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15 de Septiembre de 2025 - Nº 808

Registro Público de Administradores porteño

La gran limpieza

El director general de Defensa y Protección al Consumidor porteño dio de baja al 57% de los administradores inscriptos en el Registro Público de Administradores porteño Explicó que fueron aquellos que no renovaron sus matrículas durante los últimos tres años Para reinscribirse deberán empezar los trámites desde cero.

[BPN-15/09/25] El pasado 28 de agosto el director general de Defensa y Protección al Consumidor porteño, Carlos Traboulsi, dio de baja 5,702 administradores del Registro Público de Administradores (RPA) porteño. Si se tiene en cuenta que en el último padrón de administradores actualizado por el Gobierno porteño al 14 de julio había 10.085 profesionales, se depuró el 56,5% quedando activos sólo 4.383 (43,5%) administradores.

Se expulsaron a todos aquellos que durante los últimos tres años no renovaron su matrícula anual, obligación impuesta...


Administración Global


 Registro Público de Administradores porteño 

Un 6% determina la opinión que se tiene de toda una profesión

Según el nuevo padrón de inscriptos en el Registro Público de Administradores porteño, una minoría concentra la mayor cantidad de sanciones Carlos Traboulsi había adelantado que 350 administradores generan la mayor cantidad de denuncias.

 Paritarias encargados de edificios 2025 

Santa María adelantó aumentos hasta noviembre

Víctor Santa María anunció que está discutiendo nuevos aumentos salariales para septiembre, octubre y noviembre Incorporará un viático para los encargados que no viven en el edificio Ninguna de las entidades de administradores que representan a los consorcios comunicó la novedad.



Empleados de administradores

Saldivia consiguió aumentos hasta fin de año

A fines del mes pasado las tres entidades de administradores acordaron con Gabriela Pilar Saldivia aumentos para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre A pesar de que en el texto del acuerdo detallaron cómo realizar los cálculos, las escalas salariales para homologar presentan errores Este es el tercer acuerdo de SEARA sin homologar.


Rúbrica de documentación laboral

Zulberti le pidió a Macri que excluya a los consorcios

El coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, solicitó al Jefe de Gobierno que para rubricar la documentación laboral se exima a los consorcios de la obligación de presentar semestralmente una declaración jurada confeccionada por un contador legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.


Proyecto de ley porteño

Buscan que la reputación sea parte del patrimonio

Cuatro legisladores porteños presentaron un proyecto de ley para que los vecinos puedan evaluar el desempeño de sus administradores Los comentarios estarán moderados pero sin afectar la libertad de expresión ni el derecho a la crítica fundada El acceso a esta información será libre y gratuita.


Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 9%

En términos interanuales aumentó 4,12 puntos porcentuales por debajo de la inflación Este nuevo incremento se debe al cambio del valor de la unidad fija.


Grupo Octubre

El Grupo Octubre desbordado de conflictos sindicales

En un principio estaba enfrentado únicamente con la Comisión Interna de Página/12 Ahora le dan guerra dos sindicatos y van por los derechos de los trabajadores de prensa de todo el Grupo Octubre Entre otras cosas, reclaman que sus empresas de medios cumplan con los acuerdos paritarios firmados en junio.


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Con dos homologaciones faltantes la inflación toma distancia

Si hasta fin de septiembre no aparece un nuevo acuerdo salarial y las homologaciones de junio, julio y agosto las escalas salariales de los encargados de edificios seguirán perdiendo contra la inflación mensual, la acumulada y la interanual También el haber mínimo de los jubilados sigue perdiendo en esas tres mediciones.


Rincón Solidario

¿Es un gasto relacionado con el mantenimiento diario?

por la Dra. Silvia Bercovsky

Hola amigos, tengo una pregunta:

Si hay que hacer una reforma indicada por Metrogas con el suministro cortado y cuyo arreglo sale 12 millones de pesos, no se debe considerar como gasto...


Solidaridad

Campaña Aliviemos #ElOtroFrío

Existen muchos fríos pero ninguno se compara con el de dormir en la calle.


Pequeñas Noticias

Nosotros

 Índice de escalas salariales de empleados de administradores 

Las escalas homologadas le ganarían a la inflación en más de 3 pp

Si este mes se homologan todos los acuerdos salariales pendientes de los empleados de administradores, las escalas le ganarían a la inflación estimada Con excepción de junio y diciembre la diferencia de aumento acumulado superó los 3 puntos porcentuales.


Apertura de causas judiciales por expensas

Subieron bruscamente los juicios por expensas

Durante el primer semestre del año subió significativamente la cantidad de apertura de juicios por falta de pago de expensas Este aumento sintoniza con lo informado por aquellos medios de comunicación que señalan que aumenta la morosidad de sus pagos Este índice es uno de los pocos indicadores objetivos del nivel de dificultades por las que atraviesa la clase media.


Registro Público de Administradores posadeño

Flexibilizan para que más edificios tengan administrador

El Consejo Deliberante de Posadas aprobó flexibilizar las condiciones para acceder al Registro Público de Administradores posadeño Buscan que más consorcios cuenten con un administrador El Estado busca un interlocutor válido para trabajar proyectos especiales.


Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Por cuarto año consecutivo caen los puestos de trabajo

Si se comparan los datos del primer trimestre del 2025 contra el mismo período del año anterior se observa que se mantiene la disminución de la cantidad de puestos de trabajo observada en 2024 Con ligeras variaciones, se mantiene la diferencia en las remuneraciones entre varones y mujeres.


Elecciones SUTERH 2025

Sólo el 2,9% del padrón votó a Santa María

Si bien este año el padrón creció levemente con respecto a las elecciones de 2021 los votos que sacó la Lista Azul y Blanca disminuyeron Mientras tanto la acción judicial iniciada por la Lista Bordó para ser incluido en las elecciones del sindicato sigue su curso.


Gestión profesional

Rubrica laboral en CABA 

por la Cra. Viviana Grinberg

[BPN-15/09/25] La Resolución 803/2024 de la Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad de Buenos Aires extendió la obligatoriedad de la modalidad digital del trámite de Rúbrica de Documentación Laboral a través de la plataforma...


Correo de Opinión

No entiendo cuál es el motivo que tiene el sindicato para agradar al consorcio 

por Carlos A. Parente

Buenas tardes:

En la audición del 22 agosto del programa Consorcios 360 [vínculo] se hizo mención a una demanda del sindicato contra el...


Para Agendar

Responsabilidad civil y penal del administrador

Por Comuna 14


Bolsa de Trabajo

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Registro Público de Administradores porteño

La gran limpieza

[BPN-15/09/25] El pasado 28 de agosto el director general de Defensa y Protección al Consumidor porteño, Carlos Traboulsi, dio de baja 5,702 administradores del Registro Público de Administradores (RPA) porteño. Si se tiene en cuenta que en el último padrón de administradores actualizado por el Gobierno porteño al 14 de julio había 10.085 profesionales, se depuró el 56,5% quedando activos sólo 4.383 (43,5%) administradores.

Se expulsaron a todos aquellos que durante los últimos tres años no renovaron su matrícula anual, obligación impuesta por el artículo 6º de la Ley 941 y su Decreto Reglamentario 551. Traboulsi comunicó que aquellos administradores dados de baja que pretendan la reinscripción en el RPA deberán cumplir nuevamente con todos los requisitos de inscripción y se les otorgará nuevo número de matrícula. Es de suponer que en estos casos lo más complicado y oneroso será tener que contratar nuevamente un curso de primera vez y rendir el examen ante las autoridades del RPA.

Del análisis del padrón detallado de los administradores dados de baja se observó que en 2.293 casos (40,2%) la matricula figuraba como activa y en el 3.409 casos (59,8%) como inactiva.

Inconsistencias

El 27 de agosto Carlos Traboulsi - en el marco de una entrevista radial- había informado que en el padrón de administradores hay 6 mil administradores activos. En consonancia con esos números, el 5 de septiembre el Gobierno de la CABA facilitó en forma oficial un padrón con 6.413 administradores activos.

Sin embargo, el lunes 8 de septiembre Traboulsi en otro programa de radio afirmó otra cosa. Dijo que "hoy tenemos un total de 14.813" matriculados" y que se le dio de baja a 5.798 administradores (en la disposición que firmó había 5.702).

O sea que dio a entender que en el padrón "sucio" por llamarlo de algún modo había 20.611 administradores. Este número resulta de sumar los 14.813 que había después de la limpieza y los 5.702 depurados. Un número que a primera vista llama mucho la atención.

Del Padrón de EXCLUIDOS

Empadronados

2.295

No Empadronados

3.407

 

5.702

En principio, ese número (20.611) se contradice con los ya mencionados 10.085 registrados en el RPA que informó el Gobierno de la CABA en su sitio oficial actualizado al 14 de julio. Por otra parte, el número de 14 mil matriculados se contradice con los 6 mil que documentó el GCABA en su sitio oficial y que el mismo funcionario había informado días previos.

Otro detalle que llamó la atención de la redacción de Pequeñas Noticias fue que de los 5.702 administradores excluidos detallados en el anexo de la Disposición 550 solo se encontraron 2.295 en el padrón oficial de 10.085 nombres. O sea que la disposición excluyó 3.407 administradores que no estaban empadronados o –para decirlo en otras palabras- ya no figuraban en el registro. Una explicación posible es que ya habían sido excluidos previamente y esta sería la segunda vez que se los elimina.

Del Padrón de JULIO 2025

Excluidos

2.295

Permanecen

7.790

 

10.085

Excluidos por director general

Del análisis de las fechas de inscripción en el padrón de administradores excluidos del RPA porteño llamó mucho la atención a la redacción de Pequeñas Noticias que la mayor parte de ellos se habían inscripto durante la gestión de Vilma Bouza (2016/2022) teniendo en cuenta que en promedio estos administradores solo tenían 6 años de antigüedad en la profesión.

DGDyPC

DEPURADOS

%

Antigüedad

Vilma Bouza (2016/2022)

2.267

39,8 %

6

Juan Manuel Gallo (2010/2014)

1.438

25,2 %

13

Miguel Fortuna (2002/2006)

1.419

24,9 %

21

Edgardo Aoun (2015)

353

6,2 %

10

Ramiro Masjuán (2008)

80

1,4 %

17

Oscar Michelotti (2009)

75

1,3 %

16

Rolando Berón (2007)

70

1,2 %

18

Total

5.702

100,0 %

14

Le siguieron los inscriptos durante la gestión de Juan Manuel Gallo (2010/2014) con una antigüedad promedio de 13 años en el RPA.

En tercer lugar, los inscriptos bajo la gestión de Miguel Fortuna (2002/2006) con una razonable antigüedad de 21 años en el registro.

Excluidos profesionales vs. autoadministrados

Otro tema que llamó la atención es que se dio de baja a 847 administradores voluntarios (autoadministrados).

Caracter

Cantidad

%

Onerosos:

4.854

85,1 %

Voluntarios:

847

14,9 %

S/D:

1

0,0 %

Total

5.702

100,0 %

Cuestión de género de los excluidos

La mayoría de excluidos fueron hombres (53,4%) mientras que las mujeres representaron el 45,3% del total.

Sexo

Cantidad

%

Hombres:

3.046

53,4 %

Mujeres:

2.584

45,3 %

Empresas:

46

0,8 %

N/S:

26

0,5 %

Total

5.702

100,0 %

Otros

De los 5.702 administradores excluidos, en sólo 113 (2%) casos había registro de una dirección en CABA tal cual lo exige el inciso ‘b’ del artículo 3º de la Ley 941 aunque de estos, una gran cantidad estaba incompleta o mal consignada Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


 Registro Público de Administradores porteño 

Un 6% determina la opinión que se tiene de toda una profesión

[BPN-15/09/25] Según el nuevo padrón de inscriptos en el Registro Público de Administradores (RPA) porteño sólo el 5,7% de los 6.413 administradores de consorcios registrados figuran con alguna infracción. El 94,3% restante no registra infracciones.

Así surge del último padrón publicado por el Gobierno porteño el pasado 4 de septiembre. Es de suponer que las sanciones informadas son las correspondientes a los dos últimos años aunque se constataron excepciones.

SANCIONADOS

Año

Cantidad

Participación

Sin Sanciones

6.049

94,3 %

Con sanciones

364

5,7 %

Total

6.413

100,0 %

Estos datos concuerdan con lo que Carlos Traboulsi, director de Defensa y Protección al Consumidor porteño, había adelantado el 27 de agosto en una entrevista radial: de 6 mil administradores activos, 350 concentran la mayoría de las denuncias [1].

En la tabla precedente se observa que la mayoría de los administradores de consorcios inscriptos en el RPA porteño no tuvieron infracciones en los dos últimos dos años.

AÑOS DE LAS SANCIONES

Año

Cantidad

Participación

2018

1

0,3 %

2019

1

0,3 %

2020

2

0,5 %

2021

8

2,2 %

2022

6

1,6 %

2023

32

8,8 %

2024

231

63,5 %

2025

83

22,8 %

Total

364

100,0 %

En esta tabla se puede observar que la mayor cantidad de sanciones que informó el padrón corresponden a disposiciones de 2024 con 231 sanciones (63,5%), le sigue el 2025 con 83 infracciones (22,8%) y por último, el 2023 con 32 sanciones (8,8%).

Composición de padrón

La administración de consorcios aparece como una de las profesiones más igualitarias que existen: un 46,5% la ejercen varones mientras que el 50,4% mujeres. Las empresas ocupan una porción minoritaria de la actividad, apenas un 2,5%.

PADRON TOTAL

Año

Cantidad

Participación

Varones

2.982

46,5 %

Mujeres

3.231

50,4 %

Empresas

161

2,5 %

Sin Datos

39

0,6 %

Padrón Total

6.413

100,0 %

Según los datos del nuevo padrón la inmensa mayoría de los inscriptos son administradores profesionales (91,5%) y una minoría son voluntarios/autoadministrados (8,5%).

ONEROSOS vs. VOLUNTARIOS

Año

Cantidad

Participación

Onerosos

5.865

91,5 %

Voluntarios

548

8,5 %

Total

6.413

100,0 %

Si se suman todos los inscriptos año por año se advierte que a pesar de la depuración del padrón todavía hay 22 registrados cuya fecha de inscripción es anterior a la sanción de la Ley 941 que creó el RPA porteño.

COMPOSICIÓN POR AÑO DE INSCRIPCIÓN

Año

Cantidad

Participación

2002

22

0,3 %

2003

859

13,4 %

2004

150

2,3 %

2005

86

1,3 %

2006

85

1,3 %

2007

94

1,5 %

2008

105

1,6 %

2009

99

1,5 %

2010

148

2,3 %

2011

133

2,1 %

2012

192

3,0 %

2013

216

3,4 %

2014

256

4,0 %

2015

250

3,9 %

2016

286

4,5 %

2017

272

4,2 %

2018

351

5,5 %

2019

396

6,2 %

2020

270

4,2 %

2021

357

5,6 %

2022

321

5,0 %

2023

530

8,3 %

2024

666

10,4 %

2025

269

4,2 %

Total

6.413

100,0 %

En consonancia con una lógica simple el mayor porcentaje de inscriptos (13,4%) se produjo el mismo año en que se creó el Registro Público de Administradores.

En el segundo puesto se encuentra el 2024 con 666 (10,4%) administradores inscriptos, le sigue el 2023 con 530 (8,3%) y el 2019 con 396 (6,2%) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Consorcios 360 del 29/08/25: "De 6 mil administradores activos sólo 350 concentran la mayor cantidad de denuncias".



 Paritarias encargados de edificios 2025 

Santa María adelantó aumentos hasta noviembre

Santa María durante la transmisión que realizó en su canal de YouTube SuterhOsperyh.

Santa María durante la transmisión que realizó en su canal de YouTube SuterhOsperyh.


[BPN-15/09/25] El pasado 9 de septiembre Víctor Santa María, titular del Sindicato Único de Trabajadores de Renta y Horizontal (SUTERH), anunció que está discutiendo nuevos aumentos salariales para septiembre, octubre y noviembre.

Según explicó, las tres entidades de administradores que negocian con el sindicato en nombre de los consorcios [1] acordaron un aumento del 1,9% para septiembre, un aumento del 1,8% para octubre y de un 1,7% para noviembre. Señaló que también se mantiene el bono para todas las categorías de 50 mil pesos remunerativo y adelantó que para los encargados que no viven en el edificio se está analizando un "viático" del que todavía no se tiene precisiones.

Período

Aumento

Suma Fija

Viatico

septiembre/2025

1,9 %

50.000

¿...?

octubre/2025

1,8 %

50.000

¿...?

noviembre/2025

1,7 %

50.000

¿...?

Santa María reconoció que "seguramente no es el mejor aumento que hemos tenido, no es lo mejor que va a pasar en materia salarial pero es lo que hoy el Gobierno permite que se puede llegar a hacer".

Al día de la redacción de esta nota [2] ni el mismo SUTERH, ni la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), ni la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), ni la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) comunicaron la novedad.

Santa María adelantó estos datos del nuevo acuerdo durante una transmisión en vivo que realizó en su canal de YouTube SuterhOsperyh [vínculo]. El video tuvo 360 vistas, 12 "me gusta" y un comentario.

Tres acuerdos sin homologar

Al acuerdo que se firmaría (o se firmó) en estos días se le debe sumar los dos acuerdos previos que esperan homologación:

El 20 de mayo se firmó un acuerdo que otorga a los encargados de edificio:

1.- Un aumento del 1,1% para junio sobre la escala de mayo (no homologado)

2.- Un bono remunerativo de 50 mil pesos a todas las categorías.

El 22 de julio se firma un acuerdo que otorga:

1.- Un aumento del 1,5% para julio y un 1,4% para agosto.

2.- Un bono remunerativo de 50 mil pesos para todas las categorías para esos dos meses.

Un poco de números

La redacción de Pequeñas Noticias quiso saber cómo impactarían los aumentos a los encargados si los acuerdos de mayo, julio y septiembre fueran homologados.

De acuerdo al Índice de Precios del Consumidor (IPC) informado por el INDEC y al Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) producido por el Banco Central en noviembre las escalas salariales perderán -24,77 puntos porcentuales contra el acumulado anual y -7,99 pp en la medición interanual.

En el gráfico se puede apreciar lo que los números fríos confirman que desde noviembre -a pesar de los aumentos y los bonos- la inflación mensual estimada superan el promedio de las escalas salariales [3].

El acumulado anual

En noviembre el promedio de las escalas salariales será un 0,89% con respecto a diciembre del año pasado. Esto se debe a que –como todos los años- en diciembre se pagó un bono del 20% que en enero no se cobró por lo que los promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año bajaron y mes a mes –con excepción de junio- se fueron recuperando.

Sin embargo, la inflación acumulada está estimada para noviembre que sea del 25,66%. La diferencia son los ya mencionados -24,77 pp.

Durante el último mes del año pasado el promedio de las escalas salariales estaba en 938.645 pesos mensuales.

La medición interanual

El incremento interanual de las escalas salariales desde agosto del año pasado hasta el mismo mes de éste será de 21,07%. Por otra parte, la inflación interanual estimada para noviembre es del 29,05% por lo que la diferencia entre escalas e inflación es de -7,99 pp.

El promedio de las escalas salariales de noviembre de 2024 fue de 782.204 pesos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) y la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).

[2] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido el bono no remunerativo del 20% que se paga en junio y diciembre.

[3] 11/09/2025.


Marta Granados - Administraciones


Empleados de administradores

Saldivia consiguió aumentos hasta fin de año

[BPN-15/09/25] El pasado 28 de agosto las tres entidades de administradores y el Sindicato de Empleados de Administradores (SEARA) firmaron un acuerdo que otorgará un aumento del 1,5% y un bono de 40 mil pesos durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre a calcular sobre la escala de agosto.

Textualmente el acuerdo reza:

...las partes acuerdan otorgar un aumento salarial del 1,5% y una suma fija remunerativa de $40.000 para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025 sobre el salario de agosto de 2025.

Aclararon también que los últimos 40 mil pesos (diciembre) "se incorporarán a los básicos en su valor nominal en el mes de enero de 2026". Esta modalidad de incorporar las sumas fijas a las escalas salariales es muy conocida en la comunidad consorcial por ser una práctica habitual en los acuerdos con el SUTERH.

El tercer acuerdo sin homologar

Es de recordar que éste es el tercer acuerdo salarial firmado que todavía no fue homologado. Si por alguna razón azarosa del destino no es homologado o se debe cambiar el acuerdo firmado, todos los cálculos de este último acuerdo firmado también deberían ser modificados.

El 23 de junio las tres entidades de administradores que representan a los empleadores habían firmado con SEARA un acuerdo salarial que otorgó a sus empleados administrativos un salario básico bruto de 1.068.000 pesos mensuales y a los cadetes uno de 854.280 pesos mensuales [1].

El 23 de julio la CAPHyAI anunció que el día anterior firmó un acuerdo que otorgó a los empleados de los administradores un aumento del 1,4% de aumento en julio y un 1,5% en agosto y un bono remunerativo de 40 mil pesos para cada uno de esos meses [2].

Errores de cálculo

Si bien el convenio salarial firmado dice claramente que los porcentajes acordados son "sobre el salario de agosto de 2025" las cuentas de las planillas salariales adjuntas fueron calculadas sobre la del mes anterior.

Si hubieran querido que el aumento de cada mes se calcule sobre la escala del mes anterior debieron haber expresado en el acuerdo una fórmula del tipo: "a calcular sobre la escala del mes anterior" u otra aclaración parecida, pero no lo hicieron.

A los efectos de la explicación se omitieron los bonos de 40 mil pesos porque se trata de una suma simple.

En septiembre no hubo errores porque esa cuenta era la más sencilla, se debe sumar a la escala de agosto el 1,5% acordado para septiembre. O sea que –en el caso de los cadetes- a los 879.234 pesos mensuales se le deben sumar 13.188,50 (879.234 x 1,5 / 100 = 13.188,50) lo que da 892.422.

En octubre -como el acuerdo dice que el 1,5% se debe calcular sobre agosto- a los 892.422 se le debe sumar otra vez los 13.188,50 que resultaron de calcular el 1,5% de agosto. O sea que el total deben ser 905.610,5 pesos mensuales y no los 905.808,35 que presentaron para homologar. Una diferencia de 197,83 pesos en la escala salarial que se considera inadmisible a la hora de liquidar sueldos por la cascada de consecuencias que puede traer aparejadas.

Si la Secretaría de Trabajo no controla las escalas salariales con el texto de acuerdo homologará un acuerdo que en su articulado dice una cosa y en sus escalas dice otra. Esta ambigüedad será un festín para los abogados laboralistas y un infierno para contadores y liquidadores de sueldos.

En noviembre se repite el error. Se calcula el 1,5% de aumento sobre la escala del mes anterior y no sobre la de agosto. Los cálculos arrojan que la escala de cadete debe ser de 918.799 pesos y no los 919.395,47 que pretenden homologar los paritarios. Como suele suceder en este tipo de errores, ahora la diferencia es mayor y sube a los 596,44 pesos por mes.

En diciembre vuelve a repetirse el error. Toman el valor de la escala de noviembre y le suman un 1,5% de aumento en lugar se sumarle el 1,5% sobre la escala de agosto como ellos mismo acordaron. El cálculo correctamente hecho da una escala para los cadetes de 931.987,5 pesos mensuales y no los 933.186,4 que pretenden homologar. A esta altura la diferencia ya es de 1.198,87 pesos.

En el caso de los administrativos la diferencia entre el cálculo correcto y el que se está tratando de homologar es mayor. Como ya se adelantó, a estos valores hay que sumar el bono de 40 mil pesos.

Período

Sobre agosto

Para homologar

Diferencia

septiembre/2025

1.115.684,22

1.115.684,22

0,00

octubre/2025

1.132.172,17

1.132.419,48

247,31

noviembre/2025

1.148.660,11

1.149.405,77

745,66

diciembre/2025

1.165.148,06

1.166.646,85

1.498,79

Es incomprensible que ni el sindicato –que se supone que ésta es su actividad principal- ni las entidades de administradores de consorcios que por la naturaleza misma de su trabajo debieran tener amplia experiencia en controlar liquidaciones de sueldos se hayan sentado a revisar lo que estaban firmando.

Los signatarios

Entre otros, firmaron el acuerdo Gabriela Pilar Saldivia (SEARA), el Adm. Guillermo Alejandro Casella y el Adm. Miguel Ángel Summa (CAPHyAI), Dr. Raúl Marcelo Costa (AIERH) y el Dr. Osvaldo Emilio Primavesi (UADI) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 784 del 15/07/25: "El acuerdo de SEARA de junio todavía no fue homologado".

[2] BPN Nº 806 del 15/08/25: "Ahora a los acuerdos del SUTERH se suman los de SEARA".



 Índice de escalas salariales de empleados de administradores 

Las escalas homologadas le ganarían a la inflación en más de 3 pp

[BPN-15/09/25] Si durante la segunda quincena de este mes se homologaran los acuerdos para los empleados de los administradores del 20 de mayo (escala de junio), del 23 de julio (escalas de julio y agosto) y del 23 de agosto (escalas de septiembre, octubre, noviembre y diciembre), los aumentos y bonos acordados hubieran superado los niveles de inflación de esos meses en un 2,23 puntos porcentuales.

En la siguiente tabla la diferencia se calcula entre el aumento acumulado de las escalas salariales y el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC y el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central del día de la redacción de este informe [1].

 

Escalas Salariales

Inflación

 

Período

Mensual

Acumulado

Mensual

Acumulado

Diferencia

junio/2025

1,71

1,71

1,60

1,60

0,11

julio/2025

5,56

7,36

1,90

3,53

3,83

agosto/2025

1,44

8,91

1,90

5,50

3,41

septiembre/2025

1,44

10,48

1,80

7,40

3,09

octubre/2025

1,42

12,05

1,70

9,22

2,83

noviembre/2025

1,40

13,62

1,60

10,97

2,65

diciembre/2025

1,38

15,19

1,80

12,97

2,23

Para poder realizar el cálculo se promedió –mes a mes- la función de administrativo con la de cadete y al resultado se le sumó el bono correspondiente a ese período.

Eso permitió obtener para cada mes un número con el que se puede calcular el incremento mensual, el acumulado anual e inclusive se lo puede comparar con otros índices, como por ejemplo el de precios al consumidor.

ESCALAS SALARIALES

Período

Administrativo

Cadete

Bono

junio/2025

1.050.000,0

840.000,0

 

julio/2025

1.068.000,0

854.280,0

40.000

agosto/2025

1.082.952,0

866.239,9

40.000

septiembre/2025

1.099.196,3

879.233,5

40.000

octubre/2025

1.115.684,2

892.422,0

40.000

noviembre/2025

1.132.172,2

905.610,5

40.000

diciembre/2025

1.148.660,1

918.799,0

40.000

Se tomaron como base para calcular el aumento del primer aumento acordado para junio los "índices de referencia" de mayo utilizados en el acuerdo firmado el 23 de junio Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] 11/09/2025.



Rúbrica de documentación laboral

Zulberti le pidió a Macri que excluya a los consorcios

Andrés Zulberti [derecha] analizó este temas durante varios minutos en Consorcios 360 [Foto Pequeñas Noticias]Andrés Zulberti [derecha] analizó este temas durante varios minutos en Consorcios 360 [Foto Pequeñas Noticias]

Andrés Zulberti [derecha] analizó este temas durante varios minutos en Consorcios 360 [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/09/25] El pasado 8 de septiembre Andrés Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, solicitó a Jorge Macri que para rubricar la documentación laboral se exima a los consorcios de propietarios de la obligación de presentar semestralmente una declaración jurada confeccionada por un contador legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Se calcula que esta obligación costaría anualmente a los consorcios porteños 5,5 millones de dólares.

Esta obligación la exige el artículo 4º del Anexo de la Resolución 803/GCABA que bajo el título "Instructivo de digitalización de Trámite" ordena entre otras cosas:

[...]

-DDJJ [semestral] con informe legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

[...]

Sobre esta obligación, Zulberti textualmente le pidió al Jefe de Gobierno por correo electrónico:

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08/09/25

Sr. Jefe de Gobierno de la CABA

Jorge Macri

S / D

Asunto: Eximir a los consorcios de la DDJJ.

Ref.: RE-803-SECTE-GCABA/2024

De mi mayor consideración:

Por la presente le solicito, tenga a bien usted, de eximir a los Consorcios de Propietarios [artículo 148º, inciso h), CCyCN] de la "DDJJ semestral con informe legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas", conforme lo indica el punto 4) del Anexo de la Resolución 803-SECTE/2024 (1).

Al respecto, si bien algunos consorcios son empleadores de los 39.437 puestos de trabajo en edificios (2), los mismos no son empresas PyMEs, no tienen finalidad de lucro; son simples vecinos propietarios/inquilinos/consorcistas unidos por el edificio en común (arts. 2037º y siguientes, CCyCN).

En ese sentido y con el propósito de reducir las expensas en los consorcios vinculada a dicha declaración jurada realizada por un profesional en la contabilidad, le propongo que un funcionario competente del organismo -en la que se formalice la presentación por TAD- proceda a su certificación.

Sin otro particular; le saluda muy atentamente,

La Cra. Viviana Grinberg explicó los aspectos técnicos de la Resolución 803/2024 en un completo informe que Pequeñas Noticias publicó en la sección "Gestión profesional" de esta misma edición [ver nota].

El costo del informe

Para tener una idea de cuánto costará a los consorcistas porteños esta nueva obligación hay que tener en cuenta en primer lugar que –según varias fuentes- un informe de ese tipo un profesional lo cobra más o menos 80 mil pesos. Por otra parte, -según información no oficial de funcionarios de la secretaria de trabajo porteña- los consorcios empleadores serían unos 40 mil.

INFORME CONTADOR

Descripción

$

 

u$s

Informe:

80.000

61,5

Total Semestral:

3.200.000.000

2.461.538

Total Anual:

6.400.000.000

4.923.077

Cantidad de Consorcios Empleadores: 40.000

Con estos dos valores sólo queda multiplicar los 80 mil pesos por los 40 mil empleados lo que arroja 3.200 millones de pesos o casi 2,5 millones de dólares por semestre. Por año es esa cifra multiplicada por dos, 6.400 millones de pesos o casi 5 millones de dólares anuales que se suman a las expensas.

El costo de la rúbrica

Una vez que los contadores realizaron las declaraciones juradas hay que legalizarlas en el Consejo profesional de Ciencias Económicas.

CERTIFICACIÓN CONSEJO PROFESIONAL

Descripción

$

 

u$s

Certificación:

8.400

6,5

Total Semestral:

336.000.000

258.462

Total Anual:

672.000.000

516.923

Cantidad de Consorcios Empleadores: 40.000

Según informaron a este medio una certificación de este tipo cuesta 8.400 pesos que multiplicados por los 40 mil consorcios da 336 millones de pesos semestrales que en el año llegan a 672 millones de pesos o medio millón de dólares.

Informe + certificación

Finalmente, por año todo el trámite costará a los consorcistas porteños 7 mil millones de pesos o casi 5,5 millones de pesos anuales.

TOTAL

 

$

 

u$s

Informe:

6.400.000.000

4.923.077

Certificación:

672.000.000

516.923

TOTAL:

7.072.000.000

5.440.000

A raíz de su importancia, el equipo del programa de radio Consorcios 360 le dedicó a este tema varios minutos para analizarlo y discutirlo. Se lo puede ver en su canal de YouTube [vínculo] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Apertura de causas judiciales por expensas

Subieron bruscamente los juicios por expensas

l valor del año 2025 se divide en dos tonos de verde, el oscuro representa al 1º semestre y el claro la proyección hasta fin de año [Fotoilustración Pequeñas Noticias]

El valor del año 2025 se divide en dos tonos de verde, el oscuro representa al 1º semestre y el claro la proyección hasta fin de año [Fotoilustración Pequeñas Noticias]


[BPN-15/09/25] Durante el primer semestre del año se iniciaron 1.933 juicios por ejecuciones de expensas mientras que durante el mismo período de 2024 por ese motivo se abrieron solo 1.222 causas. Esto representa un aumento del 58,2% en un año (711 casos).

EXPEDIENTES INGRESADOS

Año

Juicios

Diferencia

2023

1.491

 

2024

1.222

-18,0 %

2025

1.933

58,2 %

Es de tener en cuenta que la apertura de causas por ejecuciones de expensas es uno de los pocos indicadores objetivos de las dificultades por las que atraviesa la clase media.

De mantenerse esta tendencia a fin de año podríamos encontrarnos que la cantidad de causas abiertas este año será la más alta desde 2021 (gestión Alberto Fernández).

Mientras durante los primeros seis meses del año subía la cantidad de causas judiciales abierta para tratar de cobrar las expensas, los medios nacionales informaban -basándose en diversas fuentes- números dispares en la morosidad de sus pagos.

Fecha

Medio

Morosidad

Sobre datos de...

09/01/2025

infobae

35%-40%

Empresa Privada

23/03/2025

La Capital (Mar del Plata)

20%

Cámara de Administradores MDQ

15/04/2025

iProfesional

17%

Empresa Privada

09/06/2025

ámbito

25%

Liga del Consorcista de PH

15/07/2025

iProfesional

17%

Empresa Privada

06/09/2025

Crónica

15-18%

Empresa Privada

07/09/2025

Mercado

17%

Relevamiento Privado

Los datos

Los números de apertura de causas por expensas expresan la cantidad de primeras asignaciones registradas en primera instancia del Fuero Nacional en lo Civil con objeto de juicio registrado "Ejecución de expensas".

Los datos de este informe fueron provistos el 5 de agosto de 2025 por la Dirección General de Tecnología de la Administración General del Poder Judicial de la Nación Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Silvia Losada

Administración Liliana Silvia Bo


Proyecto de ley porteño

Buscan que la reputación sea parte del patrimonio

[BPN-15/09/25] El pasado 19 de agosto cuatro legisladores porteños presentaron un proyecto de ley que propone abrir un espacio para que los vecinos puedan evaluar el desempeño de su administrador.

De acuerdo a la iniciativa el sistema sería parecido al que ya tienen disponibles para empresas plataformas como Google y Mercado Libre. Estas permiten a los usuarios compartir sus experiencias y valoraciones sobre un determinado negocio y a las empresas gestionar su reputación online.

Para lograrlo los legisladores quieren agregar un artículo 7º bis con el siguiente texto:

El Registro Público de Administradores de Consorcios, disponible en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contar con un espacio destinado a la publicación de comentarios por parte de los usuarios y vecinos vinculados a los consorcios.

Este espacio estará habilitado al pie de la ficha individual de cada administrador y consorcio inscripto.

La autoridad de aplicación deberá implementar mecanismos de moderación de los comentarios para prevenir expresiones ofensivas o contrarias a las normas de convivencia digital, sin afectar la libertad de expresión ni el derecho a la crítica fundada."

También quieren agregar un artículo 7º ter bajo el título "Registro de usuarios" con el siguiente texto:

Las personas que deseen publicar comentarios en el Registro Público deberán estar previamente registradas en "MiBA" y aceptar las condiciones de uso y convivencia establecidas por la Autoridad de Aplicación."

Los legisladores argumentaron:

Solo el 50,5% de los hogares porteños son propietarios; el resto corresponde a inquilinos, quienes muchas veces no participan en la elección ni en el control del administrador a pesar de verse directamente afectados por sus decisiones y su accionar diario. Esta situación genera una marcada asimetría de poder e información: quienes deben convivir con las consecuencias de una gestión deficiente no siempre cuentan con canales adecuados para expresar su experiencia ni para evitar futuras situaciones similares.

[...]

Al momento de alquilar o adquirir una unidad, no existen herramientas sistematizadas que permitan conocer con precisión la calidad del trabajo del administrador o del consorcio. Si bien es posible consultar informalmente a vecinos o propietarios, dichas referencias suelen ser parciales, desactualizadas o incluso inexactas. A ello se suma la frecuente rotación de administradores, que puede modificar sustancialmente las condiciones de vida en un edificio.

[...]

Por todo lo expuesto, se propone incorporar en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal un espacio destinado a la publicación de opiniones y comentarios, donde los residentes puedan expresar de forma libre y respetuosa sus experiencias respecto al desempeño de los administradores y/o del consorcio.

Este apartado será de acceso público y permitirá a futuros inquilinos y propietarios conocer de antemano las valoraciones de otros vecinos sobre una determinada administración.

La iniciativa consta de tres artículos de los cuales uno es de forma, ingresó por mesa de entradas bajo el número de expediente 2207-D-2025 y se encuentra en la Comisión de Legislación General [texto original].

Fueron sus firmantes: Sergio Hernán Siciliano (Vamos x Mas), Aldana Belén Crucitta (UCR/EVOLUCIÓN), Alejandro Omar Grillo (Unión por la Patria), Hernán Reyes (Vamos x Mas) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Volvió Consorcios 360, Tercera temporada I...de infarto!


Registro Público de Administradores posadeño

Flexibilizan para que más edificios tengan administrador

[BPN-15/09/25] El pasado 22 de agosto el Consejo Deliberante de Posadas (provincia de Misiones) aprobó flexibilizar las condiciones para acceder al Registro Público de Administradores (RPA) posadeño con el objetivo de que más consorcios cuenten con un administrador y el Estado tenga un interlocutor válido para trabajar proyectos especiales, saneamiento y espacio público en general.

Ese día, minutos antes de entrar al recinto, el concejal oficialista Héctor Cardozo (Frente Renovador de la Concordia) explicó a un medio local los puntos más destacados de la modificación a la Ordenanza 37 que finalmente se terminó aprobando:

Héctor Cardozo: Hoy nosotros tenemos un dictamen de una modificación de una ordenanza. Un proyecto que fue enviado por el Ejecutivo que y se trató en la comisión. Es una ordenanza que lo que hace es flexibilizar un poco el tema de los consorcios. Nosotros en la ciudad tenemos reglamentada una ordenanza vigente donde los administradores de consorcios tienen ciertas obligaciones, ciertas funciones y también ciertas condiciones para acceder a unos beneficios.

Eso se flexibiliza un poco porque la idea es que más edificios puedan tener su administrador. Hoy por hoy hay muchos edificios, sobre todo en la zona oeste -todo lo que es Villa Cabello-, en la zona 32 y la zona 33 donde hay muchos edificios que no tienen un consorcio.

Al no tener un consorcio no tiene un interlocutor válido con quien el Estado pueda hablar. Entonces, cuando hay que trabajar lo que es espacio público, cuando hay que trabajar proyectos especiales, cuando hay que trabajar saneamiento, en general -al no haber un administrador de consorcios, una figura que represente a los vecinos- es complicado establecer un diálogo constructivo.

Así que este proyecto de ordenanza que vamos a tratar hoy y ojalá que los concejales acompañen lo que busca es ordenar un poco eso y flexibilizar las condiciones para acceder a ese registro.

Pregunta: ¿Va de la mano del código de edificación que también habían trabajado?

Héctor Cardozo: Totalmente. Eso va de la mano del código de edificación y de la mano también de una extensión de las ordenanzas de excepción de la 304 y la 309 para regularizar edificios. La idea es un poco trabajar sobre todo esto que es construcción privada e ir encontrando ese orden y esa planificación que necesitamos para la ciudad.

La Ordenanza 304 de 2023 que mencionó el Concejal trata sobre la "regularización de obras que no se ajusten a las normativas vigentes existentes" y la Ordenanza 309 de 2024 establece un "régimen excepcional y temporal de estímulo para la regularización de construcciones y obras familiares o comerciales".

Se espera la publicación de la ordenanza en el Boletín Oficial para más precisiones.

Es de recordar

El 24 de mayo de 2012 el Consejo Deliberante de Posadas en una sesión extraordinaria aprobó la Ordenanza 37 (BO: 13/07/12) que creó un Registro Público de Administradores posadeños. La iniciativa había sido presentada por los concejales municipales Fabián Florentín y Ramón Velázquez [1].

Doce años después, el 21 de agosto del año pasado la Secretaría de Planificación Estratégica y Territorial de la Municipalidad de Posadas promovió una "nueva inscripción" al RPA local.

El municipio explicó: "Esta iniciativa se enmarca en la Ordenanza 37 y tiene como objetivos primordiales identificar a los administradores de consorcios, efectivizar el control y facilitar las diligencias con el Municipio". Agregaron también: "Una vez inscripto en el registro, el administrador se convierte en el nexo legal entre el consorcio y la Municipalidad, asumiendo el rol de representante legal con carácter de mandatario, conforme al Código Civil" [2] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 464 del 13/06/12: "Posadas ya tendría su propio RPA".

[2] BPN Nº 784 del 15/09/24: "Nueva inscripción en el RPA posadeño".


Administración López.

Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 9%

[BPN-15/09/25] Desde el pasado 2 de septiembre la cobertura de los seguros de los ascensores y las calderas de los consorcios aumentaron un 9,14%. Si medimos el incremento en términos interanuales aumentó un 26,71%. Eso representó una diferencia de 4,12 puntos porcentuales por debajo de una inflación del 30,83% según estimaron fuentes oficiales para ese período [1].

El motivo de este nuevo incremento está en el cambio del valor de la unidad fija (uf) que determina la Dirección General de Estadística y Censo. De 731,62 pesos se fue a 798,51 según fue publicado en el sitio web del GCABA [vínculo].

Hasta agosto el monto mínimo de cobertura por el primer ascensor debía ser de 219 millones de pesos (300.000 uf) y por cada ascensor adicional de casi 37 millones de pesos (50.000 uf). Desde el 2 de septiembre ese valor trepó a los casi 240 millones de pesos para el primer caso y casi 40 millones de pesos para el segundo.

 

COBERTURA MÍNIMA

 

UF

agosto/2025

septiembre/2025

Diferencia

Ascensor 1º o único

300.000

219.486.000

239.553.000

20.067.000

Ascensor adicional

50.000

36.581.000

39.925.500

3.344.500

Con respecto a las calderas y termotanques, mientras que hasta agosto el monto mínimo de cobertura debía ser de casi 293 millones de pesos para una "caldera de vapor de agua a alta presión" (400.000 uf) y 146 millones de pesos (200.000 uf) para una "caldera de vapor de agua a baja presión", a partir de septiembre las coberturas subieron a 319 millones de pesos y casi 160 millones de pesos respectivamente.

 

COBERTURA MÍNIMA

 

UF

agosto/2025

septiembre/2025

Diferencia

Caldera de vapor de agua a alta presión

400.000

292.648.000

319.404.000

26.756.000

Caldera de vapor de agua a baja presión

200.000

146.324.000

159.702.000

13.378.000

Caldera de agua caliente o de fluido térmico

100.000

73.162.000

79.851.000

6.689.000

Acumulador de agua (termotanque)

50.000

36.581.000

39.925.500

3.344.500

La UF pierde contra la inflación

En el gráfico que ilustra la nota se aprecia que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC supera el valor de la unidad fija. La línea roja expresa lo informado por el INDEC y lo estimado por el REM (Relevamiento de Expectativas de Mercado) del Banco Central.

Estadísticas y censo

Es de recordar que el Decreto 64/22 ordenó que a partir del 17 de agosto de 2021 cada unidad fija tendrá un valor equivalente al precio promedio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de medio litro de nafta de mayor octanaje que informe la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose por períodos semestrales ese valor".

Anteriormente el valor de la unidad fija se determinaba también semestralmente, pero según el valor de medio litro de nafta de mayor octanaje informado por la sede central del Automóvil Club Argentino.

Ascensores y otros

La obligación de contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil para cubrir daños a personas y bienes propios o de terceros causados por el uso del elevador surge del punto 2.7 del Anexo II de la Resolución 412 del 18/09/19 (BO: 24/09/19) firmada por Ricardo Pedace, director ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).

Textualmente ordena:

El sujeto obligado debe poseer póliza de seguro de responsabilidad civil y constancia de pago, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros, por el uso del elevador.

La compañía de seguros contratada debe tener solvencia patrimonial y estar debidamente inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al momento de contratar la póliza de seguro, el sujeto obligado debe acompañar la validación -oblea con código QR- de que la instalación reúne las condiciones necesarias de seguridad y apta para su uso, según lo informado por el representante técnico de la empresa conservadora (resultado de la lectura digital del código QR de la oblea).

En la emisión de la póliza de seguro, debe figurar taxativamente la cobertura por:

• Daños/lesiones a personas -incluida la muerte-;

• Daños a bienes propios y/o de terceros;

• Toda tarea de control, mantenimiento y/o reparación que produzca un daño a los empleados de la empresa conservadora interviniente y/o a terceros.

La póliza de seguro debe ser contratada -con los montos mínimos de cobertura- según el siguiente detalle:

a) 300.000 UF para único o primer elevador;

b) 50.000 UF para cada elevador adicional;

En el caso de elevador instalado en vivienda unifamiliar podrá tener cobertura equivalente a la establecida en "elevador adicional", o sea 50.000 UF.

El sujeto obligado es responsable de mantener vigente la póliza de seguro.

Calderas y más

Por otra parte, la obligación de contratar un seguro por daños a personas o a bienes propios de terceros a causa del uso de la instalación surge del inciso 1) del punto 2.9 del Anexo III de la ya mencionada Resolución 412 que dispone:

El sujeto obligado está obligado a mantener actualizada la información en el registro de artefactos térmicos y exhibir cuando sea requerida, la siguiente documentación:

1- Póliza de seguro de responsabilidad civil, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros, por el uso de la instalación.

La compañía de seguros contratada debe tener solvencia patrimonial y estar debidamente inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al momento de contratar la póliza de seguro, el sujeto obligado debe acompañar la validación –oblea con código QR– de que la instalación reúne las condiciones necesarias de seguridad y está apta para su uso, según lo certificado por el profesional certificante (mediante la lectura digital del código QR).

En la emisión de la póliza de seguro, debe figurar taxativamente la cobertura por:

• Daños/lesiones a personas -incluida la muerte-;

• Daños a bienes propios y/o de terceros;

• Toda tarea de control y/o reparación que produzca un daño a los profesionales intervinientes y/o a terceros.

La póliza de seguro debe ser contratada –con los montos mínimos de cobertura– según el siguiente detalle:

a) 400.000 UF para único o primer caldera de vapor de agua a alta presión; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

b) 200.000 UF para único o primer caldera de vapor de agua a baja presión; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

c) 100.000 UF para único o primer caldera de agua caliente o de fluido térmico; para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera;

d) 50.000 UF para único o primer acumulador de agua (termotanque); para la segunda, el monto mínimo de cobertura será el 25 % del valor anterior y a partir de la tercera, será el 15 % del valor de la primera.

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[1] Datos del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y que elabora el INDEC y el Relevamiento de Expectativas del Mercado que publica el Banco Central al 3 de septiembre de 2025.



Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Por cuarto año consecutivo caen los puestos de trabajo

[BPN-15/09/25] Durante el primer trimestre de este año disminuyó en un -2,49% la cantidad de puestos de trabajo del sector de la propiedad horizontal con respecto al mismo período del año pasado. Por otra parte, el ingreso promedio mensual del trimestre aumentó un 99,87%.

Evolución de Puestos de Trabajo del
1º trimestre

Año

Puestos

Variación

2014

52.508

 

2015

53.203

1,32

2016

53.386

0,34

2017

59.037

10,59

2018

59.067

0,05

2019

59.744

1,15

2020

60.301

0,93

2021

60.773

0,78

2022

60.766

-0,01

2023

58.627

-3,52

2024

57.474

-1,97

2025

56.042

-2,49

En promedio, desde enero hasta marzo del 2025 hubo -1.432 puestos de trabajo menos que durante el mismo periodo del 2023.

Desagregando por género, los varones fueron los más perjudicados, perdieron -1.127 (-2,74%) puestos de trabajo durante este primer trimestre mientras que las mujeres sólo -305 (-1,87%) puestos. En total suman los ya mencionados -1.432 puestos de trabajo menos para el período.

Durante los primeros 3 meses del año la relación porcentual de puestos de trabajo de varones y mujeres aumentó levemente a favor de las mujeres.

 

Puestos

Varones

71,4 %

Mujeres

28,6 %

Total

100,0 %

Por último, durante este primer trimestre del año el nivel de empleo en el sector de la propiedad horizontal se mantuvo inferior al del 2017 aunque superior al del 2016.

Las remuneraciones

Durante el primer trimestre de 2025 la remuneración promedio informada por el Ministerio de Trabajo subió de 454.457 pesos mensuales a 908.334 pesos (99,87%) con respecto al mismo período del año pasado.

Remuneración promedio del
1º trimestre

Año

Trimestre

Variación

2017

17.560

 

2018

21.421

21,99 %

2019

31.995

49,36 %

2020

48.776

52,45 %

2021

54.874

12,50 %

2022

79.380

44,66 %

2023

182.377

129,75 %

2024

454.457

149,19 %

2025

908.334

99,87

Este año, de enero a marzo, el promedio de ingreso de un encargado varón fue de 1.137.904 pesos mensuales y el de una mujer 678.765 pesos. En comparación, durante el mismo período del año pasado el ingreso promedio de un varón fue de 564.425 pesos mensuales y de una mujer 344.490 pesos.

Más en detalle, la diferencia promedio de los varones con respecto al primer trimestre del año pasado fue de 573.479 pesos mensuales (101,6%) mientras que el de las mujeres fue de 334.275 pesos (97,3%).

El ingreso promedio de una trabajadora se mantiene en el 59,86% del de un trabajador. Sin embargo, como las escalas salariales del sector no discriminan entre varones y mujeres –o sea que a igual función y categoría igual remuneración- quedará por investigar las causas de estas diferencias.

La fuente

Para confeccionar este trabajo se tomó en cuenta a los trabajadores alcanzado por los Convenios Colectivos de Trabajo 589/10 590/10 y no contemplan al personal de las empresas de limpieza.

La fuente de los datos fue el Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial (OEDE) que depende de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales (DGEyEL) cuyo superior directo es la Subsecretaría de Políticas, Estadísticas y Estudios Laborales (SSPTyEL) del Ministerio de Capital Humano.

Según su sitio web el OEDE es un sistema de información construido a partir de la vinculación de diversos registros administrativos adaptados para usos estadísticos. Su objetivo es elaborar un conjunto de indicadores para el análisis estructural y dinámico del empleo y de las empresas, orientado a la toma de decisiones.

Como la fuente originaria de los datos proviene del Formulario 31 de la AFIP, los números volcados pueden variar levemente con el correr del tiempo a raíz de las rectificativas que los empleadores realizan por diversas razones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administrador Adolfo Tami

Administración Mared


Grupo Octubre

El Grupo Octubre desbordado de conflictos sindicales

[BPN-15/09/25] El pasado 4 de septiembre el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) y el Sindicato Argentino de Televisión, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (SATSAID) se movilizaron al edificio de Canal 9 para reclamar que las empresas del Grupo Octubre cumplan con los acuerdos paritarios firmados en junio correspondientes a los trabajadores de ese canal, Página/12, IP Noticias y Radio Continental, emisora donde también tiene deudas salariales.

SATSAID informó que "la situación en los canales es grave. A la falta de pago de los incrementos salariales, en IP Noticias se suma una práctica ya habitual en las empresas de Santa María: la contratación de personal de televisión bajo fraude laboral (monotributistas) como si fueran proveedores de servicios. Como si esta situación no revistiera la suficiente gravedad, en Canal 9 ya se encuentra avanzado un proceso de vaciamiento del área de Promociones con retiros "voluntarios" y despidos que son reemplazados por una agencia fantasma tercerizada que también incumple con la legislación laboral".

Agregó que "en ambos canales (IP Noticias y Canal 9), los trabajadores denuncian un reiterado incumplimiento del Convenio Colectivo de Trabajo. Este último punto es verdaderamente lamentable porque incluye prácticas miserables como el incumplimiento de entrega de ropa de trabajo hasta la falta de respeto de la carrera profesional del CCT".

Un día después, el 5 de septiembre, el medio "Periodismo de Izquierda" avanzó un paso más y tachó a Santa María de "negrero" opinando: "En los medios de comunicación hay un empresario que intenta romper los acuerdos colectivos tanto los convenios como las paritarias, Víctor Santa María. En épocas de Milei y ultraderecha esto no debería ser raro si no fuera que el empresario es un sindicalista ligado al kirchnerismo".

Por su parte, el 25 de agosto la Comisión Interna de Página/12 había denunciado:

Página/12 y el Grupo Octubre no pagan la paritaria que firmó en junio pasado.

Con nuestros salarios de agosto ya deberíamos tener un 15% de aumento más una suma no remunerativa por única vez de 25 mil pesos.

Sin embargo, quienes conducen el diario Página/12 han decidido no cumplir con la paritaria y otorgar de manera unilateral un aumento que suma un 6% y una "ayuda económica extraordinaria" de 10 mil pesos.

Entre los meses de febrero y junio, las cámaras empresarias mantuvieron una negociación con el SiPreBA que representa a los trabajadores de prensa y arribaron a un acuerdo en junio pasado.

Página/12 integra con una vocalía la Comisión Directiva de la Asociación de Editores de Diarios de la ciudad de Buenos Aires que fue elegida en abril de este año. Paradójicamente, también es la única empresa de las que integra la negociación colectiva que no cumple con el acuerdo paritario.

El 18 de julio informó algunos datos que develan lo complicado que es llegar a un acuerdo salarial y que finalmente Víctor Santa María lo cumpla. A diferencia de las aceitadas negociaciones que lleva el SUTERH para los encargados de edificios, en el sindicato de prensa llega a haber hasta 19 audiencias en la Secretaría de Trabajo hasta que se arriba a un acuerdo y aun así no hay garantías de que se cumpla. Textualmente relataron:

El pasado 10 de junio las cámaras que representan al sector empresario y SIPREBA arribaron a un acuerdo luego de 19 audiencias en la Secretaría de Trabajo. Página/12 no sólo es parte de la Asociación de Editores de Diarios y Revistas de Buenos Aires (AEDBA), además es parte de sus autoridades [secretario].

A pesar de haber sido parte de la negociación a través de sus representantes, la empresa no pagó los salarios de junio según lo acordado y firmado en la Secretaría de Trabajo. Sin embargo, nos otorgó un aumento inferior al correspondiente a cuenta de futuros aumentos, volvieron a hacernos descuentos por los ceses de tareas y otra vez incurrió en discriminación gremial al incrementar en un porcentaje mayor a un sector del personal que no participa de las decisiones colectivas. Esta práctica ya es vieja y conocida por quienes trabajamos en Página/12.

En una reunión que la Comisión Interna mantuvo con representantes de la empresa, dijeron que pasados los 30 días de firmado el acuerdo, se homologa de hecho, por lo que ya estarían en condiciones de aplicar y, en consecuencia, pagar lo adeudado.

También hemos presentado un escrito en la Secretaría de Trabajo para volver a denunciar las prácticas antisindicales que el Grupo Octubre lleva adelante que significan que haya una gran diferencia salarial entre trabajadores que realizan las mismas tareas.

El martes pasado, en asamblea, resolvimos mantenernos en estado de alerta, y pasar a un cuarto intermedio hasta el día de cobro de nuestro próximo haber.

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Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Elecciones SUTERH 2025

Sólo el 2,9% del padrón votó a Santa María

[BPN-15/09/25] En las elecciones del SUTERH (Sindicato de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) del pasado 26 de julio votó el 2,9% del padrón de afiliados informados por el sindicato a la Secretaría de Trabajo. Esto representó una caída de -17 puntos porcentuales con respecto a las elecciones de 2021.

Es de recordar que en esta ultima elección –igual que en la anterior- la Junta Electoral del SUTERH no permitió participar a la "Lista Bordó" liderada por Jorge Bustos.

Este año a pesar de que el padrón general de afiliados creció un 5,5%, la Lista Azul y Blanca, sacó un 12,4% menos votos que en las elecciones de 2021. También descendió la cantidad de votos en blanco, de 80 que hubo en 2021 este año pasaron a ser 4. No se reportaron votos anulados

Detalle

2021

2025

Variación

Padrón total

76.463

80.686

5,5 %

Lista Azul y Blanca

2.627

2.302

-12,4 %

Votaron en blanco

80

4

-95,0 %

Votos anulados

5

 

 

Del padrón votó el...

3,4 %

2,9 %

-17,0 pp

Jorge Bustos en diálogo con Consorcios 360, el 22 de agosto denunció que en su momento la Junta Electoral le había pedido 1.770 avales o sea el 3% reglamentario de un padrón de 59 mil afiliados y no de los 81 mil informados.

Por otra parte, llamó la atención que si el padrón hubiera estado conformado por casi 81 mil afiliados, los votos que finalmente sacó Santa María no llegaron a ese 3% mínimo de avales que se exige para conformar lista.

Siguen las acciones judiciales

Una semana después, el 5 de septiembre, Bustos informó al equipo de Consorcios 360 que el 1º de septiembre en el marco de la causa judicial que inició para permitir que la Lista Bordó participe de las elecciones sindicales se llevó a cabo una audiencia de conciliación en la que estuvieron presentes la Lista Bordó, el SUTERH y la Junta Electoral del SUTERH sin que se pudiera llegar a un acuerdo.

Por último, el 12 de septiembre comento que el 10 de septiembre el juez que entiende en la causa de la Lista Bordó contra el SUTERH abrió el expediente a prueba (o sea que las partes deben presentar las pruebas que sustentan sus argumentos) y que los abogados de la lista siguen trabajando Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

ENCARGADA DE EDIFICIOS: Cualquier modalidad, con o sin vivienda, media jornada o completa, suplente o jornalizada. 4 años de experiencia y referencias comprobables de administradores, propietarios y empresas de limpieza. - Nombre: Tamara Ricatti - Llamar al teléfono: (11) 2467-5574 todo el dia - Localidad: Parque Patricios / CABA - Correo electrónico: tamararicatti2015@hotmail.com

ADMINISTRATIVA: Busco empleo en el área administrativa, recepcionista o analista de cuentas por cobrar. Tengo disponibilidad inmediata. Desde ya muchas gracias. - Nombre: Natalia Sancandi - Llamar al teléfono: (11) 5911-5299 - Después de las 15 - Localidad: Ituzaingo / Buenos Aires - Correo electrónico: sancandinatalia@gmail.com

EMPLEADA PARA ADMINISTRACION DE CONSORCIO: Poseo más de 25 años de experiencia en el área administrativa de distintas empresas realizando tareas con sistemas propios de cada compañía. En los últimos 13 años he trabajado en administraciones de consorcios. Soy una persona responsable, organizada y en busca de tareas administrativas para realizar desde mi domicilio - Nombre: Miriam El Hasi - Llamar al teléfono: (11) 2835-6246 de 9 a 19 hs - Localidad: CABA / Bs.As. - Correo electrónico: mirilatur@hotmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO O AYUDANTE: Me postulo para dicho puesto en la zona de Capital Federal. Soy responsable, trabajador y cumplidor, aparte cuento con referencias comprobables y experiencia - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 2637-7686 de 7 A 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: ferchumetal@gmail.com

EMPLEADO PARA ADMINISTRACION DE CONSORCIOS: Poseo casi 20 años de experiencia en el sector administrativo, especializado en administraciones de consorcios en CABA donde he desarrollado una amplia experiencia en el sector habiéndome incluso matriculado oportunamente como administrador de consorcios - Nombre: Javier Darío Vallata - Llamar al teléfono: (11) 6872-2983 todo el día - Localidad: Ciudadela / Buenos Aires - Correo electrónico: jvallata@gmail.com

ENCARGADO DE PORTERÍA PERMANENTE: Buenos días! Me postulo para dicho puesto por la zona de Capital Federal, cuento con referencias comprobables, soy una persona trabajadora, puntual y responsable, cualquier otra duda estoy a disposición para responder - Nombre: HÉCTOR FERNANDO ARRIOLA TORRES - Llamar al teléfono: (11) 3006-5195 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: romi_sakura@hotmail.com

En caso de encontrar trabajo o desear dar de baja/modificar el aviso notificar al correo pequenasnoticias@gmail.com


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Con dos homologaciones faltantes la inflación toma distancia

[BPN-15/09/25] Si no hay novedades salariales durante la segunda quincena de septiembre de este 2025 el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [1] perderá -1,8 puntos porcentuales (pp) con respecto al mes pasado, -29,23 pp en lo que va del año y -12,25 puntos en el cálculo interanual.

Este mes los cálculos se realizaron tomando en cuenta varios de aspectos importantes:

1.- El acuerdo del 20 mayo (1,1% para junio + bono de 50 mil pesos) todavía no fue homologado por la Secretaría de Trabajo. Este acuerdo fue ratificado por los miembros paritarios el 1º de julio y al día siguiente se remitió a la Asesoría Técnico Legal para que indique "la "tramitación a seguir". Tomando esta última fecha –de no haber observaciones- se podría considerar que fue homologado tácitamente el 14 de agosto (30 días hábiles).

2.- El acuerdo del 22 de julio que otorgó un aumento del 1,5% en julio, un 1,4% en agosto y un bono remunerativo de 50 mil pesos para esos dos meses todavía no habría sido ni ratificado ni homologado por lo que todavía no se podría considerar para calcular la fecha estimada de su homologación tácita.

3.- A pesar del anuncio de Santa María [ver nota], al día de la fecha de la redacción de esta nota no trascendió que se hubiera firmado ningún acuerdo salarial entre las tres entidades de administradores que representan a los consorcios como empleadores y el sindicato de encargados de edificios.

El incremento mensual

En septiembre el promedio de las escalas salariales será igual al del mes pasado que fue de 867.118 pesos mensuales.

Estos cálculos no incluyen ni el 1,5% ni el 1,4% acordados para julio y agosto ni el bono de 50 mil pesos para todas las categorías correspondiente a esos dos meses porque todavía no pueden ser considerados homologados tácitamente.

El acumulado anual

En septiembre el promedio de las escalas salariales será un -7,62% menor con respecto a diciembre del año pasado. Esto se debe a que –como todos los años- en diciembre se pagó un bono del 20% que en enero no se cobró por lo que los promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año bajaron bruscamente.

Durante el último mes del año pasado el promedio de las escalas salariales estaba en 938.645 pesos mensuales.

La medición interanual

El incremento interanual de las escalas salariales desde septiembre del año pasado hasta el mismo mes de éste será de 19,10%.

El promedio de las escalas salariales de septiembre de 2024 fue de 728.085 pesos.

INDEC

Según el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la inflación de agosto fue de un 1,9% y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de septiembre será del 1,8%.

Según estos números, la inflación interanual de este mes será de un 31,35%.

Jubilados

Mientras tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en septiembre será de 390.277,17 pesos bruto a los que se deben descontar la "Obra social s/haberes PAMI".

Esto se debe a dos razones:

1- En marzo del año pasado se estableció que el haber mínimo a partir de julio se actualizará todos los meses de acuerdo a la inflación que calcule el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Cómo la inflación de julio fue del 1,9% las jubilaciones de julio aumentarán en ese porcentaje (Resolución 298 del 28 de agosto).

2.- Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" por un monto de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 613 del 27 de agosto.

3.- Se mantiene el veto que el 1º de agosto decretó al aumento jubilatorio de haberes del 7,2% y al incremento para el bono que pasaba de 70 mil pesos a 110 mil y que además se iba a empezar a actualizar por inflación (Decreto 534 / BO: 4/08/25). Había sido sancionado por el Congreso de la Nación el pasado 10 de julio.

En dólares

En dólares, este haber mínimo representa 270,84 dólares al precio oficial o 275,81 dólares según el mercado blue [2].

Contra la inflación

En septiembre del año pasado ese haber estuvo en 304.540,23 pesos.

Este mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativo contra la inflación mensual (-0,25 puntos), contra el acumulado anual (-3.20 puntos) y contra la medición interanual (-3,19 puntos).

En enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s 312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes debería haber sido de 526.773,29 pesos mensuales (u$s 398,17 promedio a valor oficial).

Si calculamos, mes a mes, la diferencia de lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo de la inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras, observamos que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta agosto de 2025 fueron -2.560.671,01 pesos (u$s -1.935,51) incluida la incidencia de los medios aguinaldos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre.

[2] 14/09/2025.



Gestión profesional

Rubrica laboral en CABA por la Cra. Viviana Grinberg

Cra. Viviana Grinberg

[BPN-15/09/25] La Resolución 803/2024 de la Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad de Buenos Aires extendió la obligatoriedad de la modalidad digital del trámite de Rúbrica de Documentación Laboral a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD), para todos los empleadores con 9 o menos empleados, a partir del 1º de abril de 2025 (periodo 03/2025), es decir que quedan incluidos todos los consorcios.

El trámite se debe realizar mensualmente con clave miBA, acompañando la liquidación de haberes y el formulario F.931 del periodo que corresponda aunque no haya sido aún abonado, ya que no se exige la presentación de la constancia de pago.

¡¡¡CUIDADO!!! Este trámite mensual reemplaza a los libros Ley 20744 rubricados con anterioridad, tanto sea como "libro manual" o bajo la forma de "hojas móviles", pero no reemplaza al Libro Sueldos Digital que se presenta a través de la web de ARCA es decir que se incrementa el trabajo administrativo. El libro Sueldos ya existía, pero en el caso de hojas móviles sólo había que imprimir las liquidaciones en las hojas rubricadas y las rúbricas en general se tercerizaban.

Originalmente el trámite tenía un arancel, pero por suerte fue derogado. Sin embargo, hay otra obligación que es más onerosa... cada seis (6) meses, por primera vez en septiembre 2025, se debe presentar una legalización contable, con la firma del profesional certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Debemos resaltar la importancia de llevar los registros laborales debidamente rubricados, ya que son graves los perjuicios de no hacerlo. La Ley de Contrato de Trabajo, en su art. 55, dice que:

La falta de exhibición o requerimiento judicial o administrativo del libro, registro, planilla u otros elementos de contralor previstos por los artículos 52 y 54 será tenida como presunción a favor de las afirmaciones del trabajador o de sus causa-habientes, sobre las circunstancias que debían constar en tales asientos.

Mayor carga laboral para los empleadores y mayores costos para los consorcios. Habrá que apechugar... en la provincia de Buenos Aires la situación es aun peor ya que el trámite es similar pero además se exige contar con firma digital Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Opinión

No entiendo cuál es el motivo que tiene el sindicato para agradar al consorcio por Carlos A. Parente

Buenas tardes:

En la audición del 22 agosto del programa Consorcios 360 [vínculo] se hizo mención a una demanda del sindicato contra el administrador de un consorcio por no haber aportado las cargas sociales del encargado. 

Se planteó que el dicho sindicato debió dirigir la demanda al consorcio y no al administrador del mismo.

Y en cierta forma se trataba de una medida política del sindicato para quedar bien con el consorcio. 

No entiendo cuál es el motivo que tiene el sindicato para agradar al consorcio, cuando en realidad siempre defiende los derechos del afiliado en contra del consorcio. 

Es importante que se litigue contra quien cometió la "estafa" a los consorcistas y al sindicato. De otro modo se transformaría en una doble demanda. Sindicato a consorcio y consorcio a administrador. 

No fue una medida política. Ha sido una medida para enderezar a ciertos administradores estafadores de los copropietarios.

Carlos A. Parente

(xx/xx/2025)

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Rincón Solidario

¿Es un gasto relacionado con el mantenimiento diario? por la Dra. Silvia Bercovsky

Dra. Silvia Bercovsky

Hola amigos, tengo una pregunta:

Si hay que hacer una reforma indicada por Metrogas con el suministro cortado y cuyo arreglo sale 12 millones de pesos, no se debe considerar como gasto extraordinario porque no es un gasto relacionado con el mantenimiento diario?

Los sigo siempre en Consorcios 360, ¡¡¡muchas gracias!!!
(18/08/2025)

Estimada/o:

El artículo 2048º del Código Civil y Comercial (CCC), establece una clara distinción entre gastos ordinarios y extraordinarios: los gastos ordinarios comprenden: mantenimiento, conservación y reparación de las cosas y partes comunes o bienes del consorcio, también la sustitución o reemplazo de los existentes. En cambio, se establecen como gastos extraordinarios únicamente aquellos determinados como tales en asamblea.

En síntesis: si el consorcio cuenta con los fondos para hacer la reforma cuyo arreglo vale $ 12.000.000 el gasto será ordinario, pero si el consorcio no dispone de esos fondos el administrador deberá recaudarlos, y para ello convocar a asamblea para establecer una expensa extraordinaria, en el acta deberá especificarse el monto, el destino que se le dará a esos fondos y la cantidad de cuotas en que se liquidará el gasto extraordinario.

Tener en cuenta que ni la envergadura ni el monto del gasto lo convierte en una expensa extraordinario.

La saluda Atte.

Silvia Bercovsky Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20 hs.


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias (r)

2º Edición Nº DCCCVIII

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