sin embargo, aconsejó "fijarlo por un cifra global dividido en equis cuotas por equis cantidad de pesos..."

Otro de los métodos que explicó fue el alquiler en moneda extranjera. En este sentido, subrayó que "al basarse el alquiler en dólares o en euros, el inquilino cumple de acuerdo a lo que dicen éstos, entregando la moneda pactada". Y agregó que, en este caso el inquilino "tiene que pagar en dólares o en euros aunque surge el problema de la bancarización".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Fabiana LizarraldeSueldos Agosto/06

¡Cuidado con agosto!

Los importes básicos de los salarios y adicionales no sufren cambios pero a partir del 1º de agosto el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil cambió Lo hará en tres etapas hasta llegar en noviembre a los 800 pesos.

[BPN-23/08/06] El 31 de julio de 2006 se publicó en el Boletín Oficial (BO) la Resolución 2/2006 que incrementa el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en tres etapas. El Artículo 1º dice textualmente: "Fíjase para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, un Salario Mínimo Vital y Móvil excluidas las asignaciones familiares, y de conformidad con lo normado en el artículo 140 de la Ley Nº 24.013, de:

A) A partir del 1º de agosto de 2006, en pesos setecientos sesenta ($ 760) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de tres pesos con ochenta ($ 3,80) por hora, para los trabajadores jornalizados.

B) A partir del 1º de septiembre de 2006, en pesos setecientos ochenta ($ 780) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de tres pesos con noventa ($ 3,90) por hora, para los trabajadores jornalizados.

C) A partir del 1º de noviembre de 2006, en pesos ochocientos ($ 800) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de cuatro pesos ($ 4) por hora, para los trabajadores jornalizados".

Aunque el SMVM no modifica la confección de los sueldos mensuales habrá que tenerlo en cuenta para aquellos casos donde se deban realizar embargos de sueldos.

Agosto 2006

1)

Escala salarial vigente

(Res. 30/06 – BO 20/04/06)

Julio 2006

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 940/2006 – BO 27/7/2006)

11% para trabajadores que aportan al Estado (Régimen de Reparto).

7% para trabajadores que aportan a una AFJP (Régimen de Capitalización).

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2006 BO 31/7/06)

A partir del 1/8/06 $ 760 por mes y $ 3,80 por hora

A partir del 1/9/05 $ 780 por mes y $ 3,90 por hora

A partir del 1/11/05 $ 800 por mes y $ 4,00 por hora

6)

Feriados:

Lunes 21 por el 17, Día del General San Martín.

7)

Doble indemnización (Decreto 1433/2005 – BO 23/11/05)

Dto. 1433/05:A partir del 1º de diciembre de 2005 se reduce al 50% las indemnizaciones por despidos sin justa. Esta disposición no resultará aplicable a los empleadores respecto de los contratos celebrados en relación de dependencia, en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, a partir del 1° de enero de 2003, siempre que éstos impliquen un aumento en la plantilla total de trabajadores que el empleador poseía al 31 de diciembre de 2002.

También se publicó en el BO del día 27 de julio de 2006 el Decreto 940/2006 por el cual se prorrogó el aporte del 7% para los trabajadores que eligieron el régimen de capitalización (AFJP) para su futura jubilación.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Gacetilla de Prensa

UCRA

Filial Mar del Plata

UNIÓN DE CONSORCISTAS de la REPUBLICA ARGENTINA

ASOCIACIÖN SIN FINES DE LUCRO

PERSONERÍA JURÍDICA IGJ Nº 001203/04 REGISTRO ASOCIACIÓN GREMIAL EMPLEADORES Nº 664/04

INVITA

A LOS SEÑORES CONSORCISTAS QUE HABITAN 

EN PROPIEDAD HORIZONTAL AL:

SIMULACRO DE ASAMBLEA

(Las Asambleas son de los Consorcistas)

A cargo de:

NORA VICETTO, ÁNGEL BRUNO y CARLOS OLIVIER

La misma se llevará a cabo el día viernes 8 de Septiembre a las 17:30 hs, en la Sala "B" de la Biblioteca Municipal, sita en 25 de Mayo y Catamarca.

LA ENTRADA ES LIBRE Y GRATUITA

Avda. Independencia 1851- Los días Miércoles de 9 a 12 hs. Tel. of. 495-3185

E-mail- ucramdp@hotmail.com


Cra. Viviana Grinberg.

Cra. Viviana Grinberg.

Gestión Profesional

Simplificación no tan simple por la Cra. Viviana B. Grinberg

Con fecha 2/6/05, a través de una Resolución Conjunta emanada del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la AFIP, se resolvió la creación de un programa de simplificación y unificación en materia de inscripción y registración laboral y de la seguridad social, con la finalidad de implementar un procedimiento de trámite único, asignándose a la AFIP la ejecución de las acciones tendientes a lograrlo.

Tras la implementación del sistema Mi Registro, entró en vigencia el 1º de agosto de este año el nuevo sistema, normado por la RG AFIP 1891 –modificada por RG 2016 y 2104- y Resoluciones ANSES 241/2006 y 646/2006.

Tal como se informó en Pequeñas Noticias Nº 296, hay que dar de alta ciertos datos por primera vez antes de poder operar el sistema.

En el Registro se deberán ingresar en forma obligatoria los siguientes datos:

1. DEL EMPLEADOR

1.1.

Apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, fecha de alta del empleador y domicilio fiscal.

1.2.

Código y denominación de la ART contratada

1.3.

Código y denominación de la obra social correspondiente a la actividad del empleador

1.4.

Identificación del CCT que corresponda a la actividad principal del empleador

1.5.

Domicilio de explotación (lugar o lugares afectados a la actividad). Código y denominación de la actividad económica realizada en el domicilio de explotación

1.6.

CBU de la cuenta bancaria destinada al reintegro de asignaciones familiares

2. DEL TRABAJADOR

2.1.

Numero de CUIL o CUIT

2.2.

Apellido y nombres

2.3.

Domicilio real

2.4.

Domicilio real actualizado

2.5.

Código y denominación de la obra social correspondiente a la actividad, cuando el trabajador no haya elegido un determinado agente de salud

2.6.

Monto de la remuneración mensual pactada

2.7.

Código y denominación que indica la modalidad de liquidación de la remuneración

2.8.

Interrelación "domicilio de explotación-actividad económica" correspondiente al lugar de desempeño del trabajador

2.9.

Código y denominación del puesto a desempeñar por el trabajador

2.10.

Código y denominación de la modalidad de contratación

2.11.

Si se trata de un trabajador agropecuario

2.12.

Fecha de inicio de la relación laboral, en el caso de una comunicación de alta

2.13.

Fecha de finalización de la relación, cuando se trate de contratación a plazo fijo

2.14.

Fecha de cese de la relación y código del tipo de baja, cuando se comunique una baja en el registro

2.15.

Fecha de nacimiento -si el campo está en blanco o se ve 1900/01/2001-

2.16.

Nivel de estudios del trabajador

2.17.

Marca de incapacidad/discapacidad

2.18.

CBU de la cuenta sueldo, para el deposito de las asignaciones familiares y el pago de la cobertura de la ART en caso de prestación por siniestro

2.19.

Vínculos familiares

En forma optativa se podrán ingresar el numero de teléfono y dirección electrónica del empleador y del trabajador.

Toda la información respaldatoria del titular y de su grupo familiar deberá estar acreditada con la correspondiente documentación en papel e incorporada en el legajo del trabajador.

Ahora bien, tengamos en cuenta que la información correspondiente a relaciones laborales existentes al 31/7/06, deberá incorporarse al registro dentro de un plazo no superior a los seis meses. Para ello se deberá descargar de la pagina web de la AFIP e instalar el aplicativo Mi Simplificación – Programa Masivo de Datos

También se establece que si existiera diferencia o se supusieran anomalías en la información remitida por el empleador, la ANSES no lo tomará como válida hasta tanto se ratifique o rectifique la información.

La aceptación o rechazo de las novedades detectadas, serán comunicadas a los empleadores mediante una "Ventanilla Electrónica" a la cual se accederá a través del "Sistema de Altas y Bajas en el Registro" a través de la pagina web de la AFIP.

Todas las novedades informadas y acumuladas en la ventanilla electrónica durante cada mes calendario se considerarán comunicadas al empleador a la fecha del vencimiento de la presentación de la declaración jurada del SIJP devengada en dicho periodo.

Como puede apreciarse a través de este breve resumen, la simplificación pretentida no es tan simple en sus comienzos, ya que demandará un esfuerzo administrativo por parte de los empleadores en su totalidad.

Esperemos que rinda sus frutos.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Sr. Alejandro Rodrigues, jefe del departamento técnico de Ascensores Vertirod.

Sr. Alejandro Rodrigues, jefe del departamento técnico de Ascensores Vertirod.

Gestión Profesional

Seguridad en los ascensores por el Sr. Alejandro Rodrigues

Siete consejos para prevenir accidentes en los ascensores Recomiendan que ante cualquier desperfecto en su funcionamiento es importante avisar al encargado del edificio.

[BPN-23/08/06] Si se tienen en cuenta las siguientes normas para el uso de los equipos de ascensores se obtendrá un mejor servicio y se podrán evitar accidentes:

1.-

Respetar las indicaciones de capacidad máxima.

2.-

Comprobar que las puertas queden bien cerradas.

3.-

No dar golpes ni saltar en las cabinas.

4.-

Dentro de la cabina, no detener la marcha del ascensor abriendo la puerta. Siempre hay que esperar que el equipo se detenga obedeciendo la maniobra prefijada en el piso indicado.

5.-

Si por una interrupción de energía eléctrica o desperfecto queda "encerrado" entre pisos, esta situación por sí sola no representa peligro. Tiene que conservar la calma, oprimir el botón de alarma y esperar a que la persona entendida ponga el ascensor en marcha a nivel. No intente salir por sus propios medios porque eso sí es peligroso.

6.-

Comunicar al encargado del edificio cualquier anormalidad que se note en el funcionamiento del ascensor, especialmente si éste marcha con algunas de sus puertas abiertas o no obedece la maniobra solicitada.

7.-

Tomar conciencia de estas saludables normas y transmitirla a los niños que también deben hacer uso de esta servicial máquina. Si son pequeños no dejar que suban al ascensor solos.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Gacetilla de Prensa

ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE BIENES RAICES

Maipú 231 3ro. Of. 45 (1084) Buenos Aires

Tel/Fax: 4328-0525 mail: elbienraiz@speedy.com.ar


Buenos Aires, 10 de agosto de 2006

Amigos Propietarios:

Necesitamos su colaboración, la APBR debe jugar un rol clave en las discusiones que se avecinan sobre el tema alquileres, a continuación le exponemos algunas consideraciones que hemos consensuado entre Directivos, Socios y Profesionales de nuestra Asociación. Difúndalas y acerque sus ideas a la institución. NECESITAMOS SOCIOS QUE TRABAJEN, DEBEMOS SUMAR Y UNIRNOS, O QUEDAMOS DESAMPARADOS ANTE EL PODER DEL ESTADO Y OTROS FACTORES ECONOMICOS.

Lo esperamos en Maipú 231 3º45 de Lunes a Viernes de 15 a 19.00 Hs. Comuníquese por mail a elbienraiz@speedy.com.ar.

Como Propietarios de Inmuebles destinados a renta y frente a los comentarios que en los últimos días se están conociendo sobre el tema Alquileres, vemos con satisfacción la postura del Gobierno de no intervenir en el mercado de alquileres.

El tema es complejo, y en su análisis deben considerarse diversas aristas que detallamos a continuación:

1) El aumento de alquileres no provoca la inflación, la perspectiva inflacionaria si incide en el aumento de los alquileres, no es posible mantener 24 o 36 meses congelados los importes a cobrar por la renta de un inmueble cuando otros rubros aumentan, por ej.: cuotas de colegios, transportes, medicina prepaga, salarios, medicamentos y alimentos.

2) A partir del último semestre del año 2003, luego de la devaluación, parálisis del mercado, pesificación y caída de los precios en pesos de 2001-2002, comenzó un progresivo aumento de la demanda, sin que la oferta alcanzara el mismo nivel. Consecuencia aumento del precio, al que se suma la perspectiva inflacionaria que la Economía arrastra en el último año.

3) En este último año los valores de los alquileres no reflejan un comportamiento homogéneo, un contrato celebrado en 2002/2003 cuya renovación se produjo entre 2005/2006 en zonas como Puerto Madero, Recoleta, Palermo o Belgrano con predominio de sectores de alto nivel de ingreso permite aumentos del orden del 30 al 50 % que el mercado está dispuesto a pagar. En cambio esa situación trasladada a otras zonas con menores niveles de ingreso, muestra incremento decreciente pues la capacidad de pago del locatario condiciona la oferta del locador. El poder adquisitivo condiciona el precio y regula el mercado. Es de hacer notar que algunos comentarios sobre el tema en los medios parecen indicar que el porcentaje de aumento promedio es el del segmento de alto ingreso, distorsionando la verdadera situación del mercado. 

4) Las expensas de los Consorcios de Propiedad Horizontal, juegan un papel importante en el costo de los alquileres, Se estima que luego de la devaluación de 2002 han aumentado un 131% , superando la inflación y triplicando a los alquileres. Los sueldos y cargas sociales principalmente pero también los costos de mantenimiento (mano de obra y materiales), se han incrementado sensiblemente en este periodo y no puede obviarse en este análisis. 

5) Los Contratos de alquiler son acuerdos de partes que pactan libremente dentro del marco legal y de acuerdo a las condiciones del mercado. La intervención del estado alterando las condiciones pactadas en favor de una de las partes y en perjuicio de la otra, influirá negativamente las condiciones futuras del mercado, agravando el problema que se pretende solucionar, provocando el retiro del mercado de los Locadores y de potenciales inversionistas ante la incertidumbre. Lo mismo ocurriría si se llevan adelante medidas intervencionistas como registros de contratos ante la AFIP u otros similares, con eso sólo se logrará que los propietarios retiren sus unidades, y busquen otras alternativas de inversión.

6) La indexación no es aceptada por la Ley de emergencia económica; por lo cual no está permitida su inclusión en los contratos, también se han cuestionado cláusulas que establecen un valor para el primer año y aumento para los siguientes. La gran pregunta es ¿porqué un contrato de alquiler debe permanecer congelado 24 o 36 meses?, si el gobierno acepta que la inflación existe, de hecho autoriza aumentos en muchos rubros. Permitir una actualización durante el transcurso de un contrato, impacta menos en la inflación, que provocar en su renovación un aumento que arrastra inflación del periodo vencido, más la anticipada por expectativa a futuro. 

7) En el mercado de alquileres no existen grandes formadores de precios, las inmobiliarias son intermediarios, importantes y valiosos pero no excluyentes, pero lo que define la operación es el acuerdo entre las partes (Propietarios e Inquilinos), que tiene distintas características según la zona, el destino y el nivel del inmueble. 

8) Como puede incidir el estado; procurando que aumente la oferta o baje la demanda. Para aumentar la oferta: a) Dar claras señales que no se van a congelar los alquileres, ni objetar los contratos vigentes. b) Establecer desgravaciones impositivas para la construcción de inmuebles destinados a renta. c) No generar registros de control de contratos, cuya seguimiento será burocrático y engorroso y en lugar de solucionar, agravan el problema. d) Estudiar la posibilidad de eliminar gravámenes que dificultan la operatoria como el IVA sobre el alquiler de inmuebles comerciales. Para disminuir la demanda: a) Impulsar políticas que permitan el acceso al crédito hipotecario de los sectores medios y bajos de la sociedad que desean comprar su vivienda propia. b) Lograr que el auge de la construcción en función de lo expuesto en el punto anterior llegue también al desarrollo de viviendas populares y no se limite al nivel de ingresos ABC1 como ocurre en la actualidad.

9) El Crédito Hipotecario: El principal problema es la imposibilidad que tienen para acceder los potenciales tomadores. Luego de la devaluación, las propiedades han aumentado en dólares y los sueldos se mantuvieron en pesos, en consecuencia los niveles salariales para acceder a un crédito que permita adquirir una propiedad son muy elevados y excluyen a mucha gente, presionando la demanda sobre el mercado de alquileres. Aquí está el gran desafío para el Estado, quien deberá encontrar los mecanismos para destrabar esta situación.

10) El Estado debe establecer una política de subsidios dirigidos a los sectores más desprotegidos de la población (desocupados, jubilados, familias numerosas, etc.) y que se encuentren en situación de no poder acceder al alquiler de viviendas por no alcanzar los requisitos que habitualmente se requieren para estos contratos. Su otorgamiento debe realizarse mediante métodos transparentes, con la supervisión de organizaciones no gubernamentales de reconocido prestigio por sus acciones solidarias (Cáritas, Red Solidaria, etc.) que garanticen la racionalidad en la utilización de estos instrumentos.

Ing. Alberto Armano Dra. Ilda Minigozzi  Sr. Alberto Armano (h)

Ing. Edgardo Suarez 

Cdor. Oscar Barrié 

Sr. Emilio Maligne

Ing. Mario De Bernardi


Correo de Opinión

Triple control II por la Adm. Mirta Beatriz Szwarc

Sr. Administrador León Estrugo:

Leí con mucha atención la nota sobre el proyecto de legislación sobre nuestra actividad. Concuerdo totalmente con la necesidad de jerarquizar la profesión, teniendo en cuenta la devaluación diaria a la que somos sometidos los administradores en forma generalizada (BPN Nº 295 del 25/7/06: "Triple control").

Pero, con sorpresa en el texto de la nota, usted informa sobre una reunión efectuada con los administradores del Partido de la Costa. Hace 17 años que ejerzo esta actividad y, si bien los rumores sobre apertura de registro de administradores se comentó, en ningún momento tuve conocimiento del encuentro mencionado.

Como soy conciente de que esta cuestión defiende mis intereses y los de mis administrados, y no acostumbro a "esperar sentada" que las novedades vengan a mí, le ruego me incluya en el listado de los administradores del Partido de La Costa para intercambiar opiniones, propuestas e ideas que se puedan poner en práctica para lograr la depuración y el mejoramiento de la actividad.

Pongo a su disposición los datos de otros colegas de zona centro, que están tan interesados como yo en darle un marco legal a nuestro trabajo.

Sin más, saludo a usted con la mayor deferencia,Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Mirta Beatriz Szwarc
Administradora

(27/7/2006)


El portal 

de los administradores y consorcistas.

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Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar.

Visítelo aquí.

Ley 941

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Adm. León Estrugo.

Correo de Opinión 

Respuesta a la Adm. Mirta Szwarc por el Adm. León Estrugo

Estimada Administradora:

Hace aproximadamente dos meses, fui invitado por un concejal de la costa a una reunión con otros administradores, la cual se desarrolló en la Sociedad de Fomento de San Bernardo, donde el concejal nos presentó un proyecto de Registro de Administradores en el Partido de la Costa. El concejal nos informó que antes de elevarlo al consejo deliberante quería consensuarlo con los administradores, ya que si lo elevaba al consejo el mismo iba a ser aprobado ya que cuentan con la mayoría absoluta de los votos.

Cuando leí el proyecto, observé que era una síntesis de la Ley 941 y que los fundamentos que lo llevaban a la creación del registro no tenían una fundamentación sustancial.

En esa reunión no hubo aprobación de parte de los administradores a dicho proyecto y combinamos en realizar una nueva reunión en treinta días.

En ese lapso yo le envié al concejal unos lineamientos acordes a la fundamentación por ellos esgrimida y le agregué otros fundamentos que me parecían de interés, para que si realizaban un nuevo proyecto contemplen estas situaciones que considero de interés.

Quiero aclarar que por un error de interpretacion en el Boletin de Pequeñas Noticias figuro que presente un proyecto de ley, cuando mi actuacion fue simplemente acercarle al concejal unos lineamientos para la creación de un proyecto de registro de consorcios, administradores y proveedores de consorcios.

Cuando se realizó la segunda reunión, estuvo presente el Presidente de la Camara de Administradores de la Provincia de Buenos Aires con sede en Mar del Plata, y el Presidente de la Camara de Miramar, quienes le proporcionaron al concejal un proyecto para la creación del colegio de administradores en la Provincia de Buenos Aires y el cual fue aprobado por el concejal y por los administradores presentes.

El concejal se comprometió a elevarlo al concejo deliberante y conseguir apoyos en partidos vecinos.

Somos concientes de la difícil tarea que es administrar en la costa, y quienes realizamos la actividad con total profesionalismo y en cumplimiento de todas las leyes, decretos y ordenanzas en vigencia, no queremos ver desmerecida nuestra labor o ser incluidos en una misma bolsa por la participación de aventureros o por quienes dicen llamarse administradores, utilizando la actividad para otros fines.

Es de mi agrado, el poder intercambiar opiniones con los demás administradores de la costa, (la union hace la fuerza), y poder transformar la actividad en una profesión regulada por un colegio, como lo tienen todas las profesiones.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Adm. Leon Estrugo

(8/8/2006)


Gacetilla de Prensa

CACCyC

Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

Asociación Civil sin Fines de Lucro

Personería Jurídica Nº 0152


CURSOS Y CLASES GRATUITAS

PARA COPROPIETARIOS Y PÚBLICO EN GENERAL

Todos los jueves a las 18.30 hs

"Centro Cultural Lola Mora"

Av. Río de Janeiro 946 - 1º piso

INSCRIPCIÓN: enviando e-mail con datos personales (Nombre y Apellido-Domicilio-Teléfono-E-mail) a caccyc_consorcios@yahoo.com.ar o personalmente los días jueves a partir de las 18h.

TEMARIO AGOSTO 2006
Jueves: 

24: Relaciones Consorciales (Negociación, Concertación, Consenso, Para qué, Como, Cuando y 
Donde) por la Lic. Graciela Ferrero
31: Introducción a la ley 13.512 de Propiedad Horizontal (2a. Parte) por el Dr. Julio Roskin

Contacto: caccyc_consorcios@yahoo.com.ar // (15)4478-6452


Lic. Evangelina Perri, presidenta de Red de Consorcistas Damnificados

Lic. Evangelina Perri, presidenta de Red de Consorcistas Damnificados

Correo de Opinión

Tribunales de Justicia Vecinal en la CABA por Lic. Evangelina Perri

La Mesa de Trabajo sobre Justicia Vecinal (MTJV) organizó el pasado viernes 28 de julio, en el Anexo del Honorable Congreso de la Nación una charla informativa sobre Tribunales Vecinales.

Los integrantes de la Mesa de Trabajo de Justicia Vecinal, tuvimos la satisfacción y el placer de asistir el día 28 de julio a la exposición explicativa sobre los Tribunales de Justicia Vecinal (*) donde disertó la Dra. Silvana del Valle Ramírez, experta internacional en el campo específico de los procesos de transformación de los sistemas judiciales.

Utilizando un lenguaje coloquial y grato, la Dra. Ramírez expuso sobre la necesidad de estos tribunales, que vienen a cubrir un vacío, llegando a la gente para mejorar su día a día, ya que su fin es dar respuesta a conflictos de menor magnitud. Al lograr este fin se obtienen resultados alentadores que permiten bajar el nivel de contratiempos y contrariedades que encontramos en la sociedad actual. Destacó asimismo, que es un momento propicio para “Crear los tribunales de Vecindad”, ya que están dadas las condiciones desde que se aprobara la Ley Orgánica de Comunas. Por otra parte, los legisladores están estudiando los proyectos presentados sobre el tema. 

La disertante también enfatizó sobre la necesidad de una justicia donde prime la sensatez además de la idoneidad, la importancia de la descentralización en la aplicación de justicia, la oralidad con todas las ventajas que conlleva un procedimiento ágil que permita la resolución rápida del conflicto, el descongestionamiento de los tribunales ordinarios: sobrecargados y demasiado lentos, la posibilidad de que en una audiencia previa el juez cumpla el rol del juez de conciliador y la facultad del ciudadano a no tener patrocinio letrado cuando el tema lo amerite. 

Asimismo señaló Ramírez la probabilidad, punto que se encuentra en su anteproyecto, de tener tribunales mixtos, jueces en los cuales algunos de los ellos no sean profesionales, sino legos. Considera también que, como la Constitución no aclara que los jueces deban ser profesionales, sería posible un tribunal con una mezcla de ciudadanos y abogados. Además habló sobre la educación y estimulación al ciudadano para que realice un paralelismo entre sus derechos y sus obligaciones.

La democracia participativa avanza inexorablemente en nuestra ciudad, en el país y en el mundo. Debemos ejercerla con compromiso y responsabilidad. Nosotros, la Mesa de Trabajo de Justicia Vecinal, estamos ejerciendo la participación ciudadana en un tema muy importante que puede mejorar nuestros derechos y nuestra calidad de vida. Por otra parte, vivimos en un mundo cambiante, variable y móvil, que nos exige estar desprovistos de esquemas formales, rígidos y abiertos a los cambios.

En nombre de esta exigencia solicitamos humildemente a los letrados que trabajan en la profesión, que se desempeñan en la justicia o que fueron elegidos para legislar, que perciban a la Justicia Vecinal como una ayuda, no como una competencia.

La Mesa de Trabajo de Justicia Vecinal es un espacio participativo y abierto que se constituyó con el objeto de tratar el tema en sus diversos aspectos. La integran un grupo de vecinos de esta Ciudad, interesados en la temática, algunos pertenecientes a distintas organizaciones de la sociedad civil. Invitamos a todos los que les interese la propuesta a formar grupos de trabajo o a incorporarse al grupo.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Lic. Evangelina Perri

Presidente Red de Consorcistas Damnificados

con_dam@yahoo.com.ar

(7/8/2006)


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Dr. Eduardo BrailovskyContesta el Dr. Eduardo Brailovsky

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Rincón Solidario

Qué cañerías son comunes y cuáles no

Estimado Dr. Brailovsky:

Estoy suscripta al Boletín de Pequeñas Noticas y leo atentamente todos sus artículos. Como estoy necesitando una opinión experta, me contacto con usted que, además de abogado, está especializado en los temas de la propiedad horizontal. 

Mi consulta es respecto de dos cláusulas del reglamento de copropiedad que más abajo transcribo textualmente. Yo no las sé interpretar, me confunden, parece que una anula a la otra, tal vez no, no sé, por eso necesito de su ojo experto. 

Sé por otros propietarios que la administradora del edificio invoca siempre la clausula 15 y obliga a los propietarios a hacerse cargo de los costos de cualquier arreglo de cañerías y desagues que haya que realizar dentro de la unidad. 

Propietarios de otros edificios e incluso otros administradores, me han dicho que como las cañerías están empotradas, corresponde al consorcio su arreglo. Hasta hoy afortunadamente yo no tengo pérdida alguna pero voy a cambiar piso, pared y artefactos del baño y quien va a realizar el trabajo me aconsejó hablar con la administradora porque uno no sabe con qué se va a encontrar. A veces los golpes que se dan para sacar los azulejos, aunque no sean fuertes, hacen vibrar los caños y si éstos son viejos puede que en algún lugar se resientan y comience una pérdida. El edificio tiene 54 años, yo habito la unidad hace 3 años y no sé en qué estado están las cañerías, si fueron cambiadas alguna vez o son las originales. 

Realmente no quiero realizar esta costosa obra que significó mucho esfuerzo y sacrificio de mi parte para poder hacerla y en unos meses tener que romper todo porque tengo pérdida en las cañerías. Si hay que cambiar, cambiaré, pero quiero estar bien segura de quién debe pagar, si todo corre por mi cuenta, si le corresponde al consorcio o es una parte uno y una parte el otro, en su caso... ¿podría usted indicarme qué cañerías son comunes y cuáles no? ¿Quién debe hacerse cargo de los desagues? 

Bien, espero no haberlo aburrido con tanto detalle pero lo consideré necesario para que usted tenga los elementos de juicio necesarios para poder responder mi consulta y clarificarme el contenido de cada una de las cláusulas en cuestión, qué dicen exactamente cada una de ellas.

Desde ya muchísimas gracias por su atención y quedo a la espera de sus novedades.

Atentamente.

Patricia

(24/6/2006)

Estimada Patricia:

Como es mi costumbre, le agradezco la confianza que deposita con su consulta, en Pequeñas Noticias y en el suscrito.

Y pasando al tema que nos convoca, le comento que no es nada nuevo el ver las aparentes contradicciones que contienen los reglamentos de copropiedad de los consorcios.

Mas debo, ante todo, volver a aclarar que por este medio no pretendo violar la ley de ética profesional que me rige (ley 23.187), sino que solo efectuaré comentarios generales que, de cualquier forma, le serán muy útiles.

Pues bien, como decía, lamentablemente, algunos Notarios no hacen el debido contralor de lo que escriben, otros ni siquiera han visto el inmueble de cuyo Reglamento han sido encargados redactar, los constructores poco y ningún interés tienen en el tema, y así salen las cosas.

Es más, si me pregunta, le comento que pienso que MUCHOS de los juicios que se interponen por asuntos consorciales, tienen su origen en las cuanto menos "oscuras" prescripciones del reglamento de copropiedad.

No obstante lo dicho, y si bien la redacción de los dos artículos que transcribe no es la que debería ser, existen algunas pautas que hacen mínimamente claro lo que quiere establecer el Reglamento de copropiedad.

Y en el caso que me trae a estudio, es claro:

LAS CAÑERÍAS TRONCALES (bajadas o subidas de agua hasta la llave principal de paso de agua, bajadas cloacales desde la boca de inspección y codo yola, subidas de cables eléctricos hasta la caja de cada depto.) SON DEL CONSORCIO.

Las cañerías empotradas de distribución de agua -a partir de la llave de paso-, la cañería cloacal desde cada artefacto y hasta el codo yola y/o boca de inspección final, y cañerías de distribución eléctrica a partir de la caja y hasta cada boca de luz, SON DE CADA PROPIETARIO.

Creo en cambio que está suficientemente claro de quién son las puertas, ventanas. Empero, fíjese también que existe una restricción con las puertas y ventanas que dan al exterior de su depto.: no podrán diferir de las existentes ni cambiar el frente del edificio (a tenor de lo normado por la ley 13512).

El resto ( bovedillas, conductos de ventilación, ascensores, el terreno, los cimientos, pozos de aire y luz, tabiques y muros, caños pluviales, pavimentos, cielorrasos), no creo que se preste a confusiones.

Y creo que todo este tema es digno resaltarse (la propiedad de las cosas comunes), atento el GRAN principio que debe regir los consorcios: la solidaridad que debe existir entre todos los co-propietarios, por sobre el interés particular de cada propietario.

Gran tema que amerita ser tratado en algunas jornadas y no en una pequeña consulta como la presente.

Esperando haber sido suficientemente claro, y quedando a su disposición, la saludo muy atentamente.

Dr. Eduardo J BrailovskyEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Eduardo Brailovsky es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a ceo@eb-asoc.com.ar, llamarlo a su teléfono 4862-5390/4867-0712 o escribirle a Perón 4243 - Buenos Aires (1199) Argentina


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Sr. León R. EstrugoContesta el Adm. León Estrugo

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Perros vagabundos

Hola, mi nombre es Alicia vivo en un edificio de 12 deptos. y hace 20 días se mudó un nuevo vecino. Desde su mudanza tenemos a 2 perros que quieren entrar al edificio y el Sr. dice que no son suyos.

La gente les da de comer, le pedimos al administrador que se haga cargo, pero dice que la perrera no existe más y queremos sacar a los perros de la puerta del edificio, porque cuando pueden entran al pallier y se acuestan en la puerta del nuevo vecino.

El Sr. dice que son perros abandonados y que él les dio de comer y por eso lo siguen.

Necesito que me orienten sobre qué podemos hacer.

Muy agradecida

Alicia

(5/7/2006)

Estimada Alicia:

El tema que planteas es de muy difícil resolución. Pero nada es imposible. Mi sugerencia es que arbitre los medios necesarios para que con un buen diálogo con el nuevo vecino y manteniendo la buena convivencia consorcial traten de arribar en forma conjunta a un acuerdo para que ello no siga ocurriendo. 

Si tienen encargado, que verifique que las puertas del edificio estén cerradas a fin de impedir el ingreso de los perros al palier y analizar dentro del lugar los medios que se pueden arbitrar para que los animalitos no puedan ingresar y poder mantener entre todos los vecinos la buena convivencia.

Espero haber sido de utilidad y, ante cualquier duda, el Rincón Solidario está a tu disposición

León R. EstrugoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono en Capital Federal 4443-2466.


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Dr. Jorge Resqui PizarroContesta el Dr. Jorge Resqui Pizarro

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Puertas de ascensor bajo llave

Ante todo muchas gracias por mantenernos actualizados. 
En esta oportunidad quisiera consultarles respecto de un problema que tengo en uno de los edificios que administro.

Algunos copropietarios, que son dueños exclusivos del piso entero, han cerrado con llave las puerta del ascensor y la de acceso a las escaleras, con fundamento en que sus palieres, según escritura, son privados.

Estos no se comparten pero la inquietud del resto es qué pasa si alguno queda atrapado en el ascensor en dichos pisos. Sabemos que se recomienda esperar a que lleguen los técnicos y bajen el aparato a Planta Baja, pero en caso de incendio, se debe actuar más rápido, por ejemplo.

Hemos tratado de llegar a un acuerdo pero nos fue imposible.

Mi pregunta es: ¿corresponde que estén cerradas?

En caso de que deban estar abiertas, ¿qué se recomienda?

Desde ya les agradezco su respuesta. 
Saludos Cordiales

Gabriela
25/7/2006

Estimada lectora Gabriela:

Si bien como solemos decir en estas notas, se recomienda la lectura detenida del Reglamento de Copropiedad y Administración de cada Consorcio y, en su caso, las escrituras de dominio de cada unidad, es dable aclarar que el art.2º de la ley de Propiedad Horizontal 13.512 enumera de manera no taxativa las partes de un inmueble sometido al régimen de la PH que son consideradas comunes, bajo lo que la doctrina de los autores ha dado en llamar un criterio de esencialidad: esos sectores hacen a la seguridad, sostén y normal funcionamiento del edificio.-
Los Reglamentos también, por su parte, prescriben cuáles son las partes denominadas comunes para diferenciarlas de las privativas o exclusivas, es decir las unidades funcionales y complementarias, siempre respondiendo a los criterios normados en la ley.-

Ahora bien, los llamados palieres privados constituyen lo que los propios Reglamentos han dado en intitular como "partes comunes de uso exclusivo" (que también se han extendido a lavaderos, patios, azoteas, jardines y otros solares), sectores que no son de uso común por no ser indispensables o necesarios pero sí de propiedad comunitaria o consorcial, regidos por una restricción en su uso a favor de los titulares de dominio de las unidades a las que a esas partes acceden.-

Así también lo han manifestado nuestros tribunales: "En este aspecto, conviene insistir en que la ley distingue dos clases de partes o bienes en los inmuebles sometidos a su régimen (NdR: el de la PH): las partes privativas y las partes comunes. Lo de 'bienes comunes de uso exclusivo' es una creación de los reglamentos de copropiedad efectuada al márgen de la ley y del Código Civil, con el fin de asegurar el uso de algunos bienes comunes a unidades a las que éstas acceden exclusivamente. En virtud de una errónea interpretación del art.2º de la Ley 13.512, cuya enumeración no es imperativa, por lo cual permite que bienes de la especie puedan pertenecer al dominio privativo de la unidad a la cual acceden, cuando se trate de partes que no son de uso común ni indispensable para la seguridad del edificio" (C.Civ. y Com. San Isidro, Sala Iº 01/06/2003 in re Espantoso, María E. y otros vs. Mallo, Leonardo M. s/ Daños y Perjuicios. BA. B 1.701.142 Lexis nº 14/88607).-

Dicho lo cual, consideramos que el Consorcio, a través de su Reglamento, podría delimitar el modo de uso de esos sectores, sus alcances y condiciones aún en situaciones de emergencia, facilitando el acceso de terceros distintos a quiénes ostentan el uso exclusivo.-

Esperando que lo aquí respondido sea de su utilidad, la saluda deferentemente.-

Dr. Jorge Resqui PizarroEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice  

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El Dr. Jorge Resqui Pizarro es socio fundador de ReDeCo, es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a jrpizarro@estudiolavoro.com.ar o llamarlo a su teléfono 4832-8483.


¡¡¡ Ya hay dos ganadores más 

de los 2 premios que sorteamos la quincena pasada

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

¡¡¡ los afortunados de esta quincena son... !!!

1.-

Pizza Cero - Madero Este - Almuerzo/Cena

Cynthia Verónica Suárez Oliva (DNI ...403)

2.-

Candilejas - Monserrat - Restaurant/Show

Irene Accavallo (DNI ...108)

 ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente.

- Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos -


Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

¿Responsabilida civil o penal?

Sres Pequeñas Noticias:

El Consorcio que Administro desde Mar/2006, tenía un administrador que fue removido en Asamblea con las mayorías necesarias, y en la misma asamblea me designaron a mí.

La consulta:

Al ex administrador se le otorgo el plazos de ley (90 dídas según nos informara la Cámara de Administradores de Capital) para su efectúe la Rendición de cuentas y presentación de balances. Así mismo también le otorgó un plazo que no respetó para la entrega de la documentación, pero bueno... Luego de mucho insistir logramos que fuera entregada la misma. Una vez vencidos los 90 días se le envió una carta documento en la cual se lo intimaba a cumplimentar la RENDICIÓN FINAL y la entrega de BALANCES DE SUS ÚLTIMOS AÑOS DE GESTIÓN que nunca efectuara en tiempo y forma. Por supuesto NO RESPONDIÓ ni cumplió. Qué responsabilidad le cabe y cómo sigue este reclamo por parte del Consorcio? ¿Le corresponde alguna responsabilidad civil o penal?

Recaudaba expensas VENCIDAS Y VARIABLES y manejó los gastos de cada mes reduciendo los mismos, por no incluirlos en las liquidaciones, lo cual generó un endeudamiento (de $ 13.000 aprox) del Consorcio con los proveedores que luego de su destitución siguieron reclamando, teniendo que hacer frente a gastos. Y al respecto ¿qué responsabilidad le cabe?

Espero puedan ayudarnos, muchas gracias.

Cynthia

Santos Lugares
(8/8/2006)

Estimada Cyntia:

En este caso, luego de verificar que respecto de las intimaciones dirigidas a la anterior administración hayan sido hechas respetando las formas y los plazos previstos en el Reglamento de Copropiedad y Administración y a través de medio fehaciente, encontrándose en mora en el cumplimiento de sus obligaciones legales y reglamentarias es dicho administrador pasible de ser demandado por rendición de cuentas.

Esto es así por cuanto el administrador es un mandatario y, en tal condición, una de sus obligaciones principales es la de rendir cuenta documentada de su gestión, sobre todo teniendo en cuenta que ha estado manejando bienes y dinero ajenos, en este caso de un Consorcio.

El juicio de rendición de cuentas es un proceso especial, sometido a reglas propias distintas de los juicios ordinarios, cuyo esquema es más simple que aquéllos pero que en algunos casos puede extenderse en el tiempo por las dificultades que puedan plantearse al momento de ejecutarse la pericia contable sobre los libros y documentación del ex administrador.

Según el resultado que arroje el juicio y de verificarse un saldo a favor del Consorcio, nacerá el derecho de éste a reclamar daños y perjuicios al ex administrador.

Si de todo esto no se deprende la comisión de un delito por parte de esta persona, solamente se habrá generado a su respecto la descripta resposabilidad civil.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar  o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574.


Avisos Clasificados

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PERSONAL DE LIMPIEZA/ENCARGADA DE EDIFICIO: Me ofrezco como encargada de edificio o personal para limpieza. Poseo experinecia y referencias comprobables en consorcios - Sra. Romina Caro - Teléfono: 4923-7313 - E-mail: rominacaro@yahoo.com.ar

EMPLEADA ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia laboral - Sra. Carolina Farias Collini - Teléfono: 4553-4776 - E-mail: cyfc_05@yahoo.com.ar

EMPLEADO: 42 años - Titulo Secundario - Título Técnico Radiólogo - Casado - 2 hijos no a cargo - Experiencia en ventas en general - Manejo de personal a cargo - Me ofrezco para todo tipo de rubros - Sr. Sergio Gabriel Balbi - Teléfono: 4713-0144 - Localidad: San Martin - E-mail: soglbi@yahoo.com.ar

SUPLENTE DE ENCARGADO DE EDIFICIO: 24 años - Casado sin hijos - Buenas referencias, experiencia amplia en el trabajo, disponibilidad de horario - Sr. Roberto Martín Ciminieri - Teléfonos: (15)6134-4558 y 4694-8799 - E-mail: rciminieri@yahoo.com.ar

EMPLEADA ADMINISTRATIVA: Srita. con  conocimientos de administración de consorcios y computación se ofrece para trabajar en administración, estudio contable o jurídico - Srita. Marina Aranguez. – E-mail: omaran18@hotmail.com

EMPLEADO ADMINISTRATIVO: Contador público especializado en procesamiento de la información administrativa: registro de ingresos y egresos; preparación de las liquidaciones mensuales; liquidación de sueldos y jornales; emisión de balances mensuales según normas contables y las requeridas por el GCABA - Dr. CP Alfredo Rosales - Tel.: 4342-6481 - E-Mail: rosabrug@uolsinectis.com.ar


Correo de Lectores

Boletines anteriores

Por favor, si fueran tan amables de reenviarme el boletín, pero en dos partes porque el server no acepta archivos tan grandes. Por otra parte, les informo que me sirve de mucho ese boletín por la tan variada y completa información específica que contiene.

Desde ya muy agradecido y si necesitan algún comentario adicional, quedo a vuestra disposición.

Cdor. Federico S.

(14/08/2006)

Boletines publicados de Pequeñas NoticiasEstimado Federico nos alegra mucho que el boletín de Pequeñas Noticias te sea de utilidad y lo quieras seguir recibiendo. No podemos enviarlo en dos partes pero sí podrás consultar todos los boletines publicados desde nuestro sitio en Internet (www.pequenasnoticias.com.ar). Una vez que ingreses, encontrarás un icono que tiene por dibujo un diario, ubicado arriba y en el centro de la pantalla inicial, para llegar a todos los boletines. Encontrarás desde el último número publicado hasta el 0. Los boletines se pueden imprimir, guardar o solo leer.

Si te encontrás con algún problema no dudes en volverte a comunicar.

Un saludo cordial.

CGdeREnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

de los 2 premios que quincenalmente le ofrece

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 5 de setiembre a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.


1.-

1 cupón invitación de Promo Manía Full

Premio a elección

2.-

1 cupón invitación de Promo Manía Full

Premio a elección

(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas  del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo.


Correo de LectoresCorreo de Lectores

Intimaciones para el encargado

Estimadísimos:
Ante todo, gracias por mantenerme actualizado. Tenemos un problema con la encargada que no está en su puesto de trabajo y no cumple con su horario. Dentro del horario en el que debería estar trabajando se la encuentra en la casa y no realiza sus tareas, diciendo "que estaba bajando".

Hemos reclamado al administrador y sabemos que verbalmente se la ha intimado, pero no hay cambios por parte de la trabajadora. ¿Cómo se puede documentar esta falta para que nos sirva ante un eventual despido con justa causa?
Desde ya muchas gracias. Nicolás B.

(11/08/2006)

Estimado Nicolás, antes que nada no te olvides que las palabras se las lleva el viento y muy lejos, por lo tanto cualquier orden o aviso que se le haya dado al trabajador –cualquiera sea- no servirá de mucho.

En estos casos es fundamental el Libro de Ordenes donde debe constar el horario de trabajo, tareas a realizar, lugares donde debe cumplir su horario en caso de no tener tareas para realizar, etc. y –por supuesto- que esté debidamente firmado por el trabajador para respaldar que se lo notificó correctamente.

Una vez que haya pruebas de que el empleado está enterado de sus obligaciones, recién allí se podrá intimarlo para que las cumpla si es que no lo hace pero recordá que nada se puede probar si solo hay palabras de por medio.

Debo aclarar que no soy abogada, y lo que te comento son cuestiones muy generales que, espero, te sean de utilidad.

Como solo el administrador es quien puede darle órdenes, será él el que tenga que implementar las notificaciones correctas como para, en un principio, llamarle la atención y en un futuro tomar medidas más severas como suspensiones.

El tema es delicado y se debe actuar con prolijidad pues por una equivocación o una mala notificación o por la falta del Libro correspondiente o por otros detalles, puede terminar siendo el consorcio de propietarios el perjudicado.

Claro está que el trabajador debe cumplir con sus tareas y responsabilidades pero también lo debe hacer el empleador. Si la relación entre trabajador-empleador es complicada deberías consultar a un abogado especializado para evitar posibles dolores de cabeza en el futuro.

Un saludo grandote.

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Proveedores de Bienes y Servicios

Avisos destacados

   

En tiempos de crisis

los gastos son fundamentales...

 

....y el Sistema 9041

(para la Administración de Consorcios)

es la solución más eficiente 

y al mejor costo.

 

Beneficios del sistema:


Consultas por pantalla y más de 80 listados con toda la información ingresada al sistema.


Multi-administrador y multi-consorcio
Legajos del personal. Fichas de sueldo. Control de inasistencias, de entrega de ropa reglamentaria, controles médicos, etc...


Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de calcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en construcción)


Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Pagers: 4527-7674/6669


Correo de Lectores

¿Cómo abonar un feriado de 4 horas?

Mi consulta en particular es sobre la forma de pagar a un trabajador bajo el convenio de vigilancia. Por ejemplo, si el día feriado solo trabaja 4 Hs, debido a que el día anterior gozó de un franco y se reintegra a trabajar el día feriado a las 20:00 hs, ¿su pago sobre el día feriado serían solamente al 100 % esas 4 hs trajadas o el feriado completo, cierto?

Espero que puedan evacuar mi duda al respecto, porque no encuentro ningún respaldo legal, para pagarle solo las horas que trabajó el día feriado y no feriado completo.

Gracias, Vanesa D.

(10/08/2006)

Estimada Vanesa, antes que nada deberías hacerle la consulta al Sindicato de los trabajadores de la vigilancia pues no conozco los detalles de su convenio.

De todas formas, si yo lo conociera, te debería hacer varias preguntas porque no me queda clara la consulta, por ejemplo: ¿los feriados, siempre trabaja 4 horas?, ¿el franco anterior era porque el feriado lo trabajaba o no tiene ninguna relación con el mismo? ¿el convenio colectivo del sector no indica cuál es el valor de un día de trabajo normal de 8 horas o de trabajo nocturno? ¿Si hubiera trabajado las 8 horas cuánto le habrías pagado? ¿Cuáles fueron las condiciones laborales con el trabajador en relación con los feriados?

Como ves son muchas las preguntas que yo te haría y sobre todo deberás ver qué dice el convenio del sector. Por su parte la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo dice al respecto en su Artículo 166: "Aplicación de las normas sobre descanso semanal. Salario. Suplementación. En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.

En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual".

Te dejo otra pregunta: Si hubiese trabajado la misma cantidad de horas un día normal, ¿cuánto le habrías abonado?.

Un saludo grandote.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

FAC: Federación Argentina de Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara Argentina de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CGP: Centro de Gestión y Participación de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FRA: Fundación Reunión de Administradores

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 297 (2º edición)

Fecha de publicación: 23 de agosto de 2006

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón

Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz y Dr. Juan Iglesias - Ilustraciones: David Petroni - Caricaturas: Shúfer

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 - Móvil: (15)5248-3906 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


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Prohibida la reproducción total o parcial sin autorización escrita de Pequeñas Noticias

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Las notas firmadas representan las opiniones de los autores y no necesariamente las del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


Miembro de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

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