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22 de Febrero de 2024 - Nº 771

Paritarias 2024

En febrero el 45%, en marzo vemos...

Desde el 25 de enero espera homologación un acuerdo salarial acordado entre las entidades de administradores de consorcios y el SUTERH Había sido firmado dos días antes En él se estableció un aumento para febrero y una revisión para marzo A los encargados se les deducirá un 2% para un fondo de educación y capacitación administrado por el sindicato.

[BPN-22/02/24] El pasado 23 de enero las tres entidades de administradores de consorcios que representan en paritarias a los consorcios [1] y la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal) firmaron un acuerdo salarial que otorgó un aumento del 45% de aumento en las escalas salariales de febrero.

Por otra parte, el acuerdo estableció para los trabajadores un aporte del 2% del total de los conceptos remuneratorios de su sueldo...


Administración Global


Paritarias 2024

"El problema no es gremial, el problema es político"

Santa María fue el primer sindicalista que afirmó que en lo que va del año ninguno de los acuerdos paritarios anunciados en los medios fue homologado Apuntó a quienes votaron a favor de la gestión actual y como principal consejo señaló: "Hay que saber elegir [y] hay que saber qué [intereses] representa cada uno".

Sueldos Febrero de 2024

Mientras no se homologue todo sigue igual

A la fecha sigue vigente la escala salarial de enero 2024 Si bien hay firmado un nuevo acuerdo todavía no está homologado.

[BPN-22/02/24] A la fecha aún no hay novedades sobre una nueva escala para el mes de febrero ya que sigue vigente la de enero pasado. Hay información sobre un nuevo acuerdo pero éste todavía no está homologado...



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Paritarias 2024

En febrero el 45%, en marzo vemos...

[BPN-22/02/24] El pasado 23 de enero las tres entidades de administradores de consorcios que representan en paritarias a los consorcios [1] y la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal) firmaron un acuerdo salarial que otorgó un aumento del 45% de aumento en las escalas salariales de febrero.

Por otra parte, el acuerdo estableció para los trabajadores un aporte del 2% del total de los conceptos remuneratorios de su sueldo destinado al fondo de educación y comunicación administrado por la FATERyH y establecido en el artículo 19º bis [2].

El acuerdo ingresó a la Secretaría de Trabajo para su homologación el 25 de enero y todavía no fue homologado. Víctor Santa María, titular del SUTERH señaló que el responsable de la falta de homologación de este acuerdo es el Gobierno nacional [ver nota].

El 45%

El acuerdo estableció un aumento para febrero y dejó abierta la posibilidad de otro incremento para marzo. Textualmente ordenó:

Las partes pactan un incremento salarial consistente en un porcentaje del:

- 45% (cuarenta y cinco por ciento) a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes de enero de 2024 para la cuarta categoría establecida en el art 6º del CCT 589/10, aplicándose a les adicionales de convenios y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo; en concepto de remuneración del mes de febrero de 2024.

- Las partes se comprometen a reunirse a fines del mes de febrero del año 2024 con el objeto de establecer una recomposición y/o incremento salarial.

El artículo 19º bis

Este estableció:

Las partes convienen que el importe a retener por el empleador en concepto del aporte establecido en el artículo 19 bis del CCT 589/10, será el equivalente al aporte de cuota sindical (2% a calcular sobre el total de los conceptos remuneratorios).

Retención de cuotas, aportes o contribuciones

Los miembros paritarios agregaron también una interpretación de "los aportes legales y convencionales establecidos en el CCT 589/10 actualmente vigentes" por "razones de claridad y seguridad jurídica en relación al alcance de lo acordado por la parte trabajadora y empleadora en el CCT":

El empleador deberá retener e integrar en los plazos establecidos las sumas correspondientes a pago de cuotas, aportes periódicos o contribuciones a que estuviesen obligados los trabajadores en virtud de normas legales o provenientes de las convenciones colectivas de trabajo o que resulte de su carácter de afiliados a asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial, así como por servicios sociales y demás prestaciones que otorguen dichas entidades. En estos casos, la aceptación y conformidad del trabajador/a cuya relación de empleo se encuentra vigente a la fecha y las que se perfeccionen en el futuro, se expresa tácitamente por la pertenencia a la actividad regulada por la norma convencional. Ello te da vez que debido al efecto erga omnes de la norma convencional la totalidad de los trabajadores/as de la actividad se benefician con los avances y logros en las condiciones de trabajo obtenidas por la asociación sindical negociadora.

En total y de acuerdo al acta, la reunión habría durado casi tres horas. Desde las 12 del mediodía hasta las 14:47 hs. de ese martes 23 de enero Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] BPN Nº del 15/04/23: "¡¡¡ Poniéndo estaba la gansa !!!".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Paritarias 2024

"El problema no es gremial, el problema es político"

Victor Santa María [Fotograma del video publicado en la página de Facebook "SUTERH Trabajadores de Edificios"]

Victor Santa María [Fotograma del video publicado en la página de Facebook "SUTERH Trabajadores de Edificios"]


[BPN-22/02/24] El pasado 14 de febrero Víctor Santa María, titular del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal), expresó que el acuerdo rubricado el 23 de enero no se homologó por problemas políticos. De hecho, afirmó que en lo que va del año ninguno de los acuerdos paritarios anunciados en los medios fue homologado.

Desmintió así lo publicado días después por su propio medio Página/12. Éste en una nota detalló qué gremios lograron nuevos aumentos y cuáles son los mejores sueldos de este año [1].

Como ejemplo de la intransigencia del Gobierno nacional, Santa María mencionó -sin dar mayores detalles- que el Gobierno desplazó al subsecretario de Trabajo, Horacio Pitrau, tras haberlo hecho responsable de una estrategia negociadora hacia Armando Cavalieri, titular del sindicato de Comercio [2].

El líder mercantil había pedido a la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, una aclaración sobre las cuotas solidarias, un sistema adicional de recaudación sindical a través de los convenios colectivos, que quedó en jaque porque el DNU estableció la limitación de que podía cobrarse sólo si había un "consentimiento explícito" de los trabajadores. Es de recordar que un sistema similar se aplica al sector de la propiedad horizontal. A pesar de este incidente el nuevo acuerdo paritario de Comercio se homologó el 2 de febrero (Resolución 88/24).

Retomando, Santa María en su video dirigido a los encargados en varias oportunidades apuntó contra quienes votaron a favor de la gestión actual y como principal consejo señaló: "Hay que saber elegir [y] hay que saber qué [intereses] representa cada uno". En otro pasaje pidió que no se las agarren con el mensajero [aludiendo a sí mismo] "agarrársela con quienes votaron [aludiendo a los funcionarios del Poder Ejecutivo] que son los que definen las políticas de gobierno".

Por último, sentenció: "Todo el mundo era consciente de que esto iba a pasar así que esto es lo que está pasando".

El titular del SUTERH se dirigió a sus afiliados mediante un video que publicó el mencionado 14 de enero en la página de Facebook "SUTERH Trabajadores de Edificios" [3].

Pequeñas Noticias extractó para sus lectores los pasajes más relevantes del video desde el minuto 15 en adelante:

Raquel: Hay una pregunta: [sobre] las paritarias.

Víctor Santa María: Es un tema interesante que a todos nos preocupa y a todos nos ocupa.

En primer lugar les quiero informar que el problema, como hoy decía una frase "el problema no es gremial, el problema es político".

O sea, hay que saber votar, hay que saber elegir [y] hay qué saber que [intereses] representa cada uno, ese es mi principal consejo.

Segundo consejo. Nosotros hemos hecho una propuesta paritaria, tanto el sector trabajador como el sector empleador. Con algunas diferencias la hemos logrado consensuar en su gran mayoría. La hemos presentado en el Ministerio de Trabajo y por ahora no hemos encontrado una posibilidad para resolverlo y para que esto se apruebe lo más rápido posible como pasaba en otro gobierno que era distinto a este gobierno.

Vuelvo a repetir estamos trabajando como siempre, traten de no agarrársela con el mensajero sino agarrársela con quienes votaron que son los que definen las políticas de gobierno. Siempre que hay un gobierno peronista -por más malo que sea- las paritarias fueron resueltas a favor de los trabajadores [...] ahora hay un gobierno distinto hay que hace todo lo posible.

Si a alguien se le ocurre una idea mejor para poder resolver el tema de las paritarias por favor dígannosla que la vamos a tratar de implementar de la mejor manera posible tratando de que se defiendan -como siempre lo hemos hecho desde que tenemos la conducción del Sindicato- los intereses de los trabajadores de edificios. Hemos progresado muchísimo. Hemos sido siempre acusados de ser el gremio que mejores paritarias tuvo, hemos sido siempre acusados porque ganábamos mucho sueldo y las expensas subían a favor nuestro. Todas estas cosas que Uds. seguramente conocen.

Tratemos de mantenernos lo más unidos posibles y todo aquel compañero que tenga alguna duda hágala saber.

[...]

Este gobierno es un gobierno democrático elegido por la voluntad popular de la gente. Los eligieron para hacer esto. Todo el mundo era consciente de que esto iba a pasar así que esto es lo que está pasando.

[...]

Uds. verán que hay algunos anuncios de paritarias -todos ellos son anuncios- ninguna hasta ahora, por lo menos de este año ha sido homologado por el Ministerio de Trabajo y estamos con esa problemática. Un Ministerio de Trabajo que pasó a ser Secretaría de Trabajo entonces todo cuesta mucho más. Un subsecretario de trabajo que intentó dialogar con uno de los sindicatos lo echaron. El problema no es gremial, el problema es político, cada uno sabe con su voto lo que hace...

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[1] Página/12 del 19/02/24: "Paritarias 2024: qué gremios lograron nuevos aumentos y los mejores sueldos de este año".

[2] Infobae del 6/01/24: "Echaron a un funcionario clave de Trabajo y se endurece la relación del Gobierno con la CGT".

[3] "SUTERH Trabajadores de Edificios" en Facebook del 14/02/24.



Sueldos Febrero de 2024

Mientras no se homologue todo sigue igual

Fabiana Lizarralde

[BPN-22/02/24] A la fecha aún no hay novedades sobre una nueva escala para el mes de febrero ya que sigue vigente la de enero pasado. Hay información sobre un nuevo acuerdo pero éste todavía no está homologado [ver nota].

Como ya nos tiene acostumbrado el sindicato y los miembros paritarios del sector, no se cuenta con la información necesaria para poder realizar los haberes del mes de febrero.

En resumen: se hacen con la escala vigente hoy -22 de febrero- que es la de enero y si se homologa el acuerdo después se harán los retroactivos o se espera y se acumula el trabajo en un mes corto. Total, ¿a quién le importa? Al final, se trata del dinero de los encargados y de los propietarios mientras que el trabajo y el tiempo es de otros. ¿Se entiende, o hago un dibujito?

SMVM

En otro orden de cosas, la resolución 4/2024 oficializó el aumento del salario mínimo vital y móvil.

Desde el:

Mensualizado

Por hora

1° de febrero de 2024

$180.000

$900 

1° de marzo de 2024

$202.800

$1014

Si bien los importes en este sector de la propiedad horizontal son superiores al SMVM, se los tiene en cuenta a la hora de calcular embargos.

Revisar y controlar

Febrero 2024: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 1522/2023 del 2 de agosto de 2023 y Res. 2291/2023)

Enero 2024

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 4/2024)

* A partir del 1° de febrero de 2024: $180.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $900 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de marzo de 2024: $202.800 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $1014 por hora para los trabajadores jornalizados.

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de Febrero: 1

(Fuente)

Lunes 12: Carnaval

Martes 13: Carnaval

Feriados inamovibles

Feriados trasladables

Feriados Turisticos

5)

Días no laborables de Febrero: -

(Fuente)

No hay

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Febrero 2024: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

8)

Fondo de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo $3000 descontado en abril 2023. Se aplica una vez al año en el mes que se llevan a cabo las paritarias del sector.

$0.-

Y ahora, a cargo del empleador

Febrero 2024: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc...

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día (Según boletas sindicato enero/2023).

$4.000

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 02/2024  (Disposición SRT 9/2023)

No publicado a la fecha

12)

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

$78,36

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Marta Granados - Administraciones


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias

1º Edición Nº DCCLXXI

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