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15 de Diciembre de 2021 - Nº 718

Registro Público de Administradores porteño

El buscador de administradores no funciona desde febrero

Lo más grave es que no alerta sobre su malfuncionamiento Cuando se busca si un administrador está registrado el sistema informa que no se encuentra Esto lleva a los consorcistas a dudar si sus mandatarios están o no registrados.

[BPN-15/12/21] Según denuncias recibidas por la redacción de Pequeñas Noticias, desde hace 6 meses y medio que el buscador de administradores empadronados en el Registro Público de Administradores (RPA) porteño no funciona.

Si bien esto causa un notable perjuicio tanto a administradores como a consorcistas lo más grave es que la herramienta no alerta sobre su malfuncionamiento. Simplemente, cuando se efectúa una búsqueda, muestra un mensaje que indica que "no hay registros para el criterio solicitado". Esta respuesta hace presumir que el administrador buscado no está inscripto lo cual puede no ser verdad....


 

 

Consorcios en tiempo de pandemia

Bouza ordenó un protocolo más laxo para los consorcios

Mantuvo las recomendaciones básicas a las que nos tiene acostumbrada la pandemia del coronavirus En esta nueva versión corrigió la redacción de algunos párrafos, otros los eliminó y en algunos casos resumió las medidas que se deben tomar.

Registro Público de Administradores porteño

Subirán fuertemente las multas a los administradores

Se deberá a un sensible incremento de la unidad fija que es la base del cálculo para las sanciones El aumento superó la inflación que estimó el Banco central para el año que viene.


Administración Global


Agencia gubernamental de control porteña

Ola de aumentos: suben las tres obleas que pagan los consorcios

Se trata de la oblea de ascensores, de calderas y de instalaciones fijas contra incendios En todos los casos los aumentos superan las predicciones de inflación para el año que viene.


IV Congreso Latinoamericano de Administradores

Nuevos paradigmas de la pospandemia

Fue el primer congreso que se desarrolló en forma presencial y a sala llena desde que se declaró la pandemia en marzo del año pasado En sus comienzos se pidió un minuto de silencio por los administradores fallecidos por coronavirus Con este congreso la CAPHyAI festejó sus 70 años Durante su desarrollo se respetó la distancia de dos metros entre asistentes y se exigió el uso del barbijo.


IV Congreso Latinoamericano de Administradores

Marcelo Cremona presentó a TIM

Es una solución que encontró Banco Roela para el problema que se le genera a los administradores cuando deben identificar la unidad funcional que pagó las expensas mediante transferencia bancaria La disertación incluyó la presentación del personaje que representa en nuevo servicio.


Mercado Inmobiliario

RE/MAX denunció a CUCICBA por abuso de posición dominante

Así se abre un nuevo capítulo en el enfrentamiento entre el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA y la franquicia estadounidense RE/MAX en Argentina Mientras que el presidente de la franquicia señaló que "se trata de una guerra comercial desleal" desde CUCICBA replicaron: "Nuestra tarea está delimitada por la ley de ejercicio profesional".


Mercado inmobiliario

Caída del metro cuadrado por tercera vez consecutiva

En octubre el promedio del precio del m2 real al cierre de las operaciones del mercado inmobiliario cayó por tercera vez consecutiva con respecto al mes anterior Los más afectados fueron los departamentos de uno y dos ambientes También el acumulado anual y el interanual arrojan números negativos.


Ministerio de Trabajo de la Nación

Finalizaría la prohibición de despedir y la doble indemnización

Así se dispondrá si continúa el crecimiento de la economía y no hay sobresaltos en la situación sanitaria La prohibición de despedir duró un año y nueve meses y la doble indemnización dos años.


¡¡¡Último sorteo del año!!!

Ya se entregaron lo libros a los ganadores

Durante la primera semana de diciembre Pequeñas Noticias entregó a los ganadores del sorteo sus premios Los ejemplares de los sorteos que no fueron retirados serán donados a consorcistas o entidades de consorcistas que este año se destacaron por su labor.


Rincón Solidario

Administradores que no reparan desperfectos comunes

por la Dra. Diana Sevitz


Rincón Solidario

La Ley 25.413

por el Dr. Pablo Acuña

Administradores Profesionales de la Propiedad Horizontal

Fue multado por segunda vez el presidente de ACAPPH

Se publicó en el Boletín Oficial de la CABA una multa contra el Dr. Diego Graziadei y en los considerandos se develó que ya tenía otra sanción que nunca se publicó en el Boletín Oficial En agosto el vicepresidente de la entidad había sido denunciado en Clarín por una periodista.


IV Congreso Latinoamericano de Administradores

Los aspectos penales de la administración de consorcios

El Dr. Mariano Cúneo Libarona aconsejó a los administradores de consorcios catorce medidas para evitar inconvenientes con la Justicia Penal y las normas locales Tipificó los delitos más comunes Llamó a los administradores a actuar en bloque y con espíritu de cuerpo.


Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas

La entidad de Awad ya ingresó a la IGJ

El presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal confirmó que la Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA es la que había anunciado en su momento De sus declaraciones como precandidato a diputado nacional se pudieron inferir cinco de los objetivos de la entidad.


SUTERyH Santa Fe, 1ª Circunscripción

Aldo Gistas ganó las elecciones en Santa Fe

Por poco margen la Lista Verde conducida por Pedro Maidana perdió contra la Celeste y Blanca Todos los actores coincidieron en evaluar las elecciones como correctas y ordenadas.


Ciudad Autónoma de Buenos Aires

En octubre descendió la cantidad de escrituras de inmuebles

La cantidad de escrituras de compraventa de inmuebles lleva también acumulada una sensible baja en lo que va del año En términos interanuales la cantidad de operaciones subió levemente aunque por un monto total sensiblemente inferior.


Grupo Octubre

En plena veda Santa María despide trabajadores de prensa

El Sindicato de Prensa de Buenos Aires denunció que el Grupo Octubre despidió trabajadores de la AM 750 y Mucha Radio Los decretos que prohíben despedir y obligan a pagar doble indemnización siguen vigente Acusaciones de censura, listas negras y precarización laboral.


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Este mes el mensual y el interanual serán negativos

Este mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios perderá contra la inflación tanto con respecto con el mes pasado como en la evaluación interanual.


Correo de Lectores

Los descuentos al personal jubilado
(16/11/2021)


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados

Vínculos a nuestras redes sociales


Registro Público de Administradores porteño

El buscador de administradores no funciona desde febrero

[BPN-15/12/21] Según denuncias recibidas por la redacción de Pequeñas Noticias, desde hace 6 meses y medio que el buscador de administradores empadronados en el Registro Público de Administradores (RPA) porteño no funciona.

Si bien esto causa un notable perjuicio tanto a administradores como a consorcistas lo más grave es que la herramienta no alerta sobre su malfuncionamiento. Simplemente, cuando se efectúa una búsqueda, muestra un mensaje que indica que "no hay registros para el criterio solicitado". Esta respuesta hace presumir que el administrador buscado no está inscripto lo cual puede no ser verdad.

Esto trae gran cantidad de inconvenientes a los administradores que presentan carpetas para ampliar su cartera de clientes porque el primer control que realiza el consorcio –corroborar si está matriculado- arroja un resultado negativo.

Por otra parte los consorcistas que atraviesan algún conflicto con su administrador pueden llevarse la impresión errónea que, o no está matriculado, o fue expulsado del RPA.

Según denunciaron los vecinos a este medio, desde el 22 de febrero el buscador del RPA no funciona correctamente –funciona intermitentemente, dijeron- y a la base de datos sobre la que efectúa la búsqueda no se agregaban administradores nuevos. En ese momento la última inscripta fue una administradora que recibió el número 16.286. Desde esa fecha ya pasaron 9 meses y 22 días.

Ante un pedido de explicaciones del coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, Andrés Zulberti, la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteño respondió que "el sistema informático interno está en proceso de modernización" y prometieron que "en breve estará operativo".

El 1º de junio se pudo observar que el RPA agregó a su base de datos a un administrador nuevo, el Nº 16.287 pero a partir de ese momento dejó de funcionar totalmente hasta el día de hoy.

Todo hace suponer que los casi 400 mil dólares asignados a mejorar el sistema de Defensa del Consumidor no alcanzaron para incluir una advertencia de que el buscador no funciona [1].

Actualmente el Registro Público de Administradores porteño está coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma Bouza y cuyo superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 710 del 16/08/21: "Defensa del Consumidor gastará otros 6,8 millones en sus sistemas".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Consorcios en tiempo de pandemia

Bouza ordenó un protocolo más laxo para los consorcios

Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/21] El pasado 30 de noviembre la Directora General de Defensa y Protección del Consumidor porteño, Vilma Bouza, aprobó un nuevo "Protocolo de recomendaciones relativo al uso y preservación de los espacios comunes de los Consorcios de Propiedad Horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Este nuevo protocolo sanitario para los lugares comunes de los consorcios que ordenó la abogada especialista en temas de consumo es más conciso y laxo que el anterior. Algunas obligaciones se convirtieron en recomendaciones y sobre todo se eliminaron requisitos para acceder a los gimnasios y las piletas de natación de los consorcios.

Los puntos básicos se mantuvieron a los que nos tiene acostumbrada la pandemia de coronavirus se mantuvieron:

1.- Mantener en condiciones de higiene y desinfección los espacios de uso común.

2.- Mantener permanentemente ventilados los ambientes cerrados que cuenten con ventanas.

3.- Mantener la higiene frecuente y adecuada de las manos sobre todo antes y después de haber tocado superficies de uso común.

3.- Mantener una distancia interpersonal de al menos 2 metros.

4.- Usar adecuadamente el tapabocas en espacios cerrados.

El nuevo protocolo sanitario para la propiedad horizontal fue ordenado mediante la Disposición 5774 y su anexo. Se publicó en el Boletín Oficial el 6 de diciembre.

Las modificaciones

Entre el protocolo anterior y el vigente se pudo apreciar que en general se realizaron correcciones en la redacción y se resumieron párrafos enteros en órdenes más sencillas y generales. No se agregaron obligaciones nuevas.

A modo de ejemplo y entrando en detalle se destaca:

Se reemplazó el párrafo del punto 2.2 que decía "En forma ineludible sin excepción se deberá respetar la distancia de 2 metros como mínimo" por "Se recomienda respetar la distancia de 2 metros entre personas no convivientes".

De párrafo del punto 2.3 se reemplazó el párrafo que decía: "Como medida de protección colectiva se deberá: Los espacios de uso común deben mantenerse en condiciones de higiene y desinfección" por "Se recomienda: Mantener en condiciones de higiene y desinfección los espacios de uso común".

Se borró otro párrafo de ese mismo punto que ordenaba: "Se recomienda la apertura de puertas que produzcan la circulación cruzada de aire".

Se eliminó el párrafo destacado en mayúsculas en el original que ordenaba: "No podrán utilizarse espacios sin ventilación".

En el punto 3 se eliminaron los párrafos que ordenaban: "Espacios comunes abiertos: El uso de los espacios comunes abiertos al aire libre se encuentra permitido hasta 20 personas. Espacios comunes cerrados: El uso de los espacios comunes cerrados se encuentra permitido hasta 10 personas. Para la utilización de los mismos, se recomienda el ingreso a dichas áreas a través de un sistema de turnos manual o digital que permita a los propietarios, inquilinos y ocupantes reservar anticipadamente la permanencia en el mismo".

En su lugar se ordenó: "De los espacios comunes: Para la utilización de los espacios comunes, se recomienda a los propietarios, inquilinos y ocupantes mantener la distancia interpersonal de al menos 2 metros, el uso adecuado del tapabocas en espacios cerrados y las medidas de higiene y limpieza como opción eficaz para evitar el contagio".

En el punto 4 se eliminó el detalle de medidas que debía adoptar el consorcio para el uso de los gimnasios y las piletas de natación en los consorcios.

En su lugar se recomendó en forma más general: "Establecer un sistema de turnos digital o manual para los gimnasios y piletas a fin de fijar criterios de horarios y permanencia", y se agregó que "todo propietario, inquilino o grupo familiar de la propiedad horizontal interesado en disfrutar y utilizar los espacios comunes del edificio que habita, deberá recibir a través de su administración, copia del presente protocolo a los fines de respetar y atender las recomendaciones efectuadas en el mismo" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Caldén: Control de plagas.


Registro Público de Administradores porteño

Subirán fuertemente las multas a los administradores

[BPN-15/12/21] El pasado 9 de diciembre subió la unidad fija con la que se determina la multa a los administradores que infringen la Ley 941 en un 59,21%. De los 28,39 pesos que estuvieron vigentes durante este año trepará a 59,21 pesos por unidad.

El aumento supera en 10,31 puntos porcentuales la inflación para el 2022 estimada por el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) elaborado por el Banco Central de la República Argentina. El informe de octubre del REM estimó la inflación de 2022 en un 48,90%.

Año

UF

2020

21,90

2021

28,39

2022

45,20

El valor de la unidad fija surge del inciso h) del artículo 35º del Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley 425) que reza:

h)

Art. 16 Ley N° 941 (texto consolidado por Ley N° 6.347).

1 UF = Pesos cuarenta y cinco con 20/100 ($ 45,20).

Como la ley se aprobó con modificaciones "que obran en las bancas" habrá que esperar a su publicación en el Boletín Oficial para ratificar este punto aunque todo hace pensar que las modificaciones fueron sobre otros temas.

El bolsillo del caballero y la cartera de la dama

Para tener una idea de lo que significará este aumento el año que viene, es de recordar que durante el año pasado se dispusieron 423 multas por un monto de más de 23 millones de pesos (23.339.167) a un promedio de 55.175 pesos por multa.

Según esos mismos números y según el nuevo valor de la unidad fija el total de multas hubiera ascendido a más de 37 millones de pesos (37.158.519) y el promedio de una multa hubiera sido de casi 88 mil pesos (87.845). O sea que cada multa promedio sería de unos 32 mil pesos más.

Durante el primer semestre de este año se impusieron 238 multas económicas por un total de más de 15 millones de pesos. Si se aplica el nuevo valor de la unidad fija ese total hubiera trepado a más de 24 millones de pesos y la multa promedio se hubiera incrementado de 63 mil pesos a 100 mil pesos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


  Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Agencia gubernamental de control porteña

Ola de aumentos: suben las tres obleas que pagan los consorcios

[BPN-15/12/21] Desde el 1º de enero del año que viene las obleas de los ascensores sufrirán un aumento de más del 50%. Por otra parte las obleas de las instalaciones fijas contra incendio y la de las calderas se incrementarán en casi un 57%.

En el primero de los casos el aumento de la oblea superará en 1,5 puntos porcentuales el estimado de inflación anual que realizó el Banco Central para el año que viene y en el segundo en 8,05 puntos.

Así surge del ANEXO a la Ley Tarifaria (Ley 424) para el año que viene que se aprobó en la Legislatura porteña el pasado 9 de diciembre.

Ascensores

Este año la tarifa de esta oblea se dividió en dos semestres. Quienes la abonen durante el primer semestre deberán pagar 2.205 pesos por cada elevador instalado lo que incluye ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, guarda mecánica de vehículos, rampas móviles y "artificios especiales". Durante el segundo semestre el precio sube a 2.535 pesos.

Es de recordar que durante el año pasado cada oblea costaba 1.575 pesos, unos 795 pesos menos que el costo promedio de este año.

La obligación surge del artículo 98º del anexo de la Ley Tarifaria 2022 que reza:

Artículo 98º: Por el servicio de Registro de Conservación de Elevadores, en concepto de tasa anual, por cada elevador instalado (ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, guarda mecánica de vehículos, rampas móviles y artificios especiales), se abona:

Del 01/01/2022 al 30/06/2022

$2.205

Del 01/07/2022 al 31/12/2022

$2.535

Teniendo en cuenta que desde 2013 el Gobierno de la CABA lleva recaudados por este concepto alrededor de 25 millones dólares (casi 600 millones de pesos), la redacción de Pequeñas Noticias se preguntó en qué consiste exactamente el servicio que se presta.

Exceptuando la inversión inicial en el programa informático que se desarrolló en su momento, la alimentación de los datos del programa la realizan los actores involucrados en forma directa: administradores, empresas conservadoras, etc.

Caldera e instalaciones fijas

En este caso también el valor de la oblea se desglosó en dos aunque es el mismo para los dos "servicios". Durante el primer semestre costará 2.205 pesos y durante el segundo 2.532 pesos.

El año pasado esa oblea costaba 1.510 pesos, o sea que se incrementó en promedio 860 pesos, lo que representa un aumento del 56,95%.

En este caso las obligaciones surgen de dos artículos el 159º y el 160º:

Artículo 159.- Por el Servicio de Registro de Mantenimiento de Instalaciones Fijas contra Incendio en concepto de tasa anual por cada una de estas instalaciones, se abona:

Del 01/01/2022 al 30/06/2022

$2.115

Del 01/07/2022 al 31/12/2022

$2.430

Artículo 160.- Por el Servicio de Registro de Verificación de las instalaciones (artefactos térmicos) destinadas a producir vapor y/o agua caliente, ya sea con fin industrial o de confort y de aceite caliente para calefacción de procesos, en concepto de tasa anual por cada una de estas instalaciones, se abona:

Del 01/01/2022 al 30/06/2022

$2.115

Del 01/07/2022 al 31/12/2022

$2.430

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Administradores Profesionales de la Propiedad Horizontal

Fue multado por segunda vez el presidente de ACAPPH

[BPN-15/12/21] El pasado 23 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial una multa contra el presidente de Asociación Civil Administradores Profesionales de la Propiedad Horizontal (ACAPPH), Dr. Diego Graziadei, que se le había impuesto hacía más de 8 meses.

En los considerandos de la norma sancionatoria se develó que el presidente de ACAPPH había sido sancionado el 30 de octubre de 2019 mediante la Disposición 11.353 con una multa de 23.851 pesos, casi 400 dólares según la cotización de aquel momento. Esa disposición nunca fue publicada en el Boletín Oficial.

Por otra parte, es de recordar que el 30 de agosto la periodista Mayra Pertossi denunció en Clarín al vicepresidente ACAPPH: "Increíble que el señor Christian Tettamanti, que desfalcó a un consorcio de Caballito y perdió ambos juicios civil y penal, dé charlas de buena conducta de administradores y, peor aún, que aconseje cómo administrar en tiempos de pandemia en la página web de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Ciudad" [1].

Sobre la denuncia de la periodista al vicepresidente y las multas dispuestas contra el presidente la entidad no hizo ningún descargo ni en sus redes sociales ni en su sitio web institucional.

La Disposición 471 fue ordenada por Vilma Bouza el 9 de marzo de 2021 y fue publicada en el Boletín Oficial el 23 de noviembre [texto original].

La sanción en detalle

Graziadei fue multado con 59.619 pesos por infracción a tres obligaciones impuestas por la Ley 941: el inciso b) y j) del artículo 9º y el inciso i) del artículo 10º.

Es de destacar que los artículos 9º y 10º están a la cabeza de las infracciones más comunes: el 45% de los multados (y publicados) fue por infringir el artículo 10º y el 34% por el artículo 9º.

El inciso i) se llevó el 16% de los sancionados por infracciones al artículo 10º mientras que el inciso b) está al tope de la lista de las infracciones contra el artículo 9º con un 27%. El inciso i) se lleva un modesto 16%.

El inciso b) del artículo 9º [2]

Según consta en la disposición, una copropietaria de un consorcio situado en la Av. Scalabrini Ortiz al 2.200 informó a Graziadei que existían desperfectos en las columnas de agua que podrían afectan el normal suministro a través de la plataforma web de uso del consorcio en julio, octubre y noviembre de 2019.

En su descargo el administrador adujo que "los desperfectos en la columna de agua fueron debidamente reparados [...] por el cual se solucionaron los diversos inconvenientes que presentaba la misma". Adujo que no se resolvieron en tiempo y forma por "cuestiones económicas que excedían la responsabilidad del suscripto", y agregó que "...en cuanto se recaudó el monto suficiente se efectuó el arreglo pertinente".

La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor señaló que "los reclamos efectuados a través de la plataforma web (y que no han sido desconocidos por aquel) comenzaron en el mes de julio de 2019, mientras que las reparaciones datan recién del mes de octubre de 2020, es decir, más de un año después del inicio de los planteos".

Sobre la falta de fondos para realizar los arreglos, DyPC subrayó: "...en autos no se demuestra que haya mediado la debida deliberación en asamblea de propietarios, ni que se hubiera expuesto la imposibilidad de proceder con los arreglos en cuestión debido a la falta de fondos".

Por último –uno de los puntos más importantes y no todo el mundo tiene en cuenta- explicó que "el Decreto Reglamentario 551/10 es claro al establecer que [...] deben documentarse las [necesidades y requerimientos] rechazadas por la asamblea por falta de fondos u otros motivos ajenos al administrador".

El inciso j) del artículo 9º [3]

En noviembre y diciembre de 2019 la copropietaria solicitó a Graziadei realizar la asamblea anual ordinaria tal cual lo determina el reglamento de copropiedad de su consorcio.

El administrador en su descargo adujo que "[...] se realizó en tiempo y forma la convocatoria correspondiente a la asamblea en forma presencial (en fecha 7 de marzo de 2020) pero la misma tuvo que ser suspendida por los hechos de público conocimiento relacionados a la pandemia (estaba pautada para el día 26 de marzo de 2020).

Sin embargo, Defensa del Consumidor consideró que la obligación correspondió al año 2019 y que por otra parte en el expediente "no consta que se haya celebrado la asamblea anual ordinaria correspondiente al año 2019".

El inciso i) del artículo 10º [3]

Por último, se acusó al administrador de no adjuntar en las liquidaciones de agosto y noviembre de 2019 el resumen de cuenta bancario del mes anterior. De la lectura del expediente no quedó claro si este último punto fue a consecuencia de una tercera denuncia de la ya mencionada consorcista o de una observación de Defensa del Consumidor "de oficio".

El imputado arguyó que "es práctica de la administración entregar los movimientos bancarios de la Cuenta Corriente del Consorcio conjuntamente con la Liquidación de expensas mensual pero no dentro de las mismas por una cuestión de diseño y confección".

Sin embargo, DyPC no aceptó este argumento y dictaminó "que la Ley 941 es clara y taxativa al establecer con qué datos debe contar el formulario de liquidación de expensas más allá del "diseño y confección" que pretenda adoptar cada administrador" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 712 del 15/09/21: "Una periodista denunció al vicepresidente de ACAPPH".

[2] Artículo 9º de la Ley 941.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: b) Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable conforme al ordenamiento vigente.

[3] Artículo 9º de la Ley 941.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: j) Convocar a las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias conforme a los reglamentos de copropiedad, bajo pena de nulidad, especificando lugar, día, temario y horario de comienzo y finalización. En la misma se adjuntará copia del acta de la última asamblea realizada.

[4] Artículo 10.- De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: i) Incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria del consorcio correspondiente al mes anterior.


Administración Liliana Silvia Bo

Servicios informáticos para administradores y consorcios.


IV Congreso Latinoamericano de Administradores

Nuevos paradigmas de la pospandemia

Miguel Ángel Summa abre el IV Congreso Latinoamericano frente a una sala llena [Foto Pequeñas Noticias]

Miguel Ángel Summa abre el IV Congreso Latinoamericano frente a una sala llena [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/21] Durante los pasados jueves y viernes 9 y 10 de diciembre se desarrolló el IV Congreso Latinoamericano de Administradores de Propiedad Horizontal organizado por la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).

Fue el primer congreso que se desarrolló en forma presencial y a sala llena desde que se declaró la pandemia de coronavirus en marzo del año pasado y en sus comienzos se solicitó un minuto de silencio por los administradores fallecidos a consecuencia del COVID-19.

El presidente de la CAPHyAI, Miguel Ángel Summa, destacó que las autoridades de la entidad se sentían muy orgullosas no sólo por haber concretado el anhelo organizar el primer congreso presencial sino también de que en esos días la entidad cumplió 70 años de su existencia. Para festejar este cumpleaños organizó el viernes 10, pasadas las 20:30 hs., una cena de camaradería

La pandemia

En general las disertaciones giraron sobre los efectos y las consecuencias que produjo la pandemia en el sector:

Aníbal Ahumada (expresidente del Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria de Chile) disertó sobre "Pospandemia, una nueva manera de ejercer la profesión" [Foto Pequeñas Noticias]

Aníbal Ahumada (expresidente del Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria de Chile) disertó sobre "Pospandemia, una nueva manera de ejercer la profesión" [Foto Pequeñas Noticias]


El Dr. Jorge Martín Irigoyen sobre "¿Asambleas presenciales o virtuales? Un falso antagonismo", los representantes de la Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina (FAPHRA) sobre "Adecuación de la actividad regional en la pandemia", la Dra. Diana Sevitz sobre "Administración 4.0. Hacia nuevos horizontes", el Cr. Marcelo Cremona sobre "Herramientas para eficientizar la gestión del administrador: Presentamos TIM" [ver nota] y los representantes de la ULAI (Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias) sobre "Administrando la pandemia", entre otros.

El Dr. Ricardo Durlach expuso sobre "De la pandemia a la endemia: Cuidados en la convivencias" [Foto Pequeñas Noticias]

El Dr. Ricardo Durlach expuso sobre "De la pandemia a la endemia: Cuidados en la convivencias" [Foto Pequeñas Noticias]


La profesión

Sobre temas profesionales se destacó la disertación del Dr. Mariano Cúneo Libarona sobre "La responsabilidad penal del administrador" [ver nota], la Dra. Mayra Lucero sobre "Conflictos frecuentes del administrador por las obligaciones emanadas de la ley y las resoluciones de asamblea", la Escribana Pilar Rodríguez Acquarone sobre "La personalidad jurídica del consorcio de propiedad horizontal. Capacidad. Forma de acreditar la legitimación para actuar. Alcances" y los representantes de La Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal (CASIPH) sobre "La adaptación al cambio", entre otros.

La Dra. Cynthia Borgnia disertó sobre "La administración de consorcios y su papel en la gestión de conflictos" [Foto Pequeñas Noticias]

La Dra. Cynthia Borgnia disertó sobre "La administración de consorcios y su papel en la gestión de conflictos" [Foto Pequeñas Noticias]


Homenajes

Finalmente, el jueves se homenajeó a aquellos que cumplieron 25 y 50 años de socios en la entidad durante el 2020 y el viernes a quienes los cumplieron durante el 2021.

El administrador Alejandro Orlando y Miguel Ángel Summa, en nombre de la ULAI [Foto Pequeñas Noticias]

El administrador Alejandro Orlando y Miguel Ángel Summa, en nombre de la ULAI [Foto Pequeñas Noticias]


Las palabras de Miguel Ángel Summa

Buenos días a todos, nuevamente estamos muy felices de poder compartir en forma presencial este evento que es el IV Congreso Latinoamericano de Administradores y que tiene como lema "Nuevos paradigmas de la pospandemia".

Nuestra institución, que hoy tengo el orgullo de presidir, se complace en compartir dos jornadas de excelencia en temas de propiedad horizontal con el agregado de que en el día de mañana celebraremos los 70 años de nuestra creación con una cena de gala. Esto nos pone profundamente felices y orgullosos.

Debo destacar que nuestra Cámara a través de los 70 años ha sido una referente de la propiedad horizontal brindando asesoramiento, capacitación y ayuda a todas las instituciones de la República Argentina. Contamos con más de 10 asesores de primera línea que son lo mejor que en propiedad horizontal tiene la República Argentina.

Colaboramos también activamente con las instituciones afines a la actividad.

Por lo tanto es nuestra intención que disfruten, aprovechen esta oportunidad y a su vez agradezco infinitamente la participación de nuestros panelistas como así también la de todos aquellos que han colaborado para que ésta sea una realidad tales como sponsor, auspiciante, consejo directivo, personal de la institución y a todos los que hicieron posible esto.

Es destacable mencionar que el evento ha sido declaro por la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como de interés social.

Desde ya muchísimas gracias porque en realidad dudamos en hacerlo y Dios mediante la situación sanitaria nos permitió volver a encontrarnos. Éste era un ejercicio que hacíamos muy asiduamente y me pone muy feliz en lo personal porque tenemos salud que es lo más importante que pueda tener un ser humano.

Gracias por su participación espero disfruten del evento y a partir de ahora declaro abierto este IV Congreso Latinoamericano de Propiedad Horizontal, muchas gracias y a disfrutar.

Por último, para asistir al IV Congreso Latinoamericano se exigió a los participantes que estuvieran vacunados contra COVID-19 y durante el desarrollo del mismo se respetó la distancia de dos metros entre asistentes y fue obligatorio el uso del barbijo Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Silvia Losada


IV Congreso Latinoamericano de Administradores

Los aspectos penales de la administración de consorcios

Mariano Cúneo Libarona [Foto Pequeñas Noticias]

Mariano Cúneo Libarona [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/21] El abogado penalista Mariano Cúneo Libarona aconsejó a los administradores de consorcios catorce medidas a tomar para evitar inconvenientes con la Justicia Penal y las normas locales.

Advirtió que en este momento los propietarios y los administradores están enfrentados como enemigos y se debe encontrar un justo punto porque de otro modo serán víctimas de permanentes denuncias e infracciones.

Celebró la creación de una entidad nacional (FAPHRA [1]) y otra latinoamericana (ULAI [2]) y llamó a los administradores a actuar en bloque y con espíritu de cuerpo.

Detalló los tipos de delitos penales a los que se ven expuestos los administradores de consorcios y aportó abundante jurisprudencia.

Estas declaraciones las realizó durante su disertación en el marco del IV Congreso Latinoamericano de Administradores de Propiedad Horizontal organizado por la CAPHyAI [3] el pasado viernes 10 de diciembre [ver nota].

Sus recomendaciones

El Dr. Libarona recomendó adoptar los siguientes cuidados especiales:

1.- Al asumir una administración documentar bien lo que encuentran

2.- Dejar documentado lo que sucede en las asambleas

3.- Anotar y registrar todo en los libros de actas

4.- Guardar la documentación

5.- Ser claros en las expensas.

6.- Las expensas son las rendiciones de cuentas que ustedes formulan, guarden los documentos. Cúbranse quédense con copia de todo los documentos que entreguen. Entreguen todo bajo recibo.

7.- Dejen constancia de lo que sucede en el consorcio en el estado que está: los controles, las inspecciones, el estado del inmueble.

8.- Reclamen arreglos por escrito y si les falta dinero dejen constancia.

9.- Informen todo con notas escritas. Hagan todo por escrito y dejen todo documentado. Si es por correo electrónico mejor

10.- Siempre háganle saber a los propietarios la situación del consorcio y que quede constancia de esa comunicación.

11.- Los seguros son un tema al que deben prestar especial atención. Deben estar siempre al día. Es un riesgo tremendo no pagarlos en tiempo y forma. No pueden no pagar los seguros.

12.- Las cuentas bancarias deben estar siempre a nombre del consorcio, nunca deben ser cuentas personales.

13.- No dejen de tener los papeles al día y la gestión aprobada y firmada.

14.- Cuando se van de un consorcio deben tener todo en orden y entregar los libros y documentaciones siempre bajo constancia.

Delitos contra la propiedad

El Dr. Libarona enunció los cinco delitos en los que pueden incurrir los administradores de consorcios pero brindó jurisprudencia de sólo cuatro porque sobre el último todavía no hay antecedentes:

La administración fraudulenta

Explicó que "en este caso no se está hablando del administrador negligente, desprolijo, el que pierde la plata, sino del que deliberadamente con dolo,  voluntad y conocimiento realiza actos de fraude en perjuicio del consorcio".

Citó el caso de un administrador que se apropió de sumas recaudadas por retención de aportes y cargas sociales de los empleados de consocio. La defensa adujo que el consorcio no dispuso de fondos por lo que no existió el delito de apropiación porque el mandatario tuvo que destinar el dinero a otro tipo de gastos necesarios. Sin embargo, los jueces consideraron que el imputado desvió el dinero y que estaba probado que había violado los deberes confiados por lo que no sólo causó un perjuicio patrimonial al consorcio sino que procuró un beneficio para sí mismo. Como dato interesante de este precedente señaló: "El desorden contable que presentaba el administrador no fue considerado como una prueba del delito", y agregó que en otros casos siempre fue considerado un indicio.

La retención indebida de documentación

Explicó que en muchos casos se alega que se retuvieron los libros porque el consorcio debía honorarios, una especie de derecho de retención. Aclaró que la Cámara ha rechazado este criterio sistemáticamente: "el administrador no tiene derecho de retención porque no está contemplado en la ley", subrayó.

La falsificación

El abogado penalista señaló: "Un tercer delito muy habitual es la falsificación de documentos: facturas, tareas, documentación, rendiciones de cuentas. Puede ser parte del fraude en cuyo cada delito una será absorbido en una sola conducta aunque también puede ser un hecho escindible independiente [para ser] analizado cada delito en particular".

La Ley Penal Tributaria

El Dr. Libarona alertó: "Un cuarto delito es la ley penal tributaria. Ya salimos del Código Penal y vamos a una ley especial. El administrador que omite el pago del dinero destinado a pagos de aportes de obras social y cargas sociales que le impone taxativamente el articulo 2.067º del Código Civil: ‘Cumplir con las obligaciones de la legislación laboral previsional y tributaria’.

La víctima acá ya no es el consorcio, es el Estado, es la Hacienda Pública, de modo tal que se configura el delito con la omisión de pago. Ya salimos del fraude y estamos en una evasión tributaria.

Lavado de dinero

Sobre este delito reconoció que no encontró todavía jurisprudencia aunque no descartó que en un futuro se produzca.

Sobre estos cinco delitos resumió: "Todos estos delitos son dolosos, es decir se actúa con conocimiento y voluntad de los actos que se realizan. Se busca defraudar al consorcio, no se obra por negligencia, imprudencia o porque se olvidó pagar sino que se actúa deliberadamente".

Omisiones imprudentes

Pasando a otro punto señaló: "La mayor cantidad de sucesos criminales que he encontrado en mi trabajo son omisiones imprudentes, delitos culposos. Ya salgo del dolo que vimos antes y ahora entramos en conductas impudentes: culpas y negligencias. ¿Por qué? Porque ustedes son garantes. Tienen una posición de dominio especial, un deber de protección y si no cumplen con sus obligaciones -que ya son muchas y la ley es taxativa en establecerlas- y se produce un perjuicio para la vida y la integridad física de una persona que estén ustedes a cargo evitar que se produzca sea del titular del inmueble o un tercero entramos en una conducta imprudente".

Sobre este tema brindó numerosos ejemplos en los que detalló tanto la imputación que se le realizó al administrador y los descargos de la defensa como lo dictaminado por los jueces.

Espíritu de cuerpo

Por último, antes de brindar consejos prácticos para evitar denuncias y sanciones, Libarona opinó en general: "Saliendo ya de esto y a la luz de su actividad yo me permito dar unos breves consejos que creo tienen que tener en cuenta. En lo general, frente a esta situación de riesgo a la que Uds. están expuestos, a mí me parece fantástica esta iniciativa de tener una cámara que establezcan alianzas, que se maneje en todo el país, con tantos socios, que estén unidos que actúen en bloque, que sean solidarios, que exista un espíritu de cuerpo y no una grieta o competencia indebida como hay tanto en nuestro país en otros ámbitos".

Finalmente aconsejó: "Tienen que plantearle al Estado una visión distinta. Se los están llevando puestos. Yo veo que las normas agregan cada vez más obligaciones para los administradores de consorcios, más restricciones y más derecho a los propietarios como si fuesen dos enemigos y habría que buscar un justo punto. Si no, me parece que los van hacer víctimas permanentemente de infracciones de todo tipo o de denuncias con un enorme elenco de propietarios a los que ustedes les dan sus servicios y que los hacen pasible de esta situación de resigo que yo vengo enunciando".

El Dr. Mariano Cuneo Libarona

Nació en la ciudad autónoma de Buenos Aires, Argentina, en el año 1961. Egresó de la Facultad de Ciencias Políticas, Jurídicas y Económicas de la Universidad del Museo Social Argentino, con título de Abogado, obteniendo el mejor promedio de su promoción. Cursó el Doctorado en Derecho Penal en el país, en la Universidad del Salvador en 1985 y, en el exterior, en la Universidad de Salamanca, España, en 2004. Fue funcionario del Poder Judicial de la Nación. Desde 1989 ejerce su profesión de abogado libremente, tanto en Argentina como en el exterior. Fue docente de grado –como profesor adjunto- en la Universidad de Buenos Aires, del Salvador, de Belgrano y del Museo Social Argentino.  Actualmente es docente de posgrado en la Universidad de Palermo Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina (FAPHRA).

[2] Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias (ULAI)

[3] Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).


Administración López.

Marta Granados - Administraciones


IV Congreso Latinoamericano de Administradores

Marcelo Cremona presentó a TIM

Marcelo Cremona muestra el reconocimiento que le otorgó un directivo de la CAPHyAI, en un segundo plano TIM sonríe [Foto Pequeñas Noticias]

Marcelo Cremona muestra el reconocimiento que le otorgó un directivo de la CAPHyAI, en un segundo plano TIM sonríe [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/21] Durante el IV Congreso Latinoamericano de Administradores el Cr. Marcelo Cremona presentó la solución que encontró el Banco Roela para el problema que se les genera a los administradores en el momento que deben identificar la unidad funcional que pagó las expensas mediante transferencia bancaria.

El problema

A modo de introducción explicó: "Con la pandemia se vio un notable incremento del uso de las transferencias como medio de pago de las expensas, y junto con ellas, la problemática de la imputación de las transferencias bancarias porque originalmente no fue pensada para recaudar masivamente las expensas de edificios".

Continuó explicando: "La creatividad de los administradores para resolver este problema va desde usar los centavos para reconocer la unidad funcional hasta complejos mecanismos de envíos de mails con comprobantes adjuntos", y agregó: "A esto se suma el control manual del resumen de cuenta bancario lo que acarrea largas horas de trabajo al personal de la administración con un considerable margen de error humano que puede terminar en una mala experiencia tanto para el consorcista como la misma administración".

La solución

Ya entrando en el campo de la solución señaló: "Con SIRO venimos trabajando desde hace varios años en tratar de dar respuesta y afortunadamente encontramos una solución que ningún otro sistema o banco posee".

Entrando en detalles develó: "El nuevo servicio de SIRO denominado TIM (Transferencias Imputadas) genera tantas claves bancarias únicas (CBU) como unidades funcionales tiene el edificio de modo que se puede identificar sin margen de error a qué unidad funcional corresponde cada transferencia. 

Esto permite al banco rendir la información de la misma manera con la que identificamos una unidad funcional con un código de barras o de pago electrónico permitiendo al administrador importar en su sistema las transferencias e impactarlas automáticamente sin ningún tipo de error humano ni trabajo manual. Y lo más importante, destinar al personal de la administración a trabajos de mayor valor agregado como puede ser tomar más edificios para administrar".

Por último, aclaró: "Este sistema ya lo tenemos integrado con los principales sistemas informáticos de gestión de consorcios con lo que la implementación de TIM no requiere esfuerzo para el administrador".

Este nuevo servicio ya está disponible para todos los clientes del Banco Roela y sólo tienen que solicitarlo a su contacto comercial o a la mesa de ayuda de SIRO (WhatsApp: (351) 322-9808) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas

La entidad de Awad ya ingresó a la IGJ

El Dr. Eduardo Awad [Foto archivo Pequeñas Noticias]

El Dr. Eduardo Awad [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/21] El pasado 2 de diciembre ingresó por mesa de entradas de la Inspección General de Justicia (IGJ) la solicitud de inscripción de la Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA (APCCRA).

Consultado el Dr. Eduardo Awad, sobre el tema confirmó que se trata de la asociación de consorcistas que había anunciado en su momento.

Teniendo en cuenta la feria judicial se estima que la nueva entidad podrá estar operativa a fines de febrero o mediados de marzo del año que viene.

Si bien Awad consideró que es temprano adelantar información, de las declaraciones que realizó durante su campaña como precandidato a diputado nacional por el Partido Autonomista (PA) se puede inferir que entre los objetivos de su asociación se encontrarán estos cinco puntos:

1.- Que se baje la presión fiscal a los consorcios [1]. Derogar o disminuir el costo de las diferentes obleas que cobra el Gobierno porteño [2].

2.- Que se otorguen créditos blandos a los consorcios para que puedan realizar los trabajos de mantenimiento necesarios [1].

3.- Que se pueda desalojar a un inquilino en tres meses [1].

4.- Promover capacitaciones para consorcistas [2].

5.- Participar o promover que los consorcistas participen en las paritarias del sector de la propiedad horizontal [2].

Faltará develar quiénes finalmente conformarán la comisión directiva de la entidad.

El Dr. Eduardo Awad es el presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) y director del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal de esa entidad.

Es de recordar

El 23 de agosto del 2019 Awad había anunciado por segunda vez que crearía una asociación de consorcios y consorcistas con el objetivo de velar por sus derechos y representarlos en paritarias. En ese momento adelantó que en el proyecto lo acompañarían Alejandro Juan Bennazar, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), y Claudio Roberto Vodánovich, secretario general de esa entidad inmobiliaria. Bennazar está matriculado en el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA (CUCICBA) con el número 6645 y Vodánovich con el número 3761. Awad aclaró a Pequeñas Noticias que sus compañeros de proyecto participarán con él como amigos [3].

La primera vez que realizó un anuncio de este tipo fue el 24 de septiembre de 2004 en el Centro Cultural San Martín. En esa oportunidad invitó a personalidades relacionadas con la defensa de los derechos del consumidor: Sandra González y el Dr. Osvaldo Riopedre en su rol de presidenta y director de asuntos legales de la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (ADECUA). Años más tarde le puso nombre a esa asociación que quería crear: la llamó "Dueño de casa" [4].

De ser aprobada la entidad por la IGJ a mediados de marzo, a Awad le habrá llevado concretar si viejo anhelo casi 17 años y medio Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] N3F del 2/09/21: "’Soy Eduardo Awad, soy abogado, periodista y ciego’: el precandidato a diputado que apunta a los discapacitados y a los consorcios".

[2] BPN Nº 710 del 16/08/21: "Eduardo Awad vuelve a postularse para diputado nacional".

[3] BPN Nº 664 del 13/09/19: "Awad relanzó su proyecto de crear una entidad de consorcistas".

[4] BPN Nº 231 del 28/09/04: "Las luces rojas".


Administrador Adolfo Tami


Mercado Inmobiliario

RE/MAX denunció a CUCICBA por abuso de posición dominante

RE/MAX contraataca [Fotoilustracion Pequeñas Noticias]

RE/MAX contraataca [Fotoilustracion Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/21] El pasado 29 de noviembre la franquicia RE/MAX inició una acción contra CUCICBA (Colegio Único Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires) ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia por "boicot, cartelización y abuso de posición dominante".

Así lo hizo saber su presidente, Sebastián Sosa, en una conferencia de prensa que brindó ese día en la sede central de la compañía, ubicada en la Avenida Callao al 1.500 en Recoleta.

Dos días después en su red social la franquicia amplió: "Nos discriminan, nos hostigan y vienen diciendo que somos ilegales, y al mismo tiempo se la pasan invirtiendo tiempo y recursos intentando modificar la ley. No puede ser que sean juez y parte. Es una guerra comercial disfrazada en un traje judicial y legal y, por sobre todo, una guerra deshonesta".

Es de recordar que el año pasado -a consecuencia de una denuncia realizada por CUCICBA- la Inspección General de Justicia (IGJ), mediante la Resolución 350 del 8 de septiembre del año pasado declaró ilícita a RE/MAX Argentina SRL y ordenó su disolución y liquidación.

En detalle, consideró que la empresa realiza un ejercicio ilícito de la actividad inmobiliaria en el marco de lo dispuesto en los artículos 18° y 19° de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales [1].

Un mes después, el 8 de octubre, la IGJ inició una causa en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para disolver la sociedad.

La empresa rechazó la resolución y apeló la medida judicialmente.

Los argumentos de RE/MAX

Durante la conferencia de prensa Sosa explicó: "Se trata de una guerra comercial desleal basada en falsos argumentos y disfrazada de conflicto judicial. Los colegios de corredores utilizan su posición para impedir la actividad de otros colegas que son vistos como competencia debido al éxito comercial que tienen las oficinas que forman parte de RE/MAX".

Por otra parte agregó: "Nos quieren fuera del país porque traemos innovación al mercado inmobiliario y ellos no quieren renovarse ni mejorar el servicio al cliente. Su función debe ser velar por los intereses de todos los corredores inmobiliarios, no atacarlos simplemente por elegir una manera distinta de trabajar".

En su cuenta de Twitter se hizo eco del comentario de otro usuario que enfatizó: "La persecución a RE/MAX es otro increíble capítulo más de Argentina contra el progreso. Los países que prosperan son los que privilegian a los consumidores. Los que valoran la competencia y la modernidad. No esto".

Por último señaló: "Después de estar 16 años en el país entendimos eso: RE/MAX incomoda, vino a traer una referencia al mercado, a los que operan y a los clientes. Si no tuviéramos el 25% de la cuota de algunos mercados, no seríamos perseguidos".

Los argumentos de CUCICBA

En agosto, Marta Liotto, por aquel entonces vicepresidenta de CUCICBA, explicó que la franquicia utiliza una forma contractual propia de una actividad comercial en donde se delega el uso de una marca. "Se usa mucho para cadenas de supermercados, por ejemplo. Te permiten usar una marca y un sistema. Esto es incompatible con una actividad profesional, que es la normativa que regula la actividad de los corredores inmobiliarios", explicó.

Agregó además que el nombre y la marca de un corredor inmobiliario es "personal y define a quien ejerce esa profesión". "Nuestra tarea está delimitada por la ley de ejercicio profesional y los códigos de ética de cada jurisdicción. Son relaciones entre colegas y no mercantilistas entre competidores". Destacó que, por la importancia y el valor que tiene un inmueble para la sociedad, la legislación argentina determinó que los corredores inmobiliarios no son comerciantes, sino profesionales.

Qué es RE/MAX

Es una organización de bienes raíces creada en 1973 que funciona bajo un sistema de franquicias y que desembarcó en Argentina en 2005 impulsado por Sosa y su esposa Dorothy "Dotti" Peñate.

Opera en 150 países y en el nuestro cuenta con 150 filiales en 40 ciudades que dan trabajo a 5 mil personas en forma directa y a 10 mil en forma indirecta.

Cada una de estas oficinas de RE/MAX está a cargo de un corredor inmobiliario matriculado, que es el responsable de las operaciones, es quien firma tanto la compraventa de inmuebles como los alquileres. La franquicia está integrada por agentes inmobiliarios que desempeñan su labor de manera autónoma, pero con el respaldo de la marca y no tienen relación de dependencia, asumen sus propios gastos y solo facturan servicios cuando concretan una operación.

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia

Es un organismo desconcentrado de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la República Argentina.

Su objetivo es la protección del interés económico general para el bienestar de los consumidores. La competencia efectiva entre las empresas del mercado garantiza la calidad e innovación de bienes y servicios, al menor precio posible, para generar una estructura de mercado eficiente.

Para lograrlo, la CNDC se encarga de:

Instruir sumarios por denuncias de conductas anticompetitivas, abuso de posición de dominio y cartelización

Analizar las estructuras de los mercados y de las cadenas de control empresario en operaciones de concentración económica

Investigar comportamiento y estructuras en determinados mercados

Hacer recomendaciones procompetitivas y llevar a cabo acciones de promoción de una cultura de la competencia Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Artículo 18º de la Ley 19550:

Objeto ilícito.

Artículo 18º - Las sociedades que tengan objeto ilícito son nulas de nulidad absoluta. Los terceros de buena fe pueden alegar contra los socios la existencia de la sociedad, sin que éstos puedan oponer la nulidad. Los socios no pueden alegar la existencia de la sociedad, ni aún para demandar a terceros o para reclamar la restitución de los aportes, la división de ganancias o la contribución a las pérdidas.

Liquidación.

Declarada la nulidad, se procederá la liquidación por quien designe el juez.

Realizado el activo y cancelado el pasivo social y los perjuicios causados, el remanente ingresará al patrimonio estatal para el fomento de la educación común de la jurisdicción respectiva.

Responsabilidad de los administradores y socios.

Los socios, los administradores y quienes actúen como tales en la gestión social responderán ilimitada y solidariamente por el pasivo, social y los perjuicios causados.

Artículo 19º de la Ley 19550:

Sociedad de objeto lícito, con actividad ilícita.

Artículo 19 - Cuando la sociedad de objeto lícito realizare actividades ilícitas, se procederá a su disolución y liquidación a pedido de parte o de oficio, aplicándose las normas dispuestas en el artículo 18. Los socios que acrediten su buena fe quedarán excluidos de lo dispuesto en los párrafos 3ro. y 4to. del artículo anterior.


Administración Alas

Administradora Rosa Matilde Núñez


SUTERyH Santa Fe, 1ª Circunscripción

Aldo Gistas ganó las elecciones en Santa Fe

Aldo Gistas, nuevo secretario general de SUTERyH Santa Fe, 1ª Circunscripción [Foto Facebook]

Aldo Gistas, nuevo secretario general de SUTERyH Santa Fe, 1ª Circunscripción [Foto Facebook]


[BPN-15/12/21] El pasado sábado 11 de noviembre la Lista Celeste y Blanca, comandada por Aldo Gistas, ganó las elecciones gremiales de SUTERyH Santa Fe, 1ª Circunscripción.

En las elecciones por la conducción del gremio compitió contra la Lista Verde cuyo titular, Pedro Maidana, fue su secretario general durante cuatro mandatos, 16 años.

Mientras que la Lista Celeste y Blanca se llevó el 55,38% de los votos, la Lista Verde el 44,62%. La diferencia entre ambas fue de tan sólo siete votos.

Según los números aportados por la lista ganadora, el nivel de participación fue alto: se acercó a la sede gremial para votar el 85.53% de los 76 empadronados habilitados Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

LIMPIEZA: Me ofrezco como operaria de limpieza. Tengo gran experiencia y referencias disponibles. Tengo muchas ganas de trabajar, soy puntual y comprometida con mi trabajo. Siempre estoy dispuesta a aprender más si así se require. - Nombre: Nadia Fiorella López - Llamar al teléfono: (11) 6619-5143 de 9 a 19 hs de lunes a jueves - Localidad: Boedo (Capital Federal) - Correo electrónico: marilynmanson636@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA: Trabajo para una empresa de limpieza en dos consorcios y he trabajado con administraciones. Tengo referencias comprobables. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (15) 6283-5195 de 8 a 22 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

ENCARGADO PERMANENTE DE EDIFICIO CON VIVIENDA: Estoy buscando empleo como encargado permanente de edificio con o sin vivienda en CABA. - Nombre: Miguel Escobar - Llamar al teléfono: (11) 2396-6541 - Localidad: Floresta / - Correo electrónico: jotaerre2305@gmail.com

TRABAJOS ADMINISTRATIVOS: Puedo realizar conciliaciones y tareas de oficina - Nombre: Monica Martos - Llamar al teléfono: (11) 4429-5522 de 14 a 18 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: monicamartos59@gmail.com

ENCARGADO NO PERMANENTE SIN VIVIENDA: Busco trabajo en la zona de Monte Castro, Floresta, Paternal, Caballito. A partir de las 12:00 ya que a la mañana estoy trabajando en un edificio. Soy responsable,cumplidor y puedo presentar referencias de la administración con la que trabajo. - Nombre: Daniel Nahuel Núñez - Llamar al teléfono: (11) 6557-9371 de 8 a 21 hs.- Localidad: Caballito Norte / Buenos Aires - Correo electrónico: 68danielnunez68@gmail.com

ASISTENTE ADMINISTRATIVA: Tengo 48 años, soy administradora de consorcios pero no ejerzo. Estoy buscando trabajo administrativo medio tiempo. Tengo referencias laborales - Nombre: Edith Karina Tuschi - Llamar al teléfono: (15) 2752-8814 de 15 a 19 hs. - Localidad: San Cristóbal / CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com

ADMINISTRATIVO ADMINITRACIÓN DE CONSORCIOS: Labores dentro y fuera de la administración con experiencia en el rubro.Vivo en CABA - Estudiante universitario - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de 11 a 18 hs. - Localidad: CABA/ Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO: Busco trabajo de jornada completa en zona sur o Capital Federal - Soy muy responsable y trabajador - Nombre: Alberto Gustavo García - Llamar al teléfono: (11) 6521-7712 / 4230-3198 de 8 a 20 hs. - Localidad: Monte Chingolo / Provincia de Buenos Aires - Correo electrónico: agustavogarcia@yahoo.com.ar

ENCARGADO DE EDIFICIOS Y/O AYUDANTE: Busco trabajo en la zona norte, CABA y zona sur - Responsable, trabajador, referencias comprobables, manejo de bombas de agua y calderas - Suplente para fines de semana preferentemente en CABA - Nombre: Martin Tejeda - Llamar al teléfono: (11) 5852-2362 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / Buenos Aires - Correo electrónico: martinseb.tejeda@gmail.com

ENCARGADO: Busco Trabajo de encargado en CABA o Zona Sur. Disponibilidad horaria - Nombre: Cristian Beleni - Llamar al teléfono: (11) 6103-9305 - Localidad: CABA / - Correo electrónico: gastonbeleni@outlook.com

 

Mercado inmobiliario

Caída del metro cuadrado por tercera vez consecutiva

[BPN-15/12/21] Durante el mes de octubre cayó por tercera vez consecutiva el promedio del precio real del m2 en dólares de cierre de las operaciones del mercado inmobiliario en la CABA con respecto al mes pasado. Los números del acumulado anual y el incremento interanual también fueron negativos.

La brecha entre el valor originalmente publicado con el conocido habitualmente como "rango de contraoferta" estuvo en el orden de -7,33%.

Así lo informó RE/MAX Argentina el pasado 6 de diciembre en base al Índice del M2 Real que elabora mensualmente junto con la Universidad del CEMA (Centro de Estudios Macroeconómicos de Argentina) y el medio especializado Reporte Inmobiliario.

El índice incluye los datos de compra venta de departamentos de la red de oficinas adheridas a la franquicia en función del valor real de cierre de las compraventas efectuadas.

El incremento mensual

 

Septiembre

Octubre

Diferencia

1 ambiente

1.865

1.791

-3,97

2 ambiente

1.948

1.868

-4,11

3 ambiente

1.950

1.917

-1,69

General

1.864

1.864

-2,15

Se puede observar que el descenso más fuerte se dio –en promedio- en los departamentos de 2 ambientes seguido por los de 1 ambiente.

El acumulado anual

 

Diciembre

Octubre

Diferencia

1 ambiente

1.981

1.791

-9,59

2 ambiente

2.052

1.868

-8,97

3 ambiente

1.954

1.917

-1,89

General

1.958

1.864

-4,80

En este caso también los protagonistas de los descensos más pronunciados fueron los departamentos de un ambiente (-9,59) seguido por los de dos (-8,97%).

El incremento interanual

 

Octubre 2020

Octubre 2021

Diferencia

1 ambiente

2.188

1.791

-18,14

2 ambiente

2.062

1.868

-9,41

3 ambiente

2.024

1.917

-5,29

General

2.048

1.864

-8,98

Por último, llamó la atención de la redacción de Pequeñas Noticias que la caída más pronunciada se produjo en las unidades más chicas y fue recuperándose en propiedades más grandes: los de un ambiente bajaron un -18,14%, le siguieron los departamentos de dos ambientes (-9,41%) para continuar con las propiedades en general (-8,98%) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Ciudad Autónoma de Buenos Aires

En octubre descendió la cantidad de escrituras de inmuebles

[BPN-15/12/21] Durante el mes de octubre la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en suelo porteño descendió un -8,5% con respecto al mes anterior. En lo que va del año lleva acumulada un descenso del -16,02% aunque en términos interanuales subió un escaso 1,82% con respecto a octubre del año pasado.

Del desarrollo de los promedios anuales y los totales anuales de las escrituras realizadas desde 2011 se observa que el pico más alto fue en 2017 y año tras año fue decayendo hasta el 2020, año del inicio de la pandemia. Si bien los valores de 2021 son parciales porque faltan dos meses, se observa un intento de recuperación tanto en el total de operaciones como en sus montos promedio.

Las estadísticas fueron realizadas sobre datos provistos por el Colegio de Escribanos de la CABA.

Variación mensual

 

Operaciones

Total $

Total u$s

septiembre/2021

2.813

29.919.912.442

296.890.129

octubre/2021

2.574

23.627.041.829

232.163.567

Diferencia

-239

-6.292.870.613

-64.726.562

De la tabla precedente se aprecia que las operaciones cayeron un -8.5%, su total en pesos un -21,03% y en dólares un -21,8%.

Acumulado anual

 

Operaciones

Total $

Total u$s

diciembre/2020

3.065

22.932.685.889

269.855.391

octubre/2021

2.574

23.627.041.829

232.163.567

Diferencia

-491

694.355.940

-37.691.824

Por otra parte, durante los primeros 10 meses del año la cantidad total de escrituras cayó un -16,02% y aunque su monto total en pesos creció un 3,03% en dólares cayó un 13,97%.

Variación interanual

 

Operaciones

Total $

Total u$s

octubre/2020

2.528

22.017.433.442

275.476.998

octubre/2021

2.574

23.627.041.829

232.163.567

Diferencia

46

1.609.608.388

-43.313.431

En términos anuales los números fueron más benignos. La cantidad de operaciones creció un 1,82%, su monto total en pesos un 7,31% aunque en dólares descendió un 15,72% Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] El valor del dólar mensual y anual surgió del promedio de todas las cotizaciones de tipo vendedor y comprador que se realizaron durante el período correspondiente.



Ministerio de Trabajo de la Nación

Finalizaría la prohibición de despedir y la doble indemnización

Claudio Moroni, ministro de Trabajo de la Nación [Foto Ministerio]

Claudio Moroni, ministro de Trabajo de la Nación [Foto Ministerio]


[BPN-15/12/21] El Poder Ejecutivo Nacional adelantó que no renovaría el Decreto de Necesidad y Urgencia 329/20 que prohíbe despedir o suspender trabajadores sin justa causa y por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

Fue prorrogado ocho veces y de no renovarse, habrá estado vigente desde el 31 de marzo del año pasado hasta el último día de este año. En total duró un año, 9 meses y un día.

Prohibición de Suspender o Despedir

Fecha

DNU

BO

Desde

Hasta

31/03/2020

329/2020

31/03/2020

31/03/2020

30/05/2020

18/05/2020

487/2020

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30/07/2020

28/07/2020

624/2020

29/07/2020

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29/09/2020

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761/2020

24/09/2020

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29/11/2020

13/11/2020

891/2020

16/11/2020

30/11/2020

29/01/2021

22/01/2021

39/2021

23/01/2021

30/01/2021

30/04/2021

21/04/2021

266/2021

22/04/2021

01/05/2021

31/05/2021

27/05/2021

345/2021

28/05/2021

01/06/2021

30/06/2021

25/06/2021

413/2021

28/06/2021

01/07/2021

31/12/2021

Tampoco se prorrogaría el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 que estableció la doble indemnización a consecuencia de la emergencia pública en materia ocupacional.

Éste fue prorrogado tres veces y estará vigente –de no haber novedades- desde el 13 de diciembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de este año durante 2 años y 19 días.

Doble indemnización por despido sin justa causa

Fecha

DNU

BO

Desde

Hasta

13/12/2019

34/2019

13/12/2019

13/12/2019

10/06/2020

09/06/2020

528/2020

10/06/2020

11/06/2020

08/12/2020

29/11/2020

961/2020

30/11/2020

09/12/2020

25/01/2021

22/01/2021

39/2021

23/01/2021

26/01/2021

31/12/2021

El primer anticipo de que no se renovarían estos dos decretos lo adelantó el 24 de noviembre el Ministro de Trabajo, Claudio Moroni, durante un evento en Campana que tuvo como anfitrión al empresario Paolo Rocca (Grupo Techint) y del que participó –entre otros- Daniel Funes de Rioja, presidente de la UIA (Unión Industrial Argentina).

Según los medios presentes, el funcionario afirmó: "Dos medidas extraordinarias para una situación extraordinaria. Y, como se está normalizando la situación porque la Argentina está creciendo al 9%, es probable que esas medidas terminen a fin de año y no sean prorrogadas".

Sin embargo, el ministro aclaró que si algún sector se encuentra complicado por la pandemia o la situación epidemiológica, se analizará si se extienden o no las medias.

Una semana después el titular de la Asociación Bancaria (AB) y diputado electo, Sergio Palazzo, como también el legislador y referente de la CTA (Central de Trabajadores de la Argentina), Hugo Yasky, reclamaron "gradualismo" y máxima cautela para desactivar el freno oficial a las disposiciones establecidas para proteger los puestos de trabajo.

Allá lejos y hace tiempo

No es la primera vez que se ordena la doble indemnización. El 6 de enero de 2002 bajo la gestión de Eduardo Duhalde, se sancionó la Ley 25.561 -llamada también "Ley de emergencia pública y de reforma del régimen cambiario"- que estableció en su artículo 16º que "por el plazo de 180 días quedan suspendidos los despidos sin causa justificada. En caso de producirse despidos en contravención a lo aquí dispuesto, los empleadores deberán abonar a los trabajadores perjudicados el doble de la indemnización que les correspondiese, de conformidad a la legislación laboral vigente".

Esa ley fue prorrogada por sucesivos decretos, período tras período, hasta que el 11 de septiembre de 2007, Néstor Kirchner -por haber bajado la desocupación a menos del 10%- derogó el último decreto que la prorrogaba.

En aquel momento Alberto Fernández era Jefe de Gabinete de Ministros y la ley estuvo vigente 5 años, 8 meses y 5 días Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Curso/Taller de Sueldos para la Propiedad Horizontal.

Administración Mared


Grupo Octubre

En plena veda Santa María despide trabajadores de prensa

Gisela Marziotta junto a Álvaro García Linera y Evo Morales en plena campaña electoral [Foto Facebook de la diputada]

Gisela Marziotta junto a Álvaro García Linera y Evo Morales en plena campaña electoral [Foto Facebook de la diputada]


[BPN-15/12/21] El pasado 26 de noviembre el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) comunicó que el Grupo Octubre que dirige el sindicalista y empresario Víctor Santa María (SUTERH) realizó despidos tanto en la AM 750 como en Mucha Radio.

Textualmente comunicó: "Desde el SiPreBA repudiamos los despidos en las radios AM 750 y Mucha Radio, así como la precarización laboral en esas emisoras. Reclamamos al Grupo Octubre inmediatas reincorporaciones y una mesa de diálogo para encauzar las condiciones de trabajo en esos medios".

Es de destacar que los despidos se produjeron mientras se encuentra en plena vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 329/20 que prohíbe despedir o suspender trabajadores sin justa causa y por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor y el DNU 34/19 que establece la doble indemnización a consecuencia de la emergencia pública en materia ocupacional.

Entre los despedidos se encuentran los productores de la AM750 Nicolás Lavaca y Constanza Kabakian. La mayoría de los despedidos trabajaban en condiciones de precarización laboral y con salarios por debajo de la línea de pobreza, una práctica que frecuentemente denunció la comisión interna de Página/12, otro medio del Grupo Octubre.

Como antecedente, se puede mencionar que desde enero del año pasado a marzo de este año los trabajadores de Página/12 realizaron 17 medidas de fuerza por temas gremiales que abarcaron no menos de 64 días. En marzo de este año sumaron 5 años de reclamos por los magros salarios y las malas condiciones laborales desembarcaron en el medio desde que el empresario y sindicalista adquirió el diario [1].

En el pasado más cercano, diversos medios mencionaron al cierre de FM 94.7 Club Octubre (ex Radio Palermo) -cuya frecuencia fue transferida a Mucha Radio- se sumaron despidos previos en esta última radio, junto a AM750, IP Noticias y otros medios del segundo grupo de medios más grande del país después del Grupo Clarín.

Las listas negras

El grupo intentó argumentar que los programas vespertinos de radio medían bajo en rating y responsabilizaron de esto a los productores despedidos. Además, levantaron la programación de la tarde de AM750. Sin embargo, el bajo rating de esta radio -que supo ser la tercera AM más escuchada- podría deberse a la limitación editorial a la que se ve sometido el medio producto de la constante censura.

Durante los últimos años ha trascendido la existencia de llamadas "listas negras" en los medios del Grupo Octubre según las cuales no se pueden nombrar a ciertos funcionarios (propios y ajenos) no alineados con Víctor Santa María o con Gisela Marziotta (diputada nacional por el Frente de Todos y vinculada al empresario).

Según el medio especializado Identidad Sindical un trabajador de prensa que pidió mantener su identidad en reserva por temor a represalias, aseguró que la principal responsable de las cesantías sería la diputada electa por la ciudad de Buenos Aires, Gisela Marziotta (de estrechísima confianza con Santa María), quien –aseguró- actúa como una "CEO de facto".

El trabajador agregó: "Ella decide sobre todo: desde la línea editorial hasta las artísticas; desde dónde va un móvil hasta qué música pasar. O qué notas hacer o hasta de quién hablar y de quién no".

De sus dichos, el medio pudo deducir que Marziotta -si bien no tiene un rol formalizado en la estructura del multimedio- habría pasado a reemplazar la función que antes desempeñaba Francisco "Pancho" Meritello, quien recientemente renunció al cargo de Secretario de Medios Públicos de la Nación.

Es de recordar

En febrero del año pasado la asamblea de trabajadores de Página/12 repudió en forma unánime la orden recibida de no informar sobre la designación de Juan Sasturain como director de la Biblioteca Nacional y de no publicar su nombre en posteriores noticias sobre esa entidad [2].

El 2 de octubre del año pasado –Día del Encargado de Edificio- Santa María habría cerrado las puertas de la AM750 Salta a pedido del gobernador de esa provincia, Gustavo Sáenz, por haber publicado una nota que no fue del agrado de este último [3].

El 21 de diciembre del año pasado la periodista Mercedes Ninci denunció que Víctor Santa María la echó de Canal 9 por una nota que había realizado en 2018 sobre una denuncia que radicó la UIF y Graciela Ocaña contra él por una cuenta no declarada en Suiza con cuatro millones de dólares [4].

Seis días después Horacio Verbitsky en El Cohete a la Luna y bajo el título "La lista negra de Víctor Santa María" develó: "La lista circula desde hace tiempo en mensajes de WhatsApp. Contiene 17 nombres a los que dicen que Víctor Santa María no quiere ver escritos en su cada vez más creciente grupo de medios" [5].

Entre los nombre vetados que mencionó Verbitsky se encuentran: Matías Lammens (ministro de Turismo y Deportes), Gabriela Cerrutti [sic] (diputada nacional), Claudio Ferreño (Legislatura CABA), Manuel Sosias [sic] (Legislatura CABA), Juan Manuel Valdez [sic] (Legislatura CABA), Eduardo Valdez [sic] (diputado nacional), Luis D’Elía (dirigente social), Guillermo Montenegro (dirigente político), Leandro Santoro (Legislatura CABA), Horacio Verbitsky (El Cohete a la Luna), Juan Sasturain (Biblioteca Nacional), Nacho Levy (Garganta Poderosa) e Ignacio Sáenz Valiente (abogado de Clarín) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 700 del 15/03/21: "Santa María acumula conflictos con los trabajadores de Página/12".

[2] BPN Nº 674 del 14/02/20: "Santa María prohibió mencionar a Juan Sasturain".

[3] BPN Nº 690 del 15/10/20: "Santa María cerró la AM750 Salta".

[4] BPN Nº 696 del 15/01/21: "Santa María habría barrido a Mercedes Ninci del Canal 9".

[5] El Cohete a la Luna del 27/12/20: "La lista negra de Víctor Santa María".


¡¡¡Último sorteo del año!!!

Ya se entregaron lo libros a los ganadores

[BPN-15/12/21] Durante la primera semana de diciembre Pequeñas Noticias entregó a tres de los ganadores del sorteo lo ejemplares de la tercera edición del libro "Todo sobre Consorcios" del Dr. Osvaldo Loisi, fundador de la Fundación Liga del Consorcista del Propiedad Horizontal (LCPH).

Los premios que no fueron retirados durante el año serán donados a aquellos consorcistas o entidades de consorcistas que durante este último año se hayan destacado por su labor.

Diego Sangiao

Diego Sangiao

Silvia Papazian

Silvia Papazian

Susana Pérez García

Susana Pérez García

La obra

En esta tercera edición el autor incorporó las modificaciones introducidas por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, tomando en consideración las diferencias con la derogada Ley 13.512 y las novedades introducidas por el nuevo régimen. Sobre este tema el Dr. Loisi explicó: "El nuevo Código instaura transformaciones al sistema que repercutieron -y repercutirán- tanto en lo teórico, cuanto en lo práctico: desde el establecimiento del consorcio como persona jurídica, hasta la posibilidad de incorporar a los propietarios ausentes a las decisiones asamblearias, hemos recorrido todas las novedades que trae aparejada la nueva legislación".

Según aclaró el Dr. Loisi, este libro está dirigido a todos los integrantes de la comunidad consorcial: administradores, propietarios y encargados, como así también a todos aquellos que se interesan por la temática de la propiedad horizontal.

Por último, el libro ofrece al lector un sistema de capacitación permanente, que consiste en facilitarle el acceso a las actualizaciones temáticas y novedades en materia legislativa, a través del ingreso al sitio web de la Fundación de la Liga del Consorcista: www.ligadelconsorcista.org.

Son coautores de la obra: la Dra. Rita Lidia Sessa, el Cr. Oscar Raúl Magnorsky y el Arq. Enrique Humberto Viola. El libro está dividido en seis capítulos que se desarrollan a lo largo de 542 páginas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Este mes el mensual y el interanual serán negativos

[BPN-15/12/21] Este mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [1] perderá contra la inflación -14,07 puntos porcentuales con respecto al mes pasado y -17,01 puntos a lo largo del año.

Este descenso mensual se debe a que este mes no se pagará el bono de 8.000 pesos acordados el pasado 16 de junio entre las tres entidades de administradores [2] y la FATERyH [3] y que fuera homologado el 24 de ese mes mediante la Resolución 779 por el Ministerio de Trabajo. El bono se volverá a otorgar durante los meses de enero y febrero del año que viene.

Es de destacar que este descenso porcentual de las escalas salariales se compensará en los números del haber mensual porque en diciembre se cobrará el bono anual del 20% y el medio aguinaldo.

El incremento mensual

En diciembre el promedio de las escalas salariales perderán un 10,67% con respecto al mes pasado y bajó a los 66.988 pesos mensuales.

El acumulado anual

El incremento acumulado del 2021 de las escalas salariales será de un 15,91%. El incremento acumulado descendió -15,91 puntos con respecto al mes pasado.

El promedio de las escalas salariales de diciembre del 2020 fue de 50.294 pesos.

INDEC

Para el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la inflación de noviembre fue del 2,5% y según el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de diciembre será de un 3,4%.

Según estos números, la inflación durante el 2021 está estimada en un 50,20%.

Jubilados

Luego de ajuste trimestral otorgado mediante la Resolución 246 del ANSeS, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en diciembre pasó a ser de 29.061,62 pesos mensuales, un 12,11% más que el mes pasado. Por otra parte, en el día de hoy se anunció un bono de 8.000 pesos a pagar entre el 20 y 23 a quienes cobren el haber mínimo lo que sumará 37.061,62 pesos, sin contar el medio aguinaldo.

Del gráfico se desprende que desde 2018 se viene abriendo sin prisa ni pausa la brecha entre los precios y los haberes de la clase pasiva.

Del gráfico se desprende que desde 2018 se viene abriendo sin prisa ni pausa la brecha entre los precios y los haberes de la clase pasiva.


En dólares, este haber mínimo -más el mencionado bono- de 8 mil pesos representa 355 dólares al precio oficial, 209 dólares a cotización turista o 189 dólares según el mercado blue [4].

En diciembre del año pasado ese haber estuvo en 19.035,45 pesos por lo que el acumulado anual será temporalmente del 94,7%. Lo que representa para este mes una ganancia de poder adquisitivo del haber contra la inflación de 44,5 puntos porcentuales durante el año Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes.

[2] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[3] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[4] Promedio precio de venta y compra de cada una de los tipos al 7/12/2021.


Rincón Solidario

Administradores que no reparan desperfectos comunes por la Dra. Diana Sevitz

Dra Diana Sevitz

Buenos días:

Estimados, necesitaría saber dónde se radican denuncias contra administradores que no reparan desperfectos comunes.

Mi edificio está en CABA. Hace 4 años no tengo agua caliente provista por el termotanque general que pertenece al edificio.

Tampoco tengo habilitada la calefacción central y en los baños rebalsan las cloacas.

Pese a la insistencia en los reclamos el administrador no las repara.

Desde ya agradezco vuestra colaboración.

Aguardo respuesta.

Atte.

Delfina

(8/12/2021)

Estimada Delfina:

A partir de la pandemia el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires implementó una forma digital de efectuar las denuncias a los administradores de consorcios.

La página es: https://www.buenosaires.gob.ar/tramites/denuncia-digital-a-administradores-de-consorcio

Para realizar la denuncia, tené en cuenta que el edificio administrado debe encontrarse dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuáles son los requisitos para la denuncia digital?

Propietarios

Constituir domicilio legal en CABA

Documentación requerida que deberás tener previamente escaneada:

DNI

Factura de ABL. Si el ABL no está a su nombre, presentar otro servicio que sí lo esté.

Liquidación de expensas.

Documentación que pruebe el hecho denunciado.

Reclamo previo al administrador (mails, nota, carta documento).

Inquilinos

Constituir domicilio legal en CABA

Documentación requerida que deberás tener previamente escaneada:

DNI

Contrato de alquiler o documentación que acredite la residencia.

Liquidación de expensas.

Documentación que pruebe el hecho denunciado.

Reclamo previo al administrador (mails, nota, carta documento).

Esperando haber respondido a su consulta la saludo muy atte.

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


Rincón Solidario

La Ley 25.413 por el Dr. Pablo Acuña

Dr. Pablo Acuña

En relación al gravámen que cobran los Bancos por la Ley 25.413 -llamada también impuesto al cheque- cuando otros propietarios pagan las expensas por transferencia se generan descuentos que:

1) ¿Debemos pagar todos los consorcistas?

2) ¿Se le cobra a quien hace la transferencia?

La administradora nos dice que la del consorcio es una cuenta corporativa y que no tiene que pagar cada uno sino que lo debe pagar el consorcio, o sea entre todos.

¿Es así?

¿O sea que la comodidad de pagar por transferencia lo pagamos los demás?

Gracias por su atención.

Stella [La Plata/Buenos Aires]

(12/12/2021)

Estimada Stella:

Las expensas comunes ordinarias tienen por objeto sostener los gastos de administración, reparación o sustitución, entre otros aspectos.

Todas las comisiones, débitos e impuestos que sufre la cuenta corriente de titularidad del consorcio es, sin lugar a dudas, un rubro comprendido entre los conceptos anteriores.

No se trata de una comodidad de algunos sino de una vía de recaudación disponible para todos que, en todo caso, solo algunos deciden explotar.

Por otra parte, utilizar la lógica de distribuir un gasto que está en cabeza del consorcio considerando como patrón de prorrateo sólo quienes hacen uso y goce de ello siginificaría por ejemplo no hacer partícipe de un gasto de reparación de plomería común a una unidad que no resulta ni afectante ni afectado. 

En otras palabras, todo gasto común del edificio se prorratea según el porcentual que fue asignado a cada unidad y el único instrumento con capacidad jurídica para eximir a una unidad de uno o varios conceptos resulta el reglamento de propiedad horizontal.

Saludos cordiales.

Pablo Acuña Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Pablo E. Acuña es abogado (UBA), administrador de consorcios, profesor del posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es columnista en medios especializados en propiedad horizontal, es fundador de “Pintando Horizontes Magazine” y es director del Centro CIMA. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a pabloa@alas-admconsorcios.info o contactarlo en su sitio web www.administracionalas.com.


Correo de Lectores

Los descuentos al personal jubilado

Estimado Claudio:

Buenas tardes, ¿cómo estás?

Mi nombre es Ariel y necesito saber cuáles son los rubros que integran los descuentos al personal jubilado.

¿Sindicato? ¿FATERyH? ¿Caja de Protección a la Familia? ¿Seguro vida del artículo 27º del Convenio Colectivo de Trabajo?

¿En la página de FATERYH que hay que modificar?

Muchas Gracias

Sin mas Atte.

Ariel

(16/11/2021)

¡Hola Ariel!

El recibo de un trabajador afiliado al sindicato y que no es jubilado los descuentos suman 21.75% y son los siguientes:

Jubilación

11%

Ley 19.032

3%

Obra Social

3%

Aporte Sindical

2%

Caja Protección Familiar

1%

FMVDD FATERyH

1%

Seguro Vitalicio Art. 27º bis 2019

0.75%

Si ese mismo trabajador se jubila y sigue siendo afiliado al sindicato, solo tenés que quitar la Obra social (3%) y la Ley 19032 (3%), por lo cual los aportes ascenderán al 15,75%.

Si ese trabajador se jubila y decide no aportar más al sindicato y al Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD), tenés que quitar también el Aporte sindical (2%) y el FMVDD (1%) por lo tanto sus aportes serán del 12.75%.

Un saludo grandote!

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

1º Edición Nº DCCXVIII

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