Sistema 9041 para la administración de consorcios.

El oficio de administrar consorcios esta lleno de Pequeñas Noticias....


Boletín de Pequeñas Noticias

la comunidad consorcial como un espejo de la sociedad

17 de Marzo del 2003 - Nº: 155

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Instituto de Normalización

La IRAM de los dioses

En la primera sesión del subcomité de Propiedad Horizontal de IRAM el Dr. Osvaldo Loisi, de Liga del Consorcista, presentó por escrito objeciones jurídicas de fondo a las normas que tratan sobre deberes y derechos de los administradores - Tras su lectura un grupo de integrantes rechazó su ingreso por Asuntos Entrados pues la consideraron injuriosa y discriminadora.

El pasado miércoles 12 de este mes, en la primera sesión anual del subcomité de Propiedad Horizontal se hizo presente la Dra. Victoria Loisi en representación...

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AFIP

Un nuevo formulario: "el 611"

A partir del próximo 1º de abril los administradores y los consorcios de propietarios deberán exhibir en un lugar visible este nuevo formulario cuyo objetivo es la lucha contra la evasión fiscal.

La Administración Federal de Ingresos Públicos...


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Sueldos

En marzo, varios cambios...

Con los sueldos del mes de marzo, la suma no remunerativa pasa de 130 a 150 pesos y el aporte correspondiente a la jubilación de los trabajadores que aportan a las AFJP aumenta del 5 al 7%.


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Un ciudad accesible

Pase libre gratuito por Raúl E Guinzburg

Desde agosto del año pasado los discapacitados y, en los casos necesarios, un acompañante podrían viajar gratuitamente por la red de transporte público terrestre de reglamentarse la Ley que así lo dispone.


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Administrador Enrique GaviolaGran Sorteo 

Esta semana los afortunados fueron....

Todos quisieron participar en el fabuloso sorteo de los cinco premios de la semana: cenas, almuerzos, espectáculos, mini-turismo, shows, clases de baile árabe.... ¿Ud. habrá tenido suerte....?


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Gran Sorteo

¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

...de 1 de los 5 premios que semanalmente le ofreceremos ADMINISTRADORESph.com.ar y Pequeñas Noticias !!!


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Bolsa de trabajo

Ofrecidos


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Publicidad

Proveedores de bienes y servicios.

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La Inter-Cámara

El imperio contraataca

Jorge Hernández, presidente de Fundación Reunión de Administradores desde su programa de radio semanal, inició las primeras hostilidades contra la inter-cámara formada por Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) a partir de la nota publicada por Pequeñas Noticias llamada La revolución de los Coroneles publicada el 10 de este mes en el boletín Nº 154


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Señor Enrique WainfeldInquilinos

Desalojo express

La ley 25.488 permite desalojar peligrosamente inquilinos por el solo vencimiento del contrato y/o falta de pago de alquileres en un corto plazo, según expresó a Pequeñas Noticias el señor Enrique Wainfeld, presidente de la Asociación de Inquilinos de la República Argentina (AIRA).


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Correo de Lectores

Duendes virtuales


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Correo de Lectores

Más vacaciones


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Correo de Lectores

Consultas varias


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Su Majestad el Lector

¿Qué temas deberíamos consensuar los consorcistas?

A veces es importante, en un ambiente propicio, cerrar los ojos y simplemente soñar. En la redacción de Pequeñas Noticias lo hicimos y nos propusimos imaginar un mundo donde todos trabajaramos juntos, en armonía, con transparencia e idoneidad en beneficio de todos por igual levantando así nuestra calidad de vida.


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Bolsa de trabajo

Pedidos


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Ascensores

Empresas conservadoras


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Impuestos

Vencimientos Mensuales


Instituto de Normalización

La IRAM de los dioses

En la primera sesión del subcomité de Propiedad Horizontal de IRAM el Dr. Osvaldo Loisi, de Liga del Consorcista, presentó por escrito objeciones jurídicas de fondo a las normas que tratan sobre deberes y derechos de los administradores - Tras su lectura un grupo de integrantes rechazó su ingreso por Asuntos Entrados pues la consideraron injuriosa y discriminadora.

   

El pasado miércoles 12 de este mes, en la primera sesión anual del subcomité de Propiedad Horizontal se hizo presente la Dra. Victoria Loisi en representación de su padre el Dr. Osvaldo Loisi de la LCPH(1) para entregar al coordinador del subcomité, el administrador Jorge Waniewicz, una carta (texto original) con severísimas objeciones puntuales a las normas que tratan sobre los derechos y deberes de los administradores requiriendo que se retire su nombre y el de la institución que representa como co-autores de la norma 65008 por estar totalmente en desacuerdo con la misma.

Como antecedente es de recordar que en la última reunión del subcomité del año pasado (11/12/2002) con la presencia de la Lic. Marta Barbieri (jefa de departamento de IRAM) se trató una carta anterior del presidente de la Liga del Consorcista en donde se le solicitó que presente en forma puntual sus objeciones a esas normas. Este tema fue tratado ampliamente por Pequeñas Noticias en la nota Pequeñas respuestas (Boletín Nº 142 del 16/12/2002) y La noticia rebelde (Boletín Nº 143 del 23/12/2002).

Esta última carta donde el Dr. Loisi cumplía con la requisitoria de puntualizar sus objeciones que el subcomité le había impuesto en diciembre fue observada en primera instancia por estar dirigida al Ing. Mario Giadorou, anterior presidente del Consejo Directivo del IRAM y no al subcomité mismo, proponiendo un grupo de los integrantes rechazarla para que sea presentada por mesa de entrada de presidencia de la institución ya que, en sus opiniones, estaba dirigida a esta instancia. Sin embargo luego de un corto debate se decidió leerla, acto que realizó el coordinador provocando a su finalización el inmediato rechazo por una parte de los miembros que la calificaron de "injuriosa", "calumniosa" y una administradora y periodista, que pidió expresamente que su nombre figure en actas, la calificó de "discriminadora". 

   

La respuesta mediática

Dr. Ricardo de los Santos

Dr. Ricardo de los Santos: "yo lo hubiese ignorado, no lo hubiese tratado, lo derivaría y lo dejaría en el tiempo..."

La respuesta del administrador Jorge Hernández no se hizo esperar y desde su programa de radio Reunión de Administradores, que se trasmite todos los sábados por la nueva Radio del Pueblo (AM 750) de 10 a 12 hs, en diálogo con el contador Ricardo de los Santos, titular de la empresa Estudio de Sistemas proveedora de servicios informáticos para administradores, conversaron sobre este tema ya que tanto Hernández como de los Santos son también miembros del subcomité de propiedad horizontal de IRAM: "Yo, un poco en forma risueña o en broma, dije en realidad que esta gente parecen los piqueteros de la propiedad horizontal. Reclaman para ver qué sacan y con qué los pueden favorecer, hacen escándalos, marchas, obstruyen pero no aportan cosas positivas porque yo no vi ningún aporte de ideas, ni de sugerencias, ni de recomendación de esta Liga de Consorcistas" expresó Hernández. 

Por su parte Ricardo de los Santos, si bien era invitado de Hernández en la radio, no acordó completamente con el escandaloso desarrollo de la última reunión de IRAM y le expresó que en su opinión en lugar de oponerse en forma frontal a las propuestas del Dr. Loisi: "yo lo hubiese ignorado, no lo hubiese tratado, lo derivaría y lo dejaría en el tiempo, hubiese tomado la nota, le hubiese dado entrada por secretaría, pediría una reunión para tratar la nota y después daría otra fecha para contestarla. Pero no hubiese dado lugar a que este señor, me refiero concretamente a la Liga del Consorcista, lograra su objetivo que era evitar  que se hiciera la reunión. Yo ignoraría todo ese tipo de cosas, creo que es muy loable el trabajo de un administrador y la tarea realizada en el IRAM es muy importante como para dejar que una piedra nos detenga en el camino... Todos tenemos una manera de ganarnos la vida, esta gente se la gana de esa forma y uno convive con ellos y debe aprender a no dejarse llevar por las tácticas que ellos utilizan para oscurecer el trabajo de cada uno".

Administrador Jorge Hernández

Adm. Jorge Hernández: "Yo me entretengo y me divierto..."

El diálogo radial entre Hernández y de los Santos reflejaba la profundidad de lo tormentoso de la pasada reunión del subcomité. Los ánimos todavía estaban caldeados y en un par de párrafos se expresó parte de lo que pudimos apreciar los que asistimos a esa reunión. El titular de Estudio de Sistemas continuó con sus reflexiones expresando que esta gente (¿El Dr. Loisi?): "Viven del escándalo... no creo que haya que combatir a ese tipo de instituciones o a este tipo de actitudes poniéndonos a la altura de esas personas, eso fue lo que a mí me enojo. Inclusive me fui porque soy un tipo muy nervioso y hubiera contestado mal a gente que yo aprecio y valoro mucho como, por ejemplo, mis colegas del Consejo Profesional que son tipos muy meritorios y muy valiosos o el caso tuyo que también estabas muy nervioso."

Esta apreciación no fue compartida por Hernández que, en un tono relajado, le explicó a su invitado que: "No, yo nervioso para nada, no... Yo me entretengo y me divierto... muchas cosas pienso que se hacen no por maldad o por malicia como el caso de esta propuesta de la Liga sino a veces por tonterías, por falta de criterio, por desconocimiento, por ignorancia. Porque yo cuando veo que proponen cosas que chocan contra la opinión de juristas de la talla de Gabás, de Alterini, de Costantino, de físicos nucleares que han aportado cosas, de gente que son especialistas en sistemas de calidad como ... Neira y veo que ellos (¿Liga del Consorcista?) tienen una versión muy personal de esto, una prepotencia, llevarse a todo el mundo por delante e insultar, yo no me enojo, simplemente defiendo con mucha vehemencia mi profesión de administrador y pongo sobre claro los puntos oscuros."

El contador Ricardo de los Santos, que expresó en ese mismo programa que los administradores a veces no están bien defendidos por las cámaras, propuso, haciendo referencia a las normas que tratan sobre los deberes y derechos del administrador, que: "ese tema en especial es una piedra con la cual se viene chocando hace más de un año. La idea mía es rodear ese tema y seguir con todos los aspectos técnicos que hacen a la calidad de los administradores. Mi posición ahí adentro es acompañar a gente a la cual yo conozco de toda la vida, yo trabajo con las administraciones. Creo que hay mucha más gente que está tirando piedras."

   

Los argumentos del propietario

El Dr Osvaldo Loisi y su hija la Dra Victoria

Dr. Loisi e hija: "Yo no puedo estar discutiendo de derechos y obligaciones (de los administradores) con gente que no conoce el Código Civil..."

El Dr. Loisi, representando a parte de los propietarios desde su fundación en una entrevista telefónica exclusiva con Pequeñas Noticias, rechazó de plano las acusaciones que recibió su carta de injuriosa y su persona de "piquetera" expresando que: "ésta es una lucha de argumentos no de piquetes". 

Con referencia al rechazo del subcomité de darle entrada a su carta para su tratamiento por considerarla injuriosa respondió que: "entre gente civilizada una nota se contesta con otra nota ... si nos apartamos de la civilización y vamos a la horda primitiva entonces gritamos, pataleamos... pero entre gente civilizada se contesta punto por punto.

Ellos tienen que decir por qué es injuriosa, porque una injuria es un insulto y una calumnia es la falsa imputación de un delito que da lugar a la acción publica. Yo no incurrí en injuria ni en calumnia. Decir que ellos están violando las incumbencias es notorio. Yo soy abogado, no puedo hablar de medicina y ellos son administradores, no pueden hablar de derechos... por lo menos tienen que hacerse asesorar para no cometer esos dislates que han cometido.”

El Dr. Loisi redobla la apuesta y no sólo no le reconoce conocimientos suficientes a los administradores en ciertos aspectos que requieren profundidad legal sino que lo desafía a Hernández diciendo que: "ya que habla tanto de Gabás e inclusive de Costantino, bueno, que algunos de mis colegas me conteste". Sus objeciones a las normas cuestionadas son muchas y están plasmadas en su carta en forma detallada pero él va más allá y sostiene que el subcomité no está habilitado para tratar temas relacionados con los asuntos jurídicos mocionando "la creación de una junta o consejo integrado por letrados. Así cuando se trata de cuestiones eléctricas se llama a los ingenieros, también cuando se trata de derechos y obligaciones hay que convidar a los abogados. Yo no puedo estar discutiendo de derechos y obligaciones (de los administradores) con gente que no conoce el Código Civil".

Ing. José F. López

Ing. José F. López: Presidente del Consejo Directivo de IRAM

Loisi considera que así como Hernández critica a los consorcios auto-administrados por considerar (en muchos casos en forma legítima) que los propietarios no están capacitados suficientemente para resolver problemas laborales o fiscales estaría cometiendo el mismo error con respecto a la incursión de los administradores en temas jurídicos: "A mí me parece que ADEPROH(2) y FRA(3) en realidad se tocan, se dan la mano, porque en el fondo tienen los mismos procederes. ADEPROH quiere eliminar la figura del administrador porque los quiere reemplazar por vecinos, simplemente así.  En cambio ellos quieren exaltar la figura del administrador, de tal manera, que los hagan omnipotentes.”

Como conclusión nos comentó que solicitó al flamante presidente del Consejo Directivo del IRAM, Ing. José Francisco López, para que "tome cartas en el asunto y ponga ese mamarracho que han esbozado y aprobado en manos de abogados para revisar la legalidad de esas normas, alguna cosa valiosa puede ser que haya pero hay muchas cosas que son una enormidad jurídica".

      

Lic. Marta Barbieri

Lic. Marta Barbieri: "Creo que están perdiendo el tiempo en algunas cosas..."

La opinión de la jefa

La Licenciada en química Marta Barbieri, jefa de departamento y bajo cuya responsabilidad directa se encuentra el subcomité de propiedad horizontal, ante una consulta telefónica con Pequeñas Noticias, en su oportunidad luego de la última sesión del año pasado (2002), expresó algún tipo de disconformidad con su desempeño coincidiendo, de alguna manera, con el Dr. Loisi: "Creo que están perdiendo el tiempo en algunas cosas... en discusiones estériles. Están discutiendo demasiadas cosas que no nos competen porque empezaron a hablar de artículos del Código Civil, del Código de Comercio, etc. La gente común no tiene acceso al código civil ni al código de comercio, es más, si tuvieran acceso quizás alguno ni lo saben interpretar. Entonces lo que se trata de hacer a la norma es poner en blanco sobre negro y en palabras sencillas, algunos puntos, que quizás tanto los derechos del administrador como los derechos del propietario son más que eso pero éstos son los básicos..."

   

Resumiendo

El Dr. Loisi expresó a Pequeñas Noticias que su primera nota no recibió hasta el día de hoy respuesta oficial ni del subcomité ni de IRAM, la institución que lo alberga. Sólo se publicó una mención en el acta 9-2002 que corresponde a la sesión del 11 de diciembre del 2002. Agregó, por otra parte, que espera recibir también una respuesta sobre sus objeciones puntuales tal cual se lo requirieron en su oportunidad y cifra muchas esperanzas en una reunión con el Ing. José Francisco López, presidente del IRAM, para encauzar el rumbo de lo que considera falencias graves del subcomité. Loisi no es el único que espera una respuesta a un requerimiento escrito sobre temas consorciales elevadas al subcomité. El Sr. Enrique Wainfeld, presidente de la Asociación de Inquilinos, tampoco recibió nunca una respuesta a sus inquietudes.

ZeusEn otro orden de cosas el Dr. Loisi aclaró que su participación en las reuniones mensuales que se realizan para consensuar normas de calidad para la propiedad horizontal está supeditada en forma casi excluyente a la incorporación al subcomité de colegas letrados o un consejo asesor jurídico para evitar discusiones estériles sobre temas que los profesionales abogados deberían conocer en profundidad, según sus palabras.

Por otro lado el hecho de que él, como representante de una gran parte de los propietarios, exija que se retire su nombre de la lista de aquellos que confeccionaron la norma 65008 sobre "Derechos del Administrador" que está vigente desde el 25/4/2002 podría significar que los consorcistas, o sea sus supuestos beneficiarios, no estén de acuerdo con el contenido de la misma restándole, de esta manera, el sentido mismo de su existencia.

Mientras tanto el Lic. Ismael Roumie espera con paciencia que alguien se acuerde que tal vez como único cliente en Capital Federal puede hacer algún aporte con su experiencia y conocimientos sobre el tema.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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(1) Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

(2) Asociación Civil de Defensa del  Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal

(3) Fundación Reunión de Administradores


El portal de los administradores y consorcistas.

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La Inter-Cámara

El imperio contraataca

Jorge Hernández, presidente de Fundación Reunión de Administradores desde su programa de radio semanal, inició las primeras hostilidades contra la inter-cámara formada por Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) a partir de la nota publicada por Pequeñas Noticias llamada La revolución de los Coroneles publicada el 10 de este mes en el boletín Nº 154

   

El administrador Jorge Hernández, titular de FRA(1) desde su programa de radio Reunión de Administradores que se trasmite todos los sábados por la nueva Radio del Pueblo (AM 750) de 10 a 12 hs, atacó duramente a los integrantes de la nueva inter-cámara fundada días pasados acusándolos de no haber certificado su calidad de administradores, de falta de preparación, de buscar enemigos en lugar de propuestas, dejando entrever que alguno de ellos habrían sacado cheques en forma tramposa y sugirió también que uno de ellos brinda servicios a sus propios consorcios con una empresa oculta.

Adm. Jorge Hernández: "Si éstos son coroneles, estamos en guerra..."

Días pasados, exactamente el 6 de este mes, un grupo de jóvenes administradores cuya edad promedio no supera los cuarenta años se reunieron para luchar contra los problemas que consideran aquejan a la profesión: la corrupción, la capacitación, la corporativización de los dirigentes de las diferentes agrupaciones que los unen y la desjerarquización general y desprestigio por la que atraviesa la profesión. Este paso no es casual, la alianza de casi todas las entidades que representan al sector contra el proyecto de Ley 941 que pretendía crear un Registro Unico de Administradores de Consorcios en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y su posterior derrota dejó insatisfacciones y heridas con relación al desempeño de los dirigentes a los que acusan de no haber hecho nada para defender y jerarquizar la imagen de la profesión.

   

Incidente de frontera

Como era de esperar la respuesta más rápida llegó del general que comandó las tropas contra el registro que ya desde el principio de su programa de radio, entre divertido y amenazante, comenzó a disparar fuego de artillería contra los jóvenes coroneles que osaron enfrentarlo. 

Burlonamente comentó al micrófono que: "estuve leyendo quiénes son (los jóvenes administradores) y realmente dije: si estos son coroneles, estamos en guerra". Sin embargo las declaraciones que continuaron no fueron tan risueñas: "...porque casualmente (a) algunos de ellos los he invitado a hacer la carrera universitaria, porque sabe que carecen bastante de conocimiento en propiedad horizontal y no la han hecho. Se sienten que no la pueden hacer. Los he invitado a hacer un curso a distancia con el CONICET por medio del Ministerio de Educación y no se atrevieron porque saben que les va a costar..."

AIPH: "En el supuesto caso de haber  injuriado, faltado a la verdad, o cualquier otra situación pasible de eventuales acciones judiciales, a algún miembro de la misma, se analizarán los pasos a seguir..."

Hernández a continuación hizo referencia a la fractura horizontal que se provocó teniendo en cuenta que los miembros de esta nueva agrupación promueven la continuidad del trabajo de sus asociados dentro de sus propias organizaciones, sean estas las que sean. En este punto el presidente de FRA acusó severamente a los participantes y expresó textualmente que: "me causó gracia porque vi algunos nombres y recordé algunas cartas documentos que tuve que mandar para cobrarle a algún administrador, algunas coimas de por medio... y hay algunos administradores incluso que han tenido problemas con colegas que han sacado cheques en forma tramposa. Y esos dicen que van a representar a la juventud...".

En otra parte del programa, de buen humor, salió a defender a sus colegas de las comisiones directivas de las organizaciones amigas despegándose de ellas aduciendo que él pertenece a una fundación y no a una cámara: "esta crítica fácil de las instituciones, y no lo digo por lo nuestro que es una fundación y no una cámara, pero también defiendo a la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal porque han hecho mucho por nuestra profesión, o UADI administradores de inmuebles que también han hecho en su momento cosas..." pegándole duro a "los coroneles" diciendo que: "éstos que hablan tanto y critican tanto y siempre buscan enemigos en lugar de propuestas, a mí me llama la atención, conociendo el paño, conociendo que uno incluso los ha tenido que desenmascarar y decirles: si sos administrador de consorcio no podes tener oculto una empresa y brindarle servicios con esa empresa oculta a tus propios consorcios, creo que es una falta de ética. Ninguno de ellos han hecho certificar su calidad de administradores...".

Para finalizar el presidente de FRA unió dos conceptos que encuentra en lo que él piensa que son los dos extremos del arco político de la comunidad consorcial: "por un lado los que dicen que defienden a los consorcistas dicen que quieren hacer “listas negras”  de administradores (Boletín de Pequeñas Noticias Nº 153) y (por otro lado están los) otros jóvenes administradores (en) “La revolución de los coroneles” ¿y nosotros qué podríamos hacer? Decir la verdad, si llegamos a decir la verdad de estos nombres realmente no se sigue adelante."

  

La misiva

Con respecto a estos dichos los AIPH respondieron con un comunicado a Pequeñas Noticias sobre el cierre de la edición que transcribimos para nuestros lectores textualmente:

Sres.
Pequeñas Noticias
-------------------------

Contestación programa radial Sr. Hernández

Atento a opiniones vertidas por el Sr. Hernández Jorge en un programa radial el día sábado 15/3/2003 y desconociendo la cita textual de la misma, A.I.P.H. (Administradores Independientes de Propiedad Horizontal) decimos:

1)

En el supuesto caso de haber  injuriado, faltado a la verdad, o cualquier otra situación pasible de eventuales acciones judiciales,  a algún miembro de la misma se analizaran los pasos a seguir.

2)

Ratificamos nuestros objetivos de jerarquizar nuestra profesión, debatiendo ideas con amplitud de criterios  y sin polémicas  estériles que deterioren las relaciones entre colegas , respetando a las instituciones que  agrupan administraciones de consorcio y trabajando en beneficio de los administradores y la comunidad consorcial.

3)

Agradecemos la sumatoria de muchos colegas identificados con nuestras propuestas y la confirmación de ello es que este espacio de trabajo seguramente incomodará a aquellos que desvirtúan nuestra profesión con prácticas deshonestas.

4)

Reiteramos la convocatoria a nuestros colegas para el próximo 20/3/03  en la calle Rojas 1883 a las 18:30hs

A.I.P.H.
(Administradores Independientes de Propiedad Horizontal)

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(1) Fundación Reunión de Administradores


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 Tel/Fax: 4522-6702


AFIP

Un nuevo formulario: "el 611"

A partir del próximo 1º de abril los administradores y los consorcios de propietarios deberán exhibir en un lugar visible este nuevo formulario cuyo objetivo es la lucha contra la evasión fiscal.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con la Resolución General 1435, aprobó un nuevo cartel que debe ser exhibido en forma obligatoria por todos aquellos contribuyentes que realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales.

Los consorcios de propietarios son Consumidores Finales con respecto al IVA (según consta en la circular 1299 de la DGI y publicada en el Boletín Oficial del 16/11/93), por lo tanto los administradores están obligados a solicitarlo para los edificios y luego poder exhibir el nuevo Formulario 611.

La solicitud del mismo debe hacerse ante la dependencia de la AFIP en la que el contribuyente esté inscripto presentando una nota confeccionada con el aplicativo denominado Multinota. Esta solicitud se debe hacer por estos días para poder obtener el formulario ya que la obligación de exhibirlo es a partir del 1º de abril próximo.

En la práctica

Patricia Salerno muy gentilmente, como nos tiene acostumbrados, nos contó su experiencia al ir en busca del mencionado formulario 611 que, como nos contó al final de su relato, es un "cartón".

Antes de partir a la dependencia de la AFIP que corresponde al consorcio de propietarios para el cual quería solicitar el formulario, nos describió los pasos que siguió para que sirvan de ayuda a aquellos interesados que todavía no lo hicieron, como me lo dijo textualmente.

1)  Generó una nota y su duplicado mediante el aplicativo "Multinota" donde debe constar la dirección del consorcio, el CUIT, cantidad de formularios que se solicitan y un texto parecido al que ella escribió: "Solicito (1) un Formulario 611 para ser exhibido en el consorcio de propietarios".
2) Luego se dirigió a la agencia que correspondía según sea la dirección del consorcio por el cual solicitaba el formulario.
3) Al llegar a la delegación, en el lugar donde recepcionan los trámites, el personal recibe la nota, la sellan y en ese mismo momento te entregan el "cartón", que no es ni más ni menos que el formulario 611.

Patricia nos aclaró que es muy importante tener el duplicado de la nota generada con el Multinota sellada porque es la única constancia de que el trámite fue hecho como corresponde en caso de que alguien "amigo de lo ajeno" se lleve o rompa el formulario 611 ubicado en alguna de las carteleras del edificio y a la vista de todos.

Finalizó diciéndonos que, más allá de la molestia de recorrer tantas delegaciones como consorcios desparramados uno tenga, el trámite es simple, fácil y rápido... Aunque usted no lo crea!!!

Desde estas líneas agradecemos una vez más a Patricia que siempre colabora con nosotros contándonos "en la práctica" cada uno de los trámites que deben realizar los administradores.

Recordamos que el aplicativo "Multinota", que distribuye la AFIP, debe ser instalado, en caso de no tenerlo, en el Sistema Integrado de Aplicaciones (SIAp). Este programa se encuentra en el sitio de la AFIP y en la sección Programas de nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar

Que tengan todos una muy buena semana y hasta el próximo trámite!!Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Ponga al 9041

a trabajar para Ud.

     

Sistema 9041

para la administración de consorcios


Sueldos

En marzo, varios cambios...

Con los sueldos del mes de marzo, la suma no remunerativa pasa de 130 a 150 pesos y el aporte correspondiente a la jubilación de los trabajadores que aportan a las AFJP aumenta del 5 al 7%.

El Decreto 2641/2002 fijó una asignación no remunerativa de carácter alimentario de 130 pesos mensuales, a partir del 1º de enero de 2003 y hasta el 28 de febrero de 2003, y una de 150 pesos mensuales a partir del 1º de marzo de 2003 y hasta el 30 de junio de 2003, para todos los trabajadores del sector privado, en relación de dependencia, comprendidos en el régimen de negociación colectiva, en los términos de la Ley Nº 14.250 y sus modificatorias.

Por otro lado, el Decreto 2203/2002, publicado en el Boletín Oficial del 1/11/2002, dispuso un aumento progresivo de los aportes de los trabajadores que dejaron su futura jubilación en manos de las AFJP, teniendo en cuenta que hasta el 28/02/2003 se debía aportar con el 5% sobre el sueldo bruto; desde el 01 de marzo de 2003 al 30 de junio de 2003 con el 7%, luego desde el 01/07/2003 al 30/09/2003 con el 9% y finalmente a partir del 01/10/2003 en adelante con el 11% igualando así el aporte de los trabajadores que se jubilarán bajo el sistema de reparto.

Volviendo al tema de los 150 pesos y como lo dice su artículo 3º, este importe es proporcional cuando la prestación de servicios cumplida en el período de pago correspondiente fuere inferior a la jornada legal o a la establecida en el convenio colectivo de trabajo. En definitiva esto quiere decir que el trabajador percibirá el importe no remunerativo en forma proporcional dependiendo del tiempo efectivamente trabajado.

Para determinar el valor de un día de trabajo se debe dividir 150 pesos por 25 días. Esto arrojará un valor diario de 6 pesos. Si tengo que calcular el valor equivalente a una hora de trabajo, hay que dividir 150 pesos por 200 horas y el valor resultante es de 0,75 pesos por hora trabajada.

Recordamos que sobre la asignación no remunerativa se hacen aportes y contribuciones diferenciales al resto de los ítems del sueldo habitual, además de no ser tenida en cuenta para el cálculo de las horas extras, vacaciones, aguinaldos y cualquier otra indemnización.

Los aportes y contribuciones que se deben practicar corresponden a la Obra social (2,7% empleado y 5,4% empleador) y a la Ley 19.062 (3% empleado y 1,5% empleador).

A partir de marzo y durante los meses de abril, mayo y junio los aportes y contribuciones sobre los 150 pesos se verán de la siguiente manera:

 

Aportes del trabajador

Obra Social

2,7%

$ 4,05

Ley 19.032 o INSSJP (PAMI)

3%

$ 4,50

Total

5,7%

$ 8,55


 

Contribuciones del empleador

Obra Social

5,4%

$ 8,10

Ley 19.032 o INSSJP (PAMI)

1,5%

$ 2,25

Total

6,9%

$ 10,35

A partir de ahora y hasta el mes de junio inclusive, el encargado que trabaje todo el mes cobrará por este concepto 141,45 pesos netos (hasta febrero cobraba de bolsillo 122,59 pesos) y el empleador pagará, además de los 150 pesos, 10,35 pesos correspondientes a las contribuciones. En total el consorcio deberá pagar 160,35 pesos.

Y esto es todo... por ahora.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


El espacio que Ud. no ocupa....

...lo ocupará la competencia

Administración BURNA

Gestión Inmobiliaria y de Consorcios

Teléfono: 4611-1969

E-mail: pfburna@yahoo.com.ar


Señor Enrique WainfeldInquilinos

Desalojo express

La ley 25.488 permite desalojar peligrosamente inquilinos por el solo vencimiento del contrato y/o falta de pago de alquileres en un corto plazo, según expresó a Pequeñas Noticias el señor Enrique Wainfeld, presidente de la Asociación de Inquilinos de la República Argentina (AIRA).

Antiguamente un juicio de desalojo demoraba no menos de dos años y hasta tres. Con esta reforma al Código Procesal el desalojo sería inmediato y el lapso de recupero de las propiedades se reduce a cinco semanas aproximadamente.

El señor Enrique Wainfeld, de AIRA, considera que para la difícil situación que vive el país esta ley no sirve ya que se le está negando al inquilino el derecho a la defensa. El desalojo es inmediato con la sola comprobación de la falta de pago del alquiler por parte del fiscal.

El presidente de la AIRA cuenta un ejemplo que, según él, se da en forma muy común, por el cual después de vencido el contrato, el inquilino sigue ocupando el lugar alquilado con total aprobación del propietario pero sin que éste le extienda los recibos correspondientes por el pago de la locación mensual, motivo por el cual no hay forma de demostrar lo contrario en un juicio. De esta forma el inquilino se encuentra totalmente desprotegido ante una situación abusiva por parte del propietario del inmueble.

Una vez que se comprueba la legitimidad del reclamo por falta de pago, el juez puede ordenar la desocupación inmediata y restituir el bien al propietario. Luego el juicio seguirá su curso pero con el inquilino fuera de la vivienda.

   

A favor de los inquilinos

Por otro lado y según opiniones vertidas por importantes empresas del rubro inmobiliario, los alquileres de propiedades han bajado hasta un 50% durante el año 2002 y no han repuntado hasta la fecha.

Los motivos son bastante entendibles: sobreoferta de propiedades, escasez de interesados en alquilar debido a la caída de los ingresos y por el abultado incremento de los precios en general que no permiten hacer frente al costo que implica el alquilar una propiedad.

Algunos de los motivos de la sobreoferta lo explican cuando dicen que muchos ahorristas con dólares en su poder o que lograron sacar el dinero del banco o que canjearon depósitos reprogramados por viviendas, se volcaron a la compra de propiedades y éstas han ingresado al circuito de la oferta de inmuebles para alquilarEnvíe desde aqui su comentario sobre esta nota


¡¡¡ Ya hay 5 ganadores más 

de los premios que sorteamos la semana pasada

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

Algunos nacen con estrella...

Sr Ricardo Gaviola


¡¡¡ los afortunados de esta semana son... !!!

1.-

Pizza Cero - Madero Este - Almuerzo

Néstor Botana (DNI...038)

2.-

Esquina Homero Manzi - Boedo - Tango/Show

Oscar Francisco Schillaci (DNI...736)

3.-

Bahía del Sol - Flores - Tiempo Libre

Marta Noemí Moyano (DNI...017)

4.-

La Isla - Belgrano - Cena/Baile

Daniel Scaff (Las Heras - Sta Cruz)

5.-

King George - Barrio Norte - Cena

Alberto Mazzucchelli (DNI...320)

s ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente.

- Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos -


Un ciudad accesible

Pase libre gratuito por Raúl E Guinzburg

Desde agosto del año pasado los discapacitados y, en los casos necesarios, un acompañante podrían viajar gratuitamente por la red de transporte público terrestre de reglamentarse la Ley que así lo dispone.

El Honorable Congreso de la Nación sancionó con fecha 26 de agosto del 2002, la Ley 25.635 que modifica la Ley 22.431(Discapacidad) con las reformas introducidas por la Ley 24.314 (Accesibilidad). El artículo 22, inciso a), segundo párrafo es modificada de la siguiente forma: "Las empresas de transporte colectivo, terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social. La reglamentación establecerá las comodidades que deben otorgarse a las mismas, las características de los pases que deberán exhibir y las sanciones aplicables a los transportistas en caso de inobservancia de esta norma. La franquicia será extensiva a un acompañante en caso de necesidad documentada". Recordamos que en la redacción anterior el Pase se extendía únicamente en los trayectos y las líneas, que justificaran el traslado a sitios asistenciales, laborales y/o educacionales. Es decir era limitado. Con esta modificación se transforma en "libre".

No obstante esta Ley, que favorece sensiblemente a las personas con discapacidad, lamentablemente se halla sin reglamentación. La misma está a cargo de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, la que para ello ha citado a organismos de la Administración Pública Nacional para intervenir en dicho proceso, a saber: Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Personal con Discapacidad, Secretaría de Transportes, Instituto Nacional contra la Discriminación, el Racismo y la Xenofobia, Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y el Centro de Investigación de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y en el Transporte que interviene en su carácter de asesor.  Por supuesto las intervenciones citadas crean una burocracia infernal y por ende retrasan sensiblemente la aplicación de esta norma que es fundamental para la calidad de vida de las personas con discapacidad y/o movilidad reducida.

En consecuencia es importante que las Instituciones, las personas y la Sociedad se involucren en esta temática para acelerar los tiempos.

Para ello solicitamos se dirijan a las Instituciones aludidas  telefónicamente, por carta o correo electrónico, solicitando un pronto despacho para la sanción de la reglamentación respectiva.

La dirección electrónica de la CONADIS que será en definitiva la que elabore la misma, es: postmaster@cndisc.gov.ar y la Presidenta de esa Comisión es la Prof. Sara ValassinaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Raúl E. Guinzburg

REDI - Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad

Consejo de Lectores de Pequeñas Noticias


La peor opinión es el silencio...

CorreoDeLectores@PequenasNoticias.com.ar


Correo de Lectores

Duendes virtuales

Hola Claudio

Recibo periódicamente el boletín de Pequeñas Noticias y deseo felicitarlos ya que observo que día a día es de lo más completo.

He observado que aparentemente el famoso duende que usted siempre nombra, al parecer pasó por le link de la Legislación Laboral.

El error en el link del decreto Nº 351/1979 respecto de la reglamentación de la ley 19.587 es el mismo de la ley propiamente dicha.

Un abrazo.

Héctor M.

(11/3/2003)

    

Héctor!!! ¡¡¿¿Cómo agradecer tu colaboración??!! Aunque a veces uno crea que estos duendes se han aburrido de nuestros sitio y no aparezcan, en el momento menos pensado hacen de las suyas y uno los vuelve a recordar, casi, casi con una nostálgica sonrisa.

De todas formas sabemos que en algún rincón de esta ciudad o de este país hay lectores ávidos de encontrarlos y de descubrir sus "pequeñas travesuras" para que nosotros podamos, después, salir corriendo a solucionar sus picardías.

Desde ya, no tenemos palabras para agradecer tu participación y no nos dejes solos contra estos "traviesos duendes virtuales".

Un saludo cordial

CGdeREnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


En tiempos de crisis los gastos son fundamentales...       ...y el Sistema 9041 es la solución más eficiente y al mejor costo.


Correo de Lectores

Más vacaciones

Estimados Claudio y Fabiana

El motivo de este mail es enviar (nuevamente!!!!) una consulta.

Pregunta: Encargado con "Licencia de enfermedad" por lo tanto las vacaciones no se las puede tomar, la ley indica que deben ser entre octubre y marzo, ¿debo pagárselas en marzo para cumplir con el plazo o en este caso hay otra, digamos, legislación?

Un saludo.

Alejandro F. B.

(6/3/2003)

    

Alejandro!!! Siempre son bienvenidas tus consultas y esperamos seguir contando con ellas.

Antes que nada recordá que el período en el que se deberían otorgar las vacaciones es desde el 1º de octubre hasta el 30 de abril del siguiente año al que corresponden las mismas (Art. 154 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744).

En cuanto al período en que se deben otorgar, la Ley de Contrato de Trabajo en un párrafo del artículo 154 dice que: "... La autoridad de aplicación, mediante resolución fundada, podrá autorizar la concesión de vacaciones en períodos distintos a los fijados, cuando así lo requiera la característica especial de la actividad de que se trate..."

En particular cuando el trabajador está enfermo desparece la obligación de dárselas en el período indicado más arriba e incluso, si el trabajador se encontrara gozando de sus vacaciones y durante las mismas enferma, éstas se cortan, se deben suspender para cuando se encuentre bien de salud y las pueda gozar plenamente.

Y además quisiera compartir con todos nuestros lectores una experiencia que tuvo Alejandro con un Libro de Sueldos "heredado" de una administración anterior, que nos envió para ilustrar el correo de lectores llamado "Libro de Sueldos" que publicamos en el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 153 de fecha 3 de marzo de 2003:

"Con respecto a si se puede continuar con un Libro de Sueldos en hojas móviles rubricado previamente por el administrador anterior, les comento que de acuerdo a lo que me dijeron en el ministerio de trabajo, ya que averigué porque recibimos un nuevo consorcio hace un tiempo y el anterior administrador llevaba los libros de ley por computadora, el modelo que se aprueba es el que presenta el administrador para ese consorcio, por lo tanto al cambiar de administración quedan dos caminos: rúbrica del libro manual o nuevo modelo de hojas móviles. Esto es conveniente hacerlo sin demora ya que sólo se puede llevar el libro a partir de la fecha en que fue aprobado el modelo, es decir no se puede cargar información retroactiva.

Espero esto les sea de provecho.

Alejandro"

Un saludo cordial

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

de 1 de los 5 premios que semanalmente le ofrecen

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo lunes 24 de marzo a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias


1.-

Chandelle - San Isidro - Almuerzo/Cena

Menú a elección para 4 personas

2.-

Golden - Centro - Show/Disco

Show de Strippers + Pizza Party y Disco - 4 personas

3.-

Teatro del Globo - Espectaculos

2 entradas para un espectáculo del Teatro del Globo

4.-

La Isla - Belgrano - Cena/Baile

Menú a elección para 4 personas

5.-

Impala - Villa Devoto - Almuerzo/Cena

Menú a elección para 4 personas


(*) El mail debe ser dirigido a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. Todos los premios están sujetos a las condiciones impuestas por la empresa Solo Premios. Los premios gastronómicos pueden no incluir derecho al espectáculo (si lo hubiera) que en general tiene un cargo mínimo, uso del servicio, postres o bebidas y pueden tener una consumición mínima de una gaseosa o agua mineral por invitado. Los términos del premio están detallados con valores en el reverso de cada tarjeta de invitación y son inapelables por no depender de la producción de Pequeñas Noticias. Estos premios están auspiciados por www.administradoresPH.com.ar. Los premios se entregarán en las oficinas de Pequeñas Noticias a todos los participantes con domicilio en Capital Federal y Gran Buenos Aires y por correo postal a nuestro cargo a los habitantes del interior del país.


Correo de Lectores

Consultas varias

Buenas noches, necesito hacerles algunas consultas y espero me puedan ayudar:

1) Asignaciones familiares: El encargado reclama el pago doble de una asignación familiar correspondiente a Enero, ¿esto es así, se le debe pagar alguna asignación doble?
2) Vacaciones: ¿Puede el consorcio quedarse sin uno de los empleados, es decir, que sólo esté el Encargado cuando el ayudante está de vacaciones y viceversa? En caso de no ser así, qué riesgos corre el consorcio? Es el caso del edificio en el que vivo y que las vacaciones las cobra el mismo encargado, pero hacen figurar que lo cobra otro y con un "recibí" (recibo no oficial) y en realidad los cobra el mismo encargado en negro.
3) ¿Cómo hago para inscribirme en el Registro de Administradores? ¿Ya existe el decreto reglamentario? ¿Está definido?

Aguardo respuestas

Ruben M.

(4/3/2003)

     

Hola Rubén!! Vamos a ver si te podemos ayudar y empezamos por la primera.

1) No, en ningún mes del año se debe pagar una asignación familiar doble. Sólo en el mes de febrero o marzo, según la documentación respaldatoria que poseas, se debe pagar por única vez la Ayuda Escolar Anual que actualmente es de 130 pesos y se debe abonar por hijo en edad escolar. Te invitamos a leer los Boletines 150 y 151 donde hicimos dos notas llamadas Asignaciones Familiares I y Asignaciones Familiares II y nos ocupamos del tema en forma minuciosa.
2)

Cuando en un edificio hay un encargado y un ayudante y no se quiere tomar un suplente durante las vacaciones, se pueden dar horas extras al trabajador que queda siempre y cuando quede perfectamente registrado que las horas extras son motivadas por las vacaciones del otro trabajador. De esa manera debe quedar aclarado que no se toma otro trabajador bajo condiciones irregulares para suplantar al que está gozando de su descanso anual.

Consideramos difícil prescindir de uno de los dos trabajadores durante el tiempo que duran las vacaciones, ya que el edificio debe ser lo suficientemente grande como para que todas las tareas recaigan en un solo trabajador y en la misma cantidad de horas. En caso de ser así, debería ser planteado en la asamblea y dejar constancia de que no se tomará un suplente para tal circunstancia con el fin de dejar aclarado que no se contratará a ningún trabajador bajo condiciones irregulares.

Con respecto a que un trabajador trabaje sus propias vacaciones está prohibido legalmente y surge del artículo 162 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 que dice: "Las vacaciones previstas en este título no son compensables en dinero, salvo lo dispuesto en el artículo 156 de esta ley". El artículo 156 habla de que las vacaciones se deben retribuir en dinero cuando se extingue el contrato laboral.

3) Con respecto a la inscripción en el Registro de Administradores todavía se está trabajando en la reglamentación y aún no hay novedades. Te invito a leer el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 148 del 27 de enero de 2003, que bajo el nombre "Amo y Señor" tratamos el tema. De todas formas estaremos informando ampliamente cuando la reglamentación sea publicada y entre en vigencia.

 Te recordamos que para acceder a los Boletines ya publicados de Pequeñas Noticias, podés ingresar a nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar y una vez allí en la sección Servicios Varios te encontrarás con una opción llamada Boletines ya publicados. Verás todos los boletines desde el Nº 0 hasta el último publicado.

Hasta siempre.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Listado Completo de Empresas Conservadoras de Ascensores

con permiso anual según el Decreto 578/01 y con permiso provisorio por falta de constancia de habilitación (falencia de la G. C. B. A.)

Listado proporcionado por la D.G.F.O.C.

Empresas Auspiciantes

Empresa

Teléfono

Localidad

Ascensores Elepar SRL

4433-2568

Capital Federal

Logica Electromecanica S.R.L.

4303-7461

Capital Federal

M. S. B. S.R.L.  

4554-5721

Capital Federal

Listado completo de empresas


Su Majestad el Lector

¿Qué temas deberíamos consensuar los consorcistas?

A veces es importante, en un ambiente propicio, cerrar los ojos y simplemente soñar. En la redacción de Pequeñas Noticias lo hicimos y nos propusimos imaginar un mundo donde todos trabajaramos juntos, en armonía, con transparencia e idoneidad en beneficio de todos por igual levantando así nuestra calidad de vida.

Como la mayoría de los medios  que existen sobre Administración de Consorcios son el órgano de difusión de instituciones que representan a alguno de los actores involucrados (cosa que en cierta forma nos parece legítima) nos sentimos obligados en Pequeñas Noticias a salir a pedir a nuestros lectores que nos ayuden a definir en palabras este sueño de un nuevo mundo que esperamos, tal vez un día, sea un poco mejor.

 

Dígale a Pequeñas Noticias lo que Ud. piensa...

¿Si existiera un foro imparcial donde confluyeran al mismo tiempo Administradores, Propietarios, Inquilinos, Proveedores y Encargados para discutir temas que hacen a la comunidad consorcial...


a.-

...qué temas considerás importantes que deberían tratar para ponerse de acuerdo en beneficio de todos?
1.-

2.-

3.-

4.-

5.-

6.-

7.-

8.-

b.-

...qué temas considerás que NO se deberían tratar porque sentís que no son relevantes, no aportan nada o directamente perjudican?
1.-

2.-

3.-

4.-

5.-

6.-

7.-

8.-

c.-

...Ud. participaría de este espacio para aportar su experiencia, conocimientos e ideas?

Si

No

No sabe/No contesta

d.-

En la comunidad consorcial Ud. es...
...administrador
...propietario
...inquilino
...encargado
...proveedor
Otro:

E-mail del suscripto:

La encuesta está reservada para los lectores suscriptos al Boletín de Pequeñas Noticias y se permite una (1) sola respuesta por e-mail. En caso de recibir más de una se tomará como válida la última.


 

Esta encuesta la puede enviar:

1.- Manteniéndose conectado a Internet complete el formulario y pulse Enviar 
2.- Se abrirá el navegador y un mensaje le indicará que los datos se procesaron correctamente.

¡¡¡ Participe... entre todos podemos hacerlo !!!


Bolsa de trabajo

Pedidos

Abogado/a con conocimientos especializados en Administración de Consorcios para docencia. Enviar "Curriculum Vitae", foto, horarios disponibles y remuneración deseada.

Busca:

Abogado/a con conocimientos especializados en Administración de Consorcios

dirigirse a Sres:

Centro de Estudios

escribiendo al e-mail

BdeTOfrecidos@ciudad.com.ar

Fecha: 27/1/2003


Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proveedores de Bienes y Servicios

Avisos destacados

   

En tiempos de crisis

los gastos son fundamentales...

 

....y el Sistema 9041

(para la Administración de Consorcios)

es la solución más eficiente 

y al mejor costo.

 

Beneficios del sistema:


Consultas por pantalla y más de 80 listados con toda la información ingresada al sistema.


Multi-administrador y multi-consorcio
Legajos del personal. Fichas de sueldo. Control de inasistencias, de entrega de ropa reglamentaria, controles médicos, etc...


Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de cálcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en construcción)


Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Pagers: 4527-7674/6669


Boletín de Pequeñas Noticias

para la administración de consorcios

Número de Edición: 155

Fecha de publicación: 17 de Marzo del 2003

Director: Claudio García de Rivas

Propietario: Pewen Investigación y Desarrollo de Sistemas Informáticos

Dirección: Gral César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15) 4449-8137

Radios: 4527-7674 y 4527-6669

E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar

URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


Datos personales del suscripto:

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Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*!

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Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: Claudio@Sistema9041.com.ar con la palabra SUSCRIPCION GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail con las palabras CANCELAR SUSCRIPCION en el asunto del mensaje.


Las notas firmadas representan las opiniones de los autores y no necesariamente las del editor. Registro de Propiedad Intelectual Nº 61129. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


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