Boletín de Pequeñas Noticias s o b r e la a d m i n i s t r a c i ó n d e c o n s o r c i o s 12 de Agosto del 2002 - Nº: 123
|
Aportes y Contribuciones
¡¡¡ Por Fin !!!
Después de tanto esperar, el martes próximo pasado la Resolución General Conjunta (AFIP - INARSS) 1325/02 y 12/02 informó cómo se deberían pagar los aportes y contribuciones sobre la asignación no remunerativa implementada a través del Decreto 1273/2002.
Esta resolución informa que se debe completar un nuevo formulario, el F.801/E y además se deben tener en cuenta algunos detalles al confeccionar la declaración jurada mensual (F.931) con el aplicativo S.I.J.P. v.19.
Tanto el texto completo de la Resolución General como el volante de pago F.801/E se encuentra en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar en la Sección Legislación y dentro de ésta, dentro del ítem Legislación Impositiva. Para "bajar" el volante de pago se debe tener instalado en la PC un programa gratuito llamado Acrobat Reader. Haciendo click en el logo de este producto, que se encuentra en el índice de Legislación Impositiva, se accede directamente a la página de Acrobat Reader donde se puede instalar sin costo el programa.
Formulario 801/E
Se deben completar dos (2) formularios 801/E por consorcio:
1.- | para informar los aportes y contribuciones relacionados con el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y |
2.- | relacionado con el Régimen Nacional de Obras Sociales. |
Como siempre en cada formulario se debe completar el número de CUIT, Denominación y Domicilio del empleador, además del período sobre el que se está abonando cada concepto. Finalmente, el importe a abonar en números y letras.
El importe a abonar será la suma total de los aportes y contribuciones sobre la asignación no remunerativa abonada por cada concepto.
|
|
S.I.J.P. v.19
En este aplicativo, en el menú Nómina de Empleados, se debe informar por cada empleado cómo percibió la asignación en cuestión, según distintos códigos.
En el lugar donde antes se indicaba la "Cantidad de hijos" que tenía cada trabajador en la solapa "General", se debe indicar según corresponda, uno de los siguientes códigos:
99 | si el trabajador percibió la asignación no remunerativa en forma completa, |
88 | si el trabajador percibió la asignación no remunerativa en forma parcial y |
77 | si el trabajador está excluido de los alcances del decreto 1273/2002. |
De esta manera, se debe implementar el pago de los aportes y contribuciones sobre la suma no remunerativa que se deberá abonar desde julio hasta diciembre de este año.
Sistema 9041
¿Cómo se abre en dos ventanas al mismo tiempo?
Bajo Windows es sumamente cómodo tener abierta una ventana con el Sistema 9041 y otra con el Anexo porque de esa manera se puede alternar entre ellas, con las teclas <Alt><tab>, pudiendo realizar consultas en ambos programas al mismo tiempo.
Antes de comenzar a detallar cómo hacer con el Sistema 9041, tenemos que revisar las propiedades del "Acceso directo" al Sistema y al Anexo desde el propio Windows.
Para revisar las propiedades, con el mouse apuntando al icono correspondiente (hay que hacerlo de a uno por vez) hacemos un clic con el botón derecho para visualizar el menú de contexto. Luego, con el botón izquierdo, seleccionar la opción Propiedades, a continuación, ir a la solapa "Varios" o "Misceláneas". Al final de esta ventana se encuentran varias combinaciones de teclas que están tildadas, es aconsejable destildar todas menos la combinación "Alt Tab". Esta debe quedar seleccionada, ya que será la que nos permita cambiar de una ventana a otra.
Esta modificación en las propiedades del "Acceso directo" se debe realizar en los dos accesos: al Sistema propiamente dicho y al Anexo.
Luego, debemos entrar al Sistema, ir al menú Configuración, que se encuentra dentro de la opción 9041, Varios. En el ítem Red, debemos seleccionar Si, pulsando la tecla F1 para seleccionar la opción indicada.
Para abrir la ventana del Anexo al mismo tiempo que la del Sistema, mantenemos presionada la tecla "Alt" y pulsamos la tecla "Tab". El Windows cambiará de ventana y volveremos al menú de entrada para poder ejecutar el icono del Anexo. De esa manera, ambos programas estarán disponibles y podremos cambiar entre uno y otro con las teclas "Alt Tab".
Esta característica no solo nos permite cambiar entre los programas del Sistema 9041, sino que también nos permite cambiar a la ventana de cualquier programa de Windows que se encuentre minimizado. Hay que considerar que cuantos más programas disponibles haya, más recursos de memoria son utilizados, por lo cual se puede llegar a notar una disminución en la performance de los programas o directamente un mensaje que indica la falta de memoria, con lo cual habrá que cerrar las aplicaciones que no son necesarias de tener abiertas.
Salud
La psiconeuroinmunoendocrinología
Entrevista con Alicia Arenaza(*)
¿Alicia, contame un poquito a qué te dedicas?
Yo soy psicóloga, me especializo en discapacidad, trabajo en la Fundación VITRA (Vivienda, trabajo y capacitación para el liciado) que es la única institución en el país que brinda educación secundaria a cuadriplégicos graves y además en Neurociencias, Centro Médico Argentino en Psiconeuroinmunoendocrinología.
¿Qué es Neurociencia?
Es un Centro Médico que trabaja con un modelo de atención basado en la psiconeuroinmunoendocrinología.
Explicame a mí, que no entiendo mucho de medicina, en qué consiste la psiconeuroinmunoendocrinología.
La psiconeuroinmunoendocrinología es un modelo de entender la enfermedad. O si se quiere el padecimiento, el sufrimiento del ser humano. Como cualquier modelo empieza basándose en la investigación, ya sea de laboratorio con animales, que es investigación básica, o investigación clínica. Ya desde este momento el modelo psiconeuroinmunoendocrinologico implica un pensar compartido entre los distintos integrantes, entre las distintas disciplinas médicas que van a tratar de ver esta suerte de relación que hay entre los sistemas que consituten el funcionamiento humano. En la parte clínica, esto, o sea en la atención del paciente directamente, implica que este cuerpo médico, este equipo médico, también trabaje en una forma interdisciplinaria, pensando conjuntamente al paciento y no creyéndose nadie dueño de una parte de él, porque no hay partes de él, no hay un primero, no hay un segundo, un tercero, no hay un después.
¿Cómo sería en un ejemplo?
Pensemos en un cuerpo edilicio que sería el habitat donde se desarrolla la vida de un consorcio. Tratemos de relacionarlo con el cuerpo humano, compuesto por una serie de sistema, como todos sabrán, tenemos el sistema nervioso, el sistema parasimpático, y demás... Si nosotros pensamos como definición general, qué es un sistema? Es un conjunto de cosas que relacionadas ordenadamente contribuyen a un fin. En la biología, sería un conjunto de órganos que intervienen entre sí, contribuyendo a un fin. Desde la psiconeuro inmuno, estos sistemas a su vez, actúan interactuanado, interinfluyéndose unos a los otros. Pasemos ahora al cuerpo edilicio. Al consorcio, que habita un cuerpo que es el edificio, ese cuerpo edilicio. Imaginemos un ejemplo:
En el 3ºA, una jovencita va a lavar la ropa, medio a regañadientes, se le escapa una media por la rejilla y piensa: ¿qué hago? Bueno, obviamente no dice nada. Pasan los días, no pasa nada, el agua sigue circulando hasta que un día se empiezan a obturar: grasas, jabones, etc, cuando la abuela va a lavar la ropa... y rebalsa la rejilla. Agarra la sopapa y solucionado el problema por un ratito. Pasan los días, un día esta familia se va, deja el lavarropas automático encendido, empieza a rebalsar la rejilla... Como no había nadie que mirara, obviamente, llega al living, le filtra al del 2º, llega al ascensor, el del 2º enfurecido va a hablar con el encargado, el encargado le comunica al administrador, el encargado dice: esto debe ser culpa del del 4ºA porque ese hombre no se fija en nadie, entonces seguro que lavó mal los tachos de pintura y tapó la cañería. Se hace una reunión y otra reunión y se culpa a uno, se culpa a otro y todos cada vez están más enojados.
Esto, ahora, pensemos en el cuerpo médico. Qué pasa si cuando atendemos un paciente empezamos a sentir que el cardiólogo siente que el corazón y su sistema cardíaco es patrimonio de él. Yo siento que si está deprimido, ese pedazo es mío. ¡Pobre paciente! Jamás va a poder llegar a ser una suerte de sistema integrado.
Este cuerpo edilicio, donde habita un consorcio, sino se ponen de acuerdo... Qué sencillo hubiera sido que esta jovencita hubiera dicho "se me fue una media por la rejilla". A quién no le puede pasar?
¿Cómo implementan este modelo en tu centro médico?
En el centro trabajamos a partir de un historia clínica única, no se si se entiende...
A ver, contame cómo es.
La HC única, o sea cada paciente que ingresa a atenderse, sea por el servicio que entre, sea que entre a consultar al Endocrinólogo, o al Psiquiatra o al Inmunólogo, se le abre una HC. Cualquier otra consulta que se haga, o cualquier otro profesional, va a figurar en esa HC. Eso desde la cosa operativa, ya lo estamos viendo al paciente con qué le está pasando en todos lados. Además, operativamente nosotros nos juntamos una vez al mes, a pensar cada paciente. O sea, aunque esos pacientes no los conozcamos en persona, cada uno de nosotros.
O sea, se reúnen y discuten cada uno de los casos que cada uno de ustedes atendió.
Exactamente. Y de pronto yo puedo decir de un paciente que estoy viendo por una depresión, que el endocrinólogo me haga una serie de preguntas y que nos demos cuenta que el origen de esa depresión puede tener una base endocrinológica.
¿ Este servicio es accesible para la gente común?
Bueno, este es un servicio privado, sin embargo para quienes tienen prepagas con sistemas abiertos hay reintegros y en esos casos tenemos muchos pacientes así. Hay otros casos en donde, ya sea sistemas de medicinas prepagas cerradas u obras sociales sindicales, cuando ellos han visto que no pueden abordar ese tipo de casos, pidiéndonos la fundamentación correspondiente a nosotros, se han aprobado los casos y se nos han integrado los honorarios.
¿Tenés algún caso para contar de ese tipo?
Si, lo primero que se me viene ahora es el caso de un chico que había tenido una lesión medular por cáncer, siendo muy niñito, su obra social, que era una obra social sindical que lo estaba atendiendo, el estaba en psicoterapia, un chico de 13 años. Esta persona con un criterio bastante amplio, vió que el chico entraba a plantear un montón de cosas que ella no estaba en condiciones de dar respuesta, consulta a la Sociedad de Pediatría, la Sociedad de Pediatría nos pide consulta a nosotros y evidentemente la familia no tenía recursos para hacerce cargo del tratamiento, nosotros fundamentamos la situación, la familia lo solicitó a la obra social sindical y al paciente se le reintegran los gastos pertinenete.
¿Hubo algún otro caso?
Hubo el caso de una chiquita que venía del Norte, que necesitaba una evaluación neuropsicológica con una parálisis cerebral, que también hay poca gente que realiza evaluación neuropsicológica a sujetos que tienen serveros compromisos articulatorios o problemas neurológicos, y en este caso también se reintegraron los honorarios que nosotros facturamos luego de fundamentar cómo ibamos a trabajar.
¿Realizan alguna tarea comunitaria?
Hay tareas que nosotros llamamos talleres. Han funciondo talleres sobre sexualidad, sobre depresión. En estos momentos están funcionando talleres de memoria para personas mayores de 50 años, sin límite de edad. Lo que nosotros haciemos es dos entrevistas neuropsicológicas previas, gratuitas, sobre la memoria, para descartar alteraciones de memoria producto de demencias o cuadros neurológicos más severos donde, en esos casos, la rehabilitación que haríamos, sería en forma individual. Los talleres no son gratuitos, pero son con honorarios accesibles.
¿Dónde están ubicados ustedes?
Estamos ubicados en Boyacá 326, entre Avellaneda y Bogotá, altura Rivadaria 6300, Barrio de Flores.
¿Y la gente se puede contactar con ustedes?
La gente puede solicitar un turno, o hacer algún tipo de consulta llamando a los teléfonos 4633-2526 oi 4633-8773.
---
(*)
La
Licenciada Alicia Arenaza
es Lic. en psicología egresada de la UBA,
Master en Psiconeuroinmunoendocrinología de la Universidad de Ciencias Biomédicas
Dr. René Favaloro y Master en Integración de Personas con Discapacidad
Universidad de Salamanca. Trabaja hace 25 años en la atención de sujetos
discapacitados y sus familias, coordina talleres de Sexualidad y Discapacidad,
Neuropsicóloga en diagnóstico y rehabilitación de pacientes neurológicos
y coordinadora de talleres de memoria.Se desempeña como psicóloga en VITRA
( vivienda trabajo y capacitación de lisiado grave) y en el Primer Centro Médico
Argentino en Psiconeuroinmunoendocrinlogía.
Correo de Lectores
Cuidado con las leyes truchas !!!
Quiero copiar a continuación un artículo de ley que encontré en otra página y no se si es un anexo de la Ley 13512, (que de hecho la consulto en esta página), como me pareció entender que correspondía. Serías tan amable de indicarme a qué corresponde. Se que hoy sale el boletín, ojalá me pudieras dar la respuesta en el mismo, dado que es para resolver un asunto que me han consultado. Gracias. Paso a transcribir el texto:
Ley 13.512: Pago de Expensas
Art. 20º |
El pago expensas comunes y contribuciones a cargo de los propietarios y sus intereses, deben efectuarse dentro de los primeros 10 días de cada mes, salvo disposición en contrario del reglamento de propiedad y administración o de la asamblea. |
Art. 21º |
Los propietarios no pueden liberarse del pago de ninguna contribución a su cargo por renuncia al uso y goce de los bienes comunes, por enajenación voluntaria o forsosa ni por abandono de su unidad funcional, salvo lo dispuesto en el art. 28 Tampoco puden rehusar el pago de contribuciones invocando derechos contra el consorcio cualquiera fuere su causa, salvo el caso de compesación legal sin perjuicio de su articulación por la via correspondiente. y otros artículos más. |
María Elena
(5/8/2002)
Estimada señora:
Definitivamente la Ley 13.512 original no tiene más que 20 artículos y el último (el Nº 20) dice textualmente: "Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc..."
El
texto a que Ud.se refiere son las artículos 1982 y 1981 de un proyecto de ley
llamado: "Proyecto de ley modificatorio del Código Civil, "Derechos
reales", Titulo V, De
la propiedad horizontal"
que publicó el escribano
Horacio Colman Lerner
en su sitio en Internet: http://www.colmanlerner.com.ar/.
Este escribano es un profesional con amplia experiencia en la temática del
encuadre legal y organización jurídica de los Clubes de Campo y Barrios
cerrados, ha sido Escribano General Adjunto de la Municipalidad de Buenos Aires,
en la Intendencia del Dr. Julio César Saguier (1983-1986) y fue asesor de la
Comisión de Legislación General de la Honorable Cámaras de Diputados de la
Nación. Tiene publicado en la Revista del Notariado diversos ensayos
doctrinarios sobre Clubes de Campo y Propiedad Horizontal, y el Dominio
Revocable. Colabora en el Suplemento "countries" del Diario La Nación
y en la revista "News Countries". Por otra parte, también brinda
diversas conferencias con debates integrando diversos paneles para discutir el
proyecto de reforma del Código Civil en tratamiento de la H. Cámara de
Diputados de la Nación.
Un
saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
Asignación alimentaria
Estimado Claudio:
Agradeceremos que dentro de la brevedad que requiere el caso, nos digas si a un encargado media jornada sin vivienda corresponde abonarle la asignación alimentaria s/Decreto 1273/02.
Muy atentamente.
Santiago
(2/8/2002)
La asignación no remunerativa de carácter alimentario de cien pesos ($ 100) mensuales para todos los trabajadores del sector privado que se encuentren comprendidos en los convenios colectivos de trabajo, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del corriente año (Decreto 1273/2002) alcanza a todos los trabajadores que se encuentran bajo la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 sea cual sea la función y el tiempo trabajado.
Lo único que se debe tener en cuenta, es que la asignación debe ser proporcional al tiempo trabajado en ese mes.
En el caso de un encargado de media jornada recibirá una asignación equivalente a $50, de los cuales se le deberán retener el 2,7% y el 3% correspondiente al Régimen Nacional de Obras Sociales y al Instituto Nacional de la Seguridad Social para Jubilados y Pensionados (INSSJP) repectivamente.
Un saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
En la AFIP on-line no aparece nada
De mi consideración:
Les ruego me envié información si la tienen de cómo abonar en el mes de agosto las cargas sociales de Julio (SUSS) ya que este mes se tuvo que pagar el adicional no remunerativo y no se cómo liquidar el pago de las cargas sociales, y hasta ahora en la AFIP on line no apararece nada al respecto.
Saludo atte.
Eduardo I
(2/8/2002)
La respuesta a su consulta es la nota principal de este Boletín, por lo cual lo invitamos a leer la misma y esperamos le sea de utilidad.
Le adelantamos que para cumplir con lo dispuesto por el Decreto 1273/2002 en lo referente al pago de aportes y contribuciones sobre la asignación no remunerativa, se deberá presentar además de la declaración jurada mensual (F. 931), dos formularios extras denominado F.801/E.
Un saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
Algún cambio de programa
Fabiana
y/o Claudio:
Me gustarìa que me informen si hubo algún cambio de programa de la Afip y si
no, còmo se abonan los descuentos del decreto de los $100.-
Desde ya muchas gracias
Veronica
(2/8/2002)
Hola Verónica!!!
Te cuento también a vos, que la nota principal de este Boletín tiene todo lo necesario para poder cumplir con el pago de aportes y contribuciones sobre la asignación no remunerativa que implementó el Decreto 1273/2002.
Esperamos te sea de utilidad.
Un saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
Siempre leo Pequeñas Noticias
Estimado Claudio: ante todo te felicito por el excelente trabajo realizado por todo PEWEN. Siempre leo los Boletines de Pequeñas Noticias para estar actualizada y son fabulosos. Leí sobre la asignación no remunerativa de $100.- a los encargados. Yo tengo una encargada de media jornada (4 horas) y quisiera saber si la asignación es de $50.-
Te agradecería si me podés contestar.
Desde ya muchas gracias.
Mabel
(29/7/2002)
Estimada Mabel
La asignación no remunerativa que indica el decreto 1273/2002 en su artículo 3º aclara que la asignación será proporcional a la prestación de servicios cumplida por el trabajador durante el período de pago y que los aportes y las contribuciones serían proporcionales a la suma asignada, por lo cual si el encargado es de media jornada se le debe abonar el proporcional, o sea $50.
También aprovechamos tu consulta para repasar cómo calcular la asignación a abonar si el trabajador fuera jornalizado o por hora.
Por día: El aumento diario se deberá calcular dividiendo los $100 por los días trabajados por un trabajador permanente de jornada completa, o sea 25 días o por la cantidad de días realmente trabajados.
Por hora: El aumento por hora se calculará dividiendo los $100 por las horas normales de un trabajador permanente de jornada completa, o sea 200 horas o por la cantidad de horas realmente trabajadas.
Un saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
Quorum
En el consorcio donde vivo y a la vez administro, junto a un grupo de 5 personas, se han convocado 2 asambleas extraordinarias para elegir administrador con resultado negativo ya que no se logró el quorum necesario, ¿cuál es el paso siguiente? Sabemos que debe citar un juez, pero no sabemos dónde recurrir, por favor nos podrían ayudar.
Desde ya muy agradecida, y les pido me respondan a la brevedad.
Marta D
(30/7/2002)
No queda claro, si la administradora actual sos vos porque estás reemplazando a otro administrador, o siempre fuiste vos o qué fue lo que sucedió con el administrador anterior, si vos sos una administradora provisoria o te estás postulando para ser la administradora definitiva, etc. No me queda claro el tema, por ello no siempre la solución es la convocatoria judicial.
En el libro "Manual Teórico-Práctico de Propiedad Horizontal. Ley 13.512. Comentada. Anotada" del Dr. Alberto Anibal Gabas, en uno de los párrafos donde trata este tema, aclara que "Es común que la asamblea de copropietarios nombre administrador sin quórum y mayoría reglamentaria, y que éste comience a administrar, no impugnen la asamblea, y dejen transcurrir el tiempo sin observación alguna.
En este supuesto, el administrador de hecho se transforma en administrador de derecho por el transcurso del tiempo y ante el silencia de los consorcistas, que en este caso, obra como consentimiento. Pasado un tiempo prudencial, no podrá impugnarse la designación".
Marta, como verás, a veces es bastante difícil decir cómo o qué hacer, sin saber más detalle de las distintas situaciones que se plantean en una consulta por mail. De todas formas deberías asesorarte con algún profesional para no cometer errores ya que todas las situaciones son muy particulares y no conocemos nosotros los detalles de la tuya en particular.
Un saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
Sólo dos formularios
Hola,
les escribo porque me comuniqué al centro de atención teléfonica de AFIP
para saber si había novedades de alguna nueva versión del SIJP V.19, en donde
me dijeron que buscara en la página de AFIP la nueva resolución 1325/02 para
implementar el pago del pami y obra social por el decreto 1273/02.
Seguramente ustedes ya estarán informados al respecto pero igual les envío en
adjunto el texto que no fue publicado en el boletín oficial. Pero por lo que
dice estaría en vigencia para los vencimientos que comienzan en el día de mañana!
Por lo que entendí, en el caso de los consorcios que pagan la totalidad de 100$
deberemos depositar los importes correspondientes con el F 801/E, supongo que en
2 formularios pero para ambas partes empleado-empleador
¿En
dónde ponemos el número de cuil de cada trabajador?
¿Es correcto lo que me informaron que se deben confeccionar solo 2 formularios,
uno con lo correspondiente a Pami $4,50 ($3 trabajador, $1,50 empleador) y
otro con lo correspondiente a Obra social $ 8,10 ($ 2,70 trabajador, $ 5,40
empleador)?
Saludos y gracias.
Sil
(6/8/2002)
Tu e-mail más que una consulta ha sido una clarísima explicación!!!
Como has dicho en tu mensaje, por cada consorcio se deben presentar dos formularios 801/E y con los porcentajes que vos has indicado. Estos porcentajes se deben calcular sobre el total de las asignaciones no remunerativas abonadas por el consorcio.
En estos nuevos formularios, no debes indicar el número de CUIL del trabajador.
Debés tener en cuenta que en el SIJP v.19 en el menú Nómina de Empleados (donde ahí sí figura cada trabajador con su CUIL), debés informar por cada empleado cómo percibió la asignación en cuestión, según distintos códigos.
En el lugar donde antes se indicaba la "Cantidad de hijos" que tenía cada trabajador, en la solapa "General", se debe indicar según corresponda, uno de los siguientes códigos:
99 | si el trabajador percibió la asignación no remunerativa en forma completa, |
88 | si el trabajador percibió la asignación no remunerativa en forma parcial y |
77 | si el trabajador está excluido de los alcances del decreto 1273/2002. |
De esta manera, se debe implementar el pago de los aportes y contribuciones sobre la suma no remunerativa que se deberá abonar desde julio hasta diciembre de este año.
Un saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
La parte proporcional
Hola
claudio
Te
escribimos nuevamente para que nos ilumines con tu infinita sabiduría. Resulta
que la encargada de nuestro edificio trabaja dentro del convenio colectivo, es
mensual y va todos los días, pero solamente trabaja 4 horas diarias. ¿le
ecorresponde cobrar los cien pesos completos o solamente la parte proporcional?
Muchas
gracias por tu ayuda, siempre nos mantenes al día de todos los cambios.
Un
abrazo
Rosana y Pablo
(9/8/2002)
Hola Rosana y Pablo!!! Que tal!!!
Como bien dicen por ahí, a esta encargada de media jornada le corresponde el proporcional de los $100, por lo tanto deberán abonarle $50 y retenerle y aportarle en forma proporcional para los conceptos de Obra Social e INSSJP.
La nota principal de este Boletín, explica paso a paso cómo implementar los aportes y contribuciones sobre esta asignación y varios de los correos de esta semana y la pasada preguntaron cómo es el pago cuando un trabajador presta sus servicios en forma proporcional. Los invitamos a leerlos...
... y nos es muy grato saber que le somos de utilidad!!!
Un saludo cordial
CGdeR
Correo de Lectores
Monotributista
Ante
todo muchas gracias por toda la información que me envían, les estoy muy
agradecida y quería aprovechar para hacer una pregunta sobre el decreto 1273/2002, ¿si el empleador es monotributista, le corresponde al empleado los
$100? y si debe tener una cierta antigüedad para recibirlos.
Esperando su respuesta, muchas gracias
Mariana A
(7/8/2002)
En una consulta telefónica que realizamos sobre este tema al INARSS, se nos informó que los empleadores monotributistas deben abonar el aumento a sus trabajadores, siempre que éstos se encuentren dentro de lo previsto por le decreto 1273/2002. Lo que se nos aclaró fue que no se debe aportar ni contribuir por el concepto de INSSJP. Por lo tanto al trabajador se le deberá retener sólo el 2,7% sobre el importe asignado y el empleador deberá contribuir con el 5,4% solamente en concepto de la Ley Nacional de Obras Sociales.
Ante nuestro requerimiento de información sobre una ley, un decreto o reglamentación respaldatorio de sus afirmaciones, nos remitieron al Ministerio de Trabajo al teléfono 0800-222-2220 con el cual no pudimos establecer comunicación.
Te recordamos que este aumento alcanza a todos los trabajadores del sector privado comprendidos en algún convenio colectivo de trabajo quedando excluidos los trabajadores del sector público, los trabajadores agrarios, los trabajadores del servicio doméstico y el personal de dirección o jerárquico no incluidos en convenios colectivos y que el importe no remunerativo a abonar es proporcional al tiempo que ha prestado servicios durante el mes.
Contestando tu otra consulta, los trabajadores no debe contar con una antigüedad determinada para beneficiarse con este aumento.
Un saludo cordial
CGdeR
Eventos culturales
De asfalto y cordón
Patricia Andrade y Raúl Peña interpretan todos los sábados a las 22 hs. música argentina en un excelente espectáculo.
Muchos de los temas que se escuchan están compuestos por el mismo Raúl que canta acompañado por su guitarra acústica, mientras que Patricia luce su voz con los tangos. El repertorio es variado y comprende piezas de ambos márgenes del Rio de la Plata. El día que asistimos nosotros, cuando terminó el recital, aplaudimos tanto que Patricia, luego de leer un poema introductorio, invitó a todos los presentes a participar en un "popurri" de tangos en homenaje a Carlos Gardel. ¡¡¡Un momento inolvidable!!!
El evento se desarrolla en "La salita" que está situada en un primer piso en la avenida Entre Rios 275. Allí, en un ambiente íntimo y familiar se puede disfrutar del recital tomando una cervecita con una picada o una gaseosa. La entrada tiene el valor simbólico de $3.- y los precios de la consumición son discretos y acordes con la situación económica por la que estamos atravesando en el país.
En "La Salita", por otra parte, durante la semana se desarrollan también otras actividades creativas como ser talleres de: teatro, canto, canto coral, comedia musical, danza, literarios, maquillaje teatral, plástica, folcklore, etc...
Para aquellos que deseen más información pueden llamar al teléfono 4375-4819 de 15 a 21 hs.
Listado Completo de Empresas Conservadoras de Ascensores con permiso anual según el Decreto 578/01 y con permiso provisorio por falta de constancia de habilitación (falencia de la G. C. B. A.) Listado proporcionado por la D.G.F.O.C. |
Empresas Auspiciantes |
||
Empresa |
Teléfono |
Localidad |
4961-5907/4962-0400 |
Capital Federal |
|
4302-0612/4303-7895 |
Capital Federal |
|
4504-8116/25 |
Capital Federal |
|
4433-4043/2568 |
Capital Federal |
|
4542-2780 |
Capital Federal |
|
4657-5270/6825 |
Ciudadela |
|
4585-1790 / 4585-4001 |
Capital Federal |
|
4342-9195/6612 |
Capital Federal |
|
4554-5721 |
Capital Federal |
|
4919-3530/(15)4052-8684 |
Capital Federal |
|
Bolsa de trabajo
Ofrecidos
Encargado de edificio con experiencia: Tambien realizo trabajos de electicidad,pintura,soy chofer profesional, etc. Tengo 46 años, soy casado,tengo 1 hija y muchas ganas de coseguir empleo. |
||
Apellido, Nombre: |
Raul Eduardo Leguizamon |
|
Teléfono: |
4981-2994 |
|
Horario: |
Todo el dia |
|
Dirección: |
Pringles 328 1º B |
|
Localidad: |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
|
E-mail: |
Fecha: 1/8/2002 |
|
|
||
Trabajos varios administrativos: Poseo experiencia en Administración de Consorcios, (12 años) liquidacion de expensas, recibos, liquidaciòn de sueldos y cargas sociales, computaciòn. No tengo inconvenientes en cuanto a horarios de trabajo, y poseo PC en mi domicilio. |
||
Apellido, Nombre: |
Lopez Maria del Carmen |
|
Teléfono: |
4772-4500 |
|
Horario: |
Todo el día |
|
Dirección: |
Av. Olleros 1673 2º Piso "A" |
|
Localidad: |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
|
E-mail: |
Fecha: 30/7/2002 |
|
|
||
Empleada administrativa: Telefonista, recepcionista, fluido manejo de PC, tramites (bancos, DGI, juzgados), tareas generales de oficina, atencion al cliente. |
||
Apellido, Nombre: |
Palomo, Carolina |
|
Teléfono: |
4824-7043 |
|
Horario: |
10:00 a 19:00 |
|
Dirección: |
Bulnes 1615 |
|
Localidad: |
Capital Federal |
|
E-mail: |
||
|
||
Estudiante avanzada en Ingeniería Industrial en la UTN, Perito Mercantil. Experiencia en administración de consorcios, finalización de obra del edificio, liquidación de expensas, libros contables, dirección de personal, suministro y control de artículos y herramientas, trámites, cobranzas y pagos. |
||
Apellido, Nombre: |
Revelli, Vanesa |
|
Teléfono: |
4574-5517 |
|
Horario: |
Mañana y tarde |
|
Dirección: |
Ladines 3681 |
|
Localidad: |
Capital Federal |
|
E-mail: |
Fecha: 9/7/2002 |
|
|
||
Cadete administrativo, manejo de PC, tareas generales de oficina. |
||
Apellido, Nombre: |
Avellaneda, Alejandro |
|
Teléfono: |
4861-8043 |
|
Horario: |
de 10:00 a 18:00 |
|
Direccion: |
Julian Alvarez 1971 |
|
Localidad: |
Capital Federal |
|
E-mail: |
Fecha: 25/6/2002 |
|
|
||
Para tareas de Encargado o Suplente con 20 años de experiencia. |
||
Apellido, Nombre: |
Gutierrez, Manuel L |
|
Teléfono: |
4780-1875 4786-0831 |
|
Horario: |
--- |
|
Direccion: |
Av. del Libertador 5667 2º "10" |
|
Localidad: |
Capital Federal |
|
E-mail: |
||
|
||
Secretaria bilingüe con manejo de PC: Idioma inglés nivel avanzado oral y escrito.manejo sistema Windows, Word, Excel e Internet. |
||
Apellido, Nombre: |
Insaurralde, Olga |
|
Teléfono: |
4958-0823 |
|
Horario: |
Indistinto |
|
Direccion: |
Colombres 44 |
|
Localidad: |
Capital Federal |
|
E-mail: |
Fecha: 11/6/2002 |
En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal.
Proveedores de Bienes y Servicios Avisos destacados |
||||||||
En tiempos de crisis los gastos son fundamentales...
....y el Sistema 9041 (para la Administración de Consorcios) es la solución más eficiente y al mejor costo.
|
Boletín de Pequeñas Noticias para la administración de consorcios Número de Edición: 123 Fecha de publicación: 12 de Agosto del 2002 Director: Claudio García de Rivas Propietario: Pewen Investigación y Desarrollo de Sistemas Informáticos Dirección: Gral César Díaz 2761 Localidad: (1416) Capital Federal País: República Argentina Teléfono/Fax: 4581-3906 Móvil: (15) 4449-8137 Radios: 4527-7674 y 4527-6669 E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Empresa: !*COMPANY_NAME*! Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! |
Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: Claudio@Sistema9041.com.ar con la palabra SUSCRIPCION GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail con las palabras CANCELAR SUSCRIPCION en el asunto del mensaje. |
Las notas firmadas representan las opiniones de los autores y no necesariamente las del editor. Registro de Propiedad Intelectual Nº 61129. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales. |