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Proyecto de ley porteño

Subsidios y créditos para el mantenimiento de pequeñas consorcios

Fotoilustración creada sobre fotos de Pequeñas Noticias y la Legislatura porteña.

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[BPN-15/03/22] El pasado 3 de marzo cuatro legisladores porteños del Frente de Todos presentaron un proyecto de ley que otorgaría subsidios para la "puesta en valor y mantenimiento de edificios en propiedad horizontal de pequeña y mediana escala". Los autores expresaron que pretenden "fomentar el fortalecimiento de la práctica consorcial, elevar los niveles de mantenimiento de edificios e inyectar recursos públicos en la economía local".

Los consorcios que serían beneficiarios de esta ayuda deberán ser menores a las 20 unidades funcionales y acreditar una antigüedad mayor a los 20 años [artículo 5º].

Las tareas

Según la iniciativa se financiarán micro obras y obras menores. No se otorgará para realizar ampliaciones y sólo se podrán utilizar para:

- Tareas de impermeabilización de azoteas.

- Pintura e impermeabilización de frentes, contrafrentes y muros medianeros.

- Reemplazo de cañerías de alimentación a medidores y a cada unidad de gas natural.

- Reemplazo de caños de alimentación hasta tanque de reserva y distribución a cada unidad de agua.

- Reparación y/o reemplazo de caños pluviales y/o cloacales.

- Arreglos de paredes y pintura de pasillos y espacios de uso común.

- Incorporación o reemplazo de instrumentos de seguridad e higiene (matafuegos, luces de emergencia, cañería contra incendio - nichos hidrantes, señalética de evacuación, entre otros).

- Colocación y realización de rejas en espacios comunes y/o fachadas.

- Arreglo o reemplazo de puertas en espacios comunes y/o fachadas.

- Arreglo o reemplazo de ventanas en espacios comunes y/o fachadas.

- Reemplazo de baldosas o cerámicas en espacios comunes.

- Arreglo, mantenimiento o reemplazo de tanque de reserva de agua.

- Reemplazo de cables, cañerías o tableros eléctricos de la instalación desde la caja de medidores a la entrada de cada unidad.

- Arreglo de escaleras y barandas comunes.

- Instalaciones necesarias para el acceso o circulación de personas con discapacidad.

- Arreglos de fachadas para dar cumplimiento a la Ley 257/99 y la 6116/18.

Los propietarios de consorcios que sean incluidos en el programa, abonarán por el transcurso de dos años una alícuota adicional del 3% del ABL (Impuesto de Alumbrado Barrido y Limpieza). Ese dinero será destinado de manera exclusiva al IVC (Instituto de Vivienda de la Ciudad) y deberá ser utilizado para ampliar los alcances del programa.

Subsidios y créditos

Los consorcios se pueden beneficiar de un subsidio de hasta el 100% del costo de las obras, del 50% o un crédito a tasa fija de hasta 5 años según el siguiente detalle [artículo 17º]:

1.- Otorgamiento de un subsidio de hasta el 50% del costo de las obras, siendo el consorcio quien deba abonar el resto de la erogación que demande la obra. Esta modalidad deberá poseer un 33% de los proyectos aprobados durante el ejercicio económico correspondiente al año de referencia.

2.- Otorgamiento de un crédito a tasa fija con un plazo máximo de 5 años con una tasa de interés igual o menor al que se aplica a los beneficiarios de la ley 341/2000 por el 80% del costo de las obras. Esta modalidad deberá poseer un 33% de los proyectos aprobados durante el ejercicio económico correspondiente al año de referencia

3.- La autoridad de aplicación subsidiará el 100% del costo de las obras. Esta modalidad deberá poseer un 34% de los proyectos aprobados por cada ejercicio económico correspondiente al año de referencia.

Los proveedores

En la idea que los trabajos que requieran los consorcios sean una ayuda efectiva a profesionales y pequeñas y medianas empresas porteñas, sólo podrán efectuar las obras de mantenimiento y puesta en valor mencionados:

- Las cooperativas de trabajo con domicilio en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

- Las PyMEs de hasta 30 empleados con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

- Los emprendedores y profesionales de la construcción que tengan domicilio en el Área Metropolitana de Buenos Aires y posean forma de acreditar experiencia mínima de tres años en las tareas pertinentes.

El proyecto

El proyecto fue presentado por Matías Barroetaveña, Claudia Neira, Manuel Salvador Socías y Juan Manuel Valdés. Consta de 26 artículos de los cuales uno es de forma e ingresó por mesa de entradas de la Legislatura porteña con el número 280-D-2022 [texto original]. Está previsto que sea analizado por las comisiones de "Planeamiento Urbano", "Vivienda" y "Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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