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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

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Martes 7 de Junio de 2005 - Nº: 259

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Propiedad horizontal: salarios

Aumentos retroactivos a mayo

El pasado 2 de junio el Ministerio de Trabajo homologó un acuerdo que prevé aumentos que van desde los 60 hasta los 172 pesos El aumento es escalonado, una mitad está vigente desde mayo y la otra lo estará desde el mes de julio de este año No incluye los $60 remunerativos ni los 100 no remunerativos.

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Propiedad horizontal: salarios

Se modificaron todos los valores

El Ministerio de Trabajo homologó un acuerdo en el cual se incrementan en 60 pesos los salarios de bolsillo de los trabajadores de edificios El aumento se dispuso en dos etapas: 30 pesos en mayo y 30 pesos en julio También se modificaron todos los adicionales de convenio En forma independiente, siguen vigentes los 60 pesos remunerativos y los 100 pesos no remunerativos tal cual se vienen abonando.

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Propiedad horizontal: salarios

Aumentos retroactivos a mayo

El pasado 2 de junio el Ministerio de Trabajo homologó un acuerdo que prevé aumentos que van desde los 60 hasta los 172 pesos El aumento es escalonado, una mitad está vigente desde mayo y la otra lo estará desde el mes de julio de este año No incluye los $60 remunerativos ni los 100 no remunerativos.

[BPN-7/6/05] El pasado 23 de mayo la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) y la Asociación Inmobiliaria Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) firmaron con la Federación Argentina de Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (FATERyH) un acuerdo de 7 puntos.

El segundo artículo incorpora un aumento de 30 pesos a partir de los haberes correspondientes al mes de mayo y el tercero agrega otros 30 a partir del mes de julio. En ambos casos el aumento es para la cuarta categoría con los correspondientes incrementos proporcionales para la tercera, segunda y primera según las escalas salariales establecidas en el Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 (CCT/04).

Por otra parte, en su quinto punto, el acuerdo firmado establece que estos aumentos serán "a cuenta y compensable, hasta su concurrencia, con cualquier aumento, recomposición, ajuste, mejora, beneficio, derivado de disposiciones legales o de cualquier otra naturaleza que puedan otorgarse, disponerse o reconocerse en el transcurso del presente año".

Es de tener en cuenta que, tal cual lo determina el primero de los puntos, las sumas de dinero reconocidas por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) Nº 2005/2004 –los 60 pesos remunerativos y los 100 no remunerativos- se abonaran, tal cual está determinado, en ítems diferenciados a los nuevos básicos.

Para aquellas zonas donde, por disposición de las autoridades pertinentes, se tenga que clasificar los residuos domiciliarios, el plus por retiro de residuos pasará a ser de 2 pesos a partir del mes de mayo y de 2,10 pesos a partir de julio de este año. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires esta obligación está vigente desde hace un par de meses para los edificios de más de 19 pisos y surge del Decreto Nº 1838 y la Resolución Nº 50 de la "Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable" (BPN Nº 258 del 31/5/05: "Recolección diferenciada").

Los firmantes de este acuerdo fueron por la UADI el Dr. Santiago Roberto y el Sr. Daniel Casati, por el AIERH el Dr. Juan Manuel Acosta y Lara, por la CAPHyAI el Dr. Carlos Francisco Echezarreta y el Sr. Daniel Roberto Tocco y por FATERyH el Sr. Osvaldo Bacigalupo y el Sr. Jorge Tapia. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estuvo representado por el Sr. Luis E. Benítez Secretario de Relaciones Laborales del Departamento Nº 3.

Mientras que la UADI y el AIERH dejaban en el acuerdo expresa constancia "que arriban al presente acuerdo al sólo efecto de consolidar la paz social que debe reinar entre los distintos actores y en virtud a que lo pactado tiene una mínima incidencia sobre los costos fijos mensuales de los consorcios de propietarios" la CAPHyAI expresaba que antes de aceptar el acuerdo "se efectuarán las consultas pertinentes a los mandantes y fijarán posición por escrito".

El pasado 26 de mayo esta posición se expresó a través de una carta firmada por el Dr. Echezarreta dirigida al Sr. Jorge Schuster, Director Nacional de Relaciones de Trabajo, en la que expresó que "las entidades integrantes y asociados de esta Cámara han respondido formalmente señalando la imposibilidad en las circunstancias actuales de disponer, para la actividad en general, incrementos salariales que incidan sobre las expensas comunes de los consorcios representados" (BPN Nº 258 del 31/5/05: "El bueno, el malo y el feo").

El 2 de junio por resolución 156 la Dra. Noemí Rial, Secretaria de Trabajo, resolvió declarar homologado el convenio firmado y el 6 de junio quedó registrado con el Nº 146/05 en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Propiedad horizontal: salarios

Se modificaron todos los valores

El Ministerio de Trabajo homologó un acuerdo en el cual se incrementan en 60 pesos los salarios de bolsillo de los trabajadores de edificios El aumento se dispuso en dos etapas: 30 pesos en mayo y 30 pesos en julio También se modificaron todos los adicionales de convenio En forma independiente, siguen vigentes los 60 pesos remunerativos y los 100 pesos no remunerativos tal cual se vienen abonando.

[BPN-7/6/05] Con fecha 2 de junio de 2005 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social homologó un acuerdo celebrado el 23 de mayo de 2005 por el cual se incrementan en un total de 60 pesos los valores de bolsillo del actual artículo 15 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 378/04. El aumento se implementa en dos etapas: 30 pesos para mayo de 2005 y otros 30 pesos para julio de 2005.

En el caso del primer aumento, se deberá reflejar en el sueldo del mes de junio pues, a esta altura del mes, todos los haberes deberían estar abonados según la ley.

Al incrementarse también todos los valores de los adicionales, los administradores deberán tener en cuenta que este aumento retroactivo estará formado por varios ítems y tendrá incidencia en las horas extras y los feriados liquidados el pasado mes de mayo.

La nueva tabla que refleja la primera etapa del aumento y que se utilizará para liquidar el próximo sueldo de junio y los valores retroactivos de mayo es la siguiente:

Funciones

1º Cat.

2º Cat.

3º Cat.

4º Cat.

Encargado permanente con vivienda

$ 791,00

$ 741,00

$ 704,00

$ 623,00

Encargado permanente sin vivienda

$ 859,00

$ 804,00

$ 764,00

$ 676,00

Ayudante permanente con vivienda

$ 791,00

$ 741,00

$ 704,00

$ 623,00

Ayudante permanente sin vivienda

$ 831,00

$ 778,00

$ 739,00

$ 654,00

Ayudante media jornada

$ 415,00

$ 389,00

$ 369,00

$ 327,00

Personal asimilado con vivienda

$ 791,00

$ 741,00

$ 704,00

$ 623,00

Personal asimilado sin vivienda

$ 831,00

$ 778,00

$ 739,00

$ 654,00

Mayordomo con vivienda

$ 850,00

$ 796,00

$ 756,00

$ 669,00

Mayordomo sin vivienda

$ 917,00

$ 859,00

$ 816,00

$ 722,00

Personal con más de 1 función con vivienda

$ 791,00

$ 741,00

$ 704,00

$ 623,00

Personal con más de 1 función sin vivienda

$ 858,00

$ 804,00

$ 764,00

$ 676,00

Encargado guardacoches con vivienda

$ 694,00

$ 694,00

$ 694,00

$ 694,00

Encargado guardacoches sin vivienda

$ 747,00

$ 747,00

$ 747,00

$ 747,00

Personal vigilancia diurna

$ 732,00

$ 732,00

$ 732,00

$ 732,00

Personal vigilancia nocturna

$ 747,00

$ 747,00

$ 747,00

$ 747,00

Personal de vigilancia media jornada

$ 366,00

$ 366,00

$ 366,00

$ 366,00

Encargado no permanente con vivienda

$ 396,00

$ 396,00

$ 396,00

$ 396,00

Encargado no permanente sin vivienda

$ 429,00

$ 429,00

$ 429,00

$ 429,00

Ayudante temporario

$ 704,00

$ 704,00

$ 704,00

$ 704,00

Ayudante de temporada media jornada

$ 352,00

$ 352,00

$ 352,00

$ 352,00

     

Personal jornalizado no más de 18 hs. (según Art. 7 inc. p)

$ 31,55

Suplente con horario por día

$ 31,55

Suplente encargado sin horario

 

Escalafón por antigüedad - Por año

$ 6,60

Retiro residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

$ 1,40

Clasificación de Residuos

$ 2,00

Plus Movimiento de coches - hasta 20 unidades

$ 28,50

Plus jardín

$ 18,70

Plus limpieza de cocheras

$ 18,70

Valor Vivienda

$ 5,25

Plus por Título Integral de Edificios (% sobre básico)

5%

La primera etapa: de mayo a junio

Si se comparan los valores de la tabla de salarios del CCT 378/04 con la que está vigente hasta junio de 2005, se puede observar que han sufrido un incremento absoluto de entre 30 y 86 pesos dependiendo de la función y la categoría del trabajador. De manera relativa, la mayoría de los valores hasta ahora han variado entre un 4,64% y un 11,25% mientras que en julio estos valores se duplicarán.

Un ayudante permanente sin vivienda de 4º categoría pasó de cobrar 624 a 654 pesos, con lo cual recibirá un aumento de 30 pesos que representa un 4,81% de su haber anterior. Por otra parte un encargado permanente con vivienda de 1º categoría pasó de un salario de bolsillo de 711 pesos a 791 pesos. El incremento es de 80 pesos lo que representa el 11,25% de aumento.

En cuanto a los adicionales el aumento promedio para esta primera etapa es del 5% y se establece una diferenciación entre los edificios que tienen que clasificar los residuos de los que no. En el caso de aquellos que tengan que hacerlo, el retiro de residuos hasta junio será de $2 por unidad en lugar de $1,40.

Para el cálculo de los retroactivos del mes de mayo habrá que recordar que éstos influirán en las horas extras ya calculadas y en el feriado del 1º y 25 de mayo, en los casos que corresponda liquidarse.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Número de Edición: 259

Fecha de publicación: 7 de junio de 2005

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: M Fabiana Lizarralde

Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Dr. Jorge Maldonado, Cdor. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz y Dr. Juan Iglesias

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