Novedades del 9041:
Detalle de la composición de los sueldos en la Liquidación
Este mes se agregó otra posibilidad más
de personalizar la forma de informar los gastos del consorcio al Sistema
9041. Hasta ahora, en Remuneraciones al Personal, aparecía el nombre del
empleado, el tipo de liquidación realizada (Sueldo del Mes, Sueldo Anual
Complementario, Vacaciones Reglamentarias, Liquidaciones Varias o Liquidación
de Asignaciones), el período liquidado y el neto liquidado. A partir de las
modificaciones realizadas se puede informar al consorcio la composición de
ese sueldo neto.
¿Cómo se hace? Muy sencillo: nos
dirigimos a 9041\Elección de un
Consorcio\Liquidaciones de Expensas Mensuales\Preferencias de la Liquidación
y modificamos el valor en Detalle en
Sueldos a S (Si) y a
partir de ese momento luego de realizar una liquidación, en el ítem
Remuneraciones al Personal, se podrá apreciar además de los datos
tradicionales (nombre del empleado, tipo de liquidación y período) el
detalle de la composición del sueldo neto con sus respectivos importes.
Novedades del 9041:
Nuevo número de radio (pager)
A partir del 1º de junio del 2000, el radio (pager) que
acompaña a María Fabiana Lizarralde cambia de número y será el
4527-7674. Este nuevo radio no requiere de código de usuario y los
mensajes depositados allí serán transmitidos de la manera tradicional.
El número anterior será dado de baja.
Rincón del Operador: Preguntas
usuales.
Como siempre,
transcribimos las consultas recibidas de distintos usuarios del sistema y
las respuestas que fueran remitidas oportunamente.
Cuando estaba
liquidando el sueldo de un encargado suplente, al calcular los aportes
aparece una ventana con la pregunta si deseo aportar la Obra Social,
Sindicato y Caja protección a la familia sobre el monto mínimo. ¿Qué
significa?
Cuando se liquida un sueldo con un Bruto
inferior al valor de los tres MOPRE (Módulos Previsionales) debe
practicarse el cálculo de los aportes y contribuciones correspondientes a
la Obra Social, Anssal, Sindicato y Caja protección a la familia, sobre el
valor de los mismos, lo que hoy represente $ 240 (pesos doscientos cuarenta)
Cabe recordar que las
remuneraciones a tener en cuenta para establecer el mínimo indicado son
aquellas percibidas para un mismo período por todo concepto sujeto a
retención y abonado por cualquier empleador. Esto significa que si un
encargado realiza tareas en un edificio y suplencias en otro, si el sueldo
bruto de ambos supera el valor de los tres MOPRE, pero en uno de los
trabajos el importe es menor, no debe practicarse las retenciones sobre el mínimo
de $ 240.
¿Dónde detallo en la boleta de depósito
correspondiente la diferencia calculada por el Sistema 9041 entre el
sueldo Bruto y el mínimo de los tres MOPRE?
Cuando la remuneración sea inferior a 3 MOPRE, debe
calcularse el 8% sobre la diferencia de remuneración entre lo liquidado y
los 3 MOPRE e ingresarlo en el campo "IMPORTE ADICIONAL OBRA
SOCIAL" en la pantalla NOMINA DE EMPLEADOS. Siempre que el trabajador
haya autorizado la retención del 8% de su sueldo, ya que si desea
utilizar la obra social, la diferencia detallada tanto del empleador como
la del empleado corren por cuenta de este último.
¿Cómo puedo
hacer para que el prorrateo de gastos elimine o realice el redondeo de
centavos?
En Preferencias de la liquidación
(9041\Elección de un Consorcio\Liquidaciones de Expensas
Mensuales\Preferencias de la Liquidación), hay un ítem dentro del
concepto "Prorrateo", denominado Eliminación de Centavos, que
nos permite elegir entre tres opciones distintas, a saber:
Truncado: Eliminación directa de
centavos;
Redondeo: Redondeo de centavos
considerando la proximidad inmediata hacia el valor superior o inferior
(Ejemplo: 3,53=4,00 ; 2,12=2,00)
Exacto: No efectúa cambio alguno
sobre el importe resultante del prorrateo de gastos.
Cabe destacar que al efectuar
una liquidación borrador o definitiva, la misma tendrá en cuenta las
preferencias elegidas, las que podrán ser consultadas en Liquidaciones de
Expensas Mensuales (9041\Elección de un Consorcio\Liquidaciones de
Expensas Mensuales), pulsando la tecla de función <F11>. Una vez
realizada la liquidación definitiva los cambios que se realicen en
Preferencias de la Liquidación no afectará la modalidad aplicada al
liquidarse la misma.