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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

La comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Martes 25 de Julio de 2017 - Nº: 610

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María Fabiana Lizarralde.Sueldos Julio/2017

Homologación: Tarde :( pero seguro :)

A pesar del petitorio presentado por tres entidades de consorcistas, el pasado 13 de julio se homologó el aumento para los trabajadores bajo el régimen de la propiedad horizontal de un 10% para el mes de junio y otro 11% para el sueldo de agosto Si bien el SUTERH ya publicó la escala de junio, la de agosto todavía no la dio a conocer.

[BPN-24/07/17] El pasado 13 julio de 2017 se homologó el aumento logrado por el sector de la propiedad horizontal de un 21% en dos tramos: un 10% para el mes de junio de 2017 y un 11% para el mes de agosto de 2017. En este caso los porcentajes no se sumarán y la ratificación del acuerdo...





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María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Julio/2017

Homologación: Tarde :( pero seguro :)

A pesar del petitorio presentado por tres entidades de consorcistas, el pasado 13 de julio se homologó el aumento para los trabajadores bajo el régimen de la propiedad horizontal de un 10% para el mes de junio y otro 11% para el sueldo de agosto Si bien el SUTERH ya publicó la escala de junio, la de agosto todavía no la dio a conocer.

[BPN-24/07/17] El pasado 13 julio de 2017 se homologó el aumento logrado por el sector de la propiedad horizontal de un 21% en dos tramos: un 10% para el mes de junio de 2017 y un 11% para el mes de agosto de 2017. En este caso los porcentajes no se sumarán y la ratificación del acuerdo así lo establece explícitamente: "las partes comparecientes manifiestan que vienen a aclarar que el porcentaje de aumento pactado en las escalas salariales dispuesto en el punto 1º del acuerdo de fojas 2 implica un total del 21% no acumulativo, pagadero un 10% a partir del 1 de junio de 2017 y el porcentaje restante para completar el total del 21%, a partir del 1 de agosto".

Es de resaltar que la homologación del acuerdo se produjo a pesar de que el 23 de junio, tres entidades de consorcistas presentaron un petitorio en el Ministerio de Trabajo para que suspenda toda reunión o concertación de las tres entidades de administradores que negocian paritarias con el gremio [1] hasta que se expida en forma expresa y con carácter de urgente sobre el encuadre sindical que corresponde asignar al sector empleador. Los abogados patrocinantes de esa actuación administrativa fueron los abogados Jorge Resqui Pizarro, Nora Leseduarte, Ricardo Geler y Sergio Abrevaya.

Cronos

1.- El 16 de junio de 2017 a las 11:30 horas se firma el acuerdo otorgando un 21% de aumento en dos tramos: un 10% en junio y un 11% en agosto [BPN Nº 607 del 22/06/17: "Se habría firmado un acuerdo por el 21%"].

2.- El 23 de junio, ADEPROH [2], FeDeCo [3] y UCRA [4] presentaron el mencionado petitorio para que el ministro se abstenga de homologar el convenio hasta que se expida sobre la validez de la participación de las entidades de administradores en las negociaciones paritarias y evalúe la posible inclusión de -por lo menos dos- entidades de consorcistas [BPN Nº 608 del 11/07/17: "Suspenda toda reunión o concertación con el gremio"].

3.- El 29 de junio se ratifica el acuerdo y se resalta que la suma de los tramos del aumento no podrá superar el 21%.

4.- El 13 de julio la subsecretaria de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Silvia Julia Squire, firma homologación del acuerdo bajo el número de disposición 63/17.

5.- El 17 de julio el Lic. Jorge Alejandro Insua, funcionario del Departamento de Coordinación del Registro de Convenios Colectivos lo registra bajo el número 709/17.

Sueldos

En principio, el sitio web del sindicato publicó los valores de la nueva escala salarial para los haberes del mes de junio/2017 con centavos y luego de un par de días publicó una nueva escala sin centavos que es la que perdura hasta el día de hoy.

En muchos casos, tanto los recibos de haberes del mes de junio como el 1º Sueldo Anual Complementario (SAC) del año, se confeccionaron con la escala vigente hasta ese entonces –la del mes diciembre de 2016- por lo cual habrá que ajustar tanto el sueldo como el SAC si correspondiera.

Aquellos que calcularon el 10% de aumento o trabajaron con la escala publicada anteriormente a la homologación tendrán que revisar si no hubo alguna pequeña modificación a tener en cuenta.

Si se comparan los importes de la escala salarial que estaba vigente desde el mes de diciembre/2016 con la nueva de junio/2017, los valores aumentaron casi un exacto 10% que en algunos casos fue del 10.01% y en otros del 9.99%. Si analizamos los valores de los adicionales los porcentajes son parecidos: rondan entre el 9.96% (Valor vivienda y el movimiento de coches) y el 10.05% (plus por antigüedad del 1% Res.106/09).

Escala salarial JUNIO/2017: 10%

FUNCION

1° Cat.

2° Cat.

3° Cat.

4° Cat.

Encargado Permanente con vivienda

15.313

14.675

14.036

12.760

Encargado Permanente sin vivienda

17.998

17.248

16.498

14.998

Ayudante Permanente con vivienda

15.313

14.675

14.036

12.760

Ayudante Permanente sin vivienda

17.998

17.248

16.498

14.998

Ayudante Media jornada

8.999

8.624

8.249

7.499

Personal Asimilado Con vivienda

15.313

14.675

14.036

12.760

Personal Asimilado Sin vivienda

17.998

17.248

16.498

14.998

Mayordomo Con vivienda

15.880

15.218

14.557

13.233

Mayordomo Sin vivienda

18.733

17.953

17.172

15.611

Intendente

22.929

22.929

22.929

22.929

Personal con más 1 Funcion con vivienda

15.313

14.675

14.036

12.760

Personal con más 1 Funcion sin vivienda

17.998

17.248

16.498

14.998

Encargado Guardacoches con vivienda

13.501

13.501

13.501

13.501

Encargado Guardacoches sin vivienda

14.661

14.661

14.661

14.661

Personal Vigilancia Nocturna

16.215

16.215

16.215

16.215

Personal Vigilancia Diurna

15.097

15.097

15.097

15.097

Personal Vigilancia Media Jornada

7.548

7.548

7.548

7.548

Encargado No Permanente Con vivienda

7.264

7.264

7.264

7.264

Encargado No Permanente Sin vivienda

7.896

7.896

7.896

7.896

Ayudante Temporario

14.789

14.789

14.789

14.789

Ayudante Temporario Media Jornada

7.394

7.394

7.394

7.394

Para Cualquiera de las Categorías

Personal Jornalizado no mas 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA)

152,9

Suplente con horario por dia

667,7

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

27,4

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

471,3

Valor vivienda

100,5

Plus por antigüedad conf. Res. 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año ( 1%)

150

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

300

Plus limpieza de cocheras

373,4

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

552,8

Plus Jardín

373,4

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo Trabajador Integral/Competencias laborales/ Otras capacitaciones

S/Art. 28 CCT

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

628,1

A tener en cuenta a la hora de liquidar

Julio 2017: Varios

1)

Escala salarial vigente
(DI-2017-63-APN-SSRL#MT)

Junio 2017. Se homologó el acuerdo paritario, pero todavía no se publicó en el Boletín Oficial

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 2/2016 BO 19/05/2016)

* A partir del 1/06/16 $6816 por mes y $34.05 por hora

* A partir del 1/09/16 $7560 por mes y $37.80 por hora

* A partir del 1/01/17 $8060 por mes y $40.30 por hora

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de julio (1)

Domingo 9 por el Día de la Independencia

5)

Formulario 931
(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS.

Julio 2017: Sueldos (Aportes)

1)

Aporte Jubilatorio:
(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

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[1] AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y UADI (Unión Administradores de Inmuebles).

[2] ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

[3] FeDeCo: Federación de Asociaciones de Consorcios.

[4] UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.


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Cultura de Trabajo

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¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 610 [ DCX ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 25 de Julio de 2017

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